Trabajo Ampliacion de Plazo Ok

June 27, 2018 | Author: Javier Casavilca Zaavedra | Category: Regulation, Capital Punishment, Government Information, Legal Concepts, Politics
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marzo 2013 .“Año de la Inversión para el Desarrollo Rural y la Seguridad Alimentaria” CURSO: CONTRATACIONES DEL ESTADO ALUMNO: EDWIN JACK MEZA SIGNORI DOCENTE: ALBERTO SANTIAGO APONTE LECTOR TEMA: EJECUCIÓN CONTRACTUAL Huancayo. De presentarse estas. Es en este momento en donde la Entidad. que se caracteriza por ser la fase en la cual los contratistas están obligados a cumplir cabalmente con lo ofrecido en su propuesta y en cualquier manifestación formal documentada que hayan aportado adicionalmente en el curso del proceso de selección o en la formalización del contrato. pues de esa manera.Introducción Cabe señalar que es la tercera fase de todo proceso de contratación pública la constituye la fase de ejecución contractual. se procura garantizar la adecuada satisfacción de la necesidad. Tratándose de la ejecución de un contrato. teniendo en cuenta las disposiciones contenidas en la normativa de contratación pública. deberán ser previamente analizadas por la Entidad. . quien tiene a su cargo la supervisión. aplicará los términos contractuales para que el contratista corrija cualquier desajuste respecto del cumplimiento exacto de las obligaciones pactadas. es importante indicar que su cumplimiento está sujeto a una serie de variaciones y/o modificaciones que pueden darse producto de una serie de eventos imprevistos que hacen necesario una adecuación a las nuevas coyunturas. directa o a través de terceros. Las ampliaciones de plazo en prestación de servicios darán lugar al pago de los costos directos y gastos generales. debidamente fundamentada. las ampliaciones de plazo proceden únicamente cuando el hecho que genera el atraso o la paralización de un contrato. a pesar de haber actuado con prudencia.). El caso fortuito o fuerza mayor. 2) Para que se configuren los atrasos y/o paralizaciones ajenos a la voluntad del Contratista. explicando las razones de hecho y de derecho que sustentan la petición. Para estos casos la solicitud del Contratista debe presentarla. y por caso fortuito o fuerza mayor debidamente comprobados que modifiquen el calendario contractual. siempre y cuando afecte el plazo. Explicación: Procede la ampliación del plazo en los siguientes casos: 1) Cuando se aprueba el adicional. además de la utilidad. consiste en un evento extraordinario imprevisible e irresistible que impide la ejecución de la prestación o determina su cumplimiento parcial. terremoto. En este caso. iii) los atrasos o paralizaciones imputables a la Entidad. este no deben haber intervenido en dicho atraso y/o paralización de la ejecución del desarrollo contractual ligado al cumplimiento de la prestación. . no sea imputable al contratista. Ejemplo: un fenómeno o acontecimiento natural (muerte de una persona.AMPLIACIÓN DE PLAZO CONTRACTUAL I. El contratista podrá solicitar la ampliación del plazo pactado por atrasos y/ o paralizaciones ajenos a su voluntad. diligencia y capacidad de previsión. aluvión etc. 3) Los atrasos en el cumplimiento de sus prestaciones por causas atribuibles a la Entidad contratante deben ocasionar demora en el cumplimiento de sus prestaciones. Así.. 4) Por caso fortuito o fuerza mayor. atrasos en el cumplimiento de sus prestaciones por causas atribuibles a la Entidad contratante. el contratista ampliará las garantías que hubiere otorgado. que impidió que el bien o el servicio se atrasen para su cumplimiento en los plazos fijados y propuestos.CAUSALES DE AMPLIACION DE PLAZO CONTRACTUAL De acuerdo con el artículo 175 del Reglamento. tardío e incluso defectuoso. ii) los retrasos o paralizaciones no imputables al contratista. el citado artículo ha previsto como causales de ampliación de plazo: i) la aprobación de un adicional que afecte el plazo de ejecución del contrato. que modifiquen el calendario contractual. iv) el caso fortuito o la fuerza mayor.  Resolver sin motivación algún asunto sometido a su competencia. La comisión de una falta da lugar a la aplicación de la sanción respectiva de acuerdo con las causales y el procedimiento administrativo-disciplinario establecidos en la Ley y el Reglamento. los documentos recibidos a la autoridad que deba decidir u opinar sobre ellos. la norma también establece las sanciones disciplinarias aplicables ante la comisión de faltas en ejercicio de la función: a) Amonestación b) Suspensión c) Destitución . El artículo 48 considera falta a toda acción u omisión que contravenga las obligaciones.  Intimidar de alguna manera a quien desee plantear queja administrativo o contradecir sus decisiones. declaraciones. recursos. aprobada con Decreto Supremo N° 184-2008-EF.  Incurrir en legalidad manifiesta.  Demorar injustificadamente la remisión de datos. dentro del término legal. tales como:  Negarse a recibir injustificadamente solicitudes.  Ejecutar un acto que no se encuentre expedito para ello. Base legal: Artículo Nº 41 de la Ley de Contrataciones del Estado Artículo Nº 175 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.  Difundir de cualquier modo o permitir el acceso a la información confidencial a que se refiere el numeral 160. prohibiciones y demás normas específicas sobre los deberes de los funcionarios comprendidos en la presente Ley.RESPONSABILIDAD FUNCIONAL DE NO ATENDER LA SOLICITUD La Ley del Procedimiento Administrativo General – Ley Nº 27444 señala en el artículo 239 las faltas en que pueden incurrir las autoridades y personal al servicio de las entidades en el trámite de los procedimientos administrativos a su cargo.  No entregar. Asimismo.  Dilatar el cumplimiento de mandatos superiores o administrativo o contradecir sus decisiones. actuados o expedientes solicitados para resolver un procedimiento o la producción de un acto procesal sujeto a plazo determinado dentro del procedimiento administrativo. II.  No comunicar dentro del término legal la causal de abstención en la cual se encuentra incurso. informaciones o expedir constancia sobre ellas..1 de esta Ley.Cualquier controversia relacionada con la ampliación del plazo por parte de la entidad podrá ser sometida a conciliación y/o arbitraje dentro de los quince (15) días posteriores a la Comunicación de esta decisión. COMPUTO DE PLAZO PARA SOLICITAR Y ATENDER DICHA SOLICITUD 3. éstos deberán acreditarse para su reconocimiento. cuantificará y sustentará la ampliación de plazo ante el inspector o supervisor.2. EN BIENES Y SERVICIOS El contratista debe presentar una solicitud dentro de los siete (07) días hábiles de finalizado el hecho generador del atraso o paralización.. con el objeto de impedir su reingreso a cualquiera de las entidades por un plazo de cinco años. si afecta el plazo de ejecución contractual La Entidad debe pronunciarse dentro de diez (10) días hábiles de presentada la solicitud. dispone que la Presidencia del Consejo de Ministros. . siempre que la demora afecte la ruta crítica del programa de ejecución de obra y el plazo adicional resulte necesario para la culminación de la obra. III. Si no lo hace.El artículo 135 del Reglamento (aprobado por Decreto Supremo Nº 130-2003RE). causada inclusive por caso fortuito o fuerza mayor. dentro de los quince (15) días hábiles posteriores a la comunicación de la decisión. EN EJECUCIÓN DE OBRAS El residente anotará la situación que amerite ampliación en el cuaderno de obra.1. se solicitará. o de aprobado el adicional. Respecto a lo solicitado: Se daría una sanción en vista la gravedad que pueda ocasionar la negligencia del funcionario o servidor al no atender la solicitud de ampliación plazo ya que podría causar perjuicios económicos o judiciales a la entidad. independientemente de su régimen laboral o contractual. 3. establece los criterios para la determinación de la gravedad de la falta: a) La circunstancia en que se comete b) La forma de comisión c) La concurrencia de varias faltas d) La participación de uno o más funcionarios en la comisión de la falta e) Los efectos que produce Respecto al Registro de Sanciones el artículo 242 de la Ley Nº 27444. o quien ésta designe sea la que organice y conduzca un Registro Nacional de Sanciones de destitución y despido que se haya aplicado a cualquier autoridad o personal al servicio de la entidad. Si la ampliación genera gastos generales. Dentro de los quince (15) días siguientes de concluido el hecho. se entiende aprobada la solicitud. teniendo en cuenta que el contratista solicito lo mencionado en plazo estipulado en Reglamento de Contrataciones del Estado y bajo las condiciones que ameritaría la atención pertinente. Procede solicitar conciliación y/o arbitraje. el plazo con el que cuenta la Entidad para pronunciarse sobre la solitud de ampliación formulada por el contratista. lo cual resulta concordante con lo dispuesto en la Ley N° 27444. el referido artículo establece que la Entidad debe emitir la resolución mediante la cual se pronuncia sobre la solicitud de ampliación del plazo contractual. ello resulta implícito. A través de la Opinión Nº 051/2010. sino también notificarla al contratista. Si el hecho invocado puede superar el plazo vigente de ejecución. Si bien los artículos antes referidos no señalan expresamente que dentro de dicho plazo la Entidad no solo debe emitir la respectiva resolución.DTN. el inspector o supervisor emitirá un informe en un plazo máximo de siete (07) días contados desde el día siguiente de presentada dicha solicitud. se da respuesta a la siguiente consulta: si resulta de carácter obligatorio que las Entidades públicas notifiquen sus resoluciones mediante las cuales se pronuncian sobre las solicitudes de ampliaciones de plazo y adicionales de obra. en el mismo plazo con el que cuentan para su emisión. De lo expuesto y teniendo en consideración lo indicado en la referida opinión. Por su parte. se solicitará antes de su vencimiento. que establece como requisito . Presentada la solicitud. debe indicarse que el plazo con el cual cuentan las Entidades para pronunciarse sobre las solicitudes de ampliación del plazo contractual y de aprobación de prestaciones adicionales de obra. pues dicho plazo ha sido establecido con la finalidad de que. La Entidad se pronunciará mediante resolución como máximo en diez (10) días desde el día siguiente de la recepción del informe mencionado. el artículo 207º del Reglamento establece las disposiciones aplicables a la aprobación de prestaciones adicionales de obra por un monto menor al quince por ciento (15%) del monto contractual. la Entidad adopte una decisión y la comunique formalmente al contratista. Del referido artículo se desprende que la Entidad debe emitir la resolución mediante la cual se pronuncia sobre la solicitud de aprobación de prestaciones adicionales de obra. incluye la obligación de las Entidades de notificar sus resoluciones al contratista. dentro de los diez (10) días siguientes a la recepción del informe emitido por el inspector o supervisor sobre dicha solicitud. el plazo contractual se considerará ampliado. Si no hay pronunciamiento de la Entidad. La Entidad podrá otorgar ampliaciones de plazo parciales. se considera aceptado y ampliado el plazo. bajo responsabilidad de la Entidad. dentro de este.Toda solicitud debe pedirse dentro del plazo contractual. la citada opinión señala lo siguiente: El artículo 201º del Reglamento establece las disposiciones aplicables a la ampliación del plazo contractual. Si la causal no tiene fecha prevista de conclusión. entre estas. dentro de los diez (10) días siguientes de la presentación del presupuesto adicional de obra por parte del inspector o supervisor de la obra. el artículo 201º del Reglamento precisa que si la Entidad no emite la resolución dentro del plazo antes señalado. Ley del Procedimiento Administrativo General. Así. Adicionalmente. se debe demostrar y sustentar tal situación. Al respecto. EJEMPLO: Según el primer párrafo del artículo 201º del Reglamento. sin que ello dependa de la voluntad del contratista. el plazo con el que cuenta el contratista para presentar su solicitud de ampliación. también se reconoce la ocurrencia del evento o hecho generador del atraso o paralización. en estricto. para que proceda la ampliación. IV. y la suspensión del contrato desde el inicio de tal evento. en estricto. de verificarse. PROPONER UN EJEMPLO DE SOLICITUD DE AMPLIACION DE PLAZO. el artículo 175 regula los otros aspectos relacionados con el procedimiento de ampliación de plazo. debe anotar en el cuaderno de obra.para la validez de los actos que emite la administración. el cual. nunca habría vencido. uno de los efectos de la aprobación de la ampliación de plazo es el reconocimiento de la suspensión del contrato desde el inicio del hecho o evento generador del retraso o paralización. y la suspensión del contrato desde el inicio de tal evento. o por caso fortuito o fuerza mayor. (iii) atrasos o paralizaciones por culpa de la Entidad. cuando el contratista solicita la ampliación del plazo contractual debido a atrasos o paralizaciones. No obstante. el cese de tal hecho o evento puede ocurrir con anterioridad o posterioridad al término del plazo originalmente pactado. o del caso fortuito o fuerza mayor. dado el posterior reconocimiento de la suspensión del contrato al momento de aprobar la ampliación. que estos sean debidamente notificados al interesado3. el cual. aun cuando la solicitud de ampliación sea posterior al término del plazo originalmente pactado. nunca habría vencido. el contratista. (ii) atrasos o paralizaciones no imputables al contratista. aun cuando la solicitud de ampliación sea posterior al término del plazo originalmente pactado. al aprobarse la ampliación del plazo contractual. o del caso fortuito o fuerza mayor. y (iv) caso fortuito o fuerza mayor. o del caso fortuito o fuerza mayor. De esta manera. dado el posterior reconocimiento de la suspensión del contrato al momento de aprobar la ampliación. o del caso fortuito o fuerza mayor. por medio de su residente. Así. Al aprobarse la ampliación del plazo contractual. o del caso fortuito o fuerza mayor. el segundo párrafo del artículo 175 del Reglamento establece que “El contratista deberá solicitar la ampliación dentro de los siete (7) días hábiles de aprobado el adicional o finalizado el hecho generador del atraso o paralización” (el subrayado es agregado). precisando que “La Entidad resolverá sobre dicha solicitud en el plazo de diez (10) días hábiles…” Como se aprecia. desde el inicio y mientras dure el hecho que la genera. deben de haber cesado previamente. entre estos. también se reconoce la ocurrencia del evento o hecho generador del atraso o paralización. las circunstancias que a . estas causales son: (i) la aprobación de un adicional que afecte el plazo pactado. por ello. Además. debe presentar su solicitud dentro de los siete (7) días hábiles de finalizado el hecho o evento generador del atraso o paralización. YA VENCIDO EL PLAZO DEL CONTRATO: El artículo 175 del Reglamento establece las causales que. el hecho o evento generador del atraso o paralización. autorizan al contratista a solicitar la ampliación del plazo de ejecución contractual en los contratos de bienes y servicios. Esto implica que para que el contratista pueda solicitar la ampliación del plazo contractual. cuantificará y sustentará su solicitud ante el inspector o supervisor. y del principio de economía que exige aplicar criterios de simplicidad y ahorro así como del principio de eficiencia que exige aplicar criterios de celeridad.su juicio justifican que el plazo se extienda. . a que se refieren los incisos f) y i) del artículo 4º de la LCE. En realidad. según corresponda. siempre que la demora afecte la ruta crítica y el plazo adicional resulte necesario para la culminación de la obra. en que se inspira el Decreto Legislativo 1017 que promulgó la LCE. economía y eficacia. OPINON: Cabe señalar que El contratista podrá hacer valer sus razones y sus derechos en otras vías. Una vez concluido el evento y dentro de los quince días siguientes –y no siete como para otros casos— el contratista o su representante legal solicitará. debería bastar que se haga una sola vez en aplicación de los preceptos de la simplificación administrativa. si lo estima pertinente y si lo sustenta correctamente. Parecería intrascendente que la anotación del residente en el cuaderno de obra de los hechos que pueden dar lugar a una ampliación de plazo tenga que hacerse en reiteradas ocasiones.


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