INFORME DE INVESTIGACIÓN N° 64 /2014-2015SANEAMIENTO FÍSICO LEGAL DE PREDIOS URBANOS ESTHER MARIA HUAMANI CABRERA Especialista parlamentario Lima, 05 de Setiembre de 2014 Edif. Luis Alberto Sánchez, Jr. Huallaga Nº 364 of.111, Cercado de Lima. Lima 1- Perú Teléfono (511) 311-7777 Anexo 6151/ email: [email protected] http://www.congreso.gob.pe/dgp/didp/inicio.htm ÍNDICE INTRODUCCIÓN ..........................................................................................................4 1. ANTECEDENTES, CONCEPTOS BÁSICOS Y MARCO LEGAL ........................5 1.1. Antecedentes .......................................................................................................5 1.2. Conceptos básicos ...............................................................................................8 1.3. Marco legal ........................................................................................................10 2. ÁMBITOS DE COMPETENCIA DE LAS ENTIDADES INVOLUCRADAS .............15 2.1. Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento-MVCS ............................. 15 2.2. Organismo de la Formalización de la Propiedad Informal-COFOPRI ................. 16 2.3. Superintendencia Nacional de Registros Públicos-SUNARP ............................. 17 2.4. Gobiernos locales .............................................................................................. 18 3. PROCEDIMIENTO PARA EL SANEAMIENTO FÍSICO LEGAL DE PREDIOS URBANOS .............................................................................................................19 3.1. Procedimiento para la formalización de la propiedad predial ............................. 20 3.2. Procedimiento para obtener la licencia y declaratoria de edificación .................. 22 3.3. Procedimiento para la inscripción en el registro de predios-SUNARP ................ 23 4. BENEFICIOS DEL SANEAMIENTO FÍSICO LEGAL DE PREDIOS ......................24 5. CONCLUSIONES ...................................................................................................25 BIBLIOGRAFÍA ..........................................................................................................26 LISTA DE CUADROS Cuadro 1 Normativa nacional que sustenta el saneamiento físico legal de predios 11 Cuadro 2 Marco legal sobre la formalización de la propiedad informal 12 Cuadro 3 Marco legal sobre la regularización de la declaratoria de edificación 13 LISTA DE TABLAS Tabla 1 Avance de títulos inscritos de agosto 2011 a mayo 2014 20 LISTA DE FIGURAS Figura 1 La formalización de la propiedad informal en el tiempo 8 Figura 2 Regularización de la declaratoria de edificación:leyes 27157 y 29090 15 Figura 3 Proceso de formalización de la propiedad informal 21 . Organismo de Formalización de Propiedad Informal-COFOPRI. presenta el siguiente informe titulado «Saneamiento físico legal de predios urbanos» que desarrolla la situación actual de la formalización de la propiedad informal y la regularización de la declaratoria de edificación de predios urbanos a nivel nacional. el Sistema Peruano de Información Jurídica-SPIJ. El informe se divide en tres secciones principales: en la primera sección se desarrolla brevemente los antecedentes. a través del Área de Servicios de Investigación. Superintendencia Nacional de los Registros Públicos-SUNARP. En la última sección se describen los beneficios que tendrán los propietarios al culminar el proceso para el saneamiento físico legal de sus propiedades. de utilidad y oportuna para la toma de decisiones en el ámbito del tema tratado. entre otras fuentes de información confiables. Ministerio de Vivienda. se espera contribuir con información técnica. 4 . INTRODUCCIÓN El Departamento de Investigación y Documentación Parlamentaria. De esta forma. La tercera sección señala los procedimientos administrativos en las entidades competentes para sanear el predio. los conceptos básicos y el marco legal del saneamiento físico legal de predios urbanos tanto de formalización de la propiedad y regularización de la declaratoria de edificaciones. Construcción y Saneamiento-MVCS. Finalmente. La segunda sección describe los ámbitos de competencia de las entidades que intervienen en el proceso de saneamiento físico legal. como la necesidad de continuar formalizando la propiedad informal y regularizando la declaratoria de edificaciones a nivel nacional. a fin de brindar mecanismos eficientes y eficaces para incentivar la inversión privada e impulsar el mercado inmobiliario con la finalidad de estimular el crecimiento económico. se alcanzan algunas conclusiones que permitirán visualizar la situación actual del saneamiento físico legal de los predios urbanos. Para la elaboración del presente informe se realizaron consultas en los portales oficiales web del Congreso de la República. como también de expertos en la materia. Presidente del Instituto Libertad y Democracia (ILD). sumado a ello la inexistencia de una oferta formal comercializable de viviendas. Hernando de Soto es considerado por la revista Time como uno de los cinco principales innovadores de América Latina en el siglo XX. En 1995 esas reformas ya habían incorporado al sistema legal a unos 300.1. recomienda el cambio del estatus de facto (de hecho) para empresas y propiedades informales a un estatus de jure (de derecho). ANTECEDENTES. 2 Ingeniero Civil. Antecedentes Según el estudio realizado por el destacado economista Hernando De Soto1(2009:33- 88). 5 . En cuanto a los inmuebles. SANEAMIENTO FÍSICO LEGAL DE PREDIOS URBANOS 1. especialista en sector de construcción. al elaborar un extenso y completo abordaje teórico. y el valor de su propiedad se había por lo menos duplicado. que De Soto defendió los procedimientos simplificados de registros de propiedad para pequeñas empresas y autoconstrucción de viviendas. como aspecto fundamental de cualquier mercado. Cabe precisar que De Soto (2009:22) menciona que: […]En 1990. y cortamos los costos en 99%. Y en el 2004 fue considerado entre las 100 personas con más influencia en el mundo. el ILD se encontraba realmente en situación de ayudarlos. acortamos el tiempo administrativo necesario para registrar la propiedad de los pobres de más de doce años a un mes.000 propietarios. argumenta que la informalidad resulta directamente de la promulgación de injustas (normas) regulaciones por el Estado y la sociedad formal. estimulando la informalidad imponiendo regulaciones excesivas e inapropiadas y aplicando políticas excluyentes a los migrantes. En general. y la eliminación o simplificación de las normas de construcción. hace especial énfasis en el tema de la propiedad. concordante con los niveles de ingreso y 1 Es un reconocido economista. planificación y zonificación. histórico y empírico de la informalidad en el Perú. CONCEPTOS BÁSICOS Y MARCO LEGAL 1. De acuerdo al especialista en el sector de construcción Cristhian Urraca 2 (2005) señala que la masiva inmigración del campo a la ciudad desde los años sesenta ha producido un crecimiento de la población de tal magnitud que la ciudad se ha expandido de forma explosiva y desordenada. graduado en la Facultad de Ciencias e Ingeniería de la Pontificia Universidad Católica del Perú. […] Vale acotar. desarrolla como tema central el fenómeno de la informalidad (hechos y actividades). luego de seis años de escuchar a los pobres. Establecimos toda la legislación y los mecanismos requeridos para incorporar a la mayoría de los inmuebles y negocios extralegales a la ley. al formalizarlas efectivamente. con la existencia de extensas zonas en los distritos periféricos formalmente sin habilitación urbana. en los años setenta existía debilidad institucional en las municipalidades.expectativas poblacionales. aprobado 3 Profesor de Derecho Administrativo y de Derecho Municipal y Regional en la Facultad de Derecho de la Universidad de San Martin de Porres. También. ni autorizaciones para la instalación de servicios públicos. Ley Nº 26878. 6 . Asesor principal de la Comisión de Justicia y Derechos Humanos del Congreso de la República. en gran medida consolidadas en cuanto a su infraestructura y servicios básicos. Ha sido Director de Asesoría Legal y Gerente Municipal de la Municipalidad Distrital de Lince. dado que dependían del Ministerio del Interior. costo excesivo. que se instalaron y crecieron muchas veces bajo los auspicios de los gobiernos de turnos. el autor señala que: […] El Gobierno Nacional tomó conciencia de la gravedad del problema y empezó a emitir una serie de normas tendientes a la regularización del fenómeno urbano informal que presentaba la ciudad de Lima. período legislativo 2011-2012. continuaron y se acentuaron los problemas urbanos con el aumento de invasiones. específicamente limpieza pública y servicios administrativos. la Ley General de Habilitaciones Urbanas. Conforme a lo sostenido por el experto en derecho municipal Abraham Rivas3 (2007). económicamente estrangulados por la falta de recursos y por el control centralista de la Municipalidad de Lima Metropolitana. (Rivas. incapacitados logística. (Urraca. etc. aprobada por Decreto Supremo Nº 001-90-VC. 2007:4). Esto resultó altamente oneroso en términos sociales y económicos. han propiciado la autoconstrucción informal. el bloque normativo de formalización de la propiedad informal. en los sectores pobres sin planificación urbana que en mucho casos no existía. violencia familiar. Según Abraham Rivas en la década de los noventa. primera Ley de saneamiento de la estructura físico legal de los Pueblos Jóvenes. y respecto de las cuales las Municipalidades Distritales empezaron a prestar servicios y a girar el cobro de arbitrios municipales e impuesto predial. técnica y legalmente para ejercer atribuciones de ordenamiento de los nuevos asentamientos. sin guardar las disposiciones técnicas y legales de los Reglamentos de Construcciones y Zonificación. Norma pionera fue la Ley Nº 24513. frustraciones infantiles. dado las carencias de infraestructura y servicios básicos. en perjuicio de los nuevos pobladores con: elevadas tasas de mortalidad infantil. 2005:14). de construcciones informales. pero que en la práctica eran áreas urbanizadas. Estaban diseñadas sólo para atender determinados servicios públicos y sociales. el Reglamento de Formalización de la Propiedad Informal en las Urbanizaciones Populares.. con la creación de COFOPRI. de la que se desprendieron el Reglamento del Registro predial de Pueblos Jóvenes y Urbanizaciones Populares. y las normas de simplificación para el otorgamiento de licencias de construcción. En la figura 1. es necesario aclarar que dada la gravedad del problema urbano y la necesidad de atender las demandas sociales. 2007:5). se aprecia el avance del proceso de la formalización de la propiedad informal en el Perú y como se implementaron las reformas en el marco legal e institucional. De acuerdo a la cita textual que antecede. Para el caso de los distritos consolidados y antiguos de la capital. aprobado por Decreto Supremo Nº 02-94-TCC. la asignación de la facultad de otorgar las licencias de construcción y declaratoria de fábrica a las Municipalidades Distritales. donde establecieron procedimientos simplificados (Rivas.[…]. comunal o privada que haya solicitado su reconocimiento al 14 de Abril de 1986». se amplían los alcances de la Ley 24513 que regula el saneamiento físico legal de los pueblos jóvenes. también se amplía la fecha de posesión probada al 30 de agosto de 1989. donde se establece que la aplicación y cumplimiento de la presente ley es atribución propia de las municipalidades provinciales. Asimismo. 7 . denominados pueblos jóvenes». de acuerdo con la Ley 25102. pero que no hubieran obtenido su declaratoria de fábricas. (Rivas. a mérito del Decreto Supremo Nº 025-94-MTC. publicada el 03 de octubre de 1989. el saneamiento de la estructura físico legal de los asentamientos humanos. dichas regularizaciones se prolongaron entre 1994 y 1999. se emitieron normas que permitían la regularización de construcciones antirreglamentarias y con edificación terminada. Ley 26709 y Ley 26919. titulado:«Dictan disposiciones referidas a la declaración o constatación de fábrica de terrenos rústicos y urbanos». municipal. por Decreto Supremo Nº 031-99-MTC. así como a partir de 1994. publicada el 04 de junio de 1986. El plazo para acogerse a este régimen vence el 31 de diciembre de 1998 y comprende a las declaraciones o constataciones de fábrica cuyo valor no exceda a cincuenta (50) unidades impositivas tributarias. conforme a la Ley en comento se reconoce como «Pueblo Joven a todo aquel establecido sin título legal en terrenos de propiedad fiscal. 4 La Ley 26389. el Estado inició el proceso de regularización al amparo de la Ley 24513 denominada: «Declaran de necesidad y utilidad públicas y de preferente interés social. ampliándose las fechas de regularizaciones de las edificaciones terminadas hasta el 31 de diciembre de 1997. fue modificada sucesivamente por la Ley 26609. 2007:6). luego de la dación de la Ley 26389. publicado el 18 de noviembre de1994 y sus sucesivas modificatorias4. conformidad de obra y certificado de numeración. Aspectos operativos y etapas del proceso de formalización de la Propiedad informal en el ámbito urbano. permitiendo sanear de forma integral los predios urbanos informales.gob. Figura 1 La formalización de la propiedad informal en el tiempo Antes Después Actual ues Fuente y Elaboración: Manuel Balcázar Vásquez 5 (funcionario del Ministerio de Vivienda. habilitación urbana y construcción (urbanización).COFOPRI6: 5 Es abogado egresado de la Universidad de San Martin de Porres. también fue Director de la Formalización Individual de Propiedad Informal-COFOPRI.aspx 6 Glosario de términos de COFOPRI. dependiente del Vice Ministerio de Vivienda y Urbanismo del Ministerio de Vivienda. Actualmente es Director Ejecutivo del Programa Generación de Suelo Urbano. y el cumplimiento de tal encargo legal demanda la aplicación de un marco normativo para el saneamiento legal de los predios urbanos como la regularización de la declaratoria de edificaciones. Construcción y Saneamiento.2. dirección. 1. Construcción y Saneamiento a partir de abril del 2014.vivienda. Conceptos básicos Es necesario tener presente algunos conceptos básicos a efectos de comprender el proceso de saneamiento físico legal y la regularización de declaratoria de edificación de predios urbanos materia del presente informe.cofopri.pe/glosario/glosario. Iniciado el proceso de descentralización (2002). Construcción y Saneamiento). Consulta: 11 de junio del 2014. regulación y fiscalización de los procesos de titulación. los gobiernos locales desempeñan el papel central en el proceso de promoción. la mayoría de estos conceptos fueron extraídos literalmente del glosario de términos del Organismo de la Formalización de la Propiedad Informal. En http://www. fue Director Nacional de Vivienda en el 2011.html 8 . ver en: http://www.gob. presentación en Power Point. fue asesor legal del gabinete de asesores del Ministerio de Vivienda. 2009.pe/transparencia/funcionarios. considerándose válida la documentación emitida por los gobiernos locales y entidades vinculadas al procedimiento de obtención de licencia.Conjunto de acciones de carácter legal. publicado el 18 de diciembre de 2009. 2 numeral 2. instrumentos de formalización. Ley que modifica y complementa la Ley 29090. se denomina declaratoria de edificación. Consulta: 12 de junio de 2014. Comprende la asunción de competencia. Ley de regulación de habilitaciones urbanas y de edificaciones.. a existencia de cualquier acto. actas de conciliación. En http://www. Inscripción. dispone en su primera disposición complementaria que: «La declaratoria de fábrica. Dichas entidades deben adecuar sus procedimientos con la nueva denominación». mediante documentos válidamente emitidos como resoluciones.. en materia de saneamiento físico legal. dicho ingreso se da a través de la primera inscripción de dominio (apertura de la partida registral originaria). los cuales tienen mérito por sí solos para su inscripción en el Registro de Predios.En:http://www. Licencia de habilitación y edificación. comprendidos dentro de los planos verticales del perímetro. así mismo de desistimiento de manera expresa y a solicitud del interesado.congreso.. Formalización de la propiedad.gob. diagnóstico y reconocimiento de las diversas formas de posesión informal y el proceso de formalización en su etapa integral e individual. En nuestro sistema. Ley de regularización de habilitaciones urbanas y de edificaciones.pe/ntley/Imagenes/Leyes/29090. aprobado el 21 de setiembre del 2007.8 Predio.Consulta: 6 de junio del 2014. derecho o carga. Inmatriculación. que se emitan en el marco de la formalización de la propiedad.pdf 8 Artículo 7 de la Ley Nº 29090.pe/ntley/imagenes/Leyes/29476. Arts.Reconocimiento legal de la existencia de cualquier tipo de edificación realizada mediante una declaración del propietario.gob. identificación. Las licencias citadas podrán ser objeto de prórroga y modificación.pdf 9 .Superficie encerrada en un perímetro. delimitado por una línea poligonal continua y cerrada. técnico y de difusión que desarrollan los organismos competentes.. se extiende al subsuelo y al sobresuelo. se ha actualizado según la Ley 29476.Ingreso de un predio a la vida registral. Art.Acto registral en virtud del cual se hace constar en el Registro de Predios.. cuyo objeto es enfrentar el problema de la informalidad en los derechos de propiedad urbana mediante el empleo de tecnología moderna y procedimientos simplificados de formalización.congreso. 44 al 49). a partir de la vigencia de la presente Ley. 7 La denominación de declaratoria de fábrica fue utilizado en el glosario de término de COFOPRI..Constituyen actos administrativos mediante los cuales las municipalidades otorgan autorización para ejecución de obras de habilitación urbana o edificación.3.Declaratoria de edificación7. que contenga tal denominación. de acuerdo a los requisitos y trámites que se establecen en el Reglamento de la Ley 27157 (Ley de regularización de edificaciones del procedimiento para la declaratoria de fábrica y del régimen de unidades inmobiliarias de propiedad exclusiva y de propiedad común. Etapa del proceso de formalización individual en la que se emite el instrumento de formalización respectivo a favor de los beneficiados que acreditaron fehacientemente su derecho. En: http://www.vivienda. centros urbanos informales o urbanizaciones populares.Es el registro jurídico integrante del Registro de Propiedad inmueble en el que se inscriben los actos o derechos que recaen sobre predios a los que se refiere el artículo 2019 del código civil.. permite la continuación y conclusión de la formalización de la propiedad.gob. ha sido desarrollada desde la década de los 90. normas administrativas y demás normas especiales. Consulta: 10 de junio de 2014. independización y/o reglamento interno. Ley de regularización de edificaciones.10 Saneamiento físico legal.asp?ID=377 10 Extraído del artículo 3 de la Ley 27157. del procedimiento para la declaratoria de fábrica y del régimen de unidades inmobiliarias de propiedad exclusiva y de propiedad común.sunarp.. aprueban el Reglamento de Inscripciones del Registro de Predios de la SUNARP. disponer y reivindicar un bien. de ser el caso podrán sanear su situación de acuerdo al procedimiento establecido en la presente Ley.Procedimiento que mediante acciones técnicas y legales ejecutadas directamente o a través de terceros. En http://www.. a favor de los poseedores de predios matrices ocupados por posesiones informales.. (Artículo 923° del Código Civil). Marco legal La normativa nacional que sustenta y definen las competencias del gobierno nacional y de los gobiernos locales sobre el proceso de la formalización de la propiedad informal y la regularización de la declaratoria de edificación de predios urbanos. 1. Registro de predio. Titulación. Propiedad.9 Regularización. el 03 de mayo del 2013.pe/Ley29090/normatividad/LEY%20Nº%2027157%20El%20peruano. disfrutar.gob..Procedimiento administrativo de declaración de propiedad.Los propietarios de edificaciones que hayan sido construidas sin licencia de construcción. así como de lotes individuales que formen parte de aquéllos.Es el poder jurídico que permite usar. conformidad de obras o que no cuenten con declaratoria de fábrica.pe/Legislacion00. Debe ejercerse en armonía con el interés social y dentro de los límites de la ley. 2 y 3 que presentamos a continuación: 9 Extraído del artículo 2 de la Resolución del Superintendente Nacional de los Registros Públicos 097-2013-SUNARP/SN. Consulta: 10 de junio de 2014..3. conforme se desprende de los cuadros 1.Tiene por objeto declarar administrativamente la propiedad vía prescripción adquisitiva de dominio o regularización del tracto sucesivo. aprobado el 15 de julio de 1999.pdf 10 . Se ejerce en armonía con el bien común y dentro de los límites de ley. Zonificación. 1. acondicionamiento territorial y asentamientos humanos. 1. en concordancia con los planes de desarrollo de Publicada el 18. […] Ley 27972 […] Ley Orgánica de Artículo 20.Uso del suelo 1.05. en aquellos lugares en que se implementen. 1. departamentos.. en cuyas Publicada el 20. 3.-Atribuciones del Alcalde Municipalidades […] 26. asumen las competencias y ejercen las funciones específicas señaladas en el Capítulo II del presente Título. regional y local. y de conformidad con las políticas nacionales y planes sectoriales...07. incluyendo la zonificación. […] Artículo 42. preservando la unidad e integridad del Estado y la nación. b) Normar la zonificación. Saneamiento físico legal de asentamientos humanos. Planificar el desarrollo urbano y rural de sus circunscripciones. Organización del espacio físico .11.3.2002 circunscripciones se constituye y organiza el Estado y gobierno a nivel nacional. Habilitación urbana. tomando en cuenta su condición de municipalidad provincial o distrital. Otorgar los títulos de propiedad emitidos en el ámbito de su jurisdicción y competencia. y ejecutar los planes correspondientes. Cuadro 1 Normativa nacional que sustenta el saneamiento físico legal de predios NORMA ARTÍCULOS Constitución Política del […] Perú Artículo70.Los gobiernos locales promueven el desarrollo y la economía local. con carácter exclusivo o compartido. gobierno y jurisdicción Descentralización 7 . y la prestación de los servicios públicos de su responsabilidad. […] Artículo 73.1 D. El Estado lo garantiza. urbanismo. Presidir las Comisiones Provinciales de Formalización de la Propiedad Publicada el 27.1993 […] Artículo 195.S.. aprobar y evaluar los planes y políticas regionales en materia de vivienda y saneamiento. CONCORDANCIAS: Ley 28391.2002 los gobiernos locales. […] Ley 27867 […] Ley Orgánica de Artículo 58.2003 Informal o designar a su representante. en las materias siguientes: 1.2. […] Publicada el 30.1. provincias.Funciones en materia de vivienda y saneamiento Gobiernos Regionales a) Formular.12. distritos y centros poblados.-Competencias exclusivas (Municipalidades provinciales) a) Planificar y promover el desarrollo urbano y rural de su circunscripción. El territorio de la República está integrado por regiones. en armonía con las políticas y planes nacionales y regionales de desarrollo.Materias de competencia municipal […] Las municipalidades. Catastro urbano y rural. numeral 3. Art. […] Ley 27783 […] Ley de Bases de la Artículo 7. urbanismo y acondicionamiento territorial..Territorio. conforme a sus competencias y autonomía propias. 27.1. Son competentes para: […] 6.4.El derecho de propiedad es inviolable. 005-2005-JUS 11 . .2006 Decreto Supremo 006.Del régimen temporal extraordinario de formalización y Régimen Temporal titulación Extraordinario de Créase un régimen temporal extraordinario de formalización y titulación de Formalización y predios. en el ámbito de sus circunscripciones del Título I de la Ley territoriales.Entidades competentes y funciones Aprueban Reglamento 2. 16 D. Artículo 2.Formalización de la propiedad Complementaria de Declárese de preferente interés nacional la formalización de la propiedad Formalización de la informal. 021-2008-Vivienda […] Fuente: Sistema Peruano de Información Jurídica (SPIJ). hasta la inscripción de los títulos de Formalización de la propiedad en el Registro de Predios. vía Prescripción Adquisitiva de Informales y Dominio o Regularización del Tracto Sucesivo.S. Centros Urbanos Informales y Urbanizaciones Populares. ocupación o Dotación de Servicios titularidad informal de predios que estén constituidos sobre inmuebles de Básicos propiedad estatal. centros urbanos informales. La formalización de la propiedad informal está institucionalizada y establecida por su reglamento y normatividad vigente del COFOPRI. […] Propiedad Informal de […] Terrenos Ocupados por Artículo 50.. Las Municipalidades Provinciales tienen competencia exclusiva para Centros Urbanos declarar administrativamente la propiedad. referido a la formalización de la propiedad informal. […] 2006-Vivienda Artículo 2. ocupados por posesiones informales. 4. Cuadro 2 Marco legal sobre la formalización de la propiedad informal NORMA ARTÍCULOS Decreto Legislativo 803 […] Ley de Promoción de Artículo 1.2006 […] Ley 28923 […] Ley que Establece el Artículo 2. con fines de vivienda. como organismo rector máximo encargado de diseñar y ejecutar de manera integral. NORMA ARTÍCULOS Ley 28687.03. […] […] Publicada el 17.Ámbito de aplicación Posesiones Informales. por un período de tres (3) años.1996 inciso 16) del Artículo 2 y los Artículos 58 y 70 de la Constitución Política.Créase la Comisión de Formalización de la Propiedad Informal (COFOPRI).03. contados a partir de la vigencia de 12 . conforme se advierte del cuadro 2.. con su respectiva inscripción registral. Acceso al Suelo y urbanizaciones populares y toda otra forma de posesión.Declárese de interés nacional la promoción del acceso a la Acceso a la Propiedad propiedad formal y su inscripción registral con el fin de garantizar los Formal derechos de todos los ciudadanos a la propiedad y al ejercicio de la iniciativa privada en una economía social de mercado. Elaboración: Área de Servicios de Investigación. conforme a las disposiciones contenidas en el presente Reglamento. asumen la competencia exclusiva y excluyente en materia de 28687.03.1 y Art.. respecto de los terrenos Propiedad Informal... numeral 4. establecidos por el Publicada el 22. a favor de Posesiones Urbanizaciones Informales.1 Las municipalidades provinciales. así Populares como de lotes individuales que formen parte de aquellos. comprehensiva y rápida un Programa de Formalización de la Propiedad […] […] Ley 28687 […] Ley de Desarrollo y Artículo 2. Art. Publicada el 17. compila todos los procedimientos administrativos a su cargo y los servicios prestados en exclusividad incluye denominación del procedimientos requisitos. etc. conformidad de obra o que no cuenten con Declaratoria de Fábrica y declaratoria de fábrica.gob.pe/pdf/tupa_cofopri. autoridad competente para resolver.cofopri.. Según Cristhian Urraca señala que el conjunto de normas técnicas y administrativas vigentes sobre licencia y declaratoria de edificaciones a nivel nacional y local..pdf. 13 .TUPA de COFOPRI en el Portal Institucional de COFOPRI (www. es decir. Exclusiva y de Propiedad […] Común Publicada el 20. NORMA ARTÍCULOS Titulación de Predios la presente Ley. Recuperado el 17 de Junio del 2014 en: http://www. no serían viables de acuerdo a la realidad de la mayoría de las construcciones realizadas. así se advierte de la lectura del cuadro 3. 2005:14 y 15). no facilitarían ni promoverían la construcción convencional de viviendas más bien la encarecen. […] 2012-Vivienda Artículo 1. publicada el 11 febrero 2009. publicada el 01 noviembre 2011. (Urraca.12.gob. por un período de dos años adicionales. de ser del Régimen de Unidades el caso podrán sanear su situación de acuerdo al procedimiento Inmobiliarias de Propiedad establecido en la presente Ley. se amplía el plazo a que se refiere el presente artículo.1999 Decreto Supremo 035-2006.TUPA del de Procedimientos Organismo de Formalización de la Propiedad Informal . (1)(2) Urbanos (1) De conformidad con el Segunda Disposición Transitoria de la Ley 29320. independización y/o reglamento interno. Formalización de la Artículo 2. se prorroga el plazo a que se refiere el Publicada el08. plazos. […] (2) De conformidad con el Artículo 1 de la Ley 29802..cofopri.2006 presente artículo. que en Anexo forman del Organismo de parte integrante del presente Decreto Supremo.12. y 11 COFOPRI el Texto Único de Procedimientos Administrativos . por un período de cinco años adicionales. del Los propietarios de edificaciones que hayan sido construidas sin Procedimiento para la licencia de construcción.07.Aprobación del TUPA de COFOPRI Aprueban el Texto Único Apruébese el Texto Único de Procedimientos Administrativos . derechos de tramitación.COFOPRI y los Administrativos – TUPA formularios señalados en los citados procedimientos.Publicación del TUPA Propiedad Informal – Publíquese el presente Decreto Supremo en el Diario Oficial El Peruano. […] […] Decreto Supremo 022.Ámbito de aplicación Aprueban el Texto Único El presente Reglamento es único y su aplicación es obligatoria a nivel 11 El Texto Único de Procedimientos Administrativos-TUPA del Organismo de Formalización de la Propiedad Informal-COFOPRI. […] Vivienda Artículo 1.pe) y en el Portal de Publicada el30. Elaboración: Área de Servicios de Investigación..2012 Servicios al Ciudadano y[…] […] Fuente: Sistema Peruano de Información Jurídica (SPIJ).De la Regulación Edificaciones. Cuadro 3 Marco legal sobre la regularización de la declaratoria de edificación NORMA ARTÍCULOS Ley 27157 […] Ley de Regularización de Artículo 3. […] Decreto Supremo 008-2013. seguimiento.05. Ninguna norma. Ley de Comprende la Regularización de Edificaciones.11. se modifico el TUO del reglamento de la Ley 27157. o que 12 Común carezcan. publicado el 11 de junio de2008. Publicada el 08.1 Los procedimientos administrativos que se desarrollan en el Licencias de Habilitación presente Reglamento son únicos y de aplicación obligatoria a nivel Urbana y Licencias de nacional.2013 […] Fuente: Sistema Peruano de Información Jurídica (SPIJ). del procedimiento para la declaratoria de fábrica y del régimen de unidades inmobiliarias de propiedad exclusiva y de propiedad común. Publicada el 04. […] Vivienda Artículo 2.. De otro lado. sin Exclusiva y de Propiedad contar con la respectiva licencia y/o conformidad de obra. además. conforme a la figura 2 se visualiza la secuencia de las leyes que norman la regularización de la declaratoria de edificación. Ley de regularización de edificaciones. en su caso. regulados en la presente Ley.Ámbito de Aplicación Aprueban Reglamento de 2.2006 […] Ley 29090 […] Ley de Regulación de Artículo 1. El título II sobre procedimiento para la declaratoria de fábrica de la Ley 27157 fue derogado por la Ley 29090. de declaratoria de fábrica. además de las descritas en la presente Ley. del Propiedad Común. formulario o requerimiento Edificación administrativo podrá exigir mayores requisitos que los establecidos en la Ley y el presente Reglamento.. podrá participar. directiva.1 Los procedimientos administrativos.09. en la aprobación y ejecución de habilitaciones urbanas y edificaciones.Objeto y vigencia del Régimen de Unidades La presente sección norma el trámite de regularización de las Inmobiliarias de Propiedad edificaciones construidas o demolidas antes del 21 de julio de 1999. directa o indirectamente. desde la primigenia Ley 27157 publicada en julio de 1999 y la Ley 29090 publicada en setiembre de 2007. 12 Mediante Decreto Supremo 018-2008-Vivienda.2007 fiscalización en la ejecución de los respectivos proyectos. son únicos y de aplicación obligatoria a nivel nacional. Elaboración: Área de Servicios de Investigación. […] Artículo 2. reglamento interno y/o la correspondiente independización. la Licencia de Obra. supervisión y Publicada el 25. de la Ley 27157.Objeto de la Ley Habilitaciones Urbanas y de La presente Ley tiene el objeto de establecer la regulación jurídica de Edificaciones los procedimientos administrativos para la obtención de las licencias de habilitación urbana y de edificación.. determinan las responsabilidades de los sujetos implicados en los procedimientos de habilitación urbana y de edificación. NORMA ARTÍCULOS Ordenado del Reglamento nacional para las edificaciones levantadas en predios urbanos.. 14 . en un marco que garantice la seguridad privada y pública.Ámbito de aplicación y principios 2. Regularización de Declaratoria de Fábrica y el Régimen de Propiedad Exclusiva y Edificaciones. Ninguna persona o entidad. Procedimiento para la […] Declaratoria de Fábrica y Artículo 3. urbanismo.1. construcción y saneamiento. Cabe mencionar que para estos temas abordados el ente rector y normativo es el Ministerio de Vivienda. con el objeto de formular. Construcción y Saneamiento-MVCS14 El 11 de julio de 2002 se publicó la Ley 27779. Asimismo. mediante convenio de delegación a favor de COFOPRI. se aprueba la Ley 27792. aprobar. 15 . 14 Las normas legales han sido obtenido de la página web del Ministerio de Vivienda. la estructura orgánica básica. ejecutar y supervisar las políticas de alcance nacional aplicables en materia de vivienda.vivienda. esta institución viene ejecutando las acciones concernientes a la titulación de la propiedad a los posesionarios informales. Perú. salvo la Ley 30156 por no encontrarse nítida su visualización.gob. asimismo.aspx . Construcción y Saneamiento). Mecanismos para formalizar edificaciones. Consulta: 11 de junio de 2014. 13 Arquitecta del Área de Fomento Habitacional en el Ministerio de Vivienda. publicado el 25 de julio de 2002. no obstante ello. Construcción y Saneamiento. Construcción y Saneamiento. ambos procesos se inscriben en la Superintendencia Nacional de Registros Públicos-SUNARP. Figura 2 Regularización de declaratoria de edificación: leyes 27157 y 29090 Fuente y Elaboración: Haydee Yong Lee13 (funcionaria del Ministerio de Vivienda. En: http://www.). Construcción y Saneamiento. sin embargo. CAL-Dirección Académica y de Promoción Cultural. 2. competencia y funciones del Ministerio. ÁMBITOS DE COMPETENCIA DE LAS ENTIDADES INVOLUCRADAS El proceso de formalización de la propiedad informal es competencia de la municipalidad provincial. creándose el Ministerio de Vivienda Construcción y Saneamiento. (s. Ministerio de Vivienda.pe/direcciones/saneamiento_documentos.f. la regularización de la declaratoria de edificación es competencia de la municipalidad distrital. Ley de organización y funciones del MVCS. donde determina y regula el ámbito. 2. presentación en Power Point. pe/Ministerio/mision_vision. publicado el 9 de setiembre del 2002.gob. desarrollo urbano.También. comprende el saneamiento físico y legal y la titulación. Consulta: 20 de junio de 2014. mediante el Decreto Supremo 002-2002-Vivienda se aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio. construcción. urbanismo. ejecutar y supervisar las políticas nacionales sobre ordenamiento y desarrollo urbanístico. uso y ocupación del suelo urbano y urbanizable. coordinar. Cabe señalar que en el artículo 10 de la Ley 30156 detalla 13 funciones compartidas con los gobiernos regionales y locales. señala que es de su competencia formular. aprobar. Actualmente. fomentando la participación de las organizaciones de la sociedad civil y de la iniciativa e inversión privadas. para lo cual dicta normas de alcance nacional y supervisa su cumplimiento. en el ámbito de su competencia. normar. la Ley 30156. propiciando el ordenamiento. habilitación urbana y edificaciones. saneamiento. crecimiento. 16 .16 Asimismo. la formulación del catastro predial.vivienda. publicado el 19 de enero del 2014. bienes estatales y propiedad urbana. El MVCS es el ente rector y normativo del sistema urbano nacional. aprobado por Decreto Supremo 025-2007-Vivienda.2. formalización de la propiedad informal y de la regularización de las edificaciones de las viviendas. Ley de Organización y Funciones del MVCS. destacando el inciso 2 donde señala que: Normar.15 2. mantenimiento y protección de los centros de población y sus áreas de influencia. normar. en concordancia con las leyes orgánicas de gobiernos regionales y municipalidades. Cabe mencionar que el MVCS tiene como misión mejorar las condiciones de vida de la población facilitando su acceso a una vivienda adecuada y a los servicios básicos. ejecutar y controlar el proceso de formalización de la propiedad predial y su mantenimiento en la formalidad. Organismo de la Formalización de la Propiedad Informal-COFOPRI El Organismo de la Formalización de la Propiedad Informal es un organismo público descentralizado adscrito al sector vivienda con personería jurídica de derecho público y constituye un pliego presupuestal. publicado el 28 de julio de 2007. supervisar y evaluar las políticas nacionales y sectoriales en materia de vivienda. ejecutar. En: http://www. conservación. en el Reglamento de organización y funciones de COFOPRI señala que la función general es: Diseñar. en el ámbito urbano y rural y transferir conocimientos y capacidades a los gobiernos regionales y locales. 15 La misión del MVCS ha sido extraída del portal web oficial.aspx 16 En el artículo 1 sobre la naturaleza jurídica del Reglamento de Organización y Funciones del Organismo de Formalización de la Propiedad Informal-COFOPRI. en el marco del proceso de descentralización. dirigir. contenido de asientos registrales y procedimientos previstos en normas de carácter registral. que conoce y resuelve los procedimientos administrativos relacionados con las competencias de COFOPRI. en segunda y última instancia administrativa. En junio del 2002 se aprueba la Ley 27755 que crea el registro de predios a cargo de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos. se le confiere a COFOPRI facultades temporales y extraordinarias para la formalización de predios urbanos y rurales por un período de (03) tres años. formalidades de documentos que dan mérito a inscripciones. Ley que establece el régimen temporal extraordinario de formalización y titulación de predios urbanos. donde se regula requisitos para la inscripción de diferentes actos o derechos. así como su reglamento. con las resoluciones del TAP 17 se agota la vía administrativa. con relación a su potestad de conocer y resolver los medios impugnatorios de los interesados respecto de los procedimientos administrativos a su cargo». ratifican la competencia de las Municipalidades Provinciales en materia de formalización de la propiedad informal hasta la inscripción de los títulos de propiedad. 17 Mediante el Decreto Supremo 039-2000-MTC.Ley complementaria de promoción del acceso a la propiedad formal. 17 . centros urbanos informales y urbanizaciones populares. así como del Tribunal Administrativo de la Propiedad. aprueban el Reglamento de Inscripciones del Registro de Predios. Superintendencia Nacional de Registros Públicos-SUNARP En octubre de 1994 fue promulgada la Ley 26366. El TAP se instaló el 31 de agosto de 1998. Ley que crea el Sistema Nacional y la Superintendencia de los Registros Públicos. se promulga la Ley 28391. complementada por la Ley 27046 .En noviembre de 2004. Según Resolución del Superintendente Nacional de los Registros Públicos 097-2013-SUNARP/SN de fecha 3 de mayo del 2013. Cabe mencionar que COFOPRI cuenta con el Tribunal Administrativo de la Propiedad- TAP fue creado mediante el Decreto Legislativo 803 . Ley de formalización de la propiedad informal de terrenos ocupados por posesiones informales.3. Mediante la Ley 28923. publicada en diciembre del 2006. publicado el 6 de agosto de 2000. 2. teniendo como objetivo: «El presente reglamento establece las normas procesales que rigen la actuación administrativa de COFOPRI. en primera instancia. se aprueba el reglamento de normas que regulan la organización y funciones de los órganos de COFOPRI responsables del conocimiento y solución de medios impugnatorios.Ley de promoción del acceso a la propiedad formal. por un período de cinco (5) años adicionales. a través de la Instancia Orgánica Funcional. órgano de segunda y última instancia con competencia a nivel nacional. la cual fue ampliada con la Ley 29802 publicado el 01 de noviembre del 2011. aprobado por Decreto Supremo 005-2005-JUS. 2. interpretando y aplicando la ley. eriazos y ribereños de su propiedad con fines urbanos. establece los procedimientos. Cabe indicar que la SUNARP cuenta con el Tribunal Registral 18 de competencia nacional que conoce y resuelve en segunda y última instancia administrativa las apelaciones contra las observaciones. En tal sentido. y abogados certificadores. desarrollo urbano y vivienda. remodelaciones y demoliciones. En: http://www.pe/TribunalRegistral / 18 . […] 1. aprobado por Decreto Supremo 008-2004-JUS. Reglamentar el otorgamiento de licencia de construcción. el 27 de julio de 2004. tachas y otras decisiones de los registrados. requisitos. incisos 26 dice a la letra: «presidir las comisiones provinciales de formalización de la propiedad informal o designar a su representante. En materia de planificación. […] 18 El Reglamento del Tribunal Registral fue aprobado por Resolución 263-2005-SUNARP-SN.sunarp.pe/TribunalRegistral/Tnormativa.4.publicado el 21 de octubre de 2005. en aquellos lugares en que se implementen» y en el inciso 27 señala que: «otorgar los títulos de propiedad emitidos en el ámbito de su jurisdicción y competencia» en concordancia con el artículo 9 de la Ley 28687. Gobiernos locales En la Ley Orgánica de Municipalidades. […] 1. en la Ley orgánica sobre las competencias y funciones metropolitanas especiales en el artículo 161 menciona que: La Municipalidad Metropolitana de Lima tiene las siguientes competencias y funciones metropolitana especiales: 1. derecho de pago entre otras pautas para realizar el trámite de inmatriculación e inscripción del título de propiedad y de la declaratoria de edificación de acuerdo al Reglamento de Registro de Predios y en concordancia a la Ley 27157 (construcción terminada al 20 de julio de 1999) y a la Ley 29090 (construcción terminada después del 20 de julio de 1999). fijando criterios jurisprudenciales a efectos de generar predictibilidad y contribuir con la seguridad jurídica. El tribunal resuelve dentro de los plazos legales establecidos las apelaciones interpuestas contra las derogatorias de inscripción. sobre las atribuciones del alcalde señala en su artículo 20.gob. Ley 27972 publicada el 27 de mayo del 2003.6.En: http://www. Controlar el uso del suelo y determinar las zonas de expansión urbana e identificar y adjudicar los terrenos fiscales.gob. en su caso emitidas en el ámbito de su función registral. verificación y saneamiento físico legal de asentamientos humanos.sunarp.19 2. En la Ley Orgánica se otorga a las municipalidades provinciales la función exclusiva de reconocimiento. urbanos. Consulta: 23 de junio de 2014.Es importante señalar que en el Texto Único de Procedimientos Administrativos-TUPA de la SUNARP.Consulta: 20 de junio de 2014.asp 19 Esta información ha sido consultada y extraída de la página web oficial de la SUNARP. En: http://www. es decir los gobiernos locales tienen la responsabilidad de sanear de forma integral los predios urbanos en el ámbito de sus circunscripciones. formalizar la propiedad informal y regularizar las edificaciones de los predios que no lograron obtener la licencia o construyeron de forma informal. 20 Esta información ha sido obtenido de la página web de COFOPRI. Consulta: 12 de junio de 2014. generando inseguridad económica y malestar social en la población afectada. el Estado desde el año 1996 inició una reforma legal e institucional para formalizar la propiedad informal. desde el año 1999 el Estado viene implementando procedimientos para regularizar las edificaciones sin lograr resultados al 100%. Asimismo. Según la tabla 1. 3.998 títulos de propiedad inscritos ante la SUNARP como avance de la meta presidencial a nivel nacional desde agosto de 2011 a mayo de 2014. PROCEDIMIENTO PARA EL SANEAMIENTO FÍSICO LEGAL DE PREDIOS URBANOS A fin de enfrentar la situación grave de las posesiones informales en las regiones del Perú.gob. Asimismo cabe destacar que los departamentos de Lima.aspx?flag=ser6 19 .Los gobiernos locales cuentan con el marco normativo y las competencias necesarias para ejecutar e implementar las acciones correspondientes al saneamiento físico legal. sale a la luz el problema de la informalidad de las viviendas. Ica y Piura tienen mayor avance de títulos inscritos.pe/index. El Organismo de Formalización de la Propiedad Informal-COFOPRI logró en total 218.20 A la fecha no se cuenta con cifras de los predios con títulos inscritos y que hayan regularizado la declaratoria de edificación de sus viviendas.cofopri. Cabe señalar que. la informalidad existente en el ámbito inmobiliario y para promocionar la actividad de la construcción. sólo en caso de desastres naturales o delitos graves. 3. 2014.pdf 22 Este texto fue extraído de la página web de COFOPRI. En: http://www. Avance presidencial sobre títulos urbanos inscritos.gob.pe/transparencia.gob. Consulta: 9 de junio de 2014.pe/pdf/tupa_cofopri.cofopri.asp?i=6 20 . Tabla1 Avance de títulos inscritos de agosto 2011 a mayo 2014 Fuente y Elaboración: Organismo de la formalización de la Propiedad Informal.22 21 El Texto Único de Procedimientos Administrati vos-TUPA de COFOPRI fue aprobado el 30 de diciembre del 2012 mediante Decreto Supremo Nº 022-2012-VIVIENDA. Consulta: 11 de junio de 2014 . siempre que esa exigencia cuente con el respaldo legal. En: http://www.cofopri.1. Procedimiento para la formalización de la propiedad predial Los procedimientos por la vía administrativa para acceder al título de propiedad están 21 estipulados en el Texto Único de Procedimientos Administrativos-TUPA del COFOPRI que comprende todos los procedimientos de iniciativa de parte requeridos por los administrados para satisfacer sus intereses o derechos mediante el pronunciamiento de cualquier órgano de la entidad. luego lo remite a la Municipalidad Provincial para que sea entregado al propietario.asp?i=1 21 . Aspectos operativos y etapas del proceso de formalización de la Propiedad informal en el ámbito urbano. formalización integral o individual según solicitud. siempre que exista convenio de delegación al que alude el artículo 4 de la Ley 28923 para brindar servicios de acuerdo al tipo y origen del predio. requisitos. En: http://www.En el TUPA de COFOPRI se detalla cada procedimiento administrativo señalando nombre del procedimiento. presentación en Power Point.pe/faq. vía prescripción adquisitiva de dominio o regularización del tracto sucesivo. COFOPRI emite el título para su registro en la SUNARP. Consulta: 16 de junio de 2014. calificación de expedientes. puede declarar administrativamente la propiedad. 23 Esta información ha sido obtenido de la página web de COFOPRI. derecho de tramitación. plazos y entidad competente de acuerdo a lo solicitado.gob. evaluación de la base gráfica e inclusión en el catastro.cofopri. 2009. empadronamiento. Figura 3 Proceso de formalización de la propiedad informal Fuente y Elaboración: Manuel Balcázar Vásquez. calificación. centros urbanos informales y urbanizaciones populares.23 En la figura 4 se representa el proceso general de la formalización de la propiedad informal que involucra varias etapas como el diagnóstico y estudio físico legal del predio. inscripción de plano perimétrico y plano de trazado y lotización ante la SUNARP. a favor de posesiones informales. COFOPRI a efectos de ejecutar la formalización de la propiedad informal. pdf) 22 . de acuerdo a la Ley 27157 y al D. 011-2005-Vivienda.2. Dicho procedimiento presenta una atingencia que el ingeniero civil o arquitecto colegiado que tiene la responsabilidad de verificar la edificación a regularizar.gob. 952 y 953.Asimismo. previo pago de la tasa respectiva y la multa del 10% del valor de la obra a regularizar.el trámite de regularización se realiza en la Municipalidad Distrital. También. En el caso que la edificación haya sido terminada al 20 de julio de 1999. vigente a la fecha. la Municipalidad otorgará al propietario un Certificado de finalización de obra. tomando como base el costo a la fecha de construcción actualizado por el índice de precios al 24 De acuerdo a las Leyes 29090. el propietario solicitará autorización a la Municipalidad Distrital y esta expedirá la Licencia de edificación24 que le permite al propietario efectuar la construcción bajo supervisión. Ley complementaria a la Ley 26662. por conducto notarial también se puede acceder a la prescripción adquisitiva de dominio. deberá estar inscrito en el Índice de Verificadores de la SUNARP. por conducto judicial se puede adquirir la titularidad de una propiedad por prescripción adquisitiva de dominio basándose en las siguientes normas: el Código Civil en sus artículos 950. pacífica. Sin embargo. el propietario puede regularizar la inscripción de la declaratoria de edificación ante la SUNARP (cumpliendo requisitos según Reglamento de Registros de Predios). Al concluir la edificación. para realizar una edificación.S. donde menciona que la propiedad inmueble se adquiere por prescripción mediante la posesión continua.pe/direcciones/normatividad/urbanismo/NORM_06. la misma que emitirá una Resolución de licencia de regularización de la edificación. y pública como propietario durante diez años.vivienda. Ley 27333. Ley de competencia notarial en asuntos no contenciosos. pudieron regularizarlos hasta el 31 de diciembre del 2013.Ley 27157 en sus artículos 5 y 21. en concordancia al Decreto Supremo 035-2006-Vivienda donde aprueban el Texto Único Ordenado del Reglamento de la Ley 27157. las edificaciones que hayan sido ejecutadas entre el 20 de julio de 1999 y hasta el 27 de setiembre del 2008. 3. 951. 008-2000-MTC (http://www. donde indicará que la construcción ha sido realizada en cumplimiento de la normativa edificatoria vigente. 29476 y 29566 como sus reglamentos aprobado mediante Decretos Supremos 008-2013-Vivienda. Procedimiento para obtener la licencia y declaratoria de edificación A la fecha. la cual se sustenta en las siguientes normas: Ley 26662. 035-2006-Vivienda donde aprueban el Texto Único Ordenado del Reglamento de la Ley 27157. permitiendo que el activo pueda convertirse en capital teniendo la posibilidad de ser utilizado con funciones económicas lo que se consigue con la representación de las cosas (activos) en documentos. protección. es decir poder utilizar el bien más allá de su finalidad física (de habitación. obtiene su título de abogado con la tesis denominada «La desnaturalización de la finalidad del registro de propiedad inmueble en el Perú». Es importante indicar que para el procedimiento de inmatriculación o inscripción del derecho de propiedad y la declaratoria de edificación de acuerdo al Texto Único de Procedimientos administrativos-TUPA de la SUNARP. En la actualidad. En tal sentido. debido a problemas.consumidor. los requisitos. los derechos de pagos. El investigador demuestra que existe una progresiva desnaturalización de la finalidad del Registro de Predios.3. si bien la norma estableció una ampliación del plazo de regularización de las edificaciones. el procedimiento cambió.(2012). 23 . y (III) altos costos generados por requisitos excesivos. de conformidad con los artículos 68. De acuerdo al análisis del experto en derecho civil Luis Aliaga25 señala que existen trabas para el acceso a la inscripción registral en tres aspectos: (i) altos costos generados por procedimientos registrales propiamente dichos. 3. costos y requisitos que han ocasionado un desincentivo para la realización de trámites registrales. factores. Procedimiento para la inscripción en el registro de predios-SUNARP La inscripción de la propiedad en los Registros de Predios permite ser propietario. no es el mismo previsto en la Ley 27157 y los costos son altos para la mayoría de habitantes. La informalidad de los derechos de propiedad es un problema para el desarrollo del país en especial en sectores pobres donde las segundas y terceras transacciones no 25 Aliaga. (Aliaga. de la Pontificia Universidad Católica del Perú de la Facultad de Derecho. 2012:255). L.modificado sucesivamente sin obtener al 100% de predios urbanos que hayan regularizado su declaratoria de edificación. se encuentra en debate la aplicación de la extensión temporal establecida en el Artículo 30 de la Ley 29090. se tiene que considerar lo siguiente: el procedimiento a seguir. la base legal de lo solicitado. es preciso señalar que. 69 y 70 del Reglamento de licencias de habilitación urbana y licencias de edificación aprobado por Decreto Supremo 008- 2013-Vivienda publicado el 4 de mayo de 2013. los plazos estipulados para cada etapa del proceso y la autoridad competente que deberá atender la solicitud de inscripción del título correspondiente. lugar donde vivir). (II) altos costos generados por procedimientos ajenos al Registro. En: http://tutorregistralvirtual.sunarp. el propietario tiene los siguientes beneficios: Tener la titularidad de dominio: dicha calidad le otorga todas las atribuciones que la ley le confiere a todo propietario. aumentan el valor de su inmueble.pe/tutorregistralvirtual/auditoria?operacion=inicio 24 . es decir obtener el saneamiento integral.se formalizan debido a la dificultad para cumplir los requisitos y procedimientos legales. Incentivará la inversión en los bienes inmuebles: no existirá temor de invertir en el mejoramiento de su espacio físico ni en sus negocios. Tener registrado su derecho de propiedad ante SUNARP: lo cual generará una publicidad registral que le otorgará exclusividad en su titularidad de dominio sobre su predio. se debería promover la eficiencia de las instituciones y contar con normas sobre derechos de propiedad que aseguren el acceso a la protección jurídica que otorga el sistema registral y el mantenimiento de dicha formalización. brindando facilidades para la inscripción de los actos y contratos que permitan utilizar el activo inmobiliario en todas sus dimensiones económicas. Aumenta el valor de los bienes inmuebles: la declaración de existencia legal de su edificación y la facultad de oponer su derecho de propiedad frente a terceros. generando mayor inversión en el mercado inmobiliario como en la economía nacional. elevando la calidad de vida de los propietarios y de la población en general.26 4. Facilita la transferencia de los bienes: la exclusividad permite su fácil transferencia y circulación en el mercado.gob. Para cambiar esta situación. con la finalidad de formalizar la propiedad informal y regularizar la edificación de la vivienda. el saneamiento físico legal de predios urbanos permitirá un mayor desarrollo tanto a nivel individual como colectivo. 2012:12). Consulta: 17 de junio de 2014. Al término del proceso de saneamiento físico legal de los predios urbanos. (Aliaga. Finalmente. 26 Esta información ha sido obtenido de la página web de SUNARP. se han emitido una serie de normas para el saneamiento físico legal de los predios urbanos. al sistema financiero al ser objeto de garantías. Facilita el gravamen de los bienes: la propiedad exclusiva permiten el acceso al crédito. BENEFICIOS DEL SANEAMIENTO FÍSICO LEGAL DE PREDIOS A la fecha. a efecto que los propietarios puedan contar con su dominio y edificación inscritos ante SUNARP. También recomiendan fortalecer las capacidades de los gobiernos locales para conducir el desarrollo urbano de la ciudad e implementar políticas locales eficientes. la regularización de declaratoria de edificación venció el 31 de diciembre de 2013. según la opinión de expertos consultados. los propietarios no han regularizado la declaratoria de edificación. los procedimientos administrativos altamente técnicos y la multa imponible. 25 . aún no ha cumplido plenamente con el objetivo de sanear las edificaciones ejecutadas en las zonas urbanas. no son viables. escasez de claridad de las normas. usar una comunicación simple y promover campañas moratorias. por ausencia de mecanismos de accesibilidad. eficaces y a menor costo. así como por razones económicas (desempleo. etc. así como. más bien la encarecen. establecer plazos máximos para su acogimiento. licencias y declaratorias de edificaciones. para un control adecuado de los predios y edificaciones urbanas. Sin embargo. bajos ingresos. El gobierno nacional y los gobiernos sub nacionales deben implementar la interconexión virtual y simultánea para contar con un solo Sistema Nacional Integrado de Catastro y tenga vinculación con el Registro de Predios-SUNARP. sociales y/o culturales. simplificar trámites. El conjunto de normas técnicas y administrativas sobre edificaciones.5. y garantizar el cumplimiento de las normas y procedimientos técnicos. por cuanto la mayoría de estas normas no facilitan. generar mecanismos de acceso masivo de usuarios.). CONCLUSIONES La legislación sobre regularización de las edificaciones informales y la implementación realizada por los gobiernos locales. por el alto costo económico que demanda el proceso. Los expertos consultados recomiendan implementar un nuevo marco normativo nacional para regularizar las edificaciones informales. ni promueven la construcción convencional o formal de viviendas. Para las edificaciones ejecutadas entre el 20 de julio de 1999 al 27 de setiembre del 2008. los expertos opinan que este proceso de regularización no estuvo acompañado de una masiva concurrencia de usuarios. que contemple: bajar el porcentaje de la multa. según lo establece la Ley 29090 y el Decreto Supremo 008-2013-Vivienda. altos costos del proceso de regularización y falta de una comunicación adecuada de los procesos. Abraham 2007 Los desafíos del derecho urbanístico en el ámbito municipal. Consulta: 30 de mayo del 2014.pe/repositorio/bitstream/handle/123456789/1666/ALIA GA_BLANCO_LUIS_DESNATURALIZACION_REGISTRO. En :http://www.info/wp- content/uploads/file/DocumentosFortaleza/Rouillon%20-%20Conferencia%20- %20La%20reg_%20de%20la%20prop_%20urbana%20y%20su%20impacto%2 0ec_.org. Facultad de Derecho. Revista Electrónica – Centro de Estudios de Derecho Municipal – Universidad de San Martin de Porres – Facultad de Derecho.pe/pdf/diplomados/aspectos_operativos. En:http://www. Lima: Grupo Editorial Norma S. Es una presentación en Power Point.A.cinder. Hernando 2009 El otro sendero.pe/centro_derecho_municipal/articulos/DESA FIOS_DERECHO_URBANISTICO.f.edu.pucp. una respuesta económica a la violencia.pdf?sequence=1 BALCÁZAR.pdf ROUILLON. Carolina (s. Año I Nº 1 – 2007. Consulta: 11 de junio de 2014. Manuel 2009 Aspectos operativos y etapas del proceso de formalización de la propiedad informal en el ámbito urbano.) La Regularización de la propiedad urbana y su impacto económico – Coordinadora Nacional de la Formalización. Luis 2012 La desnaturalización de la finalidad del registro de propiedad inmueble en el Perú. En:http://tesis.derecho.pdf DE SOTO.pdf . Consulta: 13 de junio del 2014.edu.cal.usmp. En: http://www. Tesis de la Facultad de Derecho. COFOPRI/ Perú. RIVAS.C. Consulta: 23 de junio de 2014. Lima: Pontificia Universidad Católica del Perú.BIBLIOGRAFÍA ALIAGA. cal. En: http://www. En: http://tesis.pe/pdf/diplomados/leyn. Consulta: 10 de junio del 2014.) 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ORGANISMO DE LA FORMALIZACIÓN DE LA PROPIEDAD INFORMAL 2014 http://www.sunarp. .gob. enlaces de interés y normas legales.pe Sitio web oficial de la Superintendencia Nacional de Registros Públicos. Consulta: 11 de junio de 2014. CONSTRUCCIÓN Y SANEAMIENTO 2014 http://www. documentos y normas legales.vivienda. Construcción y Saneamiento.gob. contiene información institucional. SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE REGISTROS PÚBLICOS 2014 http://www.gob.cofopri.congreso. contiene información sobre la institución. Consulta: 9 de junio de 2014. Consulta 20 de junio del 2014.
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Report "SANEAMIENTO FÍSICO LEGAL DE PREDIOS URBANOS.pdf"