El Agrimensor Enrique de Jesus Ant Liranzo Díaz, tras firmar el contrato de servicios para ejecutar trabajos de deslinde y la correspondiente "Solicitud de Autorización para Realizar Trabajos de Deslinde" al Departamento de Mensura Catastral y esté aprobar la susodicha solicitud, inconsultamente, solicitó varias prórrogas, las cuales le fueron concedidas, "dificultades técnicas" y, además, alegando falsamente que yo me encontraba fuera del país por lo que según me informó en presencia de mi abogado, el Dr. Abreu, Mensura Catastral cancelo la solicitud de marras debido a las reiteradas prórrogas concedidas. Si alguien conoce al estafador del Agrimensor Enrique Liranzo Diaz, primo hermano del Tasador Arturo Liranzo Medina quien es oriundo de esta ciudad de San Pedro de Macorís, dígale que su primo está pasando vergüenza por él, ya que él fue quien me lo recomendó para los trabajos de deslinde, y que tras recibir RD$45,000.00 como avance por sus servicios profesionales ha incumplido con su obligación y no se ha puesto en contacto conmigo para devolver el dinero recibido. Citamos ¨...ATENDIDO: A que la Ley No. 3143 del 11 de diciembre, de 1951. G.O No.7363 establece claramente que el trabajo pagado y no realizado constituye un ilícito penal en la República Dominicana, a tenor con las disposiciones del Art. 1 que establece: “...Toda persona que con motivo de una profesión, arte u oficio, reciba dinero efecto u otra compensación, ya sea como anticipo o pago total del trabajo que se obligó a ejecutar; o como materiales para el mismo, y no cumpla su obligación en el tiempo convenido o en el que sea necesario para ejecutarlo, será castigado como autor de fraude y se le aplicarán las penas establecidas en el articulo 401 del Código Penal, según la cuantía, sin perjuicio de la devolución de las sumas, efectos o materiales avanzados y de las indemnizaciones que procedan.”
Comments
Report "Querella Contra Enrique Liranzo Por Trabajo Pagado y No Realizado "