Pablo Oliveros Marmolejo † Gustavo Eastman Vélez Miembros Fundadores Marta Sandino de Oliveros Miembro de la Asamblea General Marcela Oliveros Sandino Presidente Asamblea General Consejera Corporativa Carlos Patricio Eastman Barona Presidente del Consejo Superior Miembro Asamblea General Presidente Consejo Directivo Seccional Pereira Fernando Laverde Morales Rector Nacional Representante Legal Miembro del Consejo Superior Gelca Patricia Gutiérrez Barranco Rectora Sede Valledupar Sonia Sierra González Vicerrectora Académica Nacional REVISTA FORMANDO INVESTIGADORES Director Editora Ph. D. Marlon José Bastidas Barranco Dra. Martha Patricia Díaz Bastos Formando Investigadores/revista del Centro de Investigación y Desarrollo Valledupar – CIDVA/Fundación Universitaria del Área Andina Sede Valledupar/ISSN 2248-5562 /Volumen 3 No.1 /Enero – Julio de 2013. Transversal 22 Bis No. 4-105, Valledupar, Colombia. Correo electrónico
[email protected]. El contenido de los documentos publicados es responsabilidad de los autores y no compromete al Director ni al Editor de la revista, al Centro de Investigación y Desarrollo Valledupar – CIDVA, ni a la Fundación Universitaria del Área Andina. Se autoriza la reproducción citando la fuente. COMITÉ CIENTÍFICO Marlon José Bastidas Barranco Gail Gutiérrez Ramírez Ph.D. en Ingeniería Ph.D. en Ingeniería Universidad Nacional de Colombia, Medellín Universidad Pontificia Bolivariana, Medellín POLITICA EDITORIAL La revista Formando Investigadores es una publicación académica de carácter científico, que tiene como propósito la divulgación de trabajos generados a partir de investigaciones, reflexiones y disertaciones, encaminados a fortalecer la investigación formativa, ampliar conocimientos, habilidades, destrezas y experiencias. Esta publicación se dirige a la comunidad académica en general y de manera especial a docentes y estudiantes. COMITÉ EDITORIAL Lic. Martha Patricia Díaz Bastos Damaris Gil Vega Esp. Proyectos Pedagógicos Agroindustriales Administradora de Empresas Magister en Educación Universidad Popular del Cesar, Valledupar Universidad Pedagógica Nacional de Colombia Virginia Lorena Murgas Gómez Víctor Alfonso Molina Mandón Estudiante de Ingeniería de Minas Estudiante de Ingeniería de Minas Fundación Universitaria del Área Andina Fundación Universitaria del Área Andina Grupo semillero de investigación Semillero de Investigación en Tecnologías de Información Andino - SITIAN Apoyo Editorial y Diseño Jonny Steyver Arroyo Quiroga Estudiante de Ingeniería de Minas Fundación Universitaria del Área Andina TABLA DE CONTENIDO Programas de Ingenierías 1. IMPLEMENTACIÓN DEL PLÁSTICO COMO MATERIAL ALTERNO PARA LA FABRICACIÓN DE LADRILLOS. IMPLEMENTATION OF PLASTIC MATERIAL AS ALTERNATIVE FOR THE MANUFACTURE OF BRICKS. Nevio Andrés Valencia Llanos, Luis Fernando Campo Caballero. Asesor: Omar Figueroa 2. PRODUCCIÓN Y DESARROLLO DE LADRILLOS. PRODUCTION AND DEVELOPMENT OF BRICKS. Eloy Ignacio Mosquera Nieves, Jorge Mario Rivera Larios, Jorge Antonio Gómez Ospino. Asesor: Omar Fiqueroa Programa de Derecho 3. IMPLICACIONES DE LA MINERIA DE HECHO EN COLOMBIA. Cristian Alfredo Julio Corzo, Luis Eduardo Ramos De la Ossa, Maireth Vizcaino Rodríguez. Asesor: Omar Figueroa 4. EVALUACIÓN HISTORIA DE LOS DERECHOS DE LOS EMPLEADORES Y TRABAJADORES EN COLOMBIA. Yoanna Ramírez Sarmiento, Danilso Lozano Guevara 5. INVASIONES DE TIERRAEN LA CIUDAD DE VALLEDUPAR DURANTE LOS ÚLTIMOS TRES AÑOS. Alexander Humberto Gómez Zea. Asesora: Diana Ramírez Carvajal PENSAMIENTO CRÍTICO. Aprender sin pensar es tiempo perdido; pensar sin aprender es peligroso. Kung FuTse, Confucio. Es evidente que los grandes avances, representan un desafío inminente en adquirir una cantidad enorme de información en las distintas esferas del conocimiento, por ello, es necesario estar en capacidad de analizar con criterios dicha información, para procesarla adecuadamente, determinando su valor y confiabilidad para ser consecuentes en la toma de decisiones. Respondiendo a nuestra misión; la Institución, propende por la formación de personas con pensamiento crítico; desarrollando en ellos y ellas, la capacidad de pensar por cuenta propia, analizando y evaluando la consistencia de las propias ideas, de lo que se lee, de lo que se escucha, de lo que se observa. "El pensador crítico ideal es una persona que es habitualmente inquisitiva; bien informada; que confía en la razón; de mente abierta; flexible; justa cuando se trata de evaluar; honesta cuando confronta sus sesgos personales; prudente al emitir juicios; dispuesta a reconsiderar y si es necesario a retractarse; clara con respecto a los problemas o las situaciones que requieren la emisión de un juicio; ordenada cuando se enfrenta a situaciones complejas; diligente en la búsqueda de información relevante; razonable en la selección de criterios; enfocado en preguntar, indagar, investigar; persistente en la búsqueda de resultados tan precisos como las circunstancias y el problema o la situación lo permitan”1. Este tipo de pensamiento es el fundamento de la ciencia y de la sociedad democrática, es decir, está enfocado a construir una sociedad justa y democrática. MARTHA PATRICIA DIAZ BASTOS Directora de Medio Universitario 1 LA TAXONOMÍA DE BLOOM Y EL PENSAMIENTO CRÍTICO. Barbara Fowler, Especialista en Aprendizaje - Longview Community College; Missouri, Estados Unidos. 1. IMPLEMENTACIÓN DEL PLÁSTICO COMO MATERIAL ALTERNO PARA LA FABRICACIÓN DE LADRILLOS IMPLEMENTATION OF PLASTIC MATERIAL AS ALTERNATIVE FOR THE MANUFACTURE OF BRICKS Nevio Andrés Valencia Llanos, Luis Fernando Campo Caballero. Asesor: Omar Figueroa. RESUMEN Las tecnologías para la construcción siempre han generado impacto ambiental en todas sus etapas: durante la extracción de materiales, la fabricación de los componentes, la construcción de los edificios, y su posterior demolición. La construcción implica el consumo de recursos naturales en algunos casos no renovables, el gasto de energía, contaminación por las emisiones, y generación de residuos. Es conocido en nuestro país y en el mundo el déficit habitacional existente para las mayorías de escasos recursos de Latinoamérica. El mismo constituye un problema grave por su incidencia en el deterioro de la calidad de vida (hacinamiento, promiscuidad, violencia). Por otra parte, existen cantidades importantes de materiales, de costo bajo o nulo por ser residuos: entre otros, los plásticos procedentes de envases descartables de bebidas, y de los envoltorios de alimentos. Aprovechar materiales de descarte ayuda a preservar la calidad del medio ambiente, ya que se evita el enterramiento, quema o acumulación de los mismos en basurales. También se ha buscado un ahorro energético, puesto que estos materiales plásticos ofrecen una mayor aislación térmica que otros tradicionales, con lo cual se economiza en la climatización de la vivienda. Estos materiales, que no son bio-degradables, actualmente son enviados a predios de enterramiento sanitario municipal, o quemados en basurales clandestinos, generando graves problemas de contaminación ambiental. Sólo un pequeño porcentaje de los mismos es reciclado. En esta investigación se propone una nueva alternativa tecnológica para la producción de la vivienda de interés social, más económica y más ecológica que otros sistemas constructivos tradicionales. Se basa en un reciclado integral de los plásticos mencionados, para la fabricación de elementos constructivos, triturados y mezclados con cemento Portland, en reemplazo de los áridos de un hormigón tradicional. Palabras clave: Plásticos reciclados, Elementos constructivos. ABSTRACT Technologies for construction environmental impact have always generated at all stages: during the extraction of materials, manufacture of components, construction of buildings, and subsequent demolition. The construction involves the consumption of natural resources in some cases non- renewable, energy expenditure, pollution emissions, and waste generation. It is known in our country and the world the housing shortage for the majority of Latin American poor. The same is a serious problem for its impact on the deterioration of the quality of life (overcrowding, promiscuity, violence). Moreover, significant amounts of materials, low or no cost for being wastes: inter alia, the plastic from disposable drinks packaging, and food packaging. Leveraging discarded materials helps preserve the quality of the environment, as it prevents the burial, burning or accumulation of them in landfills. Likewise has an energy saving, since these plastic materials offer higher thermal insulation than other traditional, which is saved in the HVAC housing. These materials, which are not bio-degradable, are currently sent to municipal sanitary burial grounds, or burned in clandestine dumps, causing serious environmental pollution problems. Only a small percentage of them are recycled. This research proposes a new alternative technology for the production of affordable housing, cheaper and more environmentally friendly than other traditional building systems. It is based on a comprehensive recycling plastics mentioned, for the manufacture of building elements, crushed and mixed with Portland cement, aggregates replacing a traditional concrete. Keywords: Recycled Plastics, Building components. INTRODUCCIÓN Durante mucho tiempo el hombre construyo su hábitat, con materiales obtenidos directamente de la naturaleza; como la tierra, la madera y la piedra, etc., que fueron de uso corriente, para la materialización generalmente de viviendas (Tomeo F, et al. 2008). Con el transcurso del tiempo, el hombre se hizo más civilizado, su industria prospero y fue capaz de crear nuevos materiales, y transformar lo que ya tenía a su alcance, así surgió el hormigón, el acero, el vidrio y en nuestro caso los plásticos. Para producir estos materiales, y dar satisfacción a las crecientes demandas de una sociedad, a diario se puede observar como las industrias invierten, en cantidades importantes de energía, y materias primas (Tomeo F, et al. 2008). Esta iniciativa conlleva a darle un destino útil a los residuos sólidos plásticos, que en su mayoría son depositados en basureros, rellenos sanitarios, entre otros; de los cuales se fabrica el ladrillo Pet. Estos desechos plásticos son generados en exceso, de difícil manejo y con un índice muy bajo de reciclamiento (Durón J. 2007). De esta forma se establecen las necesidades relacionadas con los aspectos anteriormente mencionados, lo cual permitirá lograr el fortalecimiento de este tipo de ladrillera y su competitividad en el sector fabricante de ladrillos (Berreta H, et al. 2007). De igual manera, la gestión de la calidad de los ladrillos Pet garantiza la disminución de la contaminación ambiental, generación de empleos y mejoramiento continuo de los procesos productivos alcanzando la eficiencia y calidad deseada (Berreta H, et al. 2007). También se busca reemplazar parcialmente una tecnología muy arraigada en nuestra sociedad latinoamericana, para la construcción de viviendas, como es la mampostería de ladrillo común de tierra cocida (elaborado con un recurso no renovable). Este tipo de ladrillo, por sus dimensiones y condiciones físicas, ha resultado ser un material constructivo de aceptación universal (Berreta H, et al. 2007). No obstante, su forma de producción, a partir de la extracción de la capa de tierra superficial vegetal (humus), y posterior quemado en grandes hornos a cielo abierto, constituye un verdadero problema ecológico que se puede corregir, ya que produce: Desertificación del suelo. Contaminación atmosférica (por el humo y gases generados). Tala de árboles para obtener la leña necesaria para el funcionamiento del horno. En este artículo se presenta una alternativa para la realización de mampuestos y paneles que, continuando o mejorando los logros del ladrillo común, puedan ser producidos sin las consecuencias negativas indicadas (Berreta H, et al. 2007). Esta tecnología posibilita la autoconstrucción, lo cual es importante para las mayorías de escasos recursos de nuestra Latinoamérica. La nueva tecnología que se describe en este trabajo pone en manos del mismo auto-constructor la fabricación de los mampuestos y placas que utilizará para levantar su casa, por utilizar sencillos procedimientos, por no requerir maquinarias caras, por no necesitar terreno de donde extraer materia prima, ni grandes instalaciones para procesarla (Berreta H, et al. 2007). Además, puede ser producida por mujeres, a causa del bajo peso de los elementos constructivos, lo cual es importante en diversas comunidades donde muchas veces la auto-construcción está en manos de mujeres jefas de familia (Berreta H, et al. 2007). Se trata pues, de una tecnología “limpia y limpiadora”, “apropiada y apropiable”, posibilitadora dela auto- construcción, y generadora de nuevas fuentes de trabajo, tanto para hombres como para mujeres (Torres M. 2008). Línea de investigación sobre nuevos materiales de construcción El atractivo del presente tema, reside por un lado, en la necesidad de estudiar nuevos materiales para la construcción, y por el otro, en poder convertir desperdicios plásticos en piezas de mampostería útiles para la construcción de ladrillos y muros en edificaciones. Estos desechos plásticos son generados en exceso, de difícil manejo y con un índice muy bajo de reciclamiento. Se estima que el 11% de la basura que se genera en México está compuesta por residuos plásticos, recolectándose para fines de reciclamiento, sólo el 12% (Nuñez M. 2000). Los desperdicios plásticos están básicamente formados por: polietileno de alta densidad (PEAD), polietileno de baja densidad (PEBD), poli cloruro de vinilo (PVC), polipropileno (PP), poliestireno (PS) y polietilentereftalato (PET). La tendencia mundial se encamina a reutilizar este tipo de desechos para ser incorporados nuevamente en la cadena productiva. Prueba de ello, es que en México se están buscando estímulos fiscales a compañías refresqueras, para que el IEPS (Impuesto Especial sobre Producción y Servicios), sea más bajo por utilizar envases de plástico reciclado, que por hacerlo con envases provenientes de materia prima virgen (Nuñez M. 2000). El rápido crecimiento poblacional y urbano, además de la dinámica mundial, nos ha llevado a una constante creación de productos, espacios, elementos y soluciones para satisfacer nuestras necesidades, sin embargo la creación de cualquier producto genera residuos sólidos y estos finalmente se convierten en basura. El tratamiento de estos residuos sólidos, no biodegradables (plásticos), se ha convertido en una preocupación de orden mundial, dado que la acumulación de estos residuos afecta gravemente el medio ambiente, aumentando el calentamiento global, la desaparición de especies, la infertilidad de terrenos y la contaminación de las aguas; fenómenos que se han convertido en una triste actualidad. La solución propuesta es realizar una tarea educativa de acercamiento al reciclaje o recuperación de materiales, que pueden ser convertidos en nuevos productos para suplir necesidades básicas (BRICKARP. 2010). El más grave problema que se presenta con los residuos plásticos, es el largo periodo que toma su biodegradación, además que día a día la producción de este tipo de residuos se incrementa y por ende, requiere de mayor espacio para su disposición final. Teniendo en cuenta la alta calidad de material plástico que se desecha y el daño ecológico que causa, la mejor alternativa es reciclar. En el ejercicio de investigación y desarrollo, con el cual estamos comprometidos, encontramos que a través del reciclaje del plástico y debido a las condiciones físico químicas de este material recuperado, se puede generar un producto innovador y de desarrollo tecnológico, orientado a la creación de proyectos constructivos que contribuyen a mejorar las condiciones ecológicas, aumentar las fuentes de empleo y producir soluciones ambientales de vivienda (BRICKARP. 2010). Maquinarias y equipos utilizados: En la maquinaria y equipos a utilizar en la implementación del plástico como material alterno para la fabricación de ladrillos se tiene una Trituradora de plásticos, con motor trifásico blindado de 1400 rpm y 10 hp de potencia, Una Hormigonera carretilla, motor ¾ hp, 140 litros y una Máquina rodante para moldear mampuestos. Por otro lado la composición del nuevo ladrillo es: cemento, plástico polietilen - tereftalato, y un aditivo químico (Anónimo. 2005). Procedimiento de elaboración: Se realiza el triturado del PET con un molino diseñado para tal fin. Las partículas de PET se mezclan con cemento en una hormigonera, luego se agrega agua con aditivos químicos incorporados. Cuando esta mezcla adquiere consistencia uniforme, se la vierte en una máquina rodante para moldear mampuestos. Se realiza la compresión de la mezcla y la postura de los mampuestos. Se los deja en pista durante un día y luego se los moviliza hasta una pileta de curado con agua, en la cual permanecen siete días. Después de este tiempo se los retira y se los almacena en pilas a cubierto hasta cumplir los 28 días desde su elaboración. Luego son llevados a obra para su uso en cerramientos de viviendas. Las superficies de los cerramientos deben ser revocadas con mortero común de albañilería (revoque grueso y fino), para evitar su deterioro a la intemperie (Anónimo. 2005). Para hacer estos nuevos ladrillos, Berretta y su grupo echan mano del plástico de envases descartables de bebidas PET y de envoltorios de alimentos. Los trituramos y los mezclamos con cemento Portland, cuenta Berretta, el resultado es un ladrillo más económico, más aislante y más liviano, lo que hace más fácil su colocación a las mujeres, que son las que en las familias más modestas frecuentemente deben hacerse cargo de la edificación. Un aspecto muy importante es que esta nueva tecnología permite la autoconstrucción- subraya Berretta, con lo que mejora la calidad de vida de personas para las que el acceso a la vivienda convencional es prácticamente imposible (Bar N. 2006). Otro sistema de construcción, cuyo nombre es Cero’s, es único en el mundo. Pieza por pieza, los ladrillos, que sólo pesan 60 gramos, se levantan en muros que reducen hasta 75% la carga estructural de la vivienda y son resistentes como los del concreto; se van entrelazando hasta formar módulos semejantes a una pared ensamblada. Este tipo de muros tienen 128 piezas por metro cuadrado y pueden ser trasladados fácilmente por dos albañiles. El proceso de fabricación del tabique comienza así: camiones cargados con toneladas de basura ingresan a la fábrica, posteriormente se separan lo envases de PET de los demás residuos. Con ingeniería totalmente mexicana y diseñada con herramientas que se pueden conseguir en una ferretería común, Mariano Núñez creó su propia maquinaria donde muele el PET y se diseña el tabique. Luego de obtener el tabique, se construyen las paredes o módulos mediante el ensamblado y de esta forma se arman las diferentes áreas de una vivienda. Estas paredes se repellan con una capa de cemento y cal para así reforzar al plástico. Con este sistema se pueden elaborar casas de tres hasta 100 pisos, dependiendo su estructura, aseguran sus creadores. El techo puede ser estructurado con estos módulos y también con pequeñas bases de madera o columnas de cemento; la empresa ofrece también muebles diseñados con PET. Este sistema de construcción posee una tecnología de alto nivel: parte del secreto consiste en que el tabique tiene unos pequeños orificios donde se traspasa una varilla (Nuñes Vargas M. 2000). Casos exitosos de ladrillos PET: Se ha construido un prototipo experimental de 12 m2 en planta del CEVE. Es una habitación cuyas paredes fueron realizadas con mampostería de 15 cm de espesor. Destino: oficina. Fecha de ejecución: año 2005. También se ha construido un galpón de 156 m2 donde funcionará la Planta de Recolección Diferenciada de Residuos en Unquillo, Provincia de Córdoba, propiedad de la Municipalidad de dicha localidad. En este galpón se construyeron mamposterías de 15 cm de espesor (Anónimo. 2005). Se han creado unos cerramientos laterales de 5 cinco viviendas que fueron construidas con mampostería de ladrillos de papeles plásticos. La estructura antisísmica fue realizada con vigas y columnas reticuladas ejecutadas con hierros redondos de construcción, patentada por el CEVE con el nombre de sistema constructivo UMA, llenado con hormigón del tipo convencional (con agregados pétreos). Las fundaciones consisten en plateas de hormigón armado, con un alisado superficial que es su acabado final, sin aplicación de pisos. La misma solución se adoptó en veredas perimetrales. Los muros de cerramiento lateral se revocaron con revoque grueso y fino, utilizando mortero con agregados pétreos del tipo convencional. Las cubiertas se ejecutaron con chapas plegadas sinusoidales fijadas con ganchos y tuercas, y se aplicaron cielorrasos suspendidos de machimbre de madera para aislación térmica. Las ventanas utilizadas fueron las que desarrollo, patentó y comercializa el CEVE, con marcos pre moldeados de hormigón con rejas incorporadas. Una de las obras es un muro divisorio entre medianeras. Esta tapia fue ejecutada con placas de ladrillos de papeles plásticos, con juntas tomadas con mortero común de albañilería con agregados pétreos; encadenados inferior y superior con vigas de hormigón armado; y cimientos comunes de hormigón con zapatas de hormigón armado en correspondencia con las columnas de refuerzo. El aspecto de estas viviendas y tapias terminadas, con su revoque y pintura, es idéntico al de viviendas de tipo tradicional, ejecutadas con mamposterías de ladrillo común (Berreta H, et al. 2007). Por otro lado también se han creado placas y mampuestos con plásticos reciclados, que fueron dejados a la intemperie durante un año y sometidas a la lluvia y al sol, no presentando alteraciones dimensionales ni daños aparentes. Fueron dejados a la intemperie durante dos años y sometidos a la lluvia y al sol, no presentando alteraciones dimensionales ni daños aparentes (Berreta H, et al. 2007). Otro caso importante es la construcción de las ampliaciones en los barrios, con la elaboración de los elementos constructivos (ladrillos y placas) en planta del CEVE, con mano de obra a cargo del grupo destinatario, materiales provistos por GTZ, y supervisión de personal técnico del CEVE (SEHAS. 2003). Otro ejemplo del interés por reciclar este tipo de materiales y de casos exitosos, es la fabricación de un panel ecológico de 1.22 X 2.44 metros X 3” de espesor, a partir de la combinación de 95% plástico reciclado y un 5% de resina. También en la Universidad Iberoamericana Ciudad de México, se acaba de inaugurar una planta de reciclado de PET (Nuñez M. 2000). Certificaciones y propiedades del ladrillo PET: Se han realizado ensayos normalizados en los laboratorios de la Universidad Nacional de Córdoba y del INTI de Capital Federal. Por cumplir con los requisitos que fija la Subsecretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda de la Nación, los mampuestos elaborados con cemento y PET reciclado han obtenido el Certificado de Aptitud Técnica en el año 2006. Se encuentra en trámite su Patente en el Instituto Nacional de Protección Industrial (Anónimo. 2005). Por otro lado los ladrillos desarrollados por el CEVE acaban de recibir el certificado de aptitud técnica que otorga la Subsecretaría de Vivienda y pueden utilizarse para construcciones de hasta dos pisos (Bar N. 2006). Los materiales desarrollados han recibido el certificado de aptitud técnica que otorga la Subsecretaría de Vivienda, pudiéndose utilizar en construcciones de hasta dos pisos de altura (Velsid. 2006). Por otro lado se ha realizado en laboratorio del INTI (INTI. 2003) un ensayo de envejecimiento acelerado sobre ladrillos de PET, utilizando el método del Q.U.V Panel, el cual dio como resultado que son resistentes a la acción de los rayos ultravioleta y a los ciclos de humedad, observándose una disminución de resistencia a la compresión posterior al envejecimiento del orden del 25 % (INTI. 2003). Las propiedades físicas y mecánicas de los nuevos ladrillos fueron determinadas en ensayos realizados en laboratorios de la Universidad Nacional de Córdoba y del Instituto Nacional de Tecnología Industrial (INTI). De la comparación con los tradicionales, surge que los ladrillos del CEVE tienen bajo peso, mayor aislación térmica, mayor resistencia mecánica, similar absorción de agua, adecuado comportamiento a la intemperie; son fáciles de clavar y aserrar; presentan muy buena resistencia al fuego y mayor resistencia acústica que los tradicionales. Además, como son de un material muy rugoso, reciben muy bien el revoque, detalla Berretta. Según el investigador, por su facilidad de aplicación, esta tecnología permitiría organizar unidades productivas en zonas marginales o de escasísimos recursos, y generar empleo (Bar N. 2006). Por otro lado se han realizado las pruebas necesarias por parte de la Universidad Nacional de Córdoba y del Instituto Nacional de Tecnología Industrial obteniendo unos magníficos resultados en cuanto a durabilidad, resistencia medioambiental o permeabilidad entre otros (Velsid. 2006). Cero’s es una marca patentada como sistema de construcción desde 2008, que incluye el tabique, varillas, módulos y el ensamble; Su creador asegura que este sistema tiene buen comportamiento sísmico, es resistente al fuego y viento, tiene buen aislamiento térmico y acústico, además de que es una técnica 100% ecológica (Nuñes Vargas M. 2000). Las propiedades del ladrillo plástico (PET), fueron establecidas en Laboratorios de la Universidad Nacional de Córdoba y en el INTI de Capital Federal: Peso específico: Es menor al de otros componentes constructivos tradicionales que se usan para la misma función, lo cual permite abaratar en traslados y en cimientos. Ej. El peso por unidad del ladrillo con PET y cemento es de 1,44 kg., mientras que el del ladrillo común es de 2,50 kg. Conductividad térmica: Proveen una excelente aislación térmica, superior a la de otros componentes constructivos tradicionales. Se pueden utilizar en cerramientos con un espesor menor, obteniendo el mismo confort térmico. Esto permite abaratar costos. Ej. El coeficiente de conductividad térmica del ladrillo con PET y cemento es de 0,15 W/mk, mientras que el del ladrillo común es de 0,75 W/mk. Resistencia mecánica: Es en general menor que la de otros componentes constructivos tradicionales. Es suficiente para que puedan ser utilizados en cerramientos no portantes de viviendas con estructura independiente. Ej. La resistencia característica a la compresión del ladrillo con PET y cemento es de 2,00 Mpa., mientras que la del ladrillo común es de 4 Mpa. Absorción de agua: Es similar a la de otros cerramientos tradicionales. Ej. absorción de agua del ladrillo con PET y cemento en masa es de 19,1 %, y en volumen 214 kg/m3. Comportamiento a la intemperie: Son resistentes a la acción de los rayos ultravioleta y ciclos alternados de humedad, según ensayo de envejecimiento acelerado utilizando el método del Q.U.V Panel. Aptitud para el clavado y aserrado: Son fáciles de clavar y aserrar, por lo que tienen aptitud para constituir sistemas constructivos no modulares. Adherencia de revoques: Poseen buena aptitud para recibir revoques con morteros convencionales, por su gran rugosidad superficial. Ej. La tensión de adherencia del ladrillo con PET y cemento es de 0,25 MPa. Resistencia al fuego: El ladrillo con PET y cemento tiene buena resistencia al fuego, según se comprobó en Ensayo de Propagación de Llama, del cual surge su clasificación como “Clase RE 2: Material combustible de muy baja propagación de llama”. Permeabilidad al vapor de agua: El ladrillo con PET y cemento tiene una permeabilidad al vapor de agua de 0,0176; similar a la del hormigón con agregado pétreo (0,028 g/mhkPa). Resistencia acústica: Es de 41 db, en el caso de un muro de 0,15 m. de espesor de ladrillos con PET y cemento revocado de ambos lados, similar a la de un muro de ladrillos cerámicos huecos del mismo espesor (42 db) (Berreta H, et al. 2007. Torres M. 2008). Estas son las características de los ladrillos de polietileno de alta densidad y la comparación con ladrillos convencionales: LADRILLO DE POLIETILENO LADRILLO ROJO CONVENCIONAL -PESO: 70 GRAMOS -PESO: 1 KILOGRAMO -COSTO X UNID: $1.50 = $250 -COSTO X UNID: $1.80 = $300 -DURACIÓN: 500 AÑOS -DURACIÓN: 200 AÑOS -PESO DE LA CASA: 10 TONELADAS -PESO DE LA CASA: 40 TONELADAS -TIEMPO DE CONSTRUCCIÓN PARA 60 m2: 1 MES -TIEMPO DE CONSTRUCCIÓN PARA 60 m2: 3 MESES (Guzmán M. 2008). Disponibilidad de la materia prima Los envases descartables de bebidas, fabricados con polietilen-tereftalato PET- se pueden obtener de diversas formas en nuestra ciudad de Córdoba. a) En la Planta de Recolección Diferenciada de Residuos de Córdoba, ubicada a 36 km. de la ciudad, se puede adquirir a un bajo costo. La cantidad de residuos que produce nuestra ciudad (1.500.000 hab.), es de aproximadamente 40.000 - 42.000 tn/ mes De este total, solo se recicla una parte: 3.000 tn/ mes ingresan a la Planta de Recolección Diferenciada, la cual separa, clasifica y comercializa los materiales útiles: cartón, bolsas plásticas, latas de aluminio, vidrio y botellas descartables de PET. Estas últimas se recuperan, compactan, enfardan y comercializan en una cantidad de 35 tn/ mes (Scacchi H. 2004). b) Fabricas Embotelladoras de Gaseosas y Jugos: Existen en nuestra ciudad numerosas fábricas que embotellan bebidas y descartan parte de su producción por fallas de fabricación o roturas durante la manipulación de los envases antes de que ingresen al circuito comercial. Para ilustrar sobre la cantidad de este tipo de residuos, véase los siguientes números: “Una fábrica embotelladora pequeña como la cordobesa Jurado produce 160 kg/mes de botellas falladas” (Jurado J. 2003). “Una fábrica de mediana envergadura como la cordobesa Pritty, cuya producción promedio de botellas es de 70.000 packs/día, tiene un rezago de 0,05 %. Esto equivale a 350 kg/mes de rezago” (Schachner N. 2003). La ventaja del material conseguido a través de este medio, es que está prácticamente limpio. c) Entes gubernamentales: La Agencia Córdoba Ambiente, organismo del gobierno provincial, y el Área de Higiene Urbana de la Municipalidad de Córdoba, recolectan el PET en escuelas tanto provinciales como municipales. Las cantidades del material conseguido de este modo fluctúan en las diversas campañas anuales de concientización de la población. d) Comerciantes mayoristas de PET reciclado. Ellos a su vez le compran el material a recolectores domiciliarios marginales particulares, quienes interceptan los envases en los canastos de recolección domiciliaria antes de que sean llevados por la empresa contratada por la municipalidad. No hay datos oficiales sobre la cantidad de material reciclable recolectado de este modo. La otra materia prima utilizada, los papeles plásticos para embalaje de alimentos es un rezago de producción de fábricas por fallas de impresión o espesor de las láminas. En esta investigación se utilizó en su totalidad el papel donado por la empresa Converflex (ARCOR) ubicada en Villa del Totoral, al norte de nuestra provincia. La producción de papeles plásticos de esta planta es de 190 tn/ mes, de las cuales 40 tn/ mes son rezagos (Tealdi J. 2003). Estos papeles están constituidos por PVC, PE, BOPP y Aluminio. La planta sólo recicla láminas de PVC, el resto del material es depositado en el Predio de Enterramiento Sanitario de la ciudad de Córdoba. Mediante un convenio, el CEVE recibe gran parte de estos rezagos. Aspectos económicos: Un cerramiento realizado con ladrillos, bloques o placas con plásticos reciclados es económico porque: Gran parte de la materia prima es un residuo. Por su buena aislación térmica se puede utilizar un menor espesor de cerramiento que en uno tradicional, con lo cual se economizan materiales. La técnica de fabricación es muy simple, fácilmente reproducible por personal no especializado. El costo de mano de obra no es mayor que el requerido para fabricar un hormigón “común” (con áridos convencionales: grancilla y arena gruesa). No es necesaria una infraestructura de gran envergadura para producir el material. En el caso de las placas, se fabrican en taller, pueden ser manipuladas por dos operarios, y permiten un montaje de la obra rápido, lo cual permite economía de mano de obra y tiempo, dando una inmediata solución a familias con necesidades urgentes. Se ahorra también en cantidad de material de unión entre elementos. Por su liviandad, se ahorra en transporte y en cimientos. Sólo recicla láminas de PVC, el resto del material es depositado en el Predio de Enterramiento Sanitario de la ciudad de Córdoba. Mediante un convenio, el CEVE recibe gran parte de estos rezagos. Hay un “ahorro a largo plazo” por la reducción de la contaminación del medio ambiente, mediante el reciclado de materiales de descarte (Berreta H, et al. 2007). CONCLUSIONES Con base a las investigaciones realizadas hasta el presente se puede decir que los materiales plásticos reciclados(en este caso PET y films para envoltorios de alimentos) son reemplazantes adecuados de los agregados pétreos de hormigones comunes debido a que los elementos constructivos obtenidos tienen un bajo peso específico, suficiente resistencia, excelente aislación térmica, baja absorción de agua, buena apariencia, buen comportamiento a la intemperie, buena adherencia con revoques tradicionales, bajo costo y cualidades ecológicas (Berreta H, et al. 2007). El PET es reciclado mediante un proceso muy simple y barato pues no necesita estar limpio, puede contener tierra, arenillas, etc. sin afectar por ello sus buenas propiedades. Los envases de PET son molidos con rótulos y tapa, y también se acepta la presencia de envases de otro tipo (PP, PVC, etc.). Los films plásticos entintados hasta el presente no se han podido reciclar para otros usos de manera económica ni en forma eficiente, por la presencia de tintas diversas en su superficie. Esto no es un obstáculo en el caso de esta nueva tecnología en que se los cubre con una mezcla cementicia (Berreta H, et al. 2007). El procesamiento de estos materiales plásticos no deja residuos sin procesar porque incluso el sobrante molido y cementado se puede agregar a una nueva mezcla. A diferencia de otros procedimientos de reciclado conocidos, no se necesitan piletones de lavado ni separadores de distintos plásticos por flotación u otros medios físicos. Se evita el enterramiento y/o quema de estos materiales evitando focos de contaminación. Se le da valor agregado al material, puesto que de “residuo” pasa a ser “materia prima” en este proceso. Por la simplicidad del proceso, permite que grupos de personas sin conocimientos especiales sobre el tema de los plásticos, organicen la recolección, hagan la molienda y fabriquen los elementos constructivos, para su propio uso o para la venta a bajo costo a personas que necesitan mejorar o ampliar su vivienda de manera confortable (Berreta H, et al. 2007). Por otro lado, de los estudios económicos preliminares realizados hasta el presente sobre esta tecnología, se ha llegado a la conclusión de que un cerramiento realizado con estos materiales es más económico que otros tradicionales como el de mampostería de ladrillos comunes de tierra cocida, lo cual es muy importante para su utilización en viviendas de interés social (Gaggino R, et al. 2007). REFERENCIAS Anónimo, 2005. Línea de investigación sobre nuevos materiales de construcción. Consultado en, http://www.ave.org.ar/nuevos_materiales.pdf Bar N, 2006. Artículo, Construcción: Casas de ladrillos de plástico y cemento. 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Consultado en, http://blogs.esmas.com/loretdemola/index.php/2008/04/29/ladrillos-de-plastico/ Información suministrada por el Ing. Hugo Scacchi, Jefe de Tratamiento y Disposición Final de Residuos de CLIBA (la empresa concesionada por la Municipalidad para la recolección de los residuos de la ciudad de Córdoba), dato del año 2004. Información suministrada por José Antonio Jurado, propietario de la empresa embotelladora de bebidas Jurado, ubicada en José Arredondo 2060, Villa Corina, Córdoba, dato del año 2003. Información suministrada por el Ing. Néstor Schachner, gerente de Control de Calidad de la fábrica Pritty, ubicada en Av. Las Malvinas 3500, Córdoba, dato del año 2003. Información suministrada por el Ing. Javier Tealdi, Gerente de Higiene y Seguridad de la Planta Arcor de Villa del Totoral, dato del año 2003. INTI: Instituto Nacional de Tecnología Industrial de la República Argentina, 2003. Núñez Vargas M, 2000. El fascinante proceso de construir casas de plástico. 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Asesor: Omar Fiqueroa RESUMEN Es muy importante llevar un estudio sobre el ladrillo y su obtención, mediante ciertos métodos o procesos de fabricación, pues este material es muy útil e indispensable para una obra de construcción. Como uso indispensable, es de mucha importancia tener en cuenta la técnica que se lleva a cabo en su proceso de fabricación, su resistencia y durabilidad, pues su uso depende de su calidad y propiedades. Palabras claves: Ladrillo, arcilla, fabricación, proceso, cerámico, alternativo. ABSTRACT It is very important to carry out a study on the brick and achievement by certain methods or processes of manufacture, as this material is useful and indispensable for construction work as indispensable use, is very important to consider the technique to be carried out in the process of manufacture, strength and durability, because their use depends on its quality and property. Keywords: Brick, clay, manufacturing, process, ceramic, alternative. INTRODUCCION El ladrillo es un componente cerámico artificial de construcción, compuesto básicamente por arcilla acida, donde es empleado para construcciones como casas, muros, tabiques, hornos y revestimientos decorativos. El ladrillo tiene una forma prismática rectangular, y sus caras reciben distintos nombres, de mayor a menor tabla, canto y testa. Se tiene muy en cuenta especialmente sus propiedades y los cambios de esta durante el proceso o método de fabricación [1] y ha adquirido mucha importancia a través de su historia ya que lo han colocado como un material indispensable en la industria de construcción, y aun dominante en cuanto a cantidades de comercialización se refiere a nivel mundial [2]. Teniendo claro como está compuesto un ladrillo y haber nombrado algunas características, en este articulo se pretende establecer de manera directa los procesos de fabricación de este componente productivo, además de identificar los orígenes del ladrillo y responder ante los interrogantes de si ¿es posible implementar estrategias que ayuden a optimizar la producción del ladrillo?, ¿es posible usar otros materiales para la fabricación de ladrillos? Y ¿Qué determina la calidad de un ladrillo? HISTORIA Una causa del porque fue ideado este material, fue por la necesidad de reemplazar materiales como la madera y piedras, debido a que las construcciones hechas con los últimos materiales mencionados no resistían ciertas fuerzas, preocupándose así el ser humano desde la antigüedad, por desarrollar materiales con las propiedades necesarias para dichas construcciones. Como prueba de esto, están las construcciones de la antigua Mesopotamia y palestina, en el cual se constituyo como el principal material el ladrillo, donde apenas se disponía de madera y piedra [1, 10]. En esta parte se puede ver que el ser humano en busca de satisfacer de mejor manera sus necesidades, aplico la ingeniería a su vida y con esto innova la forma de construir con mejores materiales creados por el mismo, aprovechando los recursos que le brinda la naturaleza. Proceso de fabricación: En la actualidad se dispone de distintos métodos de fabricación del ladrillo; En su proceso de fabricación el primer procedimiento es seleccionar el material a utilizar, el material más común para fabricarlo como se había mencionado antes es la arcilla que es un compuesto de sílice, alúmina, agua, oxido de hierro y otros materiales alcalinos. Cuando ya esta seleccionada la materia prima, esta es sometida a la maduración, que corresponde a procesos de trituración, homogenización y reposo; para darle la consistencia necesaria y la purificación química biológica. Después se transporta a los silos hasta homogeneizarse. Luego de secarla y laminarla nuevamente, se mezcla con agua hasta tener la humedad necesaria. Viene entonces el proceso de moldeo que se realiza con calor y presión, después viene la etapa de secado, para eliminar el agua restante. Luego, se cuecen las piezas en grandes hornos de túnel con temperatura de hasta 1000°C y después se procede a ubicar los ladrillos en pallets para llevarlos a ser embalados en plástico o metal [3]. Materiales alternativos para la fabricación de ladrillo y optimización de su producción Otra cosa es que, como el mundo está en constante movimiento e innovación, actualmente se pueden fabricar ladrillos con nuevas materias primas diferentes a la arcilla, esto se hace con el fin de aprovechar otros recursos que brindan la naturaleza, por ejemplo, un equipo de investigadores del norte patagónico argentino diseño un ladrillo de cenizas volcánicas que facilita la construcción de estructuras con máxima resistencia y eficacia, mientras que otro grupo de especialistas llevo adelante ensayos con el propósito de reemplazar el cemento por cenizas volcánica fina como mezcla de construcción. La aplicación de estos materiales se está evaluando en la edificación de viviendas, mientras que en algunos casos se han iniciado pruebas y testeos. El primer ejemplo es el trabajo desarrollado por los arquitectos Marianela Romero Hamsa y Álvaro del Villar, que han llevado adelante el proyecto “Bloque de ceniza volcánica“. A través del mismo se ha logrado crear un original sistema de construcción y fabricación, que además de la faceta ecológica que insume el uso de un material natural y reciclado también incorpora una perspectiva social, debido a que se piensa emplear esta técnica en la edificación de viviendas en zonas carenciadas [4]. Gracias a esta idea, se puede también mejorar las técnicas de proceso de fabricación de ladrillo, ya que se extrae y se procesa gran cantidad de materia prima como la arcilla y se emplea materiales de construcción de alto impacto ambiental. Este problema trae ciertas consecuencias relevantes como el agotamiento de recursos naturales, el aumento de la emisión de contaminantes derivados de la industria de construcción, entre otras [1]. Entonces con el uso de materiales alternativos en los procesos de fabricación de ladrillo, es posible optimizar su producción y corregir un poco ciertos problemas. También se han fabricado ladrillos con residuos de papel, en donde el ahorro económico está asegurado por la reducción de arcilla en su producción y el ahorro energético en su elaboración. Esto lo han hecho investigadores de la Universidad Jaen que incorporaron los residuos que genera una industria papelera al material cerámico que se usa en la construcción, el caso es que los ladrillos resultan con una baja conductividad termina, por lo que actúan como buenos aislantes, aunque todavía hay que mejorar su resistencia mecánica. Al igual que la técnica anterior, este puede ayudar en el ahorro de materias primas en los métodos de fabricación de ladrillo, así como ahorrar energía [5,6,7]. Entonces para perfeccionar los procesos de fabricación de ladrillo, así como las prestaciones durante el ciclo de vida del producto, es necesario conocer ciertos impactos y hacer uso de recursos alternativos para los métodos de fabricación del ladrillo, según las innovaciones que han realizados científicos e investigadores ya nombrados anteriormente. Además de tomar en cuenta que para las mejoras de la producción de ladrillos, cada colaborador o trabajador que se encarguen de crear ladrillos se involucren en sus tareas y estén conscientes del grado de importancia que juega en la planta de producción [12]. Calidad de ladrillos: En cuanto a la calidad del ladrillo, una de las cosas que lo determina en el método de fabricación es la fase de producción, manejar una proporción exacta de los componentes del producto cerámico y cumplir con ciertos requisitos que exigen ciertas normas de calidad y resistencia, impermeabilidad a las lluvias y otros factores que hacen a un producto certificado [1,8,9]; ya que estos garantizan un buen aislamiento térmico. En fachadas, los ladrillos con perforaciones deben retener el aire en los huecos o bien rellenarse con un material aislante que garantice protección frente a la temperatura externa. Por su parte, cuando se emplean en tabiques y muros interiores, es importante que realicen un buen aislamiento acústico para reducir los ruidos procedentes de las viviendas vecinas. Si se dan estas dos características, la vivienda gana en tranquilidad y se ahorra energía, tanto en calefacción como en aire acondicionado [11]. En Colombia los ladrillos deben cumplir ciertos criterios de resistencia establecidos por la norma sismo resistente colombiana de 1998 (NSR98) y si estos no cumplen con la norma, los muros pueden fallar llevando la estructura al colapso. Para que sean de buena calidad, su resistencia a la comprensión simple debe superar los 5Mpa y para un tolete de arcilla su resistencia mínima a la comprensión simple debe ser de 15Mpa como lo plantea la NSR98 [9]. CONCLUSIONES Es muy importante que se hagan ensayos a productos cerámicos, como el ladrillo, para así saber si cumplen con las propiedades que se desean y si se llevo a cabo buenas técnicas de fabricación en su proceso de creación, pues así como existen empresas que cumplen con las normas de calidad de los ladrillos, también existen aquellas empresas que no cumplen con esas normas. Entre mejor sea el método de fabricación de ladrillo, su resistencia, durabilidad, es decir que cumpla con los criterios de ciertas reglas y normas establecidas, mejor calidad tendrá el producto [1]. Ahora, gracias a la innovación que se da constantemente hoy en día, hay la posibilidad de crear ladrillos de mucha más calidad, puesto que se busca cada vez mas satisfacer las necesidades, como en el caso ya nombrado antes, donde se fabricaron ladrillos a partir de materiales alternativos. Cosa que es muy recomendable hacer según investigadores y documentalistas. Por último, gracias a esta revisión bibliográfica se logra el enriquecimiento de conocimiento, en el cual fue posible darle respuesta a los interrogantes planteados, donde pudimos darnos cuenta que si es posible implementar estrategias para el mejoramiento del proceso de fabricación del producto cerámico, siempre y cuando se tenga cuidado y que al final se logre las propiedades que se necesita para la comercialización de un ladrillo, además de consultar e investigar distintos materiales con los que se ha trabajado para lograr un ladrillo y aquello que define su calidad. REFERENCIAS 1. Mosquera, E; Gutiérrez, G; Rivera, J. 2011. El ladrillo: producción y optimización en su proceso. Fundación universitaria del área andina. Sede Valledupar. 2. Ibarra, F. “Diseño de una maquina semiautomática moldeadora de ladrillo de barro de 5.5x13x24 cm de dimensiones, con una capacidad de 500 ladrillos por hora, utilizable en la industria ladrillera” 17 de mayo 2004. Colección de tesis Digitales universidad de las Américas pueblas. 3. Quiminet. El uso de los ladrillos en las construcciones [En línea]. Disponible en web [ref. 19 Enero 2012] 4. Piacente, P. Emplean cenizas volcánicas como material de construcción [en línea]. Ecogestos [ref. 8 junio 2012] 5. Sinc. Fabrican ladrillos con residuos de papel [En línea]. [ref 10 diciembre 2012] 6. Republica. Fabrican ladrillos “ecológicos” hechos con papel reciclado [En línea]. [ref 15 febrero 2013] 7. Martinez, C; Cotes, T; Corpas, F. “Recovering wastes from the paper industry: Development of ceramic materials”. Fuel processing Technology 103, noviembre de 2012. Doi: 10.1016/J.fulproc.2011.10.17 8. El diario. Control de calidad en materiales cerámicos [En línea]. Disponible en web. [ref 16 julio 2012] 9. Nuñez, D; Cotes, D; Orozco, J. “Determinación de la calidad de los ladrillos producidos en las canteras de Valencia de Jesús, las casitas y el cielo, en el municipio de Valledupar-cesar, a partir de la obtención experimental de la resistencia ultima”. Fundación universitaria del área andina. Sede Valledupar. 10. 3w|lab Agencia Interactiva. “Historia del ladrillo”. Cormela. Cerámica roja para construcción Octubre 2007. 11. Eroski Consumer. Albañilería y fontanería “Distinguir ladrillos de calidad”. [ref 6 febrero 2008]. 12. Gamboa de León regil, O. abril 2005 Optimización del proceso de fabricación de bloques de Concreto del estándar 15x20x40 cm con grado de resistencia 28 kg/cm², caso específico fuerte-block máquinas #1 y #2. Universidad de san Carlos de Guatemala, Facultad de ingeniería. 3. IMPLICACIONES DE LA MINERIA DE HECHO EN COLOMBIA. Cristian Alfredo Julio Corzo, Luis Eduardo Ramos De la Ossa, Maireth Vizcaino Rodríguez. Asesor: Omar Figueroa. Resumen La minería de hecho es un tema preocupante para el estado y para la sociedad en general, puesto que la aplicación de esta actividad informal, trae consigo problemas a nivel social tales como: conflictos con grupos armados debido a la presión que ejercen a los mineros artesanales tradicionales, lavado de dinero y contribución al desarrollo de mercados de violencia, graves violaciones a los derechos de las comunidades involucradas en el proceso, etc. También genera consecuencias en el ambiente tales como: daño a la superficie terrestre, liberación de sustancias tóxicas perjudiciales, drenaje ácido de minas, particularmente de los líquidos derivados de la explotación, entre otros. Y por supuesto también genera consecuencias a nivel económico, político, cultural, etc. El gobierno colombiano se plantea la necesidad de frenar la expansión de la minería ilegal e informal, mediante la implementación de políticas y estrategias integrales, y no de abordajes puntuales que responden a coyunturas de emergencia. La normatividad que busca penalizar esta actividad, no es suficiente para frenarla. Se requiere una atención integral que regule la actividad minera de pequeña escala, o que de lo contrario, reoriente la participación de los trabajadores y de los pequeños productores artesanales, hacia otras oportunidades sostenibles de producción. Introducción La minería en pequeña escala, tradicional y de hecho ha sido reconocida por distintos instrumentos internacionales como un tipo de producción que tiene profundas raíces históricas y sociales y que está asentado en la cultura y la economía de América Latina, según los cuales debe considerarse como una forma de erradicación de la pobreza de un gran número de personas que habitan en zonas rurales; los gobiernos que toman medidas para crear un entorno más propicio para los mineros, aumentan también el acceso de la población a una red de seguridad de los ingresos y generan capacidad para liberarse de la pobreza en zonas con altos índices de necesidades básicas insatisfechas. A nivel interno, la legislación minera también reconoce a los mineros de hecho y tradicionales, permite la incorporación de sus actividades, a la legalidad y exige de las autoridades la promoción y asesoría de esta clase de mineros para lograr su legalización. La minería de hecho en Colombia, presente en el 44% de los municipios del país, y que representa el 30% del total de las explotaciones mineras, ha sido desarrollado desde la época de la colonia por mineros que han transmitido sus conocimientos a sus descendientes y que han encontrado en esta actividad su única forma de subsistencia; en particular, en zonas con poca presencia de la institucionalidad del Estado. No obstante, de un tiempo para acá la mecanización de esta actividad, su clandestinidad, el escaso control de las autoridades, la situación de orden público y el uso desaforado de insumos químicos como el cianuro y el mercurio, en el caso de la minería de oro, han traído nefastas consecuencias para los ecosistemas, con un agravio especial para los recursos hídricos, que ha convertido la minería de hecho en el problema más sensible dese el punto de vista del impacto ambiental que tiene hoy en día el país. Dentro de las nefastas consecuencias a los ecosistemas la que más preocupa es la que afecta al recurso hídrico. Los mayores efectos sobre los recursos hídricos se deben principalmente a dos factores. De una parte y , en gran medida, las explotaciones carboníferas del país de realizan en zonas de paramo que inciden en las principales fuentes de abastecimiento de agua dulce y de otro lado, la fiebre del oro en varias regiones conlleva la utilización de toneladas de productos químicos que terminan en los ríos circunvecinos y en las aguas freáticas, lo cual genera problemas de salubridad pública irreversibles, con consecuencias a corto y largo plazo. Se ha estimado que, actualmente, al menos 1500 familias viven de la minería de hecho o no legalizada en el país, distribuidas en unas 3600 minas que no cuentan con un titulo debidamente registrado ante las autoridades mineras. Sobre el particular el gobierno ha ofrecido en los últimos 15 años tres oportunidades de legalización de las actividades mineras de hecho, que han resultado en un gran fracaso, debido a las cuantiosas inversiones y las pocas unidades de explotación mineras legalizadas, ya que en el año 2007, de 3631 solicitudes de legalización, solo se perfeccionaron 23 contratos de concesión. Además de los fallidos programas estatales los mineros de hecho han visto truncada su aspiración de legalizar sus actividades debido a la difícil situación de orden público y de las zonas mineras que incluso ha generado hasta el desplazamiento forzado de los mineros locales. Desde hace algunos años, la guerrilla y las estructuras armadas post-desmovilización, herederas de los grupos paramilitares, definidas por el Gobierno como “bandas criminales” o BACRIM, han venido aumentando sus ingresos provenientes de las actividades mineras. Minería de hecho en Colombia. En el país, de los aproximadamente 9.000 títulos mineros otorgados y que se encuentran inscritos en el Registro Minero Nacional, la mayoría pertenecen a áreas que se encuentran en exploración2. Al menos 15.000 familias viven de las minerías de hecho o no legalizadas del país3, distribuidas en unas 3.600 minas que no cuentan con un título debidamente registrado, de acuerdo con las cifras de legalización de la Ley 685 de 20014. 2 DEFENSORIA DEL PUEBLO, Minería de Hecho en Colombia, Imprenta Nacional de Colombia, Bogotá, diciembre de 2010. 3 INDEPAZ, Minería ilegal y paramilitarismo, Leonardo Gonzales Perafan. Actualmente, la producción de oro proveniente de la minería ilegal es cada día más importante. Según algunas estimaciones, apenas el 14% de las 53 toneladas de oro producidas en Colombia en el año 2010 provino de la minería legal5. El 86% restante fue extraído a partir de las operaciones de mineros artesanales, explotadores informales y organizaciones al margen de la ley6. Según la Defensoría del Pueblo, cerca del 50% de las minas en el país es ilegal, muchas dominadas por grupos armados ilegales, y en 44% de los municipios del país existe o ha existido explotación ilegal de minerales7. Entre los departamentos que tienen el mayor porcentaje de municipios con minería de hecho encontramos a Córdoba, encabezando la lista con un 86%, Boyacá (69%), Risaralda (64%), Quindío (62%), Valle del Cauca, (55%), Caldas (52%) y Antioquia (46%)8. De acuerdo a las autoridades mineras, en el sector aurífero, la mayor parte de la producción nacional proviene de la pequeña y mediana minería, que en un buen porcentaje es ilegal o de hecho9. Un ejemplo claro de esto se refleja en los municipios de Remedios y Segovia del departamento de Antioquia, donde se las 348 unidades de explotación aurífera que existen, tan solo 14 se encuentran legalizadas10. En nuestro país, al igual que en la mayoría de los países de América, la minería en pequeña escala y de hecho ha sido una forma para sobrevivir a las precarias condiciones económicas de quienes la practican. Marco jurídico: En el código de minas. El actual Código de Minas (Ley 685 de 2001) la define en su artículo 159, haciendo alusión a aquella actividad exploratoria o de extracción de minerales, bien sean de propiedad de la nación o de particulares, que se desarrolla sin el correspondiente titulo minero vigente o sin la autorización del titular de la propiedad privada donde se ubique el proyecto. En el código penal. 4 UNIDAD DE PLANEACION MINERO ENERGETICA (UPME), Plan Nacional de Desarrollo Minero para el periodo 2007 – 2010, Editorial Scripto Ltda., Bogotá, agosto de 2007. 5 OBSERVATORIO INTERNACIONAL (OI) – CENTRO INTERNACIONAL DE TOLEDO PARA LA PAZ (CITpax), Actores Armados Ilegales y Sector Extractivo en Colombia, 2012. 6 “La nueva lavandería”, en Dinero.com,< http://www.dinero,com/caratula/edicion-impresa/articulo/la-nueva- lavanderia/120971>(9.6.11). 7 DEFENSORIA DEL PUEBLO, Minería de Hecho en Colombia, óp. Cit. 8 Ibíd. 9 MINISTERIO DEL MEDIO AMBIENTE. Dirección General Ambiental Sectorial. Diagnostico y Proyecciones de la Gestión Minero Ambiental para las regiones Auríferas de Colombia. Bogotá, febrero de 2002. 10 Martha, RINCON. Diagnostico socio ambiental de la pequeña minería de metales preciosos en Colombia, 2004. La definición contenida en el estatuto minero hace alusión a la parte pertinente del Código Penal donde se tipifica como un delito la explotación ilegal de yacimiento minero. En efecto, el artículo 338 del estatuto penal determina que será delito y por tanto contraria a derecho y merecedora de un juicio de reproche, la conducta de aquel, que sin permiso de autoridad competente o incumpliendo la normatividad existente, explote, explore o extraiga yacimiento minero y cuyas consecuencias se reviertan en una afectación grave del entorno ambiental, donde esa actividad se desarrolle. De otra parte podemos relacionar como normas concordantes del ya citado artículo 159, los artículos 160, 161, 162, 163 y 164 del mismo estatuto minero alusivos a la definición de aprovechamiento ilícito, a la competencia de los alcaldes para efectuar decomisos provisionales de minerales que se transporten o comercien sin factura o constancia de las minas de donde provengan; a la inhabilidad por cinco (5) para obtener concesiones mineras, como consecuencia de condena por aprovechamiento, exploración o explotación ilícita de recursos minerales; al deber de poner en conocimiento del alcalde de la jurisdicción, todo aprovechamiento, exploración o explotación ilícita de minerales, respectivamente. Así las cosas, podríamos determinar que la minería ilegal puede tener varios juicios de reproche simultáneos y no necesariamente excluyentes: • El que por vía administrativa, a través de un proceso sancionatorio –Ley 1333 de 2009-, realiza la autoridad ambiental, como consecuencia de los impactos nocivos sobre el ambiente y los recursos naturales que genera esa actividad. • El que por vía policiva, realiza el alcalde de la jurisdicción donde se ubica la actividad ilegal, con los instrumentos, procesos y discrecionalidades que le establece el Código de Minas –Ley 685 de 2001-. • El que se hace desde el ámbito de lo penal –Ley 599 de 2000-, cuando efectivamente esa actividad minera ilícita, se tipifica como delito. Minería de hecho y grupos armados ilegales: La minería ilegal no es nueva en Colombia pero 50 años de conflicto armado, más de dos décadas de programas de lucha contra los cultivos ilícitos, combinado con el aumento de los precios internacionales de las materias primas incentivaron a los actores armados ilegales a diversificar su portafolio de actividades ilícitas e involucrarse en la minería ilegal, bien sea presionando o cooptando a los mineros artesanales tradicionales, o involucrándose directamente en la explotación ilegal de recursos a media escala. Ahora bien, el interés de los actores armados ilegales colombianos en la minería ilegal en general, y la explotación de oro en particular, se debe también a otros factores que hacen de la extracción de ese mineral una fuente de financiación aún más atractiva e interesante: El primer factor es el alto atractivo del oro, no solamente porque sus precios internacionales subieron, sino porque es un producto que se presta fácilmente para el lavado de dinero11. Al contrario de la cocaína, el oro es un producto legal que no se puede rastrear fácilmente. Minas que no producían –o producían muy poco–, volvieron a activar o reforzar la extracción aurífera gracias a la importación ilegal de lingotes de oro comprados en el mercado internacional con el dinero del narcotráfico, para ser después fundidos y reportados como si fueran producto de la explotación de esas minas12. Así, municipios que no registraban yacimientos en sus suelos, empezaron a contar con un mayor volumen de producción aurífera. Entre 2008 y 2010, las exportaciones de oro por parte de Colombia llegaron al 135 %, un porcentaje mucho más alto que el 68% de aumento del precio del oro durante ese mismo periodo13. Como consecuencia, también aumentaron las regalías que recibieron dichos municipios por parte del Estado. Al comprar el metal producido en el exterior e importarlo de contrabando, al adquirirlo de mineros informales nacionales, o al explotarlo directamente procediendo luego a declararlo como parte del producido de minas formales, los actores armados ilegales vienen "blanqueando" sus capitales ilícitos a través de la venta de cientos de onzas de oro ante el Banco de la República sin despertar sospechas. Pero la comercialización del metal puede ser aún más sencilla en la medida en que esos grupos poseen en muchos casos sus propias oficinas de compraventa de oro o han establecido relación con determinados comerciantes legales encargados de poner en circulación el oro. La segunda ventaja deriva de la ley 1382 de 201014, que reformó el Código Minero de 2001, la cual inadvertidamente terminó favoreciendo las actividades de la minería ilegal. Al referirse a la minería tradicional sin definir muy bien lo que es, esta norma ha permitido en efecto que los actores armados ilegales, a través de terceros, solicitaran licencias de “formalización” minera. En otras palabras, inadvertidamente se permitió que algunos grupos armados ilegales extrajeran “libremente” minerales, mientras vendían por ejemplo pocas cantidades de oro a pequeñas comercializadoras (compraventas) y fundidoras, donde es difícil ejercer un control efectivo sobre la proveniencia de ese metal. La tercera ventaja es que la producción y comercialización se volvieron menos complicadas y arriesgadas en comparación con la producción y procesamiento de la cocaína. Los esfuerzos del Estado colombiano en las últimas décadas en su lucha contra el narcotráfico, aumentaron el costo y los riesgos ligados a ese tipo de actividad, por lo cual es lógico que los actores armados ilegales buscaran compensar sus pérdidas económicas con otro tipo de actividades similarmente rentables –como 11 “La nueva lavandería”, Dinero.com.co, op. Cit. 12 “Con oro lavan dinero y se roban regalías, revelo el ex jefe ‘para’ Salvatore Mancuso”, en El Tiempo, (31.7.11) 13 “La nueva lavandería”, op. Cit. 14 Actores Armados Ilegales y Sector Extractivo en Colombia, op. Cit. la minería ilegal de oro-, pero cuyo producto tuviera cierta libertad de movilidad económica en los mercados legales. Por ejemplo, en algunas zonas tradicionalmente mineras (Sur de Córdoba, Sur de Bolívar, bajo Cauca antioqueño, Cauca, o Nariño), la bonanza de la coca en los años 80 y 90 relegó la actividad minera tradicional a un segundo plano, pero justo allí con el aumento de los precios del oro y la lucha contra el narcotráfico, la minería de oro se volvió importante y atractiva para los grupos armados al margen de la ley15, dentro de sus estrategias ilegales de financiación. Finalmente, cabe mencionar el caso específico de la explotación ilegal de metales estratégicos como el coltán o el tungsteno. En los departamentos de Vichada, Guainía y Vaupés, la existencia de minerales estratégicos para la producción de tecnología como el coltán16, tungsteno, wolframio u otros similares ha despertado todo tipo de intereses por parte de grupos armados ilegales y otros actores como narcotraficantes, comerciantes y especuladores, nacionales y extranjeros. En estos casos, sin embargo, lo atractivo de esos minerales no resulta solamente de sus altos precios. Según algunos expertos, es posible que el interés de las FARC sobre la minería ilegal del tungsteno, resida en los posibles beneficios derivados de la negociación de un material importante para la fabricación de misiles tierra-aire y la producción de proyectiles capaces de vulnerar blindajes17. Dado todo esto, no es sorprendente que el mapa de las actividades extractivas en el país coincida con la ubicación de los grupos armados ilegales y que la minería ilegal haya contribuido al desarrollo de mercados de violencia18. Las FARC es el grupo armado ilegal que más influencia ejerce en este sector, con presencia en departamentos como Antioquía, Bolívar, Caquetá, Casanare, Cauca, Chocó, Nariño y Tolima. Según la Policía, esa guerrilla obtendría hoy en día hasta 20 % de sus recursos de la explotación ilegal de oro. Le sigue el ELN, con presencia en el Sur de Bolívar, Chocó, Nariño y Santander, seguido muy de cerca por las llamadas Bandas criminales (BACRIM), que están cada vez más involucradas en estas actividades principalmente en Antioquia, Sur de Córdoba, Cauca, Valle y Nariño19. Modos de operación de los grupos armados ilegales. El involucramiento de los grupos armados ilegales con el sector minero-energético no es nuevo ni homogéneo. El control ejercido durante décadas por ex jefes y mandos medios de grupos armados ilegales en las diferentes regiones mineras del país ha facilitado de cierto modo la prolongación de los enlaces que esas organizaciones armadas ilegales sostuvieron con las actividades mineras (especialmente minería de oro). En la década de los noventa y 15 Ibíd. 16 Ibíd. 17 “Minería ilegal preocupa al gobierno colombiano”, en Infosur Hoy, (10.4.12) 18 Actores Armados Ilegales y Sector Extractivo en Colombia, op. Cit. 19 “Minería ilegal, en expansión”, en El Espectador.com, (4.10.11) parte de los años dos mil, jefes guerrilleros o paramilitares como Carlos Mario Jiménez, alias ‘Macaco’ o Ramiro ‘Cuco’ Vanoy, se apoderaron por medio de la fuerza de fincas con vetas de oro en el país20. Después de la desmovilización de esos grupos herederos de los ex jefes paramilitares también retomaron las actividades de minería ilegal de sus antecesores. En los últimos años, sin embargo, no sólo asistimos a una sofisticación de las modalidades de acción de los grupos armados ilegales, sino que el panorama se ha vuelto más confuso o mezclado. Extorsión clásica, extorsión “con cheques”, benevolencia por parte de algunos alcaldes y de algunas empresas multinacionales, cooperación entre unos y otros actores forman parte de las variables que intervienen en este fenómeno complejo21. No es raro tampoco, encontrar todas las formas de explotación asociadas: Minería artesanal al lado de la minería criminal; Empresas fachadas legales trabajando al lado de excavadoras ilegales, excavadoras operando en concesiones (o al margen de las concesiones) de grupos multinacionales, FARC y ELN operando en asocio con las estructuras armadas post-desmovilización en actividades mineras, etc.22. Hoy en día, asistimos a una redefinición de las estrategias de esos grupos armados ilegales con respecto al sector extractivo. Existen varias formas, modalidades y estrategias - de la más directa a las más indirectas - que también difieren según los grupos, las regiones y los recursos. Participación directa. La explotación directa. Gracias al dinero generado por el narcotráfico y la captación ilegal de las regalías, los grupos armados ilegales han invertido en excavadoras, dragas y otras maquinas para extraer directamente los minerales, sobre todo el oro. En todo el país, se han multiplicado los sitios donde los grupos armados ilegales explotan ilegalmente el oro. En regiones como el bajo Cauca y el oriente antioqueño, Chocó o Nariño, las estructuras armadas ilegales post desmovilización y las guerrillas explotarían hoy en día centenas de esos puntos mineros con cada uno decenas de maquinas operando ilegalmente23. En Tolima, el Comando Conjunto Central de las FARC habría ordenado la adquisición de maquinaria pesada para la extracción de oro24. La minería legal criminal a través de empresas fachada. En otros casos, los actores armados ilegales proceden de manera aparentemente legal a través de empresas que obtuvieron las concesiones y los permisos de exploración y explotación, pero que en 20 Actores Armados Ilegales y Sector Extractivo en Colombia, op. Cit. 21 Ibíd. 22 Ibíd. 23 “En Antioquia las Farc y las ‘Bacrim’ se financian son minas de oro”, En El Tiempo, (23.4.12) 24 “La nueva arma financiera de las Farc”, en El Espectador, (16.1.11). realidad son empresas “fachada” por pertenecer a esos grupos armados ilegales. Existen varias denuncias en todo el país, como los llanos orientales, en el Bajo Cauca antioqueño, el Sur de Córdoba25. Participación indirecta. En la mayoría de los casos, sin embargo, los actores armados ilegales no operan directamente. Para captar parte de las riquezas del sector extractivo, recurren a otro tipo de modalidades más indirectas. Muchas de esas modalidades, como la extorsión o la captación ilegal de regalías no tienen nada de novedoso. Pero bien sea como proveedores de protección, proveedores de trabajadores u otros servicios, o como facilitadores, esos actores armados ilegales han venido sofisticando su manera de proceder. Los actores armados ilegales como proveedores de protección En la mayoría de los conflictos en el mundo, proveer protección a cambio de dinero suele ser una de las maneras más tradicionales y fáciles para obtener recursos; justamente el conflicto colombiano no escapa a esa regla. Durante los últimos 30 años, tanto los grupos de guerrilla como los paramilitares recurrieron a ese tipo de presión y de chantaje para financiar sus luchas. Hoy en día, esas prácticas pueden responder a otras motivaciones –algunas con lógicas más mafiosas que otras– pero ese modus operandi está lejos de haber desaparecido26. Vacunas tradicionales a mineros artesanales y a empresas de minería a pequeña escala. Extorsión vs Protección a las grandes empresas. Los actores armados ilegales como facilitadores de la llegada de empresas multinacionales. Más allá de la extorsión directa, los grupos armados ilegales han venido facilitando de manera abierta o escondida, directa o indirectamente, la llegada de empresas multinacionales. A través de amenazas, intimidaciones, homicidios selectivos, esos grupos ayudarían a “despejar” las zonas, para que puedan operar las grandes empresas del sector27. Desde hace algunos años, son varios los informes que llaman la atención sobre el papel que juegan los grupos armados ilegales para facilitar la llegada de empresas del sector extractivo. “La competencia por uso del suelo y subsuelo puede convertirse en una forma soterrada de presión y despojo de la tierra” advertía el Programa de Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD) en su Informe Nacional de Desarrollo Humano de 201128. “La fuerza pública protege la gran inversión privada y los 25 Actores Armados Ilegales y Sector Extractivo en Colombia, op. Cit. 26 Ibíd. 27 Actores Armados Ilegales y Sector Extractivo en Colombia, op. Cit. 28 Programa de Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD), Colombia rural, razones para la esperanza, Bogotá, 2011. paramilitares evitan la protesta social y presionan el desplazamiento” denunciaba por su parte la ONG CODHES en un boletín informativo de 201129. 87% de las personas desplazadas proceden de municipios minero-energéticos (que sólo representan el 35% del total nacional) según el Sindicato de trabajadores de la Empresa Nacional Minera Minercol (Sintraminercol). Desplazamiento. Amenazas, intimidaciones y muertes selectivas en zonas de extracción. Implicaciones sociales por la minería de hecho. Según el último informe de Indepaz, la presencia de “los rastrojos” en toda la costa pacífica especialmente en los municipios mineros (Tumaco, Buenaventura, Guapi, Timbiquí, El charco,etc) ha generado graves violaciones a los derechos de las comunidades afrodescendientes30. Así mismo en el Valle del Cauca las “Águilas Negras”, han obligado a los mineros artesanales a trabajar en sus minas. A los que trabajan por su cuenta les cobran el 10% de las ganancias. Además en el Valle, estarían haciendo presencia integrantes de estos grupos con el propósito de vigilar y hacer labores de inteligencia ya que sobre esta zona se proyecta realizar exploraciones mineras31. Es grave el caso del municipio de Barranco de Loba, en donde el grupo narcoparamilitar “Los Urabeños”, adelanta acciones para impedir que los “Los Rastrojos” ocupen el territorio para así continuar con el monopolio en la extracción de oro en la mina Gloria, que fuese explotada por la empresa Grifos S.A y expropiada al ex jefe de las AUC Carlos Mario Jiménez, conocido como alias “Macaco”, predio que en la actualidad se encuentra a la espera de ser entregado a las comunidades victimas del Bloque Central Bolívar que operaba en la zona32. Quibdó hace parte del Distrito Minero de Istmina del cual se han otorgado varios títulos mineros en territorios de las comunidades negras e indígenas, sin haber surtido el proceso legal de consulta previa. Además Los grupos armados ejercen dominio en la zona donde se proyecta la explotación de recursos mineros a gran escala (oro, platino, cobre, zinc, molibdeno y materiales para la construcción) por empresas transnacionales como la AngloGold Ashanti33. Sur de Bolívar bajo el manto de Los Urabeños, que actúa en esta zona, está cobrándole „vacunas‟ a los mineros artesanales e industriales que explotan las montañas de manera ilegal en busca de oro a cambio de su silencio y de dejarlos trabajar. En el sur de Bolívar se cuenta que una gran parte de los 1.500 habitantes, trabajan para la 29 “¿Consolidación de qué?”, en Boletín informativo, nº 77, Bogotá, , 2011. 30 INDEPAZ, Minería ilegal y paramilitarismo, Op. Cit. 31 INDEPAZ, Minería ilegal y paramilitarismo, Op. Cit. 32 Ibíd. 33 Ibíd. mujer de Macaco y su empresa minera “Los Grifos”, sin poder desplazarse del pueblo si no es con un salvoconducto del grupo narco paramilitar de la zona34. La fuerte ofensiva militar que el gobierno ha emprendido en contra de la minería ilegal ha dejado a miles de mineros sin ninguna posibilidad de ganar sustento35. En varios lugares del país, tal como Caucasia, Antioquia se ha observado que individuos van a los centros urbanos a protestar en contra de los operativos militares, algunos de los cuales dicen que están siendo incitados por los grupos armados36. Se considera necesario que el Estado implemente un programa de atención para individuos que no cuentan con las garantías ofrecidas en otras regiones del país. En el contexto de los operativos militares en minas ilegales, se están cometiendo violaciones de Derechos Humanos por parte de actores estatales, que no distinguen entre los mineros que hacen una explotación artesanal sin licencia y los integrantes de los grupos armados ilegales, tal como afirma Gustavo Wilches abogado ambientalista experto en el tema37. Debido a la contaminación efectuada por la minería ilegal, varias industrias se ven afectadas. En primer lugar, la industria pesquera se perjudica ya que la contaminación y sedimentación en las aguas que suele ocurrir con la actividad minera, acaban con la vida en las fuentes hídricas, repercutiendo también en la industria alimentaria. Más aun, la minería cambia por completo la conformación geográfica de la zona donde se lleva a cabo, es decir que luego de explotar determinada área, ésta nunca será la misma debido a que la configuración físico-geográfica se transforma de manera permanente38. Sumándole a esto el reasentamiento masivo de poblaciones cercanas a los lugares de explotación, también se afecta el turismo en el país. Muchas de las zonas de explotación minera son características por su "atractivo natural", haciéndolas interesantes a turistas nacionales e internacionales, pero al explotar estos terrenos y cambiar el panorama por completo, se daña el atractivo natural de la zona39. Otro efecto negativo de la minería ilegal es la explotación laboral hecha a los individuos. Los "capos" de la minería ilegal emplean métodos de "enganche" para reclutar mano de obra, brindándoles alimentación, comercialización del vicio (alcohol, 34 Ibíd. 35 HURTADO, Sebastián. Impactos de la Minería Ilegal en Colombia. Fundación Ideas Para la Paz. 36 ROMERO, Simon. In Colombia, New Gold Rush Fuels Old Conflict. The New York Times. Marzo, 2011. 37 SALAZAR, Hernando. La minería ilegal financian al crimen en Colombia. Marzo de 2011. 38 AECO-AT. Minería de Oro a Cielo Abierto y sus Impactos Ambientales. (Costa Rica). . 39 HURTADO, Sebastián. Impactos de la Minería Ilegal en Colombia. Op Cit. chance) y prostitución, constituyéndose estos como los patrones de coerción principales en una mina ilegal generando efectos sociales indeseados en la comunidades aledañas a donde se llevan a cabo40. Implicaciones ambientales de la minería de hecho. Como es natural, la informalidad propia de la minería ilegal se refleja también en la gestión ambiental. No es un secreto que la falta de control respecto de la explotación de los recursos del Estado tiene por efecto un saliente deterioro de la integridad medioambiental. Un informe presentado por la Procuraduría General de la Nación nos recalca sobre esto: Ya se advertía, en los fines del siglo pasado, la necesidad de garantizar un equilibrio entre el desarrollo económico y el gasto de oferta ambiental, para lo cual se estimaba necesario, de una parte, empoderar al Estado en el control del aprovechamiento y la explotación de recursos y, de la otra, responsabilizar a los particulares por los abusos que cometan en esta materia41. Ese equilibrio, frente a la falta de control, se ve inevitablemente perjudicado, en la medida en que el oportunismo de los agentes económicos y la constante insatisfacción de sus necesidades, los lleva a asumir una actitud predatoria frente a los recursos naturales. Los problemas asociados con una actividad minera carente de control, se reflejan en varios ámbitos, como sigue: a. En el daño a la superficie terrestre, como quiera que la minería carente de control implica un significativo riesgo de erosión que, por lo demás, podría llegar a afectar más del 2% de la superficie, que es el que tiene aptitud para la explotación en esta materia42. La erosión y el efecto nocivo sobre el suelo, se traduce en menor productividad, menoscabo de la biodiversidad y problemas asociados con los ciclos naturales como son, por ejemplo, el ciclo del agua y los procesos biológicos de la fauna y de la flora. b. En la liberación de sustancias tóxicas. La explotación de minas, como es obvio, suele orientarse a la extracción de metales, minerales y, en general, elementos orgánicos terrestres o subterráneos. Varios de tales elementos resultan nocivos y altamente tóxicos cuando superan ciertos porcentajes de concentración en el medioambiente, perjudicando la subsistencia de especies – animales y vegetales-, así como la salubridad humana. Una falta de control en la gestión de estas sustancias, puede ocasionar un grave deterioro ambiental, sin 40 Los daños de una minería ilegal. El colombiano. Septiembre de 2010. 41 PROCURADURIA GENERAL DE LA NACION. Informe Preventivo. Minería ilegal en Colombia. Bogotá, 2011. 42 Ibíd. contar con los problemas higiénicos y sociales que acarra (un buen ejemplo de ello, lo constituyen el plomo, el bromo y el monóxido de carbono). c. En el drenaje ácido de minas, particularmente de los líquidos derivados de l a explotación, como son, por vía de ejemplo, el ácido sulfúrico y los óxidos de hierro. Estas sustancias requieren de un manejo especial por su potencial lesividad frente al entorno cercano. La inadecuada gestión de los mismos, no sólo genera evidentes problemas de salubridad, sino que perjudica enormemente el entorno medioambiental, toda vez que la concentración de estas sustancias conduce a un desequilibrio en las propiedades del suelo y a una devastación progresiva de la flora.43 d. En el manejo del polvo asociado a la explotación y de los niveles de ruido, reconocidos también como un factor de deterioro ambiental recurrente en este tipo de actividades y agravado por la falta de control inherente a la ilegalidad. Este efecto en particular, constituye quizá uno de los elementos de mayor impacto en la salud de la población, que padece las consecuencias nocivas de la actividad minera ilegal.44 e. Finalmente, en lo que tiene que ver con los procedimientos empleados para la explotación minera, los que, dada la informalidad propia de la minería ilegal, suelen transgredir los estándares de idoneidad técnica y, con ello, acrecentar el perjuicio ambiental.45 Estos son, solamente por citar algunos ejemplos, los problemas medioambientales asociados a la minería ilegal. Es importante precisar que se trata de problemas que, en general, se encuentran en las diferentes manifestaciones de la explotación de minas, pero que adquieren especial dimensión cuando están acompañadas de la ilicitud, en la medida en que, como reiterativamente se ha dicho, la informalidad y la falta de control, exacerban los abusos y, en esa medida, acrecientan el perjuicio ambiental. La no intervención del Estado en esta materia, se traduce en una completa libertad que, del uso, pasa al abuso y a la falta de gestión. Ello, aunado a la intención de minimizar costos, implica mayor perjuicio. El Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial, para citar fuentes oficiales, reporta daños ecológicos por la minería ilegal de oro en 17 departamentos.46 Conclusión La existencia de recursos mineros en el país ha sido una fuente de subsistencia y de riqueza para sus pobladores a lo largo de la historia nacional. Es así como, desde la época precolombina, en varias regiones se explotan diferentes minerales, 43 Ibíd. 44 Ibíd. 45 Ibíd. 46 Ibíd. principalmente oro, sal y materiales para la construcción, y con el paso del tiempo y en la medida en que las necesidades de la industria y el comercio internacional lo han requerido, se ha venido diversificando la variedad de minerales extraídos e incrementando la magnitud y mecanización de las explotaciones, lo que es directamente proporcional con el impacto sobre el medio ambiente. Así mismo, se observa, de manera general, que en la evolución de la legislación minera y ambiental nacional, principalmente inspirada en los sistemas anglosajones, se hicieron espontáneos avances normativos que, en muchos casos, desconocían la realidad del contexto nacional, lo cual ha abierto una enorme brecha entre lo que está estipulado en las normas y lo que realmente se aplica en la práctica. Esta ha sido una de las principales causas para que en Colombia cerca del 30% de las explotaciones mineras carezca de los debidos permisos y autorizaciones establecidos por las autoridades mineras y ambientales, teniendo en cuenta que hasta septiembre de 2010 se habían emitido 8.821 títulos mineros y las autoridades ambientales habían recibido más de 3.600 solicitudes de legalización de unidades de explotación minera de hecho. A partir de este estudio, se evidencia que la minería ilegal o de hecho, que involucra la minería tradicional, se encuentra generalizada en casi la mitad de los municipios del país (44%) y concierne a más de 15.000 familias que derivan su sustento directamente de esta actividad. Los departamentos de Córdoba (86%), Boyacá (69%), Risaralda (64%), Quindío (62%), Valle del Cauca (55%), Caldas (52%) y Antioquia (46%) poseen el mayor porcentaje de municipios con minería de hecho, lo que la convierte en un aspecto generalizado en sus regiones. La minería de hecho no ha sido un tema exclusivo del resorte colombiano, en el sentido de que ha sido objeto de discusión en ámbitos internacionales dada la magnitud de su incidencia social y los efectos económicos que implica en varios países. Por lo anterior, a través de instrumentos internacionales se ha reconocido a la minería de hecho y a la pequeña minería como un medio de subsistencia y de erradicación de la pobreza rural, particularmente en los países de América Latina y África, por lo cual se insta a los gobiernos a promover su legalización, tecnificación y productividad, a realizar programas que mitiguen sus impactos ambientales y a verificar el cumplimiento de las condiciones laborales, de salud y de seguridad de sus trabajadores. En el análisis realizado en la investigación se observa que la gestión gubernamental, para el caso de la minería de hecho en el país, no ha obtenido los mejores resultados. En primer lugar, en cuanto a la promoción de la legalización de las actividades mineras de hecho, en los últimos quince años se han propuesto tres programas de legalización con una eficacia menor del 1% del total de minas que han realizado la correspondiente solicitud ante las autoridades mineras, a pesar de las millonarias inversiones realizadas por el Estado. En segundo lugar, la competencia para controlar la minería de hecho en el país, que ha sido descentralizada en las alcaldías municipales, ha sobrepasado su capacidad de gestión. En tercer lugar, en cuanto a la gestión del Estado frente a los impactos ambientales producidos por la minería de hecho, a pesar de que, de acuerdo con la normativa vigente, es indudable que las autoridades ambientales tienen el deber de prevenir, mitigar, indemnizar, exigir la indemnización y punir o sancionar los daños ambientales producidos por la minería de hecho, estén o no incursos en procesos de legalización, en muchos casos se dejan solas a las autoridades municipales con la excusa de que la minería de hecho no es de su competencia. En cuarto lugar, se evidencia que el control, vigilancia y asesoría en temas laborales, de salud y de seguridad de los mineros de hecho, es deficiente, pues la gestión gubernamental en este campo se inicia, en la mayor parte de los casos, sólo cuando las unidades de explotación adquieren los correspondientes permisos y autorizaciones ante las autoridades mineras. Referencias 1. Gonzáles, Leonardo. Indepaz. Minería ilegal y paramilitarismo. 2. Observatorio Internacional (OI) – Centro Internacional de Toledo para la Paz (CITpax). V Informe. Actores Armados Ilegales y Sector Extractivo en Colombia. 2012. 3. Universidad Militar Nueva Granada. Instituto de Estudios Geoestratégicos y Asuntos Políticos. Minería Ilegal en Colombia Un Frente de Guerra que se Abre. 2012 4. Hurtado, Sebastián. Fundación Ideas para la Paz. Impactos de la Minería Ilegal en Colombia. 5. Procuraduría General de la Nación. Informe Preventivo. Minería Ilegal en Colombia. 6. Defensoría del Pueblo. Defensoría Delegada para los Derechos Colectivos y del Ambiente. La Minería de Hecho en Colombia. Bogotá. 2010. 7. AECO-AT. Minería de Oro a Cielo Abierto y sus Impactos Ambientales. (Costa Rica). . 8. Los daños de una minería ilegal. El colombiano. Septiembre de 2010. . 9. ROMERO, Simon. In Colombia, New Gold Rush Fuels Old Conflict. The New York Times. Marzo, 2011. 10. SALAZAR, Hernando. La minería ilegal financian al crimen en Colombia. Marzo de 2011. . 11. Programa de Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD), Colombia rural, razones para la esperanza, Bogotá, 2011. 12. “¿Consolidación de qué?”, en Boletín informativo, nº 77, Bogotá, , 2011. 13. “En Antioquia las Farc y las ‘Bacrim’ se financian son minas de oro”, En El Tiempo, (23.4.12) 14. “La nueva arma financiera de las Farc”, en El Espectador, (16.1.11). 15. “Minería ilegal, en expansión”, en El Espectador.com, (4.10.11) 16. “Minería ilegal preocupa al gobierno colombiano”, en Infosur Hoy, (10.4.12) 17. “Con oro lavan dinero y se roban regalías, revelo el ex jefe ‘para’ Salvatore Mancuso”, en El Tiempo, (31.7.11) 18. Ministerio del Medio Ambiente. Dirección General Ambiental Sectorial. Diagnostico y Proyecciones de la Gestión Minero Ambiental para las regiones Auríferas de Colombia. Bogotá, febrero de 2002. 19. Martha, RINCON. Diagnostico socio ambiental de la pequeña minería de metales preciosos en Colombia, 2004. 20. “La nueva lavandería”, en Dinero.com, (9.6.11) 21. Unidad de Planeación Minero Energética (UPME), Plan Nacional de Desarrollo Minero para el periodo 2007 – 2010, Editorial Scripto Ltda., Bogotá, agosto de 2007. 4. HISTORIA DE LOS DERECHOS DE LOS EMPLEADORES Y TRABAJADORES EN COLOMBIA Yoanna Ramírez Sarmiento, Danilso Lozano Guevara MARCO LEGAL DE LOS DERECHOS DE LOS EMPLEADORES Y TRABAJADORES EN COLOMBIA El marco legal de los derechos de los empleadores y trabajadores en Colombia lo describimos en el presente en 6 etapas, tomando como inicio la constitución de 1886, pasando por la reforma constitucional de 1936, la adopción del código sustantivo del trabajo, la constitución de 1991 y para terminar las últimas reformas de la legislación laboral. A continuación la descripción de dichas etapas: La constitución de 1886: En el Título III, relativo a los derechos civiles y garantías sociales, podemos extraer los siguientes preceptos laborales: Libertad laboral, Artículo 44: “Toda persona podrá abrazar cualquier oficio u ocupación honesta sin necesidad de pertenecer a gremio de maestros o doctores”. Derecho de asociación, Artículo 47:”Es permitido formar compañías o asociaciones públicas o privadas que no sean contrarias a la moralidad ni al orden legal. Son prohibidas las juntas políticas populares de carácter permanente”. Personería jurídica, Artículo 49: “Las corporaciones legítimas y públicas tienen derecho a ser reconocidas como personas jurídicas, y a ejecutar en tal virtud los actos civiles y gozar de las garantías aseguradas por este título, con las limitaciones generales que establezcan las leyes por razones de utilidad común”. Entre 1886 hasta la reforma constitucional de 1936: Se expidieron las siguientes leyes: 1915: Accidentes de Trabajo, mediante Ley 57, sobre “reparaciones por accidentes de trabajo”. Se entendían como aquellos sucesos imprevistos y repentinos que pudieran sobrevenir “por causa u ocasión del trabajo”. 1919: Contratación colectiva y derecho de huelga, el Presidente presentó al Congreso proyecto de Ley con el objeto de garantizar el derecho de huelga y las condiciones para su ejercicio. Mediante Ley 78 de Noviembre de 1919 se reconoció. Fue definida así: “el abandono del trabajo en una o varias fábricas o empresas industriales o agrícolas, abandono convenido o aceptado voluntariamente por un número tal de empleados, obreros o trabajadores que produzcan la suspensión del funcionamiento de las fábricas o empresas “bajo ciertas condiciones” 1926: Descanso dominical obligatorio, Ley 57 estableció este beneficio. De la prohibición se exceptuó a aquellas labores que no fueran susceptibles de interrupción. Por ejemplo: las industrias que respondieran a necesidades cotidianas o indispensables para la alimentación o empresas o industrias, cuyo cese el domingo resultara perjudicial al público o comprometiera el funcionamiento normal de los trabajos. El descanso, en estos casos, se podía usufructuar el otro día. 1931: Pago personal de sueldos y salarios a menores y mujeres, con la incorporación de mujeres y menores al mundo laboral se debió resolver un problema de la época: Según la costumbre los sueldos y salarios no se pagaban directamente a tales trabajadoras o menores, sino a sus padres, esposos o representantes legales. El Artículo 24 de la Ley 83 de 1931, autorizó a los varones mayores de 18 años y a las mujeres casadas, aunque no estuvieran separadas, para recibir sus sueldos y salarios, directamente y administrar libremente sus emolumentos, sin intervención de representantes legales. 1931: Ley 129, ratificación de Convenios de la OIT. Colombia adhirió, mediante la ley 129, los siguientes convenios: o 1/19 - Por el que se limitan las horas de trabajo en las industrias a ocho horas diarias y 48 semanales. o 2/19 – Relativo al empleo de las mujeres antes y después del parto. o 3/19 - Relativo al trabajo nocturno de las mujeres. o 4/19 – Por el que se fija la edad mínima de admisión de los niños a los trabajos industriales. o 5/19 – Relativo al trabajo nocturno de los menores de edad. o 6/25 Relativo a la indemnización por enfermedades profesionales. o 7/28 – Relativo al establecimiento de métodos para la fijación de salarios mínimos. o 8/30 – Relativo al trabajo forzoso y obligatorio. 1934: Jornada laboral de ocho horas (48 semanales), el Presidente Olaya Herrera, ordenó a la Oficina General del Trabajo del Ministerio de Industrias, dictar la Resolución No. 1 de 1934, con el objeto de fijar la jornada máxima de trabajo, pues la Ley 129 de 1931 había ya incorporado a la legislación colombiana el Convenio 1 de la OIT. La resolución dispuso que las horas de trabajo de las personas empleadas en cualquier establecimiento industrial, público o privado no podrían pasar de ocho horas al día, ni de 48 horas en la semana. Se autorizaron entones las horas extras. Luego mediante Decreto 895 de Abril 26 de 1934 se consagró definitivamente la jornada laboral de 8 horas, de lunes a sábado. La reforma constitucional de 1936 estableció expresamente: “El trabajo es una obligación social y gozará de la especial protección del Estado” (Artículo 17) Por otra parte estableció: “Se garantiza el derecho de huelga, salvo en los servicios públicos. La ley reglamentará su ejercicio”. De 1936 hasta la adopción del Código sustantivo del trabajo en 1950. 1938: Protección a la maternidad, Ley 53 reconoció por primera vez en Colombia la protección de la maternidad de las mujeres trabajadoras en oficinas y empresas de carácter oficial o particular. Con ocasión del parto de adquirió el derecho a una licencia remunerada de ocho semanas. Además se prohibió el despido durante el embarazo y el tiempo de lactancia, así como el derecho de disponer de 15 o 20 minutos cada 3 horas para lactar. Se prohibió el empleo de las mujeres en trabajos insalubres o peligrosos o que requerían esfuerzo y, en trabajos nocturnos que se prolongaran por más de 5 horas. 1950: Derecho laboral, individual y colectivo, para el sector privado: se establece, con la adopción del Código Sustantivo del Trabajo, mediante los Decretos 2663 y 3743 de 1950, decretos de Estado de Sitio que fueron ratificados por la Ley 141 de 1961 como legislación permanente. Reformas legislación laboral hasta la constitución de 1991. 1965: Se expide el Decreto 2351, previa concertación con la UTC y la CTC. Esta reforma registra avances en la legislación relacionada con la retroactividad del auxilio de cesantía, los contratos indefinidos, el monto de las tablas de indemnización, entre otras. 1990: Se expide Ley 50, la cual acaba con la retroactividad de la cesantía, modifica lo relativo al pago de indemnizaciones por despido injusto y modifica las condiciones de la contratación. Es decir, retorna al pasado de las relaciones de trabajo y entroniza la flexibilización laboral. Constitución de 1991. Es el punto de partida de la incorporación del derecho laboral internacional en Colombia, en la cual se reconoció expresamente la internacionalización del Derecho del Trabajo, mediante los artículos 53, 93 y 94, que confieren a los tratados internacionales o principios universales de derecho impositivo o ius cogens en esta materia un status equivalente a normas de rango legal o constitucional. Algunos ejemplos son: S T-441 de 1992, S C-096 de 1993, S C-593 de 1993, S de homologación, octubre 26 de 1993. Radicación 6407, S C-265 de 1994, S S.U.-342 de 1994, S T-568 de 1999, S de homologación 11859, de enero 28 de 1999, S C-381 de 2000, S C-385 de 2000, S T-436 de 2000, S C-567 de 2000. La Constitución Política incluye el derecho al trabajo dentro de los derechos fundamentales, dándole así el mismo rango jurídico otorgado a la vida y a la libertad, pero el trabajo no solo es un derecho básico de toda persona, sino también una obligación social. En el Artículo 25. El trabajo es un derecho y una obligación social y goza, en todas sus modalidades, de la especial protección del Estado. Toda persona tiene derecho a un trabajo en condiciones dignas y justas. Artículo 26. Toda persona es libre de escoger profesión u oficio. La ley podrá exigir títulos de idoneidad. Las autoridades competentes inspeccionaran y vigilaran el ejercicio de las profesiones. Las ocupaciones, artes y oficios que no exijan formación académica son de libre ejercicio, salvo aquellas que impliquen un riesgo social. Las profesiones legalmente reconocidas pueden organizarse en colegios. La estructura interna y el funcionamiento de estos deberán ser democráticos. La ley podrá asignarles funciones públicas y establecer los debidos controles.” Derecho de asociación, Artículo 38. Se garantiza el derecho de libre asociación para el desarrollo de las distintas actividades que las personas realizan en sociedad. Derecho de asociación sindical, Artículo 39. Los trabajadores y empleadores tienen derecho a constituir sindicatos o asociaciones, sin intervención del Estado. Su reconocimiento jurídico se producirá con la simple inscripción del acta de constitución. La estructura interna y el funcionamiento de los sindicatos y organizaciones sociales y gremiales se sujetarán al orden legal y a los principios democráticos. La cancelación o la suspensión de la personería jurídica sólo procede por vía judicial. Se reconoce a los representantes sindicales el fuero y las demás garantías necesarias para el cumplimiento de su gestión. No gozan del derecho de asociación sindical los miembros de la Fuerza Pública. Derecho de negociación colectiva se encuentra establecido en la Constitución, en los siguientes términos: Artículo 53. El Congreso expedirá el estatuto del trabajo. La ley correspondiente tendrá en cuenta por lo menos los siguientes principios mínimos fundamentales: Igualdad de oportunidades para los trabajadores; remuneración mínima vital y móvil, proporcional a la cantidad y calidad de trabajo; estabilidad en el empleo; irrenunciabilidad a los beneficios mínimos establecidos en normas laborales; facultades para transigir y conciliar sobre derechos inciertos y discutibles; situación más favorable al trabajador en caso de duda en la aplicación e interpretación de las fuentes formales de derecho; primacía de la realidad sobre formalidades establecidas por los sujetos de las relaciones laborales; garantía a la seguridad social, la capacitación, el adiestramiento y el descanso necesario; protección especial a la mujer, a la maternidad y al trabajador menor de edad. El Estado garantiza el derecho al pago oportuno y al reajuste periódico de las pensiones legales. Los convenios internacionales del trabajo debidamente ratificados, hacen parte de la legislación interna. La ley, los contratos, los acuerdos y convenios de trabajo, no pueden menoscabar la libertad, la dignidad humana ni los derechos de los trabajadores. Artículo 54. Es obligación del Estado y de los empleadores ofrecer formación y habilitación profesional y técnica a quienes lo requieran. El Estado debe propiciar la ubicación laboral de las personas en edad de trabajar y garantizar a los minusválidos el derecho a un trabajo acorde con sus condiciones de salud. Artículo 56. Se garantiza el derecho de huelga, salvo en los servicios públicos esenciales definidos por el legislador. La ley reglamentará este derecho. Una comisión permanente integrada por el Gobierno, por representantes de los empleadores y de los trabajadores, fomentará las buenas relaciones laborales, contribuirá a la solución de los conflictos colectivos de trabajo y concertará las políticas salariales y laborales. La ley reglamentará su composición y funcionamiento. 1. Después de la constitución de 1991 1996: Se expide Ley 278, por la cual se crea la Comisión Permanente de Concertación de Políticas Laborales y Salariales. 1997: Se expide Ley 411, por medio de la cual se aprueba el «Convenio 151 sobre la protección del derecho de sindicación (sic) y los procedimientos para determinar las condiciones de empleo en la administración pública» 1999: Se expide Ley 524, por medio de la cual se aprueba el «Convenio Número 154, sobre el Fomento de la Negociación Colectiva» 2000: Se expide Ley 584, producto de la Concertación, amplia los criterios de la Libertad Sindical, según recomendaciones de la Comisión de Expertos de la OIT. Esta Ley procuró adecuar las normas sobre libertad sindical a los principios y preceptos de la Constitución de 1991 y a los Convenios 87 y 98 de la OIT. BIBLIOGRAFÍA Constitución Nacional de Colombia de 1991. Constitución Nacional de Colombia de 1886. Código sustantivo del trabajo. Ley 50 de 1886. Ley 57 de 1915. Ley 78 de 1919. Ley 21 de 1920. Ley 15 de 1925. Ley 57 de 1926. Ley 83 de 1931. Ley 83 de 1931. Ley 129 de 1931. Ley 129 de 1934. Decreto 895 de Abril 26 de 1934. La reforma constitucional de 1936. Ley 53 de 1938. Ley 6a. de 1945. Decretos 2663 y 3743 de 1950. Ley 141 de 1961. Informe presentado en la 89ª Conferencia Internacional del Trabajo (2001) de la OIT. Decreto 2351 de 1965. Ley 50 de 1990. Ley 278 de 1996. Ley 411 de 1997. Ley 524 de 1999. Ley 584 de 2000. Ley 789 de 2002. Decreto 4588 de 2006. 5. INVASIONES DE TIERRAEN LA CIUDAD DE VALLEDUPAR DURANTE LOS ÚLTIMOS TRES AÑOS. Alexander Humberto Gómez Zea. Asesora: Diana Ramírez Carvajal INTRODUCCIÓN Dentro la investigación a la problemática jurídico-social que enmarca la invasión de tierras, se trata de mirar más allá de la concepción y tipificación de un delito como es la ocupación ilegal de predios, pues se busca investigar a fondo y realizar un análisis paralelo a lo jurídico de las razones que ha llevado a estas personas a realizar las acciones ilegales de ocupar predios ajenos. Precisamente, por ser tipificado como delito, parte de la sociedad puede caer en la tentación de estigmatizar a éstas personas a no comprender por qué se presentan y cuáles son las razones de las crecientes acciones de ocupación ilegal de predios en la ciudad de Valledupar. Allí radica la importancia de esta investigación, pues se pretende brindar resultados que den a conocer las razones que han impulsado a las personas a cometer acciones que violentan los intereses de otras personas como es el derecho a la propiedad. Para conocer las motivaciones argumentadas por las personas que han realizado ocupaciones ilegales, se indagará a los líderes de los residentes invasores, se estudiarán fallos de tutela interpuestas en los Despachos Judiciales de la ciudad, los derechos reconocidos en estos fallos y diferentes pronunciamientos de la Corte Constitucional con relación a los derechos invocados en las acciones de tutela. Se espera poder así comprender la situación jurídica que gira alrededor de las invasiones de Tierra, pues no solo se trata de un delito como la ocupación ilegal de un predio ajeno o la protección que el Estado debe brindar a la propiedad privada, sino que también se encuentra la petición de personas que solicitan al Estado el cumplimiento de sus derechos Constitucionales como lo es el derecho a una vivienda digna. Será esta, entonces, una oportunidad para conocer cuáles son las razones que han motivado las constantes invasiones de tierra en la ciudad de Valledupar durante los últimos tres años y la concepción jurídica que en torno a ella se ha estado presentando. ¿En qué consiste la invasión de tierras? Según el diccionario de la real lengua española, invasión significa acción y efecto de invadir. Sé entiende como invadir, la acción de ocupar anormal o irregularmente un lugar. Es, entonces, la ocupación anormal o irregular de un predio rural o urbano, como se define la invasión de tierra. Estas ocupaciones, por lo general, se presentan de una manera planificada llevada a cabo por un grupo de personas que realizan la acción de ocupar irregularmente un predio, al cual luego e forma gradual sigue llegando e interviniendo más y más población, con lo que se va dando origen a barrios de invasiones conformados por precarias viviendas elaboradas con todo tipo de materiales de segunda mano como lo son trozos de madera, cartón, plástico, vallas publicitarias, laminas de zinc, paredes de barro, entre otros. Inicialmente, estas viviendas carecen de una infraestructura mínima de servicios públicos como la electricidad, agua potable, alcantarillado, sistema sanitario y recolección de basuras. Para remediar parcialmente la necesidad de estos servicios públicos elementales, acuden, en el caso de la energía eléctrica y agua, a realizar conexiones ilegales de barrios vecinos; las aguas lluvias o residuales son canalizadas mediante zanjas cavadas en la tierra que en época de lluvias se rebosan; las necesidades fisiológicas las realizan en bolsas plásticas o en pozos comunales cavados en la tierra que periódicamente son rellenados con capas de basura, ceniza o tierra; y, la basura es depositada en pozos de tierra o, en el mejor de los casos, es llevada a barrios vecinos. Las invasiones de tierras finalizan cuando se presenta alguna de estas cuatro circunstancias: Primero, los residentes en acato a una orden judicial o administrativa sin contraprestación alguna desalojan el predio; segundo, cuando se le brinda solución de vivienda permanente o temporal a los residentes invasores que pasan a ser reubicados; tercero, cuando se realiza el desalojo ordenado por autoridad competente con intervención de la fuerza pública; y, cuarto, cuando mediante acto administrativo se legaliza los predios otorgando el correspondiente título de propiedad a los residentes beneficiarios. Por ser ocupaciones anormales o irregulares, la invasión de tierra se encuentra tipificada como delito, pues se establece que: Artículo 263. Invasión de tierras o edificaciones. El que con el propósito de obtener para sí o para un tercero provecho ilícito, invada terreno o edificación ajenos, incurrirá en prisión de treinta y dos (32) a noventa (90) meses y multa de sesenta y seis punto sesenta y seis (66.66) a trescientos (300) salarios mínimos legales mensuales vigentes. La pena establecida en el inciso anterior será de cuatro (4) a ocho (8) años de prisión para el promotor, organizador o director de la invasión. El mismo incremento de la pena se aplicará cuando la invasión se produzca sobre terrenos ubicados en zona rural. PARÁGRAFO. Las penas señaladas en los incisos precedentes se rebajarán hasta en las dos terceras partes, cuando antes de pronunciarse sentencia de primera o única instancia, cesen los actos de invasión y se produzca el desalojo total de los terrenos y edificaciones que hubieren sido invadidos47. Como se puede observar la tipificación penal a las invasiones corresponde tanto a los predios, sean urbanos o rurales, como también a las Edificaciones. Para el caso en estudio, se tratará el tema de ocupaciones ilegales a predios Urbanos en la ciudad de Valledupar, bien sean privados o públicos. Invasiones de tierra existentes en la ciudad de Valledupar que se han realizado durante los últimos tres años. En el área urbana del municipio de Valledupar como en gran parte del territorio nacional, se han presentado invasiones de tierra que finalizan con el desalojo o, en el mejor de los casos, con la organización y legalización de los predios. En este proyecto de investigación se hará mención a siete invasiones aun existentes en el área urbana de la ciudad que tuvieron sus inicios durante los últimos tres años. Invasión Emmanuel: También conocida como OGB, se encuentra ubicada en la zona suroriental de la ciudad de Valledupar, limita con: norte, calle 44 y Terminal de Transporte; occidente, con la carrera 13 y Aeropuerto; oriente, con Urbanización OGB; y, sur, con el barrio 25 de diciembre. La más reciente invasión del predio se realizó el 28 de mayo de 2011, pues se han presentado invasiones en cuatro ocasiones. Invasión Tierra Prometida: Las primeras ocupaciones se realizaron el 1 de junio de 2011, se encuentra ubicada al sur de la ciudad y sus colindantes son: norte, barrio Villa Fuente en la calle 47; occidente, barrio Don Carmelo en la carrera 27; oriente, Barrio Nuevo Milenio y Mareigua en la carrera 25; y, sur, barrio Rincón de Ziruma. Invasión Guacimales: La ocupación del lote ubicado en la zona noroccidental de la ciudad, tuvo inicio el 25 de noviembre de 2010 y colinda con el barrio La Nevada, Barrio Tairona y la invasión Altos de Pimienta y Bello Horizonte II. Invasión Altos de Pimienta: Ubicada en la zona noroccidental de la ciudad, colinda con las invasiones de Guacimales y Bello Horizonte, al igual que con el barrio La Nevada y otro predio de propiedad del señor Pimienta. Tiene su origen el día5 de enero de 2010 cuando se realizaron las primeras invasiones del predio. Invasión Bello Horizonte II: Ubicado en el sector noroccidental de la ciudad, se originó con el desprendimiento de las invasiones de Guacimales y Altos de Pimienta. Invasión Brisas de la Popa: En septiembre de 2011 se presenta la primera ocupación anormal del predio, el cual se encuentra ubicado en la zona noroccidental de la ciudad, colindando con: barrio Divino Niño, al norte y oriente; barrio Ciudad Tairona, al occidente; y, con predios del Batallón La Popa, al sur. 47 Código Penal Colombiano Invasión Los Ciruelos: También conocido como lote Alba Castro de Dangond, por ser el nombre de la propietaria del predio que ha sido invadido en tres oportunidades, la última ocurrió el pasado 10 de abril de 2012. Ubicada en la zona suroriental de la ciudad, sus colindancias son, al norte con la calle 39, al occidente y sur con barrio Los Milagros y al oriente con el barrio Amaneceres del Valle. Con relación al número de habitantes invasores que residen en éstos lugares, se encuentra un contraste en las cifras aportadas por la Inspección Primera Civil Urbana de Policía con base al censo de FONVISOCIAL y las cifras que brindan los lideres de éstas comunidades; por lo tanto se considera necesaria la presentación del siguiente cuadro: Cuadro comparativo cifras población en invasiones NOMBRE INVASIÓN CIFRA INSPECCIÓN PRIMERA URBANA DE POLICÍA CIFRAS SEGÚN LIDERES DE LA COMUNIDAD EMANUEL (OGB) 186 personas 585 familias48 TIERRA PROMETIDA 665 personas 3700 familias49 GUASIMALES 3231 personas 2500 familias ALTOS DE PIMIENTA 2739 personas Entre las 3 invasiones50 BELLO HORIZONTE II 2055 personas BRISAS DE LA POPA 216personas 800 familias51 LOS CIRUELOS (ALBACASTRO DE DANGOND) 24 familias 300 familias52 48 Carlos Arturo Pérez, líder residentes invasión Emmanuel 49 Martha Figueroa, líder residentes invasión Tierra Prometida 50 Ana Carmen Beltrán y Manuela Barros, lideres invasiones Guasimales, Altos de Pimienta y Bello Horizonte II 51 Carlos Ramírez, líder invasión Brisas de la Popa 52 Carlos Arturo Nieto, residente en la invasión Los Ciruelos Argumentos expuestos por los líderes de residentes en las invasiones de tierra para justificar las acciones de hecho. Una vez identificadas las invasiones de tierra en el área urbana de la ciudad de Valledupar, que hacen parte de esta investigación, se buscó los medios para acceder a los líderes de los residentes invasores, con el fin de conocer los argumentos que ellos y la comunidad a la que lideran, han tenido para realizar las invasiones, por lo que se les formuló la siguiente pregunta: Cuáles son las principales razones por las cuales la comunidad a la que usted lidera han tenido para invadir éste predio ajeno? y, Conoce algún caso en esta invasión donde las personas que lo hacen tienen razones diferentes a la que usted menciona? Como respuesta a estas preguntas se obtuvo las respuestas que a continuación redactamos. Entrevista líder invasión Emmanuel53, CONTESTO:“Una de las principales razones es donde vivir ya que muchos somos desplazados por la violencia y buscamos una mejor vida y alejarnos de tanta guerra, también en esta invasión hay muchas personas vulnerables, discapacitados, de la tercera edad y niños; mire cuando nosotros llegamos esto era puro monte y ahora estamos en espera haber que nos soluciona el gobierno si nos dejan aquí o nos reubican y nos dan una vivienda digna para vivir, así desalojaremos de resto no y sinceramente todas las personas que estamos en la invasión es porque lo necesitamos y el censo y las visitas que le hacemos a las familias todos los que estamos aquí somos necesitados y todos somos los que estamos aquí desde el primer momento”. Entrevista líder invasión tierra prometida54: CONTESTO: “por la necesidad porque somos desplazados de distintas partes del país, personas vulnerables, mujeres en embarazo, mire la cantidad de niños, viejos y todas las promesas no cumplidas de los políticos y necesitamos donde vivir y ponen mucho problema para ayudarle a uno, si por nosotros fuera no estuviéramos viviendo aquí, eso es muy duro pero la necesidad y porque no tenemos para donde más irnos. Y no hay que negarlo, mucha gente viene y toma esto como un negocio y se aprovechan de las necesidades de los que van llegando, pero no es que todos de pronto uno no sabe si es que los vende por necesidad o no”. Entrevistas de Lideres Guasimales, Altos de Pimienta y Bello Horizonte II: En estas ocupaciones se encuentran organizados bajo el liderazgo de dos personas55, con las que se tuvo la oportunidad de formularle la pregunta, a lo cual una de ellas56 CONTESTO: Por desplazamiento forzado, a muchas familias le habían matado sus familiares y decidieron venirse para Valledupar y buscar quien les arrendara y como la situación está muy apretada nos cansamos que nos estén humillando, tenemos muchas 53 Carlos Arturo Pérez - Líder Invasión Emmanuel 54 Martha Figueroa – Líder Invasión Tierra Prometida 55 Ana Carmen Beltrán y Manuela Barros - Guasimales, Altos De Pimienta Y Bello Horizonte II 56 Ana Carmen Beltrán - Guasimales, Altos De Pimienta Y Bello Horizonte II necesidades y estamos metiendo papeles para ver si el gobierno nos ayuda pero nada, hay muchas personas vulnerables porque necesitamos donde vivir, somos familias grandes con muchos niños. Y claro esto es como en todas partes, aquí hubo trafica (trafico) de lotes, pero nosotros nos pusimos de acuerdo en que cada familia merecía solo un lote y si alguna persona tenía más de dos lotes le tocaba cederlo para que alguien necesitado lo utilizará porque para mi opinión me parece que al comienzo gente utilizó esto como un negocio, estuvo haciendo mucho mal ya que le quitaba la oportunidad de que otras personas necesitadas lo utilizaran”. Entrevista líder Brisas de La Popa57, CONTESTO: Este lote con esta vez ha sido invadido por cuarta vez, las otras veces habían sido desalojados por la ley y la última por falsas promesa, pero nosotros invadimos en septiembre de 2011 porque habemos (somos) muchos desplazados y pasamos necesidades con los niños y personas vulnerables, al ver la necesidad de tener en donde vivir y de que el mayor Pimienta (propietario del predio) no lo estaba utilizando decidimos invadir y aquí nos vamos a quedar hasta que nos solucionen. No me parece justo porque por unas pocas personas corruptas vamos a pagar las consecuencias somos los necesitados”. Entrevista Los Ciruelos: También conocida como lote de Alba Castro de Dangond, quien registra como propietaria .Se encuentra en formación las invasiones hechas recientemente por tercera ocasión el día 10 de abril de 2012, aún no se cuenta con un líder que los represente, a lo cual un residente58 de la invasión CONTESTO:“Es que la situación está muy difícil y no alcanza para pagar arriendo y muchos vienen desplazados de Barranquilla, Codazzi, Becerril, de Curumaní y nadie da solución para conseguir una casita donde vivir con la familia, eso ponen mucho problema. No sé porque otra razón lo puede hacer la gente pero cada quien verá que hace con su pedazo si lo vende o no”. De estas respuestas se desprende que las principales razones que argumentan los líderes de las comunidades residentes en invasiones son: La necesidad de vivienda por condición de desplazado; necesidad de vivienda por vulnerabilidad de personas como niños, mujeres, ancianos de la tercera edad y discapacitados; difícil acceso a programas de vivienda; y, oportunidad de negocio. Principales razones expuestas que motivan las invasiones en la ciudad de Valledupar: Como se ha establecido en las respuestas de los líderes de las comunidades invasoras, son cuatro las razones que principalmente han motivado a las personas a realizar las invasiones que se han presentado en la ciudad de Valledupar en los últimos tres años, las cuales analizaremos de la siguiente forma: Necesidad de vivienda por condición de desplazado: Para abordar este tema, se inicia recordando la definición jurídica que en Colombia se da a la condición de desplazado: 57 Carlos Ramírez 58 Carlos Arturo Nieto Es desplazado toda persona que se ha visto forzada a migrar dentro del territorio nacional abandonando su localidad de residencia o actividades económicas habituales, porque su vida, su integridad física, su seguridad o libertad personal han sido vulneradas o se encuentran directamente amenazadas, con ocasión de cualquiera de las siguientes situaciones: conflicto armado interno, disturbios y tensiones interiores, violencia generalizada, violaciones masivas de los derechos humanos, infracciones al derecho internacional humanitario u otra circunstancia emanadas de las situaciones anteriores que puedan alterar o alteren drásticamente al orden público59. A nivel nacional por causa del desplazamiento se ha generado un drástico cambio territorial, demográfico y social, al cual no ha escapado la ciudad de Valledupar, pues se ha convertido en el lugar donde mayor población desplazada, en busca de mejores condiciones de vida, ha llegado proveniente de distintos municipios del Cesar y otros Departamentos, como lo afirman los residentes de las invasiones. Es así pues, como para mayo de 2010 el total general de números de hogares desplazados registrados en la ciudad de Valledupar alcanzaba la cifra de 12576y el número de personas llegó al total general de 69.34760, ya para al mes de octubre de 2011 eran 72.51961 las personas registradas como desplazadas en la ciudad de Valledupar. Todo esto, sin contar con la gran población de desplazados que no ha realizado las diligencias necesarias para ingresar al registro oficial. Muchos desplazados luego de superar la fase de desplazamiento se ven obligados a enfrentar una cantidad de dificultades para alcanzar condiciones básicas que le brinden unas garantías mínimas para llevar una vida digna, entre esas dificultades se encuentra el poder tener acceso a una vivienda, siendo precisamente ese derecho al que apelan los invasores para ocupar los predios de manera ilegal, pues se observa en sus respuestas que es un criterio unificado por los líderes al afirmar que su condición de desplazados los ha llevado a la necesidad de invadir predios ajenos para poder construir una vivienda. Necesidad de vivienda por condición de vulnerabilidad: La considerado la Corte Constitucional que son personas vulnerables aquellas que tienen ciertas condiciones que escapan a su control y por lo tanto se encuentran en circunstancias de marginalidad o debilidad, los cuales son “personas de la tercera edad, los niños, las madres cabeza de familia, los disminuidos físicos o psíquicos, las mujeres embarazadas, grupos étnicos o minoritarios, etc.”62. Y son, éste tipo de personas las que se observan al momento de visitar las invasiones, pues así mismo lo plasma el titular del Juzgado Segundo Administrativo del Circuito 59 Artículo 1 Ley 387 de 1997 60 Cesar en Cifras, Gobernación del Cesar 61 Oficina asesora de paz del Departamento, Gobernación del Cesar 62 Sentencia T-220 de 2007 Corte Constitucional Judicial de Valledupar cuando en el fallo de tutela en un aparte menciona: “De la contestación del Instituto Colombiano de Bienestar familiar, se establece que existe población infantil y estado de desnutrición”63 y continua exponiendo más adelante: No cabe dudas para el despacho que la acción de tutela bajo estudio ha sido invocada por un grupo heterogéneo conformado por personas que presentan diversas situaciones de vulnerabilidad tal como se puede apreciar en los medios probatorios allegados al proceso, existen personas de condiciones de discapacidad, adultos mayores, niños y niñas en condiciones de desnutrición así como población en circunstancias de desplazamiento64. En igual acción de tutela se encuentra la declaración del señor José Ruiz Valdez, quien al preguntarle: Qué número de personas están a su cargo y las condiciones de las mismas CONTESTO: somos tres (3) personas una niña discapacitada llamada…… es mi sobrina siempre ha estado conmigo yo la he criado desde que tiene 21 años, mi mamá señora de tercera edad ella sufre de convulsiones y tiene el parasito del cerebro y yo que estoy incapacitado por un accidente de tránsito perdí mi pierna izquierda65. Es entonces, la necesidad de poder brindar abrigo apersonas vulnerables que hacen parte de su núcleo familiar, otra de las motivaciones que han inducido a muchas personas a realizar las ocupaciones anormales de tierra, pues consideran que cuentan con pocas posibilidades distintas de conseguir una vivienda si no es realizando una invasión. Difícil acceso a programas de vivienda: Sin dunda alguna, uno de los puntos más neurálgicos de la problemática jurídico-social que se viene presentando en la ciudad de Valledupar, obedece a la falta o retraso en la implementación y desarrollo de programas de vivienda por parte de las entidades Estatales. Teniendo en cuenta que la gran mayoría de los residentes de las invasiones se identifican como desplazados, es necesario resaltar que en cuanto a la política de atención de la población desplazada se promulgó la Ley 387 de 199766 la cual reconoce al Estado la titularidad de formular y ejecutar políticas para el tratamiento 63 Folio 11, sentencia 080 Juzgado Segundo Administrativo del Circuito Judicial de Valledupar, radicado 20- 001-33-31-002-2012-00083-00, 27 de abril de 2012 64 Folio 12, sentencia 080 Juzgado Segundo Administrativo del Circuito Judicial de Valledupar, radicado 20- 001-33-31-002-2012-00083-00, 27 de abril de 2012 65 Folio 11, sentencia 080 Juzgado Segundo Administrativo del Circuito Judicial de Valledupar, radicado 20- 001-33-31-002-2012-00083-00, 27 de abril de 2012 66 Por medio la cual se adoptan medidas para la prevención del desplazamiento forzado; la atención, protección, consolidación estabilización socio-económica de los desplazados internos por la violencia en la República de Colombia de los desplazados que además ingresan al grupo de las personas que requieren extraordinaria protección de las autoridades. Siendo entonces, la población desplazada categorizada como personas que requieren extraordinaria protección de las autoridades, es innegable que cuentan con las herramientas necesarias para acceder a los diferentes programas de vivienda, la pregunta que surge es porqué no hacen efectivo ese privilegio y por el contrario realizan acciones de hecho contrarias a la ley como son las invasiones de tierra? Pues bien, para aclarar este planteamiento, se debe contar que el Registro Único de Población Desplazada a cargo del Departamento para la Prosperidad Social, es la entidad donde se lleva el registro de la población desplazada. En esta entidad cuando una persona se encuentra registrada como desplazada pasa a pertenecer, como ya se ha dicho, al grupo que merece recibir un trato especial por parte de las autoridades. Por lo tanto, al menos sobre el papel, el acceso al beneficio de vivienda debe ser más fácil. Lo que ocurre es que muchas familias registradas se separan y dividen el núcleo familiar, por lo que se hace necesario volver a registrar la familia de la forma que quedó conformada, es así como debe ingresar nuevamente a estudios perdiendo su antigüedad, pues pasan a la lista como nuevos solicitantes de los beneficios. Todo esto sin mencionar la cantidad de personas que residen en las invasiones de tierra que a pesar de su condición aún no han iniciado los trámites para registrarse como población desplazada. Otra razón que dificulta al acceso de programas de viviendas es la falta que tiene el municipio de bancos de tierra disponibles para ejecutar proyectos de vivienda de interés social. A esta dificultad gubernamental se le suma que en muchas ocasiones los propietarios de los predios invadidos presentas problemas legales o precios elevados dentro del marco legal. Es por ello, que el Estado ha otorgado herramientas jurídicas67 a los municipios para que enfrenten este tipo de problemas. Además de las ya mencionadas, se encuentra la dificultad que produce la politiquería que surge dentro los programas de vivienda de interés social, pues esto conlleva a que a las personas se les impongan trabas legales y abusivas para acceder a los beneficios de vivienda que luego son desviados y terminan siendo otorgados a personas que en muchas ocasiones no son desplazadas ni tienen condiciones de vulnerabilidad, pues mucho se ha dicho de éstos programas que en ocasiones lo han comparado con el SISBEN, en relación que muchas personas pudientes figuraban como beneficiarios de éste programa social. Es así como todo lo anteriormente expuesto, acompañada de la lentitud o ineptitud de algunos funcionarios a la hora de desarrollar programas sociales para la población vulnerable, hacen parte de las razones argumentadas para invadir predios ajenos. 67 Decreto 1333 de 1986, por medio del cual se expide el código de régimen municipal; Ley 388 de 1997; Ley 614 de 2000 Oportunidad de negocio: Una mala práctica y la cual merece ser sancionada por la ley, consiste en el oportunismo de muchas personas que hacen negocio con pedazos de lotes en tierras ocupadas que no les pertenecen y son vendidas a personas que realmente necesitan un terreno para construir una habitación o vivienda donde refugiarse. Por supuesto que puede existir en estas invasiones personas inescrupulosas que aprovechan las condiciones dadas para demarcar un territorio, consolidarlo y luego venderlo a personas que realmente lo necesitan o a otras que con el fin de obtener beneficios a costa de las necesidades ajenas, prefieren comprar para no asumir los riesgos de invadir de primero. Es así como algunos ven en las invasiones un negocio del cual se lucran, tanto el que ocupa sin necesidad para luego vender, como aquél que compra para luego acceder a los beneficios que puedan obtener. Ambos, buscan provecho ilícito con su actuación delictiva. Los lideres lo saben y reconocen la mala práctica que en ocasiones se han presentando pues “al comienzo gente utilizó esto como un negocio, estuvo haciendo mucho mal ya que le quitaba la oportunidad de que otras personas necesitadas lo utilizaran”68.Debido a esto, argumentan estar ejerciendo control y erradicando ese tipo de malas prácticas, las cuales son utilizadas como principal fundamento por muchas personas para estigmatizar a los residentes de las invasiones, tal como lo afirma uno de los lideres69“No me parece justo porque por unas pocas personas corruptas vamos a pagar las consecuencias somos los necesitados”. Como se ha dicho, este tipo de prácticas son las que han servido de fundamento para que parte de la sociedad considere que detrás de toda invasión se encuentra un interés oscuro de aprovechamiento por parte de inescrupulosos que buscan sacar provecho propio de las necesidades ajenas, así lo reconocen los líderes de las invasiones y se encuentra demostrado en fallos de acción de tutela70 donde se aprecia que algunos, realmente muy pocos, de los que solicitan el amparo de los derechos ha vivienda ya han sido beneficiarios de subsidios de vivienda o se encuentran afiliados al régimen contributivo de salud, con lo que se evidencia que obtienen recursos para su auto sostenimiento y por lo tanto no se encuentran en situación de vulnerabilidad. Cuando la necesidad se convierte en un mecanismo de engaño contra del estado Existe un factor que no es mencionado pero se ha percibido durante la investigación realizada y se trae a alusión por su importancia, pues se analiza que este factor es originado del resultado de la conjugación de dos o más factores. 68 Ana Carmen Beltrán, líder Guasimales, Altos de Pimienta, Bello Horizonte II 69 Carlos Ramírez, líder Brisas de la Popa 70 Folio 6, Sentencia 080, radicación 20-001-33-31-002-2012-00083-00, Juzgado Segundo Administrativo del Circuito de Valledupar y folio 5 sentencia acción de tutela radicado20001-33-31-004-2011-00445-00, Juzgado Cuarto Administrativo del Circuito Judicial de Valledupar. Se observa entonces como parte de la población, cansada de esperar un accionar del Estado que les brinde una posibilidad real de acceder a una vivienda para mejorar su calidad de vida, a su vez sumida en la pobreza y la miseria, toman la decisión de hacerse pasar como desplazados y manipular las herramientas otorgadas a un sector específico denominado población vulnerable, con la finalidad de engañar al Estado y de esta forma obtener vivienda propia. Es por eso que apoyados en sus criterios y necesidades actúan de manera irregular manipulando el sistema no solo para que fallen jurídicamente a su favor, sino identificándose como una población vulnerable, obteniendo así los beneficios que a estas personas les brinda el Estado. Derechos tutelados en acciones interpuestas por los residentes en las invasiones del municipio de Valledupar. La Constitución Política Colombiana, en su artículo 86 consagra la Acción de Tutela como un mecanismo especial al cual toda persona tiene acceso para reclamar ante un juez la protección de los Derechos Fundamentales cuando éstos resulten vulnerados o amenazados por la acción u omisión de autoridad pública alguna o de las demás personas particulares en los casos que determine la ley. A éste mecanismo han acudido los residentes de las invasiones de tierra para solicitar, especialmente, la protección del derecho fundamental a la vivienda digna y el derecho a la salud en conexidad con el derecho a la vida en condiciones de dignidad humana de las personas. Estas peticiones se realizan amparadas en la condición de desplazados, aludiendo que son padres y/o madres cabezas de familias conformadas por niños, ancianos y personas discapacitadas. Es así como el pasado 16 de agosto y 29 de noviembre de 2011, los Juzgados Primero71 y Cuarto72 Administrativo del Circuito Judicial de Valledupar, respectivamente, profirieran fallos con características similares mediante los cuales “RESUELVE:PRIMERO: Tutelar el derecho constitucional fundamental a la vivienda digna, en su faceta prestacional, de los accionantes, actuales moradores de …”.Y como consecuencia de lo anterior y en procura de salvaguardar la faceta prestacional y positiva del derecho a la vivienda digna de los accionantes, se ordena al municipio de Valledupar a realizar censo e inicie los estudios socio económicos que permitan a los accionantes a acceder a programas oficiales de vivienda que se adelantan o se adelanten en el futuro en el municipio de Valledupar. Ambos fallos, respectivamente, beneficiaron a 822 y 666 familias conformadas por lo menos de 5 personas cada una. Para entender a que se refieren los jueces cuando resuelven tutelar el derecho constitucional fundamental a la vivienda digna, en su faceta prestacional, se hace 71 Juzgado Primero Administrativo del Circuito Judicial de Valledupar, sentencia acción de tutela radicado 20- 001-33-31-001-2011-00359-00, 16 de agosto de 2011. 72 Juzgado Cuarto Administrativo del Circuito Judicial de Valledupar, sentencia acción de tutela radicado 20001-33-31-004-2011-00445-00, 29 de noviembre de 2011 necesario estudiar las consideraciones que ha tenido la Corte Constitucional73 cuando manifiesta que los derechos económicos, sociales y culturales son considerados como derechos prestacionales o de segunda generación, porque implican que para su satisfacción el Estado debe hacer una erogación de su presupuesto. En esas condiciones, esos derechos no son susceptibles de amparo de la acción de tutela. Sin embargo, por conexidad intima con derechos fundamentales concretos, la protección de un derecho constitucional de una persona o grupo de personas determinadas, implica la orden a la autoridad pública de que inicie las gestiones presupuestales necesarias para la protección de esos derechos prestacionales ligados con los fundamentales. Recientemente, el 27 de abril del presente año, el Juzgado Segundo Administrativo del Circuito Judicial de Valledupar, falla acción de tutela74 interpuesta en favor de residentes de una invasión de tierra en Valledupar en la cual se resuelve “tutelar parcialmente los derechos fundamentales a la vivienda digna, derecho a la salud en conexidad con el derecho a la vida, el derecho de los niños contemplados en los artículos 11, 49 y 51 de la Constitución Política…”.Los derechos de los niños a los que hace mención el fallo son, el derecho a la vida consagrado en el artículo 11, derecho a la salud en el artículo 49 y el derecho a la vivienda en el artículo 51. Como se puede observar en los Despachos judiciales de la ciudad de Valledupar, existe una nimiedad de criterio al considerar que los residentes de las invasiones por ser una población mayoritariamente desplazados y en condiciones vulnerables, se les debe brindar todas las posibilidades de solución a una vivienda digna por parte de las entidades del Estado. Como consecuencia de éstos fallos Judiciales, las autoridades administrativas deben de abstenerse de realizar cualquier acción de desalojo forzoso hasta tanto no se les brinde una solución temporal o permanente de vivienda a los residentes de las invasiones que interpusieron las acciones de Tutela. Pronunciamientos de la corte constitucional con relación a invasiones de tierra Con relación al delito de invasión de tierras, la Corte Constitucional75 considera que el invasor lesiona el derecho de propiedad al ingresar en predio ajeno, pues imposibilita al propietario el goce y uso del bien, así como la percepción de sus frutos y su disposición. Advierte que el derecho de propiedad es relativo y tiene restricciones constitucionales, pues solo se reconoce y protege en la medida que revierta a favor de la sociedad y en beneficio del interés colectivo que prevalece. Así mismo, afirma que para estos casos de invasión no puede darse igual trato a una persona con necesidad impostergable, máxime cuando debe dar abrigo y protección a niños y ancianos de la tercera edad, que aquella persona que utiliza la invasión de tierras como negocio, pues 73 Corte Constitucional, sentencia 585 de 2008, Sentencia 294 de 2009, Sentencia 553 de 2011. 74 Sentencia 080, radicación 20-001-33-31-002-2012-00083-00 75 Sentencia 157/97 la invasión en este sentido se realiza con el propósito de obtener provecho ilícito, razón por la cual tal ilicitud debe conducir a la imposición de sanciones. En las acciones de tutela interpuestas por los residentes de las invasiones en la ciudad de Valledupar, la gran mayoría esgrimen su condición de desplazados e invocan el derecho a la vivienda digna. Es de anotar que la Corte Constitucional ha proferido decisiones con el objeto de proteger a la población desplazada y su derecho a la vivienda digna, por lo cual vale la pena conocerla manifestación hecha por la Corte Constitucional cuando expone: El derecho a la vivienda digna de la población desplazada. El artículo 51 de la Constitución consagra el goce de la vivienda en condiciones dignas como un derecho económico, social y cultural del que son titulares todos los colombianos y colombianas, y señala que el Estado debe fijar las “condiciones necesarias para hacer efectivo este derecho”. De las obligaciones emanadas de este precepto, ha dicho la Corte que son amparables por vía de tutela aquellas que hacen parte de los elementos mínimos del derecho a la vivienda, así como todas las situaciones en las que la vulneración del derecho implica el desconocimiento de otros tales como la vida digna, el mínimo vital, y el debido proceso. En el caso de la población desplazada el derecho a la vivienda digna goza de un estatus especial, toda vez que la Corte ha entendido que esta se encuentra en condiciones extremas de vulnerabilidad. En efecto, las personas en condición de desplazamiento han tenido que abandonar sus lugares de origen de manera forzada y, una vez en el lugar de arribo, carecen de los recursos necesarios para acceder de forma oportuna a viviendas adecuadas. Luego, se ven enfrentados a múltiples obstáculos económicos y sociales para acceder a una solución habitacional que contribuya a la superación del desplazamiento. En esa medida, la ausencia de vivienda representa para las personas en condición de desplazamiento una amenaza seria y directa contra su vida en condiciones dignas y por ello, merece una especial protección76. Teniendo en cuenta que además de desplazados, en las invasiones de tierra de Valledupar, residen niños, mujeres embarazadas, ancianos y discapacitados, se hace necesario conocer consideraciones de la Corte, donde manifiesta: De los sujetos de especial protección. La Corte Constitucional al hacer una interpretación con autoridad de los principios, valores constitucionales y de los derechos fundamentales, ha señalado que existe una protección especial reforzada, prodigada por el Constituyente a ciertas personas, dadas sus condiciones de vulnerabilidad, debilidad o marginalidad. Esto es, personas de la tercera edad, los niños, las madres cabezas de familia, los disminuidos físicas o psíquicas, las mujeres embarazadas, grupos étnicos o minoritarios, etc. 76 Sentencia 177 de 2010 Es decir, esta clase de personas, hacen parte de un sector de la población, que por cuestiones que escapan a su control, se encuentran en circunstancias objetivas de marginación o de debilidad al momento de satisfacer sus derechos fundamentales, motivo por el cual, con la finalidad de hacer efectiva la igualdad material (art. 13 C.P.), son acreedores a una especial protección constitucional77. Como se puede observar de los pronunciamientos de la Corte Constitucional, el Estado tiene como deber amparar y proteger los derechos de los ciudadanos, en especial la población desplazada y vulnerable, que son las dos condiciones y argumentos que exponen los habitantes de las invasiones a la hora de interponer las acciones de Tutela contra la Administración municipal de Valledupar y otras entidades Estatales para que se les reconozca el derecho a una vivienda digna. Conclusión La invasión de tierra es un delito tipificado por el Código Penal Colombiano pues lesiona los derechos a las personas propietarias del predio invadido. En este delito, no tiene el mismo tratamiento jurídico quienes realizan el acto con el propósito de obtener para sí o para un tercero provecho ilícito, que aquél que lo hace como único recurso para poder brindar abrigo y protección a personas vulnerables o por su condición de desplazado. Inherente al concepto anteriormente expuesto, surge la necesidad de entender el suceso más allá de lo penal, es por eso que se decide investigar los motivos que han originado una creciente ocupación ilegal de predios durante los últimos tres años en la ciudad de Valledupar, descubriendo que existen múltiples factores y aspectos sociales, políticos, económicos y jurídicos que han conllevado a un sector de la población a incurrir en esta práctica ilegal, aun conociendo los implicaciones penales que ello representa. A través de la condensación de la información analizada, se concluye que las invasiones de predios en la ciudad de Valledupar objeto de la investigación, son realizadas, en su gran mayoría, por grupos de personas desplazadas y aquellas que cuentan en su núcleo familiar con personas vulnerables como niños, mujeres en embarazo, discapacitados y adultos mayores; quienes deciden quebrantar la Ley ocupando terrenos ajenos, todo porque han visto en estas acciones de hecho la única forma de adquirir un lugar donde refugiarse o como herramienta de presión a las entidades Estatales para poder acceder a los programas de vivienda que otorgan; máxime cuando consideran que su anhelo de adquirir vivienda propia se ve obstaculizado por la tramitología y politiquería. No menos importante es conocer que a pesar de estar quebrantando la Ley y lesionando derechos ajenos, los residentes de las invasiones de tierra se han amparado en recursos judiciales en los que han encontrado un mecanismo para evitar 77 Sentencia 220 de 2007 ser desalojados de los predios ocupados ilegalmente y adquirir el reconocimiento de derechos Constitucionales como lo es el derecho a la vivienda digna. Es precisamente, el amparo jurídico que han encontrado quienes realizan las invasiones como medida extrema por la necesidad impostergable, lo que ha motivado a otras personas para engañar al Estado, pues existe quienes debido a su condición de miseria y con el fin de adquirir vivienda, se hacen pasar por desplazados para realizar las ocupaciones ilegales y luego encontrar el amparo jurídico que brinda esa condición dentro del aspecto de las invasiones de tierra. Similar situación pero más reprochable, es el caso de personas que han visto en las invasiones de tierra un negocio lucrativo de compra-venta de lotes ajenos, alejados del interés social realizan este tipo de actividades ilícitas mezclándose y perjudicando a quienes realmente exponen su integridad con la esperanza de obtener un lugar donde poder construir una vivienda digna. Queda claro, para terminar, que ninguna de las motivaciones justifica la acción irregular de ocupar predios ajenos, pero no aceptar y reconocer los factores que impulsan a las personas, es olvidar que hacen parte incidente de la problemática social, económica, política y jurídica que ha generado cada una de estas acciones de hecho; especialmente si se tiene en cuenta que es de vital importancia conocer las circunstancias para poder buscar soluciones concretas que minimice este fenómeno que hace parte de la realidad de la comunidad Vallenata. Bibliografía Argote Solano, Carmen Dalis. 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