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May 3, 2018 | Author: Anonymous |
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educación a distancia (instituto universitario P.F.A) 1derecho de los recursos naturales tomo 1) a Rector:Rector:Rector:Rector:Rector: Dr. Luis MarÃa Desimoni Vicerrector: Vicerrector: Vicerrector: Vicerrector: Vicerrector: Comisario Gral. (r) Lic. Carlos Daniel Musso Decano de la Fac. de Cs. JurÃdicas y Sociales:Decano de la Fac. de Cs. JurÃdicas y Sociales:Decano de la Fac. de Cs. JurÃdicas y Sociales:Decano de la Fac. de Cs. JurÃdicas y Sociales:Decano de la Fac. de Cs. JurÃdicas y Sociales: Dr. Horacio Tomás Aracama Secretario Académico:Secretario Académico:Secretario Académico:Secretario Académico:Secretario Académico: Dr. Hugo Méndez. Secretario Administrativo:Secretario Administrativo:Secretario Administrativo:Secretario Administrativo:Secretario Administrativo: Comisario Gral. (r) Angel Juan Antonio RamÃrez autoridades ( ( ( ( ( ) educación a distancia (instituto universitario P.F.A) 2 tomo 1 derecho de los recursos naturales ) educación a distancia (instituto universitario P.F.A) 3derecho de los recursos naturales tomo 1) t1) educación a distancia drn derecho de los recursos naturales ( Autor: Autor: Autor: Autor: Autor: Dr. Juan Antonio Colella Diseño Gráfico:Diseño Gráfico:Diseño Gráfico:Diseño Gráfico:Diseño Gráfico: Mariela Acorinti y Ariel Ballart Diagramación:Diagramación:Diagramación:Diagramación:Diagramación: Marysol Valeria Bustos Correctora JurÃdica y de estilo: Correctora JurÃdica y de estilo: Correctora JurÃdica y de estilo: Correctora JurÃdica y de estilo: Correctora JurÃdica y de estilo: Dra. MarÃa Alicia Muract Gola Directora del Centro de Educación a Distancia.:Directora del Centro de Educación a Distancia.:Directora del Centro de Educación a Distancia.:Directora del Centro de Educación a Distancia.:Directora del Centro de Educación a Distancia.: Dra. MarÃa Evangelina Trebolle ( ( ( ( ( ( ( ( ( ( educación a distancia (instituto universitario P.F.A) 4 tomo 1 derecho de los recursos naturales ) educación a distancia (instituto universitario P.F.A) 5derecho de los recursos naturales tomo 1) CARTA DEL PROFESOR Estimado alumno: La presente materia, contiene todo lo necesario para tomar conciencia de la grandeza que poseemos y aún no hemos explotado: los recursos naturales con que cuenta nuestro amado paÃs. A lo largo y a lo ancho, la República Argentina nos brinda un impresionantemente variado abanico de posibilidades para aprovechar, pero nuestra cómoda cultura a través de las décadas, nos hizo ignorar, en lugar de utilizar. Nos ha tocado transitar por las más diversas situaciones, desde aquellas en las que nadamos en la riqueza hasta aquellas en las cuales no hemos tenido lo mÃnimo indispensable para subsistir. No busquemos culpables, a través de esta recopilación, tomaremos conciencia que en nosotros está la solución, solamente falta que nos despertemos y nos maravillemos dándonos cuenta lo afortunados que somos en vivir en estas extraordinarias tierras. Todo en este paÃs está al alcance de nuestra mano: los productos de la tierra y las aguas, los hidrocarburos que pueden abastecernos y hasta podrÃamos darnos el lujo de exportar y los hasta ahora poco aprovechados elementos como el aire y el sol, con los cuales podrÃamos generar energÃa no contaminante, utilizable para abaratar costos no sólo de producción, sino de consumo para que nadie esté privada de ella. Aprendamos de los errores y explotemos lo nuestro, de las más profundas crisis han surgido las más grandes cosas, es hora de emprender este doble camino: el del aprendizaje y el de la aplicación de todo lo aprendido, solamente este aprender continuo nos hará triunfar. Es entonces, hora de poner manos a la obra, ojalá estos pensamientos en voz alta les sirvan de ayuda para poder enfrentar un futuro diferente y que las generaciones venideras puedan heredar el resultado de nuestro esfuerzo. No es un camino fácil, pero les deseo la mejor de las suertes! educación a distancia (instituto universitario P.F.A) 6 tomo 1 derecho de los recursos naturales ) educación a distancia (instituto universitario P.F.A) 7derecho de los recursos naturales tomo 1) ( ORGANIZACIÃN GENERAL DE LA ASIGNATURA ) Esta asignatura está dividida en siete unidades. Además del programa, en el comienzo del manual, contarán con una lista de libros que sugerimos para consultar y ampliar los temas desarrollados en él. Cada unidad comienza con el detalle de su contenido y los respectivos objetivos. Luego se toparán con un esquema conceptual que los guiará acerca del contenido general de lo que verán en cada una de ellas. La actividad inicial será la encargada de introducirlos en el tema de cada una de las unidades temáticas de esta materia para luego y de lleno, adentrarse en los Ãtems de cada unidad. Los cierres están dados por sÃntesis y actividades finales y tendrán acceso a un glosario que les aclarará los términos que fueran incorporándose y los conceptos eje que les servirán como hilos conductores de los principales temas vistos. Por último tendrán las actividades a evaluar por su tutor: la integración bibliográfica y el trabajo práctico, condición ambos de regularidad para acceder al examen final. Dicho esto, ¿qué tal si nos ponemos a trabajar? educación a distancia (instituto universitario P.F.A) 8 tomo 1 derecho de los recursos naturales ) educación a distancia (instituto universitario P.F.A) 9derecho de los recursos naturales tomo 1) 1 )1 )1 )1 )1 ) Analizar la importancia de Recursos Naturales en general, clasificándolos y diferenciándolos. 2 )2 )2 )2 )2 ) Apreciar que la contaminación posee degrada el ambiente y nos resta calidad de vida. 3 )3 )3 )3 )3 ) Comprenderel valor que el agua tiene para el desarrollo de toda las formas de vida. 4 )4 )4 )4 )4 ) Establecer la trascendencia del suelo y su mantenimiento como generador y conservador de los recursos en general. 5)5)5)5)5) Considerar la explotación minera como fuente de ingresos para el paÃs, relacionándolas con otras ramas del derecho nacional. 6)6)6)6)6) Enumerar las diferentes formas de producción y utilización de la energÃa. 7)7)7)7)7) Mencionar el proceso de explotación de los hidrocarburos, enumerándolos y clasificándolos de acuerdo a la legislación vigente. 8)8)8)8)8) Destacar la relevancia de la energÃa nuclear para nuestra nación. objetivos generales de la asignatura ogabogacÃa a distancia ) educación a distancia (instituto universitario P.F.A) 10 tomo 1 derecho de los recursos naturales ) educación a distancia (instituto universitario P.F.A) 11derecho de los recursos naturales tomo 1) pr) programa de la asignatura abogacÃa a distancia 1) Definición de Recursos Naturales, caracteres. 2) Clases de recursos naturales. Autorregulación de los recursos naturales renovables. 3) Desarrollo y conservación de los recursos. Contaminación. Sus fuentes. Efectos. 1) El agua. Problemática ambiental. La Constitución Nacional: ArtÃculos 41, 42 y 43. El Agua como recurso económico respecto del medio ambiente. Las leyes que la rigen. 2) Clasificación de los diferentes usos del agua. Distribución en el paÃs de los recursos hÃdricos y su aprovechamiento. Contaminación. Los efluentes. 3) El tratamiento en el Código Civil. El Control de la Contaminación HÃdrica en la Ciudad de Buenos Aires. Normativa. Privatización del sector. 4) Régimen Federal de Pesca. Régimen de Pesca. Consejo Federal Pesquero. Regulación en la provincia de Buenos Aires. 1) El suelo, su clasificación y constitución. La composición de nuestro territorio. Procesos erosivos. Conservación del suelo: antecedentes. Deterioro del suelo. 2) La problemática ambiental. Contaminación de los suelos. Ley de Fomento a la conservación de los suelos. AgroquÃmicos: concepto. Impacto sobre la calidad de los alimentos, el suelo y el agua. 3) Ley de Protección del Medio Ambiente de la Pcia. De Bs. As. Código Rural de la Provincia de Buenos Aires. Legislación general. UNIDAD I: Los Recursos Naturales UNIDAD III: El Suelo UNIDAD II: El Agua educación a distancia (instituto universitario P.F.A) 12 tomo 1 derecho de los recursos naturales ) 1) La flora y la fauna. La agricultura. La apicultura. La lombricultura. 2) Sanidad vegetal y animal. Legislación. La fiebre aftosa. 3) Organismos transgénicos: genes, ingenierÃa genética, ADN. Organismos genéticamente modificados: riesgos sobre la salud pública y el medio ambiente. 4) La agricultura orgánica. Cultivos biológicos. Herbicidas: resistencia. Super malezas. 5) Derechos del consumidor y marco constitucional. 1) La MinerÃa como recurso. Los yacimientos. Antecedentes de la actividad minera española e indiana que influyeron en la sanción de nuestro Código. Sanción del Código de MinerÃa y sus posteriores reformas. 2) Derecho minero. Relación con las demás ramas jurÃdicas. Las normas procesales de aplicación. 1) OrÃgenes de la EnergÃa. Definición. Fuentes de obtención de la energÃa. 2) EnergÃas renovables y no renovables. La energÃa eólica. La energÃa solar. La energÃa de la biomasa. La energÃa mareomotriz. La energÃa geotérmica. Los combustibles fósiles. 3) Legislación. 1) Petróleo, su origen; proceso de formación. Exploración, explotación, transporte, almacenamiento, refinación, comercialización. UNIDAD IV: La MinerÃa UNIDAD V: La EnergÃa UNIDAD VI: Los Hidrocarburos UNIDAD IV: La explotación agrÃcola - ganadera educación a distancia (instituto universitario P.F.A) 13derecho de los recursos naturales tomo 1) UNIDAD VII: La EnergÃa Nuclear 2) Régimen jurÃdico y antecedentes de los hidrocarburos en nuestro paÃs. Ley 17.319. 3) PolÃtica petrolera. Nueva ley de hidrocarburos. Desregulación petrolera. 4) Gas natural, sus usos. Regulación: ENARGAS. Legislación. 1) La EnergÃa nuclear. El uranio como fuente de electricidad. Fisión y fusión nuclear. Impacto ambiental. Legislación nacional. 2) Comisión Nacional de EnergÃa Atómica. Minerales nucleares. Normativa. educación a distancia (instituto universitario P.F.A) 14 tomo 1 derecho de los recursos naturales ) educación a distancia (instituto universitario P.F.A) 15derecho de los recursos naturales tomo 1) LEGISLACIÃN DE LECTURA OBLIGATORIA LEY 21.353: Convenio Internacional para prevenir la contaminación de las aguas del mar por hidrocarburos. LEY 22.344: Conservación sobre comercio internacional de Especies amenazadas de Fauna y Flora Silvestre. LEY 22.421: Ley de Protección y Conservación de la fauna silvestre. LEY 22.428: Ley de fomento de la conservación de los suelos. LEY 22.584: Convención sobre conservación de los recursos vivos marinos antár- ticos. LEY 23.340: tratado sobre proscripción de ensayos con armas nucleares. LEY 23.620: Convenio sobre la prohibición fÃsica de los materiales nucleares y sus anexos, suscripto en Viena el 03.04.80. LEY 23.724: Convenio de Viena para protección de la capa de ozono, adoptado en Viena el 22.03.85. LEY 23.879: Obras hidráulicas. LEY 23.919: Convención relativa a los humedales de importancia internacional, especialmente como hábitat de las aves acuáticas. LEY 24.197: Protección del ambiente humano y de los recursos naturales. LEY 24.292: Convenio internacional sobre cooperación, preparación y lucha contra la contaminación por hidrocarburos. LEY 24.688: Declaración de interés nacional a la preservación y conservación de los bosques nativos andino â patagónicos. LEY 24.857: Estabilidad fiscal para la actividad forestal. LEY 25.080: Ley de inversiones para bosques cultivados. LEY 25.105: Protocolo adicional al convenio sobre conservación y desarrollo de los recursos Ãcticos en los tramos compartidos. LEY 25.127: Ley de sistemas de producción agropecuaria, ecológica, biológica u orgánica. LEY 25.137: Protocolos de 1992 que enmiendan los convenios internacionales sobre responsabilidad civil. LEY 25.243: Tratado sobre integración y complementación minera suscripto con Chile. ba) bibliografÃa de la asignatura abogacÃa a distancia educación a distancia (instituto universitario P.F.A) 16 tomo 1 derecho de los recursos naturales ) LEY 25.279: Convención sobre seguridad en la gestión del combustible gastado. LEY 25.335: Convención relativa a los humedales internacionales como hábitat de aves acuáticas. LEY 25.366: Convenio suscripto entre el gobierno de la provincia de Santiago del Estero y la Administración de Parques nacionales. BIBLIOGRAFIA DE CONSULTA BELLORIO CLABOT, Dino Luis. âManual de Recursos Naturalesâ, Ed. Centro de Publicaciones JurÃdicas y Sociales. Bs. As. 1997. PIGRETTI, Eduardo A. âDerecho Ambientalâ, Ed. Depalma. Bs. As. 1985 educación a distancia (instituto universitario P.F.A) 17derecho de los recursos naturales tomo 1) los recursos naturales )( u1 unidad uno educación a distancia (instituto universitario P.F.A) 18 tomo 1 derecho de los recursos naturales ) educación a distancia (instituto universitario P.F.A) 19derecho de los recursos naturales tomo 1) UNIDAD 1 ( LOS RECURSOS NATURALES ) Definición de Recursos Naturales, caracteres. Clases de recursos naturales. Autorregulación de los recursos naturales renovables. Desarrollo y conservación de los recursos. Contaminación. Sus fuentes. Efectos. Mención sintética de los contenidos educación a distancia (instituto universitario P.F.A) 20 tomo 1 derecho de los recursos naturales ) educación a distancia (instituto universitario P.F.A) 21derecho de los recursos naturales tomo 1) Establecer el concepto acerca de Recursos Naturales y pautar sus caracteres. Especificar las clases de Recursos Naturales y establecer la autorregulación de los recursos naturales renovables. Explicar el desarrollo y la conservación de los recursos, la contaminación, sus fuentes y sus efectos. objetivos de aprendizaje oaabogacÃa a distancia ) educación a distancia (instituto universitario P.F.A) 22 tomo 1 derecho de los recursos naturales ) educación a distancia (instituto universitario P.F.A) 23derecho de los recursos naturales tomo 1) ( ESQUEMA CONCEPTUAL DE LA UNIDAD 1 ) RECURSOSRECURSOSRECURSOSRECURSOSRECURSOS NATURALESNATURALESNATURALESNATURALESNATURALES Clases Contaminación Inagotables Renovables No renovables Fuente Efecto educación a distancia (instituto universitario P.F.A) 24 tomo 1 derecho de los recursos naturales ) educación a distancia (instituto universitario P.F.A) 25derecho de los recursos naturales tomo 1) Responda las siguientes consignas basándose en el texto de el Dr. Juan de DiosDr. Juan de DiosDr. Juan de DiosDr. Juan de DiosDr. Juan de Dios Romero Romero Romero Romero Romero âDiscurso sociológico y tecnológicoââDiscurso sociológico y tecnológicoââDiscurso sociológico y tecnológicoââDiscurso sociológico y tecnológicoââDiscurso sociológico y tecnológicoâ, , , , , transcripto a continuación: 1) ¿Qué ha interpretado por âRecurso Naturalâ?. 2) ¿Qué es la biodiversidad?. EL CONCEPTO DE RECURSO NATURALEL CONCEPTO DE RECURSO NATURALEL CONCEPTO DE RECURSO NATURALEL CONCEPTO DE RECURSO NATURALEL CONCEPTO DE RECURSO NATURAL âLas crisis petroleras y la hiperindustrialidad produjeron consecuencias que se manifestaron en nuevos conceptos culturales, como la biodiversidad, la concepción de ecologÃa, la instalación de una nueva y fuerte visión de los recursos energéticos tangibles y los derechos de su explotación; lo que se introdujo con la concepción de la existencia de los mismos en la ¿naturaleza¿ de la tierra, como el petróleo, el gas, las fuentes hÃdricas, etc. Una enorme y diversa doctrina se produjo a propósito de éstos recursos descubiertos ahora como ¿naturales?. En el espectro radioeléctrico, lo único natural , es lo que con tanta naturalidad se lo utiliza y no debe confundirse ésta práctica con la biodiversidad ecologÃa o de un ecosistema, que sà , con naturalidad esta presente, aún antes de la Creación del hombre, de acuerdo al Nuevo Testamento. Como me han enseñado: el término ¿biodiversidad atacada?, se refiere a los peligros de la lluvia ácida o la degradación de las condiciones de vidas por la polución, viva Ud. en un barrio humilde o en un sistema urbano sofisticado. Existe, en el tema, una democrática igualdad de exposición a determinados peligros , que pone a la gente algo nerviosa. Esta doctrina fue recogida por la legislación de los nuevos mercados y las naciones que los promovieron, en función de la extensión de los intereses estratégicos de los nuevos actores. No existe legislación que recepte al espectro radioeléctrico, en su descripción y tipificación como recurso natural, con necesario rigor intelectual, si existe doctrina de divulgación, la cual no ha incursionado en su continente, que es el espectro electromagnético, que no es un recurso en su extensión hiperespacial, sino en algunos aspectos vinculados a su degradación por terceros y en lo que hace a una pequeña fracción de él, como un bien tremendamente importante: la luz visible, pero con una ausencia destacada del concepto económico de recurso. Pero sà es natural, como el arco iris, no ai) actividad introductoria abogacÃa a distancia educación a distancia (instituto universitario P.F.A) 26 tomo 1 derecho de los recursos naturales ) podemos evitarlo, podemos degradarlo, como un ataque al recurso o como protección, si fuera necesario. Es precisamente en éste punto en que se debatió respecto a la llamada ¿ecologÃa del espectro radioeléctrico?, hablándose del estado ¿sucio? de algunas bandas de frecuencias destinadas a ser utilizadas en servicios de radiocomunicaciones móviles. Lo que introdujo la necesidad de forzar migraciones de usuarios de un nivel de frecuencias generados por ellos a otros a fin de posibilitar la habilitación de nuevos servicios ,cuyos prestadores generarÃan las señales necesarias en esas mismas bandas de frecuencias con su propio equipamiento. De esta forma una nueva edad tecnológica desplazo a la precedente y, además, cuando la tecnologÃa anterior pudo ser amortizada con la suficiente extensión y con vistas a los ritmos de amortización y flujos de caja de los nuevos servicios, cuyos parámetros fueron mensurados de forma tal, que otorgaron certeza a la decisión de desprenderse de la anterior tecnologÃa e invertir en la reciente. En éste solo aspecto se produjo una influencia del concepto de ¿naturalidad¿ al recurso que nos ocupa en éste momento. Inclusive, desde un punto de vista quizás insólito para el caso, podrÃamos afirmar que se pueden considerar como recursos naturales, todos aquellos bienes, cosas y elementos que, desde el punto de vista de la teologÃa o interpretación del Antiguo Testamento, fueron creados por Dios, antes que existiera el Hombre y que éste llega a saber utilizarlos, sean o no renovablesâ. educación a distancia (instituto universitario P.F.A) 27derecho de los recursos naturales tomo 1) UNIDAD 1 ( Los Recursos Naturales ) Definición de Recursos Naturales, caracteres Ante todo destaquemos que la riqueza tradicional de la Argentina reside en los suelos de la Pampa húmeda y de los valles y oasis en el oeste. Nuestro paÃs, además, posee recursos energéticos significativos como lo son los hidrocarburos, el gas, el uranio y la energÃa hidráulica. También son importantes los recursos oceánicos, mineros y forestales. Para poder desarrollar y comprender el contenido de esta asignatura, debemos comenzar por definir en primer lugar, qué son los recursos propiamente dichos para luego comprender el contexto en el que enmarcamos a los recursos naturales. Tengamos en cuenta que hay muchas definiciones al respecto y de variado tenor, pero todas llegan al mismo resultado. Cuando se habla de recursos naturales se hace mención a todo tipo de riquezas producidas por la tierra: sus minas, sus aguas y las diferentes energÃas de las que se vale. Los recursos naturales son los elementos y fuerzas de la naturaleza que el hombre puede utilizar y aprovechar. Los recursos naturales representan, además, fuentes de riqueza para la explotación económica. Por ejemplo, los minerales, el suelo, los animales y las plantas constituyen recursos naturales que el hombre puede utilizar directamente como fuentes para esta explotación. De igual forma, los combustibles, el viento y el agua pueden ser utilizados como recursos naturales para la producción de energÃa. Pero la mejor utilización de un recurso natural depende del conocimiento que el hombre tenga al respecto, y de las leyes que rigen la conservación de aquel. La conservación del medio ambiente debe considerarse como un sistema de medidas sociales, socioeconómicas y técnico-productivas dirigidas a la utilización racional de los recursos naturales, la conservación de los complejos naturales tÃpicos, escasos o en vÃas de extinción, asà como la defensa del medio ante la contaminación y la degradación. educación a distancia (instituto universitario P.F.A) 28 tomo 1 derecho de los recursos naturales ) En sÃ, los recursosrecursosrecursosrecursosrecursos son aquellos elementos de los cuales se vale el hombre para satisfacer sus necesidades. Cuando hablamos de recursos naturalesrecursos naturalesrecursos naturalesrecursos naturalesrecursos naturales, nos referimos a los elementos que aporta la naturaleza y que el hombre utiliza en su beneficio. Es importante aclarar que los recursos naturales existen independientemente de la intervención humana; el hombre no los puede crear artificialmente tal y como los provee la naturaleza pero sà puede disminuir su consumo o puede modificar las condiciones para hacerlos más productivos y asà aumentar su rendimiento final. Son entonces, los materiales o productos que proporciona la naturaleza y que el hombre puede usar y manejar para obtener de ellos cierta ventaja; es lo que la naturaleza brinda de manera espontánea, sin que tenga que ver la mano del hombre. Los recursos naturales como bienes, pueden ser aprovechados en beneficio del hombre, transformándose asà y a través del tiempo en el medio indispensable para el desarrollo de los diferentes pueblos debido a que estos recursos por sà mismos, sin la intervención humana, no podrÃan ser aprovechados en su totalidad: necesita su detección, extracción y posterior manufacturación y comercialización para ser utilizado, con todo lo que ello implica. Todo esto implica que el hombre aplique en su trabajo la carga cultural que arrastra de sus ancestros, por ello debe cuidar la forma en que se vale de los recursos naturales, para evitar agotarlos. Las comunidades primitivas no ejercieron un gran impacto sobre los recursos naturales que explotaban, pero cuando se formaron las primeras concentraciones de población, el medio ambiente empezó a sufrir los primeros daños de consideración. En la época feudal aumentó el número de áreas de cultivo, se incrementó la explotación de los bosques, y se desarrollaron la ganaderÃa, la pesca y otras actividades humanas. No obstante, la revolución industrial y el surgimiento del capitalismo fueron los factores que más drásticamente incidieron en el deterioro del medio ambiente, al acelerar los procesos de contaminación del suelo por el auge del desarrollo de la indus- tria, la explotación desmedida de los recursos naturales y el crecimiento demográfico. De ahà que el hombre tenga que aplicar medidas urgentes para proteger los recursos naturales y garantizar, al mismo tiempo, la propia supervivencia. Todo esto, explica por qué unos paÃses se desarrollan más que otros; aquellos con mayor cantidad de recursos naturales puede explotarlos de forma tal que le permitan negociarlos para valerse de otros del cual carece de acuerdo a la polÃtica económica educación a distancia (instituto universitario P.F.A) 29derecho de los recursos naturales tomo 1) que desarrolle la Nación. Como un claro ejemplo de lo que son los recursos naturales, podemos mencionar la energÃa solar, el suelo, el aire, el mar, el viento, la fauna, los bosques, la flora, etc., como vemos, la lista es extensÃsima y siempre dependerá de nosotros que siga asÃ. Las diferentes sociedades necesitan de estos recursos naturales para sustentarse, pero esta utilización no podrá ser indiscriminada, puesto que lo que la naturaleza ofrece es limitado y su reposición necesita una cantidad de tiempo importante para recuperarse. AsÃ, aquellas industrias que vierten sus desechos tóxicos en los rÃos cercanos, provocan la muerte de millares de peces, dañando de esta manera un recurso que es el agua y perjudicando otra actividad productiva como es la pesca. En un momento, recursos naturales y consumo humano corrieron en forma paralela, pero a partir del progreso constante tanto del hombre como de su tecnologÃa, la demanda se ha acrecentado en demasÃa con respecto a la oferta que la naturaleza podÃa otorgarle, de ahà que haya sido necesario arbitrar los medios para controlar el consumo indiscriminado de los recursos naturales, para que puedan continuar con la satisfacción de las necesidades tanto de las generaciones actuales como de las futuras. De más está decir que el hombre ha agotado y extinguido especies enteras y ha dejado a otras en serio peligro de desaparición, seres vivientes especies que jamás se recuperarán. Como hemos mencionado anteriormente, la oferta de la naturaleza permanece constante y la demanda humana en permanente crecimiento, los recursos naturales corren el riesgo de agotarse y por lo tanto extinguirse. Es por ello que para evitar tamaño desastre, el derecho regule el consumo para evitar su desaparición. Es asà que la influencia del hombre sobre el medio ambiente crece cada vez más, esta intervención del hombre está alternando los sistemas ecológicos, poniendo en peligro la supervivencia de plantas, animales y el hombre mismo. Para evitar esto es necesario que el hombre piense que el ambiente natural lo compartamos con los demás seres humanos y que ellos son indispensables para su propia existencia. Debido al desarrollo cientÃfico y tecnológico el hombre adquiere cada dÃa un mayor dominio sobre la naturaleza; al mismo tiempo aplica técnicas eficientes en su explotación de los recursos naturales y de ahà la importancia, de racionalizar la explotación de nuestros recursos naturales: suelo, aire, agua, flora y fauna. educación a distancia (instituto universitario P.F.A) 30 tomo 1 derecho de los recursos naturales ) Los inconvenientes económicos están planteados cuando los recursos naturales no se encuentran equitativamente distribuidos en las diferentes zonas geográficas provocando a algunas la utilización indispensable de un recurso y a otras el goce de los beneficios que ese recurso puede redituarle. Asà pueden darse relaciones como interdependencias de unas zonas sobre otras (por ej. Colonialismo) o bien una intercooperación. Cada zona o región tiene sus propios recursos naturales, algunos se aprovechan en forma natural, mientras que otros necesitan de un proceso de transformación. Esto hace que puedan satisfacer las necesidades de otras zonas donde no abunden esos recursos a cambio de los beneficios más convenientes. Un claro ejemplo de ello podrÃamos darlo con los paÃses ubicados en el Medio Oriente, que se encuentran asentados sobre siglos de petróleo, pero en cambio, a causa de su marcada aridez, necesitan de otros recursos, como granos o carnes. Si bien pueden llegar a producirlos recreando un ambiente artificial, el costo que ello tendrÃa, hace que convenga más aprovechar la especialidad de cada zona, a través de la importación y la exportación, las que facilitan el aprovechamiento de todos los recursos naturales entre los diferentes paÃses de acuerdo a lo que produzcan. De ahà que muchos paÃses sean naturalmente más ricos y sus industrias sean las más productivas. Sabiamente la naturaleza ha hecho que exista un demarcado equilibrio entre todos sus elementos; el hombre a partir de su explotación, rompió este equilibrio provocando el agotamiento de muchos recursos, interponiendo intereses polÃticos o económicos por sobre los naturalmente imposibles de regenerar. Todas las actividades que intervienen en la interrelación hombre â naturaleza tienen consecuencias en el tiempo y en el espacio. Para graficar esto, podemos mencionar la tala del Amazonas, un claro ejemplo del cambio perpetuo en un lugar donde su esencia varió irremediablemente por el accionar del hombre. Pero el consumo desenfrenado de los recursos provoca desechos asimismo nocivos para el entorno y que en algunos casos, inhibe el normal crecimiento de nuevos recursos. Esto motiva a que el derecho acuda en su auxilio a través de condicionamientos sobre la utilización indiscriminada tanto de los recursos como de los desechos que interfieren el óptimo equilibrio ecológico. De lo antes dicho, podemos enumerar las caracterÃsticas de los recursos natu- educación a distancia (instituto universitario P.F.A) 31derecho de los recursos naturales tomo 1) rales: ⢠Distribución geográfica desigual, ⢠Beneficios para la región donde estén ubicados, ⢠Agotamiento y limitación, ⢠Duración en el tiempo ⢠Duración en el espacio. Al sancionarse la Constitución Nacional en 1853 y a partir de las diferentes reformas sufridas, los recursos naturales no estaban especÃficamente considerados, por lo que era necesario recurrir a la vÃa interpretativa para concluir que correspondÃan al dominio de las provincias, puesto que ellas no habÃan delegado expresamente tal facultad a la Nación. Recién con la reforma de 1994, la cuestión adquiere suficiente precisión jurÃdica, a partir de la incorporación del artÃculo 124, el cual en su segundo párrafo, establece que: âCorresponde a las provincias el dominio originario de los recursos naturales existentes en su territorioâ. Esto permitió terminar con los debates y disputas tanto polÃticas como judiciales entre la Nación y las Provincias respecto de la atribución de los recursos naturales. Continuando con esta reforma debemos destacar que la Constitución Nacional estableció un cambio significativo en referencia a la Ciudad de Buenos Aires al considerarla como ciudad autónoma, reconociéndole asimismo un poder de policÃa y de control sobre los recursos naturales que corresponden a su dominio, sobre los cuales posee âfacultades de legislación y jurisdicciónâ. Fue en realidad un cambio armónico y coordinado por el que de Municipio pasó a ser una Ciudad Autónoma, es decir que de Municipio coexistente con la Capital de la República, pasó a ser una Ciudad Autónoma coexistente con la Capital de la República. La Constitución Porteña de 1996 considera expresamente el dominio impre- scriptible e inalienable de los recursos naturales ubicados en la Ciudad de Buenos Aires, sobre los que podrá ejercer todas las facultades para definir y reglar sus usos. Las únicas limitaciones surgen en cuanto a los recursos naturales compartidos, tanto con la jurisdicción nacional como la de la Pcia. de Buenos Aires, con quienes deberá formular acuerdos. Al igual que la Constitución Nacional, la de la ciudad ha incluido el derecho a gozar de un ambiente sano en el marco del desarrollo sustentable, y la noción de daño ambiental con la consiguiente obligación prioritaria de recomponer. educación a distancia (instituto universitario P.F.A) 32 tomo 1 derecho de los recursos naturales ) Los recursos naturales podemos clasificarlos en tres grupos: a) Inagotables, b) Renovables c) No Renovables. a) Recursos naturales inagotablesa) Recursos naturales inagotablesa) Recursos naturales inagotablesa) Recursos naturales inagotablesa) Recursos naturales inagotables Son aquellos que no culminan su existencia con el uso, es decir, que no se agotan, independientemente de la cantidad de actividades productivas que realicemos con ellos. Pertenecen a este grupo la luz solar, la energÃa de las olas, del mar y del viento. La luz solar, es una fuente de energÃa inagotable, que hasta nuestros dÃas ha sido desperdiciada por no saber aprovechársela, ya que podrÃa sustituir a los combus- tibles fósiles como productores de energÃa, de hecho la atmósfera, los océanos y las plantas de la Tierra la toman en forma natural. Los vientos producen energÃa denominada eólica. Esta energÃa es tomada a través molinos unidos a generadores productores de electricidad tanto para usos lo- cales y especializados, como para la alimentación de una red eléctrica regional. En Holanda, por ejemplo se utiliza la fuerza del aire, para mover los molinos. El agua produce energÃa hidroeléctrica cuando, al encontrarse en movimiento pasa por grandes turbinas. Aclaremos que sólo el 30% de la energÃa solar que alcanza el borde exterior de la atmósfera se consume en el ciclo del agua, que produce la lluvia y la energÃa potencial de las corrientes de montaña y de los rÃos. La energÃa solar contribuye al crecimiento de la vida vegetal (biomasa) que, junto con la madera y los combustibles fósiles que desde el punto de vista geológico derivan de plantas antiguas, puede ser utilizada como combustible. Otros combus- tibles como el alcohol y el metano también pueden extraerse de la biomasa. b)b)b)b)b) Recursos naturales RenovablesRecursos naturales RenovablesRecursos naturales RenovablesRecursos naturales RenovablesRecursos naturales Renovables Son aquellos que, con los cuidados adecuados, pueden mantenerse e incluso aumentar. Los principales recursos renovables son las plantas y los animales. A su vez las plantas y los animales dependen para su subsistencia de otros recursos renovables que Clases de Recursos Naturales educación a distancia (instituto universitario P.F.A) 33derecho de los recursos naturales tomo 1) son el agua y el suelo. Su explotación inadecuada puede causar extinción de las especies, hasta el punto de que ya no sea posible regenerarlas. Por un lado, el efecto destructivo de la tala de bosques comenzó a adquirir importancia al aumentar la población humana dando paso a la deforestación. La destrucción de la forestación en todo el planeta constituye en la actualidad una de las principales amenazas para el equilibrio del ecosistema terrestre alterando el calentamiento de la superficie y favoreciendo el proceso de desertización a causa de los efectos erosivos de la lluvia y otros meteoros que actúan sobre un terreno desprovisto de protección vegetal. Aunque en algunos lugares existan sistemas de reforestación, la riqueza biológica se ve mermada por la pérdida de biodiversidad y empobrecimiento del ecosistema. Por otro lado, los animales domésticos en sà mismos no constituyen un elemento perturbador para el medio, pero al ser objeto de crÃa se convierte en un factor muy negativo para el medio ambiente. Su necesidad de espacio conlleva a la deforestación para crear pastos, lo que va reduciendo el hábitat de la fauna y la flora autóctonas, poniendo en peligro de extinción especies que antaño eran abundantes, como el lobo y el oso. Ya sea por moda, propiedades curativas, medicinales o exóticas, miles de animales mueren cada año, en manos de mercaderes sin escrúpulos que ante los altos precios pagados, no dudan en expoliar hasta los últimos refugios de la vida salvaje. La responsabilidad última está en aquellos que adquieren dichos animales, sus pieles, cuernos o plumas, pues al final es la fuerte demanda lo que impulsa este comercio. La aplicación práctica para la protección de especies y su hábitat se enfrenta a muchas dificultades y a poderosos intereses económicos, a la ausencia de medios para llevar a la práctica las medidas conservacionistas y a las presiones de grupos poderosos que favorecen la explotación de los paÃses pobres. Aunque es muy abundante el agua, no es recurso permanente dado que se contamina con facilidad. Una vez contaminada es muy difÃcil que el agua pueda recuperar su pureza. En algunos casos, el agua se explota en forma irresponsable, por ejemplo, el Mar Aral, ubicado entre las republicas de Kazajstán y Uzbekistán. Este mar redujo su extensión a la mitad debido a que las aguas de dos de los rÃos que lo alimentaban fueron desviadas con el fin de regar los cultivos de algodón. educación a distancia (instituto universitario P.F.A) 34 tomo 1 derecho de los recursos naturales ) El agua gracias a su ciclo, continuamente se regenera: comienza con la evaporación de los mares, rÃos, lagos y superficie terrestre para pasar a formar de nubes, luego se condensa, y se precipita en forma de lluvia, nieve y granizo, regresando asà nuevamente a la tierra para luego volver a evaporarse. En forma potable, el agua se utiliza para uso doméstico. En la industria, la minerÃa, la agricultura, el transporte o en las hidroeléctricas, se aplica generando corriente eléctrica. En las zonas de la cordillera, los rÃos son más caudalosos que aquellos ubicados en la costa, debido a la gran cantidad de lagunas, lagunillas, etc. En la selva en cambio, hay abundancia de agua debido al exceso de lluvias, los rÃos son de caudal considerable y la mayorÃa son navegables. Asimismo el agua de mar se puede potabilizar mediante plantas desalinizadoras, pero este proceso es muy costoso. El suelo también necesita cuidados. Hay cultivos, como el trigo, que lo agotan y le hacen perder su fertilidad. Por ello, es necesario alternar estos cultivos con otros para renovar los elementos nutrientes de la tierra, por ejemplo con leguminosas. En las laderas de aquellas montañas que puedan ser fértiles, es necesario construir terrazas, bordos o zanjas para detener la erosión. En la Europa medieval se utilizó el sistema de rotación de cultivos cada año, de tal forma que un campo nunca se sembraba lo mismo, durante dos años seguidos. Cada tres años los terrenos descansaban y servÃan solo para proporcionar pastura. Los recursos pueden renovarse mediante el cultivo y crianza. La agricultura, la ganaderÃa, la avicultura y la piscicultura, son las principales actividades que se desarrollan para la conservación de los recursos, la base de la existencia de estos recursos, está dado por las caracterÃsticas del suelo y el clima de nuestra patria: costas, yacimientos y amplÃsimas llanuras. c) Recursos naturales no renovables:c) Recursos naturales no renovables:c) Recursos naturales no renovables:c) Recursos naturales no renovables:c) Recursos naturales no renovables: Son aquellos que no pueden regenerarse y su explotación debe basarse en el criterio de que al agotarse, lo harán para siempre. educación a distancia (instituto universitario P.F.A) 35derecho de los recursos naturales tomo 1) La mejor conducta ante los recursos naturales no renovables es usarlos los menos posible, solo utilizarlos para lo que sea realmente necesario, tratando de reemplazarlos con recursos renovables o inagotables. Como ejemplo de este tipo de recurso podemos citar a los yacimientos minerales, los combustibles fósiles (hulla, petróleo, gas natural), o los combustibles nucleares (uranio). El caso tÃpico es el petróleo, que tardó millones de años en formarse en las profundidades de la tierra, y una vez que se utilizado no puede recuperarse. Si se sigue extrayendo petróleo al ritmo que se hace en la actualidad, existe el riesgo de que se acabe en algunos años. Para evitarlo, Brasil, como gran productor de caña de azúcar, modificó algunos motores de sus automóviles, para que funcionen con alcohol de caña de azúcar en lugar de combustible fósil. Este alcohol por ser un producto vegetal, es un recurso renovable. Hasta no hace mucho, la conservación de los recursos minerales se encontraban descuidados, porque se suponÃa habÃa lo suficiente para varios siglos y que nada podÃa hacerse para protegerlos, ahora se sabe que esto es profundamente erróneo; se han realizado inventarios de las reservas y se han examinado las perspectivas e introducido dos consejos que resultan útiles para apreciar la situación: ⢠el cociente demográfico, ⢠el modelo gráfico de las curvas de vaciamiento. A medida que el cociente de la población baja, lo hace también la calidad de la vida moderna; y ahora baja a una velocidad espantosa, porque los recursos disponibles no pueden hacer mas que bajar ( o acabaran por hacerlo) a medida que aumenta el consumo. Aun si los recursos naturales disponibles pudieran mantenerse constantes por curva circulación y otros medios; aun asà la situación empeorarÃa si la población, y especialmente el consumo per capita, aumenta a una velocidad rápida. Los metales se encuentran distribuidos en el mundo en forma irregular; tal es asà que existen paÃses que tienen mucha plata y otros con gran cantidad de hierro, unos no tienen cobre y otros poseen uranio; es común que los metales sean transportados a grandes distancias, desde donde se extraen hasta los lugares que son utilizados para fabricar productos, en mayor o menor medida todos los paÃses deben comprar los metales, que no se encuentran en su territorio, los mayores compradores educación a distancia (instituto universitario P.F.A) 36 tomo 1 derecho de los recursos naturales ) son los paÃses desarrollados por los requerimientos de su industria. Si bien lo veremos en otra unidad, debemos decir que el petróleo es un recurso natural indispensable en el mundo moderno. En primer lugar el petróleo es actualmente energético mas importante del planeta. La gasolina y el gas oil se elaboran a partir del petróleo crudo. Estos combustibles son las fuentes de energÃa de la mayorÃa de las industrias y los transportes, y también se utilizan para producir electricidad en plantas llamadas termoeléctricas. Por otra parte son necesarios como materia prima para elaborar productos como pinturas, plásticos, medicinas o pinturas. Al igual que en el caso de otros minerales, la extracción de petróleo es una actividad económica primaria. Su transformación en otros productos es una actividad económica secundaria. Hay yacimientos de petróleo, en muchas zonas de nuestro planeta, siendo los más importantes aquellos ubicados en China, Arabia Saudita, Irak, México, Nigeria, Noruega, Rusia y Venezuela. Los yacimientos de petróleo casi siempre llevan asociados una cierta cantidad de gas natural, que sale a la superficie junto con él cuando se perfora un pozo. Sin embargo, hay pozos que proporcionan solamente gas natural. El gas natural, es una capa que se encuentra sobre el petróleo, y es aplicable en la industria y en los hogares, para cocinar. Contiene elementos orgánicos importantes como materias primas para la industria petrolera y quÃmica. Antes de emplearse el gas natural como combustible, se extraen los hidrocarburos más pesados, como el butano y el propano. El gas que queda, el llamado gas seco, se distribuye a usuarios domésticos e industriales como combustible. Este gas, libre de butano y propano, también se encuentra en la naturaleza. Está compuesto por los hidrocarburos más ligeros, metano y etano, y también se emplea para fabricar plásticos, fármacos y tintes. Para finalizar, podemos decir entonces que los principales recursos naturales no renovables son: ⢠el petróleo ⢠depósitos de aguas subterráneas. educación a distancia (instituto universitario P.F.A) 37derecho de los recursos naturales tomo 1) ⢠los minerales ⢠los metales ⢠el gas natural Autorregulación de los recursos naturales renovablesAutorregulación de los recursos naturales renovablesAutorregulación de los recursos naturales renovablesAutorregulación de los recursos naturales renovablesAutorregulación de los recursos naturales renovables Los mecanismos de autorregulación de los recursos renovables, lo constituyen, la sucesivo de un individuo por otro, es decir, unos mueren otros nacen, las predaciones, que son constituidas por las cadenas alimenticias, con ello se logra mantener una autorregulación de los ecosistemas. Por obvio que nos parezca, una cadena alimenticia, nos muestra, la naturaleza de las relaciones de dependencia alimenticia establecida entre varios organismos. En el proceso de la fotosÃntesis, las plantas elaboran su propio alimento y guardan sustancias de reserva, las cuales son almacenadas en algunas partes como los frutos, los tallos, las raÃces o las semillas. Los seres vivos que no efectúan la fotosÃntesis requieren suministros de energÃa alimenticia elaborada en las plantas o transferida a través de una serie de organismos. La relación en una cadena alimenticia es simple; un organismo se encarga de devorar a otro, el cual a su vez puede ser devorado por otro, y asà sucesivamente como ocurre con los ratones y las serpientes. Las plantas como el pasto, reciben el nombre de productores, en tanto que los animales que participan en una cadena alimenticia se les conoce como consumidores La acción de transferir energÃa nutritiva quÃmica desde su lugar de elaboración en las plantas verdes a través de una serie de individuos en donde cada uno devora al que le precede o que esta antes que el para servir como alimento constituye una cadena alimenticia. Las cadenas están formadas por eslabones y el primer eslabón de una cadena alimenticia son las plantas verdes, es decir, las productoras de alimentos, desde ahÃ, la energÃa alimenticia va a ser transferida a través de una serie de organismos. Para proteger los recursos naturales renovables debe evitarse la tala inmoderada, evitar la caza, respetar el tiempo de reproducción de las especies tanto acuáticas como educación a distancia (instituto universitario P.F.A) 38 tomo 1 derecho de los recursos naturales ) terrestres. El suelo es un factor abiótico en los ecosistemas, se formo por la desintegración de las rocas y la combinación de despojos orgánicos, aguas y gases. Sirve a los vegetales como una fuente de materiales y como un lugar para anclar sus raÃces. El suelo se contamina con plaguicidas e insecticidas que se usan con frecuencia para combatir organismos nocivos para la salud del hombre y de las plantas. Los basureros tóxicos, lugares donde se abandonan sustancias quÃmicas, son otro factor de contaminantes del suelo. La erosión desgasta la corteza terrestre, trasladando grandes cantidades de suelo a otras partes. Una medida que se puede tomar para conservar los suelos es utilizar abonos orgánicos para regenerarlos, con lo cual se obtendrán mejores resultados en la agricultura. Para asegurar el éxito en la reforestación, es conveniente sembrar plantas nativas de la zona. En la selva amazónica se han abierto en los últimos años grandes espacios para hacer cambios e instalar comunidades. En nuestro paÃs y en el mundo entero son muy extensas las zonas boscosas destruidas por el hombre y dÃa con dÃa se sigue realizando esta practica. El desarrollo sustentable propone hacer uso de los recursos naturales pero con medida, para que las generaciones futuras, tengan la posibilidad de satisfacer sus necesidades. La mejor manera de evitar que los recursos naturales no renovables se terminen es utilizar fuentes alternativas de energÃa y utilizarlos lo menos posible. La mayor parte de la contaminación de la atmósfera e causada por el uso de energéticos fósiles; el uso de los mismos es indispensable en la industria, en el transporte y en el hogar. Para tener una idea de esto, el petróleo proporcional el 38% de la energÃa mundial total. La combustión del combustible ocasiona una gran contaminación del aire. Los productos eliminados en este proceso son hidrocarburos, monóxido de nitrógeno y de carbono y compuestos de plomo, los cuales pueden dañar seriamente a los seres vivos. educación a distancia (instituto universitario P.F.A) 39derecho de los recursos naturales tomo 1) Estos productos son las causas de problemas respiratorios, intoxicaciones, dolor de cabeza, irritación de los ojos, muertes de plantas, cambios en la temperatura ambiental, destrucción de la capa de ozono. Las fuentes alternativas de energÃa son las que no utilizan combustibles fósiles y, que por tanto, originan menores problemas ambientales. son proporcionados por la misma naturaleza, solo que representan un menor impacto económico y ambiental, por lo que resultan convenientes para controlar problemas de contaminación. Entre las fuentes alternativas de energÃa encontramos: la energÃa solar, la energÃa geotérmica, la energÃa de las mareas, la energÃa del viento, la fisión nuclear y la fusión nuclear. La energÃa solar es una fuente de energÃa que hasta hoy ha sido desaprovechada. La energÃa geotérmica se genera y utiliza en algunos lugares de nuestro paÃs, es la energÃa del interior de la tierra que emerge en forma de vapor para ser aprovechada como energÃa calorÃfica. La energÃa eléctrica es un sustituto del combustible fósil que evitarÃa problemas de contaminación, algunas empresas ya utilizan vehÃculos eléctricos. El uso de la energÃa del viento seria otra forma de obtener energÃa. La fusión nuclear, que subministra, energÃa a partir de la fusión de los núcleos de dos átomos, es una esperanza a largo plazo de una fuente de energÃa, segura y prácticamente infinita (el deuterio es un isótopo de pesado de hidrógeno que se encuentra sobre todo en el agua de los mares, resultando de esta manera una fuente inagotable de combustible). Entre las décadas del â60 y â70 del siglo XX, en nuestro paÃs comenzó un movimiento que se preocupó por las modificaciones que el hombre realizaba sobre los recursos naturales. Para ello, acató todo lo estipulado en la Conferencia de Estocolmo de 1972, en la que todas las Naciones Unidas realizaron una Declaración sobre Medio Ambiente que impulsarÃa una serie de leyes tendientes a reglar el funcionamiento ambiental. Como hemos concluido de todo lo expuesto, los recursos naturales son elementos que corresponden a la naturaleza, por lo tanto, el derecho debe velar por que se lleven a cabo las protecciones que correspondan para aquellos bienes naturales que se vean afectados por efectos nocivos que dañen su normal y correcto desarrollo. Desarrollo y conservación de los recursos. Contaminación. Sus fuentes. Efectos. educación a distancia (instituto universitario P.F.A) 40 tomo 1 derecho de los recursos naturales ) En nuestro paÃs tenemos una inmensa gama de recursos naturales; a raÃz de ello, se han presentado en ciudades como Capital Federal, conurbano de Buenos Aires, Mar del Plata, Rosario, Córdoba y San Carlos de Bariloche, los siguientes problemas comunes de toda área urbana: ⢠generación de residuos peligrosos, ⢠pérdida de espacios verdes ⢠contaminación del aire por efectos de los gases tóxicos y la congestión vehicular, ⢠producción creciente y acumulación del volumen de desechos urbanos e industriales; ⢠polución de las aguas por desechos industriales y cloacales. ⢠saturación sonora por concentración de ruidos en zonas muy transitadas, Si pasamos a un importante tema como es el de los deterioros producidos en los ecosistemas, con la provincia de Misiones y gran parte de la de Corrientes, estamos delante un claro ejemplo. Ambas estaban formadas por el ecosistema de la selva subtropical oriental y de los humedales Paranaenses. En la actualidad, este ecosistema sobrevive en forma salpicada en el mencionado territorio misionero y en una muy pequeña porción, en el Parque Nacional Iguazú. El resto se transformó progresivamente en sembradÃos de te, pinares y yerba mate. Algo similar se está produciendo con la selva subtropical occidental ubicada en el área comprendida por las provincias de Salta, Jujuy y Tucumán; está siendo devastada por el avance de las ciudades y de la agricultura. Otros ecosistemas seriamente amenazados son los bosques frÃos, el ecosistema pampeano y los algarrobales del espinal, en las provincias de La Pampa y Córdoba. Asimismo los bosques subantárticos, la estepa patagónica y los montes ubicados en la zona chaqueña, también están muy apremiados. Otra zona castigada por la degradación o destrucción de sus ecosistemas es la zona ribereña del RÃo de la Plata ocasionados por los desechos industriales y urbanos que resultan de las ciudades linderas y que son vertidos a su caudal. educación a distancia (instituto universitario P.F.A) 41derecho de los recursos naturales tomo 1) La deforestación es otro grave problema de nuestro paÃs. Las zonas más afectadas son la selva serrana subtropical, la selva misionera y el bosque chaqueño, este último se vio más perjudicado con la caza indiscriminada, la industrialización de productos forestales y el pastoreo inadecuado. En lo que a la selva misionera se refiere, después de la Amazonia, es la selva tropical más importante del continente. La amenaza está dada a partir de la tala para el cultivo de tabaco, yerba mate, cÃtricos y maÃz, el desarrollo agrÃcolo ganadero, y la invasión de especies exóticas introducidas artificialmente por el hombre. La tierra con los sucesivos cultivos se va tornando improductiva por su agotamiento, cosa que provoca seguir con la tala y reducir más y más el espacio de la selva. En el último siglo, ha desaparecido el 90 % de la superficie original de la selva, por eso, y para evitar que desaparezca el 10 % restante, se han emprendido planes de protección, como reservas especiales de suelo y especies. De esto no han sido la excepción los bosques subantárticos, que sufrieron incendios, talas y expansión de especies exóticas tanto de flora como de fauna. El tema de la tierra que mencionamos precedentemente, es muy grave, porque en las últimas décadas se han visto degradadas por las inundaciones, la salinización que ellas provocan, la contaminación por agroquÃmicos y su manejo irracional. En todos los ecosistemas argentinos, se van perdiendo constantemente especies vivas por estar desapareciendo lentamente sus pastizales naturales y sus bosques, todo ello culpa de los incendios, caza ilegal, contaminación o introducción de especies exóticas. La contaminación de las áreas rurales son producto de los siguientes factores: ⢠plaguicidas y fertilizantes utilizados en forma indiscriminada, ⢠vertido de quÃmicos o hidrocarburos utilizados en la actividad minera, ⢠depósito de sustancias radiactivas. El más claro de los ejemplos de esta contaminación es lo que ocurre en las áreas costeras de la provincia de Santa Cruz con el derrame de petróleo: plantas costeras, peces y aves mueren por la impregnación que éste les ocasiona. educación a distancia (instituto universitario P.F.A) 42 tomo 1 derecho de los recursos naturales ) Otros factores no menos importantes son los residuos, la contaminación del aire, incluyendo los gases tóxicos y los ruidos. Contaminación. Sus fuentes. Efectos.Contaminación. Sus fuentes. Efectos.Contaminación. Sus fuentes. Efectos.Contaminación. Sus fuentes. Efectos.Contaminación. Sus fuentes. Efectos. La contaminación es la presencia de sustancias nocivas y molestas que pueden presentarse en el aire, el agua y los suelos, depositadas allà por la actividad humana, en tal cantidad y calidad, que pueden interferir la salud y el bienestar del hombre, los animales y las plantas, o impedir el pleno disfrute de la vida. Las formas de contaminación y sus fuentes pueden ser muy variadas; puede estar compuesta de sustancias sólidas, lÃquidas y gaseosas. Además, hay otras formas de contaminación a las que no se les presta la atención necesaria, tales como el ruido, el calor y los olores. Sus fuentesSus fuentesSus fuentesSus fuentesSus fuentes Entre las fuentes de contaminación, citemos las siguientes: a) Emanaciones industrialesa) Emanaciones industrialesa) Emanaciones industrialesa) Emanaciones industrialesa) Emanaciones industriales, en forma de humo o polvo, las cuales son lanzadas a la atmósfera y contaminan el aire. b) Aguas residuales de origen industrialb) Aguas residuales de origen industrialb) Aguas residuales de origen industrialb) Aguas residuales de origen industrialb) Aguas residuales de origen industrial, principal fuente de contaminación de las aguas. c) Aguas albañales c) Aguas albañales c) Aguas albañales c) Aguas albañales c) Aguas albañales procedentes de la actividad humana. d) Productos quÃmicos procedentes de la actividad agropecuariad) Productos quÃmicos procedentes de la actividad agropecuariad) Productos quÃmicos procedentes de la actividad agropecuariad) Productos quÃmicos procedentes de la actividad agropecuariad) Productos quÃmicos procedentes de la actividad agropecuaria, son los arrastrados por las aguas; entre ellos destaquemos los más comunes: plaguicidas, fertilizantes, desechos de animales, etc. e) Residuos sólidos e) Residuos sólidos e) Residuos sólidos e) Residuos sólidos e) Residuos sólidos provenientes tanto de la industria como de las actividades domésticas. f) Emanaciones gaseosas,f) Emanaciones gaseosas,f) Emanaciones gaseosas,f) Emanaciones gaseosas,f) Emanaciones gaseosas, las producidas por el transporte automotor. g) Dispersión de hidrocarburos en las vÃas fluviales y marÃtimas,g) Dispersión de hidrocarburos en las vÃas fluviales y marÃtimas,g) Dispersión de hidrocarburos en las vÃas fluviales y marÃtimas,g) Dispersión de hidrocarburos en las vÃas fluviales y marÃtimas,g) Dispersión de hidrocarburos en las vÃas fluviales y marÃtimas, causadas por la transportación a través de estas vÃas. educación a distancia (instituto universitario P.F.A) 43derecho de los recursos naturales tomo 1) Dentro de las fuentes de contaminación, además encontramos al ruido, el cual en muchos casos, resulta nocivo para la salud del hombre. Es un elemento común en zonas donde existen altas concentraciones de población, las cuales generan un denso tráfico automotor; también en terminales aéreas y de ferrocarriles, en zonas de alta industrialización, en conglomeraciones, etc. Las afecciones que puede sufrir el hombre por el ruido excesivo alcanzan a ser tanto de orden fisiológico como psicofisiológico, e inciden cada dÃa más, sobre todo en los obreros industriales. Entre los efectos fisiológicos producidos por el ruido se encuentran la fatiga auditiva y los traumatismos acústicos, entre otros. Otros efectos producidos a largo plazo pueden ser la alteración del ritmo cardÃaco y de la tensión arterial, y hasta trastornos de orden psÃquico. Otra fuente de contaminación es el calor, sobre todo el que se produce en hornos mal ubicados, por la actividad industrial, el transporte, las quemas forestales y, en general, todo proceso de combustión, ocasiona problemas ambientales debido al incremento de la temperatura. Es de notar que la temperatura en las ciudades es 3 ó 4° C superior a la del campo, gracias al dióxido de carbono producido en las combustiones citadas anteriormente, el cual se acumula en las capas inferiores de la atmósfera, más cercanas a la superficie del suelo. Una de las formas de mitigar el calor en las ciudades es la ubicación de árboles en las avenidas, y la creación de áreas verdes, las cuales, además, tienden a disminuir el nivel de ruido en las ciudades. Como hemos podido ver, los fenómenos de la contaminación son tan variados como sus efectos sobre la salud y el bienestar del hombre, lo cual en muchos casos no se tienen en cuenta al planificar el desarrollo de la sociedad. EfectosEfectosEfectosEfectosEfectos Como ya sabemos, la contaminación atmosférica, afecta a millones de personas de todo el mundo, especialmente a aquellas que viven en los grandes núcleos urbanos y en áreas fuertemente industrializadas, con denso tráfico de vehÃculos. Las emanaciones de polvos y gases corrosivos deterioran el medio ambiente dando lugar a olores desagradables, pérdida de visibilidad y daños para la salud humana, para los cultivos y otras formas de vegetación y sobre los materiales de construcción. Apareció primero como una molestia grave pero, posteriormente, se ha convertido en una amenaza para educación a distancia (instituto universitario P.F.A) 44 tomo 1 derecho de los recursos naturales ) la calidad de la vida, ya que una contaminación excesiva puede poner en peligro la salud y llegar a convertir algunas zonas en lugares no aptos para ser normalmente habitados. Los efectos producidos por la contaminación atmosférica dependen principalmente de la concentración de contaminantes, del tipo de contaminantes presentes, de tiempo de exposición y de las fluctuaciones temporales en las concentraciones de contaminantes, asà como de la sensibilidad de los receptores y los sinergismos entre contaminantes. Hay que tener muy en cuenta la graduación del efecto a medida que aumentan la concentración y el tiempo de exposición. Las relaciones existentes entre las enfermedades humanas y la exposición a la contaminación no son sencillas ni se conocen con exactitud. Sin embargo, existen pruebas de que en general, las concentraciones elevadas de contaminantes en el aire son peligrosas para todos los seres vivos. Los efectos que producen sobre la salud se ponen claramente de manifiesto, como se ha observado en Londres, Nueva York y Osaka entre otras ciudades, por el aumento de la mortalidad, sobre todo en las personas de edad avanzada o en los individuos más sensibles por cualquier razón. Más difÃciles de discernir son los efectos que, a largo plazo, pueden producir las exposiciones episódicas a elevadas concentraciones medias y bajas de contaminantes. Se ha comprobado la relación existente en la contaminación atmosférica, puede producir bronquitis crónica caracterizada por la producción de flemas, la exacerbación de catarros y dificultades respiratorias tanto en los hombres como en las mujeres adultas. La presencia en el aire de elevadas concentraciones de monóxido de carbono representa una amenaza para la salud, reduciendo la capacidad de la sangre para el transporte de oxÃgeno desde los pulmones hasta los tejidos. Los óxidos de nitrógeno, aumenta la frecuencia de infecciones de las vÃas respiratorias en la población expuesta. Los metales tóxicos presentes en el aire representan una amenaza para nuestra salud cuando se inhalan en cantidades suficientes, debido a la tendencia que presenta el organismo a su acumulación. Dependiendo de las cantidades a las que se exponga una persona, pueden producir efectos adversos en el comportamiento, afectan la inteligencia de los niños y ser causa de anormalidades en los fetos de madres gestantes. Los adultos, por lo general, son menos sensibles que los niños a los efectos del plomo, educación a distancia (instituto universitario P.F.A) 45derecho de los recursos naturales tomo 1) pero una acumulación excesiva en el organismo puede producir serios e irreversibles daños en su sistema nervioso. Otras sustancias tóxicas presentes en el aire tales como el cadmio, amianto, el cloruro de vinilo, el benzo-a-pireno, varios compuestos orgánicos halogenados y el benzeno, pueden provocar modificaciones genéticas y malformaciones en los fetos, siendo algunos de ellos cancerÃgenos. Con respecto a las plantas, destaquemos que son especialmente sensibles a la mayor parte de los contaminantes del aire, y sufren severos daños a concentraciones mucho más bajas que las necesarias para causar efectos perjudiciales sobre la salud humana y animal. Es muy difÃcil establecer valores lÃmites de la contaminación atmosférica a partir de los cuales los efectos negativos se empiezan a manifestar, ya que estos dependen de la constitución de la planta y de la especie de que se trate, es decir, hay una especificidad de respuestas. Si la acción del contaminante es muy fuerte puede llegar a paralizar el crecimiento de la planta, manifestándose por un gradual amarillamiento de la hoja que se va extendiendo. El flúor y sus derivados son contaminantes del aire que se caracterizan por ser tóxicos en general para las plantas a muy pequeñas concentraciones, sobre todo para las viñas y las plantaciones frutales y especialmente en las de frutos con hueso (como durazno, damasco, etc.). educación a distancia (instituto universitario P.F.A) 46 tomo 1 derecho de los recursos naturales ) educación a distancia (instituto universitario P.F.A) 47derecho de los recursos naturales tomo 1) Los recursosrecursosrecursosrecursosrecursos son los elementos de los que el hombre se vale para satisfacer sus necesidades, en su propio beneficio. Existen independientemente de la intervención humana; el hombre no los puede crear artificialmente como los provee la naturaleza, aunque puede disminuir el consumo que de ellos hace. La oferta que nos hace la naturaleza es constante y la demanda humana va en constante crecimiento. Los recursos naturales podemos clasificarlos en tres grupos: 1. Inagotables1. Inagotables1. Inagotables1. Inagotables1. Inagotables, aquellos que no culminan su existencia con el uso, es decir, que no se agotan, sin importar la cantidad de actividades productivas que el ser humano realice con ellos. Se considera la luz solar, la energÃa de las olas, del mar y del viento. 2. Renovables,2. Renovables,2. Renovables,2. Renovables,2. Renovables, aquellos que, con los cuidados adecuados, pueden mantenerse e incluso aumentar. Los principales recursos renovables son las plantas y los animales. A su vez las plantas y los animales dependen para su subsistencia de otros recursos renovables que son el agua y el suelo. Su explotación inadecuada puede causar extinción de las especies, hasta el punto de que ya no sea posible regenerarlas. 3. No Renovables3. No Renovables3. No Renovables3. No Renovables3. No Renovables, aquellos que no pueden regenerarse y su explotación debe basarse en el criterio de que al agotarse, lo harán para siempre. Los mecanismos de autorregulación de los recursos renovables, están establecidos por la sucesión de un individuo por otro, es decir, unos mueren otros nacen, las predaciones, que son constituidas por las cadenas alimenticias, con ello se logra mantener una autorregulación de los ecosistemas. Una cadena alimenticia, demuestra en la naturaleza muchas relaciones de dependencia alimenticia establecida entre varios organismos. Con el fin de proteger los recursos naturales renovables debe evitarse entre otras cosas, la tala inmoderada, la caza, respetar el tiempo de reproducción de las especies tanto acuáticas como terrestres. El desarrollo sustentable propone hacer uso de los recursos naturales pero con sintesis final sf )abogacÃa a distancia educación a distancia (instituto universitario P.F.A) 48 tomo 1 derecho de los recursos naturales ) medida, para que las próximas generaciones tengan la posibilidad de satisfacer sus necesidades. La mejor manera de evitar la extinción de los recursos naturales no renovables es utilizar fuentes alternativas de energÃa y utilizarlos lo menos posible. La mayor fuente de contaminación atmosférica es causada por el uso de energéticos fósiles. La combustión provocada por los combustibles ocasiona una gran contaminación en el aire. Las fuentes alternativas de energÃa son las que no utilizan combustibles fósiles y no originan problemas ambientales tan severos. Entre las fuentes alternativas de energÃa encontramos: la energÃa solar, la energÃa geotérmica, la energÃa de las mareas, la energÃa del viento, la fisión nuclear y la fusión nuclear. La energÃa solar es la energÃa que nos proporcionan los rayos solares. La geotérmica es la originada en el interior de la tierra emergiendo en forma de vapor para ser aprovechada como energÃa calorÃfica. La energÃa eléctrica es el sustituto del combustible fósil más estandarizados, y que se produce artificialmente de diversas formas. La energÃa eólica es la generada por el viento. La fusión nuclear suministra energÃa a partir de la fusión de los núcleos de dos átomos. En nuestro paÃs tenemos una inmensa gama de recursos naturales; a raÃz de ello, se han presentado diversos problemas como generación de residuos peligrosos, pérdida de espacios verdes, contaminación del aire por efectos de los gases tóxicos y la congestión vehicular, producción creciente y acumulación del volumen de desechos urbanos e industriales; polución de las aguas por desechos industriales y cloacales o saturación sonora por concentración de ruidos en zonas muy transitadas. En el último siglo, ha desaparecido el 90 % de la superficie original de la selva, por eso, y para evitar que desaparezca el 10 % restante, se han emprendido planes de protección, como reservas especiales de suelo y especies. En todos los ecosistemas argentinos, se van perdiendo constantemente especies vivas por la desaparición de sus pastizales naturales y sus bosques, a causa de los incendios, la caza ilegal, la contaminación o la introducción de especies exóticas. La contaminación es la aparición de sustancias nocivas y molestas en el aire, el agua y los suelos, a causa de la actividad humana, de tal modo que pueden interferir la educación a distancia (instituto universitario P.F.A) 49derecho de los recursos naturales tomo 1) salud y el bienestar del hombre, los animales y las plantas, o impedir el pleno disfrute de la vida. Las fuentes más comunes de contaminación, son las emanaciones industriales, las aguas residuales de origen industrial, las aguas albañales, los productos quÃmicos procedentes de la actividad agropecuaria, como plaguicidas, fertilizantes, desechos de animales, etc., los Residuos sólidos, las emanaciones gaseosas o la dispersión de hidrocarburos. Otras fuentes de contaminación son el ruido y el calor. educación a distancia (instituto universitario P.F.A) 50 tomo 1 derecho de los recursos naturales ) educación a distancia (instituto universitario P.F.A) 51derecho de los recursos naturales tomo 1) En esta actividad, le proponemos que desempeñe el rol de Secretario de medio Ambiente. ¿Qué medidas tomarÃa ante el siguiente caso y en qué normativa vigente se basarÃa? ¿efectuarÃa modificaciones sobre ella? Deforestación: LDeforestación: LDeforestación: LDeforestación: LDeforestación: La Argentina perdió dos tercios de su patrimonio forestala Argentina perdió dos tercios de su patrimonio forestala Argentina perdió dos tercios de su patrimonio forestala Argentina perdió dos tercios de su patrimonio forestala Argentina perdió dos tercios de su patrimonio forestal Recientemente, la SecretarÃa de Ambiente y Desarrollo Sustentable de la Nación dio a conocer los resultados de su Primer Inventario Nacional de Bosques Nativos. A la Argentina le quedan apenas 33 millones de hectáreas forestales de las 105 que tenÃa a comienzos del siglo XX. Además, quedan unas 60 millones de hectáreas de âotros paisajes forestalesâ (formaciones arbustivas de uso mixto, en diferentes niveles de degradación). Los Dres. Jorge Morello y Silvia Mateucci ya habÃan advertido en 1999 que âLa Argentina se encuentra en una situación crÃtica en cuanto a su stock de biodiversidad de los ecosistemas forestales y a su capacidad de conservación de lo que quedaâ. Los mismos especialistas, afirmaron que en tiempos de la colonia habÃa 160 millones de hectáreas de bosques, montes y selvas originales en la Argentina. De ellas, 42.500.000 ha correspondÃan a bosques y 127.500.000 a arbustales y sabanas, representando un 61,4% del territorio nacional continental. Según el âPrimer Censo Forestalâ, en 1914 quedaban 105.888.400 ha. En 1956, 59.240.000 ha (perdiendo en dicho perÃodo 46.648.400 ha, a un ritmo promedio de 1.110.676 ha/año). A partir de 1986 hay menos claridad sobre la superficie remantente. Ahora, gracias al Primer Inventario Nacional de Bosques Nativos impulsado por el gobierno nacional, sabemos que quedan 33.190.442 hectáreas. Lo que está claro es que en menos de dos siglos la Argentina perdió más de dos tercios de su patrimonio forestal autóctono. En contrapartida, los programas de reforestación alcanzaron -como cifra récord- apenas 32.000 ha y siempre estuvieron basados en especies exóticas: álamos, sauces, eucaliptus y pinos. Según Morello y Matteucci (1999), âDe los 700.000 km2 de vegetación leñosa perdida desde la colonia hasta 1992, el 73% corresponde a áreas del Espinal, el Monte, actividad final af)abogacÃa a distancia educación a distancia (instituto universitario P.F.A) 52 tomo 1 derecho de los recursos naturales ) en el Chaco Occidental o la Patagonia extraandina. Gran parte de ellas fue convertida a agricultura de secano o bajo riego. Es, quizás uno de los procesos que más bosques ha consumido. Desde la segunda mitad del siglo XIX, la pradera pampeana avanza sobre los bosques de Prosopis ubicados en sus márgenes. Dichos bosques, que cubrÃan unos 5 millones de hectáreas en cinco provincias, terminaron de desaparecer casi totalmente hacia comienzos del silo XX. Se ha producido la extinción local de varias formaciones leñosas (algarrobales, caldenares, bosques tala-mistol, tipa-pacará y palo blanco-palo amarillo) quedando fragmentos relictuales de los mismos en los ecotonos con afloramientos rocosos o pendientes fuertes.â Tal como lo afirmaron Claudio Bertonatti y Javier Corcuera en su libro âSituación Ambiental Argentina 2000â, âEsta pérdida ha afectado también a los ecosistemas más biodiversos, como la selva misionera, que en lo que va del siglo perdió el 40% de su superficie originalâ. Afortunadamente, la sanción de la Ley de âCorredor Verdeâ es un primer paso para asegurar que esos remanentes misioneros no se pierdan. Vale la pena rescatar que las dos fundaciones de Buenos Aires se hicieron sobre un mosaico de pastizales y bosques. Desde esa época fueron sobreexplotados, provocando la preocupación permanente del Cabildo. A sólo nueve años de la segunda fundación (1590) ya existÃan ordenanzas prohibiendo el corte de algarrobos. En el siglo XVII, el Cabildo seguÃa emitiendo disposiciones para proteger los talares y algarrobales hasta que en 1619 declara que âlos montes circunvecinos a esta ciudad estaban talados y gastados por la leña y madera que de ellos se habÃa sacadoâ. En esos talares âcomo los de Punta Piedras, en Magdalena- se refugiaron los últimos Yaguaretés (Panthera onca) de Buenos Aires hasta 1903. Estos pasajes históricos nos permiten considerar nuestra âtradición forestalâ. Los incendios forestales constituyen una amenaza para muchos de los ecosistemas argentinos (particularmente, los del centro y sur del paÃs). Algunas de las principales causas de degradación de los bosques en las eco-regiones argentinas: ⢠En la selva misionera o paranaense⢠En la selva misionera o paranaense⢠En la selva misionera o paranaense⢠En la selva misionera o paranaense⢠En la selva misionera o paranaense: sustitución por monocultivos con pinos (Pinus elliotii). Ocupación ilegal de campos y desmonte por colonos de Brasil y Para- guay, quienes practican en su reemplazo cultivos de subsistencia (maÃz, mandioca, tabaco, etc.). Extracción de rollizos. ⢠En el espinal⢠En el espinal⢠En el espinal⢠En el espinal⢠En el espinal: desmonte para sembrar pasturas, forestar con pinos, eucaliptos, cÃtricos o soja. Sobrepastoreo que elimina renovales. Incendios. ⢠En el chaco⢠En el chaco⢠En el chaco⢠En el chaco⢠En el chaco: sobreexplotación selectiva de maderas duras. Extracción de leña y carbón. Expansión de la frontera agropecuaria (de un modo muy violento a partir de la educación a distancia (instituto universitario P.F.A) 53derecho de los recursos naturales tomo 1) década del â70, con campañas impulsadas âincluso- por el gobierno nacional, como âChaco Puedeâ) ⢠En la yunga⢠En la yunga⢠En la yunga⢠En la yunga⢠En la yunga: expansión de la frontera agropecuaria, en particular sobre el bosque pedemontano (con cultivos de caña de azúcar y cÃtricos). Sobreexplotación de maderas duras (incluso como combustible). Pastoreo que elimina retoños. Incendios forestales. ⢠En el monte⢠En el monte⢠En el monte⢠En el monte⢠En el monte: sobreexplotación para extracción de leña y en el pasado con fines industriales (retamos). Sustitución por monocultivos (viñedos). Pastoreo (cabras) que eliminan los renovales. ⢠En el bosque subantártico⢠En el bosque subantártico⢠En el bosque subantártico⢠En el bosque subantártico⢠En el bosque subantártico: incendios. Sobrexplotación selectiva. Pastoreo de vacunos. Impacto de especies introducidas (ciervo colorado, jabalà y castor). Para sintetizar, Bertonatti y Corcuera afirmaron que âla polÃtica forestal ha sido decididamente extractiva, de tipo minera, no planificada y sin criterios conservacionistas. Se extrae la mejor madera (desde el punto de vista de su aptitud forestal: árboles de fuste ancho, largo, recto, con pocas ramificaciones y nudos) y, en consecuencia se deja la peor. (...) Es evidente que no existe en el paÃs una clara conciencia forestal. Resultan paradójicas, ciertas iniciativas âincluso, bien intencionadas- que proponen forestar a ultranza áreas naturales no boscosas, asumiendo que la implantación de un bosque (sin importar su tipo) es ecológicamente preferible a cualquier ecosistema no boscoso (como un pastizal o una estepa), ignorando el impacto ambiental sobre la biodiversidad de esas eco-regionesâ. En complemento con esto, Morello y Matteucci sostuvieron que âLa explotación forestal tiene dos estrategias: la extracción de recursos del bosque nativo y la explotación de plantaciones, ambas diezmantes por la manera en que se realizanâ. Por lo tanto, el empobrecimiento forestal es cuali-cuantitativo, ya que se ejerce mayor presión sobre los eco-tipos de más valor comercial. Tal como lo afirmó el Ing. Néstor Bárbaro en 1994, âsubyace una visión cultural que desestima el valor de los recursos naturales de aprovechamiento directo sobre el valor del suelo (recurso natu- ral de aprovechamiento indirecto). De esta manera pude comprenderse la falta de interés oficial para establecer los mecanismos de control en razón de las leyes y normativas vigentes en los niveles nacional (Ley 13.273 y provinciales; la falta de interés del sector privado en realizar planes de manejo de mediano y largo plazo; y el escaso apoyo relativo dado a las investigaciones ecológicas, de manejo y de genética de los bosques y de las especies forestales nativas.â Fuente: www.medioambiente.gov.ar/prosobo educación a distancia (instituto universitario P.F.A) 54 tomo 1 derecho de los recursos naturales ) educación a distancia (instituto universitario P.F.A) 55derecho de los recursos naturales tomo 1) Los recursos naturales son bienes que posee la naturaleza y de los cuales el hombre como parte de ella, puede aprovechar en su beneficio, transformándose a través del tiempo en el medio indispensable para el desarrollo de los diferentes pueblos debido a que estos recursos por sà mismos, sin la intervención humana, no podrÃan ser aprovechados en su totalidad: necesita su detección, extracción y posterior manufacturación y comercialización para ser utilizado, con todo lo que ello implica. Los recursos naturales inagotables son aquellos que no culminan su existencia con el uso, es decir, que no se agotan, sin importar la cantidad de actividades productivas que el ser humano realice con ellos. Los recursos naturales renovables son aquellos que, con los cuidados adecuados, pueden mantenerse e incluso aumentar. Los principales recursos renovables son las plantas y los animales. A su vez las plantas y los animales dependen para su subsistencia de otros recursos renovables que son el agua y el suelo. Los recursos naturales no renovables son aquellos que no pueden regenerarse y su explotación debe basarse en el criterio de que al agotarse, lo harán para siempre. Las fuentes alternativas de energÃa son las que no utilizan combustibles fósiles y, que por tanto, originan menores problemas ambientales. son proporcionados por la misma naturaleza, solo que representan un menor impacto económico y ambiental, por lo que resultan convenientes para controlar problemas de contaminación. Entre las fuentes alternativas de energÃa encontramos: la energÃa solar, la energÃa geotérmica, la energÃa de las mareas, la energÃa del viento, la fisión nuclear y la fusión nuclear. La contaminación es la presencia de sustancias nocivas y molestas que pueden presentarse en el aire, el agua y los suelos, depositadas allà por la actividad humana, en tal cantidad y calidad, que pueden interferir la salud y el bienestar del hombre, los animales y las plantas, o impedir el pleno disfrute de la vida. ce) conceptos ejes abogacÃa a distancia educación a distancia (instituto universitario P.F.A) 56 tomo 1 derecho de los recursos naturales ) educación a distancia (instituto universitario P.F.A) 57derecho de los recursos naturales tomo 1) ⢠Recursos naturales: Recursos naturales: Recursos naturales: Recursos naturales: Recursos naturales: son los materiales o productos que proporciona la naturaleza y que el hombre puede usar y manejar para obtener de ellos cierta ventaja; es lo que la naturaleza brinda de manera espontánea, sin que tenga que ver la mano del hombre. ⢠Recursos naturales inagotables: Recursos naturales inagotables: Recursos naturales inagotables: Recursos naturales inagotables: Recursos naturales inagotables: Son aquellos que no culminan su existencia con el uso, es decir, que no se agotan, independientemente de la cantidad de actividades productivas que realicemos con ellos. Pertenecen a este grupo la luz solar, la energÃa de las olas, del mar y del viento. ⢠Recursos naturales Renovables: Recursos naturales Renovables: Recursos naturales Renovables: Recursos naturales Renovables: Recursos naturales Renovables: Son aquellos que, con los cuidados adecuados, pueden mantenerse e incluso aumentar. Los principales recursos renovables son las plantas y los animales. ⢠Recursos naturales no renovables: Recursos naturales no renovables: Recursos naturales no renovables: Recursos naturales no renovables: Recursos naturales no renovables: Son aquellos que no pueden regenerarse y su explotación debe basarse en el criterio de que al agotarse, lo harán para siempre. ⢠ContaminaciónContaminaciónContaminaciónContaminaciónContaminación: es la presencia de sustancias nocivas y molestas que pueden presentarse en el aire, el agua y los suelos, depositadas allà por la actividad humana, en tal cantidad y calidad, que pueden interferir la salud y el bienestar del hombre, los animales y las plantas, o impedir el pleno disfrute de la vida. gl glosario abogacÃa a distancia ) educación a distancia (instituto universitario P.F.A) 58 tomo 1 derecho de los recursos naturales ) educación a distancia (instituto universitario P.F.A) 59derecho de los recursos naturales tomo 1) Efectúe una sÃntesis de los textos que adjuntamos a continuación y complete el esquema conceptual que inicia esta unidad. ib integración bibliográfica abogacÃa a distancia ) educación a distancia (instituto universitario P.F.A) 60 tomo 1 derecho de los recursos naturales ) educación a distancia (instituto universitario P.F.A) 61derecho de los recursos naturales tomo 1) Los Bosques y Selvas de la Argentina (*)Los Bosques y Selvas de la Argentina (*)Los Bosques y Selvas de la Argentina (*)Los Bosques y Selvas de la Argentina (*)Los Bosques y Selvas de la Argentina (*) Los bosques y selvas argentinos son los ambientes que contienen la mayor variedad de especies vegetales y animales autóctonas. De ellos dependen cientos de especies de mamÃferos, aves, reptiles, anfibios y millares de invertebrados y plantas que merecen ser conservados por su belleza y por el papel que juegan en los ecosistemas. Pero, además, los bosques y las selvas autóctonos pueden proporcionar maderas muy valiosas, flores de exportación, alimentos, dulces exóticos, medicamentos... En la Argentina, las regiones boscosas más ricas en especies son la Selva Paranaense o Misionera y las Yungas. Las otras grandes regiones ecológicas del paÃs que poseen una fisonomÃa tÃpicamente boscosa son el Chaco, los Bosques Andino- Patagónicos o Subantárticos, el Delta del Paraná, el Monte y el Espinal. Los servicios que los bosques y selvas dan a la genteLos servicios que los bosques y selvas dan a la genteLos servicios que los bosques y selvas dan a la genteLos servicios que los bosques y selvas dan a la genteLos servicios que los bosques y selvas dan a la gente Los bosques y selvas proporcionan muchos servicios. Uno de ellos es la protección de cuencas. En la ladera de cualquier montaña o cerro, un bosque o selva autóctono actúa como una esponja viviente. Sus árboles cargados de epÃfitas absorben y retienen el agua de la lluvia, de la niebla o simplemente de la humedad ambiente. Cuando vienen las grandes lluvias, funcionan como una barrera contra los aludes de laderas o las grandes inundaciones. Durante las épocas de sequÃa, los bosques y selvas liberan gradualmente esa humedad, manteniendo los arroyos y rÃos con agua. AsÃ, estos ambientes naturales protegen la calidad y cantidad de agua dulce disponible para los habitantes, incluso, de zonas muy lejanas. TodavÃa hoy hay quienes creen que estos beneficios no pueden ser cuantificados en dinero y que, por lo tanto, no se los puede tener en cuenta en el desarrollo económico del paÃs. Sin embargo, a medida que se siguen deforestando las Yungas y el Chaco, por ejemplo, el agua que viene del rÃo Bermejo y luego llega, a través del Paraná y del rÃo de la Plata, a las mayores ciudades argentinas, tiene cada vez más sedimentos, aumentando los costos de potabilización. Ese costo es pagado por cada ciudadano argentino, a través de sus impuestos. Sólo queda el 12,8% de nuestros bosques y selvasSólo queda el 12,8% de nuestros bosques y selvasSólo queda el 12,8% de nuestros bosques y selvasSólo queda el 12,8% de nuestros bosques y selvasSólo queda el 12,8% de nuestros bosques y selvas A lo largo del siglo XX, los bosques y selvas autóctonos de la Argentina han perdido dos tercios de la superficie que ocupaban. En la época colonial, estos ambientes educación a distancia (instituto universitario P.F.A) 62 tomo 1 derecho de los recursos naturales ) ocupaban 160 millones de hectáreas. El primer censo forestal (1914) registró que en ese momento quedaban 105 millones. En 1956 sólo habÃa 59 millones. Se ha estimado que hoy quedan entre 45 y 28 millones de hectáreas. El punto medio entre ambas estimaciones es de 36 millones (es decir, el 23% de la superficie original). Sin embargo, recientemente el estado ha señalado que la masa forestal nativa sólo alcanza al 12,8% de su distribución original. Mientras esperamos los datos del inventario de bosques nativos que el Estado se comprometió a realizar, los bosques y selvas de la Argentina son eliminados a una velocidad de aproximadamente 500 mil hectáreas por año. Las regiones boscosas que más sufrieron el desmonte han sido el Espinal, el Monte y el Chaco Occidental. Pero esto no significa que las demás eco-regiones boscosas estén gozando de buena salud: la Selva Misionera, por ejemplo, ha perdido en el siglo XX el 40% de su superficie original. En las Yungas, la selva pedemontana está siendo eliminada a una velocidad alarmante. Fuente: www.vidasilvestre.org.ar educación a distancia (instituto universitario P.F.A) 63derecho de los recursos naturales tomo 1) Cuentas claras (*)Cuentas claras (*)Cuentas claras (*)Cuentas claras (*)Cuentas claras (*) âPara generar 100 dólares de ingreso en Estados Unidos, se requieren 660 âlibrasâ de recursos naturalesâ, dice Allen Hammond, director del Programa de Recursos e Información Ambiental del World Resources Institute (Wri). El autor señala que la contabilidad económica convencional no toma en cuenta aquellos materiales de la naturaleza que se remueven, alteran o transforman para sostener las actividades in- dustriales de una nación. En el estudio âResource Flows: the material basis of industrial economiesâ, realizado por institutos de Estados Unidos, Alemania, Japón y Holanda, se reporta que entre el 55 y el 75 % del total de recursos naturales en estos paÃses corresponde a âflujos ocultosâ, es decir, aquellos recursos naturales afectados pero no contemplados en los balances finales. En los Estados Unidos la producción agrÃcola causa erosión de la tierra y sedimentación que equivalen a 32 mil libras por persona al año, mientras que la construcción de autopistas y otras infraestructuras requiere la excavación de 30 mil libras de materiales por persona. A su vez, el uso del carbón como fuente de energÃa implica remover más de 50 mil libras de suelo por persona, lo que lleva a afirmar que generar 100 dólares de ingreso en Estados Unidos requiere 660 libras de recursos natu- rales. Durante los próximos 50 años la actividad industrial va a crecer en un 500 %, sostiene Hammond, que advierte que si el uso de recursos naturales aumenta al mismo ritmo, el mundo va a enfrentar problemas serios. âLa situación exige que además de reducir los desechos que genera el proceso productivo, se disminuya -vÃa la eficiencia- la cantidad de recursos naturales que entran a la cadena de producciónâ. Fuente: www.ecodigital.com.ar educación a distancia (instituto universitario P.F.A) 64 tomo 1 derecho de los recursos naturales ) EL AIREEL AIREEL AIREEL AIREEL AIRE (*) Como en todas las grandes ciudades, en Buenos Aires a medida que pasa el tiempo se hace mas difÃcil respirar, esto se debe al humo negro provocado por las industrias, el transporte público y los automóviles. Este humo negro es producto de un conjunto de partÃculas que no se termino de carbonizar. EspecÃficamente en la Capital Federal, en horas pico, se puede registrar un alto nivel de contaminación, que supera el máximo tolerable, el cual disminuye los fines de semana y por las noches. Las grandes industrias han comenzado a participar de programas dedicados al control de emisiones a la atmósfera, en los cuales se presta atención a las fuentes de gases, vapores y partÃculas. También deberán tener en cuenta las llamadas emisiones fugitivas, que pueden definirse como escapes no programados desde las industrias. La problemática de la contaminación del aire provoca importantes consecuencias para la salud y el medio ambiente. Por ejemplo: Hidrocarburos:Hidrocarburos:Hidrocarburos:Hidrocarburos:Hidrocarburos: son sustancias aromáticas consideradas cancerÃgenas y atacan al sistema nervioso central. Ãxidos de Nitrógeno:Ãxidos de Nitrógeno:Ãxidos de Nitrógeno:Ãxidos de Nitrógeno:Ãxidos de Nitrógeno: ocacionan irritación en los ojos, nariz, garganta y pulmones. Monóxido de Carbono:Monóxido de Carbono:Monóxido de Carbono:Monóxido de Carbono:Monóxido de Carbono: es responsable de dolores de cabeza, cansancio, palpitaciones cardÃacas, vértigo y disminución de los reflejos; en ambientes cerrados puede causar muerte. Humo:Humo:Humo:Humo:Humo: irrita los ojos y vÃas respiratorias. Ãxidos de azufre:Ãxidos de azufre:Ãxidos de azufre:Ãxidos de azufre:Ãxidos de azufre: produce daños a las vÃas respiratorias, reduce la visibilidad. AldehÃdos:AldehÃdos:AldehÃdos:AldehÃdos:AldehÃdos: son irritantes de los ojos y vÃas respiratorias, es uno de los principales responsables de los olores en los gases de escape. educación a distancia (instituto universitario P.F.A) 65derecho de los recursos naturales tomo 1) Plomo:Plomo:Plomo:Plomo:Plomo: produce saturnismo, envenenamiento del sistema nervioso central y padecimientos óseos, principalmente en los niños. No solo este desequilibrio afecta directamente a nuestro cuerpo, si no que pro- duce también, el efecto invernadero, la destrucción de la capa de ozono y la lluvia ácida. Es imprescindible que nuestro sistema económico tome encuentra el costo ambiental, ya que nuestros recursos naturales son un bien público. Debemos seguir investigando y promover su buen uso, para poder cuidar nuestras vidas y nuestro ecosistema. Arq. AnalÃa Bardallo - Fuente: www.clavedevida.com.ar educación a distancia (instituto universitario P.F.A) 66 tomo 1 derecho de los recursos naturales ) educación a distancia (instituto universitario P.F.A) 67derecho de los recursos naturales tomo 1) Como último trabajo de esta primera unidad, lea atentamente la Ley 11.723/95 âDe protección, conservación, mejoramiento y restauración de los recursos naturales y del ambiente en general en el ámbito de la Provincia de Buenos Aires.â y responda las siguientes consignas: 1. ¿Cuáles son los derechos y los deberes de los ciudadanos de la provincia de Buenos Aires según esta ley? 2. ¿Qué polÃtica implementa en lo que se refiere al planeamiento y el ordenamiento ambiental de la provincia? 3. ¿Cuáles son las previsiones inherentes al Impacto Ambiental? 4. ¿Qué disposiciones contiene sobre el agua, el suelo, la atmósfera y la energÃa? 5. ¿Cómo se lleva a cabo de acuerdo a su texto la protección de la flora y la fauna del lugar? 6. ¿Cómo encara el tema de los residuos? trabajo práctico tp)abogacÃa a distancia educación a distancia (instituto universitario P.F.A) 68 tomo 1 derecho de los recursos naturales ) educación a distancia (instituto universitario P.F.A) 69derecho de los recursos naturales tomo 1) el agua )( u2 unidad dos educación a distancia (instituto universitario P.F.A) 70 tomo 1 derecho de los recursos naturales ) educación a distancia (instituto universitario P.F.A) 71derecho de los recursos naturales tomo 1) Mención sintética de los contenidos UNIDAD 2 ( EL AGUA ) El agua. Problemática ambiental. La Constitución Nacional: ArtÃculos 41, 42 y 43. El Agua como recurso económico respecto del medio ambiente. Las leyes que la rigen. Clasificación de los diferentes usos del agua. Distribución en el paÃs de los recursos hÃdricos y su aprovechamiento. Contaminación. Los efluentes. El tratamiento en el Código Civil. El Control de la Contaminación HÃdrica en la Ciudad de Buenos Aires. Normativa. Privatización del sector. Pesca: regulación. Legislación Internacional, Nacional y provincial. educación a distancia (instituto universitario P.F.A) 72 tomo 1 derecho de los recursos naturales ) educación a distancia (instituto universitario P.F.A) 73derecho de los recursos naturales tomo 1) Tratar la problemática referente al agua. Analizar los artÃculos 41, 42 y 43 de la Constitución Nacional respecto de la protección ambiental contemplada en la reforma de 1994. Clasificar los usos del agua de acuerdo a la distribución de los recursos hÃbridos en el paÃs. Determinar los agentes de contaminación y tratar el concepto de efluente. Observar el tratamiento dado por el Código Civil y el Control de la Contaminación HÃdrica en la Ciudad de Buenos Aires. Examinar el proceso de privatización del sector. objetivos de aprendizaje oaabogacÃa a distancia ) educación a distancia (instituto universitario P.F.A) 74 tomo 1 derecho de los recursos naturales ) educación a distancia (instituto universitario P.F.A) 75derecho de los recursos naturales tomo 1) ( ESQUEMA CONCEPTUAL DE LA UNIDAD 2 ) AGUAAGUAAGUAAGUAAGUA USO ESTATAL Consumo Higiene Efluente Receptáculo Desagues Pluviales Municipal Agropecuario Hidroeléctrico Minero PiscÃcola educación a distancia (instituto universitario P.F.A) 76 tomo 1 derecho de los recursos naturales ) educación a distancia (instituto universitario P.F.A) 77derecho de los recursos naturales tomo 1) A continuación transcribimos un texto del portal www.ecoweb.org correspondiente a MartÃn Marmetto, publicado en Corrientes el 19-12-2002. Una vez leÃdo, ¿Cuál es la importancia que tienen los Esteros del Iberá? Su conservación ¿influye en la economÃa regional? ¿Cómo se afectarÃa a la biodiversidad del lugar su inundación? ai) actividad introductoria abogacÃa a distancia Los esteros de Iberá amenazado por la inundaciónLos esteros de Iberá amenazado por la inundaciónLos esteros de Iberá amenazado por la inundaciónLos esteros de Iberá amenazado por la inundaciónLos esteros de Iberá amenazado por la inundación La provincia de Corrientes alberga en su interior uno de los lugares más bellos y menos perturbados por la mano del hombre de la Argentina: los Esteros del Iberá. Situado en el centro y norte provincial, en una superficie de alrededor de 12.000 km2, se trata de un sistema de esteros, lagunas y bañados interconectados entre sà por una red de canales que desembocan en el rÃo Corrientes y conforman un paisaje de caracterÃsticas únicas que vale la pena conocer. Los esteros del Iberá tienen una alta biodiversidad, que incluye más de 44 especies de mamÃferos, alrededor de 40 especies de reptiles y más de 300 especies de aves. Además se han catalogado unas 35 especies de anfibios y unas 80 de peces. Pocas regiones de nuestro paÃs cuentan con una similar riqueza de fauna autóctona entre las que figuran también las poblaciones de mamÃferos en extinción como el ciervo de los pantanos, el venado de las pampas y el aguará- guazú y otros, tradicionalmente perseguidos por el valor de sus pieles, como el lobito de rÃo, el yacaré negro, el yacaré overo y el curiyú. En septiembre último esta región fue incluida en la Lista de Humedales de Importancia Internacional de la convención Ramsar, firmada en 1971 por más de cien paÃses con el objetivo de conservar y desarrollar el uso sustentable de los humedales más importantes del planeta. Los esteros tienen también una importante inserción en la dinámica económica de la región ya que se cuentan entre los ecosistemas más productivos. Además de los beneficios que aporta la pesca (dorado, sábalo, boga, etc.), la crÃa de yacarés y los mamÃferos como el carpincho, son también una importante educación a distancia (instituto universitario P.F.A) 78 tomo 1 derecho de los recursos naturales ) fuente de provisión de agua dulce, forraje para el ganado y de almacenamiento de carbono en la biomasa vegetal y poseen además un valioso potencial para el desarrollo turÃstico local. Los visitantes pueden alojarse en alguna de las tres hosterÃas, en el camping o en alguno de los hospedajes familiares de Colonia Carlos Pellegrini, un antiguo poblado situado a orillas de la laguna Iberá. Si bien en Pellegrini â según comentan los propios habitantes- hay que mejorar aspectos como la disposición de la basura, la distribución de agua potable y el tratamiento de los efluentes, se trabaja en la elaboración de un código de conducta que determine por ejemplo cuántas personas pueden visitar la laguna a la vez sin perjudicar la fauna, qué clases de motores de lanchas se deben usar o cuál tiene que ser el mensaje que transmitan los guÃas. Otra particularidad de los esteros es que se pueden visitar durante todo el año. Sus temperaturas nunca son extremas y aún en pleno verano, el calor es soportable gracias al efecto atemperador de las lagunas y la brisa permanente. Sin embargo no todo son buenas noticias para esta hermosa región. Desde hace tiempo existen indicios que señalan que habrÃa un importante trasvasamiento de agua desde el embalse de la represa Yacyretá hacia los esteros que está causando la inundación de grandes sectores del territorio con su consecuente impacto ecológico y económico. El anegamiento no solo afecta seriamente al ecosistema sino también a muchos productores agropecuarios cuyas tierras se encuentran actualmente improductivas. La Fundación Vida Silvestre Argentina, con el apoyo de otras OnGs, está trabajando intensamente en la búsqueda de alternativas para revertir este problema y comenzar a construir estrategias común para evitar la paulatina desaparición de los esteros del Iberá. educación a distancia (instituto universitario P.F.A) 79derecho de los recursos naturales tomo 1) UNIDAD 2 ( EL AGUA ) El Agua. Problemática ambiental. La Constitución Nacional: ArtÃculos 41, 42 y 43. El Agua como recurso económico respecto del medio ambiente. Leyes que la rigen Por obvio que parezca, debemos decir que todo en el planeta está constituido por agua al igual que los individuos que lo habitan. Pese a que por años se creyó que el agua no se acabarÃa nunca, se ha demostrado, particularmente en el caso del agua potable, que es un recurso consumible. Nuestro planeta tiene un 75 % de agua como componente principal, conformado de la siguiente manera: ⢠El 97 % es agua salada y por ende, no es apta para ser consumida ni por el hombre ni por animales. ⢠El 2 % está congelada y concentrada en los polos. ⢠El 1 % está apta para ser consumida por el hombre y los animales. En este caso es una cantidad constante, que gracias a los procesos purificadores que se han ido perfeccionando con el tiempo. Ha sido una y otra vez, reciclada. No obstante su aparente abundancia en la naturaleza, el agua es un bien escaso que deberá volverse cada vez más caro en los próximos años. En realidad, el litro de agua mineral en la mayorÃa de los supermercados no sólo en nuestro paÃs, en el mundo entero, es ya más caro que un litro de combustible. En Estados Unidos, por ejemplo, el litro de agua es más caro que un galón de combustible (1 galón = 4 litros). Este dato es importante si consideramos que tienen el consumo más grande per cápita del mundo: una familia estadounidense de cuatro personas consume, en promedio, dos mil litros diarios, contra los 150 litros por dÃa que consume una familia en los paÃses en vÃas de desarrollo. En todo el mundo han surgido iniciativas para enfrentar el problema de la escasez de agua, pero muchos proyectos se vuelven inviables o alcanzan un efecto apenas educación a distancia (instituto universitario P.F.A) 80 tomo 1 derecho de los recursos naturales ) parcial. En algunos paÃses del Medio Oriente, por ejemplo, los barcos petroleros regresan con contenedores llenos agua. En 1999, durante el verano, el gobierno de Brasil imitó la medida de emergencia usada en los paÃses árabes y solicitó a los comandantes de navÃos que donasen a la población el agua utilizada como lastre en sus embarcaciones. Hace algunos años, los periódicos de todo el mundo informaron como una simple curiosidad - sin la debida evaluación, del problema del abastecimiento - un plan de Arabia Saudita, que nunca llegó a materializarse, para remolcar icebergs desde la Antártida. Para satisfacer las crecientes demandas de agua dulce, especialmente en áreas desérticas, se han llevado a cabo numerosas investigaciones con el fin de conseguir métodos eficaces para eliminar la sal del agua del mar. Se han desarrollado varios procesos para producir agua dulce a bajo costo. Los procesos para la desalinización del agua son tres e incluyen la evaporación seguida de la condensación del vapor resultante: 1. evaporación de múltiple efecto, 2. destilación por compresión de vapor, y 3. evaporación súbita. Es el más utilizado, se calienta el agua del mar y se intro- duce por medio de una bomba en tanques de baja presión, donde el agua se evapora bruscamente. Al condensarse el vapor se obtiene el agua pura. La congelación es un método alternativo que se basa en los diferentes puntos de congelación del agua dulce y del agua salada. Los cristales de hielo se separan del agua salada, se lavan para extraerles la sal y se derriten, convirtiéndose en agua dulce. Otro proceso, llamado ósmosis inversa, se emplea presión para hacer pasar el agua dulce a través de una fina membrana que impide el paso de minerales, método que sigue desarrollándose de forma intensiva. Un problema importante en estos procesos, son los costos para producir agua dulce. educación a distancia (instituto universitario P.F.A) 81derecho de los recursos naturales tomo 1) En Brasil, paÃs que goza de una situación confortable en relación al resto del mundo el costo del agua es alto, teniendo en cuenta que guarda un 8% de las reservas mundiales de agua, siendo el segundo del mundo en volumen de abastecimiento per cápita, es decir, 43.000 litros por habitante. El mercado de agua avanza también en algunos paÃses. Canadá, el paÃs más rico del mundo en la reserva de agua per cápita (98.000 litros diarios), recibió ofertas para exportar el producto, sin embargo teme por las consecuencias ecológicas que una medida como esta pueda acarrear, comprometiéndose a colaborar sólo con las investigaciones dirigidas a la disminución de los efectos de la falta de agua en el futuro, principalmente en los paÃses en vÃas de desarrollo. En Chile el agua ya es comercializada regularmente. Los propietarios vitivinÃcolas que logran ahorrar hasta un 30% del volumen del agua destinada a la irrigación de cuarenta hectáreas de parras, venden los derechos del producto no utilizado a precios de hasta diez mil dólares. Además de la escasez de agua para una población cada vez más numerosa, existe otro problema que amenaza la calidad del producto: la contaminación. En muchas ciudades del mundo, la calidad del agua es tan baja que no sirve ni para su uso industrial. El órgano chino de protección al medio ambiente admitió que un 78% de los rÃos de China están totalmente contaminados. En realidad, una tercera parte de los habitantes de los paÃses pobres - alrededor de un mil millones de personas - no tiene acceso al agua potable o recibe agua impropia para el consumo. Como consecuencia directa de esta situación, los casos de enfermedades infectocontagiosas aumentan entre la población de bajos ingresos. Según la Organización Mundial de la Salud, cinco millones de personas mueren al año debido al consumo de agua contaminada. El cólera reapareció en distintos paÃses de América latina, donde los gobiernos empezaron a invertir grandes cantidades de recursos para combatir una enfermedad supuestamente erradicada, tÃpica de los ambientes con bajo nivel de saneamiento. La contaminación del agua, producto del uso de pesticidas agrÃcolas, también ha sido vista como una fuente de enfermedades graves. Los nitratos contenidos en los productos quÃmicos utilizados en el cultivo se han detectado incluso en las nacientes y estos productos no son filtrados por las empresas de abastecimiento de las grandes educación a distancia (instituto universitario P.F.A) 82 tomo 1 derecho de los recursos naturales ) ciudades ni tampoco por los filtros domésticos comunes. Estos productos disminuyen la oxigenación natural del agua, la que, de ser ingerida, reduce el nivel de hemoglobina en la sangre, sobre todo en los niños. Se prevé que en este nuevo siglo toda la humanidad deberá enfrentar un problema grave y de difÃcil solución: la falta de agua, con la consecuente reducción de la oferta de alimentos y la proliferación de enfermedades infectocontagiosas. La escasez preocupó a varios paÃses y los llevó a discutir el uso racional del agua. Asimismo, la necesidad de agua es también la causa de algunos conflictos entre naciones. Ante esto, algunos analistas polÃticos piensan que los futuros racionamientos o cortes en el abastecimiento pueden desencadenar guerras para el control de las cuencas hidrográficas, principalmente en el Medio Oriente. Si tenemos que basarnos en estadÃsticas, no podemos pasar por alto unas cifras: durante el siglo XX, la población mundial se multiplicó por cuatro, el consumo de agua potable por nueve y el uso industrial que se le ha dado, por cuarenta. Sin duda el anterior es un dato para tener en cuenta, sobre todo si pensamos que en los años â60, solamente el Latinoamérica existÃan 80.000 m3 de agua lista para el consumo y en el año 2000, la cantidad era de solamente 28.000 m3. En lo que a nuestro paÃs se refiere, la tercera parte de la población carece de agua potable suministrada por una red. Todo este preámbulo es importante realizarlo para tomar conciencia de la importancia que tiene el agua en nuestra vida, y para darnos cuenta de que es un bien escaso. Para que el agua sea un recurso utilizable por todos, deben aunarse los esfuerzos personales, económicos y polÃticos, principalmente para preservarla. Otro factor importante a tener en cuenta es la educación, sin la cual ningún proyecto podrÃa materializarse. Si nos abocamos estrictamente al marco jurÃdico, no podemos dejar de mencionar el tratamiento dado al tema del agua, por la Constitución Nacional, sobre todo en materia de polÃtica hÃdrica como lo indica en su art. 75, inc. 10 al reglamentar la libre navegación de los rÃos interiores o el inc. 13 al reglar el comercio con las naciones extranjeras. educación a distancia (instituto universitario P.F.A) 83derecho de los recursos naturales tomo 1) El aprovechamiento que cada provincia haga en materia hÃdrica ha quedado delegado a través del art. 121 y por el CC en sus arts. 2339 y 2340 al consagrar la propiedad pública de las provincias sobre sus rÃos y caudales respectivos. Concretamente en lo que se refiere a la utilización de las caÃdas de agua, la ley 15.336 dispone que sean, a nivel nacional, aprovechadas para la generación hidroeléctrica. Cuando en el año 1994 se modificó la Constitución Nacional, quedó establecido que el dominio originario de los recursos naturales existentes en las diferentes regiones del paÃs le corresponden a cada provincia (art. 124). Dentro de esos recursos, están los rÃos, lagos, lagunas y demás cuerpos de agua. Cada provincia puede disponer y ha regulado el uso del agua que obra dentro de su territorio en cuanto lo referido al riego, al abastecimiento industrial, humano, el vuelco de desechos, etc. con excepción del uso que se le da para la navegación. Asimismo esta reforma incidió directamente en la regulación del recurso agua. Un aspecto que se debe tener en cuenta es que la Constitución sólo se refiere a los cursos de agua navegables, atribuyéndole en tal sentido las facultades de legislación respectivas al Congreso Nacional. Asimismo introdujo expresamente el derecho humano al goce del ambiente y el deber de su cuidado, tanto por parte de los habitantes como de las autoridades. La Ley Fundamental también determinó un deslinde de competencias, Nación - Provincias relativo a la cuestión ambiental, en la cual incluyó la noción de presupuestos mÃnimos de protección ambiental, concepto que aparece como novedoso y se encuentra en plena elaboración. En el capÃtulo Segundo, primera parte de nuestra Norma Fundamental, donde habla de âNuevos Derechos y GarantÃasâ, se han incluido derechos de los consumidores, de los usuarios de bienes y servicios y especialmente del ambiente, haciendo hincapié en el uso racional del agua del suelo y del aire. El art. 12 reconoce el derecho de los buques a navegar de una provincia a otra, sin quedar obligados a entrar o anclar ni pagar derechos por causa de tránsito, sin la concesión de preferencias a un puerto respecto de otro, utilizándose leyes o reglamentos de comercio. El art. 41 ordena la preservación y el cuidado del ambiente, previendo los daños que pudieran ocasionarse y determinando partidas especiales para financiar tales emprendimientos. El artÃculo 42 regla los derecho de los consumidores de la siguiente educación a distancia (instituto universitario P.F.A) 84 tomo 1 derecho de los recursos naturales ) manera: âLos consumidores y usuarios de bienes y servicios tienen derecho, en la relación de consumo, a la protección de su salud, seguridad e intereses económicos; a una información adecuada y veraz; a la libertad de elección y a condiciones de trato equitativo y digno. Las autoridades proveerán a la protección de esos derechos, a la educación para el consumo, a la defensa de la competencia contra toda forma de distorsión de los mercados, al control de los monopolios naturales y legales, al de la calidad y eficacia de los servicios públicos, y a la constitución de asociaciones de consumidores y de usuarios. La legislación establecerá procedimientos eficaces para la prevención y solución de conflictos, y los marcos regulatorios de los servicios públicos de competencia nacional, previendo la necesaria participación de las asociaciones de consumidores y usuarios y de las provincias interesadas, en los organismo de control.â El artÃculo 43, establece la acción de amparo en cuanto a la protección ambiental: âToda persona puede interponer acción expedita y rápida de amparo, siempre que no exista otro medio judicial más idóneo, contra todo acto u omisión de autoridades públicas o de particulares, que en forma actual o inminente lesione, restrinja, altere o amenace, con arbitrariedad o ilegalidad manifiesta, derechos y garantÃas reconocidas por esta Constitución, un tratado o una ley. En el caso, el juez podrá declarar la inconstitucionalidad de la norma en que se funde el acto u omisión lesiva. Podrán interponer esta acción contra cualquier forma de discriminación y en lo relativo a los derechos que protegen al ambiente, a la competencia, al usuario y al consumidor, asà como a los derechos de incidencia colectiva en genera, el afectado, el defensor del pueblo y las asociaciones que propendan a esos fines, registradas conforme a la ley, la que determinara los requisitos y formas de su organización. Toda persona podrá interponer esta acción para tomar conocimiento de los datos a ella referidos y de su finalidad, que consten en registros o bancos de datos públicos, o los privados destinados a prever informes, y en caso de falsedad o discriminación, para exigir la supresión, rectificación, confidencialidad o actualización de aquellos. No podrá afectarse el secreto de las fuentes de información periodÃstica. Cuando el derecho lesionado, restringido, alterado o amenazado fuera la libertad educación a distancia (instituto universitario P.F.A) 85derecho de los recursos naturales tomo 1) fÃsica, o en caso de agravamiento ilegÃtimo en la forma o condiciones de detención, o en el de desaparición forzada de personas, la acción de habeas corpus podrá ser interpuesta por el afectado o por cualquiera en su favor y el juez resolverá de inmediato, aún durante la vigencia del estado de sitio.â Para el derecho, el tema del agua y lo que ella trae aparejado es un tema muy importante por ello debe ser enfocado en busca de un punto medio entre la ciencia natural y la necesidad, es decir entre la naturaleza de las instituciones jurÃdicas y su funcionamiento práctico. Para hablar de este tema debemos hacerlo en base a la ley, y en el caso correspondiente proponer las reformas que correspondan, respetando la esencia de lo normado. El agua no es solo el agua, es además el suelo, la producción, el medio, en sÃ, la vida misma y el desarrollo. El primer interesado que pensó en la administración de la mejor agua, para el uso del hombre, mitigando los ciclos de la naturaleza fue Florentino Ameghino; le siguió el Ing. Barbagallo quien propuso una âsistematizaciónâ del agua en relación con el suelo, su riqueza, aprovechamiento, productividad y protección. El tercer interesado fue el INTA, que continúa aportando esfuerzos, información, ideas y propuestas a los productores. El agua como recurso económico respecto del medio ambiente. Antecedentes de las leyes que la rigen. Como ya conocemos, el Agua es vital para mantenernos vivos, de ahà que sea el componente más abundante e importante de nuestro planeta. La sexta parte de la humanidad vive en zonas de clima seco y cálido, en el llamado Tercer Mundo, el 55% de la población rural y el 40% de la urbana carecen de acceso adecuado a fuentes de agua potable. De acuerdo con datos de la Organización Mundial de la Salud, aproximadamente 1.500 millones de personas carecen de abastecimiento de agua potable, y 1.700 millones no cuentan con instalaciones adecuadas para recibir dicha provisión. De igual forma, unos 5 millones de personas, fallecen anualmente a causa de enfermedades transmitidas por medio del agua. educación a distancia (instituto universitario P.F.A) 86 tomo 1 derecho de los recursos naturales ) Debemos aclarar, que ya desde 1958 existió en nuestro paÃs una temprana preocupación por la preservación del medio ambiente, de ahà que las autoridades de la época sancionaran la Ley 5.965 referida a la protección de las fuentes de provisión y de los cursos y cuerpos receptores de agua y de la atmósfera. Esta ley prohibÃa el envÃo de afluentes residuales tanto sólidos, como lÃquidos o gaseosos, cualquiera fuera su origen a los siguientes puntos: ⢠atmósfera, ⢠canalizaciones, ⢠acequias, ⢠arroyos, ⢠riachos, y ⢠rÃos Asimismo se extendió a toda otra fuente, curso o cuerpo receptor de agua, superficial o subterráneo, que signifique una degradación o desmedro del aire o de las aguas de la Provincia, sin previo tratamiento de depuración o neutralización que los convierta en inocuos o inofensivos para la salud de la población o que impida su efecto pernicioso en la atmósfera y la contaminación, perjuicios y obstrucciones en las fuentes, cursos o cuerpos de agua; esto quedó establecido en el artÃculo 2º. El artÃculo 4, por otra parte, inhibe a que las autoridades municipales extiendan certificados de finalización o habilitación de establecimientos, inmuebles o industrias, aunque fuera de carácter precario, cuando los mismos emanen efluentes en contravención con las disposiciones de la ley, sin la aprobación previa de dicho efluente por los organismos competentes de los Ministerios de Obras Públicas y/o Salud Pública de la Provincia de Buenos Aires. En el artÃculo 6 se dispone puntualmente que ningún establecimiento industrial podrá ser habilitado a iniciar sus actividades, ni aún en forma provisional, sin previamente haber sido habilitadas y aprobadas las instalaciones de provisión de agua y de los efluentes residuales respectivos. educación a distancia (instituto universitario P.F.A) 87derecho de los recursos naturales tomo 1) Esta Ley fue reglamentada por el Decreto 3.125/61 (desde un aspecto de reglamentación general de la ley) y por el Decreto 2.009/60 (reformado por el Decreto 3.970/90 en cuanto a los efluentes lÃquidos). Este decreto, además de reiterar la obligación de tratamiento de los efluentes, determina la necesidad de un permiso para la descarga de los mismos, habiendo sido sometidos a los tratamientos respectivos, ya sea en la red cloacal o en otros cuerpos receptores. En relación a los residuos lÃquidos, el artÃculo 17, en sus inciso 6 y 8 de la ley 12355, establece que la competencia reside en el Ministerio de Obras Públicas. Los efluentes gaseosos, en cambio, quedaron sin reglamentación especifica hasta que en 1995 fuera dictado el Decreto 3.395, que atribuyó la competencia sobre el control y fiscalización de dichos efluentes a la SecretarÃa de PolÃtica Ambiental. Quienes generasen efluentes gaseosos, deben contar con un permiso de descarga por parte de la SecretarÃa de PolÃtica Ambiental, el cual será otorgado siempre que se hubieran cumplido las condiciones establecidas en el propio decreto. El permiso de descarga tiene una duración de dos años y debe renovarse junto con el certificado de aptitud ambiental exigido por la Ley 11.459 (también extendido por dos años). La fiscalización corresponde a la SecretarÃa de PolÃtica Ambiental, pero al igual que el régimen de la Ley 11.459, pueden delegarse facultades de fiscalización en las Municipalidades. Debemos decir que el agua puede sufrir diversos usos y que existen distintas formas en que el habitante puede utilizar este recurso: ⢠A través del agua que consume (agua potable) ⢠A través del agua potable que utiliza para higienizarse. ⢠A través de los efluentes cloacales provocados por los desechos cloacales. ⢠A través de los cursos de agua con los que convive en la ciudad (cuerpos receptores) ⢠A través de las lluvias suceden en la ciudad. (desagües pluviales) Clasificación de los diferentes usos del agua. Distribución en el paÃs de los recursos hÃdricos y su aprovechamiento. Contaminación. Los efluentes. educación a distancia (instituto universitario P.F.A) 88 tomo 1 derecho de los recursos naturales ) La Resolución Nº 634/98 de la SecretarÃa de Recursos Naturales y Desarrollo Sustentable de la Nación establece objetivos de calidad ambiental que permitan el logro del desarrollo especialmente en los ecosistemas involucrados en la Franja Costera del RÃo de la Plata y del RÃo Matanza-Riachuelo. Debe destacarse que no fue elaborado ningún parámetro técnico por parte de la Comisión Asesora Permanente creada por el Código de la Prevención de la Contaminación Ambiental, ni por la Autoridad Municipal Competente. En la Ciudad de Buenos Aires veremos más adelante, que no existieron parámetros técnicos propios, remitiendo su normativa a los existentes a nivel nacional. Debemos destacar que la regulación del agua en la Ciudad de Buenos Aires ha seguido, en general, la evolución del modelo económico imperante en el paÃs. Hasta el fin de la década de los â80 la Obras Sanitarias de la Nación prestaba el servicio de provisión de agua y saneamiento urbano y el control y la vigilancia de la contaminación de las fuentes de provisión de agua, es decir, las funciones de prestación del servicio y policÃa ambiental. Iniciada la privatización, estas funciones quedaron en manos del Estado como control de la Empresa proveedora del servicio y de sus aspectos ambientales. El agua ha sido clasificada de la siguiente manera: Uso por parte del Estado Uso municipal Uso doméstico Uso recreativo Uso agropecuario Uso hidroeléctrico e industrial Uso minero Uso piscÃcola Uso como receptáculo de residuos educación a distancia (instituto universitario P.F.A) 89derecho de los recursos naturales tomo 1) Si nos referimos al uso del agua por parte de los municipios, éstos la emplean para los servicios de agua corriente (actualmente el 60 % de ciudadanos cuenta con el servicio) y de redes cloacales (un 45 % de la población total), bajo estrictas reglamentaciones. En 1988, a través de la ley 23.615 es creado el Consejo Federal de Agua Potable y Saneamiento, cuya finalidad ha sido impulsar, administrar, promover, financiar y supervisar programas para el abastecimiento de agua potable y toda obra de saneamiento para mejorar la calidad de vida. Cuando en el año 1989, la ley de Reforma del Estado Nº 23.696 dispuso la forma en que serÃan privatizadas más de 200 empresas estatales, en 1993 Obras Sanitarias de la Nación pasó a manos privadas con la denominación Aguas Argentinas S.A., produciéndose importantes cambios en la materia, entre otros, la creación de entes fiscalizadores que velarÃan por el normal y correcto desempeño de cada empresa. En realidad la función de cada ente regulador es fiscalizar y controlar el funcionamiento de los servicios públicos para proteger a los usuarios y verificar el cumplimiento de las normas estipuladas en los contratos respectivos. Quien se encarga del agua, es el Ente Tripartito de Obras y Servicios Sanitarios que no sólo controla las cloacas y el estado del agua corriente, sino las tarifas, las inversiones, la expansión de las obras y los derechos de los usuarios. Aclaremos que el Instituto de IngenierÃa Sani- taria controla la calidad del agua en Buenos Aires y en lo que al resto del paÃs se refiere, el encargado en el Consejo Federal de Agua Potable y Saneamiento, separado para un mejor funcionamiento en cinco regiones: ⢠Noroeste, ⢠Noreste, ⢠Centro â Oeste, ⢠Centro â Este, ⢠Patagonia. Conjuntamente con el uso municipal, el industrial del agua provocan serios procesos de contaminación, de acuerdo a la capacidad que tenga el receptáculo para su autodepuración, pero aún en mayor escala es el que provoca el uso del agua como receptáculo de residuos tanto en lechos superficiales como subterráneos. educación a distancia (instituto universitario P.F.A) 90 tomo 1 derecho de los recursos naturales ) Distribución en el paÃs de los recursos hÃdricos y su aprovechamiento.Distribución en el paÃs de los recursos hÃdricos y su aprovechamiento.Distribución en el paÃs de los recursos hÃdricos y su aprovechamiento.Distribución en el paÃs de los recursos hÃdricos y su aprovechamiento.Distribución en el paÃs de los recursos hÃdricos y su aprovechamiento. Repasando conceptos que ya tenemos muy incorporados sobre la geografÃa de nuestro paÃs, debemos destacar que: ⢠el extenso frente atlántico le da acceso a importantes recursos pesqueros. ⢠las grandes montañas del oeste nos brindan un importante potencial minero ⢠las extensas llanuras en el centro-oriental cuentan con un clima que va de lo templado a lo subtropical, aptito para el asentamiento de pueblos y para desarrollar actividades agropecuarias. ⢠en el sur hay grandes extensiones que forman valles, apropiados para el riego. Estos caracteres forman tres vertientes principales: 1. Atlántico1. Atlántico1. Atlántico1. Atlántico1. Atlántico, incluye las principales cuencas del paÃs y está formada a partir de las cuencas que desembocan en él, tanto en términos de derrame como de áreas beneficiadas. 2.2.2.2.2. PacÃficoPacÃficoPacÃficoPacÃficoPacÃfico, la que, a pesar de estar ubicada en una pequeña franja entre las cordil- lera andina y la frontera con Chile, cuenta con rÃos de importante caudal. 3.3.3.3.3. EndorreicasEndorreicasEndorreicasEndorreicasEndorreicas, formada por cuencas de las zonas centro y noroeste que no derraman sus aguas en ninguno de los dos océanos mencionados anteriormente, cuyo derrame es mucho menor. A estas últimas, se las puede calificar como áreas sin drenaje superficial, ya que son vastas planicies carentes de cursos colectores de lluvias, abarcando un 30% del territorio nacional, y un 1% de los recursos hÃdricos superficiales, lo que significa que, en relación al resto del paÃs, el agua es escasa y su gestión adquiere una gran relevancia económica y social, estimulando la construcción de obras de aprovechamiento para consumo, riego y producción de energÃa. En Argentina se hace un uso importante de las aguas subterráneas, particularmente donde sus caracterÃsticas, mayor estabilidad temporal, flexibilidad de uso y mejores condiciones de calidad del agua, favorecen su explotación. educación a distancia (instituto universitario P.F.A) 91derecho de los recursos naturales tomo 1) Un 30 % del agua promedio extraÃda en el ámbito nacional para los distintos usos proviene de fuentes subterráneas. En el caso del riego en las regiones áridas y semiáridas, las reservas de agua subterránea cumplen un rol esencial al asegurar una regulación plurianual de los recursos y permiten superar periodos de sequÃa, como el registrado en el periodo 1967/1972. El sector agrario es el que demanda o utiliza la mayor cantidad de agua, ya que absorbe el 79.4% del uso consuntivo total, desagregado en 70.6% para las actividades agrÃcolas (riego) y 8.8% para las pecuarias. Otros sectores importantes, que representan el consumo poblacional e indus- trial, registran porcentajes mucho menores. Es importante observar que el agua subterránea representa el 30% del abastecimiento para usos consuntivos, siendo especialmente importante para las actividades pecuarias e industriales. Tipo de UsoTipo de UsoTipo de UsoTipo de UsoTipo de Uso (%) (%) (%) (%) (%) Riego Riego Riego Riego Riego 70.6 GanaderoGanaderoGanaderoGanaderoGanadero 8.8 MunicipalMunicipalMunicipalMunicipalMunicipal 13.2 IndustrialIndustrialIndustrialIndustrialIndustrial 7.4 TotalTotalTotalTotalTotal 100.0 En lo que se refiere al uso agrario de las aguas, el paÃs cuenta con 125 sistemas o zonas de riego, tanto público como privado. Aunque en ciertas zonas el Estado cuenta con un registro de las concesiones y usos del agua, en otras este uso, por ser principalmente privado (por bombeo directo de fuentes superficiales y/o subterráneas, por ejemplo), generalmente se realiza sin contar con una concesión o permiso de uso del agua. Todo ello dificulta el control y el conocimiento exacto de las superficies. En cuanto al uso poblacional, a fines de 1999 el 84% de la población urbana de todo el paÃs está conectada a sistemas de agua potable por red, mientras que el 54% de esta población dispone de servicios de evacuación de excretas por red. El 18 % de la población urbana utiliza sistemas individuales para la evacuación educación a distancia (instituto universitario P.F.A) 92 tomo 1 derecho de los recursos naturales ) de efluentes cloacales, tales como cámara séptica y pozo absorbente; por lo que la población urbana que tiene acceso a un sistema cloacal seguro alcanza aproximadamente al 72 %. De todos modos, se sigue registrando una marcada diferencia de cobertura de agua potable y saneamiento entre provincias y entre áreas urbanas y rurales. El uso no consuntivo del agua en Argentina se registra en actividades muy variadas, debiéndose mencionar el aprovechamiento de los cuerpos de agua (rÃos, lagos, etc.), para el desarrollo de deportes acuaticos, actividades recreativas y turismo, especialmente en los embalses de las regiones áridas y semiáridas. Estos aspectos no han sido objeto de un dimensionamiento económico apropiado por lo que se carece de estadÃsticas confiables, no obstante lo cual se prevé que la contribución de estos usos a las economÃas regionales devendrá cada vez más significativa y podrá integrar los beneficios económicos cuantificables de este tipo de obras. Uno de los principales problemas que enfrenta la Argentina para el aprovechamiento sostenible de los recursos hÃdricos se refiere a la calidad del agua. Actualmente la calidad se encuentra amenazada por la alteración del uso del sueloen las que las prácticas agrÃcolas no conservacionistas, la deforestación, el uso de agroquÃmicos y los cambios en el uso del suelo, particularmente la urbanización, perturban el balance hÃdrico y las condiciones de calidad de las fuentes. En el interior del paÃs, las grandes industrias y las actividades productivas extensivas son causa de contaminación de fuentes de agua superficiales y subterráneas. Los altos contenidos naturales de flúor y de arsénico, asà como de nitratos originados en residuos urbanos, registrados en las aguas subterráneas explotadas para el abastecimiento a la población, constituyen auténticos riesgos para la salud publica. La salinización de las aguas y de los suelos representa una grave amenaza para el sustento del sector agropecuario. Estos problemas generan conflictos entre las zonas urbanas e industriales y las áreas húmedas con mayor vocación agrÃcola. Las enfermedades asociadas al recurso hÃdrico constituyen grave problema para la salud de la población, especialmente el lo referente a las epidemias y a la presencia educación a distancia (instituto universitario P.F.A) 93derecho de los recursos naturales tomo 1) de elementos tóxicos de origen industrial, minero o natural con efectos cancerÃgenos u otros riesgos para la salud pública. El clima es otro factor que debe tomarse en cuenta. La Argentina ha soportado periódicamente fenómenos extremos de crecidas y de sequÃas en distintas regiones del PaÃs, que se han intensificado en las últimas décadas, propiciando fenómenos aluvionales con movimiento de grandes masas de material sólido. ContaminaciónContaminaciónContaminaciónContaminaciónContaminación La contaminación se produce cuando se supera esa capacidad de autodepuración, cuando el agua deja de absorber esos residuos necesitando de procesos quÃmicos que la libere de todos los agentes extraños y la restituya a su estado original. El Ãndice de contaminación más elevado del paÃs se encuentra en la Capital Fed- eral y el Gran Buenos Aires. Este es otro problema que amenaza a la calidad del agua. En muchas ciudades del mundo, la calidad del agua es tan baja que no sirve ni para su uso industrial. El Ente Tripartito de Obras y Servicios Sanitarios creado el 20 de abril de 1993 por la ley de privatizaciones está conformado por el Estado Nacional, la Provincia de Buenos Aires y la Ciudad de Buenos Aires. Sus funciones son: a) El control y la fiscalización del concesionario (Aguas Argentinas S.A.) como agente contaminante, en relación a los temas de contaminación hÃdrica ; b) el ejercicio del poder de policÃa en relación a la prestación del servicio de provisión de agua potable y de desagües cloacales en el área regulada. El decreto 999/92 es el que regula las áreas y el ámbito de aplicación que comprende la Ciudad de Buenos Aires y los partidos de Almirante Brown, Avellaneda, Esteban EcheverrÃa, La Matanza, Lanús, Lomas de Zamora, Morón, San Fernando, San Isidro, San MartÃn, Tres de Febrero, Tigre y Vicente López, de la Provincia de Buenos Aires (correspondiente con la jurisdicción que perteneciera a Obras Sanitarias de la Nación. Por decreto 152/96 es agregado el partido de Quilmes. En dicha área habitan aproximadamente 10 millones de personas, de los cuales 6 millones son usuarios del servicio y 5 millones cuentan con acceso al de saneamiento. educación a distancia (instituto universitario P.F.A) 94 tomo 1 derecho de los recursos naturales ) Efluentes: diferentes tratamientos.Efluentes: diferentes tratamientos.Efluentes: diferentes tratamientos.Efluentes: diferentes tratamientos.Efluentes: diferentes tratamientos. Con respecto a los efluentes, debemos decir que dada la gestión hÃdrica, se ha jerarquizado fundamentalmente el enfoque de los usos prioritarios del recurso, las reglamentaciones sobre las efluentes lÃquidos industriales se han dirigido, desde fines de los años 1940 a garantizar la provisión de agua potable; por ello se han fijado criterios de calidad de los cursos naturales y lÃmites a la presencia de elementos contaminantes en las descargas, previendo las necesidades de purificación de las aguas provenientes de los cursos naturales y de las redes cloacales por parte de la empresa proveedora. Por este motivo, el rol de autoridad de aplicación de estas normativas mayormente recayó en las empresas proveedoras de agua potable (en especial OSN en el ámbito nacional y sus equivalentes provinciales y municipales). Esto implicó la existencia de una gran cantidad de normativas y organismos a cargo del control y la imposibilidad de contar con una administración global del recurso (CNPA, 1991). Además de los mecanismos regulatorios, más recientemente se incorporaron en varias legislaciones tasas proporcionales a la carga contaminante en los efluentes de las empresas industriales y distintas exigencias en cuanto a la pureza de los efluentes según la capacidad de recuperación, sumando otros criterios al del uso que se hiciera de los cursos naturales de agua. Estos criterios más modernos se adoptaron en los últimos años en las regulaciones de la Capital Federal (decreto 674 de 1989) y la provincia de Buenos Aires (decreto 3870 y 3970 de 1990). Adicionalmente, en la Capital Federal se han establecido lÃmites transitorios (a corto plazo) para las emisiones y criterios guÃa de largo plazo a ser alcanzados por las sucesivas actualizaciones de las normativas, brindando un marco más estable en materia de polÃtica ambiental. Las aguas residuales son materiales derivados de la actividad industrial y de los residuos domésticos, los cuales por razones de salud pública no pueden ser vertidas a los cursos de aguas corrientes o lagos. A pesar de las recomendaciones y ordenanzas en los últimos años los ambientes naturales han recibido un creciente aporte de efluentes industriales y domésticos que han llevado al deterioro de muchos cursos de agua haciéndolos incompatibles con la vida. Aquellos materiales tóxicos o indeseables deben ser tratados para hacerlos inocuos, educación a distancia (instituto universitario P.F.A) 95derecho de los recursos naturales tomo 1) los materiales inorgánicos como sedimentos u otros residuos pueden ser tratados por procesos fisico-quÃmicos, pero los residuos con una carga orgánica importante deben sufrir un tratamiento microbiológico para su oxidación. El tratamiento de desechos generalmente involucra etapas múltiples de tratamiento fÃsico y biológico. 1. Tratamiento primario:1. Tratamiento primario:1. Tratamiento primario:1. Tratamiento primario:1. Tratamiento primario: Consiste en separaciones fÃsicas, en la que el agua se hace pasar por una serie de mayas para eliminar residuos mayores y luego el efluente se deja asentar para permitir que los sólidos suspendidos sedimenten. 2. Tratamiento secundario:2. Tratamiento secundario:2. Tratamiento secundario:2. Tratamiento secundario:2. Tratamiento secundario: Estos son procesos que reducen la demanda bioquÃmica de oxigeno de los desechos originales antes de verterlos a los cursos de aguas, consta de los siguientes procesos. a) Proceso anaeróbico:a) Proceso anaeróbico:a) Proceso anaeróbico:a) Proceso anaeróbico:a) Proceso anaeróbico: Este proceso comprende procesos de digestión y fermentación básicamente realizada por bacterias. El resultado final logra una disminución del contenido de sustancia orgánica. La descomposición anaeróbica se suele usar para el tratamiento de materiales con mucha sustancia orgánica insoluble como celulosa, fibra, etc. b) Proceso aeróbico:b) Proceso aeróbico:b) Proceso aeróbico:b) Proceso aeróbico:b) Proceso aeróbico: El sistema aeróbico de tratamiento más común es el llamado de lodos activados. AquÃ, las aguas de desecho se mezclan y aerean en un gran tanque con el fin de acelerar el proceso de degradación. En estos ambientes se desarrollan hongos, bacterias formadoras de limo principalmente Zoogloea ramigera tÃpica de este proceso y bacterias filamentosas. El tiempo de permanencia del residuo en los tanques de lodos activados es de 5 a 10 horas el cual es demasiado corto para la oxidación total del mismo. 3. Tratamiento terciario:3. Tratamiento terciario:3. Tratamiento terciario:3. Tratamiento terciario:3. Tratamiento terciario: Es un proceso de elevado costo económico que involucra un tratamiento fisico-quÃmico que incluye filtración, precipitación y cloración lo que permite reducir los niveles de fosfatos y nitratos del efluente final. La calidad final de las aguas residuales es tal que no llega a sostener un desarrollo microbiano extensivo y en muchos casos se llega a bombear al suministro de agua algunas ciudades. educación a distancia (instituto universitario P.F.A) 96 tomo 1 derecho de los recursos naturales ) Cuando utilizamos la palabra âusoâ, nos estamos refiriendo, según los diccionarios, âal ejercicio o empleo general y continuado de una cosa determinadaâ, en este caso, del agua. Para reglar el uso, el Código Civil ha señalado cuáles son aguas de dominio público y cuáles de dominio privado. Si nos detenemos a analizar el Código Civil, nos encontramos con muchos artÃculos que norman el tema del agua, entre ellos: a.a.a.a.a. los primeros seis incisos del art. 2340 âquedan comprendidos entre los bienes públicos: 1º) Los mares territoriales hasta la distancia que determine la legislación especial, independientemente del poder jurisdiccional sobre la zona contigua; 2º) Los mares interiores, bahÃas, ensenadas, puertos y ancladeros; 3º) Los rÃos, sus cauces, las demás aguas que corren por cauces naturales y toda otra agua que tenga o adquiera la aptitud de satisfacer usos de interés general, comprendiéndose las aguas subterráneas, sin perjuicio del ejercicio regular del derecho del propietario del fundo de extraer las aguas subterráneas en la medida de su interés y con sujeción a la reglamentación; 4º) Las playas del mar y las riberas internas de los rÃos, entendiéndose por tales la extensión de tierra que las aguas bañan o desocupan durante las altas mareas normales o las crecidas medias ordinarias; 5º) Los lagos navegables y sus lechos; 6º) Las islas formadas o que se formen en el mar territorial o en toda clase de rÃo, o en los lagos navegables, cuando ellas no pertenezcan a particularesâ b.b.b.b.b. el art. 2350, sostiene que âlas vertientes que nacen y mueren dentro de una misma heredad, pertenecen, en propiedad, uso y goce, al dueño de la heredadâ. c.c.c.c.c. el art. 2574, regla que âEl derecho de aluvión no corresponde sino a los propietarios de tierras que tienen por lÃmite la corriente del agua de los rÃos o arroyos; pero no corresponde a los ribereños de un rÃo canalizado y cuyas márgenes son formadas por diques artificialesâ. d.d.d.d.d. el art. 2635, establece que âLas aguas pluviales pertenecen a los dueños de las heredades donde cayesen, o donde entrasen, y les es libre disponer de ellas o El Tratamiento en el Código Civil. El Control de la contaminación hÃdrica en la Ciudad de Buenos Aires. normativa. privatización del sector. educación a distancia (instituto universitario P.F.A) 97derecho de los recursos naturales tomo 1) desviarlas, sin detrimento de los terrenos inferiores.â eeeee. el art. 2637 esboza que âLas aguas que surgen en los terrenos de particulares pertenecen a sus dueños, quienes pueden usar libremente de ellas y cambiar su dirección natural. El hecho de correr por los terrenos inferiores no da a los dueños de éstos derecho alguno. Cuando constituyen curso de agua por cauces naturales pertenecen al dominio público y no pueden ser alterados.â f.f.f.f.f. el art. 2645 habla sobre la construcción de represas de agua de rÃos o arroyos, las cuales se regirán de acuerdo a las normas del derecho administrativo. g.g.g.g.g. el art. 2648, establece que no están comprendidas las aguas subterráneas que salen al exterior por algún trabajo del arte; ni las aguas pluviales caÃdas de los techos, o de los depósitos en que hubiesen sido recogidas, ni las aguas servidas que se hubiesen empleado en la limpieza doméstica o en trabajos de fábricas, salvo cuando fuesen mezcladas con el agua de lluvia. El Control de la Contaminación HÃdrica en la Ciudad de Buenos Aires.El Control de la Contaminación HÃdrica en la Ciudad de Buenos Aires.El Control de la Contaminación HÃdrica en la Ciudad de Buenos Aires.El Control de la Contaminación HÃdrica en la Ciudad de Buenos Aires.El Control de la Contaminación HÃdrica en la Ciudad de Buenos Aires. Normativa.Normativa.Normativa.Normativa.Normativa. A continuación señalaremos muy brevemente y en forma cronológica, la normativa que se ha dado en materia de contaminación hÃdrica: 1. Ley 2797/1891: es la que prohÃbe el vertido de las aguas cloacales y los lÃquidos nocivos de los diferentes establecimientos industriales, sin haber sido sometidos con antelación a los procesos de purificación correspondientes. 2. Ley 13.577/49 y modificatorias: es la Ley Orgánica de Administración General de Obras Sanitarias de la Nación por la que se le da a O. S. N. el rol de prestataria de los siguientes servicios: a) provisión de agua potable b) saneamiento urbano, c) control y vigilancia de la contaminación directa e indirecta de las fuentes de provisión de agua que sean utilizadas. Esta norma ha sido modificada por la ley 23.696 de privatizaciones y el decreto 776/92. 3. Ordenanza de la Municipalidad de la Ciudad de Buenos Aires 39.025/83, modificada educación a distancia (instituto universitario P.F.A) 98 tomo 1 derecho de los recursos naturales ) por su equivalente 46.956/93: es el Código de la Prevención de la Contaminación Ambiental. En su capÃtulo IV, trata sobre los Efluentes lÃquidos, aunque no ha sido aplicada y sus parámetros técnicos no han sido determinados. 4. Decreto 674/89 y resoluciones concordantes: a través de él quedan establecidos el Régimen de Control y la Prevención de la Contaminación HÃdrica. 5. Ley 23.696/91y decreto 2408/91de Privatización de OSN: es la norma que delinea la creación del Ente Tripartito de control del futuro concesionario. 6. Ley 24.051/92 y decreto 831/93 sobre el Régimen Nacional de Residuos Peligrosos: es el que prevé la clasificación de los cuerpos receptores de acuerdo a sus usos, estableciendo los niveles que guiarán la calidad de agua en relación a sus usos. 7. Decreto 776/92 por las que son transferidas a la SecretarÃa de Recursos Naturales y Desarrollo Sustentable de la Nación las Facultades de control y la vigilancia de la contaminación hÃdrica. 8. Decreto 999/92 que delimita el Marco regulatorio de la concesión del servicio de agua potable y desagües cloacales y ratifica el convenio de creación del Ente Tripartito de Aguas y Servicios Sanitarios. 9. Decreto 993/93 es el que dispone la transferencia de los desagües pluviales que se sitúen en su territorio, a la Ciudad de Buenos Aires. 10. Decreto 1093/93 es el creador dentro del ámbito de la Presidencia de la Nación del Comité ejecutivo para el saneamiento de la Cuenca Matanza-Riachuelo. Ha sido derogado por el decreto 482/95. 11. Decreto 787/93 es el que establece la aprobación del contrato de concesión de Aguas Argentinas S.A. 12. Decreto 482/95 es el creador dentro del ámbito de la Secret. Recursos Naturales el Comité Ejecutor del Plan de Gestión Ambiental y de Manejo de la Cuenca HÃdrica Matanza-Riachuelo, el cual reemplazó al creado por el decreto 1.093/93 y que se inte- gra por representantes de la SecretarÃa de Recursos Naturales y Desarrollo Sustentable, tanto del Gobierno de la Provincia de Buenos Aires, como de la Ciudad de Buenos Aires. Sus principales funciones son llevar a cabo un Plan de Gestión Ambiental y de Manejo de la Cuenca HÃdrica Matanza-Riachuelo y la puesta en marcha de los esquemas educación a distancia (instituto universitario P.F.A) 99derecho de los recursos naturales tomo 1) institucionales propuestos. 13. Decreto 1094/96 es el que atribuye al Comité Ejecutor del Plan de Gestión Ambiental de la Cuenca HÃdrica Matanza-Riachuelo la coordinación interjurisdiccional de las actividades y la implementación de las acciones necesarias para la adecuación de las obligaciones contractuales de Aguas Argentinas S.A. en cuanto a la expansión de redes y plantas en el área Matanza-Riachuelo. 14. Decreto 1167/97 es por el que se aprueba el acta acuerdo suscripta con Aguas Argentinas S.A. y pauta la renegociación del contrato. 15. Decreto 146/98 es el que aprueba la estructura orgánica nueva de la SecretarÃa de Recursos Naturales. 16. Decreto 1078/98 es el que delega en la SecretarÃa de Recursos Naturales la competencia de las decisiones sobre los lineamientos que en el marco del Contrato de concesión de Aguas Argentinas S.A., le fueran reservadas al concedente y que no sean atinentes a la modificación o extinción del contrato. 17. Resolución de la SecretarÃa de Recursos Naturales y Desarrollo Sustentable 634/98 es la que establece los objetivos de la calidad ambiental que permita el logro de los ecosistemas ubicados tanto en la Franja Costera del RÃo de la Plata, como del RÃo Matanza-Riachuelo. Privatización del SectorPrivatización del SectorPrivatización del SectorPrivatización del SectorPrivatización del Sector La ley de Obras Sanitarias de la Nación es la 13.577 y ha sido modificada por los decretos 674/89. y 776/92..... El 1º de mayo de 1993, Obras Sanitarias de la Nación, pasa a manos privadas bajo la denominación de Aguas Argentinas S.A., a través de un contrato de concesión. El 20 de abril de 1993 se crea el Ente Tripartito de Obras y Servicios Sanitarios, un organismo integrado por un presidente, un vicepresidente y cuatro Directores. Obras Sanitarias de la Nación era la prestataria para: ⢠provisión de agua, ⢠saneamiento urbano, educación a distancia (instituto universitario P.F.A) 100 tomo 1 derecho de los recursos naturales ) ⢠control y vigilancia de la contaminación directa e indirecta de las fuentes de provisión de agua que utilice. Para poder llevar a cabo estas funciones, debÃan efectuarse las reglamentaciones respectivas y determinar los parámetros tanto para la regulación del recurso agua como para la instrumentación del ejercicio de la policÃa ambiental. La Reglamentación de la ley de Obras Sanitarias de la Nación, a través del Decreto 2125/78, planteó la determinación de la cuota de resarcimiento por los vertidos que evacuaran las industrias a los cuerpos receptores. Las disposiciones del mencionado decreto no tuvieron aplicación debido a los problemas inflacionarios de ese momento, pero claramente sentó precedente de lo que se dio en llamar âprincipio contaminadorâ. El Principio Contaminador establece que el responsable de la contaminación debe soportar los costos de las medidas necesarias para reparar los daños ambientales causados por la actividad que hubiera desarrollado hasta alcanzar los niveles ambientales aceptables establecidos por las autoridades públicas. El objetivo perseguido es de largo plazo y tiende a que los agentes económicos adopten de manera progresiva los mecanismos de eficiencia ambiental. Quedó establecido que no es necesario que exista una relación directa entre el monto de lo que un individuo deba pagar por desarrollar una actividad contaminante y el costo del manejo respecto de ese tipo de contaminación. Este principio debe ser entendido dentro de la idea general de los instrumentos económicos de protección y adecuación ambiental. La teorÃa económica establece, que de ser posible valorar monetariamente un daño ambiental causado por la contaminación, se podrÃa establecer un pago ambiental igual al costo del daño causado, sirviendo esto para desalentar los comportamientos dañinos de quienes contaminen, resultando de ello un nivel de contaminación teóricamente óptimo. Lo más utilizado por los organismos para castigar a quienes contaminen son las tasas, las que pueden establecerse por emisión, sobre productos y administrativas; los permisos transables o comercializables; y los subsidios y sistemas de multas, dando la libertad de elección a los contaminadores, para optar por una solución más beneficiosa entre las distintas posibilidades que se le presenten. En el caso de las cargas por contaminación: pagar el cargo o invertir en tecnologÃas adecuadas para el control de la misma. educación a distancia (instituto universitario P.F.A) 101derecho de los recursos naturales tomo 1) Este decreto fue derogado y reemplazado por el 674/89, el cual introdujo normas especÃficas para preservar la calidad del agua e impulsar a los establecimientos industri- ales a construir unidades de tratamiento de vertidos en el menor tiempo posible, protegiendo y promoviendo la integridad y el buen funcionamiento de las instalaciones de Obras Sanitarias de la Nación, estableciendo lÃmites permisibles, a partir de los cuales se considera que un establecimiento efectuó una evacuación contaminante, debiendo en consecuencia, abonar el Derecho Especial para el Control de la Contaminación HÃdrica, en forma adicional a las tasas y otros cargos, por las tareas de fiscalización y saneamiento de los cursos de aguas. Esto implica la consideración del principio contaminador- pagador, con una tendencia al cambio de conducta del industrial, dado el objeto de la misma norma. Las regulaciones cuentan con resoluciones de Obras Sanitarias de la Nación Nº 79.129 y de la SecretarÃa de Recursos Naturales y Desarrollo Sustentable de la Nación Nº 314/92, Nº 455/92, 347/92, 203/93, 231/93, 242/93. Estas normas son técnicas y su objetivo es constituirse como instrumentos para la aplicación del Decreto 674/89. Los montos que fueran abonados para la aplicación de este Derecho especial se calculan de acuerdo a lo establecido en el Decreto, el cual ha sido cuestionado técnicamente, arrojando muchas veces en su aplicación, sumas que no implicarÃan un gran costo para los establecimientos industriales que superen los lÃmites permisibles referidos. Esta norma establece además sanciones tales, como multas, cierre de desagüe y clausura de establecimiento industrial, aplicadas en forma progresiva si no se constata un cambio de conducta por parte del industrial (Ley Nº 13.577, modificada por la Ley Nº 20.234). Asimismo se incluyó un artÃculo en este decreto titulado «De la Participación Ciudadana», por el cual se considera la posibilidad de que cualquier ciudadano denuncie la existencia de vertidos contaminantes, estableciéndose ciertas pautas para el procedimiento ante dicha denuncia. En la actualidad, cualquier ciudadano puede concurrir tanto a realizar la denuncia de existencia de vertidos contaminantes, como de asistir a las inspecciones que se lleven a cabo y presenciar la extracción de muestras que efectúe la Autoridad en virtud de la denuncia efectuada. Debemos aclarar que la norma no estableció un sistema de participación ciudadana educación a distancia (instituto universitario P.F.A) 102 tomo 1 derecho de los recursos naturales ) en lo relativo a determinación de usos prioritarios de cuerpos receptores, aunque se realizaron anexos posteriores para reparar esto. En virtud del proceso de privatizaciones de servicios públicos, producido por la Ley 23.969, el Poder Ejecutivo Nacional concesionó el servicio de agua potable y desagües cloacales a la Empresa Aguas Argentinas S.A. por un término de 30 años, para que lleve a cabo las siguientes funciones: ⢠captación, ⢠potabilización, ⢠transporte, ⢠distribución, ⢠comercialización de agua potable, ⢠colección, ⢠tratamiento, ⢠disposición y ⢠comercialización de desagües cloacales, incluyendo los efluentes industriales que se vierten al sistema cloacal. El marco de la concesión en cuanto a su regulación mediante el Decreto 999/92 estableció las garantÃas de calidad y continuidad del servicio público regulado y la protección de la salud pública, los recursos hÃdricos y el ambiente. Incluyó además normas mÃnimas de calidad de agua producida y librada al servicio, normas para desagües cloacales, un sistema de frecuencia y extracción de muestras y lineamientos básicos para el «Reglamento de los usuarios». Debe tenerse en cuenta que para el establecimiento de las normas de calidad referidas precedentemente fueron tomados como antecedentes las normas del Código Alimentario y las establecidas por la Organización Mundial de la Salud. Las funciones de control ambiental en materia de contaminación hÃdrica, de calidad de agua y de control de vertidos pasaron a ser cumplidas por la SecretarÃa de Recursos Naturales y Desarrollo Sustentable de la Nación, quien además tiene a su cargo la determinación de las normas de vertidos, que inicialmente se consideraron en el contrato de concesión de Aguas Argentinas, a través de los Decretos Nº 776/92 y 146/98 respectivamente. Otra de las normas en la cual la Autoridad de Aplicación recae en este organismo que regula también la calidad del agua, es la Ley Nacional de Residuos Peligrosos. educación a distancia (instituto universitario P.F.A) 103derecho de los recursos naturales tomo 1) Fundamentalmente a través de su decreto reglamentario Nº 831/93, en donde estableció niveles guÃa de calidad de aguas en relación a sus diversos usos. Por otra parte, la norma fijó pautas por las cuales la Autoridad de Aplicación deberÃa clasificar los diversos cuerpos receptores en razón de sus usos prioritarios, establecer objetivos ambientales, y en virtud de éstos, determinar estándares de calidad de agua. Recientemente, esta secretarÃa dictó la resolución Nº 634/98 en la cual estableció los usos prioritarios de la Franja Costera del RÃo de la Plata y del RÃo Matanza-Riachuelo. Mediante el Decreto 1078/98 se le atribuyó expresamente una delegación de competencia para decidir sobre materias que en el marco del contrato de concesión de Aguas Argentinas han sido reservadas al concedente (el Poder Ejecutivo Nacional) y no sean atinentes a la modificación y/o extinción del contrato referido. Antes de que a la Ciudad de Buenos Aires se le cambiara su status jurÃdico, quedó dispuesta la transferencia de los desagües pluviales que antes pertenecÃan a Obras Sanitarias de la Nación (decreto 993/93). Dicha transferencia, en 1993, determinó que la Ciudad ejercerÃa el control en materia de desagües pluviales. A partir del año 1997, se inició una nueva instancia de renegociación del mismo, en la que han intervenido el Estado Nacional y Aguas Argentinas S.A. de acuerdo a las condiciones previstas por el contrato de concesión del servicio de agua potable y desagües cloacales. La fundamentación de la renegociación del contrato fueron las cuestiones atinentes al Plan de Gestión de la Cuenca Matanza-Riachuelo, las constataciones de la calidad de los efluentes y los estudios elaborados y presentados por el Ente Tripartito. Hay que tener en cuenta que la regulación del agua en la Ciudad de Buenos Aires, presenta algunos inconvenientes que no se pueden dejar de lado y que a continuación señalamos: ⢠Como cuerpo jurÃdico la normativa al respecto está muy dispersa y carece de coordinación. ⢠No están clasificados los cursos de agua receptores de efluentes, de acuerdo a sus usos prioritarios tanto actuales como futuros, de acuerdo a procedimientos participativos. ⢠No hay normas nacionales que traten especÃficamente los temas de protección, del uso de las zonas costeras o que puedan aplicarse en la regulación de los usos del agua educación a distancia (instituto universitario P.F.A) 104 tomo 1 derecho de los recursos naturales ) (ya sea para el uso recreativo, como para el normal desarrollo de la vida acuática). ⢠No se establecen casos o faltan aplicaciones en otros, de los mecanismos que fijen diferentes estándares. ⢠Hay una gran ausencia en lo que a participación pública se refiere tanto para la fijación de estándares como para el control del cumplimiento de la normativa. ⢠No están establecidos los mecanismos de concertación entre jurisdicciones, por lo que se han superpuesto las actividades entre ellas. ⢠Hay una falta de adecuación de las normas respecto del contexto socio- económico, particularmente en las vinculadas a los usos de los cuerpos receptores en relación a las actividades industriales. La acción del Gobierno Nacional y de las provincias en cuanto a los principios de la polÃtica hÃdrica, están delimitados en la Constitución Nacional Argentina. El art. 75, inc. 10, de la nueva Constitución de 1994 -antes de la reforma constaba en el art. 67, inc. 9- atribuye al Congreso la reglamentación de la libre navegación de los rÃos interiores y también (inc. 13, antes inc. 12,) el comercio marÃtimo de las naciones. De ahà que por unanimidad, los autores nacionales sostienen que la jurisdicción sobre navegación es del resorte del Gobierno Nacional y su regulación corresponde a la jurisdicción federal, no quedando las provincias excluidas del aprovechamiento que a otros usos se refiera. El aprovechamiento hÃdrico corresponde a la jurisdicción provincial porque las provincias se han reservado todos derechos que no han delegado expresamente en la Nación. Ellas mantienen el dominio sobre todos los bienes que constituyen su patrimonio natural. Según los art. 2339 y 2340 del Código Civil queda reconocido el dominio público de los Estados particulares (provincias) sobre los rÃos y causes de su territorio y a la Nación, el dominio de las aguas en Capital Federal y el Territorio Nacional de Tierra del Fuego antes de su provincialización. El Código Civil consagra la propiedad pública de las provincias sobre sus rÃos, respetando la Nación, en tal enunciado, los derechos sobre tales bienes preexistÃan y Régimen Federal de Pesca. Régimen de Pesca. Consejo Federal Pesquero. Regulación en la Provincia de Buenos Aires. educación a distancia (instituto universitario P.F.A) 105derecho de los recursos naturales tomo 1) que las provincias no habÃan delegado. La nueva Constitución Nacional de 1994 declara que corresponde a las provincias el dominio originario de los recursos naturales existentes en su territorio. El agua su- perficial (caso del RÃo Paraná) pertenece al dominio público de las provincias y ellas regularon jurÃdicamente sus usos (abastecimiento humano, riego, industrial, volcados de desechos, recreativo, piscÃcola, etc.) excluyendo el uso navegatorio, que por efecto del citado art. 75 inc. 10 de la C.N., está delegado al Gobierno Nacional. Esta normativa constitucional implanta en definitiva, la jurisdicción nacional en materia de navegación de los rÃos interprovinciales o internacionales, aunque mantiene los poderes provinciales sobre los usos no navegacionales de esos rÃos (y sobre el dominio de los causes y las aguas). La contaminación de las aguas fluviales causadas por la navegación (derrames de buques) es de jurisdicción nacional y debe ser controlada por la Prefectura Naval Argentina (no asà la proveniente de otras fuentes, como ser, la originadas en las tierras ribereñas). En lo que se refiere a la generación hidroeléctrica, el Congreso dictó leyes que implantaron sobre las mismas, la Autoridad Nacional cuestionándose su constitucionalidad. Sin embargo, el Congreso tiene el poder de reglar el comercio interprovincial e internacional (art. 75, inc. 13 C.N.). Por tanto, el transporte y trafico interprovincial o internacional lucrativos de bienes y personas por tierra, agua y aire esta sujeto a la autoridad nacional, que puede autorizarlo, prohibirlo, condicionarlo, reglar las calidades de las cosas transportadas. De acuerdo al art. 75, inc. 18 de la C.N. el Congreso puede expedir leyes que procuren el bienestar de todas las provincias, justificándose el dictado de las leyes nacionales reguladoras de diversas actividades inclusive sobre pesca. La Nación también con relación a cuencas internacionales, tiene competencia exclusiva para concertar con terceros Estados los Tratados necesarios para el uso conjunto de los rÃos de curso sucesivo, con fines energéticos, agrÃcolas, industriales, de navegación o cualquiera otros (art. 75 inc. 22 y art. 99 inc. 11 C.N.). Los propios tratados suelen prever mecanismos para su cumplimiento en educación a distancia (instituto universitario P.F.A) 106 tomo 1 derecho de los recursos naturales ) determinadas materias (ejemplo pesca) a través de Protocolos Adicionales, Acuerdos por notas reversales , etc. Las provincias, sin embargo, pueden celebrar convenios internacionales en tanto no sean incompatibles con la polÃtica exterior de la Nación, y no afectan las facultades delegadas al Gobierno federal o el crédito público de la Nación, con conocimiento del Congreso Nacional. Los tratados internacionales tienen primacÃa sobre las leyes provinciales, una vez ratificados por el Congreso (art. 31 C.N.) siempre que no se contradigan normas de la constitucional propio art. 75, inc. 22 aclara que los tratados tienen jerarquÃa superior a las leyes. La Nación, en ejercicio del poder de policÃa sobre los recursos hÃdricos puede prohibir la construcción de obras, el desvÃo de aguas o cualquier otro uso de los mismos que sea perjudicial para las provincias de aguas abajo. Es competencia para conocer en este tipo de litigios- conflictos interprovinciales -la Corte Suprema de Justicia de la Nación (art. 116, 117 y 127 C.N.). De acuerdo con lo dispuesto por el nuevo art. 41 de la C.N., las autoridades proveerán a la protección del derecho a un ambiente sano, equilibrado y apto como se lo caracteriza en el primer párrafo de la norma, a la utilización racional de los recursos naturales, a la preservación del patrimonio natural y cultural y de la diversidad biológica y a la información y educación ambiental. Y a continuación agrega: â...corresponde a la Nación dictar las normas que contengan los presupuestos mÃnimos de protección, y a las provincias, las necesarias para complementarlas, sin que ellas alteren las jurisdicciones localesâ. En materia de pesca en la Argentina, las provincias, en uso de sus atribuciones jurisdiccionales según lo expuesto, han regulado la actividad en sus Códigos Rurales y leyes locales, distinguiendo la Pesca Deportiva de la Comercial (en aguas públicas y privadas de los particulares). Quedó reglamentada la habilitación de espejos de agua, otorgando licencias de pesca y se establecieron reservas en lugares donde se desee preservar una pesca intensiva, que influya negativamente sobre la riqueza ictÃcola. La Nación ha superpuesto a la legislación provincial una propia que entendió aplicable a los rÃos de jurisdicción federal provocando un efecto en teorÃa discutible pero en la práctica, las provincias han debido aceptar algunas de las limitaciones o reservas impuestas, por razón del carácter federal de la regulación. educación a distancia (instituto universitario P.F.A) 107derecho de los recursos naturales tomo 1) Se expresó con razón que, donde tales regulaciones resultaron oportunas, han sido en aguas de territorio de Tierra del Fuego y aguas del Mar Territorial situadas desde las tres millas marinas de la costa hasta las doscientas. No obstante, la casi totalidad de la legislación pesquera nacional argentina se ha orientado a regular la pesca marÃtima. El Congreso Nacional, PEN y, a su turno, los gobiernos de facto, han dictado una confusa normativa integrada por leyes, decretos leyes, decretos nacionales y resoluciones de variado alcance y contenido, que en la actualidad muestra un desordenado encuadre, de superpuesta lectura y en ciertos casos, una dificultosa interpretación. La aparición de novedades legales importó la derogación parcial y aun total de gran cantidad de normas, presentando un panorama legislativo confuso en cuanto a la vigencia de algunas de ellas. El Régimen Federal de pesca está contenido en la Ley Nº 24.922, sssssancionada el 9 de diciembre de 1.997 y promulgada parcialmente el 6 de enero de 1.998. Esta Ley fue sancionada para fomentar el ejercicio de la pesca marÃtima para aprovechar racionalmente los recursos vivos marinos, promoviendo la protección efectiva de los intereses nacionales relacionados con la pesca, promocionando la sustentabilidad de la actividad pesquera, conservando para futuro los recursos, favoreciendo el desarrollo de procesos industriales ambientalmente apropiados que promuevan la obtención del máximo valor agregado y el mayor empleo de mano de obra argentina. Tanto la pesca como el procesamiento de los recursos vivos marinos son considerados como actividad industrial, por lo tanto serán regulados de acuerdo a este Régimen Federal, de acuerdo con sus art. 1 y 2. Los recursos extraÃdos de acuerdo al art. 4, son de dominio y jurisdicción exclusivos de la Nación, los recursos vivos marinos existentes en las aguas de la Zona Económica Exclusiva argentina y en la plataforma continental argentina a partir de las doce millas indicadas en el artÃculo anterior. La República Argentina, en su condición de estado ribereño, podrá adoptar medidas de conservación en la Zona Económica Exclusiva y en el área adyacente a ella sobre los recursos transzonales y altamente migratorios, o que pertenezcan a una misma población o a poblaciones de especies asociadas a las de la Zona Económica Exclusiva argentina. educación a distancia (instituto universitario P.F.A) 108 tomo 1 derecho de los recursos naturales ) Régimen de pescaRégimen de pescaRégimen de pescaRégimen de pescaRégimen de pesca En lo que se refiere al ejercicio de la actividad pesquera, el art. 23 sostiene que deberá contarse con la habilitación otorgada por la Autoridad de Aplicación según lo estipulado en los artÃculos 7° y 9° de la presente ley, mediante alguno de los actos administrativos enumerados a continuación: a) Permiso de pesca: que habilita para el ejercicio de la pesca comercial a buques de bandera nacional, para extraer recursos vivos marinos en los espacios marÃtimos bajo jurisdicción argentina; b) Permiso de pesca de gran altura: que habilita a buques de pabellón nacional para el ejercicio de la pesca comercial, sobre el talud continental, fuera de la Zona Económica Exclusiva, alta mar o con licencia en aguas de terceros paÃses; c) Permiso temporario de pesca: serán otorgados a buques arrendados a casco desnudo en las condiciones y plazos establecidos en la presente ley. El mismo tratamiento se aplicará para los buques de pabellón extranjero que operen en las condiciones de excepción establecidas por esta ley; d) autorización de pesca: que habilita para la captura de recursos vivos marinos en cantidad limitada, para fines de investigación cientÃfica o técnica. Consejo Federal PesqueroConsejo Federal PesqueroConsejo Federal PesqueroConsejo Federal PesqueroConsejo Federal Pesquero De acuerdo a lo establecido por el art. 8, se integrará por: a) Un representante por cada una de las provincias con litoral marÃtimo; b) El Secretario de Pesca; c) Un representante por la SecretarÃa de Recursos Naturales y Desarrollo Sustentable; d) Un representante del Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio Internacional y Culto; e) Dos representantes designados por el Poder Ejecutivo Nacional. La presidencia será ejercida por el Secretario de Pesca. Todos los miembros del Consejo tendrán un solo voto. Las resoluciones se adoptarán por mayorÃa calificada. educación a distancia (instituto universitario P.F.A) 109derecho de los recursos naturales tomo 1) Sus funciones serán, según el art. 9: a) Establecer la polÃtica pesquera nacional; b) Establecer la polÃtica de investigación pesquera; c) Establecer la Captura Máxima Permisible por especie, teniendo en cuenta el rendimiento máximo sustentable de cada una de ellas, según datos proporcionados por el INIDEP. Además establecer las cuotas de captura anual por buque, por especie, por zona de pesca y por tipo de flota; d) Aprobar los permisos de pesca comercial y experimental; e) Asesorar a la Autoridad de Aplicación en materia de negociaciones internacionales; f) Planificar el desarrollo pesquero nacional; g) Fijar las pautas de coparticipación en el Fondo Nacional Pesquero (FO.NA.PE.); h) Dictaminar sobre pesca experimental; i) Establecer derechos de extracción y fijar cánones por el ejercicio de la pesca; j) Modificar los porcentajes de distribución del FO.NA.PE. establecidos en el inciso «e» del artÃculo 45 de la presente ley; k) Reglamentar el ejercicio de la pesca artesanal estableciendo una reserva de cuota de pesca de las diferentes especies para ser asignadas a este sector; l) Establecer los temas a consideración del Consejo Federal Pesquero que requieran mayorÃa calificada en la votación de sus integrantes; m) Dictar su propia reglamentación de funcionamiento, debiendo ser aprobado con el voto afirmativo de las dos terceras partes del total de sus miembros. Regulación de la Pesca en la Provincia de Buenos AiresRegulación de la Pesca en la Provincia de Buenos AiresRegulación de la Pesca en la Provincia de Buenos AiresRegulación de la Pesca en la Provincia de Buenos AiresRegulación de la Pesca en la Provincia de Buenos Aires El régimen de la actividad pesquera en la Provincia de Buenos Aires, en el marco de las competencias propias de esta, de conformidad lo desarrollado en el punto educación a distancia (instituto universitario P.F.A) 110 tomo 1 derecho de los recursos naturales ) precedente, se encuentra instituido por la Ley N° 11.477 y su Decreto Reglamentario N° 3.237/95. Desarrollamos los principales puntos de la regulación provincial pesquera: a) La Provincia de Buenos Aires ejercerá jurisdicción y dominio en sus aguas interiores y en el mar territorial adyacente a sus costas y hasta la máxima distancia que la Legislación Nacional atribuya como SoberanÃa Argentina, sin perjuicio de la competencia atribuida a la Nación para las materias especÃficamente delegadas e insertas en la Constitución Nacional. Asimismo, podrá convenir con el gobierno Federal la forma de explotación y administración de los recursos pesqueros. b) Se regula la extracción y crÃa o cultivo de los recursos marÃtimos, fluviales y lacustres, la investigación y capacitación, la comercialización e industrialización; la fiscalización de la producción pesquera, en sus etapas de captura y recolección, desembarco, transporte, elaboración, depósito y comercio y la habilitación de buques, transportes terrestres, establecimientos, productos y anexos de la pesca, dentro de su jurisdicción. * El régimen también se aplica a: a) El ejercicio de la Pesca en aguas marÃtimas, fluviales, lacustres y riberas comprendidas dentro de la Jurisdicción de la Provincia. b) Cualquier actividad comercial o industrial relacionada con los productos de la Pesca o la Acuicultura. c) El aprovechamiento de los lechos, fondos, aguas, playas, riberas, costas y puertos para la crÃa, reproducción y difusión de las especies de la flora y la fauna acuáticas. d) Los establecimientos dedicados a la reproducción y crÃa en cautividad de fauna y flora acuática en ambientes naturales o artificiales. A los fines de la Protección y Conservación de los recursos, la Autoridad de Aplicación establecerá periódicamente y sobre la base de investigaciones realizadas o información resultante de la actividad pesquera comercial, la captura máxima permisible por especie y las artes de pesca, métodos y sistemas de pesca utilizables. A tales fines, podrá, además, establecer épocas y lugares de veda, zonas de reserva, cupos de apropiación, delimitación de las pesquerÃas y condiciones para las actividades de explotación. educación a distancia (instituto universitario P.F.A) 111derecho de los recursos naturales tomo 1) Se establecen las siguientes prohibiciones: a) Arrojar, colocar, hacer o dejar llegar a las aguas en forma permanente o transitoria, sustancias nocivas para la biologÃa marina. b) La intercepción de peces en cursos de agua, mediante instalaciones, atajos, aparejos fijos u otros procedimientos que atenten contra la conservación de la flora y fauna acuáticas. c) Introducir toda fauna o flora exótica, agregar o difundir las existentes, que no sean objeto de cultivo o crianza en cautividad. d) Utilizar toda clase de artes, máquinas, útiles o todo otro artefacto o procedimiento de pesca, sin expresa autorización del organismo competente. e) Pescar con embarcaciones en el interior de los puertos artificiales. f) Capturar recursos pesqueros en zonas vedadas a la pesca o especies que no hallan alcanzado su desarrollo comercial. g) Explotar irracional o ineficientemente los recursos pesqueros. * Las personas fÃsicas o jurÃdicas, que directa o indirectamente se dediquen a la actividad pesquera en cualquiera de sus etapas, esta obligada a informar a la Autoridad de Aplicación sobre estadÃsticas, especies, peso extraÃdo y destino de la producción. * Los permisionarios de pesca de la Provincia quedan obligados a facilitar y dar comodidades en sus embarcaciones a los investigadores afectados a programas oficiales de investigación, asà como también a facilitar la información que estos le soliciten con relación a estos programas. * En ejercicio de poder de PolicÃa en la materia, la Autoridad de Aplicación podrá inspeccionar las embarcaciones, depósitos, lugares de preparación, industrialización, concentración, transporte y comercialización de productos, subproductos y derivados de la pesca a los efectos de fiscalizar el cumplimiento de esta Ley y sus reglamentaciones. * Para el ejercicio de la actividad pesquera deberá contarse con habilitación otorgada por la Autoridad de Aplicación, mediante: a)a)a)a)a) AutorizaciónAutorizaciónAutorizaciónAutorizaciónAutorización: que habilita para la aprehensión o recolección con fines didácticos, educación a distancia (instituto universitario P.F.A) 112 tomo 1 derecho de los recursos naturales ) culturales o de investigación que se especifican en el documento respectivo. b)b)b)b)b) PermisoPermisoPermisoPermisoPermiso: que autoriza para el ejercicio de la pesca comercial, el que será personal e intransferible. Estas figuras no se aplican a la pesca domestica, deportiva o artesanal. * Cualquier embarcación que se destine a la pesca deberá estar inscripta o en trámite de inscripción en la matrÃcula nacional y enarbolar pabellón Argentino y cumplir con las normas establecidas para el personal de la Navegación. La falta de estos requisitos, impedirá la obtención del permiso o licencia. * Se faculta al Poder Ejecutivo a reglamentar para todo el ámbito de la Provincia las condiciones de habilitación, funcionamiento y registro de las embarcaciones, depósitos, preparación, industrialización, concentración, venta y transporte de productos y subproductos pesqueros. Los aspectos higiénicos y sanitarios de las instalaciones de proceso de elaboración y producción final. Por otra parte, la Ley N° 11.449, que aprobó el convenio del 2 de diciembre de 1991 entre la Provincia de Buenos Aires y la Prefectura Naval Argentina, en el cual esta se compromete a actuar en carácter de policÃa auxiliar de pesca. Si bien esta ley es anterior a la sanción de la ley provincial de pesca, en los hechos es la que en la actualidad permite el control por parte de las autoridades provinciales, del cumplimiento de la misma. educación a distancia (instituto universitario P.F.A) 113derecho de los recursos naturales tomo 1) El 75 % del planeta está compuesto de agua, distribuido de la siguiente manera: 97 % de agua salada, 2 % de agua congelada y 1 % apta para ser consumida por el hombre y los animales. Además de la escasez existe la amenaza de la contaminación y en muchas ciudades del mundo, la calidad del agua es tan baja que no sirve ni para su uso indus- trial. Según la Organización Mundial de la Salud, cinco millones de personas mueren al año debido al consumo de agua contaminada. En nuestro paÃs, la tercera parte de la población carece de agua potable suministrada por una red. Para el derecho, el tema del agua es un tema muy importante enfocándoselo entre la naturaleza de las instituciones jurÃdicas y su funcionamiento práctico. El agua no es solo el agua, es además el suelo, la producción, el medio, en sÃ, la vida misma y el desarrollo. El agua puede sufrir diversos usos y los habitantes la pueden utilizar a través del agua que consume (agua potable), a través del agua potable que utiliza para higienizarse, a través de los efluentes cloacales provocados por los desechos cloacales, a través de los cursos de agua con los que convive en la ciudad (cuerpos receptores) y a través de las lluvias suceden en la ciudad. (desagües pluviales) En la década de los â80 la Obras Sanitarias de la Nación prestaba el servicio de provisión de agua y saneamiento urbano y el control y la vigilancia de la contaminación de las fuentes de provisión de agua, es decir, las funciones de prestación del servicio y policÃa ambiental; con la privatización, esto quedó en manos del Estado como control de la Empresa proveedora del servicio y de sus aspectos ambientales. La ley 23.615 crea el Consejo Federal de Agua Potable y Saneamiento, cuya finalidad ha sido impulsar, administrar, promover, financiar y supervisar programas para el abastecimiento de agua potable y toda obra de saneamiento para mejorar la calidad de vida. La ley de Reforma del Estado Nº 23.696 dispuso la forma en que serÃan privatizadas más de 200 empresas estatales, en 1993 Obras Sanitarias de la Nación sintesis final sf )abogacÃa a distancia educación a distancia (instituto universitario P.F.A) 114 tomo 1 derecho de los recursos naturales ) pasó a manos privadas con la denominación Aguas Argentinas S.A., produciéndose importantes cambios en la materia, entre otros, la creación de entes fiscalizadores que velarÃan por el normal y correcto desempeño de cada empresa. En Argentina se hace un uso importante de las aguas subterráneas, particularmente donde sus caracterÃsticas, mayor estabilidad temporal, flexibilidad de uso y mejores condiciones de calidad del agua, favorecen su explotación. El 30 % del agua promedio extraÃda en el ámbito nacional para los distintos usos proviene de fuentes subterráneas. El uso agrario de las aguas, se da a través de 125 sistemas o zonas de riego, tanto público como privado. El 18 % de la población urbana utiliza sistemas individuales para la evacuación de efluentes cloacales, tales como cámara séptica y pozo absorbente; por lo que la población urbana que tiene acceso a un sistema cloacal seguro alcanza aproximadamente al 72 %. En el interior del paÃs, las grandes industrias y las actividades productivas extensivas son causa de contaminación de fuentes de agua superficiales y subterráneas. Los altos contenidos naturales de flúor y de arsénico, asà como de nitratos originados en residuos urbanos, registrados en las aguas subterráneas explotadas para el abastecimiento a la población, constituyen auténticos riesgos para la salud publica. La salinización de las aguas y de los suelos representa una grave amenaza para el sustento del sector agropecuario. La contaminación se produce cuando se supera esa capacidad de autodepuración, cuando el agua deja de absorber esos residuos necesitando de procesos quÃmicos que la libere de todos los agentes extraños y la restituya a su estado original. El Ãndice más elevado del paÃs se encuentra en la Capital Federal y el Gran Buenos Aires. El Ente Tripartito de Obras y Servicios Sanitarios creado el 20 de abril de 1993 por la ley de privatizaciones está conformado por el Estado Nacional, la Provincia de Buenos Aires y la Ciudad de Buenos Aires. La ley de Obras Sanitarias de la Nación es la 13.577 y ha sido modificada por los decretos 674/89. y 776/92. . . . . El 1º de mayo de 1993, Obras Sanitarias de la Nación, pasa a manos privadas bajo la denominación de Aguas Argentinas S.A., a través de un contrato de concesión. El 20 de abril de 1993 se crea el Ente Tripartito de Obras y Servicios Sanitarios, un organismo integrado por un presidente, un vicepresidente y cuatro Directores. La Reglamentación de la ley de Obras Sanitarias de la Nación, a través del Decreto educación a distancia (instituto universitario P.F.A) 115derecho de los recursos naturales tomo 1) 2125/78, planteó la determinación de la cuota de resarcimiento por los vertidos que evacuaran las industrias a los cuerpos receptores. Las regulaciones cuentan con resoluciones de Obras Sanitarias de la Nación Nº 79.129 y de la SecretarÃa de Recursos Naturales y Desarrollo Sustentable de la Nación Nº 314/92, Nº 455/92, 347/92, 203/93, 231/93, 242/93. Estas normas son técnicas y su objetivo es constituirse como instrumentos para la aplicación del Decreto 674/89. Antes de que a la Ciudad de Buenos Aires se le cambiara su status jurÃdico, quedó dispuesta la transferencia de los desagües pluviales que antes pertenecÃan a Obras Sanitarias de la Nación (decreto 993/93). Dicha transferencia, en 1993, determinó que la Ciudad ejercerÃa el control en materia de desagües pluviales. A partir del año 1997, se inició una nueva instancia de renegociación del mismo, en la que han intervenido el Estado Nacional y Aguas Argentinas S.A. de acuerdo a las condiciones previstas por el contrato de concesión del servicio de agua potable y desagües cloacales. educación a distancia (instituto universitario P.F.A) 116 tomo 1 derecho de los recursos naturales ) educación a distancia (instituto universitario P.F.A) 117derecho de los recursos naturales tomo 1) Fuente: www.cyberambiental.com publicado con fecha 26 de mayo de 2002 LOS PECES, NO TAN COMODOS EN EL AGUALOS PECES, NO TAN COMODOS EN EL AGUALOS PECES, NO TAN COMODOS EN EL AGUALOS PECES, NO TAN COMODOS EN EL AGUALOS PECES, NO TAN COMODOS EN EL AGUA En la galaxia de ecosistemas que nuestro planeta constituye está asombrosamente equipada â con su cadena biológica y sus ciclos de transformación y regeneración â para enfrentar a todos los procesos de polución de origen natural. Tales mecanismos esenciales para el equilibrio biológico, sin embargo, se encuentran hoy sometidos al rigor de una guerra quÃmica y biológica desencadenada por los innecesarios subproductos del progreso. Una de las prácticas más agresivas es el uso de grandes cantidades de detergentes que contienen elevadas concentraciones de fosfatos, incorporados no tanto con propósitos de limpieza sino para contrarrestar las sales de las aguas duras y ablandarlas a fines de su uso domiciliario. Tales objetivos ciertamente se logran, pero las consecuencias los trascienden y resultan mucho más preocupantes que el problema inicial: las aguas residuales de estos lavados, al ir a dar con su carga de fósforo a los rÃos y los lagos, determinan el excesivo desarrollo de las algas y con ello el estado de eutroficación en el cual no pueden prosperar las otras formas de vida. Por fin, los perjuicios exceden a las ventajas; suele ser la regla de estas formas de progreso concebido para obtener beneficios inmediatos: luego el precio que se debe pagar por los daños infligidos al ambiente resultan más costosos. Necesidad de una conciencia colectivaNecesidad de una conciencia colectivaNecesidad de una conciencia colectivaNecesidad de una conciencia colectivaNecesidad de una conciencia colectiva Los efectos tóxicos de la contaminación del ambiente â registrados actualmente en todos los rincones de la biosfera â son conocidos desde hace tiempo y constituyen el objeto de profundas investigaciones. Su estudio ha dado nacimiento a la nueva ciencia de la ecotoxicologÃa, uno de cuyos fines es ampliar nuestros todavÃa limitados conocimientos acerca de las operaciones de los ecosistemas y su interdependencia. Por otra parte, está todavÃa por formarse la conciencia pública del problema y actividad final af)abogacÃa a distancia educación a distancia (instituto universitario P.F.A) 118 tomo 1 derecho de los recursos naturales ) de sus implicaciones sociales y también polÃticas; dentro de ese contexto corresponde incluir el tema de los recursos disponibles para el desarrollo de la ecotoxicologÃa y para la protección del ambiente. Estamos bastante retrasados en la tarea, y sin embargo el avance de sus investigaciones y la puesta en práctica de sus conclusiones son de urgencia manifiesta. Los efectos tóxicos de la contaminaciónLos efectos tóxicos de la contaminaciónLos efectos tóxicos de la contaminaciónLos efectos tóxicos de la contaminaciónLos efectos tóxicos de la contaminación La contaminación del agua se debe a factores extremadamente complejos y a la acción de numerosas sustancia, con efectos variables sobre él. Entre ellos figuran la concentración de oxÃgeno, el exceso de acidez (estrechamente vinculado a las lluvias ácidas), el dióxido de carbono, la tensión de superficie, la presión osmótica, las sustancias tóxicas, los residuos orgánicos, y tantos otros entre los cuales podrÃamos mencionar uno esencial para los peces: la temperatura. En general, los factores contaminantes pueden reducirse a tres fundamentales: ⢠cantidad de oxÃgeno disuelto; ⢠la temperatura y sus fluctuaciones; ⢠presencia de diversas sustancias tóxicas. Vamos a examinar, pues, los efectos de la contaminación tóxica en los peces relacionándola con los parámetros de la temperatura y la concentración de oxÃgeno disuelto. Ambos parámetros están Ãntimamente relacionados, pues cuando la temperatura asciende, decrece la cantidad de oxÃgeno que puede diluirse en agua. Por ello las aguas frÃas están más altamente oxigenadas que las cálidas. La temperatura del agua es de importancia crucial para el metabolismo de todas las especies ictÃcolas, pues los preces tienen sangre frÃa, lo cual significa que su temperatura corporal varÃa según cual sea la del agua. Sólo a determinadas temperaturas pueden los procesos enzimáticos de los peces funcionar y conservar activo su metabolismo, es decir, sobrevivir. Cabe, sin embargo, establecer una distinción entre las especies euritérmicas, que se adaptan rápidamente a las fluctuaciones de la temperatura (aunque dentro de educación a distancia (instituto universitario P.F.A) 119derecho de los recursos naturales tomo 1) ciertos lÃmites), y las estenotérmicas, más numerosas, que sólo pueden sobrevivir entre variaciones muy estrechas de temperatura. Por lo que hace a la respiración, el oxÃgeno se diluye muy lentamente en el agua; cuando llega a saturar a ésta, su presencia se da en proporción inferior en veinte veces a la que registra en el aire. Como consecuencia natural, los peces deben absorber a través de sus branquias volúmenes de agua mayores que los de aire requeridos por vertebrados terrestres de tamaño semejante. Por otra parte, dado que la densidad y la viscosidad del agua son infinitamente mayores que las del aire, los peces tienen que hacer enorme esfuerzo para extraer oxÃgeno del agua mediante el proceso de la respiración. Es evidente que un ascenso súbito de temperatura, al reducir la cantidad de oxÃgeno diluida en el agua, obligará a los peces a acelerar sus procesos respiratorios precisamente cuando el nivel de oxÃgeno decrece. La aceleración respiratoria, a su vez, aumenta la ingestión de las sustancias tóxicas que pudieren estar presentes en el agua, y que de por sà pueden afectar los mecanismos de la respiración. En los peces, el intercambio de gases se produce principalmente en las membranas de las branquias durante la respiración, que puede describirse como la permeación de membranas biológicas por gases. Estas membranas son afectadas en su permeabilidad por la acción de sustancias como los detergentes, pesticidas y sales pesadas, las cuales pueden adquirir en el medio acuático caracterÃsticas letales que fuera de allà sólo alcanzarÃan en cantidades mayores. También la concentración de residuos orgánicos pueden obtener niveles amenazadores para el frágil equilibrio entre los requerimientos de oxÃgeno y el afanoso esfuerzo respiratorio, volviéndose letal. Los procesos de oxidación mediante los cuales trabajan los microorganismos acuáticos para descomponer los residuos orgánicos consumen cantidades de oxÃgeno necesarias para los peces; asimismo, determinan un aumento de la temperatura del agua que, conjugándose con el factor anterior, vuelven prácticamente imposible la vida de los peces, que terminan asfixiados. Tampoco se debe olvidar en relación con el proceso respiratorio que aumentan la toxicidad de ciertos contaminantes al acelerarles su disolución. Caso caracterÃstico son las sales de amonio, cuya toxicidad se intensifica a medida que el pH sube, y los cianuros, más activos cuando los valores de pH son bajos. educación a distancia (instituto universitario P.F.A) 120 tomo 1 derecho de los recursos naturales ) Perjuicios para los peces y para la industria pesqueraPerjuicios para los peces y para la industria pesqueraPerjuicios para los peces y para la industria pesqueraPerjuicios para los peces y para la industria pesqueraPerjuicios para los peces y para la industria pesquera Estas breves reflexiones no pueden omitir una referencia a la industria pesquera. Los peces que han entrado en contacto con ácidos, materias en suspensión, sustancias cáusticas, etc, pueden sufrir lesiones dérmicas rápidamente invadidas por bacterias y hongos que dañan irreversiblemente su apariencia y calidad para el consumo. El mismo daño lo producen los aceites minerales, fenoles, éteres, sulfuros, los cuales en bajas concentraciones no ponen en peligro la supervivencia del pez pero lo impregnan de modo que su gusto y olor le quitan aptitud comestible. Además, dado que la carne de pescado se descompone pronto, estas caracterÃsticas indeseables le quitan todavÃa más valor comercial. ¿Que significa la eutroficación de un lago?¿Que significa la eutroficación de un lago?¿Que significa la eutroficación de un lago?¿Que significa la eutroficación de un lago?¿Que significa la eutroficación de un lago? La condición original de un lago supone la presencia de aguas altamente oxigenadas, claras, con pocas sales. Un lago de tales caracterÃsticas se llama oligotrófico.oligotrófico.oligotrófico.oligotrófico.oligotrófico. El paso del tiempo hace que fluyan hacia el lago distintas sustancias orgánicas cuya descomposición favorece el desarrollo de la vegetación acuática. Comienza de tal manera un ciclo ciológico con intervención de mayor cantidad de especies, vegetales y animales. Pero llega un punto en que la adición de sustancias externas altera las condiciones de las aguas y comienza la eutroficacióneutroficacióneutroficacióneutroficacióneutroficación. La manifestación, por asà decir, patológica de la eutroficación se desarrolla generalmente a consecuencias del derrame de restos de fertilizantes ricos en fósforo y nitrógeno, los cuales (aparte de otros efectos contaminantes) determinan la proliferación de las algas del lago, que se multiplican al punto de consumir elevados porcentajes de oxÃgeno en desmedro de las demás especies; el fenómeno agudiza sus efectos con los productos de descomposición de las algas. Al carecer de oxÃgeno suficiente, no solamente disminuyen â e incluso desaparecen â las otras especies vegetales y animales, sino que el agua no puede desintegrar las sustancias que se le incorporan, y por consiguiente, hay imposibilidad de autodepuración. El agua queda contaminada y los aportes sólidos se conservan en tal estado acelerándose asà el proceso de desecamiento del lago o laguna. Una vez leÃdo este artÃculo: ¿qué sustancias podrÃa enumerar como tóxicas para los ecosistemas acuáticos y qué efectos provocan en ellas?¿Cómo inciden la temperatura y el ph del agua en éstos?. Los factores expuestos precedentemente ¿cómo influyen en la industria pesquera? educación a distancia (instituto universitario P.F.A) 121derecho de los recursos naturales tomo 1) La contaminación del agua, producto del uso de pesticidas agrÃcolas, también ha sido vista como una fuente de enfermedades graves. Los nitratos contenidos en los productos quÃmicos utilizados en el cultivo se han detectado incluso en las nacientes y estos productos no son filtrados por las empresas de abastecimiento de las grandes ciudades ni tampoco por los filtros domésticos comunes. Estos productos disminuyen la oxigenación natural del agua, la que, de ser ingerida, reduce el nivel de hemoglobina en la sangre, sobre todo en los niños. Para que el agua sea un recurso utilizable por todos, deben aunarse los esfuerzos personales, económicos y polÃticos, principalmente para preservarla. Otro factor importante a tener en cuenta es la educación, sin la cual ningún proyecto podrÃa materializarse. Asimismo esta reforma incidió directamente en la regulación del recurso agua. Un aspecto que se debe tener en cuenta es que la Constitución sólo se refiere a los cursos de agua navegables, atribuyéndole en tal sentido las facultades de legislación respectivas al Congreso Nacional. Asimismo introdujo expresamente el derecho humano al goce del ambiente y el deber de su cuidado, tanto por parte de los habitantes como de las autoridades. La Ley Fundamental también determinó un deslinde de competencias, Nación - Provincias relativo a la cuestión ambiental, en la cual incluyó la noción de presupuestos mÃnimos de protección ambiental, concepto que aparece como novedoso y se encuentra en plena elaboración. El agua no es solo el agua, es además el suelo, la producción, el medio, en sÃ, la vida misma y el desarrollo. Si nos referimos al uso del agua por parte de los municipios, éstos la emplean para los servicios de agua corriente (actualmente el 60 % de ciudadanos cuenta con el servicio) y de redes cloacales (un 45 % de la población total), bajo estrictas reglamentaciones. En Argentina se hace un uso importante de las aguas subterráneas, particularmente donde sus caracterÃsticas, mayor estabilidad temporal, flexibilidad de uso y mejores condiciones de calidad del agua, favorecen su explotación. ce) conceptos ejes abogacÃa a distancia educación a distancia (instituto universitario P.F.A) 122 tomo 1 derecho de los recursos naturales ) En cuanto al uso poblacional, a fines de 1999 el 84% de la población urbana de todo el paÃs está conectada a sistemas de agua potable por red, mientras que el 54% de esta población dispone de servicios de evacuación de excretas por red. El 18 % de la población urbana utiliza sistemas individuales para la evacuación de efluentes cloacales, tales como cámara séptica y pozo absorbente; por lo que la población urbana que tiene acceso a un sistema cloacal seguro alcanza aproximadamente al 72 %. El uso no consuntivo del agua en Argentina se registra en actividades muy variadas, debiéndose mencionar el aprovechamiento de los cuerpos de agua (rÃos, lagos, etc.), para el desarrollo de deportes acuaticos, actividades recreativas y turismo, especialmente en los embalses de las regiones áridas y semiáridas. Uno de los principales problemas que enfrenta la Argentina para el aprovechamiento sostenible de los recursos hÃdricos se refiere a la calidad del agua. Estos problemas generan conflictos entre las zonas urbanas e industriales y las áreas húmedas con mayor vocación agrÃcola. Las enfermedades asociadas al recurso hÃdrico constituyen grave problema para la salud de la población, especialmente el lo referente a las epidemias y a la presencia de elementos tóxicos de origen industrial, minero o natural con efectos cancerÃgenos u otros riesgos para la salud pública. El Ãndice de contaminación más elevado del paÃs se encuentra en la Capital Fed- eral y el Gran Buenos Aires. Este es otro problema que amenaza a la calidad del agua. En muchas ciudades del mundo, la calidad del agua es tan baja que no sirve ni para su uso industrial. Con respecto a los efluentes, debemos decir que dada la gestión hÃdrica, se ha jerarquizado fundamentalmente el enfoque de los usos prioritarios del recurso, las reglamentaciones sobre las efluentes lÃquidos industriales se han dirigido, desde fines de los años 1940 a garantizar la provisión de agua potable; por ello se han fijado criterios de calidad de los cursos naturales y lÃmites a la presencia de elementos contaminantes en las descargas, previendo las necesidades de purificación de las aguas provenientes de los cursos naturales y de las redes cloacales por parte de la empresa proveedora . educación a distancia (instituto universitario P.F.A) 123derecho de los recursos naturales tomo 1) Esta integración, contiene artÃculos tomados de diferentes sitios web que creÃmos eran interesantes adjuntar. Le proponemos que efectúe una guÃa similar a los âConceptos Ejeâ que figuran en este manual para completar el tema de esta unidad. ib integración bibliográfica abogacÃa a distancia ) educación a distancia (instituto universitario P.F.A) 124 tomo 1 derecho de los recursos naturales ) educación a distancia (instituto universitario P.F.A) 125derecho de los recursos naturales tomo 1) EL AGUAEL AGUAEL AGUAEL AGUAEL AGUA Antiguamente, las culturas le dieron al AGUA un lugar fundamental en sus vidas, la relacionaban fuertemente con la VIDA. Era un elemento de culto, con ella Sanaban, Cultivaban, Criaban a sus animales y se Alimentaban, algunos hasta creÃan que tomando un agua especial que tenia poderes mágicos podÃan alcanzar la inmortalidad. Volviendo a nuestro hoy , el agua ha perdido sus valores, solo es agua, sin pensar en lo necesario que es para nosotros. Esta falta de valor queda demostrada en el estado de contaminación en que se encuentra. En nuestro paÃs, la contaminación de La Cuenca del Plata es la que afecta a la mayor cantidad de población de Buenos Aires; es la mas extensa y entorno a ella se encuentran asentados numerosos centros urbanos. La dudosa calidad de sus aguas es debida a la descarga de tóxicos y contaminantes arrojados por la población y pesticidas usados por el agro , las curtiembres y las petroquÃmicas. No solo La Cuenca del Plata nos trae problemas, en el Lago del Dique San Roque, ubicado en la provincia de Córdoba, se registra una proliferación de algas debido al exceso de materia orgánica, aportados por el volcado de lÃquidos cloacales y residuos de incendio, lo cual genera serios trastornos para la población cordobesa. La situación de las aguas del Dique San Roque es similar, gracias a los residuos de la Central Nuclear, los residuos cloacales e industriales. La preocupación es tal, que el INA (Instituto Nacional del Agua), ha implementado un Programa de Calidad de Agua, para su control, su objetivo es reducir y prevenir la polución, logrando asà el uso racional de los recursos hÃdricos, preservando la calidad del agua sobre superficie y también la de las napas inferiores. El agua es un bien que enriquece nuestras vidas, con solo escuchar su sonido, cuando corre por un rÃo o cae en una hermosa fuente; nos tranquiliza, nos armoniza y en épocas calurosas nos refresca. Esta es una prueba mas del gran valor que tiene para nosotros. Actualmente se cree que dentro de un par de años parte de la población de nuestro planeta sufrirá por la escasez de agua. Por lo tanto con toda rapidez, respaldados por nuestra toma de conciencia debemos comprometernos a recuperar lo que era tan valioso para nuestros antepasados, es asà como lograremos proteger nuestras vidas y nuestro planeta. Arq. AnalÃa Bardallo Arq. AnalÃa Bardallo Arq. AnalÃa Bardallo Arq. AnalÃa Bardallo Arq. AnalÃa Bardallo Fuente: www.clavedevida.com.ar educación a distancia (instituto universitario P.F.A) 126 tomo 1 derecho de los recursos naturales ) educación a distancia (instituto universitario P.F.A) 127derecho de los recursos naturales tomo 1) EL RECURSO AGUAEL RECURSO AGUAEL RECURSO AGUAEL RECURSO AGUAEL RECURSO AGUA (...) El agua es un componente fundamental del organismo humano. Se calcula que entre 65 y 70% de nuestro organismo está constituido por el agua. Los alimentos ingeridos habitualmente también poseen grandes cantidades de agua, por ejemplo, la papa contiene un 80 %, la leche un 90%, el tomate un 95%. Pero aún asÃ, es necesario que a diario incorporemos aproximadamente unos 2 a 3 litros de agua para garantizar el normal funcionamiento de los riñones, aunque esta cantidad varÃa notablemente con la actividad fÃsica o la temperatura ambiente. Cualquiera puede decir que nos ocurrirÃa si el agua nos faltara; pero ¿ qué ocurrirÃa si la calidad del agua no fuera la adecuada? La humanidad sufre una explosión demográfica que se aceleró a partir de los avances tecnológicos, y que se acentuó en el último siglo del milenio. Este crecimiento de la población vuelve cada vez más asceca la reserva hÃdrica del planeta. El problema radica en que el agua sea un recurso renovable, no garantiza que alcance para semejante población en continuo crecimiento. De hecho, la humanidad dispone de la misma cantidad de agua en la tierra que la que disponÃa hace 1000 años, aunque las demandas de este recurso hayan aumentado y lo siga haciendo al aumentar la población y sus estándares de vida. Además debemos tener en cuenta que cada zona del planeta tiene una cantidad disponible de agua para el consumo, que surge de las caracterÃsticas del lugar. Cuando enfrentamos el problema de superpoblación nos encontramos con un fuente déficit. Por ejemplo. hoy existen nada menso que 26 paÃses que agua escasa . Alli viven 232.000.000 de seres humanos. Aguas oceánicas y continentalesAguas oceánicas y continentalesAguas oceánicas y continentalesAguas oceánicas y continentalesAguas oceánicas y continentales Aunque el agua sea el lÃquido más abundante del ambiente no toda está disponible para su uso. El 70% el planeta está cubierto por agua, pero el 97% de esta agua es salada, el 2% está congelada y el 1% es agua dulce adecuada al uso humano; en cierta medida ver tanta cantidad de agua nos ha llevado a perder conciencia acerca de su posible escasez. Ocurre que nos comportamos como si fuera un recurso inagotable. Todos los continentes están rodeados por agua; hasta los 200 metros de de profundidad constituye la plataforma continental, luego se encuentran áreas más profundas que van de los 200 a 2.000 denominadas talud continental y a partir de educación a distancia (instituto universitario P.F.A) 128 tomo 1 derecho de los recursos naturales ) aquÃ, hasta los 6.000 metros y en algunos casos 11.000 encontramos la llamada zona abismal. Todos estos espacio marinos constituyen la cuenca oceánica. El agua de los océanos contiene sales en solución. La salinidad, asà se llama a la cantidad de sales disueltas por litro de agua, es aproximadamente de 3% en la mayorÃa de los océanos, en cambio el mar muerto tiene un 4% de salinidad. La composición de agua de mar favoreció el origen de diferentes formas de vida. Los océanos contienen una gran variedad de vida orgánica (tanto paltas como animales) . Estas formas de vida están adaptadas a vivir en deferentes profundidades y en diferentes latitudes. Estos organismos marinos constituyen una abundante fuente de alimentos para la humanidad. Las aguas de la plataforma continental reciben el nombre de región nerÃtica. Allà se produce una agitación intensa, mareas que generan una alta disponibilidad de nutrientes. Si tenemos en cuenta la penetración de la luz solar, las aguas marinas se pueden dividir en zona iluminada o fótica y zona oscura o afótica. Es importante conocer estas nociones básicas porque nos ayuda a pensar que tipos de organismos pueden pueden desarrollarse en cada área , y sobre cuales el hombre a actuado con más intensidad. Tengamos en cuenta que los océanos proveen u quinto de la cantidad anual de proteÃnas del mundo y pueden ayudar en la oferta de alimento mundial. Además, los océanos tienen depósitos de varias fuentes minerales. Dentro del continente el agua se presenta en diferentes maneras, estas aguas continentales en comparación con el mar, sufren más acción de los factores ambientales. Por Ejemplo, todos sabemos que muchos rÃos, lagos o estanques se secan en verano y se congelan en invierno. En consecuencia, los organismos que viven en estos medios acuáticos deben desarrollar mecanismos de adaptación mucho más poderosos. De hecho la diversidad de especies da agua dulce es muy inferior a las marinas. La limnologÃa (estudio de las aguas continentales) clasifica en dos grandes grupos a los ambientes dulceacuÃcolas: aguas quietas o estancadas y aguas que fluyen o corrientes. El primer grupo corresponde a chacras, estanques, lagos, lagunas, mientras que el segundo grupo corresponde a rÃos y arroyos. Las aguas quietas o estancadas tienen la caracterÃsticas de que la temperatura y cantidad de oxÃgeno es mayor cerca de la superficie, y la cantidad de materia orgánica es mayor en la superficie y en el fondo, siendo escasa en la parte media. Los lagos, desde el punto de vista geológico son formaciones recientes, nacen de movimientos de educación a distancia (instituto universitario P.F.A) 129derecho de los recursos naturales tomo 1) tierra o cráteres de volcanes apagados e incluso de glaciares. Las aguas corrientes son medios muy inestables; cuanto más tropicales, menos cantidad de plancton alojaran sus aguas: la escasez se ve compensada por una buena concentración de energÃa, aportada por las sustancias orgánicas que le aportan los ecosistemas adyacentes. Cuando el rÃo desemboca al mar se origina un estuario, es decir, una zona rica en nutrientes formadas por una mezcla de agua dulce y salada; esto se traduce en una abundante cantidad de individuos de variadas especies. Debemos tener en cuenta que el 70% del agua dulce de la tierra está disponible como un abastecimiento brindado por la superficie de lagos, rÃos, cascadas y atmósfera (lluvias). El 30% es agua de napas subterráneas (acuÃferos, geÃseres, manantiales). Los cursos de agua natural constituyen la fuete de agua más barata.(...) Por Fátima Salinas Fuente: www.clavedevida.com.ar educación a distancia (instituto universitario P.F.A) 130 tomo 1 derecho de los recursos naturales ) Contaminación en el RÃo de La PlataContaminación en el RÃo de La PlataContaminación en el RÃo de La PlataContaminación en el RÃo de La PlataContaminación en el RÃo de La Plata A pesar de su enorme caudal, y de ser el más ancho del mundo, el RÃo de LaA pesar de su enorme caudal, y de ser el más ancho del mundo, el RÃo de LaA pesar de su enorme caudal, y de ser el más ancho del mundo, el RÃo de LaA pesar de su enorme caudal, y de ser el más ancho del mundo, el RÃo de LaA pesar de su enorme caudal, y de ser el más ancho del mundo, el RÃo de La Plata o âMar Dulceâ no escapa al fenómeno de la contaminación hÃdrica.Plata o âMar Dulceâ no escapa al fenómeno de la contaminación hÃdrica.Plata o âMar Dulceâ no escapa al fenómeno de la contaminación hÃdrica.Plata o âMar Dulceâ no escapa al fenómeno de la contaminación hÃdrica.Plata o âMar Dulceâ no escapa al fenómeno de la contaminación hÃdrica. Cerca de quince millones de personas que habitan en sus riberas dependen de sus aguas cada vez más turbias. Viejos libros de historia nos dicen que los marinos del siglo pasado que llegaban a sus latitudes confiaban en llenar sus pipas con el agua dulce que podÃan recoger en la costa uruguaya. La geografÃa todavÃa nos recuerda con sus expresivos nombres la época dorada del Mar Dulce, de la ensenada de Aguas Dulces, las restingas de las Pipas o de Los Manantiales del Este, la playa de la Aguada y tantos otros lugares que se refieren al agua de aquellos tiempos. En el mismo puerto de Montevideo, pozos abiertos a la vera de la bahÃa âde los cuales todavÃa existen algunos, como el de la Casa de los Giménez- proveÃan de agua potable a los veleros anclados en ese lugar. Lentas carretas tiradas por bueyes llenaban en el rÃo sus barriles de madera, armados aquà por aquellos hábiles carpinteros de ribera con duelas y flejes importados de España. Las carretas recorrÃan apenas una cuadra internándose en el mar, amadrinando a los lanchones o descargando en los viejos muelles de madera los barriles que serÃan transportados a los veleros de ultramar. Pero todo eso ya es historia; el RÃo de la Plata, en toda su extensión, sufre una contaminación de los más variados orÃgenes. La agricultura extensiva practicada en Brasil desde los años cincuenta, para producir astronómicas cifras en millones de toneladas de granos, fue causa directa de la devastación de millones- también- de hectáreas en las zonas costeras de los rÃos, al buscar tierra fértil y aguas cercanas para los regadÃos. Se eliminaron vastas regiones de selva virgen, quemando y arrancando árboles, para poder labrar el suelo. Se usaron miles de toneladas de los más diversos productos quÃmicos, en forma de sofisticados herbicidas y plaguicidas, para erradicar la maleza y educación a distancia (instituto universitario P.F.A) 131derecho de los recursos naturales tomo 1) los insectos naturales. Las lluvias produjeron una inmediata erosión, arrastrando a los rÃos lo mejor de la capa fértil del suelo, junto con el humus centenario. Desaparecieron especies de aves, insectos, microorganismos y reptiles que conformaban la cadena natural del ecosistema. Para suplir la falta de fertilidad de la castigada tierra, el hombre usó fertilizantes artificiales, producto de fórmulas quÃmicas, que jamás podrán sustituir a la naturaleza. También hubo que adecuar la semilla al extraño suelo, pero la ingenierÃa genética todo lo resuelve, y el tercer mundo pasó a depender del primer mundo para poder alimentarse en su propia tierra. Los enormes volúmenes de materia arrastrada por la corriente de los rÃos terminaban siempre su lento viaje en el RÃo de la Plata, convertido en filtro decantador natural, pequeño si lo comparamos con la vastedad del Océano Atlántico. El fondo del rÃo, profundo y rocoso, de aguas claras en siglos anteriores, se ha venido llenando de detritus, no solo de tierras de labranza sino también de residuos industriales y de la descarga de miles de toneladas diarias de obsoletos sistemas sanitarios que utilizan poblaciones costeras de millones de habitantes. El hombre no quiso entender la gravedad del problema; la ignorancia sobre el tema fue oficial y privada, generalizándose el desinterés hasta que el peligro se hizo presente. El gasto necesario por parte de las industrias para evitar la contaminación se suponÃa superfluo, mientras que el mar, resignadamente, todo lo aceptaba. Mientras se levantaban palacios, se gastaban en inútiles armamentos o en lujosos edificios públicos, no se atendÃa para nada el problema de la contaminación del rÃo. Miles de barcos cargueros limpiaron sus bodegas, al entrar o salir de nuestros puertos, ante la pasividad de autoridades que ignoraban el daño causado. El Riachuelo y el Pantanoso son hermanos testigos, ahora mudos, de esa educación a distancia (instituto universitario P.F.A) 132 tomo 1 derecho de los recursos naturales ) indolencia que los llevó a su muerte fÃsica. Las ciudades gemelas de Buenos Aires y Montevideo, creciendo desmesuradamente, acunaron poblaciones marginadas, que se apretujaron contra sus orillas, viendo en sus riberas la solución final para su elemental calidad de vida. Los arroyos proporcionan agua gratis y cercana, al alcance de una cuerda y un balde, para higiene y cocción de alimentos, a la vez que esa misma corriente facilitaba la eliminación de residuos hogareños, incluidos los sanitarios. Los industriales también aprovecharon sus corrientes de aguas dulces gratuitas para los procesos de enfriamiento, fabricación o limpieza de sus establecimientos, devolviendo a los arroyos no solo detritus contaminados, degradables o no, sino también elevando la temperatura del caudal, hecho suficiente para modificar la existencia de toda la fauna y flora. Los graneros de Buenos Aires y Rosario, instalados en los muelles de atraque, colaboran con miles de toneladas anuales, desbordadas de las cargas de centenares de barcos, robando el oxÃgeno del agua al descomponerse en su fondo. La supuesta pérdida de agua pesada de Atucha causó temor en las poblaciones costeras, después de que Greenpeace la denunciara públicamente, pero todo quedó rodeado del mayor silencio. La existencia de usinas nucleares cercanas a los rÃos, por su necesidad de enormes cantidades de agua para refrigeración, no deja de ser una espada de Damocles colgada sobre nosotros y una razón suficiente para vivir alertas ante la posibilidad de un Chernobyl argentino. Como marino profesional cuento con una larga experiencia de navegación por los rÃos Paraná, Uruguay y de la Plata, y he sido actor directo en cien casos de contaminación por petróleo, restos de cargas quÃmicas, fertilizantes, metales de toda clase y, en fin, de todo lo que la industria extranjera nos han vendido en los últimos cincuenta años. Hoy en dÃa gracias al cambio operado en los transportes marÃtimos, se ha limitado la cantidad de residuos arrojados al mar. Sin embargo, tenemos la firme convicción de que, durante el manipuleo de esas cargas en muelles o fábricas, seguirán habiendo pérdidas causadas por negligencia o accidente, que ahora irán a los depósitos de basura de las ciudades y no directamente al rÃo. educación a distancia (instituto universitario P.F.A) 133derecho de los recursos naturales tomo 1) Esta nueva situación pone en peligro las capas freáticas que cobijan el agua que todos bebemos. El lixiviado de esos enormes montones de basura penetrará en la tierra, yendo a contaminar, inexorablemente, los cauces subterráneos de agua potable cercanos a las ciudades. Las bahÃas de Montevideo y Buenos Aires reciben aún los residuos fecales de millones de seres humanos que habitan en ambas ciudades, mediante sistemas sanitarios construidos en el siglo pasado,- hecho que contribuye, dÃa a dÃa, a la descomposición del agua- sin que los gobiernos tomen medidas adecuadas. Famosas playas, en ambas orillas, han sido vedadas al uso público debido a su alto grado de contaminación. Somos conscientes de que son necesarias obras de ingenierÃa de elevados costos, pero teniendo en cuenta que el fin serÃa mejorar la calidad de vida de las poblaciones, estas obras sanitarias deberÃan tener prioridad ante la construcción de faraónicos puentes, edificios públicos de ofensivo confort para la burocracia estatal o gastos militares en tanques, aviones y barcos que estos paÃses no necesitan. Pero el daño producido en nuestros rÃos ha sido producido solamente por los nacionales, sino que algunos puertos de esta región han sido utilizados por barcos extranjeros para descargar sus detritus contaminantes directamente al mar o desembarcándolos con camuflaje de materiales inofensivos. Seguramente que el nuevo sistema de Zonas Francas y âcontainersâ alentará la llegada de desechos desde Europa y Estados Unidos, que podrÃan quedar aquà depositados por años hasta que las autoridades resolvieran, mediante complicados expedientes, investigar qué contienen los conteiners abandonados por sus dueños. Es de público conocimiento que la basura de Nueva York se intentó llevar a alas costas de Centroamérica y México mediante pago a los gobiernos, y que, ante la férrea oposición de los ecologistas, se evitó el peligro. Pero a cambio han creado barcos incineradores que la queman en medio del Atlántico, en âaguas de nadieâ. Se dice que hasta las materias fecales de los parisinos se intentaron importar a la Argentina bajo la marca de abonos naturales. Desgraciadamente, en Ãfrica todavÃa hay gobernantes que han negociado la descarga de miles de barriles de materia contaminantes en sus costas, previo pago de dinero que fue a sus cuentas en los bancos educación a distancia (instituto universitario P.F.A) 134 tomo 1 derecho de los recursos naturales ) de Suiza. El RÃo de la Plata ha sufrido modificaciones morfológicas que han alterado su constitución fÃsica en forma casi irrecuperable. Sus fondos se han venido aterrando en forma progresiva, y solo a fuerza de un costoso dragado se mantienen abiertos los canales que permiten el tránsito de los barcos que transportan nuestras producciones. Felizmente ambos gobiernos, conocedores y conscientes del daño ya causado, toman medidas para salvar nuestra fuente de vida que es ese espejo de agua, combatiendo la depredación de la riqueza ictiocola, los derrames de petróleo, modernizando los sistemas sanitarios de las ciudades costeras, tratando de recuperar las riberas erosionadas y prohibiendo su uso como basurero sin control. El Pantanoso y el Riachuelo serán testigos de la voluntad de los actuales gobernantes de escuchar el reclamo de sus pueblos. Por Omar Medina Soca publicado en www.ecohabital.org.ar educación a distancia (instituto universitario P.F.A) 135derecho de los recursos naturales tomo 1) Fuente: www.proteger.org.ar - Edición 80 / Julio - Septiembre del 2001 Humedales Un Mundo por DescubrirHumedales Un Mundo por DescubrirHumedales Un Mundo por DescubrirHumedales Un Mundo por DescubrirHumedales Un Mundo por Descubrir La mayor parte de los peces dependen de los humedales en alguna etapa de su ciclo biológico. El 2 de febrero de cada año es el DÃa Mundial de los Humedales porque coincide con la fecha en que la Convención de los Humedales se firmó en la ciudad de RAMSAR, hace 30 años. Según la Convención RAMSAR, humedales son las extensiones de marismas, pantanos y turberas, o superficies cubiertas de agua, sean éstas de régimen natural o artificial, permanentes o temporales, estancadas o corrientes, dulces, salobres o saladas, incluidos las extensiones de agua marina cuya profundidad en marca baja no exceda seis metros; podrán comprender sus zonas ribereñas o costeras adyacentes, asà como las islas. Se podrÃan decir mucho sobre las funciones de los humedales. Reportan beneficios como productos susceptibles de usarse racionalmente: Pescado, frutos, madera, crustáceos, fibras para construir techos y trenzar, forraje, etc. La mayor parte de los peces dependen de los humedales en alguna etapa do su ciclo biológico. Un sistema único en el mundo, los humedales del rÃo Paraná Medio, constituyen uno de los más grandes reservorios de agua dulce y biodiversidad en Sudamérica, incluyendo una extraordinaria riqueza pesquera. Su belleza y diversidad natural los convierte en lugares de destino turÃstico ideales. Precisamente el valle aluvial del Paraná es un sistema de gran valor paisajÃstico. Desafortunadamente, hoy no existen planes consistentes de turismo sustentable acordes con las enormes posibilidades del recurso. Los humedales retienen las precipitaciones fuertes, mitigando las inundaciones aguas abajo. La vegetación reduce la velocidad de circulación de las aguas de crecida. Estimulan la deposición de nutrientes y sedimentos. La retención de nutrientes hace que sean uno do los ecosistemas más productivos, compitiendo incluso con los sistemas agropecuarios intensivos. Muchos contribuyen a recargar acuÃferos subterráneos, que revisten una importancia crÃtica para miles de millones de personas como única fuente de agua potable. En los 123 Estados firmantes de la Convención RAMSAR hay 4.042 humedales educación a distancia (instituto universitario P.F.A) 136 tomo 1 derecho de los recursos naturales ) declarados sitios RAMSAR. En Argentina tenemos ocho incluyendo la Laguna de Pozuelos (Jujuy), Laguna Blanca (Neuquén), Parque Nacional Pilcomayo (Formosa), Reserva Costa Atlántica (Tierra del Fuego), Llancaneló (Mendoza). BahÃa de Samborombon (Buenos Aires). Guanacache (Mendoza) y Lagunas de Vilama (Jujuy). Sin embargo la mayor parte de os humedales carecen de protección legal, sobre todo los grandes ecosistemas húmedos como los Esteros del lberá, Mar Chiquita y el valle del Paraná medio. educación a distancia (instituto universitario P.F.A) 137derecho de los recursos naturales tomo 1) Fuente: www.protegeer.org.ar - Edición 84 / Mayo - Agosto del 2002Fuente: www.protegeer.org.ar - Edición 84 / Mayo - Agosto del 2002Fuente: www.protegeer.org.ar - Edición 84 / Mayo - Agosto del 2002Fuente: www.protegeer.org.ar - Edición 84 / Mayo - Agosto del 2002Fuente: www.protegeer.org.ar - Edición 84 / Mayo - Agosto del 2002 Primer Instituto Nacional de ArqueologÃa MarÃtima âÃrea EcologÃa y Ambienteâ. PorPorPorPorPor Jorge Ãlvarez von Maack: Jorge Ãlvarez von Maack: Jorge Ãlvarez von Maack: Jorge Ãlvarez von Maack: Jorge Ãlvarez von Maack: Presidente y Miembro de la Comisión de Transferencia del Sector Cultura en el INC por encargo de âPerú posibleâ presidida por el Dr. Federico Kauffmann Doig. MÃS PROTEINAS, MÃS TRABAJO, MÃS DIVISASMÃS PROTEINAS, MÃS TRABAJO, MÃS DIVISASMÃS PROTEINAS, MÃS TRABAJO, MÃS DIVISASMÃS PROTEINAS, MÃS TRABAJO, MÃS DIVISASMÃS PROTEINAS, MÃS TRABAJO, MÃS DIVISAS La polÃtica pesquera de los últimos veinticinco años es crónica en funcionarios que llegan al sector a aprender y, en su afán de hacerse notar se pasan ordenando lo ordenado por su antecesor, hasta que llega el Fenómeno Del Niño y lo desordena todo. Hay otros âHarinerosâ que defendiendo lo suyo creen que la pesquerÃa se re- duce a quemar pescado y hacer âharina de pescadoâ. También hay de los otros que hacen la âfintaâ de cambiar algo para que al fin nada cambie. BioeconomÃa Pesquera:BioeconomÃa Pesquera:BioeconomÃa Pesquera:BioeconomÃa Pesquera:BioeconomÃa Pesquera: En términos de economÃa, toda inversión es atractiva cuando tiene un alto porcentaje de utilidades y no requiere demasiada inversión en activos fijos y cuando es permanente. El sector pesquero como pocos tiene todas estas caracterÃsticas, y su sostenibilidad en el tiempo se dará si logramos el equilibrio entre los recursos hidrobiológicos, infraestructura y capital invertido. Tener una capacidad de extraer y transformar más de treinta millones de TM de pescado al año, cuando la biomasa disponible según las evidencias históricas es de ocho millones de TM, implica poseer más lanchas y menos pescado, afectando la sostenibilidad y rentabilidad del sector. Es cierto que en una actividad fluctuante y aleatoria como la pesca, la capacidad de flotas y plantas tiene que ser superior a la biomasa capturable para aprovechar los dÃas de abundancia, pero exagerar la inversión en ampliaciones mas que en modernización es un desperdicio de recursos económicos, con beneficios cada vez mas decrecientes y postergados. En la década del 60 el sector trabajaba con producción de 240 dÃas al año, en los 70 y 80 la producción se redujo a 150 dÃas y en la actualidad no supera los 100 dÃas, y educación a distancia (instituto universitario P.F.A) 138 tomo 1 derecho de los recursos naturales ) se tiene entonces plantas y flotas paralizadas la mayor parte del año. Es loable el esfuerzo de las empresas por consolidarse, muchas de las cuales se han modernizado tremendamente. El problema radica en que estas cuestionadas inversiones se han hecho asumiendo deudas que buscaran ser honradas apoyándose en el Estado (desagios, condonaciones, etc.) o tratando de sacar del mar el último pescadito. Más ProteÃna, Divisas y Trabajo:Más ProteÃna, Divisas y Trabajo:Más ProteÃna, Divisas y Trabajo:Más ProteÃna, Divisas y Trabajo:Más ProteÃna, Divisas y Trabajo: En su libro como financiar el crecimiento, el presidente del Perú, Dr. Alejandro Toledo, afirma que âel peor negocio que puede hacer un paÃs es no invertir en la mente de sus niñosâ. Nosotros agregamos que la primera inversión en la niñez del Perú es la alimentación; porque un niño desnutrido ingresara a la edad escolar con desventajas irreversibles en su salud, desarrollo fÃsico y en su coeficiente mental. Paradójicamente, el mar peruano como ningún otro tiene una inmensa riqueza alimentaria: 8 millones de TM de Sardina y Anchoveta; 6 millones de TM de Jurel y Caballa que no son extraÃdas mediante la pesca artesanal, y que llevados a los 25 millones de peruanos significarÃan 0,330 gramos diarios de proteÃna por persona, de sobra para cubrir los 0,050 gramos por dÃa de proteÃna necesarios para una buena alimentación. Por otro lado 5 TM de pescado al âquemarseâ producen una TM de harina de pescado, obteniendo solo 400 d0lares por exportación. Si con las mismas 5 TM de pescado se elabora conserva se obtendrÃan 1.600 dólares, esto es 4 veces más que producir harina!!!. Además la diferencia en cuanto a uso de mano de obra es de 1 a 8, a favor de la producción de conserva. Pero si pudiéramos comercializar esas mismas 5 TM hacia el consumo humano directo a solo un dólar puesto en el punto de venta al publico, se obtendrÃan 5.000 dólares, además de dar principalmente el producto proteico más barato del mercado. En conclusión el haber incrementado la monoproducción harinera reduciendo el consumo âper capitaâ de pescado de 14 kilos a 8 kilos por año, cuando deberÃamos estar por lo menos en 24 kilogramos de consumo anual para no hablar de los 70 kilos que registra el poblador japonés por año, es no ver el futuro de nuestro paÃs. Llevemos el Barco por Buen Rumbo: educación a distancia (instituto universitario P.F.A) 139derecho de los recursos naturales tomo 1) Si concluimos que la pesca en los últimos 15 años sólo ha crecido -y queremos evitar futuras crisis- en base a rubros como âla harina primeâ, enlatados, pesca de media altura de consumo humano directo, pesca artesanal, acuicultura, etc., tendremos que concluir que el cambio de rumbo es inevitable. Por esta razón, resulta complicado entender el crónico nombramiento de funcionarios âharinerosâ que son juez y parte y que continúan con lo mismo que hizo el ejecutivo de la década pasada. Empresarios capacitados y técnicos capaces, conocedores del sector, que orienten un nuevo rumbo, hay muchos. Perfil de Proyecto de Ley Contra el Arrojo de Todo Deshecho al MarPerfil de Proyecto de Ley Contra el Arrojo de Todo Deshecho al MarPerfil de Proyecto de Ley Contra el Arrojo de Todo Deshecho al MarPerfil de Proyecto de Ley Contra el Arrojo de Todo Deshecho al MarPerfil de Proyecto de Ley Contra el Arrojo de Todo Deshecho al Mar El âINAMâ, como institución cientÃfica, cÃvica, voluntaria, apolÃtica y sin fines de lucro, promueve entre probos fines âla adaptación, ingreso seguro y mejoramiento de la calidad de vida del hombre alrededor del medio acuáticoâ, y especialmente âla tenaz defensa y protección del ecosistema marinoâ. El mar de Perú, no deben seguir siendo el basurero de deshechos orgánicos e inorgánicos, algunos contaminantes y que no pueden ser reciclados por el mar, en un calificado âcrimen de lesa natura contra el ecosistema marino y acto intolerable de barbarie contra nuestro patrimonio natural . Sugerimos una ley del congreso y la intervención de las autoridades. Como plan piloto, los 9 municipios de âLa Costa Verdeâ deben ejecutar un programa en conjunto y coordinado, para lograr la necesaria descontaminación del mar, en principio en Lima. Evitemos un irreversible atentado contra la vida y la salud de la población, como ha sucedido en ciudades ribereñas del Japón, y que estemos consumiendo hoy, peces, mariscos y algas, con peligrosas concentraciones de Cadmio, Plomo, Mercurio, Zinc, Cromo, entre algunos metales pesados, además de peligrosos quÃmicos y residuos tóxicos, que por acumulación en el organismo humano, provocan diversas enfermedades neurológicas, tumores cancerosos, malformaciones embrionarias, virus y diversas afecciones cutáneasâ. Hoy ninguna âtecnologÃa de puntaâ y paÃs civilizado desperdicia el recurso agua, la recicla totalmente para consumo humano, animal, vegetal y otros, incluso en âacuiculturaâ. Porque por su futura y ya anunciada escasez, será el oro de los pueblos... educación a distancia (instituto universitario P.F.A) 140 tomo 1 derecho de los recursos naturales ) También debe intervenir la Dirección Nacional de la PolicÃa Ecológica, la Marina peruana, asà como el INRENA y el CONAM. âComo miembros de la âSociedad Cousteauâ y de âNational Geographicâ, el pretender ignorar esta solicitud como denuncia, es ética, moral y cientÃficamente, inex- cusableâ. educación a distancia (instituto universitario P.F.A) 141derecho de los recursos naturales tomo 1) ENFERMEDADES CAUSADAS POR EL AGUA CONTAMINADAENFERMEDADES CAUSADAS POR EL AGUA CONTAMINADAENFERMEDADES CAUSADAS POR EL AGUA CONTAMINADAENFERMEDADES CAUSADAS POR EL AGUA CONTAMINADAENFERMEDADES CAUSADAS POR EL AGUA CONTAMINADA - Enfermedades producidas estrictamente por falta de agua para higiene per- sonal: se contagia de una persona a otra. Incluye infecciones en la piel y los ojos(ejemplo Tracoma) e infecciones llevadas por liendres. - Enfermedades dependientes el agua: causada por organismos patogénicos que pasan parte de su ciclo de vida en organismos acuáticos y comúnmente asociados al agua estancada. Ejemplo: esquitosomiasis, dracunculasias. Esta última se dispensa vÃa un hospedador crustáceo diminuto. - Enfermedades trasmitidas por insectos vectores relacionados con el agua: estos vectores se reproducen en el agua e incluyen mosquitos, que pueden trasmitir la ma- laria, el dengue, la fiebre amarilla. Moscas, que trasmite oncocercasis y algunas especies de moscas Tse Tsé que trasmiten la tripanosomiasis y que pican frecuentemente cerca del agua. Enfermedades más frecuentes por contacto con el agua contaminadaEnfermedades más frecuentes por contacto con el agua contaminadaEnfermedades más frecuentes por contacto con el agua contaminadaEnfermedades más frecuentes por contacto con el agua contaminadaEnfermedades más frecuentes por contacto con el agua contaminada Eficción por aeromonas: Eficción por aeromonas: Eficción por aeromonas: Eficción por aeromonas: Eficción por aeromonas: - SÃntomas: Celulitis, lesiones cutáneas - Factores contribuyentes: Natación en agua dulce, grietas cutáneas. Minengoencefalitis: Minengoencefalitis: Minengoencefalitis: Minengoencefalitis: Minengoencefalitis: - SÃntomas: Intenso dolor de cabeza (frente), nauseas, rigidez de nuca. - Factores contribuyentes: Buceo o inmersión en manantiales de agua mineral templada, saladas o en piscinas. Aguas. Leptostirosis: Leptostirosis: Leptostirosis: Leptostirosis: Leptostirosis: - SÃntomas: Erupción cutánea, erupción en el oÃdo. - Factores contribuyentes: Orina de animales (perro, roedores, bovinos, porcinos) en aguas. Conjuntivitis de las piscinas: Conjuntivitis de las piscinas: Conjuntivitis de las piscinas: Conjuntivitis de las piscinas: Conjuntivitis de las piscinas: - SÃntomas: Conjuntivitis. - Factores contribuyentes: Baños en aguas no cloradas. educación a distancia (instituto universitario P.F.A) 142 tomo 1 derecho de los recursos naturales ) Enfermedades más frecuentes adquiridas por ingestión de agua contaminadaEnfermedades más frecuentes adquiridas por ingestión de agua contaminadaEnfermedades más frecuentes adquiridas por ingestión de agua contaminadaEnfermedades más frecuentes adquiridas por ingestión de agua contaminadaEnfermedades más frecuentes adquiridas por ingestión de agua contaminada Amebiasis: Amebiasis: Amebiasis: Amebiasis: Amebiasis: - SÃntomas: Dolor abdominal, estreñimiento o diarreas, fiebre, escalofrÃos, úlceras cutáneas. - Fuentes contaminantes: Heces humanas, aguas reciduales. - Factores contribuyentes: Uso de agua contaminada. Saneamiento ambiental deficiente. Giardiasis: Giardiasis: Giardiasis: Giardiasis: Giardiasis: - SÃntomas: Diarrea, nauseas, vómitos, debilidad, fatiga, fiebre, heces amarillentas. - Fuentes contaminantes: Heces humanas, de castor y aguas residuales domesticas. - Factores contribuyentes: Eliminación inadecuada de aguas residuales, tratamiento de agua incompleto y saneamiento ambiental incompleto. Cólera: Cólera: Cólera: Cólera: Cólera: - SÃntomas: Diarrea profunda, vómitos, dolores abdominales, deshidratación, sed, ojos cundidos. - Factores contaminantes: Heces y vómitos humanos, aguas residuales domesticas. - Factores contribuyentes: Utilización de aguas contaminadas. Mal estado nutricional. GastroenterÃtis: GastroenterÃtis: GastroenterÃtis: GastroenterÃtis: GastroenterÃtis: - SÃntomas: Dolores abdominales, diarreas, fiebre, vómitos, cefalea. - Factores contaminantes: Heces humanos, aguas residuales domesticas. - Factores contribuyentes: Eliminación impropia de aguas residuales, uso de agua contaminada. Hepatitis A: Hepatitis A: Hepatitis A: Hepatitis A: Hepatitis A: - SÃntomas: Fiebre, malestar, languidez, anorexia, nauceas, vómitos, ictericia. - Factores contaminantes: Heces y orina humana, aguas residuales educación a distancia (instituto universitario P.F.A) 143derecho de los recursos naturales tomo 1) domesticas. - Factores contribuyentes: Eliminación inadecuada de aguas residuales Fiebre tifoidea: Fiebre tifoidea: Fiebre tifoidea: Fiebre tifoidea: Fiebre tifoidea: - SÃntomas: Fiebre constante, malestar, cefaleas, vómitos, anorexia, diarrea sanguinolenta. - Factores contaminantes: Heces y orina humana, aguas residuales domesticas. - Factores contribuyentes: Eliminación inadecuada de aguas residuales, uso de aguas contaminada, diferencias en la coloración. Fuente: Centro de enfermedades infecciosas (CDC-USA) educación a distancia (instituto universitario P.F.A) 144 tomo 1 derecho de los recursos naturales ) educación a distancia (instituto universitario P.F.A) 145derecho de los recursos naturales tomo 1) 1. Efectúe una breve sÃntesis sobre la principal legislación que rige en la materia. Establezca los abusos que produce la violación de esta normativa. 2. ¿Cuál es la principal función del Consejo Federal Pesquero? 3. ¿Cómo fue el proceso de privatización de Obras Sanitarias de la Nación? trabajo práctico tp)abogacÃa a distancia educación a distancia (instituto universitario P.F.A) 146 tomo 1 derecho de los recursos naturales ) educación a distancia (instituto universitario P.F.A) 147derecho de los recursos naturales tomo 1) el suelo )( u3 unidad tres educación a distancia (instituto universitario P.F.A) 148 tomo 1 derecho de los recursos naturales ) educación a distancia (instituto universitario P.F.A) 149derecho de los recursos naturales tomo 1) 1. El suelo, su clasificación y constitución. La composición de nuestro territorio. Procesos erosivos. Conservación del suelo: antecedentes. El deterioro del suelo. 2. La problemática ambiental. Contaminación de los suelos. La Ley de Fomento a la Conservación de Suelos. AgroquÃmicos: concepto. Impacto sobre la calidad de los alimentos, el suelo y el agua. 3. Ley de Medio Ambiente de la Provincia de Buenos Aires. Código Rural de la Provincia de Buenos Aires. Legislación general. Mención sintética de los contenidos UNIDAD 3 ( EL SUELO ) educación a distancia (instituto universitario P.F.A) 150 tomo 1 derecho de los recursos naturales ) educación a distancia (instituto universitario P.F.A) 151derecho de los recursos naturales tomo 1) objetivos de aprendizaje oaabogacÃa a distancia ) 1. El suelo, su clasificación y constitución. La composición de nuestro territorio. Procesos erosivos. Conservación del suelo: antecedentes. El deterioro del suelo. 2. La problemática ambiental. Contaminación de los suelos. La Ley de Fomento a la Conservación de Suelos. AgroquÃmicos: concepto. Impacto sobre la calidad de los alimentos, el suelo y el agua. 3. Ley de Medio Ambiente de la Provincia de Buenos Aires. Código Rural de la Provincia de Buenos Aires. Legislación general. educación a distancia (instituto universitario P.F.A) 152 tomo 1 derecho de los recursos naturales ) educación a distancia (instituto universitario P.F.A) 153derecho de los recursos naturales tomo 1) ( ESQUEMA CONCEPTUAL DE LA UNIDAD 3 ) SUELOSUELOSUELOSUELOSUELO Subsuelo Erosión Explotación Contaminación Composición Orgánico Inorgánico Geológica Acelerada 50 % Pastoreo 22 % Forestal 4 % Cultivo Peligrosos No peligrosos Degradables No degradables educación a distancia (instituto universitario P.F.A) 154 tomo 1 derecho de los recursos naturales ) educación a distancia (instituto universitario P.F.A) 155derecho de los recursos naturales tomo 1) Transcribimos algunos párrafos del Ing. Agr. Eco.Rural F.A.UBA Ernesto Benito Giargina, Jefe de Trabajos Prácticos Cátedra de EdafologÃa â Dpto.de Suelos F.A. UBA. La consigna es resumir el texto adjunto, resaltando especialmente los efectos de los plaguicidas, especialmente para la salud del hombre. ai) actividad introductoria abogacÃa a distancia Contaminación por plaguicidasContaminación por plaguicidasContaminación por plaguicidasContaminación por plaguicidasContaminación por plaguicidas TAMBIÃN LLAMADOS âVENENOS ÃTILESâ. DifÃcilmente se hayan medidos âen toda su extensiónâ, los riesgos en su manipulación y los diferentes caminos que llevan los mismos al hombre Se entiende por plaguicida a cualquier sustancia o mezcla de sustancias con la cual se âpretende prevenirâ, destruir, repeler o atenuar alguna plaga, entendiéndose por ésta a cualquier organismo que interfiera el bienestar de la especie humana u otra especie de su interés En la actualidad se calcula que el 80% de las ventas globales de estos productos se consume en los paÃses desarrollados, mientras que en los paÃses subdesarrollados se consume el 20 % restante. Lo curioso es que dentro de estos últimos se registra el 75% de las muertes por contaminación por agroquÃmicos. PNUMA (Programa de las Naciones Unidas par el Medio Ambiente) Alguna de sus causas serÃan: * el nivel educacional insuficiente * carencia de seguridad en el manejo de agroquÃmicos * ingesta de alimentos contaminados por ellos El impacto ambiental provocado por los pesticidas afecta a todos los seres vivos y no sólo a las denominadas plagas. Una de las razones de ello es el llamado âtiempo de carenciaâ o perÃodo que necesariamente debe transcurrir hasta que tales alimentos llegan a la población (a través de los alimentos). Y cuando hablamos de contaminación no sólo nos estamos refiriendo sólo al consumo de tales alimentos; dicha población puede verse expuesta también a través de la degradación del suelo, aire y agua. Ello bien podrÃa contemplarse dentro de la Ley 24.051 (ecotóxico) Son âecotóxicosâ aquellas sustancias o desechos que si se liberan, TIENEN O PUEDEN TENER EFECTOS ADVERSOS INMEDIATOS O educación a distancia (instituto universitario P.F.A) 156 tomo 1 derecho de los recursos naturales ) RETARDADOS EN EL MEDIO AMBIENTE DEBIDO A LA BIOACUMULACIÃN O LOS EFECTOS TÃXICOS EN LOS SISTEMAS BIÃTICOS. En el Decreto Ley 831/93 se aclara el tema Toxicidad, identificándolo con aquellos residuos o sus productos metabólicos que poseen la capacidad de, a determinadas dosis, provocar por acción quÃmica o quÃmico fÃsica un daño en la salud, funcional y orgánico, reversible o irreversible, luego de estar en contacto con la piel o las mucosas o de haber penetrado en el organismo por cualquier vÃa. Los plaguicidas se dividen en dos grandes grupos de riesgo. * grupo 1 * grupo 1 * grupo 1 * grupo 1 * grupo 1 están los que actúan sobre determinados organismos: insecticidas, herbicidas, acaricidas, fungicidas, raticidas, etc. * grupo 2 * grupo 2 * grupo 2 * grupo 2 * grupo 2 está determinado por la estructura quÃmica de las sustancias con actividad plaguicida que los componen. Existen varias vÃas de intoxicación: - Oral - Inhalación del producto - Dérmica por penetración a través de la piel - Ingesta de alimentos contaminados En la alimentación, las hortalizas, las frutas, los cereales, carnes, huevos y lácteos pueden ser vehÃculos de intoxicación. Plaguicidas organoclorados. Grupo 1 : Grupo de compuestos de estructura quÃmica muy variada que en común tienen la presencia de CLORO en su molécula. Compuestos que una vez en el organismo humano, se alojan en órganos ricos en grasas. SÃntomas de intoxicación (no se presentan de inmediato, se acumulan y llegan a sobrepasar el lÃmite de resistencia del hÃgado): dolor de cabeza, inflamación de articulaciones, fatiga, daños irreversibles en la visión, debilidad, alteración del sistema nervioso, problemas respiratorios, náuseas, retardo mental, carcinogenicidad, daño reproductivo, pérdida de peso y muerte. La intoxicación aguda puede dejar serias secuelas en riñones e hÃgado, ejemplo: ENDOSULFÃN. Plaguicidas órgano fosforados. Grupo 2. DE BAJO PODER RESIDUAL PERO DE ELEVADA educación a distancia (instituto universitario P.F.A) 157derecho de los recursos naturales tomo 1) TOXICIDAD. Los sÃntomas de intoxicación son:falta de coordinación muscular, visión borrosa, salivación abundante, color de piel rojo amarillento, bradicardia, convulsiones, miosis, debilitamiento de la memoria, hiperemia, opresión en el pecho, parálisis vasomotora, respiración ruidosa, sudoración excesiva, calambres abdominales y musculares, temblores. Pueden además afectar a los genes provocando malformaciones y deficiencia mental, ejemplo: PARATIÃN. Lo curioso del caso de los biocidas es que las plagas que creyeron eliminar con el correr de los años se hicieron más y más resistentes a los mismos; es decir; se hicieron inmunes a los propios agroquÃmicos. Según un estudio de la FAO (Organización de las Naciones Unidas par la Agricultura y la Alimentación) de 1988, más de 300 plagas han desarrollado resistencia a un extenso rango de productos quÃmicos. Otro dato curioso en nuestro paÃs, es que en la década del â70, donde se pulverizaron millones de litros de desfoliante (agente naranja) para deforestar los impenetrables bosques del norte argentino (Salta, Chaco, Formosa), se tuvieron consecuencias sobre los habitantes del lugar, la flora y la fauna. En otro orden, los pesticidas ocupan un lugar importante en la escala de los accidentes laborales y sobre todo en las enfermedades profesionales, un espacio que recién comenzó a explorarse desde la sanción de Ley sobre Riesgos del Trabajo, en 1996, cuyo texto âtiene puntos negrosâ que están siendo revisados por las actuales autoridades. educación a distancia (instituto universitario P.F.A) 158 tomo 1 derecho de los recursos naturales ) educación a distancia (instituto universitario P.F.A) 159derecho de los recursos naturales tomo 1) UNIDAD 3 ( EL SUELO ) La palabra suelo se deriva del latÃn solum, que significa tierra o parcela. El suelo es el recurso por excelencia, suelo es el recurso por excelencia, suelo es el recurso por excelencia, suelo es el recurso por excelencia, suelo es el recurso por excelencia, de ahà la necesidad de mantener su productividad, para que a través de él y las prácticas agrÃcolas adecuadas se establezca un equilibrio entre la producción de alimentos y el acelerado incremento del Ãndice demográfico. Es esencial para la vida, como lo es el aire y el agua, y cuando es utilizado de manera prudente puede ser considerado como un recurso renovable. Es un elemento de enlace entre los factores bióticos y abióticos y se le considera un hábitat para el desarrollo de las plantas. Gracias al suelo es posible la producción de los recursos natu- rales, por lo cual es necesario comprender las caracterÃsticas fÃsicas y quÃmicas para propiciar la productividad y el equilibrio ambiental (sustentabilidad). La distribución de la vida de las plantas y de los animales sobre la superficie de la tierra, está Ãntimamente ligada a las condiciones del suelo. De su fertilidad y aridez dependen el desarrollo de la vegetación y la abundancia de la fauna. Las diversas sustancias que componen el suelo (arenas, arcillas, humus) se han ido depositando durante el proceso de formación, de acuerdo con sus respectivas densidades: aflora la tierra vegetal (humus o mantillo) tendida sobre capa arcillosa, que a su vez cubre los estratos arenosos que se apoyan en el subsuelo. El subsuelo ocupa, como lo indica el vocablo, el estrato situado inmediatamente debajo del suelo o capa arable; forman parte de su composición, rocas y minerales de todo tipo. De ese subsuelo, que el hombre ha explorado sólo una mÃnima porción (las más profundas perforaciones petrolÃferas llegan a 6.000 m), se extraen los elementos esenciales para el desarrollo de las industrias que promueven el progreso de las naciones: petróleo, hulla, hierro, combustibles nucleares, etcétera. Para nuestro paÃs especialmente, el suelo tiene una vital importancia, ya que la Argentina se extiende a lo largo de un territorio muy diversificado de montañas, mesetas El Suelo, su clasificación y constitución. La composición de nuestro territorio. Procesos erosivos. Conservación del suelo: antecedentes. El deterioro del suelo educación a distancia (instituto universitario P.F.A) 160 tomo 1 derecho de los recursos naturales ) y llanuras. Los suelos de Argentina varÃan enormemente en cuanto a fertilidad y viabilidad para la agricultura. El agua escasea en muchas regiones a excepción del noreste y de la Pampa húmeda. La Pampa, cuyo suelo está constituido mayormente por humus (arena fina, arcilla y cieno), totalmente libre de rocas y cantos rodados, es ideal para el cultivo de cereales; por el contrario, el suelo rocoso de la mayor parte de la Patagonia no es apto para la agricultura; los pastizales naturales de la región se aprovechan sobre todo para forraje de ganado ovino. La mayor parte de la región al norte de los Andes es inadecuada para los cultivos, aunque en algunos sectores, existen extensiones aptas para el cultivo de frutales. Debido a la salinidad del suelo, se cree que en la provincia del Chaco, existe un ambiente natural para el desarrollo espontáneo de quebrachos, un árbol rico en tanino. La utilización del suelo como recurso, es de vital importancia para el desarrollo de nuestra existencia ya que la actividad del hombre se basa principalmente en la explotación de la tierra. Es uno de los bienes más preciosos de la humanidad, que permite la vida de los vegetales y del hombre sobre la superficie de la tierra. La tierra se renueva constantemente, aunque sin los cuidados necesarios, es un recurso limitado que se destruye fácilmente, por ello debe ser protegido contra la erosión y la contaminación. Cada año desaparecen decenas de miles de especie de todo tipo, debido a la proliferación de pesticidas como: insecticidas, herbicidas, fungicidas y otros. Como mencionamos anteriormente, el suelo es una fina capa superior de la corteza terrestre en contacto con la atmósfera o las aguas, que se ha formado lentamente como consecuencia de la acción combinada de los procesos geológicos (naturaleza de la roca madre, erosión, sedimentación, etc.), climatológicos (lluvia, viento, humedad, temperatura, etc.) y biológicos (vegetación, fauna, etc.). El suelo forma parte de los ecosistemas terrestres y, si no está alterado, su perfil se divide en distintas capas con caracterÃsticas fÃsicas, quÃmicas, biológicas y funcionales diferentes: educación a distancia (instituto universitario P.F.A) 161derecho de los recursos naturales tomo 1) ⢠El horizonte orgánico u horizonte: contiene el humus, es muy activo desde el punto de vista microbiológico y retiene la sustancias que nutren a los vegetales. ⢠El horizonte de acumulación u horizonte: está situado por debajo del anterior, y sólo está presente en los suelos más maduros (suelos forestales), tiene un color pardorojizo por contener arcillas y óxidos y es escaso en materia orgánica. ⢠El horizonte de alteración u horizonte: está formado por los fragmentos de la roca madre y algunas sales procedentes de los dos horizontes superiores. La importancia del suelo en nuestro paÃs es básica para la vida porque interviene en el ciclo del agua y los ciclos del carbono, nitrógeno y fósforo, y en él tienen lugar gran parte de las transformaciones de la energÃa y de la materia de los ecosistemas. Además, como su regeneración es muy lenta, el suelo debe considerarse como un recurso no renovable y cada vez más escaso, debido a que está sometido a constantes procesos de degradación y destrucción. Como dato anecdótico y para graficar, podemos decir que la formación de una capa de 30 cm. de suelo puede durar entre 1.000 y 10.000 años. Su clasificación y constitución.Su clasificación y constitución.Su clasificación y constitución.Su clasificación y constitución.Su clasificación y constitución. Los suelos se clasifican de acuerdo con su estructura y composición en órdenes, subórdenes, grandes grupos, subgrupos, familias y series. Las caracterÃsticas del suelo varÃan enormemente de un lugar a otro; los cientÃficos han reconocido estas variaciones en los diferentes lugares y han establecido distintos sistemas de clasificación. En nuestro paÃs el suelos está compuesto de cuatro grandes componentes: 1) 45 % de materia mineral, (inorgánicos) de los suelos normalmente están compuestos de pequeños fragmentos de roca y minerales de varias clases. Las cuatro clases más importantes de partÃculas inorgánicas son: grava, arena, limo y arcilla 2) 5 % de materia orgánica, representa la acumulación de las plantas destruidas y resintetizadas parcialmente y de los residuos animales. La materia orgánica del suelo se divide en dos grandes grupos: a.Los tejidos originales y sus equivalentes descompuestos o en proceso de educación a distancia (instituto universitario P.F.A) 162 tomo 1 derecho de los recursos naturales ) descomposición. b. El humus, que es considerado como el producto final de descomposición de la materia orgánica. 3) 25 % de agua, la que es retenida dentro de los poros con grados variables de intensidad, según la cantidad de agua presente y junto con sus sales disueltas, el agua del suelo forma la llamada solución del suelo, esencial para abastecer de nutrimentos a las plantas que en él se desarrollan. 4) 25 % de aire del suelo no es continuo y está localizado en los poros separados por los sólidos. Este aire tiene generalmente una humedad más alta que la de la atmósfera. Cuando es óptima, su humedad relativa está próxima a 100%. El contenido de anhÃdrido carbónico es por lo general más alto y el del oxÃgeno más bajo que los hallados en la atmósfera. La arcilla y el humus son el asiento de la actividad del suelo; estos dos constituyentes existen en el llamado estado coloidal. Las propiedades quÃmicas y fÃsicas de los suelos son controladas, en gran parte, por la arcilla y el humus, las que actúan como centros de actividad a cuyo alrededor ocurren reacciones quÃmicas y cambios nutritivos. La composición de nuestro territorio.La composición de nuestro territorio.La composición de nuestro territorio.La composición de nuestro territorio.La composición de nuestro territorio. Partiendo del sistema andino, hacia el este, el territorio de Argentina está formado casi enteramente por una llanura plana o con suaves ondulaciones que desciende gradualmente desde los 610 m hasta el nivel del mar. Las llanuras argentinas, en el norte, ocupan la provincia del Chaco; a unos 1.600 km. hacia el sur desde el Chaco nos topamos con la provincia de La Pampa, donde las llanuras no cuentan con grandes bosques naturales, sino con arboledas, producto de la forestación realizada por el hombre, que engloban las regiones agrÃcolas más productivas del paÃs. En la Patagonia, al sur de la Pampa, encontramos mesetas escalonadas, valles fluviales bajos, sierras y cañadones con vegetación esteparia y población dispersa. Procesos erosivos. El deterioro del suelo.Procesos erosivos. El deterioro del suelo.Procesos erosivos. El deterioro del suelo.Procesos erosivos. El deterioro del suelo.Procesos erosivos. El deterioro del suelo. Los incorrectos usos y actividades producen su erosión, ya que no sólo se degrada educación a distancia (instituto universitario P.F.A) 163derecho de los recursos naturales tomo 1) el suelo perdiendo parte de su calidad, sino que puede perderla en forma irreversible. Con el fin de evitar esto, el conocimiento del suelo resulta indispensable para evaluar su disponibilidad, evolución y calidad, aprovechándolo de mejor forma. El suelo se deteriora cuando sobre él se efectúa un uso indebido, afectándolo de manera definitiva en cuanto a su productividad, acelerando los procesos de degradación y los riesgos ambientales en general. En nuestro paÃs, la intensificación agrÃcola sumada al abuso de las tecnologÃas indebidas, agravó el deterioro de los suelos destinados a usos tanto mixtos, como agrÃcolos- ganaderos. En áreas agrÃcolas, los procesos que degradan al suelo están dados por la exportación de nutrientes a raÃz de las cosechas, sin niveles de reposición aceptables mediante la adición de fertilizantes. Estimaciones recientes sobre cultivos de trigo, soja, maÃz y girasol en región pampeana indican niveles de reposición del 25 % para nitrógeno y del 50 % para fósforo, lamentablemente con tendencia decreciente, en función de la situación económica imperante. Cuanto mayor es la producción, mayor será la cantidad de nutrientes tomados del suelo. Este deterioro podrÃa evitarse si se aplicara una adecuada legislación, un estricto control y un sugestivo programa que subsidiara y estimulara una correcta conservación del suelo evitando una doble producción y la falta de rotación en los campos. En los procesos de erosión, los suelos se topan con factores determinantes que corresponden a la erosión hÃdrica y eólica principalmente. Si se habla de erosión hÃdrica estamos hablando del desgaste del suelo que producen principalmente las lluvias y si hablamos de la erosión eólica, hablamos del desgaste efectuado por el viento. La erosión de los suelos es un fenómeno natural debido a causas geológicas aunque se distingue entre erosión natural y acelerada, producto de actividades humanas extremas. Si buscamos en una enciclopedia el significado de la palabra âerosiónâ, nos encontramos con la siguiente definición: ...âes un proceso natural de naturaleza fÃsica y quÃmica que desgasta y destruye continuamente los suelos y rocas de la corteza terrestreâ. La mayorÃa de los procesos erosivos son resultado de la acción combinada de educación a distancia (instituto universitario P.F.A) 164 tomo 1 derecho de los recursos naturales ) factores como el calor, el frÃo, los gases, el agua, el viento, la gravedad y la vida vegetal y animal. Al respecto, el artÃculo 48 del Código Rural de la Provincia de Buenos Aires sostiene que âPara la aplicación de las normas sobre conservación de suelos y el mantenimiento de su fertilidad, el Poder Ejecutivo deberá determinar previamente las regiones o áreas de suelos erosionados, agotados y degradados. A tal efecto se entiende por: a) Erosión:Erosión:Erosión:Erosión:Erosión: El proceso de remoción y transporte notorios de las partÃculas de suelo por acción del viento y/o del agua en movimiento. que determinan la pérdida de su integridad b) AgotamientoAgotamientoAgotamientoAgotamientoAgotamiento: Disminución notoria de la aptitud productiva intrÃnseca del suelo por excesiva extracción de nutrientes y sin la debida reposición de los mismos c) DegradaciónDegradaciónDegradaciónDegradaciónDegradación: (salinización, alcalinización y acidificación); ruptura del equilibrio de las propiedades fÃsico-quÃmicos del suelo que condicionan su productividad, particularmente originada por su explotación inadecuada o por el régimen hidrológico.â Por su parte, el artÃculo 8 de la Ley 13.246 de AparcerÃas Rurales establece que âQueda prohibida toda explotación irracional del suelo que origine su erosión o agotamiento, no obstante cualquier cláusula en contrario que contengan los contratos respectivos. En caso de violarse esta prohibición por parte del arrendatario, el arrendador podrá rescindir el contrato o solicitar judicialmente el cese de la actividad prohibida, pudiendo reclamar en ambos casos los daños y perjuicios ocasionados. Si la erosión o agotamiento sobrevinieren por caso fortuito o fuerza mayor, cualquiera de las partes podrá declarar rescindido el contratoâ. En algunas regiones predomina alguno de los factores ya mencionados, como el viento en las zonas áridas. En función del principal agente causante de la erosión y del tiempo que sus efectos sobre la superficie terrestres tardan en manifestarse, se habla de erosión geológica o natural y erosión acelerada. Pasemos a tratar a cada una de ellas. En la erosión geológicaerosión geológicaerosión geológicaerosión geológicaerosión geológica, los fenómenos climáticos inician el desgaste de los educación a distancia (instituto universitario P.F.A) 165derecho de los recursos naturales tomo 1) suelos causando alteraciones en la más superficial de sus capas. En las regiones secas de nuestro paÃs, el estrato superior de la roca se expande debido al calor del sol y acaba resquebrajándose, ya que si la roca está compuesta por varios minerales, éstos sufren diferentes grados de expansión y la tensión que se genera conduce a su fragmentación. El viento puede arrastrar diversos fragmentos y acumularlos en otro lugar, formando dunas o estratos de arena. El material perdido por la roca también puede ser arrastrado por torrentes de agua. En los climas húmedos, la lluvia actúa tanto quÃmica como mecánicamente en la erosión de las rocas. El vapor de agua contenido en la atmósfera absorbe dióxido de carbono y lo transforma en ácido carbónico; al precipitar, en forma de lluvia (lluvia ácida), disuelve algunos minerales y descompone otros. El duro feldespato del granito se transforma en arcilla; y determinados minerales del basalto, combinados con oxÃgeno y agua, forman óxidos de hierro como la limonita. Las altas temperaturas intensifican este tipo de erosión. En las zonas del sur de nuestro paÃs, el hielo rompe las rocas debido al agua que se introduce por sus fisuras y poros y se expande con las heladas. Las rocas también se agrietan por la acción de las raÃces de las plantas. El agua de los arroyos y de los rÃos es un poderoso agente erosivo; disuelve determinados minerales y los cantos que transporta la corriente desgastan y arrastran los depósitos y lechos fluviales. Los rÃos helados también erosionan sus valles; el lento movimiento del glaciar remueve gradualmente todo el material suelto de la superficie por la que se desliza, dejando algunas partes de roca desnuda cuando el hielo se derrite. Los glaciares erosionan activamente la roca por la que se desplazan; los fragmentos de roca inmersos en el fondo y en los lados de la masa de hielo en movimiento actúan como un abrasivo, al arañar y pulir el lecho rocoso de los lados y del fondo de los valles. En la costa, la erosión de acantilados rocosos y playas de arena es el resultado de la acción del mar, las olas y las corrientes. Ãsta es especialmente fuerte durante las tormentas. La acción de las olas es superficial, por lo que la erosión marina tiende a modelar una caracterÃstica plataforma plana sobre las rocas de la costa. El agua es muy importante en el transporte del material erosionado. Desde el momento en el que cualquier lugar reciba agua en forma de lluvia, nieve derretida o educación a distancia (instituto universitario P.F.A) 166 tomo 1 derecho de los recursos naturales ) hielo de la que el terreno pueda absorber, el excedente fluirá hacia niveles más bajos arrastrando el material suelto. La constantes lluvias erosionan y empobrecen en pocos años a los suelos desprotegidos y en estos casos son degradados definitivamente, entonces el agricultor soluciona su problema talando y quemando nuevas zonas boscosas, es decir aperturando nuevas áreas de cultivo y las anteriores las vende o simplemente las abandona. La destrucción del bosque, lamentablemente viene ocurriendo, con mayor estrago en los últimos tiempos. La erosión hÃdricaerosión hÃdricaerosión hÃdricaerosión hÃdricaerosión hÃdrica afecta a los mejores suelos con aptitud agrÃcola y agrÃcolo- ganadera. El grado de deterioro actual de los suelos en la Región Pampeana es de variada intensidad, destacándose el centro y oeste de Entre RÃos, las cuencas de los rÃos Carcarañá y Tercero (centro-sur de Córdoba y sur de Santa Fe), cuencas del rÃo Arrecifes y del Arroyo del Medio (norte de Buenos Aires y sur de Santa Fe). Otras provincias afectadas por erosión hÃdrica son Misiones y Formosa con un 40 % de sus territorios erosionados y el Chaco, con un 20 % de afectación. En cuanto a la erosión aceleradaerosión aceleradaerosión aceleradaerosión aceleradaerosión acelerada, debemos decir que sin la intervención del hombre, las pérdidas de suelo debidas a la erosión probablemente se verÃan compensadas por la formación de nuevos suelos en la mayor parte de los territorios. Cuando la lluvia cae sobre terrenos cubiertos por hierba u hojas, parte de la humedad se evapora antes de que el agua llegue a introducirse en la tierra. Los árboles y la hierba hacen de cortavientos y el entramado de las raÃces ayuda a mantener los suelos en el lugar, frente a la acción de la lluvia y el viento. Con la agricultura y la explotación forestal, la urbanización, la instalación de industrias y la construcción de rutas que se han efectuado en nuestro paÃs, se ha destruido parcial o totalmente la protección dada por la vegetación, acelerando asà la erosión de diferentes tipos de suelos. Este tipo de erosión es menos intensa en zonas con cultivos como el trigo, que cubren uniformemente el terreno, que en zonas con cultivos como el maÃz o el tabaco, que crecen en surcos. El exceso de pastoreo, que a la larga puede transformar la pradera en desierto, y las prácticas agrÃcolas poco cuidadosas, han tenido efectos desastrosos no sólo en nuestro territorio, en el mundo entero. La erosión eólicaerosión eólicaerosión eólicaerosión eólicaerosión eólica está difundida principalmente en el sector semiárido de la educación a distancia (instituto universitario P.F.A) 167derecho de los recursos naturales tomo 1) Región Pampeana (6 millones de hectáreas erosionadas) y en la región árida del paÃs: Patagonia, Mendoza, La Rioja, Catamarca y Salta. En la Patagonia, existe un proceso de desertificación generalizado que abarca alrededor de 70 millones de hectáreas (un 90 % de la región) de los cuales 28 millones corresponden a un grado moderado de deterioro y 25 millones a grados grave y muy grave. En la región Chaqueña se registra un proceso erosivo eólico generalizado de intensidad moderada debido principalmente a las texturas limosas predominantes de los suelos. Conservación del suelo.Conservación del suelo.Conservación del suelo.Conservación del suelo.Conservación del suelo. Nuestro suelo es la reserva principal en donde se apoyan otros recursos como los minerales, la flora, la fauna o el agua. Deteniéndonos en la legislación provincial sobre la conservación, nos topamos con un primer antecedente, la Ley misionera Nº 9 sobre Conservación de Suelos que data de 1955. En 1958 entró en vigencia el Decreto Ley 2008 en la Provincia de Santa Fe sobre Conservación de Suelos. Córdoba en cambio, se basó en un conjunto de normas especÃficas compuestas por leyes y decretos. En 1969, se sancionaron sendas leyes sobre el tema en Tucumán y La Pampa. En 1972 se sancionaron en San Luis la Ley 3470 y en Catamarca la Ley 2480. tres años después en el Chaco se sancionó la Ley 1323. En la sección primera âDeclaraciones, Derechos y GarantÃasâ de la Constitución de la provincia de Buenos Aires, el artÃculo 28 sostiene que âLos habitantes de la Provincia tienen el derecho a gozar de un ambiente sano y el deber de conservarlo y protegerlo en su provecho y en el de las generaciones futuras. La Provincia ejerce el dominio eminente sobre el ambiente y los recursos natu- rales de su territorio incluyendo el subsuelo y el espacio aéreo correspondiente, el mar territorial y su lecho, la plataforma continental y los recursos naturales de la zona económica exclusiva, con el fin de asegurar una gestión ambientalmente adecuada. En materia ecológica deberá preservar, recuperar y conservar los recursos natu- rales, renovables y no renovables del territorio de la Provincia; planificar el aprovechamiento racional de los mismos; controlar el impacto ambiental de todas las actividades que perjudiquen al ecosistema; promover acciones que eviten la educación a distancia (instituto universitario P.F.A) 168 tomo 1 derecho de los recursos naturales ) contaminación del aire, agua y suelo; prohibir el ingreso en el territorio de residuos tóxicos o radiactivos; y garantizar el derecho a solicitar y recibir la adecuada información y a participar en la defensa del ambiente, de los recursos naturales y culturales. Asimismo, asegurará polÃticas de conservación y recuperación de la calidad del agua, aire y suelo compatible con la exigencia de mantener su integridad fÃsica y su capacidad productiva, y el resguardo de áreas de importancia ecológica, de la flora y la fauna. Toda persona fÃsica o jurÃdica cuya acción u omisión pueda degradar el ambiente está obligada a tomar todas las precauciones para evitarloâ.A nivel nacional, encontramos variadas leyes de promoción industrial, algunas de las han sido derogadas, como la 19.904, 20.506, 21.680 y 23.614. También, en otras normas nacionales, existen disposiciones aplicables al problema de la desertificación en el Código Civil, el cual establece el ejercicio regular del derecho de propiedad, prohibiendo el ejercicio abusivo del mismo, no limitándose a fijar restricciones y lÃmites al dominio, sino que también dispone medidas protectoras del ambiente y los recursos naturales. La reforma al artÃculo Nº 2.513, introducida por la Ley N° 17.711, limitó el derecho absoluto del propietario del fundo, determinando que el uso y goce de la propiedad debe ser realizado mediante un temperamento que suponga un ejercicio general de tal derecho. Las leyes N° 13.246 y 22.298 de arrendamientos y aparcerÃas rurales, consideran la erosión del suelo como causal de extinción de estos contratos y obliga a los aparceros y arrendatarios a prevenir y evitar este tipo de degradación del recurso. La Ley nº 23.879 de Prevención del Impacto Ambiental de la utilización de recursos hÃdricos, regula la cuestión hÃdrica, es decir, el manejo y la utilización del agua. Asimismo, en cuanto a las cuencas, se sancionaron las Leyes 22.697 (Comisión Regional del RÃo Bermejo), la 22.721 (Comité Interjurisdiccional del RÃo Colorado) y la 23.896 (Autoridad Interjurisdiccional de los RÃos Limay, Negro y Neuquen). Si nos acotamos al suelo especÃficamente, la Ley N° 24.585, en su art. 282 se refiere al impacto sobre los suelos generado por la actividad minera. Por otro lado, la legislación minera en su Ley N° 24.196 de inversiones mineras, exige la adopción de determinadas conductas ambientales. educación a distancia (instituto universitario P.F.A) 169derecho de los recursos naturales tomo 1) En lo que a hidrocarburos se refiere, la Ley N° 17.319 y ccdtes. se vincula con la problemática de la desertificación con la afectación de los suelos producida por la actividad petrolera que gestó una regulación especÃfica tendiente a armonizar el desarrollo de esta actividad con la preservación de los recursos naturales afectados. La Ley de Fomento a la Conservación de SuelosLa Ley de Fomento a la Conservación de SuelosLa Ley de Fomento a la Conservación de SuelosLa Ley de Fomento a la Conservación de SuelosLa Ley de Fomento a la Conservación de Suelos Ya hemos hecho mención a la ley Nº 22.428 anteriormente, sobre la Ley de Fomento a la Conservación de Suelos, la cual fue sancionada en Marzo de 1981 con el fin de promover y coordinar las acciones públicas y privadas para alentar la conservación y recuperación de la capacidad productiva de los suelos. Su destino inmediato fue prevenir y controlar la degradación de las tierras fértiles producto del accionar humano, la salinización, la erosión, la alcalinización en áreas de riego y la desertización en regiones áridas y semiáridas. Esta Ley Nacional es una ley de adhesión, esto significa que las provincias no están obligadas a acatarla hasta que presten su expreso consentimiento. A fines de noviembre de 1983 se habÃan adherido al régimen de la ley todas las provincias que componen la Nación. Principalmente su aplicación ha sido para financiar las practicas conservacionistas al mecanismo de entrega de subsidios y créditos a los productores. Su utilización du- rante 7 años, (1982-1989) permitió incorporar 2.800.000 Ha. bajo manejo conservacionista y otras 2.500.000 ha como áreas protegidas. Sobre un total de 22 provincias participaron 19 divididas en 82 distritos de conservación quienes a su vez se organizaron en un total de 202 consorcios, conformados por 1.022 productores agropecuarios. La suspensión en 1989 por los diferentes déficits del Estado de los aportes nacionales sumado al de los estados provinciales, llevó a un marcado deterioro de los equipos técnicos provinciales de conservación de suelos, excepto en aquellas pocas provincias que contaban con una normativa propia para tal objetivo. Como mencionamos con anterioridad, al hablar de la erosión, los usos indebidos La problemática ambiental. Contaminación de los suelos. AgroquÃmicos: concepto. Impacto sobre la calidad de los alimentos, el suelo y el agua educación a distancia (instituto universitario P.F.A) 170 tomo 1 derecho de los recursos naturales ) que se realizan sobre la tierra, se ve reflejado claramente en su progresivo deterioro. Del deterioro resulta la disminución en la producción tanto agrÃcola como ganadera. Entre los principales motivos por los que el suelo sufre un grave deterioro, tenemos la doble producción y la falta de rotación. Si hablamos de mayor producción nos topamos con una severa disminución de los nutrientes de ahà que la tierra necesite correctas dosis de fertilizantes para, además mantener el nivel de las cosechas, pero con los daños que en materia ambiental causan algunos fertilizantes. Si hablamos de la ampliación de los sistemas de producción extensivos que se llevan adelante en la región chaqueña, estos provocan un notable deterioro en la calidad de la tierra; este es el tÃpico caso que se da en la siembra del poroto o la soja. Los efectos negativos de la agricultura migratoria se observa hoy en dÃa grandes extensiones sometidas a deforestación y otras áreas presentan en la actualidad un paisaje deprimente, con diferentes grados de degradación, abandonados, pastizales y miles de hectáreas convertidos en áreas cubiertas con una vegetación conformada de helechos y otras gramÃneas. El poblador del lugar no valoriza al conjunto del bosque, tampoco visualiza su importancia, que desempeña en la conservación de los suelos, control de erosión, mejoramiento del microclima. Al contrario el bosque es considerado como estorbo para la agricultura y la ganaderÃa. Esta situación se viene agravando últimamente, en el afán de extender sus cultivos en suelos con pendiente, donde la capacidad de uso mayor son de protección y producción forestal. De acuerdo con la información resultante de la investigación realizada por la SecretarÃa de Medioambiente y Desarrollo Humano, nuestro paÃs cuenta aproximadamente con 70 millones de hectáreas en condiciones de producir y que están seriamente en riesgo de sufrir procesos erosivos que van desde los más sencillos hasta los más severos. Este hecho serÃa más grave en las zonas áridas y semiáridas, es decir el 75 % de los suelos explotables del paÃs, donde se ubican el 30 % de los asentamientos poblacionales. educación a distancia (instituto universitario P.F.A) 171derecho de los recursos naturales tomo 1) Para graficar, digamos que la Región Pampeana semiárida posee suelos arenosos con suaves pendientes, producto del sobrepastoreo y prácticas de agricultura incorrectas. Las profundas sequÃas provocaron una erosión eólica lo que ayudó a la formación de médanos y expuso a los suelos a la erosión hÃdrica. La fuente principal de la desertificación en la Patagonia, en cambio, ha sido el sobrepastoreo ovino, a la vez que en la parte árida del Chaco, existe una zona de desmonte masivo y sobrepastoreo, lo cual, conjuntamente a la agricultura expoliativa, expone a los suelos a las precipitaciones y temperaturas extremas, generando pérdidas en la fertilidad y eficiencia hÃdrica y procesos erosivos. Los valles áridos del noroeste y las sierras secas centrales presentan erosión en las cuencas hidrográficas por sobrepastoreo, deforestación e incendios. En Cuyo hay grandes áreas bajo riego con problemas de salinización con grandes llanuras sujetas a sobrepastoreo, incendios y deforestación. A través de la agroforesterÃa, que es el conjunto de actividades silviculturales asociadas a la producción agrÃcola y pecuaria; considerada como una opción económica - productiva de buenas perspectivas, para hacer frente al problema de la alimentación en nuestro paÃs. Con escasa disponibilidad de tierras de aptitud agrÃcola, altos Ãndices de desertificación en la costa y la sierra. La superficie más oscura de un campo quemado absorbe de manera más completa la radiación solar; en consecuencia las capas superficiales del suelo en los campos quemados son más calientes que la de los campos no quemados, especialmente durante la estación de verano. El resultado final de estos cambios pueden ser una reducción de la humedad disponible para las plantas en el campo y mayor en terrenos expuestos al sol y una reducción de materiales edáficas. Asimismo la quema pueden formar suelos hidrófobos a partir de sustancias evaporadas durante la quema del colchón de hojarasca. Sobre suelos arenosos, las sustancias evaporadas se mueven hacia abajo, se condensan y forman una capa repelente al agua o hidrófoba, en profundidades que van desde los 2,5 cm. a los 23 cm. Las tasas de porosidad e infiltración disminuyen y la densidad volumétrica aumenta después de los incendios en muchos suelos. La erosión es un problema y serio educación a distancia (instituto universitario P.F.A) 172 tomo 1 derecho de los recursos naturales ) después de los incendios en terrenos empinadas y alta acumulación de sustancia inflamables. De investigaciones realizadas en los últimos años, se sabe que el bosque húmedo tropical primario se encuentra en un estado de equilibrio dinámico. Donde la cubierta forestal pude alterarse por diferentes tipos de perturbaciones, que pueden ser natu- rales (muerte de un árbol), o inducidos por el hombre (tala rozo y quema), que producen claros, este proceso dinámico permite la regeneración y las oportunidades de cambio en el bosque. Se identifica tres fases en la dinámica de la regeneración de los bosques de equilibrio, no como entidades separadas, sino como un crecimiento consecutivo para llegar de una fase a otra. La mayor caracterÃstica que posee el ecosistema húmedo tropical es la llamada «fragilidad». La complejidad de las interacciones entre el sinnúmero de especies que componen el ecosistema, cualquier intervención fuerte del hombre causará inevitablemente, la extinción de especies. Se ha dado mucho énfasis al ciclaje y almacenaje de nutrientes en los bosques húmedos primarios y los efectos presuntamente negativos de la actividad humana. Se han llevado a cabo intentos para mejorar la calidad de los nutrientes y el ritmo de los ciclos de la cubierta forestal, alterando la composición del campo. Por lo general, se cree que los nutrientes es el humus bajo los bosques mixtos fácilmente aprovechados por las plantas. Actualmente en nuestro paÃs se vienen utilizando las leguminosas, para mejorar la cantidad de nitrógeno en el suelo y aumentar asà el ritmo de circulación de minerales en los bosques empobrecidos por retiro del colchón de hojarasca. El aliso y otras plantas no leguminosas, que son capaces de realizar una fijación no simbiótica del nitrógeno, también se vienen utilizando para enriquecer la cubierta forestal y aumentar la productividad del lugar. El daño que se causa a los suelos es de la misma magnitud que el que se causa al agua y al aire, aunque en realidad algunas veces es menos evidente para nosotros; sin embargo, es importante conocer los lugares donde es más probable que se contamine el suelo. Algunos de estos sitios son los parques industriales, los basureros municipales, las zonas urbanas muy pobladas y los depósitos de quÃmicos, combustibles y aceites, educación a distancia (instituto universitario P.F.A) 173derecho de los recursos naturales tomo 1) etc., sin dejar de mencionar las zonas agrÃcolas donde se utilizan los fertilizantes o pesticidas de manera excesiva. Se considera suelo contaminado, aquel cuyas caracterÃsticas fÃsicas, quÃmicas o biológicas han sido alteradas negativamente por la presencia de componentes peligrosos de origen humano, en concentración tal que comportan un riesgo para la salud humana o el medio ambiente. La alteración negativa de las caracterÃsticas fÃsicas, quÃmicas o biológicas del suelo debido a la presencia de componentes peligrosos de origen humano, hace que pueda considerársele como contaminado Dentro de los contaminantes de suelos se encuentran residuos cuyo origen pueden ser doméstico, industrial, hospitalarios o de laboratorios. Independientemente de su origen, los residuos pueden ser: a) Peligrosos son aquellos que por sus caracterÃsticas corrosivas, reactivas, explosivas, tóxicas, inflamables o biológicas, representan un riesgo para la salud de las personas y el ambiente, b) no peligrosos se denominan residuos sólidos, que pueden ser clasificados: 1. degradables: son los residuos cuya descomposición fÃsica es factible; 2. no degradables, son los residuos que permanecen sin cambios durante periodos muy largos. Es importante mencionar que la degradación de los residuos sólidos (degradables y no degradables) implica responsabilidad y cuidado por parte de los ciudadanos de este planeta. La legislación vigente en materia de suelos marca las pautas a seguir por las Administraciones Públicas para el desarrollo de las actuaciones en materia de suelos contaminados. De esta forma, el artÃculo 27 de la Ley 10/1998 sobre Residuos, sostiene que las Comunidades Autónomas declararán, delimitarán y harán un inventario de los suelos contaminados debido a la presencia de componentes de carácter peligroso de origen humano, evaluando los riesgos para la salud humana o el medio ambiente, de acuerdo con los criterios y estándares que, en función de la naturaleza de los suelos y de los usos, se determinen por el Gobierno previa consulta a las Comunidades Autónomas. educación a distancia (instituto universitario P.F.A) 174 tomo 1 derecho de los recursos naturales ) A partir de este inventario, las Comunidades Autónomas elaborarán una lista de prioridades de actuación, en atención al riesgo que suponga la contaminación del suelo para la salud humana y el medio ambiente. Además, la Ley establece que, previo requerimiento de las Comunidades Autónomas, quienes contaminen quedarán obligados a realizar las operaciones de limpieza y recuperación. Cuando sean varios, todos responderán a las obligaciones solidaria y subsidiariamente, por este orden, los poseedores de los suelos contaminados y los propietarios no poseedores. Todo ello sin perjuicio de que en el supuesto de que no se realicen las operaciones de limpieza y recuperación de suelos contaminados, se pueda proceder a la ejecución subsidiaria por cuenta del infractor y a su costa. Como particularidad, el suelo actúa como un sumidero en el que los contaminantes se filtran o se transforman hasta agotar su capacidad de amortiguación, momento en el que el suelo se puede convertir en fuente de sustancias quÃmicas, y los contaminantes pueden empezar a filtrarse en las aguas subterráneas. El hecho de que los efectos de la contaminación permanezcan ocultos durante mucho tiempo ha llevado a que, hasta hace muy poco, la preocupación por el buen estado de los suelos haya sido mÃnima. Además, el suelo puede ser una propiedad privada, lo que dificulta la toma de medidas de protección. A modo de ejemplo, digamos que en Europa, los tres principales procesos de degradación grave del suelo son la erosión, la acidificación y la contaminación por metales pesados, plaguicidas, otros contaminantes orgánicos, nitratos, fosfatos y radionucleidos artificiales. Otras amenazas importantes son la compactación del suelo, las pérdidas de materia orgánica debidas a prácticas de manejo incorrectas, la salinización y el encharcamiento. Los suelos contaminados se generan principalmente por: 1. Mala gestión de residuos: vertidos incontrolados, acumulaciones incorrectas, ruinas industriales, etc. 2. Malas prácticas en instalaciones industriales: fugas, almacenamiento incorrecto, etc. 3. Accidentes en el transporte, almacenamiento y manipulación de productos quÃmicos. educación a distancia (instituto universitario P.F.A) 175derecho de los recursos naturales tomo 1) Los suelos contaminados pueden tener efectos muy diversos, desde el riesgo tóxico para la salud humana hasta pérdidas de recursos naturales y económicos. Los principales peligros que puede suponer un suelo contaminado son: a. Peligro toxicológico para la salud humana:a. Peligro toxicológico para la salud humana:a. Peligro toxicológico para la salud humana:a. Peligro toxicológico para la salud humana:a. Peligro toxicológico para la salud humana: - Por inhalación: problemas alérgicos, respiratorios desde leves hasta muy graves. - Por ingestión, por desconocimiento al cultivarse suelos contaminados. - Por contacto directo con la piel, alergias y problemas cutáneos en trabajadores que manipulan este tipo de suelos. b. Peligro de contaminaciónb. Peligro de contaminaciónb. Peligro de contaminaciónb. Peligro de contaminaciónb. Peligro de contaminación de aguas superficiales, atmósfera, sedimentos, etc. c.c.c.c.c. Peligro fÃsicoPeligro fÃsicoPeligro fÃsicoPeligro fÃsicoPeligro fÃsico, como explosión o fuego, corrosión de estructuras o efectos en las propiedades mecánicas del suelo. Muchas veces las consecuencias no se identifican de inmediato y los peligros potenciales pueden tardar décadas en manifestarse con efectos de gran magnitud. Durante estos últimos cien años se ha podido observar una revolución en la agricultura incrementándose tanto la calidad como el volumen de la producción agrÃcola y hortÃcola. Esta mejora se debe a la utilización de máquinas, uso de fertilizantes y agroquÃmicos y mejoras en las técnicas de cultivo. Pero de todo esto, lo más cuestionable es el uso indiscriminado de agroquÃmicos, los que se diferencian entre: 1. Pesticidas:1. Pesticidas:1. Pesticidas:1. Pesticidas:1. Pesticidas: polvo o lÃquido que se aplica por pulverización o rociado; los más comunes son los insecticidas, herbicidas, fungicidas y acaricidas. Muchos de los pesticidas usados en el pasado se han ido reemplazando en pos de productos menos tóxicos para el hombre y menos persistentes en el suelo y en la cadena alimentaria, aunque existen aún muchos riesgos en el manejo de los mismos, especialmente para las personas que son responsables en el almacenamiento, formulación de la mezcla y en la aplicación del producto Los pesticidas pueden ingresar en el cuerpo a través de 3 vÃas distintas: AgroquÃmicos educación a distancia (instituto universitario P.F.A) 176 tomo 1 derecho de los recursos naturales ) ⢠Absorción a través de la piel ⢠Ingestión ⢠Respiración normal 2. Fumigantes:2. Fumigantes:2. Fumigantes:2. Fumigantes:2. Fumigantes: polvo o lÃquido que combate plagas por su volatilización a gasificación a temperatura ambiente. Todos los contaminantes se pueden clasificar en dos grandes grupos: 1.PartÃculas:1.PartÃculas:1.PartÃculas:1.PartÃculas:1.PartÃculas: Polvos, Humos, Neblinas 2.Moléculas:2.Moléculas:2.Moléculas:2.Moléculas:2.Moléculas: Vapores y Gases Las formas que se pueden presentar en pesticidas son: ⢠Neblinas: Neblinas: Neblinas: Neblinas: Neblinas: que surgen cuando se atomiza o pulveriza un lÃquido, se forman finas gotitas, que se expanden más en el ambiente cuanto más pequeñas son, por ende permanecen más tiempo alrededor de las vÃas respiratorias y son plausibles de ingresar en el organismo por inhalación. Los pesticidas lÃquidos se pulverizan a través del uso de mochila, niebla frÃa (ultra bajo volumen) y termofumigadora, por ejemplo. Todos estos métodos de aplicación generan neblinas. ⢠Vapores:Vapores:Vapores:Vapores:Vapores: emanaciones provenientes de un lÃquido o sólido que pasan a la fase gaseosa, por evaporación, a temperatura ambiente o mediante la entrega de calor. Por ejemplo, los solventes emanan vapores (la aplicación de pesticidas con termofumigadora es una fuente probable de vapores). ⢠Gases:Gases:Gases:Gases:Gases: Son sustancias quÃmicas que se presentan en fase gaseosa a presión y temperatura ambiente. Por ello se mezclan Ãntimamente con el aire y se desplazan con facilidad. Pueden ser inodoros e incoloros y, por tanto, no siempre fácilmente detectables. Por ejemplo: fosfina. Los efectos en la salud pueden ser de dos tipos: ⢠agudos:agudos:agudos:agudos:agudos: el organismo reacciona en un corto perÃodo de tiempo. ⢠crónicos:crónicos:crónicos:crónicos:crónicos: la respuesta del organismo es lenta, pero generalmente cuando se educación a distancia (instituto universitario P.F.A) 177derecho de los recursos naturales tomo 1) detecta el problema, luego de años, la enfermedad es irreversible. Como regla general se adopta que los efectos en la salud de los insecticidas son mayores que los ocasionados por los herbicidas y estos últimos a su vez más peligrosos que los fungicidas. Los primeras señales de intoxicación que deben considerarse son: Cansancio dolor de cabeza mareo sudor visión nublada vómitos calambres musculares dolor de estómago y calambres. Estos sÃntomas aparecen durante las 12 horas posteriores a haber estado en contacto con el plaguicida. La intoxicación es un hecho si aparecen 3 o 4 señales juntas. Con respecto a la legislación sobre agroquÃmicos, el 15 de abril de 1994 en la Provincia de Buenos Aires, entró en vigencia la Ley de AgroquÃmicos, la N° 10.699, que fue reglamentada por el Decreto N° 499; a través de ella queda establecida la imposibilidad del expendio y aplicación de agroquÃmicos, sin contar con la correspondiente receta agronómica obligatoria. La ley de agroquÃmicos de la provincia apunta a proteger la salud humana, los recursos naturales y la producción agrÃcola utilizando una correcta y racional aplicación de los productos a los que hace mención como asà también evitar la contaminación de los alimentos y el medio ambiente. Para ello norma la implementación de registros de inscripción obligatoria de fabricantes, formuladores, fraccionadores, distribuidores, expendedores y aplicadores, tanto aéreos como terrestres de agroquÃmicos y clasifica a los productos agroquÃmicos por su grado de toxicidad o peligrosidad de acuerdo a tres categorÃas diferentes: 1. De uso y venta libre. 2. De uso y venta profesional. 3. De venta y uso registrado. Estas dos últimas categorÃas no podrán ser vendidas en forma directa sin la receta agronómica obligatoria. Asimismo reglamenta el empleo de productos altamente tóxicos, los perÃodos previos a la cosecha en que deben suspenderse las aplicaciones, el decomiso y la destrucción de alimentos contaminados con plaguicidas, etc. educación a distancia (instituto universitario P.F.A) 178 tomo 1 derecho de los recursos naturales ) Para financiar la correcta aplicación de la ley, se crea una cuenta especial para el ingreso de los fondos en la Dirección de Sanidad Vegetal del Ministerio de la Producción de la Provincia de Buenos Aires para el apoyo de tareas tales como la fiscalización, la creación y el mantenimientos de Centros de ToxicologÃa, análisis de residuos y desarrollo de programas de capacitación e investigación. El Código Rural de la Provincia de Buenos Aires fue sancionado el 28 de octubre de 1983 a través del Decreto Ley N° 10.081, derogando con su sanción, a la Ley N° 7.616 que le habÃa dado vigencia en 1970. A través de La ley 12.063 se sustituyó el artÃculo 40 del mencionado Decreto Ley 10.081/83, por el siguiente: «ArtÃculo 40: âLos propietarios que donaren al Estado fracciones de tierra con destino a la apertura, construcción, rectificación o ensanche de caminos quedarán exentos del pago de la contribución de mejoras hasta la concurrencia del valor de lo donado. También operará en forma automática la reducción del impuesto inmobiliario de manera proporcional a la superficie afectada. Los propietarios que planten árboles de sombra en los costados del camino, tendrán derecho a compensar la contribución de mejoras hasta un valor equivalente al doble del costo de las plantaciones, a partir del segundo año de la plantación». Esta ley fue sancionada en la ciudad de La Plata por la Sala de Sesiones de la Honorable Legislatura de la Provincia de Buenos Aires, el 9 de diciembre de 1997 y puesta en vigencia por el decreto 4662 el 29 de diciembre. En su primer artÃculo está dispuesto que el Código Rural regule, los hechos, actos y bienes de la actividad rural de la Provincia de Buenos Aires, de acuerdo a lo que la Constitución Nacional atribuye a su jurisdicción. Consta de tres libros: ⢠el libro primero, está dedicado al Suelo, y se divide en dos secciones: la primera bajo el nombre de âLa Propiedad Ruralâ y la segunda âRégimen de Transformación Agrariaâ. Ley de Medio Ambiente de la Provincia de Buenos Aires. Código Rural de la Provincia de Buenos Aires. Legislación general educación a distancia (instituto universitario P.F.A) 179derecho de los recursos naturales tomo 1) ⢠el libro segundo, a la Flora y Fauna, dividido en tres secciones: âDe la Producción Ganaderaâ, âDe la Producción Vegetalâ y âDe las Especies Silvestres Animales y Vegetalesâ. ⢠el libro tercero, está rotulado con el nombre âDe las Aguas y la Atmósferaâ con una única sección llamada âDel Uso Agropecuario del Agua y la Atmósferaâ (que fue derogado por la Ley N° 12.257 -Código de Aguas-). El art. 47 declara de interés público en toda la Provincia de Buenos Aires la conservación del suelo agrÃcola; debemos entender por tal, el mantenimiento y mejora de su capacidad productiva. Estará a cargo del Poder Ejecutivo determinar las regiones o áreas de suelo erosionados, agotados o degradados. El Poder Ejecutivo tiene a su cargo controlar la conservación del suelo a través del organismo competente para lo cual deberá desarrollar una serie de actividades, como CÃDIGO RURAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES LIBRO II âDe la Fauna y Flora â LIBRO I âDel Sueloâ SECCIÃN I âLa Propiedad Ruralâ SECCIÃN II âRégimen de Tranformación Agrariaâ SECCIÃN I âDe la Producción Ganaderaâ SECCIÃN II âDe la Producción Vegetalâ SECCIÃN III âDe las especies silvestres, animales y vegetalesâ LIBRO III âDe las Aguas y la Atmósferaâ SECCIÃN ÃNICA âDel uso agropecuario del agua y la atmósferaâ educación a distancia (instituto universitario P.F.A) 180 tomo 1 derecho de los recursos naturales ) efectuar relevamientos, determinar y difundir técnicas de manejo y recuperación de suelos, formar técnicos especializados, etc. El Poder Administrador tiene la facultad para prohibir la decapitación del suelo agrÃcola con fines industriales, cuando implique riesgo para el mantenimiento de las reservas hortÃcolas linderas a centros urbanos. Aclaremos que la decapitación es la eliminación de la capa superficial del suelo cultivable y que anula por lo tanto, sus condiciones naturales. Asimismo, el Ejecutivo Provincial, está facultado para clasificar los suelos de acuerdo a su aptitud para el riego, de investigar los recursos naturales de la Provincia en materia de fertilizantes (abonos o correctores), determinar su eficacia y fomentar su uso racional y con todo ello, armar estadÃsticas. El propietario o bien el ocupante legal de un predio, esta obligado a denunciar la erosión y la degradación manifiesta de los suelos, a ejecutar los planes oficiales de prevención y la lucha contra la erosión, degradación y agotamiento de los suelos y realizar en los predios, el trabajo necesario para evitar la erosión o degradación, previniendo daños a terceros. El Poder Ejecutivo debe adoptar las medidas necesarias para que en el planeamiento y la Ejecución de Obras Públicas â urbanización con todo lo que ella implica, caminos, vÃas férreas y canales-, se apliquen las técnicas de conservación de suelo y del agua. Asimismo se favorecerá la formación de consorcios voluntarios de productores para la conservación del suelo. El organismo competente para ello, podrá elevar para su posterior aprobación por parte del Poder Ejecutivo, las prácticas o técnicas que deben cumplimentar los titulares de dominio al realizar sus explotaciones agropecuarias. El Código Rural impulsa claramente una polÃtica de conservación; contiene además, facultades y obligaciones en cabeza del Poder Ejecutivo para la protección de la propiedad rural. En el Código están considerados como de vital importancia tanto para el desarrollo como para la explotación de la tierra, su división en âunidades económicasâ, las que aparecen reguladas en el TÃtulo II, de la Sección Primera del Libro I, cuyo art. 43 establece que la determinación de las superficies constitutivas de la unidad económica deberá efectuarse teniendo en cuenta las caracterÃsticas de la zona, la calidad de la tierra, educación a distancia (instituto universitario P.F.A) 181derecho de los recursos naturales tomo 1) el tipo de cultivo y la existencia o falta de riego, estableciéndose su extensión de modo de permitir una explotación prospera. El Poder Ejecutivo Provincial es quien determina la extensión de las superficies mÃnimas de los lotes constitutivos de la unidad económica de explotación y la facultad reglamentaria local deriva del art. 2326 del Código Civil. El Poder Ejecutivo Provincial tiene a su cargo aprobar la determinación de las zonas o partidos agrarios, conteniendo las dimensiones que en cada caso correspondan a la Unidad Económica. El concepto se ha desarrollado en esta última legislación, distinguiéndose la unidad familiar, por un lado y la unidad adecuada por el otro: la unidad familiar es la extensión del terreno que por sus caracterÃsticas permite la evolución de una familia campesina. El libro segundo, por otra parte, en su Sección I âDe la Producción Ganaderaâ, declara obligatorio para todo propietario marcar su ganado mayor y señalar su ganado menor (art. 112), siendo obligatorio para todo propietario de hacienda el registro a su nombre de las marcas o señales que usara, las que sólo pueden ser usadas por su titular (art. 114). El Estado provincial a través del organismo correspondiente, es el único responsable de los sistemas de diseño y reglamentación del uso de las marcas y señales para el ganado. Los artÃculos 116 y 117 establecen tanto las caracterÃsticas como las dimensiones de las marcas y señales, estableciendo que en el territorio de la Provincia no podrá haber dos marcas iguales. Este derecho se prueba a través del boleto expedido por la Dirección Provincial de GanaderÃa a través de una inscripción en el registro que lleva a cabo el organismo citado, quien a su vez, es el encargado de conceder la marca o señal por un término de 10 años a partir de su registro, pudiendo conservarse por otros términos iguales por sus sucesivas renovaciones. Para poder registrar una marca o señal ante la Dirección Provincial de GanaderÃa, se requiere esencialmente acreditar el carácter de propietario o ocupante legal de un inmueble rural en la Provincia. Las marcas o señales pueden ser transferidas, en la Dirección Provincial de GanaderÃa o ante el Intendente Municipal del partido en que la misma estuviere inscripta para su uso. Las actas de transferencia son objeto de una detallada regulación en el educación a distancia (instituto universitario P.F.A) 182 tomo 1 derecho de los recursos naturales ) artÃculo 135 del Código, debiendo la misma ser inscripta en la mencionada Dirección. Se establece además, la obligación de marcar el ganado mayor antes de cumplir un año y señalar en ganado menor antes de cumplir los 6 meses, facultándose a las Municipalidades para ejercer el contralor de las normas del Código en todo lo relativo a marcas y señales. Toda marca o señal que se otorgue debe ser registrada además, ante la Municipalidad del partido en que se usare, para lo cual, la Municipalidad llevará los registros encuadernados y foliados, uno para las marcas y otro para las señales. El Código Rural regula también los actos sobre ganados marcados o señalados o la primera adquisición de los cueros que signifique transmisión de su propiedad, documentándose administrativamente, mediante el certificado de adquisición, el cual, otorgado entre las partes, será visado por la autoridad administrativa. El artÃculo 172 establece detalladamente los requisitos que debe contener la guÃa de tránsito, cuya validez será de 8 dÃas (de acuerdo a la modificación introducida por la Ley N° 10.462) a partir de su fecha de emisión, pudiendo renovarse por única vez por siete dÃas más. Los empresarios de transporte no podrán recibir la carga de ganado o cueros de primera adquisición sin exigir la exhibición de la guÃa, de cuyo número de orden dejaran constancia en los registros. La Ley N° 10.891 (modificada por las Leyes N° 11.088, 11.529 y 11.737) implementó para su aplicación en todo el territorio de la Provincia de Buenos Aires la llamada âGuÃa Ãnica de traslado para el tránsito de ganado mayor o menor y cuerosâ, la que contara cuando se realice con las medidas de seguridad necesarias para evitar adulteraciones o falsificaciones. La mencionada ley determina las condiciones para el transporte de haci- enda y cueros estableciendo que los vehÃculos de transporte deberán estar precintados e identificados. Las municipalidades deberán habilitar un registro especial para otorgar los controles de cada transporte. La sección segunda del libro segundo âDe la producción vegetalâ, además de contener normas relativas a la producción vegetal, incluye la regulación de los bosques. Queda incorporado en el régimen forestal, todos los bosques y tierras forestales ubicados en el territorio de la Provincia de Buenos Aires, ya sean de propiedad pública o privada. El artÃculo 209 establece la clasificación de los bosques: educación a distancia (instituto universitario P.F.A) 183derecho de los recursos naturales tomo 1) ⢠Bosque protector, ⢠Bosque permanente, ⢠Bosque Experimental, ⢠Bosque Especial y ⢠Bosque de Producción. El artÃculo 218 estipula que toda persona fÃsica o jurÃdica dedicada al corte, elaboración, extracción, industrialización o comercio de productos forestales o recolección o venta de semillas y plantas forestales u obras de forestación o reforestación, deberá estar inscripto en el organismo que corresponda y llevar la documentación que establecida acorde a la reglamentación vigente. Está prohibida la devastación de los bosques y su aprovechamiento irracional. El propietario u ocupante de los bosques no podrá aprovecharlos sin mediar una autorización de la autoridad respectiva, la que evaluará el plan de trabajo presentado por el mismo. Las personas fÃsicas o jurÃdicas dedicadas a las actividades relacionadas con la actividad forestal deberán inscribirse en un Registro especial que es llevado por el Ministerio de Agricultura, GanaderÃa y Alimentación. Los propietarios de los bosques protectores y permanentes serán sometidos a las restricciones surgidas del artÃculo 220 tendientes a la conservación del patrimonio forestal de la provincia, quedando obligados de informar y/o requerir autorización previa para realizar actos que incidan sobre el bosque. En tal sentido, los propietarios pueden solicitar la fijación de una indemnización por la disminución efectiva de la renta del bosque (art. 221) por aplicación del régimen forestal especial. Ley de Medio Ambiente de la Pcia. De Bs. As.Ley de Medio Ambiente de la Pcia. De Bs. As.Ley de Medio Ambiente de la Pcia. De Bs. As.Ley de Medio Ambiente de la Pcia. De Bs. As.Ley de Medio Ambiente de la Pcia. De Bs. As. Esta ley, conforme con lo establecido en el artÃculo 28 de la Constitución de la Provincia de Buenos Aires, tiene por objeto proteger, conservar, mejorar y restaurar tanto los recursos naturales como el ambiente en general dentro del ámbito de la Provincia de Buenos Aires, para preservar la vida y asegurar que las sucesivas generaciones tengan aseguradas la calidad ambiental y la diversidad biológica. La Ley de Medio Ambiente de la Provincia de Buenos Aires es la 11.723, titulada como de âProtección, Conservación, Mejoramiento y Restauración de los âProtección, Conservación, Mejoramiento y Restauración de los âProtección, Conservación, Mejoramiento y Restauración de los âProtección, Conservación, Mejoramiento y Restauración de los âProtección, Conservación, Mejoramiento y Restauración de los educación a distancia (instituto universitario P.F.A) 184 tomo 1 derecho de los recursos naturales ) Recursos Naturales y del Ambiente en generalâRecursos Naturales y del Ambiente en generalâRecursos Naturales y del Ambiente en generalâRecursos Naturales y del Ambiente en generalâRecursos Naturales y del Ambiente en generalâ, fue promulgada el 9 de noviembre de 1995 y consta de cinco TÃtulos con sus respectivos CapÃtulos. Cada uno de los TÃtulos contienes diferentes disposiciones: 1. preliminar, 2. general, 3. especial, 4. orgánica y 5. complementaria. Esta Ley de Medio Ambiente, preceptúa que el Estado Provincial debe garantizar a todos sus habitantes el derecho a gozar de un ambiente sano, adecuado para que las personas se desarrollen de una manera armónica, de ahà que los mismos deban abstenerse de realizar acciones u obras que pudieran ocasionar la degradación del ambiente de la Provincia. Tanto el Poder Ejecutivo Provincial como los Municipios, deben garantizar de acuerdo a ella: 1. En la ejecución de las polÃticas de gobierno la observancia de los derechos reconocidos en el artÃculo 2, 2. Los principios de polÃtica ambiental declarados en la misma; El artÃculo 5, inciso b determina que todo emprendimiento que implique acciones u obras susceptibles de producir efectos negativos sobre el ambiente y/o sus recursos naturales, deben contar con una Declaración del Impacto Ambiental que provocarán, expedida por la autoridad ambiental provincial o municipal. Asimismo, las personas fÃsicas o jurÃdicas, tanto públicas como privadas, titulares de algunos de los proyectos alcanzados por la normativa, están obligadas a presentar conjuntamente con el proyecto elaborado, una evaluación del Impacto Ambiental que resultará de su emprendimiento. Como dijimos en párrafos anteriores, esta ley es de vital importancia para la regulación de las actividades productivas, consecuencia del artÃculo 28 de la Constitución de la Provincia (incorporado por la reforma de 1994) que consagra el derecho de los habitantes de la Provincia a «gozar de un ambiente sano» y el «deber de conservarlo y protegerlo en su provecho y en el de las generaciones futuras». educación a distancia (instituto universitario P.F.A) 185derecho de los recursos naturales tomo 1) Los objetivos de la PolÃtica ambiental son los siguientes: ⢠Planificar el crecimiento urbano e industrial, teniendo en cuenta los limites fÃsicos del área en cuestión, las condiciones de mÃnimo subsidio energético e impacto ambiental para el suministro de recursos y servicios para cada región. ⢠Obligar a efectuar una evaluación de impacto ambiental en la realización de obras o actividades susceptibles de producir algún efecto negativo en el ambiente de la Provincia. ⢠Restaurar los impactos ambientales negativos. El artÃculo 10 de esta ley dispone que todos los proyectos consistentes en la realización de obras o actividades que produzcan o sean susceptibles de producir algún efecto negativo en el ambiente de la Provincia y/o sus recursos naturales, deberán obtener una declaración de impacto ambiental expedida por la autoridad ambiental provincial o municipal según las categorÃas que se establezca por reglamentación de acuerdo a la enumeración efectuada por el Anexo II de la ley. Las personas fÃsicas o jurÃdicas, sean estas públicas o privadas, que presenten un proyecto de los enumerados (de conformidad al artÃculo 10) en el anexo II, acompañar, junto con el mismo, una evaluación de impacto ambiental, de conformidad con las pautas que determine la SecretarÃa de PolÃtica Ambiental. La Ley 11.723 (sancionada el 9/11/95) es posterior a la 11.459, tiene un ámbito de aplicación más amplio que esta última. En efecto, la Ley 11.459 se aplica únicamente a la instalación, ampliación o modificación de establecimientos industriales. En cambio, la Ley 11.723 se aplica, en cuanto a sus criterios de polÃtica ambiental general, a todas las actividades susceptibles de general un impacto en el medio ambiente, y con relación a la obligación de efectuar una evaluación de impacto ambiental a los efectos de obtener, por parte de la SecretarÃa de PolÃtica Ambiental o del Municipio, según la enumeración efectuada por el Anexo II, a las actividades especificadas en el mismo, que abarca actividades de todo tipo y no se limita como la Ley 11.459 exclusivamente al ámbito de los establecimientos industriales. Grafiquemos todo lo expuesto precedentemente en un cuadro (Ver en la página siguiente): educación a distancia (instituto universitario P.F.A) 186 tomo 1 derecho de los recursos naturales ) LEY DE MEDIOAMBIENTE DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, Nº 11.723 TÃTULO I CAPÃTULO ÃNICO âDel objeto y del ambiente de aplicaciónâ DISPOSICIONES PRELIMINARES TÃTULO I CAPÃTULO I âDe los Derechos y Deberes de los habitantesâ DISPOSICIONES GENERALES CAPÃTULO III âDe la Atmósferaâ CAPÃTULO II âDel Sueloâ CAPÃTULO V âDe la Floraâ CAPÃTULO IV âDe la EnergÃaâ CAPÃTULO VII âDe los Residuosâ CAPÃTULO VI âDe la Faunaâ CAPÃTULO VIII âDel Régimen de control y sanciones administrativasâ CAPÃTULO II âDe la PolÃtica Ambientalâ CAPÃTULO III âDe los Instrumentos de la PolÃtica Ambientalâ CAPÃTULO VI âDe la defensa jurisdiccionalâ CAPÃTULO I âDe las Aguasâ DISPOSICIONES ESPECIALES TÃTULO III educación a distancia (instituto universitario P.F.A) 187derecho de los recursos naturales tomo 1) LEY DE MEDIOAMBIENTE DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, Nº 11.723 TÃTULO IV CAPÃTULO ÃNICO âDe los organismos de aplicaciónâ DISPOSICIONES ORGÃNICAS TÃTULO V CAPÃTULO ÃNICO âModificaciones al régimen de faltas municipalesâ DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS Legislación general A lo largo de nuestro paÃs existen diferentes normas que rigen al suelo como recurso; a continuación citaremos algunas. Resolución Nro. 224/86: Resolución Nro. 224/86: Resolución Nro. 224/86: Resolución Nro. 224/86: Resolución Nro. 224/86: corresponde a la pcia. de Córdoba y se refiere a la conservación y contaminación del Suelo. Ley Nro. 22.428/81Ley Nro. 22.428/81Ley Nro. 22.428/81Ley Nro. 22.428/81Ley Nro. 22.428/81 sobre Fomento de la conservación de los suelos. Trata sobre conservación del suelo, agricultura sostenible, erosión del suelo, incentivos y sanciones económicas y daño ambiental. Decreto Nro. 681/81Decreto Nro. 681/81Decreto Nro. 681/81Decreto Nro. 681/81Decreto Nro. 681/81 sobre Reglamentación de la Ley de la conservación de suelos y se refiere a conservación del suelo, incentivos económicos y ordenamiento territorial. Ley Nro. 8.912/77Ley Nro. 8.912/77Ley Nro. 8.912/77Ley Nro. 8.912/77Ley Nro. 8.912/77 sobre Ley de Ordenamiento Territorial y Uso del Suelo, quien trata sobre uso y conservación del suelo. Decreto Nro. 1.549/83Decreto Nro. 1.549/83Decreto Nro. 1.549/83Decreto Nro. 1.549/83Decreto Nro. 1.549/83 sobre reglamentación ley de ordenamiento territorial y uso del suelo. Directiva Ministro de Gobierno Nro. 121Directiva Ministro de Gobierno Nro. 121Directiva Ministro de Gobierno Nro. 121Directiva Ministro de Gobierno Nro. 121Directiva Ministro de Gobierno Nro. 121 da las Pautas para las Municipalidades en cuanto a la aplicación de la Ley de ordenamiento territorial y uso del suelo. Trata sobre la conservación del suelo, los efluentes y la calidad del agua. educación a distancia (instituto universitario P.F.A) 188 tomo 1 derecho de los recursos naturales ) Ley Nro. 1.347/82Ley Nro. 1.347/82Ley Nro. 1.347/82Ley Nro. 1.347/82Ley Nro. 1.347/82 de adhesión a la provincia del Neuquén al régimen de la Ley Nacional 22.428/81 de uso y conservación del suelo. Trata conservación y uso del suelo. Ley Nro. 4.597/81Ley Nro. 4.597/81Ley Nro. 4.597/81Ley Nro. 4.597/81Ley Nro. 4.597/81 de adhesión de la provincia de Mendoza a la Ley Nacional 22.428 sobre conservación del Suelo, contaminación del agua y con petróleo. Ley Nro. 4.886Ley Nro. 4.886Ley Nro. 4.886Ley Nro. 4.886Ley Nro. 4.886 de Uso, fraccionamiento y ocupación del suelo de la zona oeste del Gran Mendoza. Trata sobre los usos del suelo. Ley Nro. 5.046 Ley Nro. 5.046 Ley Nro. 5.046 Ley Nro. 5.046 Ley Nro. 5.046 sobre uso del suelo. Ley Nro. 1.119/73Ley Nro. 1.119/73Ley Nro. 1.119/73Ley Nro. 1.119/73Ley Nro. 1.119/73 sobre conservación del suelo Ley Nro. 1.320/75 dLey Nro. 1.320/75 dLey Nro. 1.320/75 dLey Nro. 1.320/75 dLey Nro. 1.320/75 de Registro de productividad del suelo para la pcia. de Chubut. Decreto Nro. 638/89 Decreto Nro. 638/89 Decreto Nro. 638/89 Decreto Nro. 638/89 Decreto Nro. 638/89 Reglamentación de la Ley 5.824/87 para la preservación de los recursos de agua, suelo y aire y control de la contaminación en la provincia de San Juan. Decreto Nro. 341/93 Decreto Nro. 341/93 Decreto Nro. 341/93 Decreto Nro. 341/93 Decreto Nro. 341/93 Cronograma y normas para el reacondicionamiento de piletas y de restauración de suelos. Trata sobre especias migratorias, fauna, aguas, residuos, efluentes, contaminación del suelo y el agua y disposición de residuos. Ley Nro. 5.824/87 Ley Nro. 5.824/87 Ley Nro. 5.824/87 Ley Nro. 5.824/87 Ley Nro. 5.824/87 Ley para la preservación de los Recursos de Agua, Suelo y Aire y control de la contaminación en la Provincia de San Juan Ordenanza Nro. 8.133 Ordenanza Nro. 8.133 Ordenanza Nro. 8.133 Ordenanza Nro. 8.133 Ordenanza Nro. 8.133 Localización de las actividades económicas que impliquen uso del suelo industrial o asimilable al mismo Ordenanza Nro. 3.446/65 Ordenanza Nro. 3.446/65 Ordenanza Nro. 3.446/65 Ordenanza Nro. 3.446/65 Ordenanza Nro. 3.446/65 Industrias extractivas de suelos Ordenanza Nro. 7.362/89 Ordenanza Nro. 7.362/89 Ordenanza Nro. 7.362/89 Ordenanza Nro. 7.362/89 Ordenanza Nro. 7.362/89 Ordenanza de Canteras. Ordenanza de extracción de suelos Decreto-Ley Nro. 10.119/83 Decreto-Ley Nro. 10.119/83 Decreto-Ley Nro. 10.119/83 Decreto-Ley Nro. 10.119/83 Decreto-Ley Nro. 10.119/83 El régimen de creación de Parques Industriales, se regirán por la legislación vigente en lo atinente a ordenamiento territorial y uso del suelo Decreto-Ley Nro. 9.867/82 Decreto-Ley Nro. 9.867/82 Decreto-Ley Nro. 9.867/82 Decreto-Ley Nro. 9.867/82 Decreto-Ley Nro. 9.867/82 Adhiere a la ley 22.428/81 de fomento y conservación del suelo Decreto Nro. 1.939/96 Decreto Nro. 1.939/96 Decreto Nro. 1.939/96 Decreto Nro. 1.939/96 Decreto Nro. 1.939/96 PolÃtica Ambiental. Ordenamiento territorial y usos del suelo educación a distancia (instituto universitario P.F.A) 189derecho de los recursos naturales tomo 1) Resolución Nro. 168/97 Resolución Nro. 168/97 Resolución Nro. 168/97 Resolución Nro. 168/97 Resolución Nro. 168/97 Reglamento para la explotación de canteras de áridos y remoción de suelos en jurisdicción de la Administración de Parques Nacionales Ley Nro. 8.318/99 Ley Nro. 8.318/99 Ley Nro. 8.318/99 Ley Nro. 8.318/99 Ley Nro. 8.318/99 Declárase de interés público y sujeto a uso y manejo conservacionista a los suelos de la Provincia que por sus condiciones naturales y por acción antrópica; manifiesten sÃntomas o susceptibilidad de degradación. Se incluye en el concepto de degradación a los efectos provocados por erosión, agotamiento, deterioro fÃsico, alcalinidad, acidificación, salinidad y el drenaje inadecuado. Decreto Nro. 2.877/90 Decreto Nro. 2.877/90 Decreto Nro. 2.877/90 Decreto Nro. 2.877/90 Decreto Nro. 2.877/90 La Dirección de Suelos y Aguas, Organismo dependiente de la SubcretarÃa de Asuntos Agrarios, establecerá por perÃodos trienales las prioridades de las acciones a desarrollar, con el objeto de atender los aspectos referentes a la degradación de los suelos. Resolución Nro. 26/90 Resolución Nro. 26/90 Resolución Nro. 26/90 Resolución Nro. 26/90 Resolución Nro. 26/90 Aceptar la zonificación del «Plan Entrerriano de Conservación y Uso de Suelos y Aguas» (P.E.C.U.S.A.), con las exigencias generales y especiales, y los beneficios a otorgar, para caada zona, de acuerdo a lo propuesto por la Comisión Provincial de Conservación y Manejo de Suelo, que se anexa a la presente Resolución. Decreto Nro. 1.303/00 Decreto Nro. 1.303/00 Decreto Nro. 1.303/00 Decreto Nro. 1.303/00 Decreto Nro. 1.303/00 Apruébase como reglamentacion de la Ordenenza 589/83 el documento Normas sobre uso del suelo y act. en el delta de San Fernando Decreto Nro. 2.894/00 Decreto Nro. 2.894/00 Decreto Nro. 2.894/00 Decreto Nro. 2.894/00 Decreto Nro. 2.894/00 Declara de Interés Provincial la XI Conferencia Internacional sobre la Conservacion del Suelo Ley Nro. 3.231/95 Ley Nro. 3.231/95 Ley Nro. 3.231/95 Ley Nro. 3.231/95 Ley Nro. 3.231/95 Ley de conservación de suelos educación a distancia (instituto universitario P.F.A) 190 tomo 1 derecho de los recursos naturales ) educación a distancia (instituto universitario P.F.A) 191derecho de los recursos naturales tomo 1) La palabra suelo se deriva del latÃn solum, que significa tierra o parcela. Es elelelelel recurso por excelencia, recurso por excelencia, recurso por excelencia, recurso por excelencia, recurso por excelencia, de ahà la necesidad de mantener su productividad, para que a través de él y las prácticas agrÃcolas adecuadas se establezca un equilibrio entre la producción de alimentos y el acelerado incremento del Ãndice demográfico. La distribución de la vida de las plantas y de los animales sobre la superficie de la tierra, está Ãntimamente ligada a las condiciones del suelo. De su fertilidad y aridez dependen el desarrollo de la vegetación y la abundancia de la fauna. Las diversas sustancias que componen el suelo (arenas, arcillas, humus) se han ido depositando durante el proceso de formación, de acuerdo con sus respectivas densidades: aflora la tierra vegetal (humus o mantillo) tendida sobre capa arcillosa, que a su vez cubre los estratos arenosos que se apoyan en el subsuelo. El subsuelo ocupa, como lo indica el vocablo, el estrato situado inmediatamente debajo del suelo o capa arable; forman parte de su composición, rocas y minerales de todo tipo. Del subsuelo, el hombre ha explorado sólo una mÃnima porción. La tierra se renueva constantemente, aunque sin los cuidados necesarios, es un recurso limitado que se destruye fácilmente, por ello debe ser protegido contra la erosión y la contaminación. Cada año desaparecen decenas de miles de especie de todo tipo, debido a la proliferación de pesticidas como: insecticidas, herbicidas, fungicidas y otros. Los suelos se clasifican de acuerdo con su estructura y composición en órdenes, subórdenes, grandes grupos, subgrupos, familias y series y sus caracterÃsticas varÃan de un lugar a otro; en nuestro paÃs constan de cuatro grandes componentes de acuerdo a los siguientes porcentajes aproximados: 45 % de materia mineral, (inorgánicos), 5 % de materia orgánica, 25 % de agua y 25 % de aire del suelo no es continuo y está localizado en los poros separados por los sólidos. En los procesos de erosión, los suelos se topan con factores determinantes que corresponden a la erosión hÃdrica y eólica principalmente. La erosión de los suelos es un fenómeno natural debido a causas geológicas aunque se distingue entre erosión natural y acelerada, producto de actividades humanas extremas. sintesis final sf )abogacÃa a distancia educación a distancia (instituto universitario P.F.A) 192 tomo 1 derecho de los recursos naturales ) La principal zona agrÃcola del paÃs está ubicada en la provincia de La Pampa en la que se produce una importante cantidad de trigo y otros cereales. La producción ganadera es un sector importantÃsimo en la economÃa argentina, al igual que la carne congelada al vacÃo y el procesamiento de subproductos. Los caballos argentinos se han ganado fama internacional en el mundo de la hÃpica y del polo. El paÃs produce y exporta grandes cantidades de lana. Aproximadamente el 40% de las ovejas se crÃan en la Patagonia. El trigo es el cultivo más importante y Argentina se encuentra entre los principales productores mundiales. Otros cereales importantes son el maÃz, la avena, la cebada, la soja, el sorgo, el lino, el girasol, la caña de azúcar, el algodón, las patatas (papas), el arroz, la yerba mate, el manà y el tabaco, asà como uvas, manzanas y cÃtricos. Entre los principales motivos por los que el suelo sufre un grave deterioro, tenemos la doble producción y la falta de rotación. Los efectos negativos de la agricultura migratoria se observa hoy en dÃa grandes extensiones sometidas a deforestación y otras áreas presentan en la actualidad un paisaje deprimente, con diferentes grados de degradación, abandonados, pastizales y miles de hectáreas convertidos en áreas cubiertas con una vegetación conformada de helechos y otras gramÃneas. Actualmente en nuestro paÃs se vienen utilizando las leguminosas, para mejorar la cantidad de nitrógeno en el suelo y aumentar asà el ritmo de circulación de minerales en los bosques empobrecidos por retiro del colchón de hojarasca. El aliso y otras plantas no leguminosas, que son capaces de realizar una fijación no simbiótica del nitrógeno, también se vienen utilizando para enriquecer la cubierta forestal y aumentar la productividad del lugar. El daño que se causa a los suelos es de la misma magnitud que el que se causa al agua y al aire, aunque en realidad algunas veces es menos evidente para nosotros; sin embargo, es importante conocer los lugares donde es más probable que se contamine el suelo. Se considera suelo contaminado, aquel cuyas caracterÃsticas fÃsicas, quÃmicas o biológicas han sido alteradas negativamente por la presencia de componentes peligrosos de origen humano, en concentración tal que comportan un riesgo para la salud humana educación a distancia (instituto universitario P.F.A) 193derecho de los recursos naturales tomo 1) o el medio ambiente. Los residuos pueden ser: Peligrosos son aquellos que por sus caracterÃsticas corrosivas, reactivas, explosivas, tóxicas, inflamables o biológicas, representan un riesgo para la salud de las personas y el ambiente, no peligrosos se denominan residuos sólidos (degradables que son los residuos cuya descomposición fÃsica es factible y no degradables, que son los residuos que permanecen sin cambios durante periodos muy largos). El suelo actúa como un sumidero en el que los contaminantes se filtran o se transforman hasta agotar su capacidad de amortiguación, momento en el que el suelo se puede convertir en fuente de sustancias quÃmicas, y los contaminantes pueden empezar a filtrarse en las aguas subterráneas. Los suelos contaminados se generan principalmente por: 1. Mala gestión de residuos: vertidos incontrolados, acumulaciones incorrectas, ruinas industriales, etc. 2. Malas prácticas en instalaciones industriales: fugas, almacenamiento incorrecto, etc. 3. Accidentes en el transporte, almacenamiento y manipulación de productos quÃmicos. Los principales peligros que puede suponer un suelo contaminado son: a. Peligro toxicológico para la salud humana: - Por inhalación: problemas alérgicos, respiratorios desde leves hasta muy graves. - Por ingestión, por desconocimiento al cultivarse suelos contaminados. - Por contacto directo con la piel, alergias y problemas cutáneos en trabajadores que manipulan este tipo de suelos. b. Peligro de contaminación de aguas superficiales, atmósfera, sedimentos, etc. c. Peligro fÃsico, como explosión o fuego, corrosión de estructuras o efectos en las propiedades mecánicas del suelo. Muchas veces las consecuencias no se identifican educación a distancia (instituto universitario P.F.A) 194 tomo 1 derecho de los recursos naturales ) de inmediato y los peligros potenciales pueden tardar décadas en manifestarse con efectos de gran magnitud. Nuestro suelo es la reserva principal en donde se apoyan otros recursos como los minerales, la flora, la fauna o el agua. educación a distancia (instituto universitario P.F.A) 195derecho de los recursos naturales tomo 1) Le proponemos que efectúe un esquema con la principal normativa que rige el tema de esta unidad. actividad final af)abogacÃa a distancia educación a distancia (instituto universitario P.F.A) 196 tomo 1 derecho de los recursos naturales ) educación a distancia (instituto universitario P.F.A) 197derecho de los recursos naturales tomo 1) El suelo es uno de los bienes más preciosos de la humanidad, que permite la vida de los vegetales y del hombre sobre la superficie de la tierra. El suelo forma parte de los ecosistemas terrestres y, si no está alterado, su perfil se divide en distintas capas con caracterÃsticas fÃsicas, quÃmicas, biológicas y funcionales diferentes: El horizonte orgánico u horizonte: contiene el humus, es muy activo desde el punto de vista microbiológico y retiene la sustancias que nutren a los vegetales. El horizonte de acumulación u horizonte: está situado por debajo del anterior, y sólo está presente en los suelos más maduros (suelos forestales), tiene un color pardorojizo por contener arcillas y óxidos y es escaso en materia orgánica. El horizonte de alteración u horizonte: está formado por los fragmentos de la roca madre y algunas sales procedentes de los dos horizontes superiores. Los suelos de nuestro paÃs constan de cuatro grandes componentes de acuerdo a los siguientes porcentajes aproximados: 45 % de materia mineral, 5 % de materia orgánica, 25 % de agua, y 25 % de aire. La arcilla y el humus son el asiento de la actividad del suelo; estos dos constituyentes existen en el llamado estado coloidal. Las propiedades quÃmicas y fÃsicas de los suelos son controladas, en gran parte, por la arcilla y el humus, las que actúan como centros de actividad a cuyo alrededor ocurren reacciones quÃmicas y cambios nutritivos. En los procesos de erosión, los suelos se topan con factores determinantes que corresponden a la erosión hÃdrica y eólica principalmente. Si se habla de erosión hÃdrica estamos hablando del desgaste del suelo que producen principalmente las lluvias y si hablamos de la erosión eólica, hablamos del desgaste efectuado por el viento. La erosión de los suelos es un fenómeno natural debido a causas geológicas aunque se distingue entre erosión natural y acelerada, producto de actividades humanas extremas. ce) conceptos ejes abogacÃa a distancia educación a distancia (instituto universitario P.F.A) 198 tomo 1 derecho de los recursos naturales ) La mayorÃa de los procesos erosivos son resultado de la acción combinada de factores como el calor, el frÃo, los gases, el agua, el viento, la gravedad y la vida vegetal y animal. El exceso de pastoreo, que a la larga puede transformar la pradera en desierto, y las prácticas agrÃcolas poco cuidadosas, han tenido efectos desastrosos no sólo en nuestro territorio, en el mundo entero. Los efectos negativos de la agricultura migratoria se observa hoy en dÃa grandes extensiones sometidas a deforestación y otras áreas presentan en la actualidad un paisaje deprimente, con diferentes grados de degradación, abandonados, pastizales y miles de hectáreas convertidos en áreas cubiertas con una vegetación conformada de helechos y otras gramÃneas. El poblador del lugar no valoriza al conjunto del bosque, tampoco visualiza su importancia, que desempeña en la conservación de los suelos, control de erosión, mejoramiento del microclima. Al contrario el bosque es considerado como estorbo para la agricultura y la ganaderÃa. De acuerdo con la información resultante de la investigación realizada por la SecretarÃa de Medioambiente y Desarrollo Humano, nuestro paÃs cuenta aproximadamente con 70 millones de hectáreas en condiciones de producir y que están seriamente en riesgo de sufrir procesos erosivos que van desde los más sencillos hasta los más severos. Este hecho serÃa más grave en las zonas áridas y semiáridas, es decir el 75 % de los suelos explotables del paÃs, donde se ubican el 30 % de los asentamientos poblacionales. El resultado final de estos cambios pueden ser una reducción de la humedad disponible para las plantas en el campo y mayor en terrenos expuestos al sol y una reducción de materiales edáficas. El daño que se causa a los suelos es de la misma magnitud que el que se causa al agua y al aire, aunque en realidad algunas veces es menos evidente para nosotros; sin embargo, es importante conocer los lugares donde es más probable que se contamine el suelo. Se considera suelo contaminado, aquel cuyas caracterÃsticas fÃsicas, quÃmicas o educación a distancia (instituto universitario P.F.A) 199derecho de los recursos naturales tomo 1) biológicas han sido alteradas negativamente por la presencia de componentes peligrosos de origen humano, en concentración tal que comportan un riesgo para la salud humana o el medio ambiente. La alteración negativa de las caracterÃsticas fÃsicas, quÃmicas o biológicas del suelo debido a la presencia de componentes peligrosos de origen humano, hace que pueda considerársele como contaminado. educación a distancia (instituto universitario P.F.A) 200 tomo 1 derecho de los recursos naturales ) educación a distancia (instituto universitario P.F.A) 201derecho de los recursos naturales tomo 1) ⢠ErosiónErosiónErosiónErosiónErosión: es un fenómeno natural debido a causas geológicas aunque se distingue entre erosión natural y acelerada, producto de actividades humanas extremas. Es el proceso de remoción y transporte notorios de las partÃculas de suelo por acción del viento y/o del agua en movimiento. que determinan la pérdida de su integridad. ⢠Agotamiento:Agotamiento:Agotamiento:Agotamiento:Agotamiento: Disminución notoria de la aptitud productiva intrÃnseca del suelo por excesiva extracción de nutrientes y sin la debida reposición de los mismos. ⢠Degradación: Degradación: Degradación: Degradación: Degradación: (salinización, alcalinización y acidificación); ruptura del equilibrio de las propiedades fÃsico-quÃmicos del suelo que condicionan su productividad, particularmente originada por su explotación inadecuada o por el régimen hidrológico. â¢Erosión geológica:Erosión geológica:Erosión geológica:Erosión geológica:Erosión geológica: es el desgaste de los suelos que a causa de los fenómenos climáticos, causan alteraciones en su capa más superficial. ⢠Erosión aceleradaErosión aceleradaErosión aceleradaErosión aceleradaErosión acelerada: es la causada por la intervención del hombre, puesto que sin ella, las pérdidas provocadas por la erosión probablemente se verÃan compensadas por la formación de nuevos suelos en la mayor parte de los territorios. ⢠Contaminantes de suelos:Contaminantes de suelos:Contaminantes de suelos:Contaminantes de suelos:Contaminantes de suelos: son residuos cuyo origen pueden ser doméstico, industrial, hospitalarios o de laboratorios. ⢠Residuos Peligrosos:Residuos Peligrosos:Residuos Peligrosos:Residuos Peligrosos:Residuos Peligrosos: son aquellos que por sus caracterÃsticas corrosivas, reactivas, explosivas, tóxicas, inflamables o biológicas, representan un riesgo para la salud de las personas y el ambiente. ⢠Residuos no peligrosos:Residuos no peligrosos:Residuos no peligrosos:Residuos no peligrosos:Residuos no peligrosos: se denominan residuos sólidos, que pueden ser clasificados: a. Residuos degradables:a. Residuos degradables:a. Residuos degradables:a. Residuos degradables:a. Residuos degradables: son los residuos cuya descomposición fÃsica es factible; b. Residuos no degradables:b. Residuos no degradables:b. Residuos no degradables:b. Residuos no degradables:b. Residuos no degradables: son los residuos que permanecen sin cambios durante periodos muy largos. gl glosario abogacÃa a distancia ) educación a distancia (instituto universitario P.F.A) 202 tomo 1 derecho de los recursos naturales ) educación a distancia (instituto universitario P.F.A) 203derecho de los recursos naturales tomo 1) Realice una escueta sÃntesis que resuma los textos adjuntos. ib integración bibliográfica abogacÃa a distancia ) educación a distancia (instituto universitario P.F.A) 204 tomo 1 derecho de los recursos naturales ) educación a distancia (instituto universitario P.F.A) 205derecho de los recursos naturales tomo 1) Ley 6/1998, de 13 de abril, sobre régimen del suelo y valoraciones.Ley 6/1998, de 13 de abril, sobre régimen del suelo y valoraciones.Ley 6/1998, de 13 de abril, sobre régimen del suelo y valoraciones.Ley 6/1998, de 13 de abril, sobre régimen del suelo y valoraciones.Ley 6/1998, de 13 de abril, sobre régimen del suelo y valoraciones. TÃTULO II.TÃTULO II.TÃTULO II.TÃTULO II.TÃTULO II. RÃGIMEN URBANÃSTICO DE LA PROPIEDAD DEL SUELO.RÃGIMEN URBANÃSTICO DE LA PROPIEDAD DEL SUELO.RÃGIMEN URBANÃSTICO DE LA PROPIEDAD DEL SUELO.RÃGIMEN URBANÃSTICO DE LA PROPIEDAD DEL SUELO.RÃGIMEN URBANÃSTICO DE LA PROPIEDAD DEL SUELO. CAPÃTULO I.CAPÃTULO I.CAPÃTULO I.CAPÃTULO I.CAPÃTULO I. CLASIFICACIÃN DEL SUELO.CLASIFICACIÃN DEL SUELO.CLASIFICACIÃN DEL SUELO.CLASIFICACIÃN DEL SUELO.CLASIFICACIÃN DEL SUELO. ArtÃculo 7.ArtÃculo 7.ArtÃculo 7.ArtÃculo 7.ArtÃculo 7. Clases de suelo. A los efectos de la presente Ley, el suelo se clasifica en urbano, urbanizable y no urbanizable o clases equivalentes reguladas por la legislación urbanÃstica. ArtÃculo 8.ArtÃculo 8.ArtÃculo 8.ArtÃculo 8.ArtÃculo 8. Suelo urbano. Tendrán la condición de suelo urbano. a los efectos de esta Ley: a. El suelo ya transformado por contar, como mÃnimo, con acceso rodado, abastecimiento de agua, evacuación de aguas y suministro de energÃa eléctrica o por estar consolidadas por la edificación en la forma y con las caracterÃsticas que establezca la legislación urbanÃstica. b. Los terrenos que en ejecución del planeamiento hayan sido urbanizados de acuerdo con el mismo. ArtÃculo 9.ArtÃculo 9.ArtÃculo 9.ArtÃculo 9.ArtÃculo 9. Suelo no urbanizable. Tendrán la condición de suelo no urbanizable, a los efectos de esta Ley, los terrenos en que concurran alguna de las circunstancias siguientes: 1. Que deban incluirse en esta clase por estar sometidos a algún régimen espe- cial de protección incompatible con su transformación de acuerdo con los planes de ordenación territorial o la legislación sectorial, en razón de sus valores paisajÃsticos, históricos, arqueológicos, cientÃficos, ambientales o culturales, de riesgos naturales acreditados en el planeamiento sectorial, o en función de su sujeción a limitaciones o servidumbres para la protección del dominio público. 2. Que el planeamiento general considere necesario preservar por los valores a que se ha hecho referencia en el punto anterior, por su valor agrÃcola, forestal, ganadero o por sus riquezas naturales. ArtÃculo 10.ArtÃculo 10.ArtÃculo 10.ArtÃculo 10.ArtÃculo 10. Suelo urbanizable. El suelo que, a los efectos de esta Ley, no tenga la condición de urbano o de no urbanizable, tendrá la consideración de suelo urbanizable, y podrá ser objeto de transformación en los términos establecidos en la legislación urbanÃstica y el planeamiento aplicable. ArtÃculo 11.ArtÃculo 11.ArtÃculo 11.ArtÃculo 11.ArtÃculo 11. Clasificación del suelo en municipios sin planeamiento. En los municipios que carezcan de planeamiento general, el suelo que no tenga la condición de urbano de conformidad con los criterios establecidos en el artÃculo 8, tendrá la consideración educación a distancia (instituto universitario P.F.A) 206 tomo 1 derecho de los recursos naturales ) de suelo no urbanizable, a los efectos de esta Ley. CAPÃTULO II.CAPÃTULO II.CAPÃTULO II.CAPÃTULO II.CAPÃTULO II. DERECHOS Y DEBERES DE LOS PROPIETARIOS.DERECHOS Y DEBERES DE LOS PROPIETARIOS.DERECHOS Y DEBERES DE LOS PROPIETARIOS.DERECHOS Y DEBERES DE LOS PROPIETARIOS.DERECHOS Y DEBERES DE LOS PROPIETARIOS. ArtÃculo 12.ArtÃculo 12.ArtÃculo 12.ArtÃculo 12.ArtÃculo 12. Ejercicio de derechos y deberes. Los derechos y deberes de los propietarios de suelo que se regulan en esta Ley se ejercerán de acuerdo con la normativa que sobre planeamiento, gestión y ejecución del planeamiento establezca la legislación urbanÃstica en cada caso aplicable. ArtÃculo 13.ArtÃculo 13.ArtÃculo 13.ArtÃculo 13.ArtÃculo 13. Derechos de los propietarios de suelo urbano. Los propietarios de suelo urbano tienen el derecho a completar la urbanización de los terrenos para que adquieran la condición de solares y a edificar éstos en las condiciones que en cada caso establezca la legislación urbanÃstica y el planeamiento. ArtÃculo 14.ArtÃculo 14.ArtÃculo 14.ArtÃculo 14.ArtÃculo 14. Deberes de los propietarios de suelo urbano. 1. Los propietarios de terrenos en suelo urbano consolidado por la urbanización deberán completar a su costa la urbanización necesaria para que los mismos alcancen -si aún no la tuvieran- la condición de solar, y edificados en plazo si se encontrarán en ámbitos para los que asà se haya establecido por el planeamiento y de conformidad con el mismo. 2. Los propietarios de terrenos de suelo urbano que carezcan de urbanización consolidada deberán asumir los siguientes deberes: a. Ceder obligatoria y gratuitamente a la Administración todo el suelo necesario para los viales, espacios libres, zonas verdes y dotaciones públicas de carácter local al servicio del ámbito de desarrollo en el que sus terrenos resulten incluidos. b. Ceder obligatoria y gratuitamente el suelo necesario para la ejecución de los sistemas generales que el planeamiento general en su caso, incluya en el ámbito correspondiente, a efectos de su gestión. c. Ceder obligatoria y gratuitamente a la Administración actuante el suelo correspondiente al 10 % del aprovechamiento del correspondiente ámbito; este porcentaje, que tiene carácter de máximo, podrá ser reducido por la legislación urbanÃstica. Asimismo, esta legislación podrá reducir la participación de la Administración actuante en las cargas de urbanización que correspondan a dicho suelo. d. Proceder a la distribución equitativa de los beneficios y cargas derivados del planeamiento, con anterioridad al inicio de la ejecución material del mismo. e. Costear y, en su caso, ejecutar la urbanización. f. Edificar los solares en el plazo que, en su caso, establezca el planeamiento. educación a distancia (instituto universitario P.F.A) 207derecho de los recursos naturales tomo 1) ArtÃculo 15.ArtÃculo 15.ArtÃculo 15.ArtÃculo 15.ArtÃculo 15. Derechos de los propietarios de suelo urbanizable. 1. Los propietarios del suelo clasificado como urbanizable tendrán derecho a usar, disfrutar y disponer de los terrenos de su propiedad conforme a la naturaleza rústica de los mismos. Además, tendrán derecho a promover su transformación instando de la Administración la aprobación del correspondiente planeamiento de desarrollo, de conformidad con lo que establezca la legislación urbanÃstica. 2. La transformación del suelo urbanizable podrá ser también promovida por las Administraciones Públicas sean o no competentes para la aprobación del correspondiente planeamiento de desarrollo. ArtÃculo 16.ArtÃculo 16.ArtÃculo 16.ArtÃculo 16.ArtÃculo 16. Reglas básicas para el ejercicio del derecho. 1. Sin texto. 2. En otro caso, las Comunidades Autónomas, a través de la legislación urbanÃstica, regularán la tramitación, determinaciones y contenido de la documentación necesaria para proceder a esa transformación. Asimismo, esta legislación regulará los efectos derivados del derecho de consulta a las Administraciones competentes sobre los criterios y previsiones de la ordenación urbanÃstica, de los planes y proyectos sectoriales, y de las obras que habrán de realizar a su costa para asegurar la conexión con los sistemas generales exteriores a la actuación de conformidad con lo dispuesto en el punto 3 del artÃculo 18 de esta Ley. Dicha legislación fijará, igualmente, los plazos de contestación a la referida consulta. 3. En todo caso, los instrumentos de planeamiento urbanÃstico de desarrollo que sean elaborados por las Administraciones Públicas a las que no competa su aprobación, o por los particulares, quedarán aprobados definitivamente por el transcurso del plazo de seis meses, o del que, en su caso, se establezca como máximo por la legislación autonómica para su aprobación definitiva, contados desde su presentación, siempre que se hubiera efectuado el trámite de información pública, que podrá efectuarse por iniciativa de quien promueva el planeamiento. ArtÃculo 17.ArtÃculo 17.ArtÃculo 17.ArtÃculo 17.ArtÃculo 17. Usos y obras provisionales. En el suelo comprendido en sectores o ámbitos ya delimitados con vistas a su desarrollo inmediato, en tanto no se haya aprobado el correspondiente planeamiento de desarrollo, sólo podrán autorizarse excepcionalmente usos y obras de carácter pro- visional que no estén expresamente prohibidos por la legislación urbanÃstica o sectorial ni por el planeamiento general, que habrán de cesar, y en todo caso, ser demolidas sin indemnización alguna, cuando lo acordare la Administración urbanÃstica. La autorización, bajo las indicadas condiciones aceptadas por el propietario, se hará constar en el Registro de la Propiedad de conformidad con lo establecido en la legislación hipotecaria. educación a distancia (instituto universitario P.F.A) 208 tomo 1 derecho de los recursos naturales ) En el resto del suelo urbanizable podrán autorizarse, antes de su inclusión en sectores o ámbitos para su desarrollo, los usos previstos en el artÃculo 20 de la presente Ley. ArtÃculo 18.ArtÃculo 18.ArtÃculo 18.ArtÃculo 18.ArtÃculo 18. Deberes de los propietarios de suelo urbanizable. La transformación del suelo clasificado como urbanizable comportará para los propietarios del mismo los siguientes deberes: 1. Ceder obligatoria y gratuitamente a la Administración todo el suelo necesario para los viales, espacios libres, zonas verdes y dotaciones públicas de carácter local al servicio del ámbito de desarrollo en el que sus terrenos resulten incluidos. 2. Ceder obligatoria y gratuitamente el suelo necesario para la ejecución de los sistemas generales que el planeamiento general, en su caso, incluya o adscriba al ámbito correspondiente. 3. Costear y, en su caso, ejecutar las infraestructuras de conexión con los sistemas generales exteriores a la actuación y, en su caso, las obras necesarias para la ampliación o refuerzo de dichos sistemas requeridos por la dimensión y densidad de la misma y las intensidades de uso que ésta genere, de conformidad con los requisitos y condiciones que establezca el planeamiento general. 4. Ceder obligatoria y gratuitamente a la Administración actuante el suelo correspondiente al 10 % del aprovechamiento del sector o ámbito correspondiente; este porcentaje, que tiene carácter de máximo, podrá ser reducido por la legislación urbanÃstica. Asimismo, esta legislación podrá reducir la participación de la Administración actuante en las cargas de urbanización que correspondan a dicho suelo. 5. Proceder a la distribución equitativa de los beneficios y cargas derivados del planteamiento, con anterioridad al inicio de la ejecución material del mismo. 6. Costear o ejecutar la urbanización del sector o ámbito correspondiente. 7. Edificar los solares en el plazo que, en su caso, establezca el planeamiento. ArtÃculo 19.ArtÃculo 19.ArtÃculo 19.ArtÃculo 19.ArtÃculo 19. Deberes legales de uso, conservación y rehabilitación. 1. Los propietarios de toda clase de terrenos y construcciones deberán destinarlos a usos que no resulten incompatibles con el planeamiento urbanÃstico y mantenerlos en condiciones de seguridad, salubridad y ornato público. Quedarán sujetos igualmente al cumplimiento de las normas sobre protección del medio ambiente y de los patrimonios arquitectónicos y arqueológicos y sobre rehabilitación urbana. 2. El coste de las obras necesarias en virtud de lo dispuesto en el número ante- rior sé sufragará por los propietarios o por la Administración, en los términos que establezca la legislación aplicable. ArtÃculo 20.ArtÃculo 20.ArtÃculo 20.ArtÃculo 20.ArtÃculo 20. Derechos de los propietarios de suelo no urbanizable. educación a distancia (instituto universitario P.F.A) 209derecho de los recursos naturales tomo 1) 1. Los propietarios del suelo clasificado como no urbanizable tendrán derecho a usar, disfrutar y disponer de su propiedad de conformidad con la naturaleza de los terrenos, debiendo destinarla a fines agrÃcolas, forestales, ganaderos, cinegéticos u otros vinculados a la utilización racional de los recursos naturales, y dentro de los lÃmites que, en su caso, establezcan las leyes o el planeamiento. Excepcionalmente, a través del procedimiento previsto en la legislación urbanÃstica, podrán autorizarse actuaciones especÃficas de interés público, previa justificación de que no concurren las circunstancias previstas en el apartado 1 del artÃculo 9 de la presente Ley. 2. En el suelo no urbanizable quedan prohibidas las parcelaciones urbanÃsticas, sin que, en ningún caso, puedan efectuarse divisiones, segregaciones o fraccionamientos de cualquier tipo en contra de lo dispuesto en la legislación agraria, forestal o de similar naturaleza. ArtÃculo 21.ArtÃculo 21.ArtÃculo 21.ArtÃculo 21.ArtÃculo 21. Transmisión de fincas y deberes urbanÃsticos. 1. La transmisión de fincas no modificará la situación del titular de las mismas respecto de los deberes establecidos por la legislación urbanÃstica aplicable o exigibles por los actos de ejecución derivados de la misma. El nuevo titular quedará subrogado en el lugar y puesto del anterior propietario en sus derechos y deberes urbanÃsticos, asà como en los compromisos que éste hubiera acordado con la Administración urbanÃstica competente y hayan sido objeto de inscripción registral, siempre que tales compromisos se refieran a un posible efecto de mutación jurÃdico-real. 2. En las enajenaciones de terrenos, deberá hacerse constar en el correspondiente tÃtulo: a. Si se tratare de terrenos no susceptibles de edificación o con edificaciones fuera de ordenación de conformidad con el planeamiento aplicable, su expresa situación a estos efectos. b. Si se tratare de terrenos en proceso de urbanización, los compromisos aún pendientes que el propietario hubiere asumido en orden a la misma. c. En el supuesto de terrenos de urbanizaciones de iniciativa particular, la fecha de aprobación del planeamiento correspondiente y las cláusulas que se refieran a la disposición de las parcelas y compromisos con los adquirentes. 3. La infracción de cualquiera de las anteriores disposiciones, sin perjuicio de lo dispuesto en el apartado 1 de este artÃculo, facultará al adquirente para rescindir el contrato en el plazo de un año a contar desde la fecha de su otorgamiento y para exigir indemnización por los daños y perjuicios que se le hubieren irrogado. ArtÃculo 22.ArtÃculo 22.ArtÃculo 22.ArtÃculo 22.ArtÃculo 22. Declaración de obra nueva. Los Notarios y Registradores de la Propiedad exigirán para autorizar o inscribir, educación a distancia (instituto universitario P.F.A) 210 tomo 1 derecho de los recursos naturales ) respectivamente, escrituras de declaración de obra nueva terminada, que se acredite el otorgamiento de la preceptiva licencia y la expedición por técnico competente de la certificación de finalización de la obra conforme al proyecto objeto de la misma. Para autorizar e inscribir escritura de obra nueva en construcción, a la licencia de edificación se acompañará certificación expedida por técnico competente de que la descripción de la obra nueva se ajusta al proyecto para el que se obtuvo la licencia. En este caso, el propietario deberá hacer constar la terminación mediante acta notarial que incorporará la certificación de finalización de la obra antes mencionada. Tanto la licencia como las mencionadas certificaciones deberán testimoniarse en las correspondientes escrituras. http://noticias.juridicas.com educación a distancia (instituto universitario P.F.A) 211derecho de los recursos naturales tomo 1) LEY 22.428 - LEY 22.428 - LEY 22.428 - LEY 22.428 - LEY 22.428 - Buenos Aires - 16/03/1981 - CONSERVACIÃN Y RECUPERACIÃN DE LA CAPACIDAD PRODUCTIVACONSERVACIÃN Y RECUPERACIÃN DE LA CAPACIDAD PRODUCTIVACONSERVACIÃN Y RECUPERACIÃN DE LA CAPACIDAD PRODUCTIVACONSERVACIÃN Y RECUPERACIÃN DE LA CAPACIDAD PRODUCTIVACONSERVACIÃN Y RECUPERACIÃN DE LA CAPACIDAD PRODUCTIVA DE LOS SUELOSDE LOS SUELOSDE LOS SUELOSDE LOS SUELOSDE LOS SUELOS CAPITULO I OBJETIVOS AMBITO DE APLICACION (artÃculos 1 al 4)CAPITULO I OBJETIVOS AMBITO DE APLICACION (artÃculos 1 al 4)CAPITULO I OBJETIVOS AMBITO DE APLICACION (artÃculos 1 al 4)CAPITULO I OBJETIVOS AMBITO DE APLICACION (artÃculos 1 al 4)CAPITULO I OBJETIVOS AMBITO DE APLICACION (artÃculos 1 al 4) ARTICULO 1. -ARTICULO 1. -ARTICULO 1. -ARTICULO 1. -ARTICULO 1. - Declárase de interés general la acción privada y pública tendiente a la conservación y recuperación de la capacidad productiva de los suelos. ARTICULO 2. -ARTICULO 2. -ARTICULO 2. -ARTICULO 2. -ARTICULO 2. - El Estado Nacional y las Provincias que se adhieran al régimen de la presente Ley fomentarán la acción privada destinada a la consecución de los fines mencionados en el ArtÃculo 1. ARTICULO 3. -ARTICULO 3. -ARTICULO 3. -ARTICULO 3. -ARTICULO 3. - A los efectos indicados en los artÃculos 1 y 2, las respectivas autoridades de aplicación podrán declarar Distrito de Conservación de Suelos toda zona donde sea necesario o conveniente emprender programas de conservación o recuperación de suelos y siempre que se cuente con técnicas de comprobada adaptación y eficiencia para la región o regiones similares. Dicha declaración podrá igualmente ser dispuesta a pedido de productores de la zona. ARTICULO 4. -ARTICULO 4. -ARTICULO 4. -ARTICULO 4. -ARTICULO 4. - En los Distritos de Conservación de Suelos se propiciará la constitución de consorcios de conservación, integrados voluntariamente por productores agrarios cuyas explotaciones se encuentren dentro del Distrito, quienes podrán acogerse a los beneficios previstos en esta Ley y sus disposiciones reglamentarias. CAPITULO II REGIMEN DE ADHESION-AUTORIDADES PROVINCIALES DECAPITULO II REGIMEN DE ADHESION-AUTORIDADES PROVINCIALES DECAPITULO II REGIMEN DE ADHESION-AUTORIDADES PROVINCIALES DECAPITULO II REGIMEN DE ADHESION-AUTORIDADES PROVINCIALES DECAPITULO II REGIMEN DE ADHESION-AUTORIDADES PROVINCIALES DE APLICACION (artÃculos 5 al 6)APLICACION (artÃculos 5 al 6)APLICACION (artÃculos 5 al 6)APLICACION (artÃculos 5 al 6)APLICACION (artÃculos 5 al 6) ARTICULO 5. -ARTICULO 5. -ARTICULO 5. -ARTICULO 5. -ARTICULO 5. - Las provincias que se adhieran al régimen de la presente Ley deberán: a) Designar una autoridad provincial de aplicación. b) Completar el relevamiento de los suelos y el conocimiento agroecológico de su territorio a una escala de estudio que posibilite el cumplimiento de los objetivos de la presente Ley. c) Realizar las obras de infraestructura que sean necesarias para la conservación, el mejoramiento y la recuperación del suelo, coordinando, en su caso, la construcción de las mismas con las autoridades nacionales correspondientes según su naturaleza. d) Promover la investigación y experimentación en los aspectos relacionados con la conservación del suelo, asà como difundir las normas conservacionistas que correspondan a toda la población a partir de la enseñanza elemental. e) Propiciar la formación de técnicos especializados en la materia, pudiendo a educación a distancia (instituto universitario P.F.A) 212 tomo 1 derecho de los recursos naturales ) tales efectos celebrar convenios con la SECRETARIA DE ESTADO DE AGRICULTURA Y GANADERIA, con el INSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGIA AGROPECUARIA, u otros organismos oficiales o privados. f) Otorgar, a través de los bancos oficiales o mixtos de su jurisdicción, créditos especiales a los productores que integren un consorcio, en las condiciones y a los fines referidos en el CAPITULO I de esta Ley. g) Aportar recursos presupuestarios, en la medida de sus posibilidades, para la ejecución de las obras y trabajos que resulten necesarios para el manejo conservacionista de las tierras que, por su magnitud o localización, no puedan ser efectuados por los particulares o para reintegrar a los productores parte del costo de los trabajos y obras que hayan realizado de acuerdo con los planes aprobados, en tanto no resulten cubiertos con el subsidio a que se refiere el artÃculo 9, inciso c) de esta Ley. ARTICULO 6. -ARTICULO 6. -ARTICULO 6. -ARTICULO 6. -ARTICULO 6. - Competerá a las autoridades de aplicación de las provincias que se adhieran al régimen de la presente Ley: a) Crear y organizar los Distritos de Conservación de Suelos conforme a lo prescripto en el artÃculo 3. b) Propiciar la constitución de consorcios de conservación de acuerdo al artÃculo 4. c) Facilitar y orientar el asesoramiento técnico a los Consorcios de Conservación. d) Propiciar la constitución de áreas demostrativas del manejo conservacionista de las tierras con productores interesados. e) Recomendar la adopción de las medidas que estime conveniente a fin de que se apliquen normas conservacionistas en el planeamiento y ejecución de las obras públicas a realizarse en su jurisdicción, como asimismo la de modificar aquellas existentes que perjudiquen la conservación de los suelos. f) Aprobar los planes y programas de conservación y recuperación de suelos que elaboren los consorcios y elevarlos a la SECRETARIA DE ESTADO DE AGRICULTURA Y GANADERIA DE LA NACION a los efectos de lo dispuesto en el artÃculo 10, asà como verificar el cumplimiento de los mismos. g) Emplazar a los responsables, por el término que al efecto se fije, a hacer cesar las prácticas o manejos en contravención o contratar a costa del incumplidor la ejecución de los trabajos que corresponda realizar, en caso de incumplimiento de los planes y programas aprobados o en situaciones de emergencia. CAPITULO III DE LOS CONSORCIOS VOLUNTARIOS DE CONSERVACION DECAPITULO III DE LOS CONSORCIOS VOLUNTARIOS DE CONSERVACION DECAPITULO III DE LOS CONSORCIOS VOLUNTARIOS DE CONSERVACION DECAPITULO III DE LOS CONSORCIOS VOLUNTARIOS DE CONSERVACION DECAPITULO III DE LOS CONSORCIOS VOLUNTARIOS DE CONSERVACION DE SUELOS (artÃculos 7 al 8)SUELOS (artÃculos 7 al 8)SUELOS (artÃculos 7 al 8)SUELOS (artÃculos 7 al 8)SUELOS (artÃculos 7 al 8) ARTICULO 7. -ARTICULO 7. -ARTICULO 7. -ARTICULO 7. -ARTICULO 7. - Los propietarios, arrendatarios, aparceros, usufructuarios y tenedores a cualquier tÃtulo de inmuebles rurales que se encuentren comprendidos en las zonas educación a distancia (instituto universitario P.F.A) 213derecho de los recursos naturales tomo 1) declaradas Distritos de Conservación, podrán solicitar a la autoridad de aplicación la aprobación de la constitución de uno o más consorcios de conservación de conformidad con las reglamentaciones de la presente Ley. En caso de no ser posible la formación de un consorcio y a tÃtulo excepcional, un productor del Distrito podrá solicitar el reconocimiento de su explotación como área demostrativa o como predio conservacionista, con los mismos beneficios y obligaciones que se establezcan para los consorcios de conservación. También se podrán extender esos beneficios y obligaciones a un productor cuyo predio no se encuentre en un Distrito de Conservación pero que, a juicio de la respectiva autoridad de aplicación, merezca ser considerado como área de experimentación de prácticas conservacionistas o de recuperación de suelos. ARTICULO 8. -ARTICULO 8. -ARTICULO 8. -ARTICULO 8. -ARTICULO 8. - Los integrantes de los Consorcios de Conservación deberán comprometerse a cumplir las siguientes obligaciones: a) No realizar prácticas de uso y manejo de tierras que originen o contribuyan a originar una notoria disminución de la capacidad productiva de los suelos del Distrito. b) Llevar a cabo aquellas prácticas de uso y manejo que se consideren imprescindibles para la conservación de la capacidad productiva de los suelos. Estas obligaciones se establecerán de conformidad con los planes y programas que, a propuesta del Consorcio, apruebe la autoridad de aplicación. Asimismo, el Consorcio estará obligado a poner en conocimiento de la respectiva autoridad de aplicación los casos de incumplimiento de las obligaciones contraÃdas, a efectos que la misma ejercite las atribuciones que le competen. CAPITULO IV DE LOS BENEFICIOS (artÃculos 9 al 13)CAPITULO IV DE LOS BENEFICIOS (artÃculos 9 al 13)CAPITULO IV DE LOS BENEFICIOS (artÃculos 9 al 13)CAPITULO IV DE LOS BENEFICIOS (artÃculos 9 al 13)CAPITULO IV DE LOS BENEFICIOS (artÃculos 9 al 13) ARTICULO 9. -ARTICULO 9. -ARTICULO 9. -ARTICULO 9. -ARTICULO 9. - Los productores agropecuarios integrantes de un Consorcio de Conservación de Suelos constituÃdo de conformidad con las prescripciones de esta Ley, que realicen inversiones y gastos directamente vinculados con la conservación o la recuperación del suelo en cumplimiento de los planes y programas que, a propuesta del Consorcio, aprueben las autoridades de aplicación, tendrán derecho a: a) Participar de los estÃmulos que dispongan las provincias a los efectos de propender a la conservación o recuperación de los suelos, en cumplimiento de lo establecido en los incisos f) y g) del artÃculo 5. b) Gozar de los créditos de fomento que otorgue el Banco de la Nación Argen- tina para financiar aquellas inversiones que no estén cubiertas por los subsidios Nacionales o Provinciales. c) Recibir subsidios para el cumplimiento de los mencionados planes, cuyo monto establecerá anualmente el MINISTERIO DE ECONOMIA DE LA NACION en la forma educación a distancia (instituto universitario P.F.A) 214 tomo 1 derecho de los recursos naturales ) prevista en el ArtÃculo 10. La percepción de este beneficio importará para el productor la obligación de efectuar todas las prácticas conservacionistas dispuestas de conformidad con lo establecido en el artÃculo 12, aún aquellas que no fuesen subsidiadas. ARTICULO 10. -ARTICULO 10. -ARTICULO 10. -ARTICULO 10. -ARTICULO 10. - A los efectos previstos en el artÃculo anterior, las autoridades de aplicación deberán elevar anualmente a la SECRETARIA DE ESTADO DE AGRICULTURA Y GANADERIA DE LA NACION y dentro del término que establezca la reglamentación, los planes y programas conservacionistas que se aprueben para los Distritos de sus respectivas jurisdicciones, acompañando un cálculo estimativo de las inversiones que los productores deban efectuar, como asà también de los costos cuyos reintegros se hayan previsto de acuerdo a lo establecido en el último párrafo del artÃculo 5, inciso g). En función de esta información el MINISTERIO DE ECONOMIA, a propuesta de las SECRETARIAS DE ESTADO DE AGRICULTURA Y GANADERIA y DE HACIENDA, elaborará el Programa Anual de Promoción a la Conservación y Recuperación de los Suelos, documento que deberá contener el monto del subsidio que se afecte a los planes aprobados de conservación de suelos, que se expresará mediante un crédito global que será incorporado a la Ley de Presupuesto. ARTICULO 11. -ARTICULO 11. -ARTICULO 11. -ARTICULO 11. -ARTICULO 11. - La SECRETARIA DE ESTADO DE AGRICULTURA Y GANADER determinará los costos de las obras y trabajos a realizar en cada Distrito de Conservación, de conformidad con los planes y programas que se aprueben, para lo cual solamente serán consideradas las inversiones vinculadas directamente con las prácticas y manejos conservacionistas. Igualmente establecerá el porcentaje a subsidiar, teniendo en cuenta las previsiones contenidas en el Programa Anual de Promoción y la naturaleza y caracterÃsticas de las alteraciones existentes en cada Distrito, pudiendo oscilar el monto del subsidio entre el TREINTA POR CIENTO (30%) y el SETENTA POR CIENTO (70%) de los costos actualizados de las inversiones y gastos previstos en cada plan. Dicho monto podrá llegar al CIEN POR CIENTO (100%) en los Distritos de Conservación sin riego ubicados al sur del RÃo Colorado. ARTICULO 12. -ARTICULO 12. -ARTICULO 12. -ARTICULO 12. -ARTICULO 12. - Los productores que se beneficien con el subsidio previsto en esta Ley deberán presentarse ante la autoridad de aplicación que corresponda, detallando el plan de inversiones y gastos que habrán de efectuar de conformidad con el programa que se apruebe para su Consorcio, indicando los perÃodos anuales en que se realizarán. El plan incluirá la información básica suficiente de suelos y, en su caso, de la vegetación y una planificación de uso y manejo de los mismos con especificación de las prácticas conservacionistas. Posteriormente deberán certificar las obras que se hayan realizado de acuerdo educación a distancia (instituto universitario P.F.A) 215derecho de los recursos naturales tomo 1) al plan. La presentación y los certificados de obras deberán ser suscriptas por profesional responsable en la forma que determine la reglamentación. ARTICULO 13. -ARTICULO 13. -ARTICULO 13. -ARTICULO 13. -ARTICULO 13. - La resolución que acuerde el beneficio se inscribirá en el Registro de la Propiedad Inmueble de la jurisdicción que corresponda, en la forma que determine la reglamentación, con la conformidad del propietario en el supuesto que el beneficiario realice las inversiones y gastos en campo ajeno. En los casos que corresponda no se autorizará la entrega de fondos a los beneficiarios sin que previamente se acredite el cumplimiento de esa obligación. El monto del subsidio previsto en el artÃculo 10 será entregado a los beneficiarios por la SECRETARIA DE ESTADO DE AGRICULTURA Y GANADERIA DE LA NACION, en la forma que prevea la reglamentación. CAPITULO V INCUMPLIMIENTO - REINTEGRO (artÃculos 14 al 18)CAPITULO V INCUMPLIMIENTO - REINTEGRO (artÃculos 14 al 18)CAPITULO V INCUMPLIMIENTO - REINTEGRO (artÃculos 14 al 18)CAPITULO V INCUMPLIMIENTO - REINTEGRO (artÃculos 14 al 18)CAPITULO V INCUMPLIMIENTO - REINTEGRO (artÃculos 14 al 18) ARTICULO 14. -ARTICULO 14. -ARTICULO 14. -ARTICULO 14. -ARTICULO 14. - Sin perjuicio de las responsabilidades penales que correspondieran, los productores que se beneficien con los subsidios previstos en la presente ley deberán reintegrar los importes que reciban, cuando hubieren transcurrido SEIS (6) meses, a partir de las fechas establecidas para el retiro de los fondos, sin que se hubieren presentado los certificados de obra que acrediten la realización de las inversiones dispuestas en el plan que apruebe la autoridad de aplicación o si los hubieren falseado. La misma sanción se aplicará a los productores que hayan destruÃdo las obras subsidiadas, sin autorización de la autoridad de aplicación. Los montos a reintegrar se reajustarán mediante la aplicación del Indice de Precios al por Mayor, Nivel General, que publique el INSTITUTO NACIONAL DE ESTADISTICA Y CENSOS o el organismo que lo sustituyere, teniendo en cuenta la variación que se opere en el mismo desde el segundo mes anterior a aquel al que corresponda la fecha de la puesta de los fondos a disposición del beneficiario, hasta el segundo mes anterior a la fecha de reintegro. Sobre el monto actualizado se aplicará un interés compensatorio del SEIS POR CIENTO (6%) anual por el perÃodo comprendido entre ambas fechas. ARTICULO 15. -ARTICULO 15. -ARTICULO 15. -ARTICULO 15. -ARTICULO 15. - En el supuesto de que el beneficiario no efectúe el reintegro referido en el artÃculo precedente, la SECRETARIA DE ESTADO DE AGRICULTURA Y GANADERIA procederá a intimarle el pago por el plazo de TREINTA (30) dÃas, vencido el cual se aplicará un interés punitorio del DIECISEIS POR CIENTO (16%) anual hasta el efectivo pago de lo adeudado. Contra la resolución que disponga la intimación de pago procederán los recursos previstos en la Ley 19.549. educación a distancia (instituto universitario P.F.A) 216 tomo 1 derecho de los recursos naturales ) ARTICULO 16. -ARTICULO 16. -ARTICULO 16. -ARTICULO 16. -ARTICULO 16. - El cobro judicial de los importes que se intimen de conformidad con lo establecido en el artÃculo 15, se hará por la vÃa de ejecución fiscal prevista en el Código Procesal Civil y Comercial de la Nación, sirviendo de suficiente tÃtulo, a tal efecto, la boleta de deuda expedida por la SECRETARIA DE ESTADO DE AGRICULTURA Y GANADERIA. ARTICULO 17. -ARTICULO 17. -ARTICULO 17. -ARTICULO 17. -ARTICULO 17. - Los reintegros previstos en el artÃculo 14 no serán exigibles cuando las obras e inversiones cuya realización se previera no hayan podido efectuarse o lo hayan sido sólo parcialmente, por razones de fuerza mayor o caso fortuito, que a juicio de la SECRETARIA DE ESTADO DE AGRICULTURA Y GANADERIA, puedan justificar, por su gravedad, la demora producida, en cuyo caso podrá acordar plazos supletorios para la realización de los trabajos incumplidos. ARTICULO 18. -ARTICULO 18. -ARTICULO 18. -ARTICULO 18. -ARTICULO 18. - La obligación de reintegrar establecida en el ArtÃculo 14 se transferirá al adquirente o cesionario, en el supuesto que el beneficiario hubiere transmitido el dominio del inmueble o cedido su derecho de uso sobre el mismo, sin haber acreditado la realización de las inversiones y obras en la forma y en los plazos previstos en el artÃculo citado. Sin perjuicio de ello, el adquirente o cesionario, podrá repetir del enajenante o cedente los importes abonados. CAPITULO VI RESPONSABILIDAD DE LOS PROFESIONALES (artÃculos 19 al 20)CAPITULO VI RESPONSABILIDAD DE LOS PROFESIONALES (artÃculos 19 al 20)CAPITULO VI RESPONSABILIDAD DE LOS PROFESIONALES (artÃculos 19 al 20)CAPITULO VI RESPONSABILIDAD DE LOS PROFESIONALES (artÃculos 19 al 20)CAPITULO VI RESPONSABILIDAD DE LOS PROFESIONALES (artÃculos 19 al 20) ARTICULO 19. -ARTICULO 19. -ARTICULO 19. -ARTICULO 19. -ARTICULO 19. - Los profesionales que hubiesen falseado u ocultado la realidad de los hechos en la presentación de los planes, en las certificaciones de obras e inversiones o en cualquier otra presentación, serán solidaria e ilimitadamente responsables con los titulares de los respectivos planes por las obligaciones que correspondan a los mismos, de acuerdo con lo prescripto en los artÃculos 14, 15 y 16 de esta Ley. Sin perjuicio de lo dispuesto precedentemente y de acuerdo con la naturaleza e importancia de la transgresión, los profesionales intervinientes serán inhabilitados para actuar en trabajos técnicos ante la SECRETARIA DE ESTADO DE AGRICULTURA Y GANADERIA y entidades autárquicas de su jurisdicción, por hasta un máximo de DIEZ (10) años. La inhabilitación será impuesta por la mencionada SecretarÃa de Estado, previa sustanciación de un sumario que asegure el derecho de defensa. Contra la decisión administrativa que imponga la sanción podrá interponerse recurso de apelación ante la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional Federal, dentro de los CINCO (5) dÃas de notificada. El recurso deberá presentarse y fundarse ante la precitada SecretarÃa de Estado. educación a distancia (instituto universitario P.F.A) 217derecho de los recursos naturales tomo 1) ARTICULO 20. -ARTICULO 20. -ARTICULO 20. -ARTICULO 20. -ARTICULO 20. - Los beneficiarios podrán sustituir al profesional actuante, pero aquel que lo sustituya estará obligado a poner en conocimiento de la SECRETARIA DE ESTADO DE AGRICULTURA Y GANADERIA las irregularidades que pudieran existir en cuanto al cumplimiento de las obligaciones asumidas por los titulares de subsidios, especialmente respecto de las certificaciones que se hubieren extendido hasta la fecha de la sustitución. En caso de no formular esta denuncia será asimismo solidaria e ilimitadamente responsable con el titular y con el profesional sustituÃdo, en la forma y con los alcances previstos en el artÃculo anterior. CAPITULO VII EXENCIONES IMPOSITIVAS - DISPOSICIONES GENERALES (artÃculosCAPITULO VII EXENCIONES IMPOSITIVAS - DISPOSICIONES GENERALES (artÃculosCAPITULO VII EXENCIONES IMPOSITIVAS - DISPOSICIONES GENERALES (artÃculosCAPITULO VII EXENCIONES IMPOSITIVAS - DISPOSICIONES GENERALES (artÃculosCAPITULO VII EXENCIONES IMPOSITIVAS - DISPOSICIONES GENERALES (artÃculos 21 al 25)21 al 25)21 al 25)21 al 25)21 al 25) ARTICULO 21. -ARTICULO 21. -ARTICULO 21. -ARTICULO 21. -ARTICULO 21. - Los montos que se perciban por aplicación de esta Ley no estarán alcanzados por ningún impuesto nacional presente o a crearse. No será tampoco de aplicación lo dispuesto en el ArtÃculo 17 de la Ley de Impuesto a las Ganancias, texto ordenado en 1977, o en la norma similar que lo sustituya, sobre los importes percibidos. Estará exento del impuesto sobre el capital de las empresas (Ley 21.287 y sus modificatorias) y al patrimonio neto (Ley 21.282 y sus modificatorias) o de los impuestos que los complementen o sustituyan, el valor impositivo correspondiente a las inversiones que se realicen en virtud de esta Ley, durante un perÃodo máximo de CINCO (5) años a contar desde la fecha en que se aprueben los planes previstos en el artÃculo 9. Esta exención se extenderá a DIEZ (10) años en los casos en que los predios se encuentren ubicados en Zona de Frontera (Ley 18.575 y sus Decretos reglamentarios) o al sur del RÃo Colorado (Zona Patagónica). ARTICULO 22. -ARTICULO 22. -ARTICULO 22. -ARTICULO 22. -ARTICULO 22. - Los beneficios previstos en los artÃculos 9 y siguientes de la presente ley, no podrán acumularse a los del régimen promocional establecido por la Ley 22.211 o por la que la sustituya o complemente. ARTICULO 23. -ARTICULO 23. -ARTICULO 23. -ARTICULO 23. -ARTICULO 23. - Cuando sea necesario declarar Distrito de Conservación una región lindera con otra u otras provincias, podrán convenirse entre las mismas declaraciones similares respecto de zonas vecinas que presenten análogas alteraciones en su suelo. Sin perjuicio de lo dispuesto anteriormente, la SECRETARIA DE ESTADO DE AGRICULTURA Y GANADERIA podrá coordinar con las provincias las medidas conservacionistas que deban adoptarse con respecto a suelos degradados o en proceso de degradación, ubicados en zonas limÃtrofes interprovinciales. ARTICULO 24. -ARTICULO 24. -ARTICULO 24. -ARTICULO 24. -ARTICULO 24. - Créase la COMISION NACIONAL DE CONSERVACION DEL SUELO, que será presidida por el SUBSECRETARIO DE RECURSOS NATURALES RENOVABLES Y educación a distancia (instituto universitario P.F.A) 218 tomo 1 derecho de los recursos naturales ) ECOLOGIA de la SECRETARIA DE ESTADO DE AGRICULTURA Y GANADERIA DE LA NACION y que se integrará con representantes de las provincias que se adhieran al régimen de la presente Ley, de organismos nacionales vinculados y de productores, en la forma que determine la reglamentación, la que también establecerá las normas que regirán su funcionamiento. Esta Comisión, que tendrá carácter de organismo asesor, procurará asegurar la compatibilización de los esfuerzos nacionales, provinciales y privados, en todos los aspectos vinculados a los problemas del uso, conservación y mejoramiento del recurso. Los integrantes de la misma desempeñarán sus cargos en forma honoraria. ARTICULO 25. -ARTICULO 25. -ARTICULO 25. -ARTICULO 25. -ARTICULO 25. - ComunÃquese, publÃquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archÃvese. FIRMANTES: VIDELA - MartÃnez de Hoz - Harguindeguy. educación a distancia (instituto universitario P.F.A) 219derecho de los recursos naturales tomo 1) IMPORTANCIA DEL MANEJO EN LA CONSERVACIÃN DE LA CAPA ARABLE (*)IMPORTANCIA DEL MANEJO EN LA CONSERVACIÃN DE LA CAPA ARABLE (*)IMPORTANCIA DEL MANEJO EN LA CONSERVACIÃN DE LA CAPA ARABLE (*)IMPORTANCIA DEL MANEJO EN LA CONSERVACIÃN DE LA CAPA ARABLE (*)IMPORTANCIA DEL MANEJO EN LA CONSERVACIÃN DE LA CAPA ARABLE (*) Con el objeto de relacionar el contenido de materia orgánica con el deterioro de la capa arable, se realizó un estudio comparativo de dos tipos de manejo. Uno, con rotación agrÃcolo-ganadera respecto de otro con agricultura continua. Se trabajó con establecimientos de la zona centro sur de la provincia de Córdoba, donde los suelos predominantes se caracterizan por ser profundos, bien drenados, de textura franco limosa en todo el perfil (serie Oncativo). El área presenta un relieve de lomas planas con pendientes poco pronunciadas y de gran longitud. El tipo de actividad desarrollada es agrÃcolo-ganadera con una alternancia de 4 ó 5 años de pastoreo y 5 ó 6 años con siembra de diferentes cultivos. Para analizar esta información se realizó el muestreo de la capa superficial hasta los 20 cm de profundidad para medir, en el laboratorio, el porcentaje de materia orgánica y otros parámetros como textura, infiltración, porosidad, Ãndice de estructura, que permitan determinar el grado de estructuración de estos suelos. Se analizó la pérdida de materia orgánica en ambos manejos y se pudo observar que muchos establecimientos donde se realiza agricultura continua, los lotes que sufrieron el âchacareadoâ por varios años, evidencian procesos de degradación por erosión hÃdrica en diferentes grados de desarrollo. Se trata de lotes con más de 10 años de cultivos extensivos, y en algunos casos hasta 40, donde se alternan trigo, soja, maÃz, sorgo y girasol, implantados generalmente mediante labranza convencional haciendo un uso indiscriminado del arado de rejas y rastra de discos. En la rotación agrÃcolo-ganadera se observó, que esta práctica mejora las condiciones fisico-quÃmicas y biológicas del suelo. El contenido promedio de materia orgánica es de 2,69% y el porcentaje de pérdida con respecto al suelo testigo del 48%. Cuando se realiza agricultura continua este promedio desciende a 2,02% de materia orgánica y el porcentaje de pérdida aumenta a un 61 %. Se comprobó que, debido al laboreo del suelo producto del intenso uso de la maquinaria agrÃcola, la materia orgánica disminuye, aumenta la pérdida de estructura y se produce el encostramiento de la capa superficial, dificultando la emergencia de las educación a distancia (instituto universitario P.F.A) 220 tomo 1 derecho de los recursos naturales ) plántulas. Comparando los resultados de ambos manejos respecto del campo virgen o testigo sin alterar, las diferencias son importantes. Debido al alto contenido de partÃculas pequeñas (limo) y al reducido tenor de materia orgánica de la âcapa arableâ, estos suelos presentan terrones de tierra con débil agregación que originan una alta susceptibilidad a la erosión y a la degradación fÃsico-quÃmica. Pese hacerse un manejo más racional en rotación agrÃcolo-ganadera respecto de agricultura continua - ya que se efectúa una alternancia entre roturación y descanso de los suelos - no se aprecian grandes diferencias en el grado de cohesión entre las partÃculas. Este trabajo ha permitido comprobar que las labores de roturación deterioran el suelo aumentando la susceptibilidad a la erosión hÃdrica y eólica, disminuyendo la capacidad de retención de humedad, favoreciendo la compactación y el âplanchado superficialâ. La formación de costras superficiales provocan el sellado del suelo y evitan la entrada del aire y el agua frenando la actividad biológica. De los análisis quÃmicos se desprende que en aquellos lotes excesivamente laboreados se aprecia una marcada pérdida de fertilidad potencial que obliga al productor a recurrir al empleo de abonos minerales. En la actualidad existen técnicas de labranza conservacionista como son la siembra directa o labranza cero, con la cual, la materia orgánica no sufre una pérdida tan marcada respecto del suelo testigo debido al escaso disturbado de la capa arable y a la incorporación superficial de los rastrojos de los diferentes cultivos. Las prácticas de manejo aconsejadas están orientadas a recuperar la fertilidad perdida, disminuir (atenuar) la erosión hÃdrica y eólica, evitar la compactación del horizonte superficial y el escurrimiento del agua de lluvia, y mejorar la infiltración para aumentar la acumulación de humedad en el suelo. (*) Ing. Agr. Eduardo Noailles Bosch y Prof. Alicia da Veiga (Técnicos del Instituto de Suelos) educación a distancia (instituto universitario P.F.A) 221derecho de los recursos naturales tomo 1) Ordenanza 5773: Plaguicidas y biocidasOrdenanza 5773: Plaguicidas y biocidasOrdenanza 5773: Plaguicidas y biocidasOrdenanza 5773: Plaguicidas y biocidasOrdenanza 5773: Plaguicidas y biocidas ArtÃculo 1ArtÃculo 1ArtÃculo 1ArtÃculo 1ArtÃculo 1 .- .- .- .- .- Regular las acciones relacionadas con la comercialización, fabricación, industrialización, introducción, formulación, fraccionamiento, transporte y aplicación, distribución, expendio, almacenamiento, publicidad, cualquiera fuere el sistema utilizado para la aplicación de Biocidas (quÃmicos o biológicos), que destinados a la producción agropecuaria, industrial, de uso doméstico y/o sanitario, como asà también la eliminación de desechos, a fin de evitar daños a la salud de la población y proteger el medio ambiente mediante el uso racional de dichas sustancias. ArtÃculo 2ArtÃculo 2ArtÃculo 2ArtÃculo 2ArtÃculo 2 .- .- .- .- .- Los plaguicidas y agroquÃmicos sujetos a las prescripciones de la presente son: insecticidas, ovicidas, funguicidas, rodenticidas, acaricidas, molusquicidas, nematomicidas, bactericidas, alguicidas, herbicidas, larvavicidas, y toda otra sustancia que en el futuro se utilice para el mismo fin. ArtÃculo 3ArtÃculo 3ArtÃculo 3ArtÃculo 3ArtÃculo 3 .- .- .- .- .- Quedan sujetas a las disposiciones de esta Ordenanza y a las normas reglamentarias que en consecuencia se dicten, todas las personas ideales, fÃsicas y/o jurÃdicas comprendidas en el ArtÃculo 1 de la presente. ArtÃculo 4ArtÃculo 4ArtÃculo 4ArtÃculo 4ArtÃculo 4 .- .- .- .- .- Las personas de existencia ideal, fÃsica y/o jurÃdica que comercialicen, fabriquen, industrialicen, produzcan, formulen, fraccionen, distribuyan, expendan, almacenen, transporten y/o apliquen por cuenta propia o de terceros, plaguicidas o agroquÃmicos, están obligadas a inscribirse y contar con la habilitación correspondiente en el Registro de la Dirección General de Control Municipal y de la Dirección General de Medio Ambiente del Ministerio de Salud Pública de la Provincia. Quedando establecido que a los efectos del cumplimiento del presente artÃculo, no se otorgará, en ninguna circunstancia, Habilitación Provisoria. ArtÃculo 5ArtÃculo 5ArtÃculo 5ArtÃculo 5ArtÃculo 5 .- .- .- .- .- A los fines de cumplimentar el artÃculo anterior, las personas de existencia ideal, fÃsica y/o jurÃdica, deberán presentar toda la documentación que le sea requerida por los Organismos mencionados para la Inscripción y posterior habilitación, teniendo el Legajo Técnico que estar aprobado por ambas Reparticiones. ArtÃculo 6ArtÃculo 6ArtÃculo 6ArtÃculo 6ArtÃculo 6 .- .- .- .- .- Las personas de existencia ideal, fÃsica y/o jurÃdicas, deberán contar, para su inscripción y habilitación, con el asesoramiento Técnico Profesional Permanente, prestado por profesional con tÃtulo Universitario habilitante (Ingeniero agrónomo, Ingeniero quÃmico, Médico Toxicólogo o Médico Veterinario, según los casos). De igual educación a distancia (instituto universitario P.F.A) 222 tomo 1 derecho de los recursos naturales ) modo serán responsables solidarios con los profesionales mencionados de la autenticidad de las fórmulas a utilizar y contenidos quÃmicos que registren, como demás acerca de las indicaciones y dosis, precauciones de empleo, oportunidad de uso, instrucciones para su manipuleo y utilización. Dicha responsabilidad se hará extensiva a cualquier etapa de formulación, fabricación, comercialización, aplicación, etc.. ArtÃculo 7ArtÃculo 7ArtÃculo 7ArtÃculo 7ArtÃculo 7 .- .- .- .- .- Toda persona ideal, fÃsica y/o jurÃdica que tenga a su cargo o por cuenta de terceros, el transporte, carga y descarga de plaguicidas y/o agroquÃmicos, cumplimentará lo fijado en los artÃculos 4 y 5 . ArtÃculo 8ArtÃculo 8ArtÃculo 8ArtÃculo 8ArtÃculo 8 .- .- .- .- .- El transporte, la carga y la descarga, se harán de acuerdo con lo señalado en los siguientes incisos: 1. El conductor deberá estar perfectamente asesorado sobre las medidas de seguridad en cuanto al manipuleo de las sustancias mencionadas y sus riesgos, y de igual modo, cómo actuar en los casos de siniestros y/o volcado del producto por rotura de los envases. 2. Los vehÃculos destinados al transporte de plaguicidas y/o agroquÃmicos deberán ser de caja cerrada con piso de material inoxidable, independientemente del habitáculo del conductor, con un sistema de ventilación directa e identificada acorde al tipo de productos que transporte. 3. Queda terminantemente PROHIBIDO el transporte simultáneo de estos productos tóxicos con alimentos, ropa, tabaco y sus derivados, productos de tocador y farmacéutica, medicamentos o cualquier otro elemento de uso o consumo humano o animal. De igual modo no se podrá usar el vehÃculo para otro tipo de cargas o tareas que no sean para las que está expresamente autorizado. 4. La carga y descarga se realizará por personal idóneo, el que estará perfectamente protegido con ropa y elementos de seguridad pertinentes (guantes, botas de goma, casco protector y mascarilla con cartuchos quÃmicos adecuados). Los mencionados equipos serán provistos por empleador y su diseño será conforme con las normas de Higiene y Seguridad laboral (Ley Nacional 19587, Decreto 351/79 de Higiene y Seguridad Laboral). 5. Dentro del éjido municipal, el transportista será responsable de todo daño a la salud humana o animal, y de todo deterioro al medio ambiente, causado por la inobservancia de las disposiciones expuestas y/o en vigencias. ArtÃculo 9ArtÃculo 9ArtÃculo 9ArtÃculo 9ArtÃculo 9 .- .- .- .- .- Toda persona de existencia ideal, fÃsica y/o jurÃdica que fabrique, formule, fraccione, dosifique, mezcle y almacene plaguicidas o agroquÃmicos para venta, muestreo o aplicación, deberá hacerlo en locales especiales fuera del centro urbanizado en la zona tipificada como I3 del Código de Planeamiento Urbano; y del mismo modo dar educación a distancia (instituto universitario P.F.A) 223derecho de los recursos naturales tomo 1) cumplimiento a lo dispuesto en la Ley Nacional 19587 - Decreto Reglamentario 351/79: TÃtulo II (CapÃtulos 2, 3 y 4), TÃtulo III (CapÃtulos 5, 6 y 7), TÃtulo IV (CapÃtulo 9 y 11), TÃtulo V (CapÃtulos 17 y 18), TÃtulo VI (CapÃtulo 19) y TÃtulo VII (CapÃtulos 20 y 21). De igual modo, personal a cargo, permanente o transitorio, que realice tareas de cualquier Ãndole de las enumeradas precedentemente con plaguicidas, órganos fosforados o carbonatos, independientemente de los controles médicos previstos en la Ley 19587 - Decreto Reglamentario 351/79, deberá realizarse dosajes de colinesterana con la periodicidad que corresponda. Dichos exámenes médicos correrán a cargo del empleador. ArtÃculo 10ArtÃculo 10ArtÃculo 10ArtÃculo 10ArtÃculo 10 .- .- .- .- .- Toda persona de existencia ideal, fÃsica y/o jurÃdica que desarrolle tareas enumeradas en el artÃculo 1 de la presente, solamente podrá efectuarla en el local comercial habilitado a tal efecto. Se prohibe expresamente la venta, expendio y comercialización de agroquÃmicos o plaguicidas en aquellos comercios donde se expendan, elaboren o almacenen alimentos de consumo humano o animal, productos de tocador y limpieza, tabaco y sus derivados, medicamentos, etc. quedarán exceptuados los establecimientos comerciales que no realicen actividades afines a las mencionadas, los que solamente podrán comercializar plaguicidas o agroquÃmicos de uso domésticos. ArtÃculo 11ArtÃculo 11ArtÃculo 11ArtÃculo 11ArtÃculo 11 .- .- .- .- .- Los plaguicidas o agroquÃmicos de uso industrial, sanitarios, domésticos, agrÃcolas, que se expendan en cualquiera de los comercios enumerados en el artÃculo 9 de la presente, deberán estar autorizados y registrados por ante el Servicio Nacional de Sanidad Vegetal, SecretarÃa de Estado de Agricultura, GanaderÃa y Pesca de Nación. ArtÃculo 12ArtÃculo 12ArtÃculo 12ArtÃculo 12ArtÃculo 12 .- .- .- .- .- Los locales comerciales, depósitos, laboratorios, vehÃculos, etc., que realicen cualquiera de las tareas del articulo 3, deberán contar con uno o más botiquines toxicológicos con especÃficos acorde al tipo de compuesto quÃmico que se usa. Al momento de la inscripción solicitará el listado de productos y drogas ante Dirección General de Medio Ambiente. ArtÃculo 13ArtÃculo 13ArtÃculo 13ArtÃculo 13ArtÃculo 13 Tratamiento de los desechos.- Tratamiento de los desechos.- Tratamiento de los desechos.- Tratamiento de los desechos.- Tratamiento de los desechos.- Los responsables de comercios, fábricas, laboratorios, empresas de fumigación, etc., deberán arbitrar los medios a fin de que los desechos lÃquidos, sólidos y/o gaseosos no sean causales de contaminación ambiental (aire, agua, suelo) o daño para la salud humana o animal. A tal fin en aquellos lugares donde se realicen tareas de fraccionamiento, formulación y preparación de mezclas para desinsectación, desinfección, desratización o para comercialización de plaguicidas y/o agroquÃmicos formulados, contarán con cámaras filtrantes depuradoras adaptadas al tipo de desechos que se evacuen; de igual modo los extractores de aire y/o sistemas de ventilación al exterior poseerán elementos filtrantes adecuados. educación a distancia (instituto universitario P.F.A) 224 tomo 1 derecho de los recursos naturales ) ArtÃculo 14ArtÃculo 14ArtÃculo 14ArtÃculo 14ArtÃculo 14 .- .- .- .- .- Los envases que contengan plaguicidas y/o agroquÃmicos (vidrios, cartones, papel, etc.), deberán ser los que fijan las normas nacionales al respecto, estarán perfectamente identificados con la etiqueta correspondiente, la cual contendrá la especificación técnica de cada caso, fecha de vencimiento de los productos y normas de primeros auxilios, debiéndose agregar, en el ámbito de la ciudad de Salta, el teléfono correspondiente y dirección del Centro Toxicológico Oficial. ArtÃcArtÃcArtÃcArtÃcArtÃculo 15ulo 15ulo 15ulo 15ulo 15 .- .- .- .- .- Todo plaguicida y/o producto agroquÃmico que en su lugar de depósito, comercialización, fraccionamiento, etc., se halle, vencido con marbetes rotos o adulterados y con envases rotos, serán decomisado, el responsable será sancionado acorde a las normativas que fije esta Ordenanza. ArtÃculo 16ArtÃculo 16ArtÃculo 16ArtÃculo 16ArtÃculo 16 Publicidad.- Publicidad.- Publicidad.- Publicidad.- Publicidad.- La publicidad gráfica, televisiva o radial, se hará en base a las especificaciones técnicas del laboratorio fabricante o empresa comercializadora, no solo haciendo mención a las bondades y beneficios de la sustancias ha utilizar, sino además, los riesgos humanos, animales y al medio ambiente que su uso indebido pueda ocasionar. ArtÃculo 17ArtÃculo 17ArtÃculo 17ArtÃculo 17ArtÃculo 17 .- .- .- .- .- ProhÃbese el trabajo de menores de 18 años y de mujeres embarazadas y en periodo de lactancia, en toda tarea relacionada con la fabricación, formulación, fraccionamiento, envasado, almacenamiento, mezcla, dosificación, carga, descarga, venta y aplicación de cualquier naturaleza, limpieza de equipos y eliminación de desechos plaguicidas o agroquÃmicos. ArtÃcuArtÃcuArtÃcuArtÃcuArtÃculo 18lo 18lo 18lo 18lo 18 .- .- .- .- .- Las infracciones a la presente serán sancionadas con multas equiparadas en 1.000 litros de nafta o alconafta común. En caso de reincidencia, las mismas se duplicarán o triplicarán según corresponda, y podrá disponerse la clausura temporaria o definitiva del local o lugar donde se expenda, utilice, fabrique, fraccione, se aplique o almacene los productos ya citados en este instrumento, pudiendo proceder asà conjuntamente al decomiso de las mercaderÃas o envases cuyos plazos de utilización se encuentren vencidos, con marbetes rotos o adulterados, o que posean pérdidas de productos. Igual sanción corresponderá para los vehÃculos que transporten los productos ya citados de manera indebida, tal que infrinjan total o parcialmente la presente Ordenanza, pudiendo ser los mismos retenidos y/o inhabilitados permanentemente para el transporte de estas sustancias. ArtÃculo 19ArtÃculo 19ArtÃculo 19ArtÃculo 19ArtÃculo 19 .- .- .- .- .- Otorgar un plazo de 180 dÃas para dar cumplimento total a lo dispuesto en la presente Ordenanza. educación a distancia (instituto universitario P.F.A) 225derecho de los recursos naturales tomo 1) ArtÃculo 20ArtÃculo 20ArtÃculo 20ArtÃculo 20ArtÃculo 20 .- .- .- .- .- Derógase toda disposición que se oponga a la presente Ordenanza. ArtÃculo 21ArtÃculo 21ArtÃculo 21ArtÃculo 21ArtÃculo 21 .- .- .- .- .- ComunÃquese, publÃquese y dése al Registro Municipal. Sanción 643 de fecha 22 de noviembre de 1989 Bruno - Soto educación a distancia (instituto universitario P.F.A) 226 tomo 1 derecho de los recursos naturales ) educación a distancia (instituto universitario P.F.A) 227derecho de los recursos naturales tomo 1) Para esta actividad, citamos los primeros cuatro artÃculos del Convenio de Rotterdam. El objetivo principal es que pueda especificar los principales conceptos vertidos en ellos sobre plaguicidas y productos quÃmicos peligrosos, como asà también dentro de los ámbitos aplicables. CONVENIO DE ROTTERDAMCONVENIO DE ROTTERDAMCONVENIO DE ROTTERDAMCONVENIO DE ROTTERDAMCONVENIO DE ROTTERDAM Procedimiento de consentimiento previo fundamentado aplicable a ciertos plaguicidas y productos quÃmicos peligrosos objeto de comercio internacional ArtÃculo 1:ArtÃculo 1:ArtÃculo 1:ArtÃculo 1:ArtÃculo 1: Objetivo El objetivo del presente Convenio es promover la responsabilidad compartida y los esfuerzos conjuntos de las Partes en la esfera del comercio internacional de ciertos productos quÃmicos peligrosos a fin de proteger la salud humana y el medio ambiente frente a posibles daños y contribuir a su utilización ambientalmente racional, facilitando el intercambio de información acerca de sus caracterÃsticas, estableciendo un proceso nacional de adopción de decisiones sobre su importación y exportación y difundiendo esas decisiones a las Partes. ArtÃculo 2:ArtÃculo 2:ArtÃculo 2:ArtÃculo 2:ArtÃculo 2: Definiciones A los efectos del presente Convenio: a) Por âproducto quÃmicoâ se entiende toda sustancia, sola o en forma de mezcla o preparación, ya sea fabricada u obtenida de la naturaleza, excluidos los organismos vivos. Ello comprende las siguientes categorÃas: plaguicida, (incluidas las formulaciones plaguicidas extremadamente peligrosas) y producto quÃmico industrial; b) Por âproducto quÃmico prohibidoâ se entiende aquél cuyos usos dentro de una o más categorÃas han sido prohibidos en su totalidad, en virtud de una medida reglamentaria firme, con objeto de proteger la salud humana o el medio ambiente. Ello incluye los productos quÃmicos cuya aprobación para primer uso haya sido denegada o que las industrias hayan retirado del mercado interior o de ulterior consideración en el proceso de aprobación nacional cuando haya pruebas claras de que esa medida se haya adoptado con objeto de proteger la salud humana o el medio ambiente; c) Por âproducto quÃmico rigurosamente restringidoâ se entiende todo aquél trabajo práctico tp)abogacÃa a distancia educación a distancia (instituto universitario P.F.A) 228 tomo 1 derecho de los recursos naturales ) cuyos usos dentro de una o más categorÃas hayan sido prohibidos prácticamente en su totalidad, en virtud de una medida reglamentaria firme, con objeto de proteger la salud humana o el medio ambiente, pero del que se sigan autorizando algunos usos especÃficos. Ello incluye los productos quÃmicos cuya aprobación para prácticamente cualquier uso haya sido denegada o que las industrias hayan retirado del mercado interior o de ulterior consideración en el proceso de aprobación nacional cuando haya pruebas claras de que esa medida se haya adoptado con objeto de proteger la salud humana o el medio ambiente; d) Por âformulación plaguicida extremadamente peligrosaâ se entiende todo producto quÃmico formulado para su uso como plaguicida que produzca efectos graves para la salud o el medio ambiente observables en un perÃodo de tiempo corto tras exposición simple o múltiple, en sus condiciones de uso; e) Por âmedida reglamentaria firmeâ se entiende toda medida para prohibir o restringir rigurosamente un producto quÃmico adoptada por una Parte que no requiera la adopción de ulteriores medidas reglamentarias por esa Parte; f) Por âexportaciónâ e âimportaciónâ, en sus acepciones respectivas, se entiende el movimiento de un producto quÃmico de una Parte a otra Parte, excluidas las operaciones de mero tránsito; g) Por âParteâ se entiende un Estado u organización de integración económica regional que haya consentido en someterse a las obligaciones establecidas en el presente Convenio y en los que el Convenio esté en vigor; h) Por âorganización de integración económica regionalâ, se entiende una organización constituida por Estados soberanos de una región determinada a la que sus Estados miembros hayan transferido competencias en asuntos regulados por el presente Convenio y que haya sido debidamente facultada, de conformidad con sus procedimientos internos, para firmar, ratificar, aceptar o aprobar el Convenio o adherirse a él. i) Por âComité de Examen de Productos QuÃmicosâ se entiende el órgano subsidiario a que se hace referencia en el párrafo 6 del artÃculo 18. ArtÃculo 3:ArtÃculo 3:ArtÃculo 3:ArtÃculo 3:ArtÃculo 3: Ãmbito de aplicación del Convenio 1. El presente Convenio se aplicará a: a) Los productos quÃmicos prohibidos o rigurosamente restringidos; y b) Las formulaciones plaguicidas extremadamente peligrosas. 2. El presente Convenio no se aplicará a: a) Los estupefacientes y las sustancias sicotrópicas; b) Los materiales radiactivos; c) Los desechos; d) Las armas quÃmicas; educación a distancia (instituto universitario P.F.A) 229derecho de los recursos naturales tomo 1) e) Los productos farmacéuticos, incluidos los medicamentos humanos y veterinarios; f) Los productos quÃmicos utilizados como aditivos alimentarios; g) Los alimentos; h) Los productos quÃmicos en cantidades que sea improbable afecten a la salud humana o el medio ambiente, siempre que se importen: i) Con fines de investigación o análisis; o ii) Por un particular para su uso personal en cantidades razonables para ese uso. educación a distancia (instituto universitario P.F.A) 230 tomo 1 derecho de los recursos naturales ) educación a distancia (instituto universitario P.F.A) 231derecho de los recursos naturales tomo 1) la explotación agrÃcolo - ganadera)( u4 unidad cuatro educación a distancia (instituto universitario P.F.A) 232 tomo 1 derecho de los recursos naturales ) educación a distancia (instituto universitario P.F.A) 233derecho de los recursos naturales tomo 1) UNIDAD 4 ( LA EXPLOTACIÃN AGRÃCOLA - GANADERA ) Mención sintética de los contenidos 1. La flora y la fauna. La agricultura. La apicultura: Normativa vigente. La lombricultura. 2. Sanidad vegetal y animal. Legislación. La fiebre aftosa. 3. Organismos transgénicos: genes, ingenierÃa genética, ADN. Organismos genéticamente modificados: riesgos sobre la salud pública y el medio ambiente. 4. La Agricultura Orgánica. Cultivos biológicos. Herbicidas: resistencia. Super malezas. 5. Derechos del consumidor y marco constitucional. educación a distancia (instituto universitario P.F.A) 234 tomo 1 derecho de los recursos naturales ) educación a distancia (instituto universitario P.F.A) 235derecho de los recursos naturales tomo 1) objetivos de aprendizaje oaabogacÃa a distancia ) 1. Determinar la importancia de la agricultura, la apicultura y la lombricultura en sÃ, de la flora y fauna en general para nuestro paÃs. 2. Establecer los principales aspectos y legislación vigente de la sanidad vegetal y animal, prestando especial atención a la fiebre aftosa. 3. Definir a los organismos transgénicos, los genes, la ingenierÃa genética, el ADN, para comprender el alcance que pueden tener a futuro los organismos genéticamente modificado y los riesgos que pueden aparejar para la salud pública y el medio ambiente. 4. Precisar los métodos en que se llevan a cabo la agricultura orgánica, los cultivos biológicos y los herbicidas 5. Puntualizar los principales derechos de los consumidores. educación a distancia (instituto universitario P.F.A) 236 tomo 1 derecho de los recursos naturales ) educación a distancia (instituto universitario P.F.A) 237derecho de los recursos naturales tomo 1) ( ESQUEMA CONCEPTUAL DE LA UNIDAD 4 ) AGRICULTURA APICULTURA LOMBRICULTURA FIEBRE AFTOSA INGENIERÃA GENÃTICA ADN ORGANISMOS GENÃTICAMENTE MODIFICADOS CULTIVOS BIOLÃGICOS HERBICIDAS FLORA Y FAUNA SANIDAD ANIMAL ORGANISMOS TRANSGÃNICOS AGRICULTURA ORGÃNICA DERECHOS DEL CONSUMIDOR educación a distancia (instituto universitario P.F.A) 238 tomo 1 derecho de los recursos naturales ) educación a distancia (instituto universitario P.F.A) 239derecho de los recursos naturales tomo 1) Determine cuál es la importancia de un correcto programa de sanidad animal a partir del siguiente informe elaborado por el Inta. ai) actividad introductoria abogacÃa a distancia La importancia de un programa de sanidad animal en la producción deLa importancia de un programa de sanidad animal en la producción deLa importancia de un programa de sanidad animal en la producción deLa importancia de un programa de sanidad animal en la producción deLa importancia de un programa de sanidad animal en la producción de cerdos a campo. cerdos a campo. cerdos a campo. cerdos a campo. cerdos a campo. Fuente: INTA Marcos JuárezINTA Marcos JuárezINTA Marcos JuárezINTA Marcos JuárezINTA Marcos Juárez Dentro de la producción porcina un pilar fundamental es la sanidad, complementario con las técnicas de manejo, la calidad genética y la nutrición. Si uno de ellos falla o se conduce desorganizadamente, no es de esperar buenos resultados a la hora de vender el producto. En el caso de la sanidad, según explica el Dr. Jorge Brunori, técnico del Area Producción Animal del INTA Marcos Juárez, los gastos son mÃnimos en relación a esos otros pilares y el beneficio es inversamente proporcional. âUn plan sanitario no se debe tomar como algo rÃgido, como una receta, sino que debe adecuarse a cada establecimiento. Probablemente, el plan sanitario que se implemente en un criadero no se pueda implementar en otro, porque está compuesto de una serie de elementos que hacen que responda a cada caso en particular. Para ser más claro, se podrÃa incluir una vacuna contra neumonÃa en un establecimiento y no en otro, que puede tener otro tipo de neumonÃa. Se trata de una estrategia, una planificación que responde a las demandas de cada establecimiento en particular. Si bien no existe una receta universal, dentro de lo que es un esquema sanitario hay ciertos parámetros que deben respetarse y que el veterinario enfoca como base adecuándolo a cada criaderoâ, comenta Brunori. âA su vez, un plan debe ser cumplido sistemáticamente. El productor y el veterinario asumen una especie de pacto mediante el cual el primero cumplirá las directivas de ese plan. Si debe vacunar o desparasitar a una determinada edad, lo debe hacer. Si debe desparasitar a los 30 y a los 60 dÃas, tendrá que hacerlo. Si se hace una serologÃa para brucelosis semestral, tendrá que cumplirla. Si se hace una sola vez la serologÃa y después no se repite, deja de ser sistemático y pasa a ser una tarea sanitaria puntual que no cumple ningún tipo de función y que genera un gasto innecesario y muy poco efectivo. Se trata de un compromiso. A su vez, el compromiso de parte del profesional, es elaborar un plan sanitario que sea práctico para los criaderos al aire libreâ. Según Brunori, cuando se idea un plan sanitario educación a distancia (instituto universitario P.F.A) 240 tomo 1 derecho de los recursos naturales ) respondiendo a lo que se diagnosticó en cuanto a enfermedades presentes en el criadero, se debe hacer lo más práctico posible, para que pueda ponerse en marcha. âEsto es sumamente importante para los sistemas al aire libre, porque si no termina siendo una cargaâ, acentúa el técnico. Beneficios de cuidar el plantelBeneficios de cuidar el plantelBeneficios de cuidar el plantelBeneficios de cuidar el plantelBeneficios de cuidar el plantel Un sistema de producción animal es como una mesa de varias patas, como la genética, el manejo, la alimentación, y otra importante es la sanidad. Si a esa mesa le falta esta pata, no está completa. Cualquier animal enfermo, o con parásitos, o algún virus o bacteria, sin ninguna duda no podrá convertir toda el alimento que se le está suministrando y que en el caso de la producción de cerdos es el insumo más costoso en la cantidad de carne producida. âEntre otras cosas, afecta la ganancia de peso diaria del animal, porque está sufriendo un proceso patológico que le impide realizar de manera eficiente la conversión alimenticia. Esto se ejemplifica de la siguiente manera -comenta Brunori: se puede lograr un capón a los seis meses, seis y medio; pero, si el animal está enfermo es probable que a los seis meses pese un 20 o un 30% menos de lo que deberÃa. Ahà se invirtió tiempo, comida, y el animal no rindió lo que se esperaba. Es un eslabón más para lograr un capón en el término, con la cantidad de comida y con la calidad que se deseaâ. Por otro lado, la sanidad es uno de los insumos más baratos. Se ha establecido en la unidad demostrativa que los costos de que la sanidad no superan el 4 o 5 % del costo del kg. de cerdo. Si se lo compara con la alimentación, que ronda el 70% del costo del Kg., realmente es un insumo muy importante y muy barato. Para el Dr. Brunori, no existen los justificativos que se aducen en materia de costo: âen esta actividad, que hasta ahora era bastante cÃclica en cuanto a precios y ahora se ha estabilizado, cuando el precio bajaba, el productor lo primero que ahorraba era en sanidad y como vemos es un aspecto sumamente importante y de escasa incidencia económica. Cuando las cosas están desfavorables lo ideal es ajustar los números por el lado de la alimentación. No significa esto que haya que hacerla mal sino que hay que utilizar elementos lo más baratos posibles para disminuir los costos. Pero no en sanidad, que es tan importante como la alimentación pero mucho más barata. Cuando se implementó un plan sanitario que fue ideado y que compromete al productor se tiene que cumplir siempre, valga poco el cerdo o tenga un buen precio. Porque de descuidar eso, se puede introducir en el criadero una brucelosis, una leptospira, un parvovirus y hacer un daño productivo terribleâ. Y seguramente difÃcil de superar a la hora de aprovechar la hora de los buenos precios. educación a distancia (instituto universitario P.F.A) 241derecho de los recursos naturales tomo 1) UNIDAD 4 ( LA EXPLOTACIÃN AGRÃCOLO - GANADERA ) Hemos hecho mención a la vegetación que existe en nuestro paÃs, pero pasemos a analizarla brevemente: la vegetación natural varÃa enormemente en función de los diferentes climas y regiones topográficas del paÃs. En la cálida y húmeda región del noreste abunda la vegetación tropical, con árboles como la palmera, el palo de rosa, el palosanto, el jacarandá, el quebracho colorado (fuente del tanino) y el ceibo. En la Pampa, las hierbas son la principal variedad de flora autóctona; en esta región y en la mayor parte de la Patagonia prácticamente no existen árboles, a excepción de variedades importadas resistentes a la sequÃa, como el eucalipto, el sicómoro, el álamo y la acacia. En los Andes Patagónicos existen densos bosques de Nothofagus (coihues, lengas, ñires), conÃferas (alerces, araucarias y cipreses) y otros árboles como los arrayanes, maitenes y radales. Por el contrario, en las estribaciones andinas de la Patagonia y en algunas zonas de Tierra del Fuego existen densos bosques de conÃferas, en especial abetos, cipreses, pinos, cedros y arrayanes. Los cactus y otras plantas espinosas predominan en las áridas regiones andinas del noroeste argentino. También hicimos mención sobre los animales que viven en nuestro territorio. En el norte, tenemos una fauna muy diversa y abundante; entre los mamÃferos de estas zonas pueden destacarse el mono (varias especies), el jaguar, el puma, el ocelote, el oso hormiguero, el tapir, el pecarà y el zorrino. Entre las aves tenemos flamencos, y varias especies de colibrÃs y loros. En la Pampa hay armadillos, zorros, martas, gatos monteses, liebres, ciervos, ñandúes o avestruces americanos, águilas, halcones, garzas, chorlitos y la perdices. La flora y la fauna. La agricultura. La apicultura: normativa vigente. La lombricultura educación a distancia (instituto universitario P.F.A) 242 tomo 1 derecho de los recursos naturales ) En las regiones andinas están las llamas, el guanaco, la vicuña, la alpaca y el cóndor. Los peces abundan en las costas, lagos y arroyos. En los últimos tiempos, nuestro paÃs ha sufrido muchas y drásticas variaciones, pero digamos que tradicionalmente la producción agrÃcola y ganadera ha sido el sostén de la economÃa, aunque los sectores industrial, minero, pesquero y de servicios, han registrado un marcado crecimiento en las últimas décadas. Argentina ha sido una de las principales naciones productoras de carne, cereales y aceite del mundo. En la actividad fabril, las empresas que han continuado con sus actividades produjeron alimentos y bebidas, materiales metalúrgicos, automóviles, petróleo refinado, productos textiles y cemento. En años normales, Argentina cosechaba suficientes productos agrÃcolas no sólo para satisfacer la demanda interna, sino también para exportar los excedentes. Para clarificar la distribución que posee nuestro territorio y el aprovechamiento que de él hacemos no podemos dejar de lado el siguiente esquema: Del total de la superficie del paÃs (unos 280 millones de hectáreas), poco más del 50% se utiliza para el pastoreo, menos del 22% para explotación forestal y aproximadamente el 4% para cultivos permanentes. Aproximadamente el 13% de la tierra es cultivable. La principal zona agrÃcola del paÃs está ubicada en la provincia de La Pampa en la que se produce una importante cantidad de trigo y otros cereales. Las regiones explotadas de RÃo Negro, Neuquén, Mendoza, San Juan y las provincias del noroeste son ricas en explotaciones frutÃcolas y vitivinÃcolas. Tucumán, Salta y Jujuy se caracterizan por la producción de caña de azúcar. La producción ganadera es un sector importantÃsimo en la economÃa argentina, ARGENTINA: 280 millones de hectáreas PASTOREO 50 % EXPLOTACIÃN FORESTAL 22 % CULTIVOS PERMANENTES 4 % educación a distancia (instituto universitario P.F.A) 243derecho de los recursos naturales tomo 1) al igual que la carne congelada al vacÃo y el procesamiento de subproductos. Los caballos argentinos se han ganado fama internacional en el mundo de la hÃpica y del polo. El Sudeste de la provincia de Buenos Aires tiene áreas con gran variedad de suelos y condiciones. Las áreas se clasifican de acuerdo a la aptitud de los suelos: ⢠de aptitud ganadera: integrada por la cuenca del rÃo Salado, son los que cuentan con menores problemas de degradación; el efecto del hombre sobre el suelo no ha sido realmente muy importante. ⢠de aptitud agrÃcola: sometidos a un manejo de tipo tradicional (arado de reja, rastra de disco, etc.), sufrieron un grado de deterioro variable en función de la historia de los lotes. Es una zona tÃpica en el cultivo de papa, el cual exige la realización de una gran cantidad de labores en el suelo, trayendo como principal problema, la pérdida de sus caracterÃsticas originales. En forma natural, estos suelos tienen muy altos contenidos de materia orgánica, tenemos que hablar de valores de 6 a 6,5% de materia orgánica, contenidos realmente elevados, los que sometidos a manejos agrÃcolas convencionales, disminuyen su contenido de esta materia orgánica a valores de un 5%, con el agravante de que la fracción de la materia orgánica que se pierde es la más rica del suelo. La solución para evitar esto, serÃa la siembra directa , es decir, dejar los residuos sobre la superficie del suelo y no mover la tierra para dejar que formen una capa protectora, que permita evitar el efecto erosivo que tiene la gota de lluvia en el suelo desnudo. Según cálculos del INTA, en el año 2000, la totalidad de las pérdidas generadas por la erosión de los suelos, provoca una pérdida anual de un valor cercano a los 3 mil millones de dólares. El hecho de implementar una práctica como la siembra directa implica un cambio en todo su sistema de producción, con importantÃsimos incrementos en las inversiones. El trigo es el cultivo más importante y Argentina se encuentra entre los principales productores mundiales. Otros cereales importantes son el maÃz, la avena, la cebada, la soja, el sorgo, el lino, el girasol, la caña de azúcar, el algodón, las patatas (papas), el arroz, la yerba mate, el manà y el tabaco, asà como uvas, manzanas y cÃtricos. educación a distancia (instituto universitario P.F.A) 244 tomo 1 derecho de los recursos naturales ) Buenos Aires, es también una provincia que posee una vasta experiencia en la producción tanto agrÃcola como ganadera. De ahà que el Código Rural de la Provincia, en su artÃculo 49 sostiene que âEl Poder Ejecutivo, por intermedio del organismo competente, controlará la conservación del suelo, a cuyo efecto estará facultado para: a) Efectuar el relevamiento edafológico del territorio de la Provincia y establecer la aptitud de las tierras para agricultura, ganaderÃa, bosque y reserva; b) Determinar y difundir técnicas de manejo cultural y recuperación de suelos; c) Establecer normas obligatorias para el mejor aprovechamiento de la fertilidad y fijar regÃmenes de conservación; d) Ejecutar obras imprescindibles de conservación del suelo que por razones de magnitud o localización quedan excluidas de la acción privada; e) Asesorar en la ejecución de trabajos de conservación del suelo agrÃcola y propender a la formación de una conciencia conservacionista desde la enseñanza elemental; f) Formar técnicos especializados en conservación de suelosâ. El artÃculo siguiente del mencionado Cuerpo, dice que âEl Poder Ejecutivo podrá prohibir o limitar temporariamente la decapitación del suelo agrÃcola para fines indus- triales cuando ello implique riesgo para el mantenimiento de reservas hortÃcolas vecinas a centros urbanos. Por decapitación debe entenderse la eliminación de la capa superficial del suelo cultivable y que anula sus condiciones naturales para la producción agrÃcolaâ. A pesar de los retrocesos de la década de 1980 y la profunda crisis en la que hemos entrado principalmente en este último tiempo, la exportación de ganado continuó teniendo un importante papel en el comercio internacional. En 1994 los ingresos en concepto de carne y pieles constituyó el 11% del total de las exportaciones. El paÃs produce y exporta grandes cantidades de lana. Aproximadamente el 40% de las ovejas se crÃan en la Patagonia. educación a distancia (instituto universitario P.F.A) 245derecho de los recursos naturales tomo 1) La apicultura.La apicultura.La apicultura.La apicultura.La apicultura. La formidable interdependencia que se da entre abejas y plantas, significan grande fuentes de bienestar para el hombre representadas por mayor cantidad de semillas, frutos, bayas, forrajes y fibras, entre otros. Las plantas productoras de la mayor parte de los alimentos, necesitan de un agente que transporte el polen de una flor a otra, para efectuar la fertilización de las semillas evitando asà una autofecundación, lo que llevarÃa a la especie a una degradación genética. Este trabajo se denomina polinización, y los insectos transportadores seEste trabajo se denomina polinización, y los insectos transportadores seEste trabajo se denomina polinización, y los insectos transportadores seEste trabajo se denomina polinización, y los insectos transportadores seEste trabajo se denomina polinización, y los insectos transportadores se conocen como nubos.conocen como nubos.conocen como nubos.conocen como nubos.conocen como nubos. Las principales formas de realizarse el proceso de polinización: ⢠AnemófilaAnemófilaAnemófilaAnemófilaAnemófila: polinización por el viento ⢠HidrófilaHidrófilaHidrófilaHidrófilaHidrófila: polinización por agua ⢠EntomófilaEntomófilaEntomófilaEntomófilaEntomófila: polinización por insectos ⢠OrnitófilaOrnitófilaOrnitófilaOrnitófilaOrnitófila: polinización por aves ⢠AlogamiaAlogamiaAlogamiaAlogamiaAlogamia: polinización cruzada ⢠AutogamiaAutogamiaAutogamiaAutogamiaAutogamia: con autopolinización ⢠CleistogamaCleistogamaCleistogamaCleistogamaCleistogama: autopolinización debido a que los botones florales permanecen cerrados ⢠DicogamiaDicogamiaDicogamiaDicogamiaDicogamia: planta incapaz de autopolinizarse debido a que los estambres y carpelos maduran en momentos distintos ⢠ProtandriaProtandriaProtandriaProtandriaProtandria: polen de una flor madura se libera antes de que el estigma llegue a ser receptivo ⢠ProtóginaProtóginaProtóginaProtóginaProtógina: cuando el estigma llega a ser receptivo antes de que maduren los estambres de la misma flor. ⢠CantarófilaCantarófilaCantarófilaCantarófilaCantarófila: polinización por escarabajos ⢠MalacófilaMalacófilaMalacófilaMalacófilaMalacófila: polinización por caracoles y babosas educación a distancia (instituto universitario P.F.A) 246 tomo 1 derecho de los recursos naturales ) ⢠QuiropterófilaQuiropterófilaQuiropterófilaQuiropterófilaQuiropterófila: polinización por murciélagos. Recordemos que el polen es la unidad biológica masculina vegetal y en el caso de las abejas, éstas visitan durante un dÃa de trabajo, a una sola familia de plantas, por lo que su acción polinizadora es un 100 % efectiva, aumentando la cantidad y calidad de la producción. Las poblaciones de abejas pueden criarse fácilmente y en cantidad, pudiéndose ser transportadas hacia donde haga falta su acción sin contar con el beneficio secundario de la cosecha de la miel. El valor de la polinización cruzada siempre es positivo frente a la autofecundación, por la mayor variabilidad genética, y por las continuas recombinaciones. Según su actividad polinizadora, los insectos pueden clasificarse en: 1. Polilécticos: Cuando visitan muchas especies de plantas. 2. Oligolécticos: Si la actividad se reduce a una sola familia de plantas. 3. Monolécticos: Si visitan una sola especie vegetal. Las abejas melÃferas y los melipónidos pertenecen a la primera clasificación. Por lo que son de nuestro mayor interés, por cuanto podemos criarlas en cualquier parte. Básicamente, los nidos de las abejas resguardan a sus crÃas en el centro del panal, rodeados como protección, de finas hojas de cera llamadas involucro. Hacia la periferia están los potes de cera que contienen el polen y la miel. Cada especie de abeja necesita un espacio para los panales de crÃa. Para que la apicultura pueda ser considerada un recurso sustentable, es vital otorgarle a las abejas, la cosecha de miel y el polen condiciones de anidamiento natu- ral, para evitar perjuicios con la destrucción de su estructura nidal. Las normas de la Unión Europea prohÃben mieles que contengan residuos de antibióticos, fluvalinato y acaricidas de sÃntesis, ácido fénico. La única forma de estar seguros que nuestras mieles no sean rechazadas en un futuro es no usar estos tipos de productos en la colmena. Para criar abejas sanas, los apicultores tiene en cuenta los siguientes factores: educación a distancia (instituto universitario P.F.A) 247derecho de los recursos naturales tomo 1) 1º Calidad genética de las abejas: 1º Calidad genética de las abejas: 1º Calidad genética de las abejas: 1º Calidad genética de las abejas: 1º Calidad genética de las abejas: En algunos casos, el hombre no ha considerado en la multiplicación de las abejas, los factores hereditarios que deben preservar para conservarse sanas: una abeja mansa normalmente no retira las larvas enfermas o muertas, no limpia el interior de la colmena ni se defiende de los agresores. Otras caracterÃsticas que no se tuvieron en cuenta son: 1. la capacidad de recolectar propóleos, (una abeja que no fabrica su antibiótico natural y depende totalmente de los antibióticos de sÃntesis con gran provecho de los laboratorios y gasto para los productores). 2. la capacidad de cambiar automáticamente sus propias reinas: son las colmenas más productoras. El sistema immunológico de la colonia está compuesto por: - Abejas sanitarias - Abejas defensivas - Abejas propolizadoras Una abeja con un sistema imunológico fuerte, que mantiene siempre reinas jóvenes y vigorosas, bien alimentada , es una abeja que no se enferma 2º El medio: 2º El medio: 2º El medio: 2º El medio: 2º El medio: Lo ideal serÃa separar los grupos de más de 50 colmenas al menos por una distancia de 2 km., teniendo en cuenta una floración escalonada, rica en néctar polen y propóleos. 3º La alimentación: 3º La alimentación: 3º La alimentación: 3º La alimentación: 3º La alimentación: la abeja debe alimentarse con lo más semejante al néctar y con infusiones ricas en minerales, aceites esenciales, vitaminas y oligoelementos necesarios para su salud. Normativa vigente.Normativa vigente.Normativa vigente.Normativa vigente.Normativa vigente. Codex Stan 12-1981: Norma del Codex para la miel. â1. AMBITO DE APLICACIÃN: (...)â1. AMBITO DE APLICACIÃN: (...)â1. AMBITO DE APLICACIÃN: (...)â1. AMBITO DE APLICACIÃN: (...)â1. AMBITO DE APLICACIÃN: (...)se aplica a todas las mieles producidas por abejas obreras y regula todos los tipos de formas de presentación de la miel que se ofrecen para el consumo directo (...) educación a distancia (instituto universitario P.F.A) 248 tomo 1 derecho de los recursos naturales ) 2. DESCRIPCIÃN: (...) 2. DESCRIPCIÃN: (...) 2. DESCRIPCIÃN: (...) 2. DESCRIPCIÃN: (...) 2. DESCRIPCIÃN: (...) Se entiende por miel la sustancia dulce natural producida por abejas obreras a partir del néctar de las flores o de secreciones de partes vivas de las plantas o de excreciones de insectos succionadores de plantas que quedan sobre partes vivas de plantas, que las abejas recogen, transforman y combinan con sustancias especÃficas propias, y almacenan y dejan en el panal para que madure y añeje. (...) se compone esencialmente de diferentes azúcares, predominantemente fructosa y glucosa. El color de la miel varÃa desde casi incoloro a pardo oscuro. Su consistencia puede ser fluida, viscosa o total o parcialmente cristalizada. El sabor y el aroma varÃan, pero se posee los de la planta de que procede. (...) (...) 2.3.3 Según su presentación. La miel que satisface todos los criterios de composición y calidad establecidos en la Sección 3 de esta norma, puede ser presentada de las siguientes formas: a) Miel, la miel en estado lÃquido o cristalizado o una mezcla de ambas; b) Miel en panal, la miel almacenada por las abejas en panales recién construidos, sin larvas, y vendida en panales enteros cerrados o secciones de tales panales; c) Miel con trozos de panal, la miel que contiene uno o más trozos de panal de miel; d) Miel cristalizada o granulada, la miel que ha experimentado un proceso natu- ral de solidificación como consecuencia de la cristalización de la glucosa. e) Miel cremosa (o montada) es la miel que tiene una estructura cristalina fina que puede haber sido sometida a un proceso fÃsico que le confiera esa estructura y que la haga fácil de untar. (...)â Código Alimentario Argentino: CapÃtulo X: Polen CapÃtulo X: Jalea Real CapÃtulo XIII: Hidromiel Res. 1051/94: tipificación por origen botánico. Res. 274/95: modificatoria de la 1051/94 Res. GMC 15/94: Reglamento Técnico MERCOSUR de identidad y calidad de miel. Res. 220/95, 111/96, 121/98 Res. SENASA: 233/98 Res. 270/00: miel orgánica Res 530/00: creación del Comité consultor - Asesor de apicultura Res.MERCOSUR 80/96 educación a distancia (instituto universitario P.F.A) 249derecho de los recursos naturales tomo 1) Legislación ApÃcola provinciales: Pcia. de Buenos Aires, Chaco, Chubut, Córdoba, Entre RÃos, La Pampa, Misiones, RÃo Negro, San Juan, San Luis, Santa Fe, Tucumán. La lombricultura.La lombricultura.La lombricultura.La lombricultura.La lombricultura. El restablecimiento del equilibrio ecológico y su posterior mantenimiento es el problema más complejo que debe afrontar a corto plazo el hombre en un marco de progreso dentro de un desarrollo sustentable que no comprometa al futuro. Esta actividad logró auge en la década del â70 en EE.UU. y del â80 en Italia. Actualmente se está difundiendo en otros paÃses y Argentina no quedó afuera de ello. En Europa y en EE.UU. la lombricultura se estudia en varias universidades con toda la tecnologÃa cientÃfica disponible dado el potencial de esta disciplina como una muy próxima solución al problema de los residuos y los cultivos, fundamentalmente en la recuperación de suelos deprimidos. La carne de la lombriz a través de diferentes sistemas de secado se transforma en una harina de altÃsimo valor proteico utilizada, en la manufactura de alimentos como complemento proteico en la elaboración de hamburguesas, picadillos y embutidos. En la alimentación animal, se emplea para preparar alimentos balanceados. La respuesta natural, simple y económica a muchos de los problemas ocasionados por la contaminación orgánica es la implementación de la lombricultura, una biotecnologÃa que utiliza como principal herramienta a la lombriz, encargada de reciclar todo tipo de materia orgánica, reconvirtiendo residuos biodegradables transformándolos en fertilizantes orgánicos. Conceptos básicos como son el reciclado, la lombricultura, el abonado y los cultivos naturales en pequeña escala, pueden ser desarrollados en cualquier ámbito. La importancia del accionar de la lombriz en la tierra es vital, asombrando por su capacidad recicladora. La lombriz constituye la primer biomasa animal de la tierra y probablemente más del 50% de la masa total de los animales de Europa, promediando de 0.5 a 2 Tn/ Ha. Se considera que en una buena superficie de campo, convive bajo tierra más carne de lombriz que de ganado pastando en superficie. Las lombrices ingieren todos los residuos y luego que los mismos pasan por su educación a distancia (instituto universitario P.F.A) 250 tomo 1 derecho de los recursos naturales ) tracto digestivo sus excreciones se convierten en el âlombricompuestoâ o âhumus de lombrizâ, siendo este el fertilizante orgánico de mayor importancia en el reino vegetal. Son organismos anatómicamente sencillos muy bien adaptados a su ambiente, de cuerpo viscoso, necesitan mantenerse frÃo y húmedo para sobrevivir, puesto que los rayos ultravioletas las matan en pocos minutos. Su coloración varia con la edad. Son blancas al nacimiento, rosadas a los diez dÃas rojizas cuando son adultas, alcanzando la madurez sexual a los tres meses, teniendo en esta altura de su vida una longitud de 6 a 8 cm. Y un diámetro de 3 a 5 mm. Desde el nacimiento son autosuficientes; comen solas y necesitan para vivir que el sustrato donde se encuentran sea lo suficientemente húmedo y tierno para poder ser perforado por su minúscula boca. Para alimentarse, la lombriz chupa la comida por su boca, la cual, al llegar a su estómago, unas glándulas se encargan de segregar carbonato cálcico que neutraliza los ácidos presentes en la comida ingerida. Producto de esto, el humus eliminado tiene un PH neutro, con todos sus beneficios como abono y fitosanitario para los cultivos. El humus de lombriz es una sustancia inodora, muy parecida a la borra del café en cuanto a su aspecto externo, y en comparación a fertilizantes quÃmicos, la presencia de nitrógeno, potasio, fósforo y calcio en su composición interna es cinco veces supe- rior. En la industria farmacéutica se utiliza el colágeno presente en las lombrices y, a partir del lÃquido celomático, se han elaborado antibióticos. La medicina también ha puesto en estudio a este anélido por su capacidad de regeneración de los tejidos y su inmunidad. La producción de humus está Ãntima e inseparablemente ligado al reciclado de basura: come basura y excreta humus. Transforma un grave problema en el más rico fertilizante orgánico. Cuando la cosecha del lecho es prematura , se obtendrá WORM CASTINGSWORM CASTINGSWORM CASTINGSWORM CASTINGSWORM CASTINGS, que todavÃa nonononono es humus,humus,humus,humus,humus, es lombricompuestolombricompuestolombricompuestolombricompuestolombricompuesto (excremento de lombrices obtenido mediante la crÃa intensiva de ciertas variedades de lombrices alimentadas con desechos orgánicos). A diferencia de otros abonos orgánicos naturales es utilizado por las plantas en el estado que se encuentra sin necesidad de sufrir otras transformaciones porque contiene grandes cantidades de calcio, potasio, fósforo, enzimas que fertilizan el suelo, y elementos fitoreguladores que inciden positivamente sobre el crecimiento de las plantas. educación a distancia (instituto universitario P.F.A) 251derecho de los recursos naturales tomo 1) Por eso se dice que el lombricompuesto es el fertilizante orgánico por excelencia y prácticamente único por su elevada carga bacteriana y enzimática. El Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria, dependencia surgida de la fusión del ex IASCAV y del ex SENASA, es el ente oficial que supervisa el sistema de control de calidad de la producción orgánica. En él las normas que se encargan de resguardar las producciones del campo se elaboran y se actualizan con la constancia necesaria. Si un productor necesita una certificación para continuar con su actividad, el primer paso es acercarse al SENASA para conocer las exigencias de la normativa oficial y recibir un listado de las entidades certificadoras habilitadas para tomar luego el contacto de rigor con ellas. JurÃdicamente, las normas sanitarias y de seguridad son disposiciones públicas de cumplimiento obligatorio, susceptibles de ser fiscalizadas y sancionadas ante su incumplimiento. Las normas y sistemas de calidad son en cambio, de adopción voluntaria y establecen las pautas de identificación y diferenciación de un producto o servicio. El mÃnimo exigible respecto de la calidad se fundamenta en aquellas disposiciones legales que establecen: regulaciones sanitarias, regulaciones de seguridad y regulaciones de lealtad comercial. De lo expuesto podemos decir que existe la siguiente normativa a nivel nacional: del SENASA, del Código Alimentario, de Lealtad Comercial, de Defensa del Consumidor, entre otras y a nivel internacional todas estas exigencias están comprendidas en lo establecido por el Códex Alimentarius. La Organización Mundial del Comercio incluye dentro de sus 24 Acuerdos, dos que se refieren a la inocuidad de los alimentos: · Obstáculos Técnicos y · Medidas Sanitarias y Fitosanitarias, En estos Acuerdos se reconocen las normas, directrices y recomendaciones de la Sanidad vegetal y sanidad animal. Legislación. La fiebre Aftosa educación a distancia (instituto universitario P.F.A) 252 tomo 1 derecho de los recursos naturales ) comisión del Códex Alimentarius. En Argentina, la Organización mencionada fue aprobada por el Parlamento a través de la Ley 24425 del 1º de enero de 1995, convirtiéndose asà en la norma (Códex Alimentarius) con la cual se valoran las condiciones higiénico-sanitarias de los alimentos. La calidad está determinada por aquellos atributos del producto que cada productor de alimentos se impone, el grado de diferenciación que desea obtener y el mercado al que quiere acceder, es decir, de acuerdo al consumidor al que desea llegar. En base a esto, decide el sistema de calidad que está dispuesto a comprometer para su proceso-producto: HACCP, ISO o TQM. Los instrumentos que pueden ser utilizados para regular calidad son los protocolos, conjuntos de especificaciones técnicas para la producción de un bien o servicio. El cumplimiento de estas especificaciones de procesos o productos por parte de una empresa puede ser reconocido a través de certificados de conformidad, que son otorgados por organismos certificadores. Si nos detenemos a analizar los organismo públicos encargados de la fiscalización, nos encontramos con los siguientes: SecretarÃa de Agricultura, Pesca y Alimentación.SecretarÃa de Agricultura, Pesca y Alimentación.SecretarÃa de Agricultura, Pesca y Alimentación.SecretarÃa de Agricultura, Pesca y Alimentación.SecretarÃa de Agricultura, Pesca y Alimentación. Se ocupa de definir las polÃticas de desarrollo, promoción, calidad y sanidad de los productos, industrializados o no, para consumo alimentario de origen vegetal o animal, asà como, del control comercial del mercado de carnes y subproductos de la ganaderÃa. A través de la SubsecretarÃa de Alimentación coordina el estudio de los distintos factores que afectan el desarrollo de la producción de alimentos, evalúa sus tendencias, e impulsa el desarrollo de dicha actividad. Propone y coordina la polÃtica de desarrollo, promoción y calidad de productos (industrializados o no), la ejecución de las polÃticas de comercialización, regula y fiscaliza la producción agroalimentaria y realiza el seguimiento de los mercados agropecuarios y agroindustriales, negociando internacional, comercial y sanitariamente estos rubros. Servicio Nacional Sanidad y Calidad Agroalimentaria.Servicio Nacional Sanidad y Calidad Agroalimentaria.Servicio Nacional Sanidad y Calidad Agroalimentaria.Servicio Nacional Sanidad y Calidad Agroalimentaria.Servicio Nacional Sanidad y Calidad Agroalimentaria. se ocupa de realizar auditorÃas y capacitar en temas como HACCP, organización, implementación, y de cuestiones como: packaging, clasificación de los productos y alimentos, almacenamiento, manufactura, etc. El Decreto Nº 2194 estableció el Sistema Nacional de AlimentosSistema Nacional de AlimentosSistema Nacional de AlimentosSistema Nacional de AlimentosSistema Nacional de Alimentos, para âasegurar el fiel cumplimiento del Código Alimentario Argentinoâ. Se halla integrado por: educación a distancia (instituto universitario P.F.A) 253derecho de los recursos naturales tomo 1) * Comisión Nacional de Alimentos (CONAL), * SENASA, * IASCAV, la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y TecnologÃa Médica (ANMAT) a través del Instituto Nacional de Alimentos (INAL). Las autoridades sanitarias provinciales y de la Municipalidad de Buenos Aires han sido invitadas a integrarlo. Como disposiciones reglamentarias del Código Alimentario Argentino existen: el Reglamento de Inspección de Productos, Subproductos y Derivados de Origen Ani- mal (Decreto Nº 4238/68) y la Reglamentación de Frutas y Hortalizas (Decreto Nº 9244/ 63), cuyas autoridades de aplicación son el SENASA y el IASCAV, respectivamente, fusionadas actualmente en el Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria. El Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (SENASA) es el encargado de ejecutar las polÃticas que dicte el Gobierno Nacional, en todo lo referente a salud y sanidad animal y vegetal, programando las tareas necesarias para diagnosticar, prevenir, controlar y erradicar las enfermedades y plagas propias de los animales y vegetales. Además, el Organismo ejerce el contralor, la fiscalización y la certificación de la sanidad y calidad de los productos y subproductos de origen animal y vegetal, elaborando las normas técnicas necesarias, a través de la instrumentación de distintos programas nacionales o regionales, tendientes a preservar y mejorar el patrimonio fitozoosanitario del paÃs, dando cumplimiento al objetivo de poder lograr seguridad higiénico-sanitaria de los alimentos tanto en el mercado local, como para la importación y exportación. Asimismo, desarrolla actividades vinculadas con el dictado de normas para el registro, aprobación, contralor y fiscalización de todos los productos, insumos y laboratorios utilizados en las diferentes etapas de la cadena productiva. Finalmente, le corresponde entender en todo lo relacionado al control y registro de agroquÃmicos, fertilizantes y enmiendas asà como todo lo atinente a fármacos de uso veterinario y alimentos balanceados para animales. Además de las funciones que cumplen los organismos nacionales integrantes de la CONAL, las provincias y los municipios realizan habilitaciones, llevan registros y realizan el seguimiento del cumplimiento del Código Alimentario Argentino, en sus respectivas educación a distancia (instituto universitario P.F.A) 254 tomo 1 derecho de los recursos naturales ) jurisdicciones. Instituto Nacional de AlimentosInstituto Nacional de AlimentosInstituto Nacional de AlimentosInstituto Nacional de AlimentosInstituto Nacional de Alimentos. Este organismo tiene la función de âcontrolar y fiscalizar la calidad y cantidad de alimentos acondicionados, por su incidencia en la salud humanaâ. Instituto Nacional de Normas, Calidad y Certificación. Instituto Nacional de Normas, Calidad y Certificación. Instituto Nacional de Normas, Calidad y Certificación. Instituto Nacional de Normas, Calidad y Certificación. Instituto Nacional de Normas, Calidad y Certificación. El decreto 1474/94 creó el Sistema Nacional de Normas, Calidad y Certificación, destinado a brindar instrumentos a las empresas que voluntariamente deseen certificar sus sistemas de calidad (productos/ servicios/procesos) a través de un mecanismo que cuente con organismos de normalización, acreditación y certificación, integrados conforme las normas internacionales. Estas normas son de cumplimiento voluntario. Hemos mencionados algunas siglas que consideramos útil aclarar sus respectivos significados: a. HACCPHACCPHACCPHACCPHACCP. Es el programa de aseguramiento de la calidad que se usa para garantizar la inocuidad de los alimentos en todas las fases de su manipulación, constituyendo con esto un elemento importante en la gestión global de la calidad de los alimentos, más conocida como Buenas Prácticas de Fabricación (BPF), también establecidas en el Codex. b. ISO 9000ISO 9000ISO 9000ISO 9000ISO 9000. es la serie de normas que establece requisitos genéricos sobre sistemas de gestión y garantÃa de la calidad los cuales para ser cumplidos es necesario aplicarlos a todas las caracterÃsticas del producto, incluyendo los que responden a elementos subjetivos. c. TQM o GCTTQM o GCTTQM o GCTTQM o GCTTQM o GCT. Son los Sistemas de Gerenciamiento de la Calidad Total, consistentes en aplicar tanto métodos cuantitativos como el conocimiento de la gente, a fin de evaluar y mejorar los materiales y servicios de la empresa u organización, apuntando a satisfacer las necesidades actuales y futuras del cliente o consumidor. Las siglas HACCP corresponden a Hazard Analysis and Critical Control Points, es decir, âAnálisis de Riesgo y de los Puntos de Control CrÃticoâ), y denomina a un sistema de sanidad alimentaria que la Food and Drugs Administration (FDA) norteamericana, ha comenzado a difundir para que se convierta en el standard usual para todo el sector productor de alimentos. El sistema se basa en los siguientes pasos: ⢠Analizar peligros: Analizar peligros: Analizar peligros: Analizar peligros: Analizar peligros: Se identifican los posibles riesgos asociados con un alimento. educación a distancia (instituto universitario P.F.A) 255derecho de los recursos naturales tomo 1) Pueden ser biológicos, como un microbio; quÃmicos, como el mercurio, o fÃsicos como un vidrio o un metal. ⢠Identificar puntos crÃticos de control. Identificar puntos crÃticos de control. Identificar puntos crÃticos de control. Identificar puntos crÃticos de control. Identificar puntos crÃticos de control. Son los momentos del proceso de producción de un alimento durante los cuales pueden ser controlados o eliminados los posibles peligros detectados. Por ejemplo: la cocción, el enfriado, la higiene en el almacenamiento y otros. ⢠Establecer medidas preventivas con lÃmites crÃticos para cada punto de con-Establecer medidas preventivas con lÃmites crÃticos para cada punto de con-Establecer medidas preventivas con lÃmites crÃticos para cada punto de con-Establecer medidas preventivas con lÃmites crÃticos para cada punto de con-Establecer medidas preventivas con lÃmites crÃticos para cada punto de con- troltroltroltroltrol. Para una comida cocida, por ejemplo, establecer la temperatura mÃnima y el tiempo de cocción requerido para que el alimento obtenido sea sano. ⢠Establecer procedimientos para monitorear los puntos de control.Establecer procedimientos para monitorear los puntos de control.Establecer procedimientos para monitorear los puntos de control.Establecer procedimientos para monitorear los puntos de control.Establecer procedimientos para monitorear los puntos de control. Estos procedimientos determinarÃan quién y cómo va a controlar el tiempo y la temperatura de cocción. ⢠Establecer acciones correctivas en caso de que el monitoreo muestre unEstablecer acciones correctivas en caso de que el monitoreo muestre unEstablecer acciones correctivas en caso de que el monitoreo muestre unEstablecer acciones correctivas en caso de que el monitoreo muestre unEstablecer acciones correctivas en caso de que el monitoreo muestre un lÃmite crÃtico no logradolÃmite crÃtico no logradolÃmite crÃtico no logradolÃmite crÃtico no logradolÃmite crÃtico no logrado. Por ejemplo, desechar o reprocesar un alimento si no fue alcanzada la temperatura mÃnima de cocción. ⢠Establecer un método efectivo para llevar registros que permitan documentarEstablecer un método efectivo para llevar registros que permitan documentarEstablecer un método efectivo para llevar registros que permitan documentarEstablecer un método efectivo para llevar registros que permitan documentarEstablecer un método efectivo para llevar registros que permitan documentar el sistema de Análisis de Riesgo y Puntos CrÃticos de Controlel sistema de Análisis de Riesgo y Puntos CrÃticos de Controlel sistema de Análisis de Riesgo y Puntos CrÃticos de Controlel sistema de Análisis de Riesgo y Puntos CrÃticos de Controlel sistema de Análisis de Riesgo y Puntos CrÃticos de Control. ⢠Establecer procedimientos para verificar que el sistema funcionaEstablecer procedimientos para verificar que el sistema funcionaEstablecer procedimientos para verificar que el sistema funcionaEstablecer procedimientos para verificar que el sistema funcionaEstablecer procedimientos para verificar que el sistema funciona consistentementeconsistentementeconsistentementeconsistentementeconsistentemente. Por ejemplo, controlando el funcionamiento de los instrumentos de medición de tiempo y temperatura para verificar que la unidad de cocción está funcionando correctamente. Sanidad vegetal y sanidad animal: Aftosa.Sanidad vegetal y sanidad animal: Aftosa.Sanidad vegetal y sanidad animal: Aftosa.Sanidad vegetal y sanidad animal: Aftosa.Sanidad vegetal y sanidad animal: Aftosa. En lo que se refiere a la Sanidad Vegetal, nuestro paÃs anualmente se encarga de los siguientes temas: - Erradicar de las distintas áreas del paÃs la plaga Mosca de los Frutos, para poder exportar a nuevos mercados y consolidar aquellos donde existen severas restricciones fitosanitarias y mantener en funcionamiento pleno los puestos de la Barrera Zoofitosanitaria Patagónica, con el objeto de mantener a la Patagonia zona libre de esta plaga, y asà lograr el reconocimiento internacional como tal. - Intensificar el Programa Nacional de Prevención y Erradicación del Picudo Mexicano del Algodonero, con la finalidad de evitar la instalación de esta plaga en la región algodonera argentina, continuando con las redes de monitoreo y con el mejoramiento de las estrategias de erradicación de focos. - Efectuar el diseño y adecuación de un Plan de Sanidad Forestal Nacional, debido educación a distancia (instituto universitario P.F.A) 256 tomo 1 derecho de los recursos naturales ) al enorme incremento de esta actividad que ha producido la sanción de la legislación forestal. - Profundizar las actividades de diagnóstico e identificación de enfermedades vegetales, el registro y habilitación de establecimientos, productos agroquÃmicos, fertilizantes y enmiendas y de establecimientos y laboratorios elaboradores. En materia de Fiscalización Agroalimentaria: - Inspeccionar y certificar productos agroalimentarios de origen animal y vegetal y de material reproductivo de origen animal, interviniendo en las operaciones de exportación, importación y tráfico interno de estos productos. - Fiscalizar el cumplimiento de las normas higiénico sanitarias de establecimientos elaboradores, industrializadores y/o embarcaciones de captura pesquera, o de aquellos que almacenen productos, subproductos y derivados de origen animal comestibles y no comestibles. - Fortalecer los sistemas de cuarentena exterior, categorizando y priorizando los puestos fronterizos terrestres, acuáticos y aéreos, para no permitir la entrada de enfermedades que afecten la salud pública de los consumidores y la sanidad animal y vegetal del paÃs. - Fiscalizar y supervisar los procesos aplicados en la cadena de productos agroalimentarios, la sanidad y calidad animal y vegetal, sus productos y subproductos, destinados a la importación, exportación o consumo interno. - Promover máximas condiciones de calidad en la producción y comercialización de productos agroalimentarios a efectos de que los mismos puedan competir en los mercados local, regional, nacional e internacional. En el ámbito de la Sanidad Animal los organismos estatales se encargan de: - Mantener el status de paÃs libre de aftosa sin vacunación en la Oficina Internacional de Epizooties (OIE), profundizando y afianzando las medidas descriptas en dicho programa y las exigencias sanitarias internacionales, a fin de lograr un status sanitario que permita no sólo conservar los mercados conquistados, sino también capturar otros que han estado vedados por más de setenta años. educación a distancia (instituto universitario P.F.A) 257derecho de los recursos naturales tomo 1) - Profundizar las actividades de diagnóstico e identificación de enfermedades animales y el registro y habilitación de establecimientos, productos biológicos y laboratorios elaboradores. - Efectuar la fiscalización, supervisión, monitoreo y certificación sanitaria, que como funciones y responsabilidades indelegables del Estado, se ejecutan a nivel de establecimientos pecuarios, remates, ferias y mercados de ganado, como asà también en barreras sanitarias, y realización de controles de rutas. - Intensificar el plan nacional de control y erradicación de brucelosis y tuberculo- sis a efectos de evitar importantes perdidas económicas, eliminar las limitaciones al comercio internacional y lograr la producción de alimentos con sanidad certificada de origen. - Intensificar los distintos planes existentes y establecer nuevos planes nacionales de lucha, control, prevención y/o erradicación de las enfermedades de los animales, alguna de las cuales son transmisibles al hombre, resultando altamente peligrosas para la salud humana. La fiebre aftosa es una enfermedad infecto-contagiosa, que afecta naturalmente a los animales tanto domésticos como salvajes y artificialmente a otras especies como el ratón y el cobayo, entre otros. Se caracteriza clÃnicamente por presentar vesÃculas localizadas preferentemente en las mucosas, en la ubre y en las patas. No afecta al hombre, pero éste puede ser el portador llevando el virus en las vÃas respiratorias desde un rodeo infectado a otro sano. Es sumamente contagiosa aunque no mortal y una de las formas de transmisión serÃa a través de las partÃculas de polvo que flotan en el aire; en casos extremos, puede ocasionarles la muerte a los cerdos, las vacas, las ovejas y las cabras. Tanto las patas como la boca de los animales infectados, sufren ampollas, exceso de saliva, falta de apetito que les ocasiona pérdida de peso, debilidad, y falta de producción de leche. La fiebre aftosa ingresa por cuatro vÃas principales a un rodeo sano, en orden de importancia: 1. Ingreso de animales enfermos o en incubación de la enfermedad. 2. Ingreso de elementos inertes contaminados (camiones/camionetas, maquinaria agrÃcola, calzados de personas, ropa de trabajo, fardos de pasto). educación a distancia (instituto universitario P.F.A) 258 tomo 1 derecho de los recursos naturales ) 3. Ingreso de productos animales contaminados (carne con hueso, pieles frescas, leche fresca). 4. Viento orientado desde un rodeo enfermo (en invierno y con alta humedad). En la actualidad existe una vacuna, no muy utilizada en la Unión Europea, pero sà aplicada en otras partes del mundo. A pesar de esto, el carácter altamente contagioso de la enfermedad puede causar serios problemas de producción para los ganaderos. Los veterinarios británicos creen que la mejor manera de detener una epidemia, de acuerdo lo ocurrido hace un par de años con el brote producido en ese paÃs, es sacrificar a todo el ganado infectado, incinerando los restos de dichos animales y aislando las granjas dentro de un perÃmetro de un kilómetro y medio. Tanto América del Norte como las naciones del PacÃfico y el Caribe están libres de esta enfermedad. Al reiniciarse las actividades de exportación de carne a la Unión Europea, el SENASA (Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria), estableció que los productores ganaderos deben estar inscriptos en el registro de establecimientos rurales proveedores de ganado para faena con destino a la Unión Europea. Para poder despachar a los animales, el frigorÃfico deberá solicitar autorización a la sede jurisdiccional del SENASA, con 48 horas de anticipación. Los productores no pueden hacer uso de anabólicos para el crecimiento de los animales con ese destino y deberán respetar los tiempos de prefaena en los productos veterinarios que haya aplicado a los animales. Asimismo, los camiones para el traslado de la hacienda deben tener el certificado de habilitación, lavado y desinfección y precintos autorizados por el SENASA, para asegurar que los animales vayan directamente del campo al frigorÃfico autorizado para su faena. En abril de 1999, en nuestro paÃs se produjo una vacunación masiva contra la fiebre aftosa. Todo el ganado bovino nacido con posterioridad a esa fecha, se encuentra sin anticuerpos necesarios para evitar la enfermedad, que le proporciona la vacunación. Al respecto, las únicas medidas que pueden tomarse para prevenir rebrotes son los controles en el movimiento e ingreso del ganado. Luego de décadas de mercados cerrados para las carnes nacionales, los ganaderos argentinos, lucharon para que el Estado interviniera a través de una clara polÃtica con educación a distancia (instituto universitario P.F.A) 259derecho de los recursos naturales tomo 1) la utilización de una vacuna oleosa, llegándose con ello al status de paÃs libre con vacunación, permitiendo ir abriendo mercados a medida que pasaban los años sin que surgieran brotes de la enfermedad. La meta estaba cerca, aunque el esfuerzo para combatir la aftosa no se complementó con las medidas de seguridad y prevención para evitar el ingreso del virus desde otros parajes de la región. Para declarar a un paÃs como âlibre de aftosaâ, no significa solamente que no hace falta vacunar, sino que además, está prohibido vacunar, y por lo tanto, no se fabrican más vacuna, salvo un banco para emergencias. Si buscamos en un diccionario el significado de la palabra âtransgénicoâ, nos topamos con la definición de aquello que está concebido artificialmente mediante ingenierÃa genética. Los Organismos transgénicosOrganismos transgénicosOrganismos transgénicosOrganismos transgénicosOrganismos transgénicos, pueden ser tanto animales como vegetales, cuya plantilla genética sufrió una modificación ante el adicionamiento de un gen adicional, provocando esto que sus descendientes hereden este gen âextraâ del mismo modo que heredan los propios. Un organismo transgénico se logra inyectando un gen ajeno en el huevo fertilizado o en las células embrionarias que se generan en los primeros estadios del desarrollo. Este gen que se inyecta queda integrado en el ADN de la célula huésped transmitiéndose asÃ, a todas las células originadas a partir de ella. Para entender porqué es importante un transgénico en términos de biotecnologÃa, bioseguridad y comercio, es necesario echar un vistazo rápido al proceso de su obtención. Existen cinco pasos esenciales en el proceso de ingenierÃa genética en cultivos. Estos pasos son básicamente los mismos para todas las plantas genéticamente modificadas. Estos son: 1. Extracción del ADN. 2. Clonación de un gen. 3. Diseño del gen. 4. Transformación. 5. Mejoramiento por cruce. Organismos transgénicos: genes, ingenierÃa genética, ADN. Organismos genéticamente modificados: riesgos para la salud pública y el medio ambiente educación a distancia (instituto universitario P.F.A) 260 tomo 1 derecho de los recursos naturales ) IngenierÃa genética: genes, ADN. Organismos genéticamente modificados: riesgosIngenierÃa genética: genes, ADN. Organismos genéticamente modificados: riesgosIngenierÃa genética: genes, ADN. Organismos genéticamente modificados: riesgosIngenierÃa genética: genes, ADN. Organismos genéticamente modificados: riesgosIngenierÃa genética: genes, ADN. Organismos genéticamente modificados: riesgos. La ingenierÃa genética es el procedimiento encargado de modificar la información contenida en los genes, transfiriéndolos artificialmente de un organismo a otro para transmitir cualidades deseables entre organismos, por ejemplo para aumentar la resistencia de un vegetal a los herbicidas o aumentar el valor alimenticio. Este procedimiento involucra la manipulación del ADN. La ingenierÃa genética entonces, es el método que modifica las caracterÃsticasLa ingenierÃa genética entonces, es el método que modifica las caracterÃsticasLa ingenierÃa genética entonces, es el método que modifica las caracterÃsticasLa ingenierÃa genética entonces, es el método que modifica las caracterÃsticasLa ingenierÃa genética entonces, es el método que modifica las caracterÃsticas hereditarias de un organismo en un sentido predeterminado alterando su materialhereditarias de un organismo en un sentido predeterminado alterando su materialhereditarias de un organismo en un sentido predeterminado alterando su materialhereditarias de un organismo en un sentido predeterminado alterando su materialhereditarias de un organismo en un sentido predeterminado alterando su material genético.genético.genético.genético.genético. Suele utilizarse para conseguir que determinados microorganismos como bacterias o virus, aumenten la sÃntesis de compuestos, formen compuestos nuevos, o se adapten a medios diferentes. Se desarrollaron cultivos resistentes a plagas, tolerantes a herbicidas, con toxinas contra insectos, etc. Además, se han desarrollado caracterÃsticas como la extensión de los tiempos de maduración en algunas verduras como el tomate e inclusive se han hecho muchos ensayos para introducir cultivos con resistencias a heladas. Pero no todo en la ingenierÃa genética es beneficioso, puesto que en mucos casos, en pro de llegar a encontrar soluciones se han provocado grandes perjuicios. Durante la última década (1990-2000) la producción rural argentina ha duplicado su volumen en comparación con los treinta años anteriores (1960-1990). Por un lado, Argentina ha incrementado su productividad fÃsica y expandido también sus áreas cultivadas incluso, a zonas ambientalmente susceptibles, de la mano de sus cultivos de exportación -âsoja, girasol, maÃz y trigo â por el otro, existen ya marcados indicadores socioeconómicos y ambientales que demuestran que el paÃs está ingresando velozmente a un modelo de subdesarrollo sustentable subdesarrollo sustentable subdesarrollo sustentable subdesarrollo sustentable subdesarrollo sustentable . En proporción, Argentina ha utilizado mucho menos agroquÃmicos y fertilizantes sintéticos que sus competidores â EE.UU., Europa â, haciendo que hasta hace muy pocos años, fuese reconocida mundialmente como un área de producción de alimentosalimentosalimentosalimentosalimentos más naturalemás naturalemás naturalemás naturalemás naturales. Además, el adecuado sistema de rotaciones agricolo-ganaderos, permitÃa mantener la estabilidad ambiental y económica en el mediano y largo plazo, alterada ahora por la agricultura continua, que presiona con fuerza sobre los recursos, y se sostiene en el uso consuntivo de herbicidas y fertilizantes, la mayorÃa importados. Nuestro paÃs es el único de los llamados emergentes, que facilitó la importación de ciertos productos claves de la IngenierÃa GenéticIngenierÃa GenéticIngenierÃa GenéticIngenierÃa GenéticIngenierÃa Genéticaaaaa, adaptables a un mercado local educación a distancia (instituto universitario P.F.A) 261derecho de los recursos naturales tomo 1) de productores ávidos y necesitados de intentar nuevos medios para mantenerse dentro de un sistema, que se les quiere presentar como único. La participación de la industria nacional de agroquÃmicos alcanzó tan sólo el 16,6 %, mientras que el 43,6 % de los agroquÃmicos tuvieron su origen en el extranjero y el 39,8 % restante fue formulado en Argentina con drogas base importadas. La soja es el principal responsable del aumento en el consumo de agroquÃmicos con el 42,7 % del total de quÃmicos consumidos, seguida por el maÃz (10,1 %), girasol (9,9 %) y algodón (6, %). Dentro de estos rubros, los herbicidas alcanzan el 65 % del total, especialmente el glifosato (soja y siembra directa en general) y la atrazina (maÃz), convirtiéndolos en dos insumos condicionantes y estratégicos, es decir, con riesgo de dependencia productiva, frente a alteraciones de precios o escasez del producto. Casi toda la soja está dirigida al mercado externo (98 %) en forma de granos (Argentina abastece el 10 % a nivel global, luego de EE.UU. y Brasil) o como harinas y aceites, donde mediante una fuerte estructura agroindustrial y un ajustado sistema portuario, lidera estos últimos mercados. En cinco años, casi la totalidad de las semillas sembradas de soja son transgénicas, lo que nos enfrenta ahora a la situación algo compleja en algunas localidades, de no encontrar aquella convencional para la siembra. Inclusive se ha superado el porcentaje de adopción para el mismo espacio temporal, de los mejores hÃbridos de maÃz en la Región que no alcanzaron nunca más del 70 %. De toda la inversión aplicada al desarrollo biotecnológico, aquella dirigida a evaluar los impactos ambientales y sobre la salud, es ciertamente muy magra. Los siete mayores cultivos de transgénicos son, en orden descendente por área de cultivo, la soja, el maÃz, el algodón, papa, calabaza y papaya. Los ecosistemas más afectados por los herbicidas son aquellos sujetos a aplicaciones directas o que se encuentran en las adyacencias de las áreas de aplicación y los ecosistemas acuáticos que reciben el escurrimiento de las zonas que son tratadas. De una u otra forma, los agroquÃmicos y fertilizantes pueden alterar la estructura, función y productividad de los ecosistemas. América Latina cuenta con una riqueza florÃstica relevante. Solamente si contamos las Angiospermas, que desempeñan un papel central en cada uno de nuestros educación a distancia (instituto universitario P.F.A) 262 tomo 1 derecho de los recursos naturales ) ecosistemas la cifra se hace significativa: Brasil (55.000 por cada 10.000 km2), Colom- bia (45.000), México (25.000), Venezuela (20.000), Perú (20.000), Ecuador (15.000), Bolivia (15.000), Argentina (8.500), Costa Rica (8.000). Muchas de ellas, parientes silvestres de los primeros cultivos transgénicos que se están difundiendo como el maÃz, el algodón, la papa, tomate y poroto, y que por su sistema de polinización podrÃan ser alcanzados de una u otra forma por los genes de sus pares transgénicos. El establecimiento exitoso de una especie no vinculada al ecosistema, podrÃa causar cambios impredecibles en el mismo. Con respecto a los estudios sobre aparición de resistencia a los nuevos eventosresistencia a los nuevos eventosresistencia a los nuevos eventosresistencia a los nuevos eventosresistencia a los nuevos eventos Bt, Bt, Bt, Bt, Bt, tales como el maÃz y el algodón, deberán ser realizados rápidamente, especialmente cuando a priori ya es conocida esta posibilidad. El Bt es un antiguo insecticida biológicoEl Bt es un antiguo insecticida biológicoEl Bt es un antiguo insecticida biológicoEl Bt es un antiguo insecticida biológicoEl Bt es un antiguo insecticida biológico utilizado por la producción orgánica en todo el mundo de manera totalmente inocuautilizado por la producción orgánica en todo el mundo de manera totalmente inocuautilizado por la producción orgánica en todo el mundo de manera totalmente inocuautilizado por la producción orgánica en todo el mundo de manera totalmente inocuautilizado por la producción orgánica en todo el mundo de manera totalmente inocua para el mediopara el mediopara el mediopara el mediopara el medio. El abuso de pesticidas y biopesticidas puede provocar la pérdida de los genes presentes en las plagas, los que constituyen un recurso natural y su uso incorrecto puede derivar en una presión de selección que resulte en la determinación casi exclusiva de âgenes de resistenciaâ, provocando que una plaga fuera inmune al intento de con- trol. El hecho de la âdesapariciónâ de genes susceptibles devendrá claramente en una pérdida de diversidad genética que originará la degradación del genoma de la especie. El riesgo económico, ya no sólo ambiental que puede traer aparejado a los sistemas alternativos de producción agropecuaria tales como la producción orgánica (con más de 500.000 has certificadas en Argentina), debido no sólo a la restricción comercial generada por contaminación con elementos transgénicos sino sobre el propio recurso biológico utilizado, se mide directamente en la pérdida económica producida que podrÃa ser total y definitiva para este tipo de producciones, situación que deberá ser tenida en cuenta en el momento de la discusión de las polÃticas económico agropecuarias y ambientales. Genes: su manipulación.Genes: su manipulación.Genes: su manipulación.Genes: su manipulación.Genes: su manipulación. Los genes contienen la información genética de todo el organismo, son los «planos» originales de cada parte, y se encuentran en el núcleo de cada célula, donde están los cromosomas. A nivel molecular, los genes son ADN (Acido desoxirribonucleico) y cada uno contiene una instrucción especÃfica para que célula cumpla su función. Un gen es cada uno de los trozos del ADN que contiene la información sobre el educación a distancia (instituto universitario P.F.A) 263derecho de los recursos naturales tomo 1) funcionamiento y reproducción de cualquier ser vivo. Por ejemplo, el color de los ojos, la textura de una determinada fruta, o el crecimiento de las células del estómago, están determinados por los genes de cada individuo. La GenéticaGenéticaGenéticaGenéticaGenética es el estudio cientÃfico de cómo son transmitidos los caracteres fÃsicos, bioquÃmicos y de comportamiento de padres a hijos. Los genetistas determinan los mecanismos hereditarios por los que los descendientes de organismos que se reproducen de forma sexual no se asemejan con exactitud a sus padres, y las diferencias y similitudes entre padres e hijos que se reproducen de generación en generación según determinados patrones. La manipulación genética es el nuevo caballo de Troya de las multinacionales agroquÃmicas, farmacéuticas y alimenticias, tendientes a acabar con la biodiversidad, atentar contra el medio ambiente, amenazar la salud, obviar al consumidor, empachar los campos con agroquÃmicos, entre otros perjuicios. La contaminación genética provocada por la polinización o el viento, puede debilitar a otras plantas y animales haciéndolos más vulnerables a plagas o enfermedades. El uso de agrotóxicos y transgénicos eliminan a otros organismos e insectos alterando no sólo como dijimos antes la biodiversidad, sino además los microecosistemas. Es imposible retirar de la naturaleza los genes que se introdujeron en una planta. Los transgénicos aceleraran la erosión genética reduciendo las posibilidades de adaptación de las plantas cultivadas a las variaciones climáticas y a la diversidad de los ecosistemas. Los genes introducidos en los cultivos transgénicos resistentes a herbicidas, pueden ser transferidos espontáneamente a plantas silvestres, con el riesgo de transformarlas en súper malezas dañinas de difÃcil control. Los «transgenes» también se transfieren a variedades tradicionales o convencionales de la misma especie en cam- pos vecinos. Este impacto transgénico en la naturaleza irreversible: una vez liberado no es posible deshacer los efectos provocados en los ecosistemas o controlar los procesos de transgénesis espontánea que puedan ocurrir, puesto que es imposible retirar de la naturaleza los genes que fueron artificialmente introducidos en una planta. educación a distancia (instituto universitario P.F.A) 264 tomo 1 derecho de los recursos naturales ) ADNADNADNADNADN El pasado, el presente y el futuro, está escrito en los genes del ADN (ácido desoxirribonucleico). Dicho en términos cotidianos, el ADN serÃa el âcódigo de barrasâ de cada ser vivo. Está compuesto por genes, y cada gen contiene una cierta cantidad de información y de órdenes para su funcionamiento. Separar, cortar y pegar es la tarea de los cientÃficos abocados a esta disciplina. Si se determinara el gen que ocasiona un mal, su reemplazo podrÃa corregir enfermedades como el SIDA o el cáncer. Un hÃbridohÃbridohÃbridohÃbridohÃbrido, es el descendiente del cruce entre especies, géneros o, en casos raros, familias, distintas; también puede ser considerado hÃbrido aquel que procede del cruce entre progenitores de subespecies distintas o variedades de una especie. Organismos Genéticamente Modificados (OGM): riesgos.Organismos Genéticamente Modificados (OGM): riesgos.Organismos Genéticamente Modificados (OGM): riesgos.Organismos Genéticamente Modificados (OGM): riesgos.Organismos Genéticamente Modificados (OGM): riesgos. Un OGM es un organismo vivo vegetal, animal o microorganismo al que se modifica por medio de la ingenierÃa genética una molécula del ADN para que el nuevo individuo adquiera unas caracterÃsticas que de forma natural no generarÃa. Actualmente existen cuatro tipos de transgénicos: 1. aquellos en los que se provoca que una planta sea resistente a determinados herbicidas, con lo que la calidad del cultivo no se verÃa afectado por la aplicación del fitosanitario (más del 80 % de las variedades OGM). 2. aquellas modificaciones para que la planta resista el ataque de plagas al generar una toxina mortal para insectos llamada BT (bacillus thuringiensis). 3. variedades que aumenten su resistencia a un virus (por ejemplo el tomate) 4. los OGM de segunda generación, en los que se modifican las caracterÃsticas nutritivas para paliar algunas carencias en la dieta como por ejemplo el arroz dorado, rico en beta caroteno. Los dos primeros tipos son los que movilizan el mercado de transgénicos, ya que estos últimos expuestos apenas suponen el 2 % del total de variedades de OGM. educación a distancia (instituto universitario P.F.A) 265derecho de los recursos naturales tomo 1) Al respecto, Bruselas propone exigir en las exportaciones de OGM una notificación obligatoria y que los paÃses de la UE sigan las obligaciones previstas en el protocolo de Cartagena. Dicho compromiso fue aprobado por 107 paÃses en enero de 2000, para asegurar un nivel de protección adecuado en la transferencia, la manipulación y el uso de OGM que pudieran tener efectos negativos sobre la diversidad biológica o riesgos para la salud. Para su aprobación los Organismos Genéticamente Modificados (OGM) deben pasar por la Comisión Asesora en BiotecnologÃa Agropecuaria (CONABIA) que actúa de soporte del Secretario de Agricultura, responsable de las aprobaciones. Esta comisión se haya integrada por representantes de algunos organismos públicos y privados y desde su creación en 1991 (Resolución Nº 124, de la SAGPyA), no ha sido expuesta a revisiones o actualización a los veloces cambios que se han generado en la presentación de nuevos eventos a las autoridades argentinas. Claros ejemplo de los OGM de consumo diario y que desconocemos en muchos casos son: ⢠Carnes: salchichas, medallones, supremas, rebosados o bocadillos de pollo, hamburguesas, milanesas, paté, etc. ⢠Pastas: Fideos, ñoquis, capellettis, pizzas de mozzarellas, ravioles, etc. ⢠Condimentos: Caldos en polvo o en cubitos , sopas instantáneas. ⢠Cereales: arroz y cereales para desayuno. ⢠Golosinas: Galletitas, alfajores, bocaditos, bombones, bizcochos, caramelos, chupetines, chocolates, obleas, turrones, etc. ⢠PanaderÃa: Pan lactal, magdalenas, budines, bizcochuelos, tostadas, galletitas de agua o saladas, pan de salvado, etc. ⢠Otros: Leches comunes, chocolatadas lÃquidas o en polvo, milanesas de soja, helados, productos de reposterÃa (bizcochuelos, baños de reposterÃa, cubre tortas, mousse, etc), jugos, cervezas, empanadas elaboradas, margarinas, mayonesas, papas fritas, rabas o aceites, etc. Entre 1997 y 2001, la superficie cultivada de organismos genéticamente modificados (OGM) o transgénicos creció el 311 %, como consecuencia del espectacular interés que generaron los cultivos transgénicos a partir de 1996 y de la supuesta mayor rentabilidad de los mismos. La extensión que ocupan estos cultivos ascendió en el 2001 a 52,6 millones de hectáreas (tengamos en cuenta que en 1997 abarcaba 12,8 millones de hectáreas). educación a distancia (instituto universitario P.F.A) 266 tomo 1 derecho de los recursos naturales ) En la actualidad agricultores de 13 paÃses se volcaron a los cultivos transgénicos: · Estados Unidos 68 % · Argentina 22 %, · Canadá 6 % y · China 3 %, · México, Bulgaria, Uruguay, Rumania, España, Indonesia y Alemania 1 % Riesgos de los OGMâ sobre la salud pública y el medio ambienteRiesgos de los OGMâ sobre la salud pública y el medio ambienteRiesgos de los OGMâ sobre la salud pública y el medio ambienteRiesgos de los OGMâ sobre la salud pública y el medio ambienteRiesgos de los OGMâ sobre la salud pública y el medio ambiente * Aparición de nuevas alergias por la acción de nuevas toxinas y alérgenos. * Pérdida de eficacia de los antibióticos, sin duda una de las máximas preocupaciones de la comunidad cientÃfica y médica mundial independiente. * Posible formación de peligrosos virus y bacterias. Los OGMâs liberados en el medio ambiente pueden mutar, o transferir sus genes nuevos a otras especies. Los resultados son impredecibles. * En algunos casos, potenciar enfermedades cancerÃgenas. Caso conocido es el de la hormona de crecimiento rBGH manipulada genéticamente para obtener más leche de las vacas. Esta, sale sobrecargada con altos niveles de la hormona natural IGF- 1. Con ésta, los varones son cuatro veces más propensos a contraer cáncer de próstata y las mujeres siete veces más con el cáncer de mama. (de acuerdo a datos publicado por Greenpeace). * Contaminación y erosión genética al transferir los genes modificados a otras especies no deseadas: Al cultivar una especie modificada genéticamente para resistir los efectos de un herbicida, nuestro cultivo -por efecto de la manipulación- puede resistir al herbicida, mientras que el resto de hierbas y plantas parásitas perecen frente a los efectos del quÃmico. * los cultivos transgénicos amenazan la diversidad genética por la simplificación de los sistemas de cultivos y la promoción de la erosión genética; * Pérdida de la biodiversidad y alteración de ecosistemas y agrosistemas. * Contaminación de suelos y acuÃferos: consecuencia del aumento en la utilización de quÃmicos, provocando una masiva contaminación de suelos con consiguiente educación a distancia (instituto universitario P.F.A) 267derecho de los recursos naturales tomo 1) desaparición de microorganismos favorables al crecimiento de los cultivos. Otros amenazados son los insectos beneficiosos que puedan existir. * El rápido desarrollo de la resistencia de las plagas de insectos a los cultivos que contienen la toxina de Bt; * La potencial transferencia de genes de Cultivos Resistentes a Herbicidas a variedades silvestres o parientes semidomesticados pueden crear supermalezas; * Los cultivos resistentes a herbicidas voluntarios se transformarÃan subsecuentemente en malezas; * El uso masivo de la toxina de Bt en cultivos pueden afectar procesos ecológicos y organismos benéficos. Los productos transgénicos, en especial las semillas, conjuntamente con el uso de quÃmicos, herbicidas y pesticidas, contaminan genética e irreversible la biodiversidad de los ecosistemas. Comercialmente, existen tres tipos de plantas transgénicas: 1. Plantas resistentes a herbicidas.Plantas resistentes a herbicidas.Plantas resistentes a herbicidas.Plantas resistentes a herbicidas.Plantas resistentes a herbicidas. Aunque se han desarrollado estrategias de resistencia a varios tipos de herbicidas, la mayor parte de las semillas que hoy se comercializan son resistentes a glifosato y glufosinato, dos herbicidas que se aplican luego de que la plántula emerge de la tierra, de amplio espectro y de baja persistencia en el medio ambiente. La resistencia se obtiene introduciendo en la planta el gen de la enzima fosfinotricin acetil transferasa la cual, conjuga un grupo acetilo a la molécula del herbicida promoviendo asà su degradación por el sistema de detoxificación de la planta. 2. Plantas resistentes a insectos.Plantas resistentes a insectos.Plantas resistentes a insectos.Plantas resistentes a insectos.Plantas resistentes a insectos. Las plantas resistentes a insectos han sido modificadas para expresar endotoxinas de naturaleza proteica obtenidas de distintas cepas de Bt (Bacillus turingiensis y B. Tenebrionis), las que poseen especificidad para distintos géneros de insectos, inocuas para el hombre y animales superiores. Los insecticidas basados en estas toxinas vienen siendo utilizados en la agricultura desde hace unos cuarenta años sin resultados indeseables y son recomendados oficialmente en la agricultura âorgánicaâ. Se han descripto más de 100 genes âBtâ, pero solo se han utilizado cuatro o cinco de ellos (de acción selectiva para lepidópteros y coleópteros) en la modificación de plantas comerciales. educación a distancia (instituto universitario P.F.A) 268 tomo 1 derecho de los recursos naturales ) 3. Plantas resistentes a virus.3. Plantas resistentes a virus.3. Plantas resistentes a virus.3. Plantas resistentes a virus.3. Plantas resistentes a virus. Las plantas transgénicas comercializadas hasta ahora proveen una resistencia al 80% de los virus descriptos en plantas. Para generar la resistencia se utilizan dos estrategias de protección que reproducen más temprana y efectivamente, un proceso que normalmente ocurre cuando una planta es infectada por un virus. La agricultura orgánicaagricultura orgánicaagricultura orgánicaagricultura orgánicaagricultura orgánica trabaja conjuntamente a la naturaleza como protectora de la biodiversidad, la agricultura industrial en cambio, busca controlar a la naturaleza promoviendo siembras uniformes. La práctica de la agricultura orgánica es cada vez más complicada de llevar a cabo, puesto que los agroquÃmicos tienden a poseer y alterar los genes de todas las semillas con las cuales se elaboran los alimentos de los pueblos. Los medios utilizables para efectuar un control total incluyen acabar con la producción tradicional de semillas favoreciendo esto a las semillas transgénicas o genéticamente modificadas, las cuales son patentables; para acelerar esto, algunas compañÃas están promoviendo nuevas regulaciones. La Agricultura orgánica es un sistema de producción agrÃcola y ganadero cuyo fin principal es la producción de alimentos de la máxima calidad, conservando y mejorando la fertilidad del suelo sin el empleo de productos quÃmicos de sÃntesis ni en la producción ni en las posteriores transformaciones de los productos. Como métodos de cultivo, se emplea la rotación de los cultivos, la incorporación al suelo de residuos de las cosechas, abonos con estiércol animal, cultivo de leguminosas, asociaciones de cultivo, abonados verdes y el control de plagas por medios biológicos con objeto de mantener e incrementar fertilidad y productividad del suelo. Todo ello mediante el desarrollo de técnicas agrÃcolas que buscan promover relaciones sostenibles entre el suelo, las plantas, los animales, las personas y la biosfera, con el fin de producir alimentos sanos y otros productos, que protegen y potencian a la vez el medio ambiente. En la agricultura orgánica el terreno se ve como un organismo, no como una fábrica. En la práctica cotidiana, los sistemas donde los terrenos agrÃcolas están diseñados para encajar en las inmediaciones ecológicas locales que alimentan a sus habitantes, está demostrado que son los mas sustentables y productivos. Este nuevo sistema alimenticio incluye la agricultura por suscripción o la agricultura apoyada por la comunidad, en la cual los ciudadanos locales contratan directamente con los agricultores para que cultiven ciertos alimentos orgánicos para La agricultura orgánica. Cultivos biológicos. Herbicidas: resistencia. Super malezas educación a distancia (instituto universitario P.F.A) 269derecho de los recursos naturales tomo 1) ellos con el fin de asegurarse un suministro adecuado de semillas genéticamente natu- rales. La agricultura y ganaderÃa ecológica engloba a todos los productos agrarios (trigo, manzanas, lentejas, lechugas, etc. ), ganadero fresco (huevos, leche, carne, etc.) asà como los que han recibido procesos de elaboración o transformación (jugos, queso, aceite de oliva, vino, etc.) siempre y cuando los ingredientes procedan de la producción agraria ecológica. La agricultura orgánica se propone, frente a este panorama dilemático e incierto, como una técnica sostenible y económica a la vez. Se trata de método de cultivo practicado con éxito en muchos paÃses. El lema es: si el suelo está sano, también lo estarán las plantas y los seres que se alimenten de ellas. Los campesinos orgánicos cada vez tienen más dificultad en cuanto a la protección de las siembras genéticamente naturales que cultivan de la polinización cruzada por encontrarse situadas cerca de siembras transgénicas. Muchos cientÃficos concuerdan en que a largo plazo, el incremento en los monocultivos, por ejemplo de variedades de porotos de soja provenientes de sólo unas pocas cepas genéticas aumentará la vulnerabilidad de las siembras a las enfermedades. Estas alteraciones en nuestro sistema alimenticio ignoran los principios fundamentales de la agricultura y la alimentación ecológicas, pudiendo causar estragos imprevisibles. La agricultura industrial elimina las plagas de un sistema de cultivo a través de pesticidas, sin tomar en cuenta el costo ecológico que representa, como por ejemplo, el envenenamiento de los polinizadores. Según la opinión de respetados entomólogos, debe considerarse que, por ejemplo, uno de cada de tres bocados de alimento que comemos depende de los polinizadores. Si nuestros sistemas de agricultura continúan dañando a los polinizadores la productividad de las siembras sufrirá. Hay un rechazo Europeo al maÃz y a la soja transgénicos americanos debido a la resistencia de los consumidores. Empresas como Nestle, Cadbury, Unliever, Cargill y ConAgra decidieron dejar de vender alimentos genéticamente modificados en Europa, aunque siguen distribuyéndolos en el mercado americano. Los Europeos no sólo evitan los alimentos hechos a partir de semillas transgénicas sino también están luchando contra las exportaciones americanas de otros organismos genéticamente modificados, educación a distancia (instituto universitario P.F.A) 270 tomo 1 derecho de los recursos naturales ) especialmente la leche y las reses de ganado que ha sido tratado con hormonas. Para la generación de nuevas tecnologÃas para la producción agrÃcola y de alimentos, indudablemente la biotecnologÃa es una de las áreas del conocimiento cientÃfico más importante puesto que abarca los siguientes aspectos: * Identificación varietal mediante ADN * Producción y multiplicación in vitro de plantas libres de enfermedades * Caracterización de patógenos y diagnóstico de enfermedades * Producción de nuevas variedades por alteración del genotipo por métodos moleculares (transgénesis) * Localización de genes útiles en variedades y especies, y su posterior utilización en el mejoramiento genético. En los paÃses industrializados los cultivos transgénicos cubren una superficie de 40 millones de hectáreas demostrándose que presentan resistencia a los herbicidas y a los insectos y si bien mayoritariamente fueron desarrollados por grandes compañÃas multinacionales existen grupos en el ámbito público nacional (INTA, INGEBI), abocados a proyectos que solucionen problemas locales. Actualmente, más del 60% de los alimentos procesados en los mercados de E.E.U.U., Argentina, Canadá y China, contienen ingredientes derivados de soja y maÃz transgénicos, sin que se haya registrado ningún caso de efecto adverso adjudicado al consumo de estos productos. Para nuestro paÃs, el fuerte de las exportaciones de los últimos 20 años, fueron las oleaginosas (granos, aceites y subproductos de la industria aceitera), cuyo volumen de facturación representa un 50 % del valor de las manufacturas de origen agropecuario y el 25 % del total de las exportaciones del paÃs. Dentro de este agroindustrialismo, el producto de mayor dinamismo es la soja, que supera el 60 % del valor de las ventas. El 80 % de la superficie destinada al cultivo de soja está ocupado por variedades transgénicas de la misma. Aclaremos que el 92 % de la producción local de aceites y sus derivados, está destinada a los mercados externos. No es casual que las ventas de semillas oleaginosas y de subproductos de la industria aceitera, se dirigen prácticamente en su totalidad a la Unión Europea (UE), puesto que la producción agraria e industrial basada en oleaginosas tanto en la Argen- tina como en el Brasil creció al amparo de la UE a principios de 1970, frente al episodio del cierre de las exportaciones de estos productos por parte de los Estados Unidos. El educación a distancia (instituto universitario P.F.A) 271derecho de los recursos naturales tomo 1) hecho de que la Unión Europea sea nuestro único (principal) mercado hace vulnerable a nuestra industria. Ante esto, es vital garantiza la seguridad alimentaria de nuestros demandantes europeos. Destaquemos que para la Europa de la posguerra, la seguridad alimentaria significaba el acceso asegurado a alimentos autoabasteciéndose de ellos. Actualmente, seguridad alimentaria es poder disponer de alimentos en cantidad y en calidad tal, como para garantizar la salud humana y animal. Los consumidores europeos se han visto notablemente afectados por episodios como los de la âvaca locaâ y de la dioxina en la Coca-Cola. Brasil actualmente tiene aprobadas todas las etapas de comercialización, aunque los organismos modificados genéticamente (OGM) están prohibidos en el estado de RÃo Grande do Sur. En Estados Unidos los productos se están diferenciando mediante un sistema de etiquetado y almacenamiento reservado a los productos genéticamente modificados, contando además con recursos financieros y polÃticas públicas destinadas a captar las exigencias de los diferentes mercados. Cultivos biológicosCultivos biológicosCultivos biológicosCultivos biológicosCultivos biológicos Un cultivo biológico es sencillamente un producto cultivado o elaborado sin intervención quÃmica o antinatural como podrÃan ser pesticidas, abonos quÃmicos, sulfatos, herbicidas, conservantes, colorantes, aditivos artificiales, etc. La agricultura y horticultura biológica utiliza abonos naturales como estiércol de diversos animales, fitosanitarios para combatir las plagas con plantas medicinales, y materias minerales de origen natural. Para obtener el mejor beneficio en las cosechas deberÃa tenerse en cuenta estos principios: a. Respetar los insectos y las mÃnimas pérdidas, por ejemplo lo que se comen las aves o otros insectos beneficiosos. b. Respetar los ciclos rotativos de siembras, es decir no a los monocultivos c. Respetar la cohabitabilidad de otras especies vegetales que siempre son beneficiosas para el suelo. No existen malas hierbas, si existen venenos quÃmicos. educación a distancia (instituto universitario P.F.A) 272 tomo 1 derecho de los recursos naturales ) d. Envenenando la tierra se envenena el suelo, especies vegetales y animales rompiendo asà con la cadena tan frágil de la que el hombre también forma parte. Herbicidas: resistencia. Super malezas.Herbicidas: resistencia. Super malezas.Herbicidas: resistencia. Super malezas.Herbicidas: resistencia. Super malezas.Herbicidas: resistencia. Super malezas. Cuando se usa un solo herbicida en forma reiterada sobre un cultivo, se incre- menta la posibilidad de que se desarrolle una resistencia a él en la población de malezas. Existen unas 14 especies de malezas que presentan resistencia a determinados tipos de herbicidas. Las superficies tratadas con herbicidas de amplio espectro son cada vez mayores y la resistencia a él, es cada vez peor dada la presión de la industria para aumentar las ventas de herbicidas. Las liberaciones a gran escala de cultivos transgénicos pueden alterar a otras plantas silvestres que se transformarÃan en malezas. El proceso biológico que preocupa aquà es la hibridación entre especies de diferentes plantas, puesto que tales intercambios genéticos entre malezas silvestres y cultivos ya ocurren. La remoción total de malezas a través del uso de herbicidas de amplio-espectro puede llevar a impactos ecológicos indeseables, ya que se ha demostrado que un nivel aceptable de diversidad de malezas en los alrededores o dentro de los campos de cultivo puede jugar un papel ecológico importante, tal como la estimulación del con- trol biológico de plagas, o la mejora de la cobertura protectora contra la erosión del suelo, etc. Estas situaciones forman agroecosistemas que empobrecen la diversidad veg- etal que los componen, pero otorgan condiciones óptimas para el crecimiento libre de malezas, insectos y enfermedades, puesto que muchos nichos ecológicos no están siendo ocupados por otros organismos. Los cultivos resistentes a los herbicidas a través del incremento de la efectividad del herbicida, podrÃan reducir aún más la diversidad vegetal, favoreciendo cambios en la composición y abundancia de la comunidad de malezas, favoreciendo con esto, especies competitivas que se adaptan a un amplio-espectro de tratamientos de post- educación a distancia (instituto universitario P.F.A) 273derecho de los recursos naturales tomo 1) emergencia. Si la población de plagas es mantenida en bajos niveles, los cultivos de Bt pueden hambrear a los enemigos naturales, si estos insectos benéficos necesitan una cantidad pequeña de presa para sobrevivir en el agroecosistema. Los insectos parásitos serÃan los más afectados porque ellos son más dependientes de estos visitantes para su desarrollo y supervivencia, mientras que algunos predadores podrÃan teóricamente alimentarse de presas muertas o agonizantes. Las toxinas de Bt que terminan en el suelo y el agua provenienten de los desechos de cultivos transgénicos pudiendo tener impactos negativos en los organismos del suelo y en los invertebrados acuáticos asà como en el proceso de reciclaje de nutrientes Una efecto ambiental mayor, como resultado del uso masivo de la toxina de Bt en algodón u otro cultivo que ocupe grandes superficies de tierra, es que agricultores vecinos con cultivos diferentes al algodón, pero que comparten complejos similares de plagas, puede terminar con poblaciones de insectos resistentes, colonizando sus cam- pos. A partir de la reforma de 1994, el artÃculo 42 de la Constitución Nacional establece que âlos consumidores (...) tienen derecho, en relación de consumo, a la protección de su salud, seguridad e intereses económicos, a una información adecuada y veraz; a la libertad de elección (...) Las autoridades proveerán a la protección de esos derechos, a la educación para el consumo, (...) a la constitución de asociaciones de consumidores (...) â Asimismo, la legislación vigente establecerá los procedimientos que correspondan para prevenir y solucionar los conflictos previendo la participación necesaria de las asociaciones de consumidores y de aquellas provincias en los organismos de control. Los alimentos transgénicos son motivo de debates en todo el mundo, de ahà la importancia de advertirle a la población cuáles son los alimentos han sido manipulados genéticamente. En nuestro paÃs es mÃnima la legislación que protege al consumidor, donde no Derechos del Consumidor y marco constitucional educación a distancia (instituto universitario P.F.A) 274 tomo 1 derecho de los recursos naturales ) es obligatorio informar el listado de los alimentos o ingredientes alimentarios obtenidos por medios biotecnológicos o elaborados a partir de organismos genéticamente modificados o transgénicos; tampoco hay informes acerca de qué caracterÃsticas genéticas fueron alteradas en cada organismo. En cada producto manipulado deberÃa existir un etiquetado para alertar a consumidores frente a potenciales reacciones alérgicas o resistencia a antibióticos, para que el consumidor pueda determinar si él puede o no consumirlos A nivel internacional existe una verdadera competencia comercial entre los paÃses que aprueban este tipo de alimentos, destacándose entre los más importantes productores Estados Unidos, Canadá y nuestro paÃs y los que los desaprueban enfáticamente, como la Comunidad Económica Europea, Japón y nuestro vecino Brasil. Los grandes dilemas respecto a los OGM son los riesgos de su consumo: a) La nocividad o no de esos alimentos a largo plazo. b) El impacto en el medio ambiente. c) Los controles estatales sobre esos alimentos. d) El interés de los consumidores para que se etiqueten esos alimentos informando que son transgénicos. En nuestro paÃs hay cuatro productos transgénicos: 1. una variedad de algodón que representa alrededor del 12% del cultivo de ese producto; 2. una variedad de maÃz, denominada Bt, que cubre cerca del 6% del total del cultivo, En ambos casos los productos han sido modificados para lograr mayor resistencia a los insectos. 3. una variedad de soja denominada RR que representa el 80% de la soja cultivada, y 4. una variedad de tabaco, que han sido modificadas para lograr resistencia a los herbicidas. A su vez, estos productos se usan como materia prima de otros alimentos o educación a distancia (instituto universitario P.F.A) 275derecho de los recursos naturales tomo 1) para alimentar animales que luego son consumidos por el hombre, trasladándose estas modificaciones a las carnes, las pastas, los condimentos, los cereales, las golosinas, las leches, los helados, las cervezas, mayonesas, aceites, etc.. En nuestro paÃs el organismo de control que tiene atribuciones especÃficas es la SecretarÃa de Agricultura, GanaderÃa, Pesca y Alimentación, la cual reguló la cuestión a través de la Resolución 289/97. De ella dependen tres organismos asesores ajustados a los programas de la OMS, la FAO y el CODEX ALIMENTATARIUS. La resolución 511/98 establece los recaudos administrativos a los que deben ajustarse los postulantes y las evaluaciones que se realizarán sobre los organismos genéticamente modificados: 1. CONABIA (Comisión Nacional de BiotecnologÃa Agropecuaria), quien por medio de un cuerpo de expertos dictamina si se autoriza el cultivo de semillas genéticamente modificadas; 2. SENASA (SecretarÃa Nacional de Sanidad Alimentaria), quien controla los efectos que los transgénicos tienen en el consumo humano y animal y 3. DINAMA (Dirección Nacional de Mercado Alimentario) que prepara la normativa sobre comercialización. Estos organismos informan a la SecretarÃa que en definitiva, es la que toma las resoluciones definitivas, llevando un registro nacional de cultivadores y fiscalizando a través del INASE (Instituto Nacional de Semillas). Los evaluadores de INASE se basan en las sugerencias de los Organismos Internacionales, especialmente la OMS, y realizan principalmente ensayos toxicológicos, alergógenos, cancinógenos , etc. La República Argentina, es el segundo paÃs del mundo en la producción de productos alimenticios genéticamente modificados. Los datos aportados por la Coordinadora de Industrias Productoras de Alimentos, hablan de hasta un 70% de alimentos genéticamente modificados que actualmente llegan a las góndolas de los comercios. La Comunidad Económica Europea, en el Reglamento del año 1998 sobre la materia, dictó la Resolución 1139/98, que exige el etiquetado obligatorio para los alimentos modificados genéticamente que van destinados al consumo, pero no para los productos no alimentarios. educación a distancia (instituto universitario P.F.A) 276 tomo 1 derecho de los recursos naturales ) En lo que se refiere a la información para el consumidor, no existe normativa alguna en nuestro paÃs acerca del etiquetado. Actualmente hay 14 proyectos en el Senado de la Nación, que postulan desde el rotulado hasta su prohibición. Ya es antigua la última legislación en nuestro paÃs que estableció normas en relación al etiquetado, se trata de la ley 22.802 de mayo de 1983 y su Decreto Reglamentario 100/83 de la SecretarÃa de Comercio. En el art. 1º de la norma legal se establece que en forma expresa y visible sobre el envase, etiquetado o envoltorio se debe establecer solamente: a) la denominación del producto, b) el nombre del paÃs donde fue producido o fabricado, c) su calidad pureza o mezcla, d) las medidas netas de su contenido. Ante la ausencia de soluciones legislativas, el artÃculo 43 de la CN, incluye la acción de amparo con relación a los derechos que denomina de incidencia colectiva y en consecuencia ha habilitado una tutela a los derechos del consumidor. Algunos doctrinarios criticaron el texto constitucional, sosteniendo que en lugar de âafectadoâ, deberÃa constar âinteresadoâ, puesto que estos derechos son de incidencia colectiva, no existiendo un titular de derecho subjetivo. Si se diera el caso de que una persona tratara de demostrar su condición de afectado, serÃa viable realizar su denuncia ante el Defensor del Pueblo quien puede actuar judicialmente, tanto a pedido de parte como de oficio. educación a distancia (instituto universitario P.F.A) 277derecho de los recursos naturales tomo 1) En el noreste argentino predomina la vegetación tropical, con árboles como la palmera, el palo de rosa, el palosanto, el jacarandá, el quebracho colorado (fuente del tanino) y el ceibo. En la región pampeana, las hierbas son la principal variedad de flora autóctona y en la mayor parte de la Patagonia prácticamente no existen árboles, a excepción de variedades importadas resistentes a la sequÃa, como el eucalipto, el sicómoro, el álamo y la acacia. En los Andes Patagónicos hay densos bosques de Nothofagus (coihues, lengas, ñires), conÃferas (alerces, araucarias y cipreses) y otros árboles como los arrayanes, maitenes y radales. En algunas zonas de Tierra del Fuego existen bosques conÃferos como abetos, cipreses, pinos, cedros y arrayanes. Los cactus y otras plantas espinosas predominan en las áridas regiones andinas del noroeste argentino. En cuanto a la fauna, en el norte, tenemos al mono (varias especies), el jaguar, el puma, el ocelote, el oso hormiguero, el tapir, el pecarà y el zorrino. Entre las aves hay flamencos, y varias especies de colibrÃs y loros. En la Pampa hay armadillos, zorros, martas, gatos monteses, liebres, ciervos, ñandúes o avestruces americanos, águilas, halcones, garzas, chorlitos y la perdices. En las regiones andinas están las llamas, el guanaco, la vicuña, la alpaca y el cóndor. Los peces abundan en las costas, lagos y arroyos. Argentina cosechaba suficientes productos agrÃcolas no sólo para satisfacer la demanda interna, sino también para exportar los excedentes. La principal zona agrÃcola del paÃs está ubicada en la provincia de La Pampa en la que se produce una importante cantidad de trigo y otros cereales. RÃo Negro, Neuquén, Mendoza, San Juan y las provincias del noroeste son ricas en explotaciones frutÃcolas y vitivinÃcolas. Tucumán, Salta y Jujuy se caracterizan por la producción de caña de azúcar. La producción ganadera es un sector importantÃsimo en la economÃa argentina, al igual que la carne congelada al vacÃo y el procesamiento de subproductos. Los caballos argentinos se han ganado fama internacional en el mundo de la hÃpica y del polo. sintesis final sf )abogacÃa a distancia educación a distancia (instituto universitario P.F.A) 278 tomo 1 derecho de los recursos naturales ) El Sudeste de la provincia de Buenos Aires tiene áreas con gran variedad de suelos y condiciones. Las áreas se clasifican de acuerdo a la aptitud de los suelos: a. de aptitud ganadera b. de aptitud agrÃcola El cultivo más importante es el trigo y Argentina se encuentra entre los principales productores mundiales. Otros cereales importantes son el maÃz, la avena, la cebada, la soja, el sorgo, el lino, el girasol, la caña de azúcar, el algodón, las patatas (papas), el arroz, la yerba mate, el manà y el tabaco, asà como uvas, manzanas y cÃtricos. En cuanto a la apicultura, para que pueda ser considerada un recurso sustentable, es vital otorgarle a las abejas, la cosecha de miel y el polen condiciones de anidamiento natural, para evitar perjuicios con la destrucción de su estructura nidal. Las poblaciones de abejas pueden criarse fácilmente y en cantidad, pudiéndose ser transportadas hacia donde haga falta su acción sin contar con el beneficio secundario de la cosecha de la miel. En los nidos, las abejas resguardan a sus crÃas en el centro del panal, rodeados como protección, de finas hojas de cera llamadas involucro. Hacia la periferia están los potes de cera que contienen el polen y la miel. Cada especie de abeja necesita un espacio para los panales de crÃa. La lombricultura es la respuesta natural, simple y económica a los problemas ocasionados por la contaminación orgánica. Es una biotecnologÃa que utiliza como principal herramienta a la lombriz, encargada de reciclar todo tipo de materia orgánica, reconvirtiendo residuos biodegradables transformándolos en fertilizantes orgánicos. Las lombrices ingieren todos los residuos y luego que los mismos pasan por su tracto digestivo sus excreciones se convierten en el âlombricompuestoâ o âhumus de lombrizâ, siendo este el fertilizante orgánico de mayor importancia en el reino vegetal. Para alimentarse, la lombriz chupa la comida por su boca, la cual, al llegar a su estómago, unas glándulas se encargan de segregar carbonato cálcico que neutraliza los ácidos presentes en la comida ingerida. Producto de esto, el humus eliminado tiene un PH neutro, con todos sus beneficios como abono y fitosanitario para los cultivos. La producción de humus está Ãntima e inseparablemente ligado al reciclado de basura: come basura y excreta humus. Transforma un grave problema en el más rico fertilizante orgánico. educación a distancia (instituto universitario P.F.A) 279derecho de los recursos naturales tomo 1) Por eso se dice que el lombricompuesto es el fertilizante orgánico por excelencia y prácticamente único por su elevada carga bacteriana y enzimática. El Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria, dependencia surgida de la fusión del ex IASCAV y del ex SENASA, es el ente oficial que supervisa el sistema de control de calidad de la producción orgánica. En él las normas que se encargan de resguardar las producciones del campo se elaboran y se actualizan con la constancia necesaria. SecretarÃa de Agricultura, Pesca y Alimentación.SecretarÃa de Agricultura, Pesca y Alimentación.SecretarÃa de Agricultura, Pesca y Alimentación.SecretarÃa de Agricultura, Pesca y Alimentación.SecretarÃa de Agricultura, Pesca y Alimentación. Se ocupa de definir las polÃticas de desarrollo, promoción, calidad y sanidad de los productos, industrializados o no, para consumo alimentario de origen vegetal o animal, asà como, del control comercial del mercado de carnes y subproductos de la ganaderÃa. Servicio Nacional Sanidad y Calidad Agroalimentaria.Servicio Nacional Sanidad y Calidad Agroalimentaria.Servicio Nacional Sanidad y Calidad Agroalimentaria.Servicio Nacional Sanidad y Calidad Agroalimentaria.Servicio Nacional Sanidad y Calidad Agroalimentaria. se ocupa de realizar auditorÃas y capacitar en temas como HACCP, organización, implementación, y de cuestiones como: packaging, clasificación de los productos y alimentos, almacenamiento, manufactura, etc. El Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (SENASA) es el encargado de ejecutar las polÃticas que dicte el Gobierno Nacional, en todo lo referente a salud y sanidad animal y vegetal, programando las tareas necesarias para diagnosticar, prevenir, controlar y erradicar las enfermedades y plagas propias de los animales y vegetales. Instituto Nacional de AlimentosInstituto Nacional de AlimentosInstituto Nacional de AlimentosInstituto Nacional de AlimentosInstituto Nacional de Alimentos. Este organismo tiene la función de âcontrolar y fiscalizar la calidad y cantidad de alimentos acondicionados, por su incidencia en la salud humanaâ. Instituto Nacional de Normas, Calidad y Certificación. Instituto Nacional de Normas, Calidad y Certificación. Instituto Nacional de Normas, Calidad y Certificación. Instituto Nacional de Normas, Calidad y Certificación. Instituto Nacional de Normas, Calidad y Certificación. El decreto 1474/94 creó el Sistema Nacional de Normas, Calidad y Certificación, destinado a brindar instrumentos a las empresas que voluntariamente deseen certificar sus sistemas de calidad (productos/ servicios/procesos) a través de un mecanismo que cuente con organismos de normalización, acreditación y certificación, integrados conforme las normas internacionales. Estas normas son de cumplimiento voluntario. La fiebre aftosa es una enfermedad infecto-contagiosa, que afecta naturalmente a los animales tanto domésticos como salvajes y artificialmente a otras especies como el ratón y el cobayo, entre otros. Se caracteriza clÃnicamente por presentar vesÃculas localizadas preferentemente en las mucosas, en la ubre y en las patas. educación a distancia (instituto universitario P.F.A) 280 tomo 1 derecho de los recursos naturales ) No afecta al hombre, pero éste puede ser el portador llevando el virus en las vÃas respiratorias desde un rodeo infectado a otro sano. Es sumamente contagiosa aunque no mortal y una de las formas de transmisión serÃa a través de las partÃculas de polvo que flotan en el aire; en casos extremos, puede ocasionarles la muerte a los cerdos, las vacas, las ovejas y las cabras. Tanto las patas como la boca de los animales infectados, sufren ampollas, exceso de saliva, falta de apetito que les ocasiona pérdida de peso, debilidad, y falta de producción de leche. La fiebre aftosa ingresa por cuatro vÃas principales a un rodeo sano, en orden de importancia: 1. Ingreso de animales enfermos o en incubación de la enfermedad. 2. Ingreso de elementos inertes contaminados (camiones/camionetas, maquinaria agrÃcola, calzados de personas, ropa de trabajo, fardos de pasto). 3. Ingreso de productos animales contaminados (carne con hueso, pieles frescas, leche fresca). 4. Viento orientado desde un rodeo enfermo (en invierno y con alta humedad). Para declarar a un paÃs como âlibre de aftosaâ, no significa solamente que no hace falta vacunar, sino que además, está prohibido vacunar, y por lo tanto, no se fabrican más vacuna, salvo un banco para emergencias. Un organismo transgénico se logra inyectando un gen ajeno en el huevo fertilizado o en las células embrionarias que se generan en los primeros estadios del desarrollo. Este gen que se inyecta queda integrado en el ADN de la célula huésped transmitiéndose asÃ, a todas las células originadas a partir de ella. La ingenierÃa genética entonces, es el método que modifica las caracterÃsticas hereditarias de un organismo en un sentido predeterminado alterando su material genético. El abuso de pesticidas y biopesticidas puede provocar la pérdida de los genes presentes en las plagas, los que constituyen un recurso natural y su uso incorrecto puede derivar en una presión de selección que resulte en la determinación casi exclusiva de âgenes de resistenciaâ, provocando que una plaga fuera inmune al intento de con- educación a distancia (instituto universitario P.F.A) 281derecho de los recursos naturales tomo 1) trol. El hecho de la âdesapariciónâ de genes susceptibles devendrá claramente en una pérdida de diversidad genética que originará la degradación del genoma de la especie. Los genes contienen la información genética de todo el organismo, son los âplanosâ originales de cada parte, y se encuentran en el núcleo de cada célula, donde están los cromosomas. A nivel molecular, los genes son ADN (Acido desoxirribonucleico) y cada uno contiene una instrucción especÃfica para que célula cumpla su función. Un gen es cada uno de los trozos del ADN que contiene la información sobre el funcionamiento y reproducción de cualquier ser vivo. Por ejemplo, el color de los ojos, la textura de una determinada fruta, o el crecimiento de las células del estómago, están determinados por los genes de cada individuo. La GenéticaGenéticaGenéticaGenéticaGenética es el estudio cientÃfico de cómo son transmitidos los caracteres fÃsicos, bioquÃmicos y de comportamiento de padres a hijos. Los genetistas determinan los mecanismos hereditarios por los que los descendientes de organismos que se reproducen de forma sexual no se asemejan con exactitud a sus padres, y las diferencias y similitudes entre padres e hijos que se reproducen de generación en generación según determinados patrones. Los genes introducidos en los cultivos transgénicos resistentes a herbicidas, pueden ser transferidos espontáneamente a plantas silvestres, con el riesgo de transformarlas en súper malezas dañinas de difÃcil control. Los âtransgenesâ también se transfieren a variedades tradicionales o convencionales de la misma especie en cam- pos vecinos. El ADN serÃa el âcódigo de barrasâ de cada ser vivo. Está compuesto por genes, y cada gen contiene una cierta cantidad de información y de órdenes para su funcionamiento. Separar, cortar y pegar es la tarea de los cientÃficos abocados a esta disciplina. Un hÃbridohÃbridohÃbridohÃbridohÃbrido, es el descendiente del cruce entre especies, géneros o, en casos raros, familias, distintas; también puede ser considerado hÃbrido aquel que procede del cruce entre progenitores de subespecies distintas o variedades de una especie. Un OGM es un organismo vivo vegetal, animal o microorganismo al que se modifica por medio de la ingenierÃa genética una molécula del ADN para que el nuevo individuo adquiera unas caracterÃsticas que de forma natural no generarÃa. educación a distancia (instituto universitario P.F.A) 282 tomo 1 derecho de los recursos naturales ) Los productos transgénicos, en especial las semillas, conjuntamente con el uso de quÃmicos, herbicidas y pesticidas, contaminan genética e irreversible la biodiversidad de los ecosistemas. La agricultura orgánicaagricultura orgánicaagricultura orgánicaagricultura orgánicaagricultura orgánica trabaja conjuntamente a la naturaleza como protectora de la biodiversidad, la agricultura industrial en cambio, busca controlar a la naturaleza promoviendo siembras uniformes. La Agricultura orgánica es un sistema de producción agrÃcola y ganadero cuyo fin principal es la producción de alimentos de la máxima calidad, conservando y mejorando la fertilidad del suelo sin el empleo de productos quÃmicos de sÃntesis ni en la producción ni en las posteriores transformaciones de los productos. En la agricultura orgánica el terreno se ve como un organismo, no como una fábrica. En la práctica cotidiana, los sistemas donde los terrenos agrÃcolas están diseñados para encajar en las inmediaciones ecológicas locales que alimentan a sus habitantes, está demostrado que son los mas sustentables y productivos. Un cultivo biológico es sencillamente un producto cultivado o elaborado sin intervención quÃmica o antinatural como podrÃan ser pesticidas, abonos quÃmicos, sulfatos, herbicidas, conservantes, colorantes, aditivos artificiales, etc. La agricultura y horticultura biológica utiliza abonos naturales como estiércol de diversos animales, fitosanitarios para combatir las plagas con plantas medicinales, y materias minerales de origen natural. Con el uso de un solo herbicida reiteradamente sobre un cultivo, se está incre- menta la posibilidad de que haya una resistencia a él en la población de malezas, existiendo unas 14 especies de este tipo de malezas. Las superficies tratadas con herbicidas de amplio espectro son cada vez mayores y la resistencia a él, es cada vez peor dada la presión de la industria para aumentar las ventas de herbicidas. Los cultivos resistentes a los herbicidas a través del incremento de la efectividad del herbicida, podrÃan reducir aún más la diversidad vegetal, favoreciendo cambios en la composición y abundancia de la comunidad de malezas, favoreciendo con esto, especies competitivas que se adaptan a un amplio-espectro de tratamientos de post- emergencia. A partir de la reforma de 1994, el artÃculo 42 de la Constitución Nacional establece educación a distancia (instituto universitario P.F.A) 283derecho de los recursos naturales tomo 1) que âlos consumidores (...) tienen derecho, en relación de consumo, a la protección de su salud, seguridad e intereses económicos, a una información adecuada y veraz; a la libertad de elección (...) Las autoridades proveerán a la protección de esos derechos, a la educación para el consumo, (...) a la constitución de asociaciones de consumidores (...) â Los alimentos transgénicos son motivo de debates en todo el mundo, de ahà la importancia de advertirle a la población cuáles son los alimentos han sido manipulados genéticamente. En nuestro paÃs es mÃnima la legislación que protege al consumidor, donde no es obligatorio informar el listado de los alimentos o ingredientes alimentarios obtenidos por medios biotecnológicos o elaborados a partir de organismos genéticamente modificados o transgénicos; tampoco hay informes acerca de qué caracterÃsticas genéticas fueron alteradas en cada organismo. En cada producto manipulado deberÃa existir un etiquetado para alertar a consumidores frente a potenciales reacciones alérgicas o resistencia a antibióticos, para que el consumidor pueda determinar si él puede o no consumirlos En nuestro paÃs el organismo de control que tiene atribuciones especÃficas es la SecretarÃa de Agricultura, GanaderÃa, Pesca y Alimentación, la cual reguló la cuestión a través de la Resolución 289/97. La República Argentina, es el segundo paÃs del mundo en la producción de productos alimenticios genéticamente modificados. Los datos aportados por la Coordinadora de Industrias Productoras de Alimentos, hablan de hasta un 70% de alimentos genéticamente modificados que actualmente llegan a las góndolas de los comercios. La Comunidad Económica Europea, en el Reglamento del año 1998 sobre la materia, dictó la Resolución 1139/98, que exige el etiquetado obligatorio para los alimentos modificados genéticamente que van destinados al consumo, pero no para los productos no alimentarios. educación a distancia (instituto universitario P.F.A) 284 tomo 1 derecho de los recursos naturales ) educación a distancia (instituto universitario P.F.A) 285derecho de los recursos naturales tomo 1) Papas transgénicas que producen albúmina humanaPapas transgénicas que producen albúmina humanaPapas transgénicas que producen albúmina humanaPapas transgénicas que producen albúmina humanaPapas transgénicas que producen albúmina humana Fuente: Universidad de NavarraUniversidad de NavarraUniversidad de NavarraUniversidad de NavarraUniversidad de Navarra Un grupo de investigadores de la Universidad Publica de Navarra han conseguido obtener papas transgénicas que producen albúmina humana en los tubérculos. La albúmina humana se utiliza para tratar diversos estados clÃnicos como dolencias hepáticas, deshidrataciones y quemaduras graves, y además es una proteÃna de uso frecuente en los sueros, por lo que se consumen grandes cantidades en todo el mundo, del orden de 500 Tm al año. La posibilidad de producir la albúmina mediante el cultivo de patatas podrÃa significar un considerable abaratamiento en su producción. Los trabajos han sido citados en la tesis de Inmaculada Farran Blanch, profesora asociada del Ãrea de Producción Vegetal de Departamento de Producción Agraria de la Universidad Pública de Navarra. La papa es un cultivo al que parece que se le va hallando en gran medida la transformación genética. Hay ya papas que producen vacuna para la hepatitis B, resistentes a verticulosis, Bt resistente a insectos, con mejores caracterÃsticas nutricionales (con más aminoacidos esenciales), que trasforman su fécula en fructosa e incluso una con un gen de fluorescencia que se ilumina cuando el suelo está demasiado seco. Habiendo leÃdo este resumen realizado en la Univerdidad de Navarra y el contenido de la unidad ¿qué opinión le merece este tipo de manipulación genética? ¿está destinado para mejorar nuestras expectativas de vida o simplemente son manejos comerciales? actividad final af)abogacÃa a distancia educación a distancia (instituto universitario P.F.A) 286 tomo 1 derecho de los recursos naturales ) educación a distancia (instituto universitario P.F.A) 287derecho de los recursos naturales tomo 1) El cultivo más importante del paÃs es el trigo y a él le siguen el maÃz, la avena, la cebada, la soja, el sorgo, el lino, el girasol, la caña de azúcar, el algodón, las patatas (papas), el arroz, la yerba mate, el manà y el tabaco, asà como uvas, manzanas y cÃtricos. La apicultura, es la cosecha de la miel. Para considerarla un recurso sustentable, es necesario que se cuenten con las mismas condiciones que las naturales. La lombricultura es la solución para la contaminación orgánica, utilizando como principal herramienta a la lombriz, quien recicla todo tipo de materia orgánica, reconvirtiendo residuos biodegradables transformándolos en fertilizantes orgánicos. La lombriz come la comida, su estómago neutraliza los ácidos presentes y elimina el humus con un PH neutro, quien cuenta con beneficios magnÃficos como abono para los cultivos. La fiebre aftosa es una enfermedad infecto-contagiosa, que afecta a los animales domésticos y salvajes, caracterizada por presentar vesÃculas localizadas preferentemente en las mucosas, en la ubre y en las patas. No afecta al hombre, aunque éste puede portarlo llevando el virus en las vÃas respiratorias desde un rodeo infectado a otro sano. Es sumamente contagiosa aunque no mortal y una de las formas de transmisión serÃa a través de las partÃculas de polvo que flotan en el aire. Un organismo transgénico e aquel que se logra modificar a través de un gen ajeno el cual queda integrado en el ADN de la célula huésped transmitiéndose asÃ, a todas las células originadas a partir de ella. La ingenierÃa genética, es el método que modifica las caracterÃsticas hereditarias de un organismo en un sentido predeterminado alterando su material genético. Los genes son los âplanosâ originales de cada individuo y se encuentran en el núcleo de cada célula, donde están los cromosomas. Un gen es cada uno de los trozos del ADN que contiene la información sobre el funcionamiento y reproducción de cualquier ser vivo. ce) conceptos ejes abogacÃa a distancia educación a distancia (instituto universitario P.F.A) 288 tomo 1 derecho de los recursos naturales ) La GenéticaGenéticaGenéticaGenéticaGenética es el estudio cientÃfico de cómo son transmitidos los caracteres fÃsicos, bioquÃmicos y de comportamiento de padres a hijos. El ADN está compuesto por genes, y cada gen contiene una cierta cantidad de información y de órdenes para su funcionamiento. Un hÃbridohÃbridohÃbridohÃbridohÃbrido, es el descendiente del cruce entre especies, géneros o, en casos raros, familias, distintas; también puede ser considerado hÃbrido aquel que procede del cruce entre progenitores de subespecies distintas o variedades de una especie. Un OGM es un organismo vivo vegetal, animal o microorganismo al que se modifica por medio de la ingenierÃa genética una molécula del ADN para que el nuevo individuo adquiera unas caracterÃsticas que de forma natural no generarÃa. La Agricultura orgánica es un sistema de producción agrÃcola y ganadero cuyo fin principal es la producción de alimentos de la máxima calidad, conservando y mejorando la fertilidad del suelo sin el empleo de productos quÃmicos de sÃntesis ni en la producción ni en las posteriores transformaciones de los productos. Un cultivo biológico es un producto cultivado o elaborado sin intervención quÃmica o antinatural como podrÃan ser pesticidas, abonos quÃmicos, sulfatos, herbicidas, conservantes, colorantes, aditivos artificiales, etc. educación a distancia (instituto universitario P.F.A) 289derecho de los recursos naturales tomo 1) OGM: OGM: OGM: OGM: OGM: organismo genéticamente modificado. Gen:Gen:Gen:Gen:Gen: es cada uno de los trozos del ADN que contiene la información sobre el funcionamiento y reproducción de cualquier ser vivo HÃbridoHÃbridoHÃbridoHÃbridoHÃbrido: es el descendiente del cruce entre especies, géneros o, en casos raros, familias, distintas AnemófilaAnemófilaAnemófilaAnemófilaAnemófila: polinización por el viento HidrófilaHidrófilaHidrófilaHidrófilaHidrófila: polinización por agua EntomófilaEntomófilaEntomófilaEntomófilaEntomófila: polinización por insectos OrnitófilaOrnitófilaOrnitófilaOrnitófilaOrnitófila: polinización por aves AlogamiaAlogamiaAlogamiaAlogamiaAlogamia: polinización cruzada AutogamiaAutogamiaAutogamiaAutogamiaAutogamia: con autopolinización CleistogamaCleistogamaCleistogamaCleistogamaCleistogama: autopolinización debido a que los botones florales permanecen cerrados DicogamiaDicogamiaDicogamiaDicogamiaDicogamia: planta incapaz de autopolinizarse debido a que los estambres y carpelos maduran en momentos distintos ProtandriaProtandriaProtandriaProtandriaProtandria: polen de una flor madura se libera antes de que el estigma llegue a ser receptivo ProtóginaProtóginaProtóginaProtóginaProtógina: cuando el estigma llega a ser receptivo antes de que maduren los estambres de la misma flor. CantarófilaCantarófilaCantarófilaCantarófilaCantarófila: polinización por escarabajos MalacófilaMalacófilaMalacófilaMalacófilaMalacófila: polinización por caracoles y babosas gl glosario abogacÃa a distancia ) educación a distancia (instituto universitario P.F.A) 290 tomo 1 derecho de los recursos naturales ) QuiropterófilaQuiropterófilaQuiropterófilaQuiropterófilaQuiropterófila: polinización por murciélagos. CONABIACONABIACONABIACONABIACONABIA: Comisión Nacional de BiotecnologÃa Agropecuaria SENASASENASASENASASENASASENASA: SecretarÃa Nacional de Sanidad Alimentaria. DINAMADINAMADINAMADINAMADINAMA: Dirección Nacional de Mercado Alimentario. HACCPHACCPHACCPHACCPHACCP. Programa de aseguramiento de la calidad usado para garantizar la inocuidad de los alimentos en todas las fases de su manipulación. ISO 9000ISO 9000ISO 9000ISO 9000ISO 9000. es la serie de normas que establece requisitos genéricos sobre sistemas de gestión y garantÃa de la calidad. TQM o GCTTQM o GCTTQM o GCTTQM o GCTTQM o GCT. Sistemas de Gerenciamiento de la Calidad Total, consistentes en aplicar tanto métodos cuantitativos como el conocimiento de la gente, a fin de evaluar y mejorar los materiales y servicios de la empresa u organización; apuntan a satisfacer las necesidades actuales y futuras del cliente o consumidor. educación a distancia (instituto universitario P.F.A) 291derecho de los recursos naturales tomo 1) Resuma los textos de esta integración bibliográfica. ib integración bibliográfica abogacÃa a distancia ) educación a distancia (instituto universitario P.F.A) 292 tomo 1 derecho de los recursos naturales ) educación a distancia (instituto universitario P.F.A) 293derecho de los recursos naturales tomo 1) Impulsan ley ambiental sobre la producción: Impulsan ley ambiental sobre la producción: Impulsan ley ambiental sobre la producción: Impulsan ley ambiental sobre la producción: Impulsan ley ambiental sobre la producción: Es una propuesta de la organización Hábitat Comahue de Allen. Regula el uso de agroquÃmicos y la prevención de heladas. ALLEN (AA).- Un anteproyecto de ley sobre protección ambiental de la producción frutihortÃcola y el control de la contaminación en la región patagónica fue elaborado por la fundación ambientalista de esta ciudad âHábitat Comahueâ, y presentado en la SecretarÃa de Medio Ambiente de Nación, las legislaturas rionegrina y neuquina y el Parlamento Patagónico. El fin propuesto es disminuir riesgos en la manipulación de los agroquÃmicos y en los métodos utilizados para la defensa contra las heladas. No obstante, la propuesta aún no recibió tratamiento, por lo cual se pretende impulsar el proyecto fomentando el debate ambiental a través de foros de discusión que se prevé implementar en toda la zona. La âLey de Presupuestos MÃnimos de protección ambiental de la producción frutihortÃcola y control de la contaminación en los valles de regadÃo patagónicosâ, se formuló tras una investigación que realizó la fundación hacia fines del 2001 para la secretarÃa de Desarrollo Sustentable y PolÃtica Ambiental de la Nación sobre la legislación ambiental en las provincias de la Patagonia. El objetivo de la normativa propuesta, que serÃa de alcance para toda la región patagónica y todos los actores vinculados a la actividad productiva, es regular los presupuestos mÃnimos de protección ambiental vinculados a: la fabricación, distribución, comercialización, almacenamiento, transporte, utilización y disposición final de agroquÃmicos, a fin de asegurar que se utilicen eficazmente para proteger la salud humana, vegetal, animal y reducir riesgos. También la intención es evitar la contaminación en las prácticas de prevención de heladas que se utilizan en los cultivos y frutales. âLa idea es aunar criterios entre los actores involucrados, las Legislaturas de RÃo Negro y Neuquén y el Parlamento Patagónico, y armar foros de debate para comenzar a discutir la problemática ambiental y de contaminación en la Patagoniaâ, comentó Jorge Braun, presidente de âHábitat Comahueâ. En relación al desarrollo de la actividad productiva, en el amplio anteproyecto se prevé la prohibición de la descarga de efluentes conteniendo plaguicidas en los cursos de agua, rÃos, canales, desagües y los suelos; también se contempla la adopción de buenas prácticas agrÃcolas y el desarrollo de programas de educación. Por otra parte, en cuanto a la prevención de heladas, los ambientalistas prevén imposibilitar en toda la región patagónica la quema de cubiertas de automotores, educación a distancia (instituto universitario P.F.A) 294 tomo 1 derecho de los recursos naturales ) caucho o cualquier material similar como método preventivo. La propuesta dispone sanciones para todos aquellos que incumplan, en cualquiera de sus aspectos, esta legislación. Finalmente, se prevé la creación de un Centro Toxicológico Regional para el diagnóstico y tratamiento en casos de intoxicación y realizar estudios epidemiológicos relacionados a la exposición a productos quÃmicos. Fuente: RÃo Negro digital. Septiembre 10, 2002 educación a distancia (instituto universitario P.F.A) 295derecho de los recursos naturales tomo 1) Fuente: www.ecoportal.net DECLARACIONES DE UN EXPERTO MUNDIAL EN ABEJAS (Noviembre 15, 2000). Canadian Business: Andrew Nikiforuk En una conferencia internacional sobre abejas, Mark Winston, uno de los biólogos más prominentes del Canadá y profesor de la Universidad Simón Fraser University, pregunto a un compañero de la Agencia de Inspección de Alimentos del Canadá -CFIA- (quienes trabajan para asegurar la calidad de los alimentos en el paÃs) si los cultivos transgénicos pueden dañar a las abejas. La historia dice que Winston, uno de los expertos mundiales en abejas, quiere saber si se ha hecho alguna investigación de polen de plantas manipuladas genéticamente como canola, y sobre los efectos de las proteÃnas transgénicas en el comportamiento y sobrevivencia de los insectos. El vocero de la Agencia CFIA respondió confidencialmente que el polen de cultivos transgénicos no producen daño a las abejas. OK. Pero por ser un buen cientÃfico, el Dr. Winston quiere ver datos. Entonces envió algunos mensajes electrónicos a la Agencia y le pidió que sustente su afirmación con investigaciones cientÃficas, un pedido normal para un hombre de ciencia. La historia dice que Winston sabÃa que algo no andaba bien cuando sus preguntas fueron referidas a una autoridad más alta. El finalmente tuvo algunas respuestas, pero no las que esperaba. Si, se habÃan hecho estudios con abejas, pero el CFIA no pudo decirle a Winston los cultivos transgénicos que fueron evaluados. Eso era âinformación confidencialâ. Tampoco se le dio información de las fuentes del estudio, protocolos experimentales ni siquiera los resultados. De acuerdo a Winston, alguien del CFIA habÃa dicho âPara nosotros, la información es secreto comercial.ââ La historia dice que Winston prefiere un debate informado y balanceado sobre tecnologÃas que pudieran causar calamidades. Pero no se puede hacer un debate vigoroso sobre el tema en ausencia de información básica, y Winston encuentra que la CFIA está cerrada a atender preguntas legitimas sobre la salud y la seguridad, lo que considera alarmante. Ãl añade que âsi no tenemos acceso a datos recolectados objetivamente, sobre temas de crÃtica importancia, como podemos decidir que es seguro y que no esâ. Winston, quien está escribiendo un libro sobre el mundo de los organismos genéticamente modificados, no puede explicarse porque la CFIA ha decidido que los datos sobre el número de abejas afectadas por el polen de canola transgénica son un educación a distancia (instituto universitario P.F.A) 296 tomo 1 derecho de los recursos naturales ) secreto de Estado. La historia continua, diciendo que Winston ha dejado de esperar una respuesta del Gobierno a sus preguntas básicas sobre abejas, y ha iniciado una investigación hecha por su cuenta, añadiendo que âEs realmente malo que tu Gobierno tenga datos que tú no puedes ver. Es realmente triste hacer estos comentarios sobre nuestras autoridades regulatoriasâ. Nota:Nota:Nota:Nota:Nota: Mark Winston es pro-transgénicos. Este artÃculo está basado en un artÃculo que él escribió como crÃtica al Gobierno y el uso la historia del polen transgénico para usarlo como ejemplo. En Mayo del 2000, se dio a conocer un estudio sobre la base de investigaciones a tres años en los que se demuestra claramente que la resistencia glifosato (roundup) era transferida de bacterias y levaduras en el tracto digestivo de abejas que habÃan ingerido polen transgénico, sin embargo parece que Mark Winston no conoce este estudio. educación a distancia (instituto universitario P.F.A) 297derecho de los recursos naturales tomo 1) Fuente:Fuente:Fuente:Fuente:Fuente: Terra Viva Organics - Organic seed, predatory insects & natural fertilizers www.tvorganics.com/ (Para leer el artÃculo completo recomendamos ingresar al sitio) Abejas Polinizadoras: Abejas Polinizadoras: Abejas Polinizadoras: Abejas Polinizadoras: Abejas Polinizadoras: Radio de vuelo de las abejas y recolección de polen (*)Radio de vuelo de las abejas y recolección de polen (*)Radio de vuelo de las abejas y recolección de polen (*)Radio de vuelo de las abejas y recolección de polen (*)Radio de vuelo de las abejas y recolección de polen (*) Las distancias de vuelo de las abejas obreras varÃan de acuerdo con las condiciones climáticas estacionales conectadas con la disponibilidad de alimento. Ellas buscan el néctar (carbohidratos), polen (proteÃnas, agua y propolis (recolectado como resina de los árboles y usado para sellar la colmena). Las distancias que las abejas pueden volar en búsqueda de lo anteriormente descrito son variadas y Eckert, un investigador americano, registro recolecciones de colonias de cultivos que crecen a siete millas de distancia en la situación anormal de cultivos irrigados en la árida región de Wyoming (Eckert 19339. Thomas Seeley, otro investigador americano, registró que la mayorÃa del polen recolectado está dentro de un radio de 1 Km pero con cantidades apreciables que han sido recogidas hasta de 4 Km (Seeley 1985). La regla general empÃrica dentro de los criadores británicos es considerar un radio de vuelo de 3 millas como el lÃmite exterior con retornos incrementados si la distancia entre la colmena y la fuente de alimento es menor. Cultivos dentro de un radio de media milla serán considerados como altamente probables para producir exceso de miel. La presencia de sitios de crianza en la cercanÃa de experimentos de cultivos genéticamente manipulados es solo una parte del problema. En todas las Islas Británicas, donde las abejas son criadas para beneficio, existe una concentración de abejas âferalâ escapadas; que tienen sus enjambres escondidos en árboles huecos, cielos falsos o cavidades en las rocas. Algunas son de corta vida mientras que otras sobreviven por algunos años. En muchas instancias esto sólo sucede obviamente en lo alto de la temporada o en el tiempo de enjambre pero estas representan una contribución a la fuerza total de obreras en cualquier área. Un resultante de un enjambre de la colmena en mayo o junio, y que ha tomado su residencia en un árbol hueco o en cielo falso, puede ser en su punto máximo, coincidente con la época de floración. Hay otra consideración que hacer cuando se trata de encontrar parámetros confiables para valorar las cantidades de polen recolectado y su subsecuente utilización, y es que algunos granos de polen se adhieren a los pelos del cuerpo de la abeja y estos educación a distancia (instituto universitario P.F.A) 298 tomo 1 derecho de los recursos naturales ) pueden ser transportados en dirección opuesta a la fuente de este polen en particular. En otras palabras, el rango efectivo de transferencia de polen, aunque se realiza en pequeñas cantidades, puede ser duplicado. PolenPolenPolenPolenPolen El polen provee la fuente esencial de proteÃna vegetal dentro del metabolismo de la colonia además provee de lÃpidos (grasas) y ciertos carbohidratos. Una colonia requiere alrededor de 20 Kg de polen por temporada, que representa como 2.000 cargamentos de polen. El contenido de proteÃna del polen puede variar entre 7% y 30%, aunque el contenido en el maÃz está en el rango inferior de este espectro, las abejas recolectarán polen de toda clase de fuente en tiempos de escasez. La escasez de polen es muy común en áreas de cultivos intensivos donde la ausencia de mala hierba, árboles y setos frecuentemente resultan en efectos nocivos para las colmenas dejadas en sitios aislados luego de trabajar con colza y/o cosechas de habichuelas. La parte Sur de Lincolnshire provee varios ejemplos de esta condición. El polen en la miel y productos para la saludEl polen en la miel y productos para la saludEl polen en la miel y productos para la saludEl polen en la miel y productos para la saludEl polen en la miel y productos para la salud La transmisión del polen a la colmena es seguida por la transferencia de los cargamentos de polen para almacenamiento en la proximidad de las celdas de las crÃas. Aunque este polen está destinado como alimento de las crÃas, el pequeño tamaño hasta de los granos de polen más largo es tal que cierto porcentaje encuentra su vÃa hacia la miel. La extracción de la miel con fuerza centrÃfuga también conlleva a la transferencia de polen en la recolección de miel. Este hecho es tan importante que cuando se aÃslan los granos de polen de una muestra de miel se tiene una herramienta analÃtica esencial en la identificación de la fuente floral de la miel o por lo menos la determinación aproximada del paÃs de origen. El polen en cualquier producción en bruto puede ser retirado por filtración a presión, resultando un producto más limpio, más brillante y consecuentemente atractivo para los mayores empacadores de miel de exportación. Tal proceso está un poco más allá del alcance intelectual de los productores a pequeña escala, quienes son la espina dorsal de la crianza de abejas británica. En ventas a âpuerta de granjaâ, el hecho de que la miel producida localmente contiene granos de polen es muy frecuentemente un punto atractivo para el consumidor. educación a distancia (instituto universitario P.F.A) 299derecho de los recursos naturales tomo 1) El polen en cualquier producción en bruto puede ser retirado por filtración a presión... Tal proceso está un poco más allá del alcance intelectual de los productores a pequeña escala La cantidad de polen en cualquier muestra puede variar de acuerdo con la fuente floral y el método de extracción. âAlgunas muestras de miel pueden contener unos pocos miles de granos por 10 gr, mientras el contenido en otras muestras puede ser tan grande como 160.000â y, âUna miel normal debe contener entre 2.500 a 6.000 granos de polen por 10 gramosâ (Seeley 1985). Aunque existe una cantidad óptima de polen requerida para el metabolismo efectivo de la colonia y aunque puede ocurrir una escasez de polen, en la mayorÃa de áreas, las abejas recolectaran y almacenaran suficiente polen acorde a los requerimientos de la colonia. Esto da crecimiento a la condición llamada âpeines cargados de polenâ en los cuales este polen viejo y sin uso ha sido secado y descartado por las abejas. Existe un mercado para el polen al interior del área de la comida sana ya que hay una técnica reconocida y patentada para instalar una trampa para recolectar polen a la entrada de la colmena; por la cual las abejas están obligadas a pasar a través de una tela metálica cuyo tamaño causa que una parte del polen cargado sea recogida de las âcanastas de polenâ o âcorbÃculaâ en las patas escondidas de la abeja obrera. El polen es subsecuentemente recolectado de una bandeja de recolección para la venta eventual dentro organización total de alimento o como un estimulante alimenticio para las abejas en la próxima primavera. En algunas empresas de crianza de abejas a baja escala, el valor agregado de las ventas de polen es la llave de posibles financiamientos. Se ha reportado que un distribuidor de homeopáticos en el norte de Inglaterra adquiere 12 toneladas de polen cada año para vender en el mercado de comida sana. Este polen seco y limpio es utilizado como un suplemento alimenticio. Las cantidades varÃan desde una cucharilla de té hasta una cucharada de polen que puede ser adicionada al cereal de desayuno del consumidor cada mañana. Otro mercado para el polen recolectado es la preparación de rombos propolis donde puede ser usado como un agente de revestimiento. (Propolis es la resina recolectada de las abejas para sellar la colmena y es solicitado dentro del comercio homeopático por sus propiedades antisépticas)..... (*) Por Geoffrey Hopkinson educación a distancia (instituto universitario P.F.A) 300 tomo 1 derecho de los recursos naturales ) Transgénicos bajo la lupa 30-12-2002. Transgénicos bajo la lupa 30-12-2002. Transgénicos bajo la lupa 30-12-2002. Transgénicos bajo la lupa 30-12-2002. Transgénicos bajo la lupa 30-12-2002. La Nación (Buenos Aires, Argentina) Opinión Página 16 En medios oficiales y privados se discute la decisión que se adoptará respecto de la pertenencia o no al grupo de naciones adheridas al Protocolo de Bioseguridad, arduamente debatido, pero finalmente aceptado en Cartagena de Indias. Este tratado internacional tiene como condición para su vigencia la ratificación de al menos 50 naciones, una de las cuales podrÃa ser nuestro paÃs. El Protocolo de Cartagena se refiere al tratamiento de los productos transgénicos en el comercio internacional. Según sus cláusulas, las naciones estarán en capacidad de restringir el ingreso de productos modificados genéticamente en caso de duda respecto de sus potenciales daños para la salud humana y animal o también de efectos ambientales. Con esto, la Unión Europea (UE) logrará su aspiración, consistente en implantar el âprincipio precautorioâ, que le permite restringir las importaciones de productos con modificaciones genéticas, producto de una ciencia en la que sus claustros cientÃficos tienen un grado de avance menor que en los Estados Unidos. Ciertamente, la población europea abriga sus temores respecto del consumo de tales productos, asunto que bien puede solucionarse por métodos menos agresivos. El Acuerdo Sanitario de la Rueda Uruguay de la Organización Mundial del Comercio (OMC), entidad que cuenta con 144 miembros, posee disposiciones que permiten restringir el comercio entre naciones en casos de duda respecto de su inocuidad, teniendo en cuenta testimonios cientÃficos, informaciones de instituciones internacionales, y procurando la revisión de la restricción en un plazo razonable. Ello implica que conforme el Protocolo de Bioseguridad se puede restringir el comercio mientras no exista evidencia cientÃfica sobre la ausencia de efectos nocivos; según la OMC, en cambio, no se puede obstaculizar el intercambio si no hay evidencia cientÃfica sobre potenciales daños. Cabe recordar que la autorización para la venta de productos modificados genéticamente, al igual que con otros, está sujeta a un escrutinio cientÃfico previo. Como se aprecia, coexisten dos tratados respecto del mismo tema. Según su normativa, no existe preponderancia de uno sobre otro. Un aspecto en todo caso importante es que la OMC tiene un sistema jurÃdico de solución de controversias, mientras que el Protocolo no lo tiene. Hasta ahora no se sabe qué ocurrirá en caso de aplicación de una norma del Protocolo que hiera intereses concretos. Durante su larga tramitación, el Protocolo de Bioseguridad fue resistido por educación a distancia (instituto universitario P.F.A) 301derecho de los recursos naturales tomo 1) nuestro paÃs y por varios más, entre ellos los Estados Unidos, Canadá, Australia, Chile y Uruguay. La Unión Europea, lÃder del grupo impulsor, logró el mayor número de adhesiones, hecho que le permitirá obtener la ratificación mencionada. La pregunta es si conviene o no a los intereses argentinos involucrarse en ese tratado, siendo sus intereses opuestos a los del grupo y estando mejor asistidos en el marco de la OMC. Nadie se ha manifestado aquà en favor del Protocolo y su principio precautorio. El debate se refiere a la conveniencia de la pertenencia a éste. Quienes lo proponen creen que su ratificación nos permitirÃa morigerar las disposiciones que se requiere elaborar. Quienes se oponen, a nuestro entender con razón, confÃan poco en esa capacidad moderadora por la que habrÃa que pagar el muy alto precio de aceptar el âprincipio precautorioâ, que no se limitará a los transgénicos, sino que se filtrará por todos los resquicios que aparezcan. Mas aún, la idea de ratificar el Protocolo ad referéndum de la aprobación legislativa serÃa desconocer la oposición existente en los más importantes sectores del agro y la agroindustria. educación a distancia (instituto universitario P.F.A) 302 tomo 1 derecho de los recursos naturales ) Fuente:Fuente:Fuente:Fuente:Fuente: Greenpeace Argentina; âManipulación Genéticaâ, Alejadra Folgarait (Ed. Tesis Norma); Rev. EcologÃa Internacional; Monsanto; Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD) - Informe 1999. Alimentos transgénicosAlimentos transgénicosAlimentos transgénicosAlimentos transgénicosAlimentos transgénicos En Argentina el 90 % de la soja que se cultiva en los campos es transgénica y el 60 % de los alimentos procesados contienen estas semillas. Las empresas dicen que son inofensivos, pero se niegan a informar en los envases el origen transgénico y algunas venden aquà lo que no ofrecen en Europa o Estados Unidos. La campaña âExigà saberâ, de Greenpeace, reclama que en este lugar del mundo los alimentos adviertan en los envases que contienen organismos genéticamente manipulados. âSin saberlo ni quererlo, en estos momentos, tanto vos como tu familia están comiendo alimentos obtenidos a través de la ingenierÃa genéticaâ, dice la organización. Tierra de nadieTierra de nadieTierra de nadieTierra de nadieTierra de nadie En Argentina existen serias deficiencias en los controles sobre los alimentos (y otros elementos de consumo masivo). Pero además, muchos alimentos, como el pan y la leche, pueden estar elaborados con organismos genéticamente modificados (OGM). Hasta el momento no se ha comprobado que los OGM no produzcan alguna alteración sobre las personas que la consumen. Sin embargo, hay quienes opinan que son âinocentesâ porque no se ha demostrado lo contrario. Mientras que quienes se oponen argumentan que por lógica y sentido común, antes de experimentar con las personas, otros animales y el ecosistema, se debe garantizar que no ocasionan ningún mal. Argentina es uno de los principales paÃses del mundo (entre los 3 primeros) que utiliza semillas modificadas genéticamente. La soja que se siembra en los campos, un 90 % es producto de la ingenierÃa genética, y actualmente se suma a la lista el algodón (un 1,2% del total es transgénico) y el maÃz (representa un 25 % del total). ArgumentosArgumentosArgumentosArgumentosArgumentos Combatir el hambre y la pobreza es uno de los argumentos de los defensores de la manipulación genética aplicada a los alimentos. Están aquellos que sostienen que educación a distancia (instituto universitario P.F.A) 303derecho de los recursos naturales tomo 1) libra al medio ambiente de toneladas de agroquÃmicos y fertilizantes. Lejos de servir para paliar el hambre y la pobreza, la ingenierÃa genética aplicada a los alimentos ha contribuido a aumentar y controlar un mercado desigual e injusto, según dice el PNUD: âEl progreso tecnológico sigue estando lejos del alcance de los pobresâ, y denuncia que sólo 10 empresas en el mundo controlan el 32 % del comercio de las semillas en un mercado que facturó 23.000 millones de dólares en 1998. âLos organismos transgénicos no obedecen a un requerimiento de la Unicef o de la OMS, sino a la lógica misma de la tendencia del mercadoâ, dice Greenpeace. Por su parte, cientÃficos de todo el mundo han advertido que plantas transgénicas pueden originar nuevos virus, o matar otras plantas o insectos. La âcontaminación genéticaâ puede ser irreversible y el asunto ha tomado tal dimensión que se estableció un Protocolo de Cartagena sobre la Seguridad Biológica, firmado por 130 paÃses. Qué hacerQué hacerQué hacerQué hacerQué hacer âSi ellos (los cientÃficos de la biotecnologÃa) son dioses que crean nuevos seres y deciden sobre la composición genética de los organismos, ¿qué papel jugamos los comunes e imperfectos mortales?â, se pregunta Alejandra Folgarait. Por lo pronto, Greenpeace impulsa una campaña que consiste en obligar a las empresas a etiquetar los productos con ingredientes transgénicos. âNo permitas que las empresas decidan por vos qué es lo que vas a comerâ, dicen. Texto:Texto:Texto:Texto:Texto: Pablo DâAtri educación a distancia (instituto universitario P.F.A) 304 tomo 1 derecho de los recursos naturales ) educación a distancia (instituto universitario P.F.A) 305derecho de los recursos naturales tomo 1) LEY Nº 22.421 DE CONSERVACIÃN DE LA FAUNA SILVESTRELEY Nº 22.421 DE CONSERVACIÃN DE LA FAUNA SILVESTRELEY Nº 22.421 DE CONSERVACIÃN DE LA FAUNA SILVESTRELEY Nº 22.421 DE CONSERVACIÃN DE LA FAUNA SILVESTRELEY Nº 22.421 DE CONSERVACIÃN DE LA FAUNA SILVESTRE CAPÃTULO ICAPÃTULO ICAPÃTULO ICAPÃTULO ICAPÃTULO I: DE LA CONSERVACION DE LA FAUNA. : DE LA CONSERVACION DE LA FAUNA. : DE LA CONSERVACION DE LA FAUNA. : DE LA CONSERVACION DE LA FAUNA. : DE LA CONSERVACION DE LA FAUNA. (artÃculos 1 al 7) ARTÃCULO 1:ARTÃCULO 1:ARTÃCULO 1:ARTÃCULO 1:ARTÃCULO 1: Declárase de interés público la fauna silvestre que temporal o permanentemente habita el Territorio de la República, asà como su protección, conservación, propagación, repoblación y aprovechamiento racional. - Declárase de interés público la fauna silvestre que temporal o permanentemente habita el Territorio de la República, asà como su protección, conservación, propagación, repoblación y aprovechamiento racional. - Declárase de interés público la fauna silvestre que tempo- ral o permanentemente habita el Territorio de la República, asà como su protección, conservación, propagación, repoblación y aprovechamiento racional. Todos los habitantes de la Nación tienen el deber de proteger la fauna silvestre, conforme a los reglamentos que para su conservación y manejo dicten las autoridades de aplicación. Cuando el cumplimiento de este deber causare perjuicios, fehacientemente comprobados, los mismos deberán ser indemnizados por la vÃa administrativa, por el Estado Nacional o los provinciales en sus respectivas jurisdicciones, de conformidad con las disposiciones que dictarán al efecto las autoridades de aplicación. En jurisdicción nacional, en caso de desestimarse total o parcialmente los reclamos formulados, los interesados podrán recurrir ante el Juez Federal competente, interponiendo y fundando recurso de apelación dentro de los QUINCE (15) dÃas hábiles de notificados en la resolución respectiva. ARTÃCULO 2:ARTÃCULO 2:ARTÃCULO 2:ARTÃCULO 2:ARTÃCULO 2: En la reglamentación y aplicación de esta ley las autoridades deberán respetar el equilibrio entre los diversos beneficios económicos, culturales, agropecuarios, recreativos y estéticos que la fauna silvestre aporta al hombre, pero dando en todos los casos la debida prelación a la conservación de la misma como A continuación transcribimos algunos artÃculos de la Ley Nº 22.421 sobre conservación de la fauna silvestre. la consigna del trabajo es que pueda elaborar un cuadro acerca de los principales conceptos con los que tome contacto y destaque lo más relevante. trabajo práctico tp)abogacÃa a distancia educación a distancia (instituto universitario P.F.A) 306 tomo 1 derecho de los recursos naturales ) criterio rector de los actos a otorgarse. En la reglamentación y aplicación de esta ley las autoridades deberán respetar el equilibrio entre los diversos beneficios económicos, culturales, agropecuarios, recreativos y estéticos que la fauna silvestre aporta al hombre, pero dando en todos los casos la debida prelación a la conservación de la misma como criterio rector de los actos a otorgarse. En la reglamentación y aplicación de esta ley las autoridades deberán respetar el equilibrio entre los diversos beneficios económicos, culturales, agropecuarios, recreativos y estéticos que la fauna silvestre aporta al hombre, pero dando en todos los casos la debida prelación a la conservación de la misma como criterio rector de los actos a otorgarse. ARTÃCULO 3: ARTÃCULO 3: ARTÃCULO 3: ARTÃCULO 3: ARTÃCULO 3: A los fines de esta Ley se entiende por fauna silvestre: A los fines de esta Ley se entiende por fauna silvestre: A los fines de esta Ley se entiende por fauna silvestre: 1) Los animales que viven libres e independientes del hombre, en ambientes naturales o artificiales. 2) Los bravÃos o salvajes que viven bajo control del hombre, en cautividad o semicautividad. 3) Los originalmente domésticos que, por cualquier circunstancia, vuelven a la vida salvaje convirtiéndose en cimarrones. Quedan excluÃdos del régimen de la presente Ley los animales comprendidos en las leyes sobre pesca. La autoridad jurisdiccional de aplicación acordará con la SECRETARIA DE ESTADO DE INTERESES MARITIMOS la división correspondiente en los casos dudosos. ARTÃCULO 4:ARTÃCULO 4:ARTÃCULO 4:ARTÃCULO 4:ARTÃCULO 4: Se ajustarán a las disposiciones de esta Ley y sus reglamentos, la caza, hostigamiento, captura o destrucción de sus crÃas, huevos, nidos y guaridas, tenencia, posesión, tránsito, aprovechamiento, comercio y transformación de la fauna silvestre y sus productos o subproductos. Se ajustarán a las disposiciones de esta Ley y sus reglamentos, la caza, hostigamiento, captura o destrucción de sus crÃas, huevos, nidos y guaridas, tenencia, posesión, tránsito, aprovechamiento, comercio y transformación de la fauna silvestre y sus productos o subproductos. Se ajustarán a las disposiciones de esta Ley y sus reglamentos, la caza, hostigamiento, captura o destrucción de sus crÃas, huevos, nidos y guaridas, tenencia, posesión, tránsito, aprovechamiento, comercio y transformación de la fauna silvestre y sus productos o subproductos. ARTÃCULO 5:ARTÃCULO 5:ARTÃCULO 5:ARTÃCULO 5:ARTÃCULO 5: La autoridad Nacional de aplicación podrá prohibir la importación, introducción y radicación de ejemplares vivos, semen, embriones, huevos para incubar y larvas de cualquier especie que puedan alterar el equilibrio ecológico, afectar actividades económicas o perturbar el cumplimiento de los fines de esta Ley. educación a distancia (instituto universitario P.F.A) 307derecho de los recursos naturales tomo 1) ARTÃCULO 6:ARTÃCULO 6:ARTÃCULO 6:ARTÃCULO 6:ARTÃCULO 6: Queda prohibido dar libertad a animales silvestres en cautiverio, cualquiera fuese la especie o los fines perseguidos, sin la previa conformidad de la autoridad de aplicación, nacional o provincial según corresponda. Queda prohibido dar libertad a animales silvestres en cautiverio, cualquiera fuese la especie o los fines perseguidos, sin la previa conformidad de la autoridad de aplicación, nacional o provincial según corresponda. Queda prohibido dar libertad a animales silvestres en cautiverio, cualquiera fuese la especie o los fines perseguidos, sin la previa conformidad de la autoridad de aplicación, nacional o provincial según corresponda. ARTÃCULO 7:ARTÃCULO 7:ARTÃCULO 7:ARTÃCULO 7:ARTÃCULO 7: Queda igualmente prohibido introducir desde el exterior productos y subproductos, manufacturados o no, de aquellas especies de la fauna silvestre autóctona cuya caza, comercio, tenencia, posesión y transformación se hallen vedadas en toda la región de su hábitat natural, sin permiso previo de la autoridad nacional de aplicación. Queda igualmente prohibido introducir desde el exterior productos y subproductos, manufacturados o no, de aquellas especies de la fauna silvestre autóctona cuya caza, comercio, tenencia, posesión y transformación se hallen vedadas en toda la región de su hábitat natural, sin permiso previo de la autoridad nacional de aplicación. Queda igualmente prohibido introducir desde el exterior productos y subproductos, manufacturados o no, de aquellas especies de la fauna silvestre autóctona cuya caza, comercio, tenencia, posesión y transformación se hallen vedadas en toda la región de su hábitat natural, sin permiso previo de la autoridad nacional de aplicación. CAPÃTULO IICAPÃTULO IICAPÃTULO IICAPÃTULO IICAPÃTULO II: DEL APROVECHAMIENTO DE LA FAUNA SILVESTRE: DEL APROVECHAMIENTO DE LA FAUNA SILVESTRE: DEL APROVECHAMIENTO DE LA FAUNA SILVESTRE: DEL APROVECHAMIENTO DE LA FAUNA SILVESTRE: DEL APROVECHAMIENTO DE LA FAUNA SILVESTRE ARTÃCULO 8. -ARTÃCULO 8. -ARTÃCULO 8. -ARTÃCULO 8. -ARTÃCULO 8. - Ajustándose a las disposiciones legales y reglamentarias nacionales y provinciales el propietario del campo podrá aprovechar la fauna silvestre que lo habita transitoria o permanentemente, debiendo protegerla y limitar racionalmente su utilización para asegurar la conservación de la misma. Ajustándose a las disposiciones legales y reglamentarias nacionales y provinciales el propietario del campo podrá aprovechar la fauna silvestre que lo habita transitoria o permanentemente, debiendo protegerla y limitar racionalmente su utilización para asegurar la conservación de la misma. Ajustándose a las disposiciones legales y reglamentarias nacionales y provinciales el propietario del campo podrá aprovechar la fauna silvestre que lo habita transitoria o permanentemente, debiendo protegerla y limitar racionalmente su utilización para asegurar la conservación de la misma. CAPÃTULO IIICAPÃTULO IIICAPÃTULO IIICAPÃTULO IIICAPÃTULO III: COMERCIO INTERPROVINCIAL E INTERNACIONAL : COMERCIO INTERPROVINCIAL E INTERNACIONAL : COMERCIO INTERPROVINCIAL E INTERNACIONAL : COMERCIO INTERPROVINCIAL E INTERNACIONAL : COMERCIO INTERPROVINCIAL E INTERNACIONAL ARTÃCULO 9:ARTÃCULO 9:ARTÃCULO 9:ARTÃCULO 9:ARTÃCULO 9: A los fines del transporte y del comercio interprovincial, el propietario, educación a distancia (instituto universitario P.F.A) 308 tomo 1 derecho de los recursos naturales ) administrador, poseedor o tenedor a cualquier tÃtulo legÃtimo del fundo, proveerá al cazador de un documento donde conste el producto de la caza, el que intervendrá la autoridad competente. A los fines del transporte y del comercio interprovincial, el propietario, administrador, poseedor o tenedor a cualquier tÃtulo legÃtimo del fundo, proveerá al cazador de un documento donde conste el producto de la caza, el que intervendrá la autoridad competente. A los fines del transporte y del comercio inter- provincial, el propietario, administrador, poseedor o tenedor a cualquier tÃtulo legÃtimo del fundo, proveerá al cazador de un documento donde conste el producto de la caza, el que intervendrá la autoridad competente. Si por cualquier circunstancia el cazador no pudiere obtener dicho documento, lo solicitará a la autoridad competente más próxima, la que lo otorgará siempre que acredite haber cazado dentro del fundo con el debido permiso de las personas mencionadas en el párrafo anterior, en la forma que prescriban los reglamentos de la autoridad de aplicación. ARTÃCULO 10:ARTÃCULO 10:ARTÃCULO 10:ARTÃCULO 10:ARTÃCULO 10: La documentación que ampare el transporte y el comercio internacional o interprovincial de los productos y subproductos de la fauna silvestre, será uniforme en toda la República, y de acuerdo con la reglamentación que dictará el PODER EJECUTIVO NACIONAL. La documentación que ampare el transporte y el comercio internacional o interprovincial de los productos y subproductos de la fauna silvestre, será uniforme en toda la República, y de acuerdo con la reglamentación que dictará el PODER EJECUTIVO NACIONAL. La documentación que ampare el transporte y el comercio internacional o interprovincial de los productos y subproductos de la fauna silvestre, será uniforme en toda la República, y de acuerdo con la reglamentación que dictará el PODER EJECUTIVO NACIONAL. ARTÃCULO 11:ARTÃCULO 11:ARTÃCULO 11:ARTÃCULO 11:ARTÃCULO 11: Con la venta o cesión a cualquier tÃtulo de los animales de caza y sus productos y subproductos, se transferirán los documentos que los amparen. Con la venta o cesión a cualquier tÃtulo de los animales de caza y sus productos y subproductos, se transferirán los documentos que los amparen. Con la venta o cesión a cualquier tÃtulo de los animales de caza y sus productos y subproductos, se transferirán los documentos que los amparen. ARTÃCULO 12:ARTÃCULO 12:ARTÃCULO 12:ARTÃCULO 12:ARTÃCULO 12: Realizada cualquier transformación de los productos de la caza u operaciones de comercio que requieran nuevos documentos, las autoridades los proveerán a sus dueños para acreditar legÃtima posesión, previa presentación y anulación de los que amparaban el producto originario. - Realizada cualquier transformación de los productos de la caza u operaciones de comercio que requieran nuevos documentos, las autoridades los proveerán a sus dueños para acreditar legÃtima posesión, previa educación a distancia (instituto universitario P.F.A) 309derecho de los recursos naturales tomo 1) presentación y anulación de los que amparaban el producto originario. - Realizada cualquier transformación de los productos de la caza u operaciones de comercio que requieran nuevos documentos, las autoridades los proveerán a sus dueños para acreditar legÃtima posesión, previa presentación y anulación de los que amparaban el producto originario. En todos los casos, al ingresar a jurisdicción federal o al realizarse actos de comercio internacional o interprovincial, estos documentos serán presentados por sus dueños ante la autoridad nacional de aplicación, a los fines de su fiscalización. CAPÃTULO IVCAPÃTULO IVCAPÃTULO IVCAPÃTULO IVCAPÃTULO IV: DEL AMBIENTE DE LA FAUNA SILVESTRE Y SU PROTECCION : DEL AMBIENTE DE LA FAUNA SILVESTRE Y SU PROTECCION : DEL AMBIENTE DE LA FAUNA SILVESTRE Y SU PROTECCION : DEL AMBIENTE DE LA FAUNA SILVESTRE Y SU PROTECCION : DEL AMBIENTE DE LA FAUNA SILVESTRE Y SU PROTECCION ARTÃCULO 13:ARTÃCULO 13:ARTÃCULO 13:ARTÃCULO 13:ARTÃCULO 13: Los estudios de factibilidad y proyectos de obras tales como desmonte, secado y drenaje de tierras inundables, modificaciones de cauce de rÃo, construcción de diques y embalses, que puedan causar transformaciones en el ambiente de la fauna silvestre, deberán ser consultados previamente a las autoridades nacionales o provinciales competentes en materia de fauna. Los estudios de factibilidad y proyectos de obras tales como desmonte, secado y drenaje de tierras inundables, modificaciones de cauce de rÃo, construcción de diques y embalses, que puedan causar transformaciones en el ambiente de la fauna silvestre, deberán ser consultados previamente a las autoridades nacionales o provinciales competentes en materia de fauna. Los estudios de factibilidad y proyectos de obras tales como desmonte, secado y drenaje de tierras inundables, modificaciones de cauce de rÃo, construcción de diques y embalses, que puedan causar transformaciones en el ambiente de la fauna silvestre, deberán ser consultados previamente a las autoridades nacionales o provinciales competentes en materia de fauna. ARTÃCULO 14:ARTÃCULO 14:ARTÃCULO 14:ARTÃCULO 14:ARTÃCULO 14: Antes de autorizar el uso de productos venenosos o tóxicos que contengan sustancias residuales nocivas, en especial los empleados para la destrucción de aquellos invertebrados o plantas que son el alimento natural de determinadas especies, deberán ser previamente consultadas las autoridades nacionales o provinciales competentes en materia de fauna silvestre. Antes de autorizar el uso de productos venenosos o tóxicos que contengan sustancias residuales nocivas, en especial los empleados para la destrucción de aquellos invertebrados o plantas que son el alimento natural de determinadas especies, deberán ser previamente consultadas las autoridades nacionales o provinciales competentes en materia de fauna silvestre. Antes de autorizar el uso de productos venenosos o tóxicos que contengan sustancias residuales nocivas, en especial los empleados para la destrucción de aquellos invertebrados o plantas que son el alimento natural de determinadas especies, deberán ser previamente consultadas las autoridades nacionales o provinciales competentes en materia de fauna silvestre. educación a distancia (instituto universitario P.F.A) 310 tomo 1 derecho de los recursos naturales ) CAPÃTULO VCAPÃTULO VCAPÃTULO VCAPÃTULO VCAPÃTULO V: DE LA CAZA. : DE LA CAZA. : DE LA CAZA. : DE LA CAZA. : DE LA CAZA. ARTÃCULO 15:ARTÃCULO 15:ARTÃCULO 15:ARTÃCULO 15:ARTÃCULO 15: A los efectos de esta Ley, entiéndase por Caza la acción ejercida por el hombre, mediante el uso de artes, armas y otros medios apropiados, persiguiendo o apresando ejemplares de la fauna silvestre con el fin de someterlos bajo su dominio, apropiárselos como presa, capturándolos, dándoles muerte o facilitando estas acciones a terceros. A los efectos de esta Ley, entiéndase por Caza la acción ejercida por el hombre, mediante el uso de artes, armas y otros medios apropiados, persiguiendo o apresando ejemplares de la fauna silvestre con el fin de someterlos bajo su dominio, apropiárselos como presa, capturándolos, dándoles muerte o facilitando estas acciones a terceros. A los efectos de esta Ley, entiéndase por Caza la acción ejercida por el hombre, mediante el uso de artes, armas y otros medios apropiados, persiguiendo o apresando ejemplares de la fauna silvestre con el fin de someterlos bajo su dominio, apropiárselos como presa, capturándolos, dándoles muerte o facilitando estas acciones a terceros. ARTÃCULO 16:ARTÃCULO 16:ARTÃCULO 16:ARTÃCULO 16:ARTÃCULO 16: El PODER EJECUTIVO NACIONAL y cada Provincia, establecerán por vÃa reglamentaria las limitaciones a la práctica de la caza por razones de protección y conservación de las especies o de seguridad pública. El PODER EJECUTIVO NACIONAL y cada Provincia, establecerán por vÃa reglamentaria las limitaciones a la práctica de la caza por razones de protección y conservación de las especies o de seguridad pública. El PODER EJECUTIVO NACIONAL y cada Provincia, establecerán por vÃa reglamentaria las limitaciones a la práctica de la caza por razones de protección y conservación de las especies o de seguridad pública. Será requisito indispensable para practicar la caza: a) Contar con la autorización del propietario o administrador o poseedor o tenedor a cualquier tÃtulo legÃtimo del fundo; b) Haber obtenido la licencia correspondiente, previo examen de capacitación. Esta licencia la expedirán las autoridades jurisdiccionales de aplicación o las entidades públicas o privadas en las que aquellas podrán delegar esta función en la forma que determine el decreto reglamentario. Las licencias expedidas por la Nación o por las provincias adheridas al régimen de la presente Ley, de conformidad con las disposiciones de la misma y su reglamentación, tendrán validez en todo el territorio de la República. Las provincias no adheridas podrán celebrar convenios a tales efectos. El PODER EJECUTIVO NACIONAL establecerá, por vÃa de reglamentación, los requisitos indispensables para expedir la licencia de caza. Las provincias conservan competencia propia para legislar o reglamentar sobre las demás modalidades relativas al otorgamiento de esta licencia, asà como también acerca de todo lo concerniente a los permisos de caza dentro de sus respectivas jurisdicciones. educación a distancia (instituto universitario P.F.A) 311derecho de los recursos naturales tomo 1) CAPÃTULO VICAPÃTULO VICAPÃTULO VICAPÃTULO VICAPÃTULO VI: DE LA SANIDAD, MANEJO Y PROMOCION DE LA FAUNA SILVESTRE : DE LA SANIDAD, MANEJO Y PROMOCION DE LA FAUNA SILVESTRE : DE LA SANIDAD, MANEJO Y PROMOCION DE LA FAUNA SILVESTRE : DE LA SANIDAD, MANEJO Y PROMOCION DE LA FAUNA SILVESTRE : DE LA SANIDAD, MANEJO Y PROMOCION DE LA FAUNA SILVESTRE ARTÃCULO 17:ARTÃCULO 17:ARTÃCULO 17:ARTÃCULO 17:ARTÃCULO 17: El control sanitario de la fauna silvestre proveniente del exterior, y la que fuera objeto de comercio o de tránsito internacional o interprovincial, será ejercido por el SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD ANIMAL, de acuerdo con las leyes que reglan su competencia y funcionamiento. El control sanitario de la fauna silvestre proveniente del exterior, y la que fuera objeto de comercio o de tránsito internacional o interpro- vincial, será ejercido por el SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD ANIMAL, de acuerdo con las leyes que reglan su competencia y funcionamiento. El control sanitario de la fauna silvestre proveniente del exterior, y la que fuera objeto de comercio o de tránsito internacional o interprovincial, será ejercido por el SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD ANIMAL, de acuerdo con las leyes que reglan su competencia y funcionamiento. En el supuesto que la fauna silvestre tenga por hábitat territorios provinciales, el control sanitario será ejercido por los servicios de las respectivas provincias, pudiendo actuar el SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD ANIMAL en los casos en que las provincias interesadas asà lo soliciten. ARTÃCULO 18:ARTÃCULO 18:ARTÃCULO 18:ARTÃCULO 18:ARTÃCULO 18: El INSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGIA AGROPECUARIA realizará la investigación y extensión para el manejo de la fauna silvestre, atendiendo a las necesidades señaladas por la autoridad nacional de aplicación de esta Ley y coordinando sus programas a través de los CONSEJOS PROVINCIALES DE TECNOLOGIA AGROPECUARIA. El INSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGIA AGROPECUARIA realizará la investigación y extensión para el manejo de la fauna silvestre, atendiendo a las necesidades señaladas por la autoridad nacional de aplicación de esta Ley y coordinando sus programas a través de los CONSEJOS PROVINCIALES DE TECNOLOGIA AGROPECUARIA. El INSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGIA AGROPECUARIA realizará la investigación y extensión para el manejo de la fauna silvestre, atendiendo a las necesidades señaladas por la autoridad nacional de aplicación de esta Ley y coordinando sus programas a través de los CONSEJOS PROVINCIALES DE TECNOLOGIA AGROPECUARIA. ARTÃCULO 19:ARTÃCULO 19:ARTÃCULO 19:ARTÃCULO 19:ARTÃCULO 19: La autoridad nacional de aplicación y las de las provincias adheridas al régimen de la presente Ley, deberán adoptar -con el objeto de promover la protección, conservación y aprovechamiento de la fauna silvestre- medidas para fomentar, entre otras, las siguientes actividades; a) Preferentemente el establecimiento de reservas, santuarios, o criaderos de fauna silvestre autóctona con fines conservacionistas b) El establecimiento de cotos cinegéticos oficiales y privados, jardines zoológicos y reservas faunÃsticas con fines deportivos, culturales y/o recreativos turÃsticos, que educación a distancia (instituto universitario P.F.A) 312 tomo 1 derecho de los recursos naturales ) podrán tener propósito de lucro. c) La crianza en cautividad de especies silvestres, con fines de explotación económica. ARTÃCULO 20:ARTÃCULO 20:ARTÃCULO 20:ARTÃCULO 20:ARTÃCULO 20: En caso de que una especie de la fauna silvestre autóctona se halle en peligro de extinción o en grave retroceso numérico, el PODER EJECUTIVO NACIONAL deberá adoptar medidas de emergencia a fin de asegurar su repoblación y perpetuación. Las provincias prestarán su colaboración y la autoridad de aplicación nacional aportará los recursos pertinentes, pudiendo disponer también la prohibición de la caza, del comercio interprovincial y de la exportación de los ejemplares y productos de la especie amenazada. En caso de que una especie de la fauna silvestre autóctona se halle en peligro de extinción o en grave retroceso numérico, el PODER EJECUTIVO NACIONAL deberá adoptar medidas de emergencia a fin de asegurar su repoblación y perpetuación. Las provincias prestarán su colaboración y la autoridad de aplicación nacional aportará los recursos pertinentes, pudiendo disponer también la prohibición de la caza, del comercio interprovincial y de la exportación de los ejemplares y productos de la especie amenazada. En caso de que una especie de la fauna silvestre autóctona se halle en peligro de extinción o en grave retroceso numérico, el PODER EJECUTIVO NACIONAL deberá adoptar medidas de emergencia a fin de asegurar su repoblación y perpetuación. Las provincias prestarán su colaboración y la autoridad de aplicación nacional aportará los recursos pertinentes, pudiendo disponer también la prohibición de la caza, del comercio interprovincial y de la exportación de los ejemplares y productos de la especie amenazada. CAPÃTULO VIICAPÃTULO VIICAPÃTULO VIICAPÃTULO VIICAPÃTULO VII: DE LAS AUTORIDADES DE APLICACION. : DE LAS AUTORIDADES DE APLICACION. : DE LAS AUTORIDADES DE APLICACION. : DE LAS AUTORIDADES DE APLICACION. : DE LAS AUTORIDADES DE APLICACION. ARTÃCULO 21:ARTÃCULO 21:ARTÃCULO 21:ARTÃCULO 21:ARTÃCULO 21: El PODER EJECUTIVO NACIONAL y los de las provincias determinarán las autoridades que tendrán a su cargo la aplicación de las disposiciones de esta Ley en sus respectivas jurisdicciones. El PODER EJECUTIVO NACIONAL y los de las provincias determinarán las autoridades que tendrán a su cargo la aplicación de las disposiciones de esta Ley en sus respectivas jurisdicciones. El PODER EJECUTIVO NACIONAL y los de las provincias determinarán las autoridades que tendrán a su cargo la aplicación de las disposiciones de esta Ley en sus respectivas jurisdicciones. ARTÃCULO 22:ARTÃCULO 22:ARTÃCULO 22:ARTÃCULO 22:ARTÃCULO 22: Serán funciones de la autoridad nacional de aplicación: Serán funciones de la autoridad nacional de aplicación: Serán funciones de la autoridad nacional de aplicación: a) Administrar los fondos destinados al cumplimiento de esta Ley por el Presupuesto General de la Nación; educación a distancia (instituto universitario P.F.A) 313derecho de los recursos naturales tomo 1) b) Armonizar la protección y conservación de la fauna silvestre con el uso y aprovechamiento de los recursos naturales que constituyen su medio de vida; c) Coordinar con los demás organismos oficiales competentes el establecimiento de normas para: 1) El uso de productos quÃmicos; 2) La eliminación de desechos industriales y otros elementos perjudiciales; 3) La prevención de la contaminación o de la degradación ambiental, en grado nocivo para la vida silvestre. d) Promover, por intermedio de instituciones oficiales o privadas, la preparación de profesionales especializados en la administración y manejo de la fauna silvestre, técnicos guarda faunas, guÃas cinegéticos, inspectores y todo otro personal necesario a los fines de esta Ley; e) Organizar y mantener actualizado el Registro de Infractores; f) Proponer la celebración de acuerdos internacionales e interjurisdiccionales, relativos a la fauna silvestre; g) Cooperar con organismos internacionales interesados en la promoción y defensa de la fauna silvestre; h) Programar y coordinar la realización de estudios e investigaciones cientÃficas y técnicas sobre este recurso natural, con instituciones oficiales y privadas, nacionales e internacionales; i) Promover y ejecutar, en coordinación con los organismos competentes provinciales, la extensión y divulgación conservacionista; j) Fiscalizar el comercio internacional e interprovincial de los productos de la fauna silvestre en todo el territorio de la República; k) Fiscalizar la importación y la exportación de los animales silvestres, de sus productos, subproductos y demás elementos biológicos previstos por el artÃculo 5; l) Señalar al INSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGIA AGROPECUARIA las necesidades previstas en el artÃculo 18. Asimismo, la autoridad nacional de aplicación queda facultada para otorgar subsidios a las provincias que se adhieran al régimen de la presente ley, para contribuir a la instalación y funcionamiento de las áreas de protección previstas en el artÃculo 19 inciso a), asà como para las tareas de investigación, conservación y manejo de la fauna silvestre autóctona a realizarse en los respectivos territorios. ARTÃCULO 23:ARTÃCULO 23:ARTÃCULO 23:ARTÃCULO 23:ARTÃCULO 23: Serán funciones de la autoridad nacional de aplicación en los lugares sujetos a su jurisdicción exclusiva: Serán funciones de la autoridad nacional de aplicación en los lugares sujetos a su jurisdicción exclusiva: Serán funciones de la autoridad nacional de aplicación en los lugares sujetos a su jurisdicción exclusiva: a) Ejecutar la polÃtica nacional establecida en esta Ley. educación a distancia (instituto universitario P.F.A) 314 tomo 1 derecho de los recursos naturales ) b) Fijar los programas inherentes a la fauna silvestre. c) Ejercer la administración y el manejo de la fauna silvestre. d) Reglamentar el ejercicio de las actividades cinegéticas. e) Fiscalizar la posesión, comercio, tránsito, transformación y producción de animales de la fauna silvestre, sus productos, subproductos y derivados, manufacturados o no. CAPÃTULO VIIICAPÃTULO VIIICAPÃTULO VIIICAPÃTULO VIIICAPÃTULO VIII: DE LOS DELITOS Y SUS PENAS: DE LOS DELITOS Y SUS PENAS: DE LOS DELITOS Y SUS PENAS: DE LOS DELITOS Y SUS PENAS: DE LOS DELITOS Y SUS PENAS ARTÃCULO 24:ARTÃCULO 24:ARTÃCULO 24:ARTÃCULO 24:ARTÃCULO 24: Será reprimido con prisión de UN (1) mes a UN (1) año y con inhabilitación especial de hasta TRES (3) años, el que cazare animales de la fauna silvestre en campo ajeno sin la autorización establecida en al ArtÃculo 16, inciso a). Será reprimido con prisión de UN (1) mes a UN (1) año y con inhabilitación especial de hasta TRES (3) años, el que cazare animales de la fauna silvestre en campo ajeno sin la autorización establecida en al ArtÃculo 16, inciso a). Será reprimido con prisión de UN (1) mes a UN (1) año y con inhabilitación especial de hasta TRES (3) años, el que cazare animales de la fauna silvestre en campo ajeno sin la autorización establecida en al ArtÃculo 16, inciso a). ARTÃCULO 25:ARTÃCULO 25:ARTÃCULO 25:ARTÃCULO 25:ARTÃCULO 25: Será reprimido con prisión de DOS (2) meses a DOS (2) años y con inhabilitación especial de hasta CINCO (5) años el que cazare animales de la fauna silvestre cuya captura o comercialización estén prohibidas o vedadas por la autoridad jurisdiccional de aplicación. Será reprimido con prisión de DOS (2) meses a DOS (2) años y con inhabilitación especial de hasta CINCO (5) años el que cazare animales de la fauna silvestre cuya captura o comercialización estén prohibidas o vedadas por la autoridad jurisdiccional de aplicación. Será reprimido con prisión de DOS (2) meses a DOS (2) años y con inhabilitación especial de hasta CINCO (5) años el que cazare animales de la fauna silvestre cuya captura o comercialización estén prohibidas o vedadas por la autoridad jurisdiccional de aplicación. La pena será de CUATRO (4) meses a TRES (3) años de prisión con inhabilitación especial de hasta DIEZ (10) años cuando el hecho se cometiere de modo organizado o con el concurso de TRES (3) ó más personas o con armas, artes o medios prohibidos por la autoridad jurisdiccional de aplicación. ARTÃCULO 26:ARTÃCULO 26:ARTÃCULO 26:ARTÃCULO 26:ARTÃCULO 26: Será reprimido con prisión de DOS (2) meses a DOS (2) años y con inhabilitación especial de hasta CINCO (5) años el que cazare animales de la fauna silvestre utilizando armas, artes o medios prohibidos por la autoridad jurisdiccional de aplicación. Será reprimido con prisión de DOS (2) meses a DOS (2) años y con inhabilitación especial de hasta CINCO (5) años el que cazare animales de la fauna educación a distancia (instituto universitario P.F.A) 315derecho de los recursos naturales tomo 1) silvestre utilizando armas, artes o medios prohibidos por la autoridad jurisdiccional de aplicación. Será reprimido con prisión de DOS (2) meses a DOS (2) años y con inhabilitación especial de hasta CINCO (5) años el que cazare animales de la fauna silvestre utilizando armas, artes o medios prohibidos por la autoridad jurisdiccional de aplicación. ARTÃCULO 27:ARTÃCULO 27:ARTÃCULO 27:ARTÃCULO 27:ARTÃCULO 27: Las penas previstas en los artÃculos anteriores se aplicarán también al que a sabiendas transportare, almacenare, comprare, vendiere, industrializare o de cualquier modo pusiere en el comercio piezas, productos o subproductos provenientes de la caza furtiva o de la depredación. Las penas previstas en los artÃculos anteriores se aplicarán también al que a sabiendas transportare, almacenare, comprare, vendiere, industrializare o de cualquier modo pusiere en el comercio piezas, productos o subproductos provenientes de la caza furtiva o de la depredación. Las penas previstas en los artÃculos anteriores se aplicarán también al que a sabiendas transportare, almacenare, comprare, vendiere, industrializare o de cualquier modo pusiere en el comercio piezas, productos o subproductos provenientes de la caza furtiva o de la depredación. educación a distancia (instituto universitario P.F.A) 316 tomo 1 derecho de los recursos naturales )
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