UNIVERSIDAD NACIONAL DE TUMBESCARRERA PROFESIONAL DERECHO Y CIENCIAS POLITICAS MUNICIPALIDADES FRONTERIZAS Asignatura: Derecho Municipal Docente : Rosa Carmen Alcântara Mío Alumno : Alan Heinz Chevarria Alemán Karl Peña Munguesa Tumbes - Perú 2016 ESCUELA DE DERECHO – DERECHO MUNICIPAL 21 INDICE CARATULA PAG. 01 INDICE PAG. 02 DEDICATORIA PAG. 03 PRESENTACION PAG. 04 LEY ORGÁNICA DE MUNICIPALIDES: N° 27972 PAG. 05 MUNICIPALIDADES FRONTERIZAS UBICADAS EN ZONASA RURALES PAG. 06 OFICINAS DESCENTRALIZADAS Y CONSULADOS FRONTERIZOS PAG. 08 PROMOCION DE LA ASOCIATIVIDAD MUNICIPAL EN FRONTERA PAG. 09 LEY MARCO PARA LA INTEGRACION FORNTERIZA 10 PAG. INSTITUCIONALIDAD Y MECANISMOS BILATERALES 11 PAG. LAS FRONTERAS DEL PERU PAG. ESTRATEGIA NACIONAL DE DESARROLLO E INTEGRACIÓN 12 PAG. 13 LAS ZONAS DE INTEGRACION FORNTERIZA 15 PAG. BIBLIOGRAFIA ANEXOS PAG. PAG. ESCUELA DE DERECHO – DERECHO MUNICIPAL 16 17 21 por ser el inmenso motor y energía que nutren nuestra voluntad. ESCUELA DE DERECHO – DERECHO MUNICIPAL 21 .DEDICATORIA Queremos dedicar este trabajo. principalmente a nuestros padres. para realizar nuestros derroteros personales y especialmente académicos. la que a su vez se desempeñaría como Secretaría Ejecutiva del Consejo Nacional de Desarrollo de Fronteras. dependiente del Viceministro y Secretario General de Relaciones Exteriores. no reciben los beneficios que brinda el Estado ni aquellos derivados del crecimiento económico del país. de marginalidad de los habitantes en frontera que. cuyos desempeños se entienden como procesos relacionados e interdependientes. en febrero de 1999. con autonomía técnica y presupuestal. porque nos imparten con ímpetu y maestría. En junio de 2005 cambia de denominación a Dirección Nacional de Desarrollo Fronterizo (DDF) y. ESCUELA DE DERECHO – DERECHO MUNICIPAL 21 . INTRODUCCION La política de desarrollo e integración fronteriza se inscribe en un nuevo enfoque de la política exterior peruana. la Dirección Nacional de Desarrollo Fronterizo y Límites. el año 2011 pasa a denominarse Dirección de Desarrollo e Integración Fronteriza (DDF) dependiente de la Subsecretaria de América. de acuerdo al último Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio.También a nuestros docentes. en la que estamos inmiscuidos. se han venido creando las bases institucionales y normativas de una política estructurada de desarrollo e integración fronterizos que permita revertir la situación. el Ministerio de Relaciones Exteriores establece como órgano de línea. Por ello. En los 13 años de funcionamiento de la DDF. las lecciones necesarias para la consecución de las meta profesionales. por distintas razones. en muchos casos. PARTICIPACIÓN E INTEGRACIÓN ARTÍCULO 136. con la asistencia técnica del Consejo Nacional de Descentralización. ha generado un tema de agenda subregional que se ubican entre los impulsos de la globalización y el progreso interno.DEFINICIÓN Las municipalidades de frontera son aquellas que funcionan en las provincias o los distritos limítrofes con un país vecino. con el objeto de promover el intercambio ESCUELA DE DERECHO – DERECHO MUNICIPAL 21 . en el que se reconoce la complementariedad y la interdependencia como estrategias orientadas a conseguir mejores niveles de vida. ARTÍCULO 137. como revertir las tendencias de pobreza y marginalidad. el presente trabajo nos sirve para reconocer que tenemos aún desafíos relevantes. en este último caso con participación del Ministerio de Relaciones Exteriores.. por lo cual no puede tener la condición de municipio de frontera una provincia o distrito que no tenga esa condición aun cuando pertenezca a la misma región. promoviendo la inclusión de los espacios de frontera. e internacionales. que tendrán incidencia en 81 distritos de frontera.Durante estos años se ha logrado la formulación y la coordinación de diversos proyectos de intervención concertada. 501 y 502). en una dinámica de integración fronteriza con los países vecinos..INTEGRACIÓN Las municipalidades de frontera pueden celebrar convenios y protocolos de integración entre sí y con sus similares nacionales. En este escenario. LEY ORGÁNICA DE MUNICIPALIDES: N° 27972 TÍTULO X LAS MUNICIPALIDADES DE CENTRO POBLADO Y LAS FRONTERIZAS CAPÍTULO II LAS MUNICIPALIDADES FRONTERIZAS SUBCAPÍTULO ÚNICO DEFINICIÓN. Bajo este enfoque incluyente. los mecanismos de desarrollo e integración fronterizos. establecidos desde la Comunidad Andina (Decisiones 459. Santiago y Pastaza y las Municipalidades Provinciales de El Nieva. poder celebrar convenios y protocolos de integración entre sí y con sus similares nacionalidades con la asistencia técnica del Consejo Nacional de Descentralización. con el objeto de promoveré! intercambio de experiencias ESCUELA DE DERECHO – DERECHO MUNICIPAL 21 . La Integración. la cual establece la forma en que se financia.. Trompeteros y Putumayo. e internacionales. En esta categoría se encuentran varias municipalidades que son gobernadas por Movimientos Indígenas y muchas otros municipios que son habitados mayoritariamente por Población Indígena. MUNICIPALIDADES FRONTERIZAS UBICADAS EN ZONAS RURALES Artículo 3® de la LOM establece un régimen especial que abarca a la Municipalidad Metropolitana de lima y el de tas Municipalidades Fronterizas. y que tiene por finalidad prioritaria la implementación de planes de desarrollo sostenido de las fronteras. es decir. Tigre. ARTÍCULO 138.de experiencias sobre la gestión municipal y planes de desarrollo conjunto. Es el caso de las municipalidades distritales del Cenepa. así como brindar o recibir apoyo financiero y asistencia técnica. que son a quedas que funcionan en las capitales de provincia y distritos ubicados en zona de frontera. en este último caso con participación del Ministerio de Relaciones Exteriores.PARTICIPACIÓN EN EL FONDO DE DESARROLLO DE FRONTERAS Las municipalidades de frontera participan de la distribución de los recursos del Fondo de Desarrollo de Fronteras. La Ley otorga dos ventajas a las municipalidades que se encuadran dentro de la definición: 1. que se crea por ley. cuyo espíritu va dirigido a mantener la integridad de los pueblos separados por el establecimiento de lúteas fronterizas. El artículo 140° de la ley dispone que les corresponden. así como brindar o recibir apoyo financiero y asistencia técnica. Tiene por finalidad prioritaria la implementación de planes de desarrollo sostenido de las fronteras. señala que tienen a su cargo la promoción del desarrollo integral. Al reconocer que no necesariamente en un municipio ubicado en una zona rural serán aplicables las competencias y demás atribuciones y/o funciones. El Nieva. La ley define como municipalidades ubicadas en zonas rurales a aquellas que funcionan en capitales de provincia o distrito cuya población urbana no es mayor que el 50% (cincuenta por ciento) de su población total. Es decir. según el caso. 2. en cuanto les sean aplicables. por primera vez el legislador reconoce que en materia municipal el Perú es urbano. Lagunas. funciones. Municipalidades con gobierno indígena como El Cenepa. Balsapuerto. particularmente el desarrollo rural sostenible. Santiago. los Pueblos Indígenas ubicados en municipios fronterizos tienen el marco del artículo 32° del Convenio 169 de la O IT o la Resolución Legislativa 26253. por el cual las municipalidades de frontera participan de la distribución de los recursos del Fondo de Desarrollo de Fronteras que se crea por ley y que establece la forma en que se financia. de una municipalidad provincial o distrital. Asimismo. Río Negro. En el caso del fondo de Desarrollo de Fronteras aún no se ha promulgado la Ley de su creación. etc. A estas municipalidades les otorga ciertas competencias que las diferencian de las urbanas derivadas de las realidades que las contienen. Estas competencias son muy superficiales y deberán ser materia de una reglamentación más completa. Padre Abad y otras con población Indígena como Manseriche. Atalaya. El Tanda de Desarrolla de Fronteras. Mazamari. Los artículos 139° a 143° de la nueva ley33 tienen el mérito de reconocer la existencia de municipalidades ubicadas en zonas rurales. Pastaza. Río Tambo. Satipo. reúnen las características para ser definidas como rurales.. además de las condiciones especiales que también establece la ley. pero lo es mayritariamente rural.sobre la gestión municipal y planes de desarrollo conjunto. Yuyapichis. En referencia al proceso de Integración. Quimbiri. que están integradas totalmente por comunidades nativas y donde se enfrentan al problema de no ESCUELA DE DERECHO – DERECHO MUNICIPAL 21 . derechos. deberes y obligaciones que conforme a la ley corresponden a las municipalidades provinciales y distritales. entre otras. responsabilidades. atribuciones. las competencias. Perene. Puerto Bermúdez. la ley plantea una solución para aquellas municipalidades como las distritales de Río Tambo (en la cuenca del Río Tambo) o de El Cenepa. ubicada en una zona urbana. Pangoa. Pichanaki. en el marco de los planes de desarrollo concertado. Esto a su vez tiene la ventaja de que cualquier obra que se ejecute de aquí en adelante cumpliendo lo establecido en la ley contará siempre con el apoyo de ESCUELA DE DERECHO – DERECHO MUNICIPAL 21 . flora. El primero de ellos se fundamenta en el derecho que tienen los pobladores o ciudadanos de una jurisdicción determinada a elegir qué forma de desarrollo desean para sí. además de las competencias básicas. Ya no será el Concejo Municipal o el Alcalde recomendados por sus funcionarios quienes determinen en gabinete qué obras o inversiones deben efectuarse. las Municipalidades y las organizaciones de la sociedad civil para garantizar el desarrollo sostenible en el mundo. agua. con la finalidad de integrar la lucha contra la degradación ambiental con la lucha contra la pobreza y la generación de empleo. El capítulo 28 de dicha Agenda establece compromisos para las municipalidades y para las organizaciones de la sociedad civil con la finalidad de cuidar el medio ambiente y establecer fundamentos para un desarrollo sostenible. En este caso gracias al artículo citado no estarían obligadas a elaborar el catastro. en la cual 179 países suscribieron compromisos en la Agenda 21 para garantizar en el largo plazo la sostenibilidad del planeta. organizada por las Naciones Unidas en 1992. Se establece Asimismo que la condición de municipalidad ubicada en zona rural es considerada para efecto de la distribución del FONCOMUN34. Este artículo tiene su antecedente en la Cumbre Mundial sobre Medio Ambiente y Desarrollo en Río de Janeiro. se reconoció que habían sido las municipalidades o gobiernos locales las que mejor habían logrado los resultados propuestos en 1992 en comparación a los demás a su mejor facilidad para crear espacios de concertación y mecanismos de participación ciudadana. biodiversidad. Es el poblador común y corriente quien sabe lo que necesita. Ya en la Asamblea de las Naciones Unidas de 1997.poder realizar el catastro ya que sus sedes institucionales se encuentran ubicadas en una comunidad. al efectuarse una evaluación sobre los compromisos asumidos por los Gobiernos. En base a estas normas el legislador introdujo dos instituciones nuevas: 1. fauna. El Plan de Desarrollo Concertado y 2. establece que las municipalidades ubicadas en zonas rurales tienen a su cargo aquellas relacionadas con la promoción de la gestión sostenible de los recursos naturales: suelo. las empresas multinacionales. El articulo siguiente. El Presupuesto Participativo. lo que significa un gran avance porque se reconoce la diversidad de situaciones sociales que existen en nuestra sociedad pluricultural. canon u otras transferencias de recursos a favor de ellas. El profesional dará el enfoque técnico a la solución planteada por el ciudadano. Las otras dos se encuentran en Cusco y Arequipa. El presupuesto es el instrumento de gestión administrativa anual que permitirá a las municipalidades determinar su nivel de ingresos y equilibrarlo con sus gastos. las oficinas desconcentradas contribuyen directamente en la gestión de iniciativas y proyectos de desarrollo e integración fronteriza. 53° LOM). Es decir. Puno. Tacna y Tumbes. En coordinación con la Dirección de Desarrollo e Integración Fronteriza. ya no será la oficina de Planificación y Presupuesto la que basándose en información de otros ejercicios y de las necesidades del departamento de obras formulará el Presupuesto sino que basándose en el Plan de Desarrollo Concertado e instructivos elaborados por la Dirección Nacional de Presupuesto Público -DNPP del Ministerio de Economía y Finanzas. será la población del municipio la que determine qué inversiones36 son las que deben priorizarse en el Ejercicio Presupuestal Anual. y lo someterá al concejo para su aprobación conforme a lo establecido en el artículo 20°. con el concurso activo de las Embajadas y Consulados del Perú en el exterior. previa adecuación técnica. ESCUELA DE DERECHO – DERECHO MUNICIPAL 21 . numeral 7 de la LOM. cinco de las cuales se ubican en departamentos de frontera: Loreto. Pero a diferencia de otros ejercicios anteriores. que cumplen un importante papel en la ejecución de la Política Nacional de Desarrollo e Integración Fronterizos y contribuyen al proceso de Descentralización. OFICINAS DESCENTRALIZADAS Y CONSULADOS FRONTERIZOS En el año 2002 el Ministerio de Relaciones Exteriores inició el establecimiento de unidades desconcentradas del Sector.la colectividad ya que no será el capricho de algún funcionario sino lo que la ciudadanía necesita para su bienestar. regiones que se articulan a los procesos de integración fronteriza existentes en el norte y sur del país. el turismo y la difusión de la oferta exportable local. Estas oficinas promueven la inserción de las capacidades locales en la economía regional y mundial. A la fecha el MRE cuenta con siete oficinas. las inversiones. a partir del año 2003 este instrumento tiene la característica de ser Participativo (Art. Piura. El Alcalde se limitará a recibir la propuesta del plan de desarrollo35 elaborado por representantes de las organizaciones sociales representativas de la ciudadanía. PROMOCIÓN DE LA ASOCIATIVIDAD MUNICIPAL EN FRONTERA El Ministerio de Relaciones Exteriores apoya y orienta las iniciativas de cooperación de los municipios fronterizos con sus pares de los países vecinos. al Distrito de Palca de la provincia de Tacna. FORTALECIMIENTO A LA ASOCIACIÓN DE MUNICIPIOS RURALES ANDINOS DE TACNA (AMRAT): Esta Asociación creada en el 2002. Destacan la Mancomunidad del Señor Cautivo (Ayabaca. ESCUELA DE DERECHO – DERECHO MUNICIPAL 21 . convoca autoridades de las provincias de Tarata y Candarave y sus distritos y. Piura) con la del Alto Catamayo (Ecuador) para el tratamiento de residuos sólidos. La DDF viene asesorando esta iniciativa para lograr mayores beneficios para su población. Ha tenido en este tiempo un rol protagónico para la gestión de proyectos binacionales en frontera y pese a su situación institucional ha logrado posicionar el tema andino en la agenda de la Región. MANCOMUNIDADES Se han constituido mancomunidades municipales en diversas zonas de frontera a fin de sumar esfuerzos para la mejora de las condiciones de vida de sus poblaciones. ABIMSENOP reúne a 204 municipios e involucra a cerca de cinco millones de personas en la frontera que une a Perú y Ecuador. ASOCIACIÓN BINACIONAL DE MUNICIPALIDADES DEL SUR DEL ECUADOR Y EL NORTE DE PERÚ (ABIMSENOP): Creada con el propósito de desarrollar a nivel de gobiernos locales programas y proyectos de desarrollo en apoyo a los esfuerzos nacionales de integración fronteriza. habiéndose registrado experiencias exitosas que coadyuvan a la integración. y la Mancomunidad de la Amazonía de Puno con la del Norte Paceño tropical (Bolivia) para el desarrollo productivo sostenible. En agosto de 2012 se realizará en Zamora la XXXV Asamblea. . Reforzar la soberanía. particularmente latinoamericana.deber del Estado establecer y ejecutar la política de fronteras y promover la integración. Comités Provinciales de Desarrollo de Fronteras e Integración (Provincial). que es “. ejecución y seguimiento de la Política Nacional de Desarrollo e Integración Fronterizos. coordinación. la Ley fue aprobada en el Congresos de la República y promulgada el Presidente de la República el 27 de Julio del año 2011 con el Nº 29778. así como el marco institucional para gestionar tal propósito disponiendo la creación Sistema Nacional de Desarrollo de Fronteras e Integración Fronteriza. ESCUELA DE DERECHO – DERECHO MUNICIPAL 21 . en concordancia con la política exterior” Después de una serie de consultas y acumulación de otras iniciativas legislativa. El objeto de la Ley Marco define los espacios de frontera. de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 44º de la Constitución Política..LEY MARCO PARA EL DESARROLLO E INTEGRACIÓN FRONTERIZA. Comités Distritales de Desarrollo de Fronteras e Integración (Distrital). Comités Regionales de Desarrollo de Fronteras e Integración (Regional). así como el desarrollo y la cohesión de las zonas fronterizas. que está constituido por las siguientes instancias: El Consejo Nacional de Desarrollo de Fronteras e Integración (Nacional). LEY Nº 29778 En octubre de 2007 el Poder Ejecutivo remitió al Congreso de la República el proyecto de Ley Marco para el Desarrollo e Integración Fronterizos. Fronteriza Fronteriza Fronteriza Fronteriza La finalidad de la citada Ley se resumen en: Fortalecer el carácter unitario de la Nación y afirmar la identidad nacional. establece los mecanismos de formulación. seguridad y defensa nacional en los espacios de frontera. COMISIONES PERÚ-ECUADOR Comisión de Vecindad Peruano-Ecuatoriana: Creada por los Acuerdos de Brasilia. para impulsar. apoyar y coordinar en forma dinámica la cooperación e integración entre los dos países. garantizando el acceso a los servicios básicos. Es la instancia de nivel político y de carácter representativo encargada de impulsar. prestando especial ESCUELA DE DERECHO – DERECHO MUNICIPAL 21 . acelerar su desarrollo productivo y social. proyectos y actividades que generen acercamiento y comunidad de intereses entre ambos países. hasta el 2014. El Plan Binacional recibe las orientaciones para su funcionamiento y buena marcha de la Comisión de Vecindad. Promover el respeto a la diversidad étnica y cultural. es el eje del proceso de integración peruanoecuatoriano. a través de proyectos que los integren económicamente. apoyar y coordinar los programas. prorrogado por 5 años adicionales. La ejecución del Plan Binacional está prevista para un período de 10 años (2000-2009). INSTITUCIONALIDAD Y MECANISMOS BILATERALES PERU – ECUADOR PLAN BINACIONAL DE DESARROLLO DE LA REGIÓN FRONTERIZA PERÚECUADOR Es un mecanismo diseñado por ambos países con el objeto de elevar el nivel de vida de las poblaciones del norte y nor oriente del Perú y del sur y oriente del Ecuador. Orientar los procesos de integración fronteriza en el marco de la Política Exterior. la diversidad biológica y los recursos naturales. Promover esfuerzos intersectoriales en un marco de creciente eficiencia y complementación para la ejecución de políticas públicas en los espacios de frontera. así como la protección del medio ambiente. Generar condiciones para el desarrollo sostenible y el bienestar de la población asentada en los espacios de frontera. Comités Técnicos Binacionales: Están encargados de impulsar acciones de beneficio recíproco y preparar programas y proyectos de interés común. la gran mayoría de ellos se encuentran escasamente vinculados entre sí. conservación y gestión del agua en dicha cuenca transfronteriza. Actualmente existen tres Comités: Tumbes–El Oro. atención al desarrollo de las regiones fronterizas y a la complementación empresarial y productiva. distantes de los principales ejes de comunicación y de los centros urbanos gravitantes de las regiones y del país. puertos y aeropuertos habilitados. Comités de Frontera: Son los mecanismos de coordinación binacional. que tienen por objeto impulsar y supervisar la aplicación de los acuerdos de régimen fronterizo. Tiene como objetivo promover la gestión integrada del uso del agua a través de mecanismos de articulación. en éstos habrá una participación de los sectores público y privado de ambos países. cuyos límites involucran más del 75% de la longitud del límite internacional del país. entregándose ésta a dicha Comisión Binacional para su operación y mantenimiento. atendiendo las necesidades de los cientos de agricultores que viven en las localidades fronterizas peruano ecuatorianas. proponer procedimientos y soluciones ágiles y oportunas a los problemas del tránsito de personas. orientado a promover la cooperación. En este ámbito la articulación entre las poblaciones se realiza principalmente por vía fluvial y el traslado de un centro ESCUELA DE DERECHO – DERECHO MUNICIPAL 21 . bienes y medios de transporte por los pasos de frontera. Las obras de encauzamiento han culminado y con el inicio parcial de funciones de la Bocatoma se dio inicio al funcionamiento del canal. de octubre de 2009. LAS FRONTERAS DEL PERU El perímetro fronterizo del Perú comprende a 81 distritos. En el año 2009 se culminó la construcción del Canal. que conduzcan al desarrollo. Deben asimismo. integración y el desarrollo de la región fronteriza. Piura–Loja y Cajamarca–Zamora Chinchipe. Comisión Binacional Permanente del Canal de Zarumilla: Fue igualmente establecida en el marco de los Acuerdos de Paz de Brasilia. COMISIÓN BINACIONAL PARA LA GESTIÓN INTEGRADA DE LOS RECURSOS HÍDRICOS DEL RÍO ZARUMILLA: Establecido mediante el convenio suscrito con ocasión del Encuentro Presidencial y reunión de Gabinetes Binacional. teniendo como objetivo reconstruir la infraestructura del Canal que fuera seriamente afectada por los eventos excepcionales del Niño de 1983 y 1998. coordinación y participación. El espacio fronterizo más crítico corresponde a las regiones orientales del país. merece especial atención las necesidades de larga data de la población de frontera. la situación se torna más aguda cuando sólo es posible acceder a ellas por vía aérea. por ubicarse fuera de la cobertura de las radioemisoras y canales de televisión de registro peruano. con tarifas aéreas inaccesibles para la mayoría de su población. Sin embargo.poblado a otro puede tomar semanas. especialmente nativa y campesina. así como de difícil acceso a medios de comunicación como teléfono o radio. las “Bases de la Estrategia Nacional de Desarrollo e Integración Fronterizos 2007-2021”. En ese contexto. SEGÚN PAIS LIMITROFE ESTRATEGIA NACIONAL DE DESARROLLO E INTEGRACIÓN FRONTERIZOS 2007-2021 El Consejo Nacional de Desarrollo de Fronteras (CNDF) aprobó en febrero de 2006. como modelo metodológico de intervención dirigido a promover procesos de reversión de la situación de pobreza de la población que ESCUELA DE DERECHO – DERECHO MUNICIPAL 21 . LONGITUD DEL PERIMETRO Y FRONTERAS. Cabe advertir que en varios distritos de frontera la población no dispone de servicios de comunicación ni de información nacional de ningún tipo. REGIÓN FRONTERIZA. (Departamento. CORREDORES FRONTERIZOS ESCUELA DE DERECHO – DERECHO MUNICIPAL 21 . espacios de integración geo-económicas. unidad geo-económica con una estructura de asentamientos y ejes de articulación que permite conducir acciones de desarrollo en forma más orgánica. a fin de promover el desarrollo sostenible de las zonas de frontera. región) CORREDORES DE DESARROLLO FRONTERIZO. adyacente al límite fronterizo y paso de frontera. ÁREA. La propuesta conceptual y metodológica tiene como objetivo armonizar las acciones del Estado y de las organizaciones representativas de la sociedad civil. espacios formados por ámbitos fronterizos del Perú y de los países limítrofes en los que existen grados de articulación actual y potencial.habita en las zonas de frontera y mejorar su articulación con respecto a la dinámica regional y nacional. ámbito sub-nacional de programación y gestión del desarrollo. fomentar la ocupación racional y la presencia del Estado en dicho ámbito y contribuir con el proceso de integración fronteriza y con la reafirmación de la soberanía y la seguridad nacionales. Vivencia cotidiana del fenómeno fronterizo a escala local. ÁREA DE FRONTERA. Soporte de las áreas de frontera y nexo articulador con la región administrativa. ZONA DE FRONTERA. Base territorial de la estrategia del desarrollo. Puede llegar a abarcar al distrito fronterizo. a partir de ejes viales de articulación física. La propuesta contiene los siguientes componentes: Un desarrollo conceptual que facilita el uso de términos y conceptos dentro de la estructura del Estado para el tratamiento de sus iniciativas en los ámbitos de frontera. ZONA Y REGIONES FRONTERIZAS BI/TRINACIONALES. LAS ZONAS DE INTEGRACIÓN FRONTERIZA ESCUELA DE DERECHO – DERECHO MUNICIPAL 21 . cuyos componentes están en ejecución desde el año 2000. y que fueron publicadas en la Gaceta Oficial del Acuerdo de Cartagena. y. mediante los Acuerdos respectivos. ZIF PERÚ-BRASIL Los dos países han acordado la elaboración de un estudio de base que sirva de sustento para la formulación de los programas y proyectos del Plan Operativo de la ZIF Perú – Brasil. la ZIF tiene una superficie aproximada de 275. Dicho PLAN dará una visión para el desarrollo fronterizo entre Perú y Bolivia. ZIF PERÚ-BOLIVIA Tiene una cobertura de seis departamentos en Perú y cinco en Bolivia. Con Chile se tiene previsto establecer una ZIF sobre la base territorial del Comité de Frontera. Nº 888. ZIF PERÚ-ECUADOR La ZIF Perú – Ecuador está constituida por el ámbito geográfico que comprende el Plan Binacional de Desarrollo de la Región Fronteriza Perú – Ecuador. Se inician las gestiones con la cooperación de la CAF para financiar el diseño del PLAN ZIF Perú Bolivia. En el 2001 se crea el GTB ZIF.000 km2.En la perspectiva de institucionalizar los procesos de desarrollo e integración fronteriza. ZIF PERÚ-COLOMBIA Se estableció mediante intercambio de Notas entre las Cancillerías de ambos países el 26 de noviembre de 2002. En el Perú está conformada por la totalidad de las provincias de Maynas y Ramón Castilla del departamento de Loreto. con un área aproximada de 160. ESCUELA DE DERECHO – DERECHO MUNICIPAL 21 . Se solicitará el apoyo de organismos internacionales para dicha labor. En Colombia. En consecuencia. Para una primera fase se han priorizado tres en el Perú (Tacna. para dinamizar esta zona.000 km2. Zonas de Integración Fronteriza (ZIF) con Bolivia. Puno y Madre de Dios) y dos en Bolivia (La Paz y Pando).000 km2. del 21 de enero de 2003. el Perú ha establecido. con Brasil en el marco del Acuerdo Perú – Brasil para el Establecimiento de la Zona de Integración Fronteriza. Colombia y Ecuador en el marco de la Decisión 501 – Zonas de Integración Fronteriza de la Comunidad Andina. comprende la totalidad del departamento de Amazonas y el municipio de Puerto Leguízamo del departamento de Putumayo cubriendo un área aproximada de 115. gob.com.pdf https://books.BIBLIOGRAFIA http://www.wikipedia.jne.org/Prensa.org/wiki/Municipalidades_del_Per%C3%BA http://www.rree.pe/informacionlegal/Documentos/Leyes%20Org %C3%A1nicas/LEY%20ORG%C3%81NICA%20DE%20MUNICIPALIDADES %20LEY%20N%C2%BA%2027972.google.gob.pe/politicaexterior/Documents/Propuesta %20contenido%20folleto%20DDF%20(29MAY12).pdf http://portal.aspx? id=3299&accion=detalle&cat=AF&title=municipios-de-las-fronterasboliviaperu-y-colombiaecuador-ponen-en-marcha-proyectos-dehermanamiento-territorial https://es.comunidadandina.pe/books? id=69jLIEwNjP4C&pg=PA53&lpg=PA53&dq=municipalidades+fronteriza s+en+el+peru&source=bl&ots=CaMYsCGS0J&sig=KUegJKPcnv6gTZFfnx QMZbmLtos&hl=es&sa=X&ved=0ahUKEwja1cHC1ubMAhXJLyYKHbwnDe UQ6AEIQDAF#v=onepage&q=municipalidades%20fronterizas%20en %20el%20peru&f=false ESCUELA DE DERECHO – DERECHO MUNICIPAL 21 . ANEXOS ESCUELA DE DERECHO – DERECHO MUNICIPAL 21 . ESCUELA DE DERECHO – DERECHO MUNICIPAL 21 . ESCUELA DE DERECHO – DERECHO MUNICIPAL 21 . ESCUELA DE DERECHO – DERECHO MUNICIPAL 21 . ESCUELA DE DERECHO – DERECHO MUNICIPAL 21 . ESCUELA DE DERECHO – DERECHO MUNICIPAL 21 .