Secretario Escrito N° Cuaderno MEDIDA: : : 01 Cautelar FUERA DE PROCESO Expediente : CAUTELAR EMBARGO EN FORMA DE INSCRIPCIÓN. SEÑOR JUEZ DEL JUZGADO ESPECIALIZADO CIVIL DE CAJAMARCA LUISA PAREDES ALVA, identificada con DNI N° 26721569, con domicilio real Jirón Silva Santisteban Nº 123 y con domicilio procesal en el Jr. Apurimac N° 670 Of. 14 ambos en esta ciudad, a Ud., Respetuosamente digo: Que, por convenir a mi derecho recurro ante el órgano jurisdiccional para interponer expresa y formalmente fuera de proceso en la vía cautelar embargo en forma de inscripción dando cumplimiento a los presupuestos procesales de forma y de fondo que exige nuestro Código Procesal Civil, bajo los rubros y términos siguientes: I. NOMBRE Y DOMICILIO DE LA EJECUTADA La presente demanda la dirijo en contra de la señora BELMIRA DEL PILAR QUIROZ PANDURO, domiciliada en el Jirón Amazonas N° 1230 de ésta ciudad. I. PETITORIO Solicito la MEDIDA CAUTELAR ANTES DE PROCESO de embargo en forma de inscripción sobre el inmueble de propiedad de la ejecutada Belmira del Pilar Quiroz Panduro ubicado en Pasaje Vergara N° 121-123-133 barrio la colmena en el Distrito, Provincia y Departamento de Cajamarca - de ciento veinte metros cuadrados de extensión superficial, el mismo que se encuentra inscrito en la Partida Electrónica Nº 02004659 del Registro de Predios de la Oficina Registral de Cajamarca hasta por un monto de $10,000.00 (diez mil dólares americanos), la misma que será admitida a trámite ordenando su afectación por los presupuestos de hecho y derecho, que a continuación expongo: I. FUNDAMENTOS DE HECHO 1. APARIENCIA EN EL DERECHO 1. Con fecha 18SET2006, suscribí con la ejecutada doña Belmira del Pilar Quiroz Panduro una letra de cambio por el monto de seis mil quinientos dólares americanos la misma que ha sido debidamente protestada por falta de pago tal como se aprecia del acta de protesto que se adjunta a la presente. 2. Debe indicarse que con el original del documento cartular que se pone a cobro la obligada me adeuda la cantidad indicada precedentemente, advirtiéndose la existencia de una obligación cierta, expresa y exigible de la ejecutada con la ejecutante en un monto que no ha sido cubierto, derecho que será exigido en un futuro proceso principal de cumplimiento de obligación de dar suma de dinero. 2. PELIGRO EN LA DEMORA 3. La presente medida obedece a la demora en la tramitación del proceso principal, y a efecto de que la demandada no disponga de sus bienes con el propósito de eludir dicha obligación, por lo cual resulta de imperiosa necesidad que se efectúe el embargo solicitado, a fin de asegurar el cumplimiento del mandato ejecutivo y consecuentemente el pago de la obligación. 3. CONTRACAUTELA Ofrezco como contracautela de naturaleza personal consistente en una caución juratoria a cuyo efecto cumplo con legalizar mi firma ante el secretario cursor. II. FUNDAMENTOS DE DERECHO 1. CÓDIGO CIVIL ARTICULO 1219º inciso 1.- “Es efecto de las obligaciones autorizar al acreedor para lo siguiente: entre otros, emplear las medidas legales a fin de que el deudor le procure para aquello que está obligado” 2. CÓDIGO PROCESAL CIVIL ARTÍCULO 608º.- Que, establece: “Todo Juez puede, a pedido de parte, dictar medida cautelar antes de iniciado un proceso..., destinada a asegurar el cumplimiento de la decisión definitiva” ARTÍCULO 642º.- “Cuando la pretensión principal es apreciable en dinero, se puede solicitar embargo; éste consiste en la afectación jurídica de un bien o derecho del presunto obligado, aunque se encuentre en posesión de tercero, con las reservas que para este supuesto señale la Ley” ARTÍCULO 656º.- “Tratándose de los bienes registrados, la medida puede ejecutarse inscribiéndose el monto de la afectación, siempre que ésta resulte compatible con el título de propiedad ya inscrito; este embargo no impide la enajenación del bien, pero el sucesor asume la carga hasta por el monto inscrito; la certificación registral de la inscripción se agrega al expediente” III. IV. 3. el derecho. 4. Registro de Predios reporte de búsqueda por apellidos y nombres de la propiedad del predio materia del presente proceso cautelar indicando la Partida Electrónica Nº 02004659 del Registro de Predios de la Oficina Registral de Cajamarca; con la que se acredita la propiedad del bien inmueble a favor de la ejecutada. V. VIA PROCEDIMENTAL La presente solicitud cautelar debe tramitar en la vía procedimental asignada al proceso cautelar, dado la instrumentalidad que importa toda medida cautelar lo que la hace autónoma al proceso principal, ya que se adopta bajo unos supuestos procesales y procedimiento distinto al principal tal como lo regula el artículo 635º del Código Procesal Civil. VI. MONTO DEL PETITORIO FORMA MEDIO PROBATORIOS El original de la Letra de Cambio cuya ejecución se Medida Cautelar fuera de Proceso Embargo en Forma de Inscripción. solicita; con la que se acredita la existencia de la obligación y la apariencia en El embargo a trabarse debe ser hasta la suma de $10,000.00 diez mil dólares americanos, el mismo que sirva para cubrir el capital adeudado sus respectivos intereses legales devengados, así como los costos y costas del proceso a los cuales será condenada. VII. ANEXOS 1.A 1.B 1.C 1.D 1.E 1.F Copia de mi DNI (fs01). Tasa judicial por medida cautelar (fs01). Tasa judicial por ofrecimiento de medios probatorios o calificación de título ejecutivo (fs01). Tasa judicial por derecho de notificación judicial dos juegos (fs01). Letra de cambio (fs01) Registro de Predios reporte de búsqueda por apellidos y nombres de la propiedad del predio materia del presente proceso cautelar indicando la Partida Electrónica Nº 02004659 del Registro de Predios de la Oficina Registral de Cajamarca. 1.G Caución Juratoria POR TANTO: Pido a Ud., Señor Juez, acceder a mi petición ordenando se trabe medida cautelar sobre el predio indicado y por el monto peticionado. PRIMER OTROSI DIGO: REPRESENTACIÓN LEGAL Que, de conformidad a lo estipulado en el Art. 80° del Código Procesal Civil OTORGO las Facultades Generales de Representación dispuestas en el Artículo 74° del cuerpo legal antes acotado al letrado que autoriza el presente escrito, declarando estar instruida de tal representación y de sus alcances, fijando para tal efecto como domicilio procesal el indicado en el exordio, en donde se me notificará con las providencias que emanen del presente proceso. SE OTORGUE. SEGUNDO OTROSI DIGO: EJECUCIÓN DE LA MEDIDA CAUTELAR Que, a efectos de la inscripción de la medida cautelar solicitada, solicito a su Juzgado se sirva a remitir los partes correspondientes a la Oficina de Registros Públicos de Cajamarca, debiéndose oficiar con tal finalidad, ello de cuenta de la solicitante. SE REMITA. Cajamarca, 23 de octubre de 2009