Fuentes Del Derecho Comercial

May 31, 2018 | Author: German Cascante | Category: Sources Of Law, Case Law, Legislation, Justice, Crime & Justice
Report this link


Description

Fuentes del Derecho ComercialIntroducción: DERECHO MERCANTIL: Se refiere al acto jurídico realizado entre los comerciantes o entre ellos y sus clientes, así como el acto de comercio aunque no lo sea por un comerciante. Norma las relaciones de los comerciantes y los actos del comercio. NOCION: Es un conjunto de normas dirigidas a regular las relaciones comerciales. EVOLUCION E HISTORIA: las relaciones comerciales no siempre no han estado regidas por el derecho mercantil. En la civilización romana aluden los estudios de esta rama del derecho, no se puede hablar de una verdadera existencia del derecho mercantil, ya que si bien la actividad comercial llevo a los jueces a resolver los conflictos planteados con nuevos criterios que se fueron incorporando al derecho romano, no constituyo un cuerpo legal independiente. Si podemos decir que la aparición del derecho mercantil la encontramos en la edad media como una rama especial del ordenamiento jurídico, al producirse en los siglos 14 y 15 un incremento del comercio, especialmente en Italia. Su historia puede dividirse en tres periodos, el primero que se abre en el siglo 12 y concluye alrededor del año 1550, el segundo concluye con la codificación Napoleónica, época que señala el inicio del tercer y último periodo. Referencia Jurídica: Art 1, 2, 3, 4, Codigo Comercio…… Concepto: Es el origen o manantial de donde nace el derecho objetivo.  Fuentes Formales Directas: Leyes y Jurisprudencia  Fuentes Formales Indirectas: la costumbre. El articulo 2 del Codigo de Comercio enumera jurídicamente las fuentes formales del Derecho Mercantil: 1.Existen 2 tipos:  Fuentes Materiales: Se refiere a las fuerzas sociales que crean y forzan las normas. factores políticos y religiosos etc. ha sido ignorada por el legislador. osea. Tratados Internacionales y los PGDC. 5. necesidad económica.  Fuentes Formales: Se alude al modo o forma en que se exterioriza una regla jurídica. la Doctrina (17cod civil). 3. 4. El Codigo de Comercio Las leyes especiales El Codigo Civil Usos y costumbres PGDC La jurisprudencia como ausente en esta enumeración de fuentes. Es decir el proceso de creación de normas jurídicas. pero esta ejerce un papel de asesorar e interpretar el caso como doctrina mercantil. 2. al contenido de las normas tales como la tradición social. . Leyes Especiales: Por su naturaleza del objeto de la ley le da el carácter de mercantil.Las Leyes El código de Comercio y las leyes complementarias son las normas centrales del Derecho Comercial . ejemplo limite de interés en contatos de préstamo. Se entiende por uso como la practica efectiva y repetida de una determinada conducta Los usos sirven como fuente subsidiaria de las leyes comerciales Se divide en:  Usos Locales  Usos Generales Y en razón de su materia:  Usos Generales  Usos Especiales Fases para considerar los USOS Y COSTUMBRES aplicables a la actividad mercantil: . sino estuviera alguna reserva ese aspecto.. en esa observancia esta la razón de su legalidad. Los usos y costumbres: Los usos son normas de derecho constituidas mediante la observancia uniforme y constante de los comerciantes. Una ley de Carácter general podría modificar una ley comercial anterior. y el Codigo de Civil y las leyes civiles se aplican SUBSIDIARIAMENTE. suprimiendo la libertad en la fijación del interés en materia mercantil. Este elemento es conocido como o costumbre inveterada. y que corresponderá valorar al Juez. en el convencimiento de que la reiteración referida es general. Deja de ser practica individual y pasa a ser practica social es decir cuando SE APLICA DE MANERA UNIFORME.  Fase III: Se generaliza la práctica mas allá del grupo especifico. (Espinoza Blanco. ósea se convierte en derecho consuetudinario. GENERAL Y DURADERO ENTRE LOS QUE SE DEDICAN AL MISMO TIPO DE NEGOCIOS. Elementos de la costumbre El elemento objetivo: no es otra cosa que la repetición general y constante del acto o conducta en qué consiste la costumbre. 2013) . A este “convencimiento” es a lo que los romanos llamaron “opinio juris o necessitatis”. Fase I: la repetición de una misma disposición o clausula en un mismo tipo de contrato. El elemento subjetivo: consiste en lo dicho. Las fuentes del Derecho Comercial.  Fase II: Se sobre entiende la clausula aun que no se haya consignado. que no depende del propio arbitrio sino que incluso puede ser exigida por los demás y que es necesaria para el mantenimiento de la convivencia social. o incluso empleo o uso inmemorial ¿Cuál debe ser la duración de la práctica? Es algo que sin duda es variable y relativo. en el uso interpretativo también es posible encontrar este primer elemento. notoria y “absolutamente obligatoria” . o sea. En esta última fase alcanza la condición de uso normativo o COSTUMBRE. En nuestro concepto. ni en otras leyes mercantiles. que el propio Código y las leyes mercantiles especiales son la fuente formal primaria del Derecho Comercial costarricense. dado que no puede haber contradicción entre ambas. los usos y costumbres y los principios generales de derecho…. cuando esta no existe o es omisa. 2 C. nuestro Código establece. las del Código Civil. quienes convencieron a los legisladores de la bondad de su posición de que anteponer la costumbre al Código Civil como fuente formal del Derecho Comercial. por su orden y en lo pertinente. el cual prescribe literalmente: “Cuando no exista en este Código. lo polémico es que prescriba que ante ausencia de norma que rija una determinada materia o caso se aplicará el Código Civil con primacía sobre la costumbre. histórica y actual.com. sería inconstitucional por contraponerse al ya citado último párrafo del art. El origen de esta “ordenación” de fuentes formales está en la opinión de los Licenciados Napoleón Valle y Harry Zurcher. o sea. de la costumbre en el Derecho Comercial y le niega a este último su condición de . disposición concreta que rija determinada materia o caso. El sistema costarricense de fuentes formales del Derecho Comercial es bastante controversial por la jerarquía de fuentes establecida en el art. EL POLÉMICO ART. como es lo usual.La idea entonces es que la costumbre funcione en forma supletoria a la ley. se aplicarán.” Conforme lo dicho. por la supremacía de la ley. 2 DEL CÓDIGO DE COMERCIO COSTARRICENSE: EL CÓDIGO CIVIL PREVALECE SOBRE LA COSTUMBRE MERCANTIL. 129 de la Carta Magna Lo cierto del caso es que anteponer el Código Civil a la costumbre mercantil es un error por cuanto desconoce la importancia. Lo que obviamente no podría hacerse es anteponer la costumbre mercantil al Código de Comercio o a las leyes comerciales especiales. .com. 5 de la Ley Orgánica del poder Judicial (120) y 13 de la Ley de la Jurisdicción Constitucional. 2. Jurisprudencia: Las repetidas y constantes soluciones judiciales forman corrientes que. Simpleza y eficiencia de las formas. pero por razón de su especialidad y por coadyuvar a formar el contenido del Derecho Comercial. No es que el juez se ve compelido coactivamente a seguir esas interpretaciones adecuadoras a la constitución. y de hecho se hace en virtud de otras normas generales del ordenamiento jurídico que permiten o incluso exigen utilizarla.c. A ella podría accederse. sí es posible anteponerla al Código Civil. sino que es un deber moral y responde al respeto a la justicia. a las partes y al principio de economía procesal. como la jurisprudencia. pueden invocarse con fuerza parecida a la de la ley misma. Para finalizar cabe mencionar la falta de mención de otras fuentes formales del Derecho Comercial en el art. cuando son pacificas. piénsese por ejemplo en los arts.derecho autónomo frente al Derecho Civil.. Principios Generales del Derecho Comercial: Algunos de estos principios son: 1. que el juzgador siga esas orientaciones. Buena Fe. 2 C. 9 C. . No es de aplicación obligatoria. La jurisprudencia no sólo da una interpretación determinada a la norma específica sino también en su ausencia constituyen fuente supletoria. Doctrina: Se dicen que son las obras. análisis de los estudiosos del derecho.3. 7. monografías. por lo que es una fuente supletoria del derecho mercantil. 5. . estudio. 6. 4. La protección del crédito La segura y rápida circulación de la riqueza La rápida y económica solución de los conflictos Principio de Equidad en los negocios. Principio de especialidad .


Comments

Copyright © 2024 UPDOCS Inc.