Consejo Nacional de La Magistratura

June 19, 2018 | Author: Herbert Bartolo | Category: Habeas Corpus, Constitutional Right, Constitution, Judge, Political Science
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Consejo Nacional de la MagistraturaANTECEDENTES     Los antecedentes de los Consejos Judiciales ( de la Judicatura o Magistratura) podemos encontrarlos en algunos países de Europa Continental luego de la Segunda Guerra Mundial, como el Consejo Superior de la Magistratura de Francia y de su homólogo de Italia ( 1948), así como el Consejo General del Poder Judicial de España. Su creación respondió a la preocupación de cómo efectivizar el mejor autogobierno y la adecuada administración del Poder Judicial, así como el presupuesto y recursos económicos. En 1933, los jueces y agentes fiscales eran designados por el Poder Ejecutivo. En 1969, el General Juan Velasco Alvarado creo el Consejo Nacional de Justicia, que designaba a magistrados. En 1979, la Constitución Política en el capitulo X del titulo IV la existencia, composición y funciones del Consejo Nacional de la Magistratura, tenia como función formular propuestas para el nombramiento de los magistrados de la Corte Suprema y Cortes Superiores. Las potestades de investigar la conducta funcional de los jueces y de imponer sanciones disciplinarias eran de la Corte Suprema. El CONSEJO NACIONAL DE LA MAGISTRATURA   Es un organismo autónomo e independiente de los demás órganos constitucionales y Poderes del Estado y como tal constituye parte de la estructura del estado. Se encuentra sometido únicamente a la Constitución Política del Perú y a su propia Ley Orgánica No 26397 07-12-94. LAS FACULTADES CONSTITUCIONALES DEL CONSEJO NACIONAL DE LA MAGISTRATURA    Al CNM le compete seleccionar, nombrar, ratificar y destituir a los jueces y fiscales del Perú en todos los niveles y jerarquías, con excepción de los jueces que han sido elegidos por elección popular. La Constitución Política del Perú en su artículo 152º establece que se nombran por elección popular los jueces de paz y mediante una ley se fijarán la forma de elección, los requisitos, el desempeño jurisdiccional, la capacitación y el tiempo de duración en el cargo. Así también, el CNM nombra, ratifica y/o destituye al Jefe de la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) y al Jefe del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (RENIEC) FINES “ Despartidarizar” a los elencos judiciales. Fomentar que el ingreso y la promoción dentro del escalafón en la carrera judicial, se basen en los méritos del candidato.  Que el acceso a las plazas judiciales se gane “ por derecho propio” y no como obsequio o premio de quien nombra.  Seleccionar en la carrera judicial a los mejores, sin pautas discriminatorias ilegitimas, respetando las directrices constitucionales de igualdad y selección por idoneidad.  Como consecuencia de todo lo anterior, robustecer la autonomía de la judicatura en cuanto los restantes poderes del Estado o los grupos y factores de poder allí involucrados, así como perfeccionar su eficacia.   SELECCIÓN Y NOMBRAMIENTO DE JUECES O FISCALES ETAPAS DEL DESARROLLO DEL PROCESO EXAMEN ESCRITO CALIFICACION CURRICULAR EVALUACION PERSONAL NOTA FINAL NOMBRAMIENTO el CNM se ha organizado de la siguiente manera: ALTA DIRECCIÓN Pleno del Consejo Presidencia ÓRGANO DE CONTROL ÓRGANOS DE ASESORÍA ÓRGANO DE DEFENSA JUDICIAL ÓRGANOS DE APOYO ÓRGANOS DE LINEA       .  ORGANIZACIÓN DEL CNM Para ejecutar la misión que la Constitución le ha conferido y así alcanzar los objetivos y metas. y cancelarlos cuando corresponda. titulares y provisionales. la sanción de destitución de los Vocales de la Corte Suprema y Fiscales Supremos.  Nombrar al Jefe de la ONPE.  Extender a los jueces y fiscales el título oficial que los acredita como tales.  Elaborar y aprobar su reglamento interno y los especiales. Aplicar en instancia finales.  Ejercer el derecho de iniciativa legislativa conforme a la Constitución.  Establecer las comisiones que considere convenientes.  Nombrar al Jefe de la RENIEC.FUNCIONES    Nombrar a los jueces y fiscales de todos los niveles del país. Ratificar a los jueces y fiscales de todos los niveles cada siete años. . UNO ELEGIDO POR LA CORTE SUPREMA. EN VOTACION SECRETA. EN VOTACION SECRETA DOS ELEGIDOS POR LOS DEMAS COLEGIOS PROFESIONALES EN VOTACION SECRETA. UNO ELEGIDO POR LA JUNTA DE FISCALES SUPREMOS. UNO ELEGIDO POR LOS RECTORES DE LAS UNIVERSIDADES NACIONALES. EN VOTACION SECRETA. . MIEMBROS DEL CNM UNO ELEGIDO POR LOS MIEMBROS DE LOS COLEGIOS DE ABOGADOS. EN VOTACION SECRETA. UNO ELEGIDO POR LOS RECTORES DE LAS UNIVERSIDADES PARTICULARES. EN VOTACION SECRETA. . EXTRAORDINARIO Son reuniones convocadas en cualquier momento por el Presidente. la Ley Orgánica y el Reglamento de Organización y Funciones del CNM. por razones extraordinarias y cuando el mismo Pleno acuerde un rol especial de sesiones.PLENOS ORDINARIO Son las reuniones donde se debaten y adoptan acuerdos sobre los asuntos y las proposiciones que se someten a consideración a aplicación a lo establecido en la Constitución. interdependientes e indivisibles.DERECHOS HUMANOS COMO LÍMITE DEL PODER DERECHOS HUMANOS Son derechos inherentes a todos los seres humanos sin distinción alguna de nacionalidad. nacionalidad u otra condición. Estos derechos son interrelacionados. instituciones o reivindicaciones relativas a bienes primarios o básicos que incluyen a toda persona por el simple hecho de su condición humana. lugar de residencia. para la garantía de una vida digna. (avance/privación) Son aquellas libertades. sexo. facultades. . Cuando existe democracia en el Estado. EVOLUCIÓN HISTÓRICA La expresión de “Derechos Humanos” es de origen reciente. donde cada ciudadano tiene la garantía de que sus derechos sean respetados y tutelados. al igual que él debe respetar el de los demás. De esta lucha emergen documentos: Petition of Right (1628) y Bill of Right (1689). para limitar el poder del rey. . En Inglaterra se libraron batallas en defensa de los derechos ingleses. la administración de la justicia o la elección de funcionarios públicos. La idea de una ley o legislador que defina y proteja los derechos de los hombres es muy antigua. el hombre está inserto en una sociedad donde la convivencia es organizada. En Roma: Sólo el ciudadano romano podía formar parte del gobierno. igualdad.La ideología de estos documentos son reflejados luego en las Revoluciones Norteamericana y Francesa del siglo XVIII. . DERECHOS DE SEGUNDA GENERACIÓN Apareen los derechos económicos y sociales. etc. Fueron consagrados por primera vez a nivel global por la Declaración Universal de los Derechos Humanos (1948). libertad. libertad de opinión. para evitar las injusticias sociales que se cometían sobretodo en la clase trabajadora dominada por sus patrones (mientras ellos acumulaban ganancias los demás eran explotados por sueldos irrisorios).) y los derechos políticos (derecho a elegir a quienes ejercerán cargos del gobierno y postular para ejercer algún cargo a través de partidos políticos). DERECHOS DE PRIMERA GENERACIÓN Encontramos a los derechos civiles (la vida. .  La Declaración de los Derechos del Niño. Se incluyen en ella derechos heterogéneos como el derecho a la Paz y la calidad de vida. Considerando que estos derechos deben defenderse. pero a la vez añadirles otros derechos.  La Convención sobre eliminación de todas las formas de discriminación de la mujer (1969). subsistir. como:  La Declaración Universal de Derechos Humanos.  Entre otros. es el derecho a un ambiente sano y libre de problemas.DERECHOS DE TERCERA GENERACIÓN Derechos de Solidaridad. mantenerse.  La Convención sobre los Derechos Políticos de la Mujer (1959). se comienzan a establecerse en el Derecho Internacional a partir de la Segunda Guerra Mundial estableciéndose documentos destinados a su protección por su importancia y necesidad de respeto. DEFENSORÍA DEL PUEBLO . Su misión es de proteger los derechos constitucionales y fundamentales de la persona y la comunidad.CONCEPTO DE LA DEFENSORÍA DEL PUEBLO Órgano constitucional autónomo. . creado por la constitución de 1993.  Busca soluciona los problemas concretos antes de la acusación. en las propuestas de modificación de conducta que formule en sus recomendaciones.  No dicta sentencias.DEFENSOR DEL PUEBLO Representa y dirige la institución.  Su poder descansa en la persuasión .  . no ordena detenciones ni impone multas. ELECCIÓN DEL DEFENSOR DEL PUEBLO     Es Elegido y removido por el congreso con el voto de los dos tercios de su numero legal. Requiere haber cumplido treinta y cinco años de edad y ser abogado. Goza de la misma inmunidad y de las mismas prerrogativas de los congresistas. . Es elegido por un periodo de cinco años. Dicta reglamentos. normas. Promueve procesos administrativos. Da firma. . Ejerce iniciativa legislativa. Presenta informe al congreso una vez por año y cada vez si éste lo solicita.ATRIBUCIONES DEL DEFENSOR DEL PUEBLO       Tiene iniciativa en la formación de las leyes. ratificación. adhesión y difusión de tratados internacionales sobre derechos humanos. • Situación de las personas que han solicitado o se han acogido a la legislación de arrepentimiento. • Levas y Servicio Militar Obligatorio. ya sea por iniciativa propia o a solicitud de cualquier persona interesada. A manera de ejemplo tenemos: • Contaminación Ambiental en la Ciudad de Arequipa por emanación de humos de transporte urbano. • Informe sobre Violencia Sexual: un problema de . INVESTIGAR: puede iniciar y proseguir FACULTADES DEL DEFENSOR DEL PUEBLO investigaciones.De acuerdo con la ley orgánica N°26520. con la finalidad de esclarecer los hechos o situaciones que pudieran estar afectando sus derechos. sus facultades o atribuciones son: 1. Estos pronunciamientos están dirigidos fundamentalmente a la opinión pública y a la sociedad en su conjunto. y en ejercicio de su rol persuasivo y su autonomía. De ser necesario. la Defensoría del Pueblo puede incluso emitir una censura pública señalando la responsabilidad que compete a las autoridades. En cumplimiento de su misión de protección y representación de las personas. para llamar la atención sobre hechos que ponen en riesgo la vigencia de los derechos de las personas y la institucionalidad democrática. la Defensoría del Pueblo emite pronunciamientos sobre temas de interés general cada vez que lo considera necesario. EMITIR PRONUNCIAMIENTOS INSTITUCIONALES: . funcionarios y entidades estatales.2. 4. PROMOVER ACCIONES DE GARANTÍA CONSTITUCIONAL : El Defensor del Pueblo con el fin de defender los derechos humanos y el principio de supremacía constitucional esta facultado para hacer uso de las llamadas acciones de garantía constitucional. en cualquier proceso administrativo.3. hábeas corpus. El proceso administrativo se inicia con el ejercicio del derecho de petición ante los organismos públicos. acción de inconstitucionalidad. las mismas que están establecidas en el artículo 200 de nuestra Constitución y que son: de amparo. en representación de una o varias personas. para la defensa de los derechos fundamentales y constitucionales. PROMOVER PROCESOS ADMINISTRATIVOS : El Defensor del Pueblo puede iniciar o participar. por iniciativa propia o a pedido de terceros. acción popular y acción de cumplimiento. los mismos . utilizando el criterio de discrecionalidad. hábeas data.  Proposición de medidas que faciliten el cumplimiento de sus funciones. Además. RATIFICACIÓN. PROMOVER LA FIRMA. ADHESIÓN Y DIFUSIÓN DE TRATADOS INTERNACIONALES SOBRE DERECHOS HUMANOS : Con el fin de asegurar su aplicación. promueve que la legislación y las prácticas nacionales se adecuen a lo previsto a los tratados en los que el Perú es parte. EJERCER INICIATIVA LEGISLATIVA: El Defensor del Pueblo puede hacer uso de esta facultad a través de:  Presentación ante el Congreso de la República de anteproyectos de leyes o emisión de informes sobre los mismos que estuvieren en proceso de discusión parlamentaria. .5. 6. NORMAS. DICTAR REGLAMENTOS. Por ejemplo. Y POLÍTICAS DE FUNCIONAMIENTO INSTITUCIONAL : Esta atribución. aprueba su Reglamento de Organización y Funciones (ROF).7. . faculta al Defensor del Pueblo a adoptar los reglamentos y normas que considere más adecuadas para su organización. funcionamiento y además para determinar las políticas institucionales que orienten las acciones de sus funcionarios.  Promover y difundir los derechos humanos.  .  Supervisar la adecuada prestación de los servicios públicos a la ciudadanía.  Supervisar el cumplimiento de los deberes de la administración estatal.FUNCIONES DE LA DEFENSORÍA DEL PUEBLO Defender los derechos constitucionales y fundamentales de la persona y de la comunidad. • Promover iniciativas legislativas al Congreso. • Brindar asesoría y orientación gratuita. .FUNCIONES DE LA DEFENSORÍA DEL PUEBLO • Promover iniciativas de mediación y conciliación e interponer sus buenos oficios. • Realizar un informe anual ante el Congreso sobre las gestiones y recomendaciones formuladas a los poderes públicos. MINISTERIO PÚBLICO . con la misión fundamental de defender la legalidad y los Derechos Humanos.MINISTERIO PÚBLICO Es el organismo constitucional autónomo creado por la Constitución Política del Perú en 1979. . organismo que representa a la sociedad ante los tribunales de justicia para proteger la defensa de la legalidad y los intereses públicos tutelados por el derecho. los derechos de los ciudadanos y los intereses públicos La Representación :        De la sociedad en juicio Para los efectos de la defensa familiar A los menores e incapaces El interés social Velar por la moral pública La persecución del delito Reparación civil .MISIÓN La legalidad. es una ley creada especialmente para resolver los asuntos correspondientes a la fiscalización de leyes por parte de Ministerio Público.LEY ORGÁNICA La ley orgánica. .    . Competencia del Ministerio Público. 159 : Art.EL MINISTERIO PÚBLICO Y LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA  Ministerio Público Titulo IV: De la estructura del Estado Capítulo X Artículo 158 – 160 Art. 158 : Art. Presupuesto del Ministerio Público. 160 : Autonomía del Ministerio Público y Fiscal. Representar a la sociedad en los procesos judiciales. . la acción en defensa de la legalidad y los intereses públicos tutelados por el Derecho Velar por la independencia de los órganos jurisdiccionales y por la recta administración de Justicia. o a petición de parte.FUNCIONES DEL MINISTERIO PÚBLICO • • • Promover de oficio. queja o denuncia en que hubiesen intervenido o pudieran intervenir los miembros del Ministerio Público.  . directa o indirectamente.  Ejercer autoridad lucrativa o intervenir. pública o privadamente. obsequios o ser sustituido heredero voluntario o legatario de persona que. hubiese tenido interés en el proceso.  Aceptar donaciones. directa o indirectamente.PROHIBICIONES EN EL EJERCICIO FUNCIONAL Desempeñar cargos distintos al de su función. en la dirección o gestión de una empresa.  Defender como abogado o prestar asesoramiento de cualquier naturaleza.       Aceptar mandatos. . bienes de personas. en actos políticos. Sindicalizarse y declararse en huelga. jueces o funcionarios. arrendar o permutar. salvo de su cónyuge por actos que no tengan relación alguna con el ejercicio de su función. Intervenir pública o privadamente. Abocarse al conocimiento de denuncias o procesos cuando personalmente. que no sean en cumplimiento de su deber electoral. Comprar. directa o indirectamente. Admitir recomendaciones en los asuntos en que intervienen o formularlas a otros fiscales. empleados públicos u organismos vinculados al Gobierno Regionales o Locales. su cónyuge o concubina tenga o hubiera tenido interés o relación laboral con alguna de las partes. “protección de los derechos humanos” Garantías constitucionales: Proceso constitucional Habeas corpus proceso constitucional de amparo de .  . o por omisión de actos de cumplimiento obligatorio. y específicamente:  la Acción de Hábeas Corpus: es la que se garantiza la libertad física individual. con el fin de evitar los arrestos y detenciones arbitrarias  En tanto que el proceso de Amparo: es la acción que en forma genérica garantiza todas las otras libertades aseguradas por las constitución. toda que estas acciones de garantía proceden en los casos en que se violen o amenacen los derechos Constitucionales por acción.El Hábeas Corpus y proceso de Amparo: son dos instituciones jurídicas de trascendental importancia para el desarrollo de una sociedad. prisión. independientemente de la denominación que recibe el hecho cuestionado (detención. arresto. .) De acuerdo a la Constitución de 1993 procede contra cualquier autoridad. secuestro. funcionario o persona. desaparición forzada. por cualquier acción u omisión que implique una amenaza o violación de la libertad personal".El Proceso De Habeas Corpus En El Perú  El Proceso de Hábeas Corpus es una institución cuyo objetivo consiste en proteger la libertad personal. etc. . la libertad individual relativa a su libertad de movimiento y. a no ser objeto de daños en su persona. tortura o muerte. en el derecho comparado. tutela dos derechos fundamentales. a no ser objeto de detenciones arbitrarias y el derecho a la integridad personal. como lesiones. por tanto.Bien jurídico que tutela  El hábeas corpus. ¿Cómo y ante que juez se presenta el habeas corpus? Por escrito en cualquier papel a mano o maquina.    ¿Quiénes pueden ejercer el habeas corpus? La persona perjudicada o cualquier otra persona en su nombre o el defensor del pueblo. sea por acción u omisión ¿Quiénes pueden ejercer el habeas corpus? La persona perjudicada o cualquier otra persona en su nombre o el defensor del pueblo. . en forma verbal o telegráfica. ¿Cuándo procede el habeas corpus? Cuando se vulnera o amenaza la libertad individual. ante el juez penal del lugar donde se encuentra detenido o el lugar donde se haya dictado o ejecutado la medida. por una autoridad. o los derechos constitucionales conexos con ella. funcionario o persona. para conseguir la protección a su libertad personal. Y aquí nuevamente insistimos en el carácter especial y extraordinario que tiene el valor de la libertad. Insistimos nuevamente. se dan todas las facilidades procesales. el Hábeas Corpus. ES DE NATURALEZA PROCESAL: Implica el desarrollo de un procedimiento judicial. es una garantía. según sea el caso. ES DE PROCEDIMIENTO SUMARIO: pues su tramitación es muy breve o sumamente breve y abarca todo cuanto se trata de aplicar para el caso de restablecer la libertad ambulatoria. ES UN PROCESO CONSTITUCIONAL: Esto significa la concurrencia de una persona y el obrar procesalmente de la misma ante un organismo jurisdiccional ordinario o ante un organismo jurisdiccional constitucional. por la libertad que se cautela y por la naturaleza del mismo procedimiento. . en el que. que tiene un sentido preferencial y urgente.CARACTERÍSTICAS    A. como veremos más adelante. no es un derecho. frente a una detención arbitraria. con la única particularidad que es especial. B. C. que exige un remedio inmediato y efectivo. traslativo. instructivo. Innovativo. Correctivo. Excepcional.TIPOS DE HÁBEAS CORPUS  Reparador. . Preventivo Restringido. . Ejem. Detención de la policía sin causa justificada. para reponer al estado anterior de la violación que se obtiene con la libertad de la persona.HÁBEAS CORPUS REPARADOR..Es conceptuada como el remedio que surge inicialmente para evitar las detenciones arbitrarias. HÁBEAS CORPUS PREVENTIVO. Ejem. .Doctrinariamente se considera que el habeas corpus preventivo es aquel que se otorga frente a la amenaza de eventuales detenciones. La amenaza de detención para obtener una declaración. .Este habeas corpus busca proteger el estado de libertad de los procesados o condenados. Cuando el reo ha cumplido con su condena y continua en prisión por incumplimiento del INPE de la resolución que le otorga su libertad. HÁBEAS CORPUS TRASLATIVO.HÁBEAS CORPUS RESTRINGIDO. Ejm.Esta clase de habeas corpus se emplea cuando la libertad física o de locomoción es objeto de molestias. . perturbaciones o incomodidades. Ejm. La vigilancia domiciliaria arbitraria o injustificada.. eventualmente afectados por la decisión de las autoridades judiciales y penitenciarias que indebidamente extienden la detención. HÁBEAS CORPUS EXCEPCIONAL.. . HÁBEAS CORPUS INOVATIVO.Procede en los estados de excepción. es necesario de la intervención de la autoridad jurisdiccional a fin de que tales situaciones no se repitan en el futuro contra el accionante..Procede en los casos en que pese a haber cesado la agresión o haberse convertido en irreparable la violación de la libertad personal. impedir tratos o traslados indebidos a personas detenidas legalmente.HÁBEAS CORPUS CORRECTIVO.Permite en forma preventiva o reparadoramente.Se interpone ante los casos de desaparición forzada de personas. frente a la violación de un juicio justo y las garantías del debido proceso. .. HÁBEAS CORPUS INSTRUCTIVO.. PROCESO DE AMPARO . . que haya sido vulnerado o amenazado por cualquier autoridad. funcionario o persona. sumaria.CONCEPTO Y OBJETO  El proceso de Amparo es una acción de garantía constitucional. computarizados o no suministren información que afecten la intimidad personal y familiar. .  Restablecimiento que debe hacerse en la forma más breve  Tiene por finalidad impedir que los servicios informativos. dirigida a restituir cualquier derecho reconocido por la Constitución que no sea el de la libertad personal. que se formula ante el Juez Civil o ante la Sala Civil de la Corte Superior correspondiente. CARACTERISTICAS  A. DEFIENDE LOS DERECHOS CONSTITUCIONALES A EXCEPCION DE LA LIBERTAD PERSONAL . ES DE NATURALEZA PROCESAL  C. ES UN PROCEDIMIENTO SUMARIO  D. ES UNA ACCION DE GARANTIA CONSTITUCIONAL  B. condición económica.  A la libre contratación. raza. religión.  De información.  Del ejercicio público de cualquier confesión religiosa. orientación sexual. sexo. opinión o expresión.DERECHOS PROTEGIDOS  De igualdad y no ser discriminado por razón de origen.  De reunión .  A la creación artística. opinión. o de cualquier otra indole. idioma. social. intelectual y científica.  De sindicación.  De asociación. negociación colectiva y huelga. voz.  De la propiedad y herencia.  A la nacionalidad. . De la inviolavilidad y secreto de los documentos privados y de las comunicaciones. imagen y rectificación de informaciones inexactas o agraviantes. intimidad.  Del honor.  Al trabajo.  Cuando ha cesado la violación o la amenaza a violación del Derecho Constitucional. .CASOS DE IMPROCEDENCIA  En defensa de un derecho que carece de sustento constitucional directo o que no está referido a los aspectos constitucionalmente protegidos del mismo.  El proceso de Amparo no procede en las siguientes supuestos:  Casos de Improcedencia de Carácter General.  Cuando el agraviado opta por recurrir a la vía judicial o arbitral amenazadas de un proceso regular.  El afectado puede comparecer por medio de representante procesal.  Cuando se requiere reclamar derechos relacionados con la aplicación de normas constitucionales que irrogan nuevos gastos. . No es necesaria la inscripción de la representación otorgada. Cuando el plazo de los sesenta días para interponer la acción ha caducado.   Casos de Improcedencia de Carácter Específico Cuando no se han agotado las vías previas.


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