AUT IBSALUT CELADOR 12

June 21, 2018 | Author: Cep online | Category: Intensive Care Medicine, Hospital, Nursing, European Union, Clinical Medicine
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Funciones específicas del celador / deTEMA 12 la celadora en Urgencias: recepción de los pacientes; control de personas; funciones de apoyo externo e interno Referencias Real Decreto 903/1997, de 16 de junio, por el que se regula el acceso, mediante redes Legislativas de telecomunicaciones, al servicio de atención de llamadas de urgencia a través del número telefónico 112 Objetivos Conocer la actuación del Celador en las unidades de urgencias Identificar la situación actual de las urgencias Aprender el funcionamiento de los Servicios de Urgencias y Emergencias Sanitarias a través del número telefónico 112 Saber cuáles son las actuaciones del Celador en la entrada de Urgencias editorialcep } 1. FUNCIONES ESPECÍFICAS DEL CELADOR / DE LA CELADORA EN URGENCIAS: RECEPCIÓN DE LOS PACIENTES; CONTROL DE PERSONAS; FUNCIONES DE APOYOEXTERNO E INTERNO 1.1 Clasificación de las Urgencias A pesar de la dificultad para clarificar y comparar los diferentes servicios de urgencias y emer- gencias médicas existentes en la actualidad, podemos intentar referirnos a ellos en función de la forma de analizar las solicitudes (“dispacth” o “regulación”), del tipo de respuesta ante las urgen- cias médicas de menor gravedad (con derivación a otros recursos o con recursos propios), y del tipo de respuesta ante las emergencias médicas. Y así tenemos: 1) Según la forma de analizar las solicitudes en el centro de coordinación podemos encontrar- nos con tres tipos: - “Dispatch”, donde se recogen todo tipo de solicitudes de asistencia, sin ningún tipo de diferenciación entre más o menos graves. - Con regulación no médica, en donde la solicitud es recogida por personal no médico, especialmente entrenado para dar una respuesta y una derivación a esa solicitud. - Con regulación médica, donde un facultativo regula la solicitud de asistencia, activando los recursos necesarios, según el tipo de solicitud, o dando él mismo la respuesta que necesita la demanda solicitada. 2) Según la forma de dar respuesta a las urgencias médicas leves o moderadas, podemos encontrarnos con: - Derivación a la práctica liberal de la medicina. - Derivación a organizaciones privadas o públicas de atención primaria. - Recursos propios. 3) Según la forma de dar respuesta a las emergencias médicas, se ha descrito recientemente, una clasificación, con cuatro posibles modelos, en función del tipo, cantidad y secuencia de los móviles intervinientes: - Un escalón (básico o avanzado), con personal no facultativo, con capacidad para la realiza- ción de técnicas de soporte vital básico, o avanzado, cardíaco y traumatológico. - Un escalón avanzado, con persona médico, con capacidad para realizar técnicas de soporte vital avanzado, cardíaco y traumatológico. - Dos escalones secuenciales (básico-avanzado), sin médicos. - Dos escalones secuenciales, uno básico, con personal no facultativo, y otro, avanzado, con personal facultativo, que se desplazan al encuentro del paciente desde puntos diferentes. 276 Tema 12 editorialcep } 1.2 Concepto de Urgencias Los servicios de urgencias sanitarias tienen como finalidad garantizar una atención sanitaria perma- nente para atender las necesidades de los usuarios del Sistema Sanitario Público que no admiten demora. Urgencia médica hace referencia a asistencia médica inmediata. Emergencia médica es un tipo agravado de urgencia en donde existe un peligro para la vida o riesgo de secuelas si no se recibe atención médica cualificada e inmediata. 1.3 Situación actual de las Urgencias A. Unidades de Urgencias hospitalarias Se trata de los Servicios de Urgencias de los Hospitales generales y de especialidades. Se integran en el Servicio especializado de Cuidados Críticos y Medicina Intensiva del Hospital en el que se encuen- tren. Ofrecen asistencia sanitaria especializada ininterrumpidamente, las 24 horas del día. a. Concepto Todos los hospitales garantizarán asistencia sanitaria durante todo el día y para cualquier tipo de urgencia médica. En su caso, la remitirán a un centro de nivel superior. Los hospitales de clasifican en tres niveles: nivel 1, nivel 2 y nivel 3 dependiendo de los servicios que pueda ofrecer. Los del nivel 3 son los que atienden urgencias de todas las especialidades médicas. b. Plan de Urgencias El Plan de Urgencias comprende los fines y objetivos generales del Hospital. Se integra en el Plan General Hospitalario e incluye las propuestas del Servicio de Medicina Intensiva y de Urgencias. En la organización habrá que incluir la descripción de la Unidad, es decir: el organigrama, el perso- nal y los recursos materiales, las funciones, competencias y responsabilidades, la historia clínica, el Funciones del celador / celadora en Urgencias 277 editorialcep } circuito administrativo, el circuito asistencial, los programas sobre procedimientos y cuidados a realizar, el protocolo de asistencia sanitaria de urgencias, programa de formación continuada de personal y sistemas de control y evaluación de resultados. c. Zonas y áreas de trabajo de las Unidades - Área de emergencias - Área de Resucitación cardiopulmonar - Área de Observación - Área de Espera - Área de Admisión de enfermos - Área de asistencia específica de especialidades - Área de boxes (reconocimiento de pacientes con posibilidad para práctica de urgencias) - Despachos de médicos y enfermería d. Medios técnicos de Urgencias - Medicamentos - Instrumental de cirugía menor - Torniquetes y material para clampajes vasculares - Oxígeno y medios para su administración - Equipo de monitorización cardio-respiratoria - Equipo para cateterización uretral - Laringoscopio y tubos endotraqueales - Equipo para infusión parenteral y administración de sangre y hemoderivados - Equipo de aspiración gástrica y traqueobronquial - Equipo de atención obstétrica urgente - Desfibrilizador cardíaco con sincronizador - Equipo para drenaje pleural y pericárdiaco - Equipo de ventilación mecánica asistida - Equipo de traqueotomía y toracocentesis e. Asistencia sanitaria de urgencias La asistencia sanitaria de urgencia incluye: - Régimen ambulatorio - Régimen de observación - Régimen de internamiento 278 Tema 12 editorialcep } Tener en cuenta que la asistencia urgente domiciliaria no está incluida f. Personal - Responsable: Coordinador médico de urgencias - Facultativos: - Especialistas: son los especialistas de área y médicos adjuntos que realizan las guardias en la Unidad de Urgencias y en otras unidades y atienden las urgencias que le remiten los médicos generales. - No especialistas: médicos de urgencias y médicos generales o de familia que únicamente pres- tan sus servicios en el Servicio de Urgencias del hospital. Prestan una primera asistencia y la remiten al especialista. - En formación: médicos internos y residentes, MIR, que reciben formación a cargo de especialis- tas del hospital, incluyendo el Servicio de Urgencias. - No facultativos: Enfermero supervisor de Urgencias, enfermeros (ATS/DUE), técnicos especialistas y auxiliares de enfermería. - Personal no sanitario: Celadores de Urgencias - Personal del Servicio de Atención al Paciente: presta servicios de Urgencias en guardias médicas de 17 o 24 horas. - Personal administrativo B. Unidades de Urgencias extra hospitalarias a. Servicios Normales de Urgencias y Servicios Especiales de Urgencias • Concepto Se trata de dispositivos que prestan asistencia sanitaria de urgencias no especializada las 24 horas los domingos y festivos y entre las cinco de la tarde y las nueve del día siguiente los demás días. Se encuentran ubicados en los Centros de Especialidades y Centros de Salud a partir de las cinco de la tarde. - Servicios Especiales de Urgencia cubren la asistencia a capitales de provincia y grandes núcleos de población. - Servicios Normales de Urgencias cubren la asistencia de poblaciones que cuentan con ambulato- rios y de otras que, a pesar de tener un gran volumen de población, cuentan sólo con consulto- rios. En aquellas poblaciones rurales en las que no existe cobertura de urgencias serán los médicos generales de los consultorios los que se ocuparán de la asistencia sanitaria urgente, ambulatoria y domiciliaria, entre las cinco de la tarde y las nueve de la mañana del día siguiente. Funciones del celador / celadora en Urgencias 279 editorialcep } • Asistencia La asistencia de los SNU y de los SEU comprenderá: a) Asistencia domiciliaria b) Asistencia ambulatoria • Personal Además de la estructura directiva y administrativa el personal de los SNU y los SEU está formado por: a) Celadores, conductores o celadores-conductores b) Enfermeros c) Médicos generales b. Servicios de Urgencias en los Centros de Salud • Descripción Los centros de salud estarán abiertos al público como mínimo de 9 a 17 horas. La asistencia continuada de urgencias se prestará por el personal de los Equipos de Atención Primaria de la Zona de Salud, del Centro de Salud, en turnos rotativos. • Asistencia Comprende tanto la que se presta en el Centro como la domiciliaria. • Personal Es el personal del Equipo de Atención Primaria es el que conforma a su vez el de los servicios de urgencias en los centros de salud. a) Personal no sanitario b) Enfermeros y personal de enfermería c) Médicos generales 1.4 Servicios de Urgencias y Emergencias Sanitarias a través del número telefónico 112 El Real Decreto 903/1997, de 16 de junio, regula el acceso, mediante redes de telecomunicacio- nes, al servicio de atención de llamadas de urgencia a través del número telefónico 112. La Decisión del Consejo de las Comunidades Europeas de 29 de julio de 1991 establece la obli- gación de los Estados miembros de introducir el número telefónico 112 en las respectivas redes telefónicas públicas, así como en las redes digitales de servicios integrados y en las de los servi- cios públicos móviles, como número único de llamada de urgencia europeo. 280 Tema 12 editorialcep } Asimismo, la referida Decisión señala que los Estados miembros adoptarán las medidas necesarias para garantizar que las llamadas telefónicas al número 112 reciban las respuestas y la atención apro- piadas. La introducción de un número único de llamada de urgencia en todos los países de la Unión Europea permitirá a los ciudadanos, bien en su propio país o en otro Estado miembro, acceder, con mayor facilidad mediante el servicio telefónico, a los servicios de urgencia tan solo con la generalización de la utilización de un número telefónico para toda la Unión Europea. Para facilitar su implantación se hace necesario establecer unas condiciones básicas en el acceso, de forma que las entidades explotadoras de las redes de telecomunicación afectadas puedan poner en servicio los medios técnicos adecuados que permitan la entrada en funcionamiento de este nuevo servicio. Por otra parte, es preciso regular las condiciones para hacer posible el acceso al servicio de atención de llamadas de urgencia, con objeto de ordenar la relación entre los operadores de las redes y las entidades que hayan comunicado al Ministerio de Fomento la decisión de prestar este servicio a través del número telefónico 112. A. Acceso al servicio Para el acceso al servicio de atención de llamadas de urgencia se habilita, con carácter exclusivo nacional el número telefónico 112 de llamadas de urgencia único europeo. El servicio de atención de llamadas de urgencia.112 será compatible con otros servicios de telecomu- nicaciones que sean utilizados en el ámbito de las diferentes Administraciones públicas para la aten- ción de llamadas de urgencia de los ciudadanos. B. Acceso al número 112 El número telefónico 112 podrá utilizarse por los ciudadanos Para garantizar la respuesta para requerir, en casos de urgente necesidad, la asistencia de y atención adecuada de las los servicios públicos competentes en materia de atención de llamadas que se produzcan urgencias sanitarias, de extinción de incendios y salvamento, y asegurar una actuación de seguridad ciudadana y, por la posible necesidad de coor- dinar los anteriores, de protección civil, cualquiera que sea la rápida, ordenada y eficaz de Administración pública de la que dependan. los mencionados servicios, en el ámbito de las funciones y competencias que a cada uno C. Condiciones de acceso al servicio le correspondan, las entidades Los ciudadanos, mediante la marcación del número telefó- prestatarias del servicio de nico 112, accederán de forma gratuita a los centros de recep- atención de llamadas de ción de llamadas de que dispongan las entidades prestatarias urgencia 112 adoptarán las del servicio de atención de llamadas de urgencia 112. medidas necesarias en relación con los servicios de urgencia de D. La prestación del servicio su dependencia y establecerán los acuerdos o convenios de La prestación del servicio de atención de llamadas de urgen- colaboración que sean precisos cia 112 se llevará a cabo por las Comunidades Autónomas cuando tales servicios no sean de que establecerán los correspondientes centros de recepción su titularidad. Funciones del celador / celadora en Urgencias 281 editorialcep } de llamadas de urgencia y las redes que, en su caso, fuera necesario instalar para establecer otros puntos de atención de los servicios públicos que hubieran de proporcionar la asistencia objeto de las llamadas de urgencia. A tales efectos, las Comunidades Autónomas deberán comunicar al Ministerio de Fomento su decisión de constituirse en entidades prestatarias del servicio. En ningún caso podrán producirse solapamientos territoriales entre los ámbitos que correspon- dan a entidades prestatarias de servicios de atención de llamadas de urgencia 112. A estos efec- tos, las Comunidades Autónomas deberán controlar las formas de gestión del citado servicio para que queden claramente diferenciados los distintos ámbitos de atención del mismo. 1.5 La actuación del Celador en la entrada de Urgencias La función del Celador en el Área asistencial de Urgencias implica el desarrollo de distintos tipos de funciones: - Funciones en la puerta de entrada. - Funciones de apoyo externo. - Funciones de apoyo interno. - Funciones generales. ACTUACIONES DEL CELADOR EN LA ENTRADA DE URGENCIAS Funciones en la puerta de entrada. Funciones de apoyo externo. Funciones de apoyo interno. Funciones generales. A. Funciones en la puerta de entrada La actuación del Celador en la puerta de entrada de urgencias tiene una doble vertiente: a. Recepción del paciente En este sentido el Celador deberá: - Recibir y ayudar a los pacientes que lleguen a urgencias en vehículos particulares y en ambu- lancias. - Recibir y ayudar a los pacientes ambulantes que lleguen a urgencias. - Transportar a los pacientes en sillas de ruedas, camillas, etc. - Avisar al Personal Sanitario de la llegada de un paciente cuando sea preciso. 282 Tema 12 editorialcep } Recepción b. Control de personas En este sentido el Celador deberá: - Vigilar las entradas al Área de Urgencias, no permitiendo el acceso a sus dependencias más que a las personas autorizadas para ello. - Vigilar el comportamiento de los pacientes y acompañantes para que se respeten las normas e instrucciones de carácter general tales como: no fumar, hacer buen uso de las instalaciones y servicios, guardar silencio, no deambular por los pasillos y dependencias, etc. - Ayudar al Personal Sanitario en cuantas tareas se les encomiende. - Facilitar información general, nunca información sanitaria, ni administrativa. B. Funciones de apoyo externo Se consideran como tales las siguientes funciones: - Traslado de documentos, correspondencia, Historias Clínicas y demás objetos que les sean confia- dos a otros Servicios o Unidades del Centro, observando absoluta confidencialidad, rapidez y cuidado en su manejo. - Tramitar y conducir sin tardanza las comunicaciones verbales que se les encomienden. - Trasladar a los pacientes a las distintas Unidades. - Recoger las analíticas de los laboratorios. C. Funciones de apoyo interno Se consideran como tales las siguientes funciones: - Traslado y control interno de los pacientes y familiares. - Trasporte y control de documentos, correspondencia u objetos. - Tramitación y conducción sin tardanza de las comunicaciones verbales. - Auxilio en las labores que les sean encomendadas por Médicos, Supervisores o Enfermeras. Funciones del celador / celadora en Urgencias 283 editorialcep } - Ayuda al Personal Sanitario. - Control de personas en el Área de Urgencias. D. Funciones generales - Deberán dar cuenta a sus inmediatos superiores de los desperfectos o anomalías que encuentren en la limpieza y conservación del edificio y del material. - Los Celadores serán responsables del manejo y custodia de las sillas de ruedas, porta-sueros, camillas, etc. Igualmente serán responsables de su localización. - Deberán comunicar al responsable (Supervisor/a) las averías en las sillas de ruedas, porta-sueros, camillas, etc. para que sean llevados a los talleres y se proceda a su reparación y mantenimiento. - Deberán transportar y revisar las balas de oxígeno y su funcionamiento. Cuando éstas estén vacías o averiadas deberán comunicarlo a la persona responsable para su inmediata reposi- ción. - Cuando por estar disfrutando de los períodos de descanso legalmente establecidos, abando- nen transitoriamente el servicio, deberán comunicarlo a sus compañeros, para que puedan actuar en consecuencia con esta situación, así como para que puedan ser localizados en caso de emergencia. - Cuando los familiares o acompañantes de un paciente se dirijan a los Celadores empleando malas maneras, éstos deberán solicitar cordialmente su colaboración. Si, a pesar de ello, continuasen en su actitud alterando el orden debido en la Institución, se solicitará la presen- cia del Servicio de Seguridad. - Los Celadores serán auxiliados por el mencionado Servicio de Seguridad en las funciones de vigilancia y control sobre personas y objetos que estatutariamente les corresponden. 284 Tema 12 Esquema 12 FUNCIONES ESPECÍFICAS DEL CELADOR / DE LA CELADORA EN URGENCIAS: RECEPCIÓN DE LOS PACIENTES; CONTROL DE PERSONAS; FUNCIONES DE APOYO EXTERNO E INTERNO Clasificación de las Urgencias A pesar de la dificultad para clarificar y comparar los diferentes servi- cios de urgencias y emergencias médicas existentes en la actualidad, podemos intentar referirnos a ellos en función de la forma de analizar las solicitudes (“dispacth” o “regulación”), del tipo de respuesta ante las urgencias médicas de menor gravedad (con derivación a otros recursos o con recursos propios), y del tipo de respuesta ante las emergencias médicas. Concepto de Urgencias Los servicios de urgencias sanitarias tienen como finalidad garantizar una atención sanitaria permanente para atender las necesidades de los usuarios del Sistema Sanitario Público que no admiten demora. Situación actual de las Urgencias Unidades de Urgencias hospitalarias Se trata de los Servicios de Urgencias de los Hospitales generales y de especialidades. Se integran en el Servicio especializado de Cuidados Críticos y Medicina Intensiva del Hospital en el que se encuentren. - Concepto - Plan de Urgencias - Zonas y áreas de trabajo de las Unidades - Medios técnicos de Urgencias - Asistencia sanitaria de urgencias - Personal Unidades de Urgencias extra hospitalarias Servicios Normales de Urgencias y Servicios Especiales de Urgencias Concepto Asistencia Personal Servicios de Urgencias en los Centros de Salud Descripción Asistencia Personal Funciones del celador / celadora en Urgencias 285 Servicios de Urgencias y Emergencias Sanitarias a través del número telefónico 112 El Real Decreto 903/1997, de 16 de junio, regula el acceso, mediante redes de telecomunicaciones, al servicio de atención de llamadas de urgencia a través del número telefónico 112. Acceso al servicio Acceso al número 112 El número telefónico 112 podrá utilizarse por los ciudadanos para requerir, en casos de urgente necesidad, la asistencia de los servicios públicos competentes en materia de atención de urgencias sanitarias, de extinción de incendios y salvamento, de seguridad ciudadana y, por la posible nece- sidad de coordinar los anteriores, de protección civil, cualquiera que sea la Administración pública de la que dependan. Condiciones de acceso al servicio Los ciudadanos, mediante la marcación del número telefónico 112, accederán de forma gratuita a los centros de recepción de llamadas de que dispongan las entidades prestatarias del servicio de atención de llamadas de urgencia 112. La prestación del servicio La prestación del servicio de atención de llamadas de urgencia 112 se llevará a cabo por las Comunidades Autónomas que establecerán los correspondientes centros de recepción de llamadas de urgencia y las redes que, en su caso, fuera necesario instalar para establecer otros puntos de atención de los servicios públicos que hubieran de proporcionar la asistencia objeto de las llamadas de urgencia. La actuación del Celador en la entrada de Urgencias Funciones en la puerta de entrada Recepción del paciente Control de personas Funciones de apoyo externo Funciones de apoyo interno Funciones generales 286 Tema 12


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