AUT IBSALUT CELADOR 09

June 19, 2018 | Author: Cep online | Category: Nursing, World Health Organization, Medical Record, Health Economics, Medical Specialties
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El trabajo de celador/celadora: TEMA 9 funciones de la categoría profesional Objetivos Conocer las funciones generales del celador editorialcep } 1. EL TRABAJO DE CELADOR/CELADORA: FUNCIONES DE LA CATEGORÍA PROFESIONAL 1.1 Funciones de vigilancia A. Vigilancia relacionada con la Institución - Vigilarán las entradas de la Institución, no permitiendo el acceso a sus dependencias más que a las personas autorizadas para ello. - Tendrán a su cargo la vigilancia nocturna, tanto del interior como del exterior del edificio, cuidando de que estén cerradas las puertas de los servicios complementarios. - Darán cuenta a sus inmediatos superiores de los desperfectos o anomalías que encuentre en la limpieza y conservación del edificio y material. - Velarán continuamente por conseguir el mayor orden y silencio posible en todas las depen- dencias de la Institución. - Cuidarán, al igual que el resto del personal, de que los enfermos no hagan uso indebido de los enseres y ropas de la Institución, evitando su deterioro o instruyéndoles en el uso y manejo de las persianas, cortinas y útiles de servicio en general. B. Vigilancia relacionada con los enfermos, familiares y visitantes - Vigilarán el acceso y estancias de los familiares y visitantes en las habitaciones de los enfer- mos, no permitiendo la entrada más que a las personas autorizadas, cuidando de que no introduzcan en las Instituciones más que aquellos paquetes expresamente autorizados por la Dirección. - Vigilarán, asimismo, el comportamiento de los enfermos y de los visitantes, evitando que éstos últimos fumen en las habitaciones, traigan alimentos o se sienten en las camas y, en general, todo aquella acción que perjudique al propio enfermo o al orden de la Institución. - Cuidarán que los visitantes no deambulen por los pasillos y dependencias más que lo nece- sario para llegar al lugar donde concretamente se dirijan. C. Otras funciones de vigilancia Hay funciones de vigilancia que si bien no se encuentran especificadas en el Estatuto de Perso- nal no Sanitario se desprenden de la práctica profesional, así: - Si el Celador presta sus servicios en la puerta principal, no dejará nunca abandonada la vigi- lancia de dicha puerta de entrada. - En el supuesto de que surjan conflictos con un visitante o con un intruso, el Celador reque- rirá la presencia del Personal de Seguridad. 234 Tema 9 editorialcep } 1.2 Relación del Celador con los familiares de los enfermos Siguiendo el criterio de la Organización Mundial de la Salud (OMS), se entiende por salud el estado completo de bienestar físico, psíquico y social, y no sólo la ausencia de enfermedad; desde esta óptica debe entenderse el concepto de asistencia sanitaria integral. Centrándonos en la dimensión social de la persona, es evidente la importancia que adquiere la fami- lia en el proceso de la enfermedad de sus miembros. Junto a un enfermo siempre hay una familia o un grupo de relación que desempeña esa función, y aunque haya diferentes tipos de familias, el denominador común es la crisis familiar. Este es un factor a tener en cuenta, si se quiere que la aten- ción sanitaria alcance el sentido global o integral que persigue. Por tanto, el trato del Celador con los familiares y visitantes de los enfermos debe ser de respeto y cordialidad. No olvidemos que la desatención al público constituye una falta leve; que la falta de respeto al público tiene la consideración de falta grave, y que los malos tratamientos de palabra al público son una falta muy grave. En relación con los familiares y visitantes de los enfermos el Celador vigilará su comportamiento, invi- tándoles a que observen las normas e instrucciones de carácter general establecidas en las Institucio- nes Sanitarias y las específicas establecidas por la Dirección, siendo su cometido: - Vigilar el acceso y la estancia de los mismos en las habitaciones de los enfermos. - No permitir la entrada más que a las personas autorizadas, evitando, por tanto, las visitas prohi- bidas por el Médico o acortando, conforme a las indicaciones de éste, las visitas que cansen en exceso al paciente. - Evitar los ruidos, velando por conseguir el mayor orden y silencio. - Evitar que deambulen por los pasillos más que lo necesario para sus desplazamientos, que fumen en las habitaciones o se sienten en las camas. - Evitar que introduzcan alimentos, bebidas, medicamentos o cualquier otro objeto o producto no permitido. En este caso el Celador invitará al familiar o visitante para que lo deposite en el Servicio de Admisión y lo retire en el momento de su salida del centro. Finalmente, el Estatuto de Personal no Sanitario contiene una prohibición expresa a los Celadores en su relación con los familiares de los enfermos, estableciendo a este respecto que los Celadores: “Se abstendrán de hacer comentarios con familiares y visitantes de los enfermos sobre diagnóstico, exploraciones y tratamientos que se estén realizando a los mismos, y mucho menos informar sobre los pronósticos de su enfermedad, debiendo siempre orientar sus consultas hacia el Médico encar- gado de la asistencia del enfermo”. 1.3 Funciones de asistencia al Personal Sanitario Facultativo y no Facultativo - Tramitar y conducir sin tardanza las comunicaciones verbales, documentos, correspondencia u objetos que les sean confiados por sus superiores. El Celador en este campo deberá: El trabajo de celador/a 235 editorialcep } · Actuar con rapidez; la información o contenido de los documentos puede ser esencial para administrar con urgencia un tratamiento o resultar imprescindible para elaborar un plan de actuación a seguir con el paciente. · Adoptar las medidas necesarias para que los documentos u objetos que se les encomien- den lleguen a su destino sin deterioro. · No informar del contenido de los mensajes verbales que deban transmitir, ni del conte- nido de los documentos, aunque lo conozcan, a los pacientes, familiares u otras personas, cuando la información afecte al estado de salud del paciente o la información a facilitar sea competencia del Facultativo, la Enfermera o el Superior jerárquico, en otro caso incu- rrirá en motivo de sanción disciplinaria. - Trasladar, en su caso, de unos servicios a otros los aparatos o mobiliario que se requiera. - Trasladar a los enfermos, tanto en la Institución como en el servicio de ambulancias. · Cuando el Celador traslade a un enfermo para que se le realicen pruebas o consultas, no deberá abandonarle; tiene la obligación de permanecer junto al enfermo hasta que la persona responsable de las pruebas o consultas que se le vayan a realizar se haga cargo del mismo. · Cuando el Celador realice el traslado del enfermo será responsable de la documentación que le haya entregado el personal de Enfermería. Igualmente será responsable de que la documentación o la Historia Clínica que se le haya entregado no sea manipulada por el enfermo, familiares o acompañantes. - Ayudar a las enfermeras y ayudantes de planta al movimiento y traslado de los enfermos encamados que requieran un trato especial en razón a sus dolencias, para hacerles las camas. - Excepcionalmente, lavar y asear a los enfermos masculinos encamados o que no puedan realizarlo por sí mismos, atendiendo a las indicaciones de las supervisoras de planta o servi- cio o personas que las sustituyan legalmente en sus ausencias. - Rasurar a los enfermos masculinos que vayan a ser intervenidos quirúrgicamente en aque- llas zonas de su cuerpo que lo requieran, en caso de ausencia del peluquero o por urgencia del tratamiento. - En los quirófanos auxiliarán en todas aquellas labores propias del Celador destinado en estos servicios, así como en las que les sean encomendadas por Médicos, Supervisores o Enfermeras. - Cuando por circunstancias especiales concurrentes del enfermo no pueda éste ser movido sólo por la Enfermera, ayudará en la colocación y retirada de las cuñas para la recogida de excretas de dichos enfermos. - Ayudarán a las Enfermeras o personas encargadas de amortajar a los enfermos fallecidos, corriendo de su cargo el traslado de los cadáveres al mortuorio. - Ayudarán a la práctica de autopsias en aquellas funciones auxiliares que no requieran por su parte hacer uso de instrumental alguno sobre el cadáver. Limpiarán la mesa de autopsias y la propia sala. - Tendrá a su cargo los animales utilizados en los quirófanos experimentales y laboratorios, a quienes cuidarán, alimentándolos, aseándolos y manteniendo limpias las jaulas, tanto antes de ser sometidos a las pruebas experimentales, como después de aquéllas y siempre bajo 236 Tema 9 editorialcep } las indicaciones que reciban de los Médicos, Supervisores o Enfermeras que les sustituyan en sus ausencias. 1.4 Otras funciones - Hacer los servicios de guardia que correspondan dentro de los turnos que se establezcan. - Servir de ascensoristas, cuando se le encomiende o las necesidades del servicio lo requieran. - Realizar, excepcionalmente, aquellas labores de limpieza que se les encomiende, cuando su reali- zación por el personal femenino no sea idónea en orden a la situación, emplazamiento, dificultad de manejo, peso de los objetos o locales a limpiar. Será función del Celador realizar todas aquellas tareas similares a las anteriores que le sean encomendadas por sus superiores y que no hayan quedado específicamente reseñadas en los apartados anteriores. El trabajo de celador/a 237 Esquema 9 EL TRABAJO DE CELADOR/CELADORA: FUNCIONES DE LA CATEGORÍA PROFESIONAL Funciones de vigilancia Vigilancia relacionada con la Institución Vigilancia relacionada con los enfermos, familiares y visitantes Otras funciones de vigilancia Relación del Celador con los familiares de los enfermos Siguiendo el criterio de la Organización Mundial de la Salud (OMS), se entiende por salud el estado completo de bienestar físico, psíquico y social, y no sólo la ausencia de enfermedad; desde esta óptica debe entenderse el concepto de asistencia sanitaria integral Centrándonos en la dimensión social de la persona, es evidente la importancia que adquiere la familia en el proceso de la enfermedad de sus miembros. Junto a un enfermo siempre hay una familia o un grupo de relación que desempeña esa función, y aunque haya diferentes tipos de familias, el denominador común es la crisis familiar. Este es un factor a tener en cuenta, si se quiere que la atención sanitaria alcance el senti- do global o integral que persigue Por tanto, el trato del Celador con los familiares y visitantes de los enfer- mos debe ser de respeto y cordialidad Funciones de asistencia al Personal Sanitario Facultativo y no Facultativo Otras funciones El trabajo de celador/a 239


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